PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI – AIRBUS Fin de Carrera 2019 BASES DE LA CONVOCATORIA
PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI – AIRBUS Fin xx Xxxxxxx 2019 BASES DE LA CONVOCATORIA
La FUNDACIÓN SEPI, F.S.P. (en adelante, la FUNDACIÓN), de conformidad con los términos del contrato de fecha 28 de noviembre de 2018 firmado con AIRBUS en España (en adelante, AIRBUS), convoca las becas correspondientes al Programa AIRBUS Fin xx Xxxxxxx 2019 (en adelante, el Programa).
1. CARACTERÍSTICAS DE LA CONVOCATORIA
1.1. El Programa tiene como finalidad facilitar a jo venes titulados universitarios o estudiantes con un ma ximo pendiente de 30 cre ditos ECTS por aprobar, perí odos de formacio n pra ctica, como becarios, en centros de trabajo de AIRBUS bajo la supervisio n de tutores ido neos.
1.2. Durante el an o 2019 la FUNDACIÓ N podra llevar a cabo diversos procesos de seleccio n dentro de la presente convocatoria del Programa.
1.3. Cada uno de los procesos de seleccio n que se realicen sera independiente de cualquiera de los anteriores y, por tanto, el jurado que se constituya al efecto podra modificar las condiciones de preseleccio n en cada uno de ellos, en funcio n de las titulaciones y del nu mero de becas ofertadas por AIRBUS.
1.4. Compete a AIRBUS proponer a la FUNDACIÓ N la fecha en que se llevara a cabo cada proceso de seleccio n dentro de la convocatoria general del Programa. La propuesta incluira los requisitos especí ficos que debera n cumplir los candidatos. Dichos requisitos se publicara n como anexo a las presentes bases, en el que se establecera , adema s, el plazo para la presentacio n de solicitudes.
1.5. Compete a la FUNDACIÓ N la autorizacio n, la publicacio n y la direccio n del proceso de seleccio n correspondiente, así como la concesio n de los beneficios del Programa y, en su caso, la suspensio n o cancelacio n de los mismos.
2. CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS
2.1. Duración y prórroga de las becas
El periodo formativo tendra una duracio n ma xima de once meses, a contar desde la fecha de inicio del mismo, con las siguientes limitaciones:
2.1.1. Cuando el adjudicatario de la beca sea titulado universitario, la duración inicial será de seis meses. A solicitud de AIRBUS, la beca podrá ser prorrogada hasta completar, como máximo, el período de once meses.
2.1.2. Cuando el adjudicatario de la beca sea estudiante, la duración de la beca podrá ser la suma de los siguiente periodos, con el máximo previsto de once meses:
Aquel en que mantenga la condición de estudiante, que tendrá una duración máxima de nueve meses.
Aquel en que la disfrute como titulado universitario.
El desarrollo del periodo formativo, sea cual sea su duracio n, podra incluir un mes adicional que se considerara de descanso para el becario cuando así lo aconseje el calendario de actividades de la empresa, circunstancia que ocurrira generalmente en el mes xx xxxxxx. Si fuese el caso, dicha interrupcio n le sera comunicada antes del inicio de los periodos formativos iniciales o, en su caso, de las pro rrogas.
2.2. Dedicación.
El horario que deberán cumplir los beneficiarios de las becas será el que corresponda al centro de trabajo y departamento a los que sean asignados, en los que reciban su formación práctica.
2.3. Distribución geográfica.
La formación práctica de los becarios se llevará a cabo en cualquiera de los centros de trabajo que AIRBUS tiene establecidos en España.
En el transcurso de su periodo de formación, y cuando las necesidades de formación así lo requieran, los becarios podrán realizar desplazamientos fuera del centro al que inicialmente sean asignados.
2.4. Beneficios del Programa.
2.4.1. El becario del Programa tendra derecho a obtener los siguientes beneficios:
a) A disfrutar de un período de formación práctica en cualquiera de los centros de trabajo de AIRBUS en España.
b) A percibir una dotación durante el periodo formativo integrada por:
Una asignación mensual, o parte proporcional que corresponda en función de la fecha de incorporación a la beca, que la FUNDACIÓN abonará a cada beneficiario, conforme se expone a continuación:
o Si entre la fecha inicial y final del período formativo no estuviera incluido un período de descanso de un mes, la asignación será de 1000 €/mes.
o En caso contrario, la asignación mensual se obtendrá mediante la siguiente expresión:
AS = 1000 x m / (m+1)
* Siendo m el número de meses del período formativo.
