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DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO PARA LA IMPOSICiÓN DE MULTA, CLÁUSULA PENAL, CADUCIDAD Y/O AFECTACiÓN DE LA GARANTíA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
C DIGO PROCESO VERSI N
PR-GC-06 PROCESO GESTiÓN CONTRACTUAL 4.0
PROCEDIMI:ENTO
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Desarrollo Urbano
DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO PARA LA IMPOSICiÓN DE MULTA,
CLÁUSULA PENAL, CADUCIDAD YIO
AFECTACiÓN DE LA GARANTíA
,
UNICA DE CUMPLIMIENTO
Participaron en la elaboración:
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Contratista, DTGC Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Contratista, DTGC Oiga Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx. Contratista, DTGC
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Contratista, DTGC Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Contratista, DTGC Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Contratista, DTGC
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Contratista, DTGC Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Contratista, OAP
(El alcance de participación en la elaboración de este documento Corresponde a las funciones del área que representan)
Validado por Revisado por
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx
Jefe Oficina Asesora de Planeación
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DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO PARA LA IMPOSICiÓN DE MULTA, CLÁUSULA PENAL, CADUCIDAD Y/O AFECTACiÓN DE LA GARANTíA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
I
CODIGO PR-GC-OO
PROCESO I VERSION
PROCESO GESTiÓN CONTRACTUAL 4.0
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Desarrollo UrbánO
Versión 1.0 | Fééha \ Resolución 9094 del 6 octubre de | ,.\ ... . .,., > DeséripéiónModificación .................•. 0>' •• Adopción del procedimiento P-AL-3-3. 'IMPOSICiÓN DE | , Folios |
2.0 | 2003 Resolución 4835 | MULTAS' que hace parte del Manual de Apoyo Legal. Actualización del procedimiento conforme a la reforma introducida por la Ley 1150 de 2007 y adopción del procedimiento 2-STCC-AL-3 según lo dis3.7 'IMPOSICiÓN DE | 10 |
de 2007 | |||
3.0 | Resolución 5303 de del 29 de diciembre de | MULTAS' que hace parte del Manual de Apoyo Legal Creación del procedimiento PR-GC-074 Declaratoria de Incumplimiento Contractual para la Imposición de multa, Cláusula Penal, Caducidad y/o Afectación de la Garantía | 10 |
13
del 00 xx xxxxxxx
0000 | Única de Cumplimiento., Se deroga el procedimiento 2-STCC- | ||
AL-3-3.7 de "IMPOSICION DE MULTAS". Este procedimiento deroga el PR-GC-074 Declaratoria de Incumplimiento Contractual para la Imposición de multa, Cláusula Penal, Caducidad y/o Afectación de la Garantía Única de Cumplimiento V 3.0. Se actualiza lo relacionado con políticas operacionales, se incluye en el flujograma la decisión de suspender o no la audiencia. Se actualiza el procedimiento según lo dispuesto por la ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cual empezó a regir a partir del 2 de julio de | 12 | ||
4.0 2 O JUN 2014 | |||
2012.
