PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES
CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS N° EE 02/2017
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
MAYO 2017
“CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA,
ÍNDICE
3. DOMICILIO DE ENARSA E INFORMACIÓN IMPOSITIVA 10
5. CONSULTAS Y ACLARACIONES 11
6. NORMAS APLICABLES. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 11
7. CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN XXX XXXXXX 12
11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 13
12. NO RECONOCIMIENTO DE GASTOS 14
14. INMODIFICABILIDAD DE LAS OFERTAS 14
15. PROHIBICIÓN DE PARTICIPAR EN MÁS DE UNA OFERTA 14
18. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 15
19. FORMA DE CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 16
20. NORMAS Y FORMALIDADES PARA LA PRESENTACIÓN 16
21. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 17
24. ACTO DE APERTURA DEL SOBRE N 1 25
25. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN 26
26. INADMISIBILIDAD. CAUSALES DE INADMISIBILIDAD. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD 26
26.1. Causales de Inadmisibilidad 26
26.2. Requisitos de Admisibilidad 26
26.2.1. Aspectos contables – financieros 27
26.2.2. Antecedentes empresariales 27
26.2.3.1. Unidad/es y/o Equipo/s 27
26.2.3.2. Flota mínima requerida 28
26.2.3.3. Estructura organizativa: la estructura organizativa como mínimo deberá prever 28
27. ACTO DE APERTURA DEL SOBRE N° 2 29
28. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN. ASIGNACIÓN DE PUNTAJES. – DEMANDA 29
28.1. Puntaje de la Propuesta Técnica 29
28.2. Puntaje de la Propuesta Económica (cotización) 31
28.3. Puntaje Total de la Oferta 32
29. EVALUACIÓN, DICTAMEN Y ADJUDICACIÓN 32
30. PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO 33
34. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 34
35. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 35
36. INSTRUMENTOS CONTRACTUALES – ORDEN DE PRELACIÓN 35
37. DURACIÓN DEL SERVICIO REQUERIDO 36
38. CALIDAD DE LA PRESTACIÓN 36
40. CAUSALES DE PERDIDA DE GARANTÍA 40
41. PENALIDADES - METODOLOGIA PARA SU APLICACION 41
44. CESIÓN DEL CONTRATO/SUBCONTRATACIÓN 46
45. CESIÓN POR PARTE DEL CONTRATANTE 46
46. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR / CONTRATISTA 46
47. COORDINADOR DE TRABAJOS DE OBRAS Y SERVICIOS 51
48. RESCISIÓN O SUSPENSIÓN SIN CULPA DEL CONTRATISTA 51
49. CAUSALES DE RESOLUCIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA 51
50. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA 52
51. PLAZOS DE ENTREGA/ EJECUCIÓN 52
52. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 52
53. PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LA INFORMACIÓN 53
57. INSPECCIÓN DEL SERVICIO 55
60. RENUNCIA AL DERECHO DE RETENCIÓN 56
61. CERTIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS 56
64. VOLUMEN DE LA PRESTACION 57
65. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL CONTRATISTA 57
66. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 60
69. OPCIONES A FAVOR DE ENARSA 62
71. DAÑOS AL AMBIENTE. ATENCIÓN PRIMARIA Y REMEDIACIONES 63
MEMORIA
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO | EE 02/2017 |
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: Contratación del servicio transporte carretero de combustibles livianos para las unidades de generación de energía eléctrica móvil (UGEEM): ubicadas en el territorio de la República Argentina |
VALOR XXX XXXXXX: PESOS CINCO MIL ($5.000) |
CONSULTAS Y ACLARACIONES
Lugar/Dirección | Plazo |
Oficinas de ENARSA, Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx 0000 - Xxxx 0 , Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Xxxxxx adelantar su consulta vía correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxxxxx_xxxxxxx@Xxxxxx.xxx.xx No se aceptarán consultas telefónicas. No serán contestadas aquellas consultas realizadas fuera de término ni aquellas que no hubieran sido presentadas por mesa de entradas tal lo indicado ut supra. | De lunes a viernes de 10 a 17 horas plazo de 3 días hábiles antes de la fecha de presentación de las OFERTAS. |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar/Dirección | Plazo |
Oficinas de ENARSA, Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx 0000 - Xxxx 0, xx. 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | El día 06 xx xxxxx de 2017 hasta las 12:00 horas. |
ACTO DE APERTURA SOBRE N° 1
Lugar/Dirección | Día y Hora |
Oficinas de ENARSA, Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx 0000 - Xxxx 0, xx. 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | El día 06 xx xxxxx de 2017 a las 12:30 horas. |
GLOSARIO
“ADJUDICACIÓN”: Acto por el cual el CONTRATANTE determina, reconoce, declara y acepta la OFERTA más ventajosa.