Dichos importes serán percibidos durante los meses que dure el período formativo.
En el supuesto de que el becario pase a una situación de incapacidad temporal, tendrá derecho a percibir el 100 % de su asignación durante el primer mes de baja (salvo que se haya procedido a la suspensión de la beca por las circunstancias que concurran en el caso). A partir de ese momento, percibirá la parte de asignación que le corresponda, conforme a los criterios fijados para estos casos en la normativa de la Seguridad Social.
Un seguro de accidentes, que será suscrito por la FUNDACIÓN a su favor.
c) A ser incluido en el régimen general de la Seguridad Social, en los términos y condiciones establecidos por el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. La acción protectora de la Seguridad Social respecto de los beneficiarios de las becas, será la que se deriva de su citada inclusión en el régimen general
de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.
2.4.2. En el caso de que la beca sea prorrogada, los becarios tendra n los mismos beneficios a los establecidos en el punto 2.4.1.
2.4.3. Sobre las cantidades a percibir por el becario, la FUNDACIÓ N practicara las retenciones tributarias y las deducciones por cuotas de la Seguridad Social que resulten exigibles en cada caso, de acuerdo con la normativa aplicable, y comunicara a la Base Nacional de Subvenciones, en cumplimiento de la normativa vigente, a efectos estadí sticos, los importes entregados por este concepto.
2.4.4. La FUNDACIÓ N transferira a cada beneficiario la cantidad que proceda, dentro de los cinco primeros dí as del mes siguiente al que corresponda, salvo el primer mes, que lo hara una vez completado un mes de formacio n pra ctica.
2.5. Situación jurídica de los beneficiarios.
2.5.1. Los adjudicatarios de las becas ostentara n la condicio n de becarios de la FUNDACIÓ N. Durante su perí odo de formacio n los becarios quedara n sujetos a las normas de la FUNDACIÓ N, sin que ello comporte la existencia de relacio n laboral alguna entre dicha entidad y el becario. De acuerdo con el citado Real Decreto 1493/2011, los becarios se hallan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusio n en el re gimen general de la Seguridad Social. Por mandato legal –artí culo 5.1 del citado Real Decreto-, la FUNDACIÓ N queda obligada a incorporar a sus becarios a la Seguridad Social, asumiendo, en relacio n con dicho colectivo, los derechos y obligaciones en materia de Seguridad Social establecidos para los empresarios en el mencionado re gimen general.
2.5.2. Las becas sera n concedidas por la FUNDACIÓ N en exclusivo intere s del propio beneficiario del Programa, teniendo la naturaleza de ayudas a su formacio n, y no de remuneracio n o salario. Por ello, la labor formativa desarrollada por AIRBUS a favor del becario no comportara la existencia de un ví nculo laboral entre ambos. Durante su perí odo de formacio n, los becarios quedara n sujetos a las normas de la FUNDACIÓ N, sin perjuicio del deber de atender las orientaciones que les formulen los tutores de AIRBUS que les sean asignados en el ejercicio de su accio n formativa. Los tutores evaluara n la actitud y aptitud demostrada por los becarios respecto de la formacio n pra ctica que se lleve a cabo.
2.6. Incompatibilidades.
El disfrute de una beca del Programa será incompatible con la realización de cualquier actividad por parte del becario ya sea por cuenta propia o ajena, retribuida o no, que, a juicio de la FUNDACIÓN, interfiera el correcto desarrollo del periodo formativo. También resultará incompatible con el cobro de las prestaciones por desempleo o de cualquier otro tipo de beca de similares características, de las que deberá informar a la Fundación de manera inmediata, una vez conocida.
3. REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
3.1. Con carácter general, en todos los procesos de selección que se realicen durante la vigencia de la edición 2019 del Programa, aquellos candidatos que deseen optar a alguna de las becas integradas en el Programa, deberán cumplir los siguientes requisitos:
3.1.1 Haber nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1989.
3.1.2 Alto nivel xx xxxxxx.
3.1.3 Estar dispuesto a fijar la residencia en el lugar donde le sea adjudicada la beca.
3.1.4 No ser beneficiario de algu n programa de becas de la FUNDACIÓ N, no haber renunciado a alguna beca otorgada por esta institucio n durante el periodo formativo, ni haber sido becario de alguno de los programas Fundacio n SEPI – AIRBUS.
3.2. Con cara cter especí fico para el proceso de seleccio n en curso:
3.2.1. Haber finalizado, en el momento de presentar la solicitud de beca, los estudios conducentes a las titulaciones oficiales relacionados en el anexo a estas bases correspondiente al proceso de seleccio n de que se trate, en alguna de las universidades reconocidas del Espacio Europeo de Educacio n Superior, o en otro caso, homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional de España.
3.2.2. Podrán también presentar su candidatura y optar a las becas convocadas los estudiantes universitarios que tengan, como máximo, 30 créditos ECTS pendientes de aprobar.
3.2.3. Si el candidato ya es titulado deberá haber obtenido dicho título en alguna convocatoria de los cursos 2016/2017, 2017/18 o 2018/2019.
4. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Las solicitudes deberán ser formuladas exclusivamente cumplimentando el formulario establecido al efecto en la página web de la FUNDACIÓN (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx). No serán admitidas solicitudes presentadas a través de otro medio.
El plazo de presentación para acceder al proceso de selección en curso, figura en el anexo a estas bases correspondiente a dicho proceso.
Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, los candidatos podrán ver el estado de su solicitud a través del apartado “consulte su solicitud” de la página web anteriormente indicada.
5. EVALUACIÓN, SELECCIÓN Y CONCESIÓN DE BENEFICIOS
5.1. Los procesos de selección serán llevados a cabo por un jurado (en adelante, el Jurado). Sus miembros serán nombrados por el Director General de la FUNDACIÓN a propuesta de AIRBUS y de la FUNDACIÓN, y estarán asistidos y coordinados por responsables de la misma. La presidencia xxx Xxxxxx recaerá en alguno de los representantes de la FUNDACIÓN.
5.2. Los procesos de selección de los becarios comprenderán las siguientes etapas:
Exclusión de candidatos: Xxxxx excluidos los candidatos que no reúnan los requisitos objetivos establecidos en la base tercera, y aquéllos cuyas solicitudes no contengan todos los datos requeridos o hubieran sido cumplimentadas de forma errónea.
Preselección de los candidatos: En la misma, el Jurado definirá las condiciones que deban cumplir los aspirantes, relativas a los siguientes aspectos: la media académica -ponderada según el número de cursos de que constan los estudios que les facultan a presentar la solicitud de beca y el de años transcurridos para completarlos o, en el caso de los estudiantes, los transcurridos desde que la iniciaron hasta la fecha de presentación de la solicitud -, la titulación o especialidad y, en su caso, la edad y el nivel xx xxxxxx declarados por los candidatos, así como los cursos complementarios que hayan realizado.
Por excepción, y en aras de la especial protección que, a juicio de las partes, merece el colectivo de “deportistas de alto nivel”, a que se refiere el Real
Decreto 971/2007, de 13 de julio, a los aspirantes incluidos en dicho colectivo no se les aplicará en esta preselección las limitaciones relativas a la edad y al número de años tardados en finalizar la carrera universitaria.
Pruebas de selección: Con la finalidad de definir el nivel de adecuación y aptitud del candidato para la consecución de los objetivos del Programa, así como, en su caso, el nivel xx xxxxxx, podrán establecerse las siguientes pruebas:
Un test psicotécnico on-line.
Una entrevista con el Jurado.
Una entrevista con los responsables de los departamentos de AIRBUS.
5.3. Durante el proceso de selección, el Jurado solicitará a los candidatos la documentación que estime necesaria para comprobar la veracidad de los datos aportados en la solicitud. La falta de aportación de dicha documentación en el plazo que se les confiera, permitirá al Jurado considerar como no acreditado el dato de que se trate, sin ulterior recurso.