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DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO PARA LA IMPOSICiÓN DE MULTA, CLÁUSULA PENAL, CADUCIDAD YIO AFECTACiÓN DE LA GARANTfA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
CODIGO PROCESO VERSION
PR-GC-06 PROCESO GESTiÓN CONTRACTUAL 4.0
IILCAUIIII MAYOR
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Desarrollo Urbano
TABLA | DE CONTENIDO | ||
1 OBJETIVO | 4 | ||
2 ALCANCE | 4 | ||
3 MARCO NORMATIVO | 4 | ||
4 TÉRMINOS Y DEFINICIONES | 5 | ||
5 POLíTICAS OPERACIONALES | 7 |
5.1 REQUERIMIENTOS PREVIOS AL CONTRATISTA 7
5.2 ELABORACIÓN DEL INFORME TÉCNICO QUE CONTIENE EL PRESUNTO INCUMPLIMIENTO 7
5.3 INICIO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONA XXXXX 7
5.3.1 CITACiÓN A LA AUDIENCiA 8
5.4 AUDIENCIA 8
6 FLUJOGRAMA 9
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DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO PARA LA IMPOSICiÓN DE MULTA, CLAuSULA PENAL,
CADUCIDAD | Y/O AFECTACiÓN | DE LA GARANTíA | ÚNICA DE CUMPLIMIENTO | ALC"Lrnll""YOR .Q..E_IJ.QgQ!~ O.C.:. I~NJ1l<> |
CODIGO PR-GC-OO I | PROCESO |
VERSION |
PROCESO GESTiÓN CONTRACTUAL 4.0 Desarrollo Urbano
1 OBJETIVO
Definir las políticas y el procedimiento aplicable a la declaratoria de incumplimiento contractual, para hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, imponer multas, declarar la caducidad del contrato y/o hacer efectiva la garantía única de cumplimiento, según el caso, en los eventos de incumplimiento total o parcial, de las obligaciones contractuales en cualquiera de los contratos celebrados por la entidad y convenios interadministrativos cuando se haya pactado.
2 ALCANCE
Inicia con la elaboración del informe que contiene el posible incumplimiento del contratista (sin importar cuál sea el tipo de contrato celebrado) por parte del interventor y/o supervisor y finaliza con la constancia de archivo del expediente. Para el caso de los convenios interadministrativos, antes de iniciar cualquier actuación administrativa o medio de control se dará aplicación a lo previsto en el artículo 14 del Decreto Distrital 655 de 2011 "Por el cual se efectúan unas delegaciones en materia de representación judicial y extrajudicial de Bogotá D.C."
3 MARCO NORMATIVO
• Constitución Política de Colombia .
• Ley 80 del 28 de octubre de 1993 "Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública".
• Ley 190 del 6 xx xxxxx de 1995 "Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa" .
• Ley 1150 del 00 xx xxxxx xx 0000 "Xxx medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos".
• Ley 1474 del 00 xx xxxxx xx 0000 "Xxx la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del
control de la gestión pública".
• Ley 1437 de 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo".
• Decreto 111 del 15 de enero de 1996 "Por el cual se Compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que Conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto".
• Decreto Número 714 del 15 de noviembre de 1996 "Por el cual se Compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que Conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital".
• Decreto 0019 del 12 de enero de 2012 "Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".
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CODIGO PROCESO VERSI N
PR-GC.Q6 PROCESO GESTiÓN CONTRACTUAL 4.0
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Desarrollo Urbano
• Decreto 1510 del 17 de julio de 2013 "Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública".
• Decreto Distrital 655 de 2011 "Por el cual se efectúan unas delegaciones en materia de representación judicial y extrajudicial de Bogotá D.C."
• Acuerdo número 000 xx xxxxxxx 0 xx 0000 xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx: "Por el cual se establece la estructura organizacional del Instituto de Desarrollo Urbano, las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones".
• Resolución No. 4286 de 14 de octubre de 2011 por la Dirección del IDU, "Por medio de la cual se delegan unas funciones y se dictan otras disposiciones".
• Resolución No. 2114 de julio 30 de 2012. "Por la cual se adopta la versión 2.0 del Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos de Infraestructura Vial y Espacio Público deIIDU".
• Resolución No. 14656 de 09 xx xxxx de 2014. "Por la cual se modifica la Resolución 4286 de 2011 y se dictan otras disposiciones".
• Resolución No. 22536 del 30 xx xxxx de 2014. "Por la cual se adopta la versión 12.0 del Manual de Gestión Contractual deIIDU".