“ADJUDICATARIO”: El OFERENTE cuya OFERTA haya sido seleccionada y adjudicada por ENARSA.
“CAMMESA”: Compañía Administradora xxx Xxxxxxx Mayorista Eléctrico S.A.
“CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR”: Es el que no ha podido preverse o que previsto, no ha podido evitarse, con el alcance previsto en este PLIEGO.
“CIRCULARES CON CONSULTA”: Notas a través de la cuales el CONTRATANTE responde las preguntas o los pedidos de aclaraciones formulados por los OFERENTES, con las cuales puede modificar, completar, ampliar y/o aclarar los conceptos o documentos del llamado a contratación, que pasan a formar parte integrante del presente PLIEGO.
“CIRCULARES SIN CONSULTA”: Notas a través de la cuales el CONTRATANTE formula manifestaciones con las cuales puede modificar, completar, ampliar y/o aclarar los conceptos o documentos del llamado a contratación, que pasan a formar parte integrante del presente PLIEGO.
“COG”: Sector de ENARSA denominado Control Operativo de Generación.
“COMISIÓN EVALUADORA”: Es un órgano colegiado, encargado de evaluar las OFERTAS y recomendar a la autoridad competente para adjudicar la conveniencia, inconveniencia, admisibilidad o inadmisibilidad de las OFERTAS presentadas.
“CONTRATANTE”: ENARSA.
“CONTRATISTA”: OFERENTE que resultó ADJUDICATARIO y que firmó CONTRATO.
“CONTRATO”: Instrumento escrito y firmado entre ENARSA y el CONTRATISTA destinado a reglar sus derechos y obligaciones recíprocas.
“CRONOGRAMA”: es el conjunto de actividades debidamente definidas en su alcance, duración y fechas de inicio y término, relacionadas entre sí mediante conexiones lógicas de secuencia.
“DÓLARES ESTADOUNIDENSES” o “USD”: significa la moneda de curso legal en los Estados Unidos de Norte América.
“ENARSA”: Energía Argentina Sociedad Anónima o CONTRATANTE. Sociedad Anónima creada por la Ley Nº 25.943, bajo el régimen de los artículos 163 y siguientes de la Ley Nº 19.550. En consecuencia sus relaciones jurídicas con terceros se rigen por el derecho privado con exclusión de la legislación administrativa.
“EX SECRETARIA DE ENERGÍA”: Significa la Secretaría de Energía que fuera dependiente del antiguo Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios del Poder Ejecutivo Nacional.
“EPP”: Equipo de Protección Personal.
“FLOTA COMPROMETIDA”: Es la cantidad de unidades puestas a disposición por parte de la Transportista, con dedicación exclusiva al servicio de ENARSA, de acuerdo al período contratado que percibirá un abono en condición FIJO + VARIABLE
“INDISPONIBILIDAD”: Significa que la MAQUINA no se encuentra apta para su despacho.
“INTERESADO”: Es toda persona humana o jurídica que retiró o adquirió el presente PLIEGO o a la cual se le envió una invitación a cotizar.
“IVA”: Impuesto al Valor Agregado.
“MEM”: El Mercado Eléctrico Mayorista.
“MODALIDAD”: GBAMOV o BAIMOV
“MSDS”: “Material Safety data Sheet” del Producto Transportado. Es la Ficha de datos de Seguridad que es entregado por las plantas de carga, y con la que deben circular los transportes.
“OFERENTE” o “PROPONENTE”: Es el Interesado que presenta una OFERTA en el presente procedimiento de selección.
“OFERTA”: Es la declaración de voluntad irrevocable, unilateral y recepticia efectuada por el OFERENTE de conformidad con el PLIEGO. En el presente PLIEGO, OFERTA y PROPUESTA se emplean como sinónimos.
“PARTES”: Significa el CONTRATANTE y el CONTRATISTA.
“PESOS” o “$”: Significa la moneda vigente y de curso legal en la República Argentina, o la que en el futuro pudiera reemplazarla.
“PET”: PLIEGO de Especificaciones Técnicas.
“XXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX” x “XXXXXX XX XXXXX”: Significa cualquiera de las plantas de almacenamiento y despacho
“PLIEGO”: Conjunto de normas, términos y condiciones a través de los cuales se fija el procedimiento de ADJUDICACIÓN del CONTRATO y consecuente ejecución, comprensivo de todos los Anexos enumerados en el mismo y las circulares con y sin consulta que se emitan en consecuencia. También: PLIEGO de Bases y Condiciones Generales y Particulares.
“PROPUESTA” u “OFERTA”: Significa la presentación realizada por el oferente y/o posterior CONTRATISTA, y toda documentación complementaria en el marco del presente PLIEGO.
“REPRESENTANTE”: Es aquella persona humana que tenga facultades suficientes para en nombre del OFERENTE en los términos de la legislación vigente.
“SADI”: El Sistema Argentino de Interconexión.
“SERVICIO”: Significa la prestación de Servicio de transporte terrestre de combustible en los términos y condiciones establecidos en el presente pliego de bases y condiciones y sus anexos.
“SISTEMA DATAGEN”: Es el sistema utilizado por ENARSA para sus actividades logísticas: nominación y aprobación de unidades, registro de las cargas (mediante importación de sistema de CAMMESA), registro de descargas, emisión de certificado mensual de facturación.
“TRANSPORTISTA” o “CONTRATISTA” o “SUBCONTRATISTA” (indistintamente denominados): Significa la persona humana o jurídica organizada legalmente que ejerce como actividad exclusiva o principal la prestación de Servicio de transporte de combustibles líquidos.
“UGEM””: Es el equipamiento destinado a la producción de energía eléctrica, integrado por el conjunto de UGEE con sus respectivos transformadores, tableros de control, cableados y demás equipamiento e instalaciones transportables.
“UNIDADES VEHICULARES”, “UNIDAD/ES” Y/O “EQUIPO/S” (INDISTINTAMENTE DENOMINADOS):
comprende conjunta e indistintamente al Tractor y/o Semirremolque Tanque y/o Acoplados Cisterna.
I- CLÁUSULAS GENERALES
1. OBJETO
El presente concurso tiene por objeto convocar a la presentación de OFERTAS para la contratación del SERVICIO de transporte carretero -mediante la utilización de camiones tanques habilitados legalmente para tal fin- de combustibles líquidos livianos para las UGEEM, en zonas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Gran Buenos Aires y el interior del país. El servicio requerido incluye la logística necesaria para el cumplimiento en tiempo y forma de la prestación conforme lo establecido en las especificaciones técnicas del presente Concurso.
1.1. PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Para la prestación del “SERVICIO DE TRANSPORTE DE COMBUSTIBLE PARA UGEEMs” se prevén las siguientes modalidades de servicios:
a) Modalidad de entrega a UGEEMs – XXXXXX.
b) Modalidad de entrega a UGEEMs – BAIMOV
En todas las modalidades existen picos estacionales que requerirán de la contratación de unidades adicionales de acuerdo a lo indicado en el artículo 1.3.
1.2. LUGAR DE PRESTACIÓN
Se establecen cuatro (4) zonas de trabajo, cada zona representa a un grupo específico de provincias donde se prestaran los servicios requeridos las cuales se detallan a continuación:
a) GBAMOV – CABA, Gran Bs As y Buenos Aires Interior hasta 100 km desde Planta DAPSA
b) BAIMOV 1 - en las provincias de: Buenos Aires Interior mayor a 100 km desde Planta DAPSA, Córdoba, San Xxxx, La Pampa, Neuquén, Xxx Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx Xxxx, Xxxxx Xx, Xxxxxxxxxx x Xxxxxxxx.
c) BAIMOV 2 - en las provincias de: Xxxxxx, Xxxxx Xxxx, Xxxxxx xxx Xxxxx.
x) XXXXXX 0 - xx xxx xxxxxxxxxx de: San Xxxx, Chaco, Formosa, Catamarca, Jujuy, La Rioja, Salta, Santiago del Estero y Tucumán
Para XXXXXX, las Bases Operativas del CONTRATISTA deberán encontrarse a un rango menor a 50 km de la Planta de Carga DAPSA.
Para BAIMOV n, las Bases Operativas del CONTRATISTA deberán encontrarse a un rango menor a 100 km de alguna de las Plantas de Carga indicadas en el PET.
Podrán emplearse unidades para que presten servicios en un LUGAR DE PRESTACIÓN distinto al que originalmente hayan resultado adjudicados.