5.4. A la vista de los resultados obtenidos en el proceso de selección, el Jurado propondrá a la FUNDACIÓN la concesión de las becas convocadas a los candidatos que hayan obtenido una mayor puntuación, y tengan el perfil y conocimientos más adecuados en relación a los requerimientos concretos de las áreas donde vayan a desarrollar las becas, teniendo en cuenta los requisitos exigidos por AIRBUS en su solicitud de becas.
5.5. La FUNDACIÓN concederá las becas de acuerdo con la propuesta xxx Xxxxxx y comunicará a los interesados la adjudicación de las mismas. El resto de los candidatos considerados por el Jurado como aptos, quedará como suplente.
5.6. En cada proceso de selección, a propuesta xxx Xxxxxx y sólo en el caso de que concurran especiales motivos justificados para ello, la FUNDACIÓN podrá declarar desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas que se convocan.
5.7. Los acuerdos que adopte el Jurado quedarán reflejados en un acta, que deberá ser firmada por todos los miembros del mismo y a la que podrán tener acceso quienes hayan presentado solicitud para el correspondiente proceso de selección. En todo caso, dicho acceso sólo podrá ser efectuado, previa petición por escrito de los interesados, en el domicilio de la FUNDACIÓN, calle Xxxxxxxx, nº 2, 3 Xxxxxx, 00000 Xxxxxx.
6. OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS
Las obligaciones que habrán de asumir los adjudicatarios de las becas a las que se refiere el presente Programa, son las siguientes:
6.1. Comunicar a la FUNDACIÓN el número de afiliación a la Seguridad Social, en el plazo y en la forma que oportunamente le sean notificados.
6.2. Cumplimentar y remitir a la FUNDACIÓN, dentro del plazo que se les traslade, la documentación que se solicite en el momento de adjudicación de las becas. Dicha adjudicación tendrá carácter provisional mientras no tenga entrada en el departamento de becas de la FUNDACIÓN la documentación requerida.
6.3. Remitir trimestralmente a la FUNDACIÓN un informe sobre el desarrollo de su proceso de formación en AIRBUS, que deberá realizarse en la forma y con el contenido que les será notificado.
6.4. Comunicar de inmediato a la FUNDACIÓN cualquier incidencia que afecte al normal desarrollo del periodo formativo. Se incluyen aquéllas que supongan su ausencia del centro formativo, ya sea ésta temporal, por causa de enfermedad o accidente, circunstancia ésta que deberá ser acreditada mediante remisión del correspondiente parte médico a la FUNDACIÓN, o permanente, por causar baja voluntaria en el Programa. Todo ello, con objeto de que la FUNDACIÓN pueda cumplir con sus obligaciones respecto de la Seguridad Social.
6.5. Mostrar durante todo el período de la beca la actitud y el interés necesarios para un buen aprovechamiento de la formación. El incumplimiento de esta obligación podrá ser motivo suficiente para que la FUNDACIÓN anule la beca concedida
6.6. Atender las orientaciones que reciban de los tutores de AIRBUS en el ejercicio de su acción formativa, integrándose en la dinámica del departamento al que sean asignados para adquirir su formación práctica.
6.7. Asistir a las reuniones y entrevistas a las que sean convocados, ya sea por la FUNDACIÓN o por AIRBUS, con motivo del seguimiento de la convocatoria.
6.8. No divulgar ninguna información de carácter confidencial o reservada a la que hayan accedido durante el periodo de formación, ya sea relativa a la FUNDACIÓN o a AIRBUS, aceptando las condiciones de confidencialidad correspondientes. Dicha obligación se mantendrá una vez finalizado dicho periodo. El incumplimiento del presente compromiso dará lugar a las responsabilidades correspondientes.
6.9. Los derechos de propiedad intelectual o industrial registrados que, en su caso, se pudieran derivar de la aplicación de la acción formativa recibida por los becarios, pertenecerán a AIRBUS.
6.10. Los becarios estarán obligados a tratar la información recibida en sus prácticas de forma confidencial, comprometiéndose a mantener dicha información salvaguardada evitando siempre su difusión a terceros.