4 TÉRMINOS Y DEFINICIONES
• Incumplimiento: Se configura el incumplimiento del deber u obligación contractual, bien porque no se ejecutó o se realizó de manera parcial o en forma defectuosa o tardía. El incumplimiento del contratista es uno de los supuestos de hecho para que la Administración ejerza los poderes excepcionales que la Ley le otorga.1
• Incumplimiento Total: Inejecución absoluta de la prestación pactada, si el incumplimiento es grave y amenaza la paralización del contrato en la entidad estatal.2
• Incumplimiento Parcial: Inejecución fraccionada de la prestación pactada.3
• Cumplimiento Tardío: Esta situación se configura cuando el contratista no ejecuta las prestaciones pactadas en el plazo previsto en el contrato. Al respecto, es importante recordar que de conformidad con lo previsto en el artículo 1608 del Código Civil, aplicable a la contratación estatal de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 80 de 1993, el deudor está en xxxx:
"1. Cuando no ha cumplido la obligación dentro del término estipulado, salvo que la ley, en casos
especiales, exija que se requiera al deudor para constituirlo en xxxx.
2. Cuando la cosa no ha podido ser dada o ejecutada sino dentro de cierto tiempo y el deudor lo ha dejado pasar sin darla o ejecutarla.
3. En los demás casos, cuando el deudor ha sido jj1dicialmente reconvenido por el acreedor'4
1 Consejo De Estado Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Tercera C.P Xxxxxxx Xxx Xxxxxx (24) de octubre de dos mil trece (2013) Radicación número
24697.
2 El seguro de cumplimiento como garantía de contratos estatales Manual para usuarios- Cámara de cumplimiento FASECOLDA -Federación de Aseguradores Colombianos.
31bidem
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DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO PARA LA IMPOSICI6N DE MULTA, CLAuSULA PENAL, CADUCIDAD YIO AFECTACI6N DE LA GARANTíA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
CODIGO PROCESO VERSION PR-GC06 PROCESO GESTI6N CONTRACTUAL 4.0
ALCALot/\ MAYOR
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Desarrollo Urbano
• Cumplimiento Defectuoso: Se produce cuando hay una falta de identidad entre la prestación que se pactó en el contrato y aquella que fue efectivamente ejecutada por el contratista5.
• Caducidad: Por definición legal, es la estipulación en virtud de la cual si se presenta alguno de los hechos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, la entidad por medio de acto administrativo debidamente motivado lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre (Art. 18, Inc. 1 Ley 80 de 1993), declaratoria que debe darse dentro del plazo de ejecución del respectivo contrato.6
• Multa: La multa que se pacta en los contratos estatales, tiene como fin conminar al contratista al cumplimiento de las prestaciones pactadas en el contrato, a través del pago de una suma de dinero. Esto es el incumplimiento parcial o la xxxx, siempre y cuando el plazo definitivo para el cumplimiento de las obligaciones del contratista no haya vencido.7
• Cláusula Penal: Consiste en la estipulación contractual según la cual, el contratista se obliga a pagar a título de tasación anticipada de perjuicios, la cuantía que contractualmente se haya determinado, en dos eventos: a) En el evento de la declaratoria de caducidad del contrato; y b) En el evento en que se declare el incumplimiento del mismo.8
• Daño: Sólo habrá daño antijurídico cuando se verifique una modificación o alteración negativa fáctica o material respecto de un derecho, bien o interés legítimo que es personal y cierto frente a la persona que lo reclama, y que desde el punto de vista formal es antijurídico, es decir no está en la obligación de soportar porque la normativa no le impone esa carga. Ahora bien, sabido es que existe responsabilidad contractual sólo a condición de que cualquiera de las partes deje de ejecutar por su culpa el contrato y haya causado un perjuicio al acreedor. Para que se estructure esa responsabilidad contractual por infracción a la ley del contrato, debe demostrarse: (i) el incumplimiento del deber u obligación contractual, bien porque no se ejecutó o lo fue parcialmente o en forma defectuosa o tardía; (ii) que ese incumplimiento produjo un daño o lesión al patrimonio de la parte que exige esa responsabilidad y, obviamente, (iii) que existe un nexo de causalidad entre el daño y el incumplimiento.9
• Perjuicio: Menoscabo patrimonial que resulta del daño, por lo cual se indemniza solo el perjuicio que proviene del daño.1O
SIGLAS:
• IDU: Instituto de Desarrollo Urbano
• SECOP: Sistema Electrónico para la Contratación Pública
• SIAC: Sistema de Información de Acompañamiento Contractual
4 Ibídem 5 Ibídem
6 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C.P. Xxxxxxx Xxx Xxxxxx. Radicación Número 20738.
7 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C.P. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx. Xxxxxxxxx xxx 0x xx xxxxxxx xx 0000. Exp. 6631.
8 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C.P. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx. Sentencia del 19 de octubre de 2005. Radicación Número 15011.
9 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C. P. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx. 11 xx xxxxxx de 2010 Radicación Número
18499.
10 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C. P. Xxxxxxx Xxx Xxxxxx. 18 xx xxxxx de 2010 Radicación Número 19099.
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DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO PARA LA IMPOSICiÓN DE MULTA, CLÁUSULA PENAL, CADUCIDAD YIO AFECTACIÓN DE LA GARANTíA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
CODIGO PROCESO VERSI N
PRGC-06 PROCESO GESTiÓN CONTRACTUAL 4.0
• CAV: Contratación a la Vista
• SGJ: Subdirección General Jurídica
• DTGC: Dirección Técnica de Gestión Contractual
• DTGJ: Dirección Técnica de Gestión Judicial.
• STPC: Subdirección Técnica de Presupuesto y Contabilidad.
• STTR: Subdirección Técnica de Tesorería y Recaudo.
5 POLíTICAS OPERACIONALES
5.1 REQUERIMIENTOS PREVIOS AL CONTRATISTA
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Desarrollo Urbano
• Una vez evidenciado el presunto incumplimiento y previo a la elaboración del informe necesario para dar inicio al procedimiento sancionatorio, el interventor y/o supervisor del contrato debe requerir previamente al contratista.
• En dicho(s) requerimiento(s) se le debe señalar al contratista el hecho que genera el presunto incumplimiento, así como la cláusula presuntamente incumplida, la fecha desde cuando se evidenció y el tiempo que tiene para subsanar el presunto incumplimiento evidenciado.
• Los requerimientos se podrán realizar a través de correos electrónicos (con prueba de entrega al destinatario), actas de reunión con el contratista, oficios, entre otros. Adicionalmente, se debe enviar copia al garante de los requerimientos realizados al contratista.
• Para el caso de los convenios interadministrativos, una vez se emita la decisión correspondiente por parte la Secretaría General de la Alcaldía Mayor se dará inicio al procedimiento sancionatorio aquí descrito.
5.2 ELABORACiÓN DEL INFORME TÉCNICO QUE CONTIENE EL PRESUNTO INCUMPLIMIENTO
Realizados los requerimientos mencionados en el numeral anterior y si el contratista no procede a subsanar, es decir, persiste el incumplimiento, el interventor y/o supervisor del contrato debe elaborar un Informe Técnico del Incumplimiento, en el formato establecido, para su radicación en el área Ordenadora del Gasto y posterior envío a la DTGC.
5.3 INICIO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO
• El Ordenador del Gasto debe elaborar un memorando solicitando a la DTGC el acompañamiento en el inicio del procedimiento sancionatorio. Anexo a este memorando se debe enviar el informe técnico correspondiente, de acuerdo con los parámetros establecidos en el numeral anterior.
• Una vez recibido el memorando, la DTGC citará a una reunión de trabajo, con la participación de las dos dependencias. Dicha reunión deberá llevarse a cabo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo del memorando.
• Sí como resultado de la reunión los participantes deciden continuar con el procedimiento sancionatorio, se debe concertar entre los asistentes la fecha estimada para realizar la audiencia. Lo anterior, se hará teniendo en cuenta que la audiencia deberá realizarse en un plazo máximo
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DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO PARA LA IMPOSICiÓN DE MULTA, CLÁUSULA PENAL, CADUCIDAD YIO AFECTACIÓN DE LA GARANTíA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
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PROCESO
PROCESO GESTiÓN CONTRACTUAL
VERSION
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Desarrollo Urbano
de cinco (5) días hábiles contados a partir de la citación a las partes interesadas en participar en la audiencia. Así mismo, dicha citación la debe realizar el Ordenador del Gasto en el siguiente día hábil a la realización de la reunión.