6.11. Los becarios ajustarán su comportamiento al código ético vigente en AIRBUS, durante todo el periodo formativo, que les será trasladado para su conocimiento.
6.12. Los candidatos que sean extranjeros en España, deberán aportar a la FUNDACIÓN, según el caso:
Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
TIE en vigor o solicitud de prórroga.
Visado en vigor y documento que acredite el NIE.
Si no disponen del documento correspondiente no podrá serle adjudicada, en su caso, la beca.
6.13. Comunicar a la FUNDACIÓN una dirección de correo electrónico, aceptando la misma como medio válido para recibir notificaciones de la FUNDACIÓN durante el transcurso de la beca.
6.14. Consentir la cesión a AIRBUS de los datos personales aportados a la FUNDACIÓN, en los términos que sean precisos para la adecuada implementación del Programa. De conformidad con la legislación vigente, en cualquier momento, el becario podrá ejercer sus derechos de acceso, modificación, cancelación y oposición a dicho tratamiento, dirigiéndote por escrito a la Fundación SEPI, X/ Xxxxxxxx, xx 0, 0x, 00000, Xxxxxx, por fax al nº 000000000 o por correo electrónico, a la dirección xxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx.
7. ANULACIÓN DE LA BECA.
La FUNDACIÓ N podra anular la beca por cualquiera de las siguientes causas:
7.1. Cuando la FUNDACIÓ N acepte propuesta escrita y motivada por parte de AIRBUS de anulacio n de la beca asignada, en el supuesto de que adviertan que la actitud o aptitud del becario resultan insuficientes para lograr los objetivos formativos del Programa. En dicho caso, la FUNDACIÓ N dictara resolucio n de anulacio n de la beca, que sera motivada y comunicada a los afectados.
7.2. La constatacio n de alguna irregularidad sustancial en los datos expuestos por el becario en su solicitud.
7.3. El incumplimiento grave por parte del becario de alguna de sus obligaciones establecidas en la base sexta.
7.4. Cuando, por causa de fuerza mayor, no sea posible el mantenimiento de los compromisos adquiridos entre la FUNDACIÓ N y AIRBUS.
8. BAJA EN EL PROGRAMA.
La baja en el presente programa de becas podrá producirse:
Por anulación de la beca.
Por renuncia voluntaria del beneficiario, que deberá comunicarse a la FUNDACIÓN y a AIRBUS con una antelación mínima de una semana a la fecha de la misma.
La baja de un becario en el Programa supondrá la pérdida de todos los derechos inherentes a su condición de tal, a partir de la fecha en que se produzca. No obstante, en el caso de que el becario renuncie a su beca antes de que finalice su periodo de formación comprometido no tendrá derecho a percibir dotación alguna salvo que haya completado un periodo mínimo efectivo de formación de un mes.
9. CONSIDERACIÓN FINAL
La Fundación resolverá, sin ulterior recurso, las eventuales incidencias que pudieren surgir en la tramitación de esta convocatoria y en el transcurso del período de vigencia de las becas.
Madrid, 30 de noviembre de 2018
PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI - AIRBUS GROUP Fin de Xxxxxxx 0000 |
XXXXX X XXX XXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX - 0xx. PROCESO DE SELECCIÓN |
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 0 XX XXXXX XX 0000 |
Xxxxxxxxxxxx a las que se refiere el apartado 3.2. de las Bases de la Convocatoria para el actual proceso de selección |
Campo de Estudios | Area | Titulación |
Empresas | Todas las áreas | Grado, Doble Grado y Máster. Diplomado, Licenciado y Doble Licenciado |
Ingeniería | Aeronáutica | Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería Técnica e Ingeniería |
Ingeniería | Organización | Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería Técnica e Ingeniería |
Ingeniería | Telecomunicación | Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería Técnica e Ingeniería |
Ingeniería | Electrónica y Automática | Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería Técnica e Ingeniería |
Ingeniería | Industrial | Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería Técnica e Ingeniería |
Ingeniería | Informática | Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería Técnica e Ingeniería |
En función de los perfiles requeridos en el proceso de selección se podrá tener en consideración titulaciones específicas de los diferentes campos de estudios o áreas requeridas.