• El plazo para realizar la audiencia se determinará teniendo en cuenta la complejidad de la posible sanción a imponer al contratista. En todo caso no debe exceder el plazo máximo establecido en el punto anterior.
5.3.1 Citación a la audiencia
Para realizar la citación a la audiencia, el Ordenador del Gasto deberá tener en cuenta los siguientes parámetros:
• Debe ir dirigida al contratista. En caso que el contratista sea una Unión Temporal o Consorcio, se debe citar al Representante Legal.
• Se debe citar al garante, en caso que exista. Adicionalmente, se debe citar a la interventoría, de ser procedente.
• Debe contener la fecha, lugar y hora para la realización de la audiencia.
• Debe hacerse mención expresa y detallada de los hechos que soportan el presunto incumplimiento.
• Debe señalar las facultades de la administración en que se fundamenta la citación.
• Xxxx adjuntar el informe técnico con sus respectivos anexos.
• El Ordenador del Gasto deberá verificar la entrega efectiva de la citación al contratista y al garante previo a la realización de la audiencia.
5.4 AUDIENCIA
• La audiencia será instalada por el respectivo Ordenador del Gasto, y se desarrollará de acuerdo con lo señalado en el Artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.
• En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, el Ordenador del Gasto podrá suspenderla cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso, al adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia.
• La audiencia se podrá suspender por un término xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles. Lo anterior, con el fin de que tanto la interventoría y/o la supervisión del contrato se pronuncien mediante la emisión de concepto técnico, ya sea sobre los descargos emitidos por el contratista y/o el garante, o bien sobre el recurso de reposición interpuesto por los mismos en tal caso.
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Desarrollo Urbano
• Los pronunciamientos a los que se refiere el anterior punto, deben entregarse a la DTGC a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suspensión de la audiencia. Lo anterior, con el fin de que la DTGC elabore el acto administrativo pertinente.
• El recurso de reposición se deberá interponer y sustentar en audiencia. En todo caso, ésta se suspenderá hasta por diez (10) días hábiles por solicitud del Contratista, con el fin de que el recurso sea sustentado.
• De todo lo sucedido en la audiencia, el área técnica elaborará el acta que será suscrita por todos los asistentes.
• La notificación de los actos administrativos la realizará el Ordenador del Gasto.
• En caso de práctica de pruebas se debe tener en cuenta el término contemplado en el Artículo 48 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y así mismo el número de investigados, en todo caso el plazo para la práctica de pruebas será determinado por el Ordenador del Gasto dependiendo de la complejidad de las mismas.
• Es importante tener en cuenta que los actos administrativos que se profieran con ocasión del trámite del procedimiento sancionatorio deberán ser suscritos por el Ordenador del Gasto y revisado por la Directora Técnica de Gestión Contractual con anterioridad a la reanudación de la audiencia señalada en el Artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.
6 FLUJOGRAMA
Diagrama
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PR-GC-06
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El Ordenador del Gasto enviará la solicitud de acompañamiento a la DTGC I debidamente radicada a través del Sistema de Gestión Documental ORFEO.
I Elaborar y remitir solicitud de¡
I acompañamiento a la OTGC para!
I determinar si procede el inicio del!
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Memorando
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¡Anexo a la solicitud se deberá adjuntar el
r Formato del Informe Técnico del presunto I Incumplimiento. La solicitud debe I radicarse en la DTGC a más tardar el
,tercer dia hábil después de la radicación
:del informe por parte de la interventoria (en los casos en que haya lugar), con las
observaciones que considere pertinentes.
- ..-+- -----
i Asignar el caso a un abogado de la
:DTGC para apoyar el área tecnica en'
I el desarrollo del procedimiento
;sancionatorio.
---.- -- ------~---l~--
:Convocar y realizar reunión con el ¡ área tecnica, para determinar si: procede el procedimiento'
,sancionatorio.
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i Elaborar y enviar el oficio de citación
! la audiencia al contratista, garante
¡interventor.
iL .
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--!-------
Director(a) Tecnico(a) de Gestión Contractual
Profesional Universitario I
Profesional Especializado
Subdirector(a) General Director(a) Técnico(a)1 Profesional Universitario I
Profesional Especializado
8.50
25.50
42.50
Acta de reunión
Oficio
Correo Electrónico
Orfeo
: La reunión debe realizarse a más tardar el
.tercer día hábil siguiente al recibo de la
.solicitud de acompañamiento por parte del Ordenador del Gasto en la DTGC. En esta reunión se deberá fijar la fecha de la audiencia.
:En los casos que haya lugar, deberá asístir a la reunión la interventoría del contrato.
Ver numeral 5.3.1 del procedimiento
La audiencia deberá realizarse dentro de
: los cinco (5) días hábiles siguientes al
I
I Realizar la audiencia señalada en
•Art. 86 de la Ley 1474 de 2011
Formato: FO-MG-176 Versión: 01
---~1--
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Página 10 de 13
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Subdirector(a) General Director(a) Tecnico(a) I Profesional Universitario I Profesional Especializado
8.50
I ..
!
Acta de audienCia
i
:envio de la citación.
:Ver numeral 5.4 del procedimiento. A la
:audiencia deben asistir el Contratista, x Xxxxxxx y el Interventor, en los casos que I haya lugar.
IIEl Ordenador del Gasto considerará
i suspender la audiencia para estudiar los
I descargos presentados por el Contratista y/o Garante.
Vo. Bo.OAP: &-+\:> e
PROCEDIMIENTO | |||||||||||||
CÓDIGO | DECLARATORIA I | DE I-NCUMPLIMIENTO - | PARA | LA IMPOSICiÓN | DE MULTA, CLAUSULA | PENAL. PROCESO | CADUCIDAD | YIO AFECTACiÓN | DE LA GARANTI-A | ÚNICA | DE CUMPLIMIENTO | VERSiÓN | O"_flOf.'1'=>J"'_~_<;, |
PR-GC-06 GESTiÓN CONTRACTUAL 4.0 ()",s<~rf""':;UQ'''i,J,bal'O
No.
ACTIVIDAD
ORDENADOR DEL GASTO
DTGJ
TIEMPO CARGO RESPONSABLE UNIDAD
(HORAS)
FORMATOS I
REGISTROS
PUNTOS DE CONTROL
OBSERVACIONES
Realizar práctica de pruebas en caso de ser necesarias.
Subdirector(a) General Director(a) Técnico(a) I Profesional Universitario I Profesional Especializado
255.00
En caso de práctica de pruebas se debe
,tener en cuenta el término contemplado en el Art. 48 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y asi mismo el numero de investigados. El plazo para la práctica de pruebas será determinado por el Ordenador del Gasto dependiendo de la complejidad de las mismas.
La practica de pruebas aplica en cualquier momento del procedimiento sancionatorio.
En la practica de pruebas intervienen, el Contratista, Garante e Interventor, en los casos que haya lugar
1O Se suspende la audiencia?
s;
Emitir concepto técnico frente a los
11 argumentos de los descargos presentados por el Contratista y/o Garante
12 Consolidar y proyectar el acto administrativo correspondiente.
Subdirector(a) General Director(a) Técnico(a) I
Subdirector(a) General Director(a) Técnico(a) I Profesional Universitario I Profesional Especializado
Profesional Universitario I
Profesional Especializado
8.50
42.50
42.50
Acta de Audiencia
Concepto Técnico
Acto Administrativo
ORFEO
El Ordenador del Gasto considerará suspender la audiencia para estudiar ros descargos presentados por el contratista y/o Garante.
La audiencia se suspenderá hasta por diez
(10) dias habiles.
Los conceptos técnicas emitidos por el supervisor y/o interventor (debidamente Consolidados), deberan ser radicados en la OTGC a más tardar dentro de los cinco
(5) dias hábiles siguientes a la suspensión de la audiencia. Lo anterior, con el fin que la OTGC proyecte y consolide el acto administrativo pertinente.
Reanudar audiencia para dar lectura
13 al acto administrativo que impone la sanción o dar por terminado el procedimiento sancionatorio.
Subdirector(a) General Xxxxxxxx(a) Técnico(a) I Profesional Universitario I Profesional Especializado
8.50
Acta de audiencia
.Al dia once (11) se reanudará la audiencia para dar lectura al Acto Administrativo que impone la sanción o da por terminado el procedimiento sancionatorio, el Contratista y/o Garante deberá interponer y sustentar los recursos de reposición contra los Actos Administrativos expedidos por la entidad en la audiencia.
La notificación del Acto Administrativo se realizará en audiencia, solo en el caso en que una (1) de las partes no asista a la diligencia será notificada como indica los Art. 67-69 del CPACA.
14 Se suspende la Audiencia para resolver recurso interpuesto?
s;
Emitir concepto técnico frente a los
15 argumentos de el/los recursos. interpuestos I
Subdirector(a) General
Director(a) Técnico(a)
Subdirector(a) General Xxxxxxxx(a) Técnico(a) I Profesional Universitario I Profesional Especializado
8.50
42.50
Acta de Audiencia
Concepto Técnico
ORFEO
Sera facultad del Ordenador del Gasto suspender la audiencia con el objeto de resolver los recursos interpuestos por el contratista y/o garante, de conformidad con el literal d) Art. 86 Ley 1474 de 2011.
Los conceptos técnicos emitidos por el supervisor y/o interventor (debidamente Consolidados), deberán ser radicados en la OTGC a más tardar dentro de los cinco
(S) dias hábiles siguientes a la suspensión de la audiencia. Lo anterior, con el fin de que la OTGC proyecte y consolide el Acto Administrativo correspondiente.
Formato: FO-MC-176 Versión: 01 Pagina 11 de 13 Vo. BO.OAP: e.t\>v
PROCEDIMIENTO
!Consolidar y proyectar el aClol
16 :administrativo que resuelve elllos
! ,La notificación del Acto Administrativo se
I realizará en audiencia, solo en el caso en
:que una (1) de las partes no asista a la
!Reanudar audiencia para dar lectura I
17 Ial acto administrativo que resuelve I
18 I ¿El act~ administrativo expe.dido en la i
XxxxxxxxXx declaró el incumphmiento? !
Subdirector(a) General Xxxxxxxx(a) Técnico(a) I Profesional Universitario I
I diligencia será notificada como indica los
I A la audiencia asiste además de los
:señalados en el f1ujograma el contratista, i garante e interventor en los casos que
Igualmente así no se declare el
:incumplimiento el Acto Administrativo debe
I ser publicado en los portales de
--'['~-ealizar :Iicac;~:- del(OS)-
19 adminIstrativos en los portales del
IInformar a los entes competentes:
La publicación se realiza cuando el acto
i Se debe dejar evidencia de la
I comunicación a los entes competentes en el expediente del contrato en ORFEO.
IInformar a la Cámara de Comercio donde
ise encuentre inscrito el contratista
I sancionado sobre la Imposición de sanción multa.
;Informar a la Procuraduría General de la
.Nación (dentro de los 5 días siguientes a
,formulario para alimentar el sistema de información SIRI de la Procuraduría General de la Nación.
21 I informando la sanción impuesta y el:
i Solicitar a la STPC los saldos a favor:
22 :del contratista para realizar la:
Formato: FO-MC.176 Versión: 01 Página 12 de 13 VO.Bo.OAP: 4b:
PROCEDIMIENTO
~ I
DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO PARA LA IMPOSICiÓN DE MULTA, cLAUSULA PENAL, CADUCIDAD YIO AFECTACiÓN DE LA GARANTiA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
VERSiÓN
PR.GC.06 I
GESTiÓN CONTRACTUAL
TIEMPO UNIDAD (HORAS)
!
FORMATOS! REGISTROS
4.0
PUNTOS DE CONTROL
I
OBSERVACIONES
¿Existen saldos a favor del contratista! 1:
-r----
23 para proceder a cobrar el monto fijado I
en el acto administrativo? j I
1 I
Si
~~----~ .... contrato1,.. _.-.
Profesional Universitario I i
Profesional Especializado I
i
-t-_.--" .....
L
Profesional Espec'allza:X
XXXXX
,para la compensación, I I
.-1 . . !
24 i Determinar los saldos del
-+-
Profesional Universitario I "
1700 I
25 IRealizar la compensación respectiva
I
I
I I 1, I
I
+
._ ... ~
I
I
, I
l' I En caso que los saldos a favor del
¡ i :contratista no sean suficientes para
Profesional Universitario I ¡ 17.00 ¡compensar el valor del acto administrativo,
Ila aseguradora para que cancele el saldo
Profesional Especializado ,1 iel Ordenador del Gasto debera requerir a
.~ --1'-.-._ ..'.- -FIcorre.sp.o-nd.ie.nte.._._....-.--..-.
-~í- --- -- --------- r --~----------
¡Informar al Ordenador del Gasto que:
I no existen saldos a favor del', i
_._-----,I----~- ---
I i I I Una vez el Ordenador del Gasto reciba
26 1 contratista o que estos no son I
I suficientes., para realizar la i !
1 Profesional Universitario I I I Memorando ,1 Orleo ; comunicación de la STPC debera requerir
.!~ompensac,on ..
. _ .... _l. I.~_ .. ~
.
p_ro_f_e_sio_n_a_I_E_sp_e_c_ia8J_j._5z 0a_d~_o~_! .
I~:~::~r~~~v/ara ~.::: ~~.:~
.... . , L
_~L~.
, I
!Elaborar y enviar el requerimiento al!
27 'garante para el cobro del acto I 1
I administrativo I I
Subdirector(a) General
Director(a) Técnico(a) I
8.50
Oficio
i
Orfeo
!
.L ..I----.¡
i !
28 1 ¿El garante realiza el pago?
.---i-..
I No
-- ..i----.--~- +_ ~-----
Profes~onalUnive~sit.ariOI II i Oficio
i
--~-j-
I
Orleo
I ,
---'r------ -- -i-II --- .~----~t1 l-' -- ---.--- ---l~----TI -------~-! .---
29 i Informar al Ordenador del Gasto el:
ProfeSIonal EspeCializado ¡
----------1------1----------- ~-
, I
Profesional Universitario I
¡ La STPC enviara un memorando
Ireportando el pago de las sanciones al
:pago realizado por el Garante' I
Profesional Especializado
8.50
:Ordenador del Gasto, con copia a la
. ... .
30 :Elaborar y enviar memorando a la'
:DTGJ para proceder al cobro Judicial. '
.... ._-~--_.
Subdirector(a) General
Director(a) Técnico(a) I
I Subdirector (a) Técnico (a)
17.00
Oficio
Orfeo
!DTGC .
----.;........----- ---------r ¡-
,
31 I Realizar el cobro Judicial
f . _. ! . --i- ~------!_ _ _ . .
i
1 La Dirección Técnica de Gestión Judicial
Oirector(a) Técnico(a) de I~ ,'realizará el procedimiento respectivo para Gestión Judicial i I Iadelantar el cobro de la multa o sanción
~ ~---_._----¡--
I
! ----¡: --- -----¡-i--- ------:im:-pu_es.t_a. _.-
32 iEnviar al archivo central Idocumentos del procedimiento.
I
I
losl
..+-.
Profesional Universitario I i I Profesional Especializado I • 8.50
Técnico Administrativo I
Planilla de
entrega de documentos
ORFEO
Los documentos deben incluirse en el
,expendiente del contrato correspondiente.
i ] Auxiliar Administrativo
- .. _ _. r...-.-
-'-t---
i
¡Fin
I
_.1-
I
I
I I
. . .. _._~_. ..
I
I !
Formato: FO-MC-176 Versión: 01 Página 13 de 13 VO.Bo.OAP:~C:-