1.3. CANTIDAD DE UNIDADES VEHICULARES REQUERIDAS Y DEMANDA ESTACIONAL
Considerando la naturaleza del servicio y que la demanda del mismo se encuentra atada a la generación y el consumo eléctrico, ENARSA estableció curvas de demanda donde existe una base optima de unidades que se requerirá en forma constante durante todo el contrato denominada Demanda normal y asimismo se prevé efectuar contrataciones adicionales durante los meses de mayor demanda denominados Demanda estacional.
a) Demanda normal: Junio a diciembre 2017
b) Demanda estacional PICO I: meses de julio y agosto 2017
c) Demanda estacional PICO II: octubre 2017
d) Demanda estacional PICO III: meses de noviembre, diciembre de 2017.
Demanda normal: se prevén contratar estimativamente veinticuatro (24) UNIDADES de los cuales diez (10) serán destinados a la modalidad GBAMOV, nueve (9) a la modalidad BAIMOV 1, dos (2) a la modalidad BAIMOV 2 y tres (3) a la modalidad BAIMOV 4.
Demanda estacional PICO I: se contrataran ocho (8) UNIDADES adicionales destinándose para BAIMOV I.
Demanda estacional PICO II: se contrataran veinte (20) UNIDADES adicionales, destinándose once
(11) para la BAIMOV I y nueve (9) para la BAIMOV II.
Demanda estacional PICO III: se contrataran siete (7) UNIDADES adicionales destinándose para BAIMOV I.
Durante los meses de Demanda estacional PICO I, II, III, el CONTRATISTA garantizará la disponibilidad de las unidades contratadas, fuera de estas fechas ENARSA no requerirá ni pagará las unidades cotizadas y el CONTRATISTA no estará obligado a garantizar la disponibilidad de las unidades, solo se contratarán las unidades de la Demanda normal.
1.4. Resumen de unidades a contratar por Región, Modalidad y Demanda
MODALIDAD | Demanda normal | Demanda estacional PICO I | Demanda estacional PICO II | Demanda estacional PICO III |
Unidades | Unidades | Unidades | Unidades | |
GBAMOV | 10 Unidades: 3 Und. de 10 a 19m3 7 Und. de 20 a 29m3 | - | - | - |
BAIMOV I | 9 | 8 | 11 | 7 |
BAIMOV II | 2 | - | 9 | - |
BAIMOV III | 3 | - | - | - |
TOTAL | 24 | 8 | 20 | 7 |
1.5. ALCANCE Y PARTICULARIDADES DEL SERVICIO REQUERIDO
En el PET, el que forma parte del presente PLIEGO, se consignan detalladamente los alcances, particularidades y las condiciones en las que habrá de prestarse el SERVICIO y las especificaciones que deberán cumplir las unidades vehiculares que se afecten a la prestación exclusiva del mismo.
2. COMPETENCIA – DOMICILIO
El OFERENTE, su apoderado o representante legal, deberá completar la declaración de aceptación de competencia contenida en el ANEXO I del presente PLIEGO.
En las OFERTAS se consignarán los domicilios real y legal de los OFERENTES, siendo requisito indispensable que se fije domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde serán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se le cursen al OFERENTE.
3. DOMICILIO DE ENARSA E INFORMACIÓN IMPOSITIVA
El domicilio y sede de ENARSA: Xxxx. Xxx Xxxxxxxxxx 0000, 0xx xxxx, Xxx-Xxx: (00 00) 0000-0000, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Información impositiva: C.U.I.T. 30-70909972-4 / Ingresos Brutos: CM 000-000000-0.
4. PLAZOS
Salvo disposición en contrario, todos los plazos establecidos en el presente PLIEGO se computan por días corridos.
Cuando el vencimiento de un término coincidiera con un día inhábil, el acto se entenderá cumplido en término si se realiza en el primer día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento y en el mismo horario que el inicialmente indicado.
5. CONSULTAS Y ACLARACIONES
Los interesados podrán efectuar todas las consultas que les resulten necesarias para la mejor interpretación de la documentación. Las mismas deberán realizarse por escrito hasta un plazo de 3 días hábiles antes de la fecha de presentación de las OFERTAS. Asimismo, ENARSA se reserva el derecho de emitir Circulares que comprendan aclaraciones y/o modificaciones a los documentos del presente Concurso.
Las respuestas por escrito a los interesados sobre las consultas y aclaraciones que le sean formuladas, se darán en forma de Circular. Las Circulares deberán ser notificadas a la totalidad de los interesados, hayan o no efectuado consultas, con un (1) día hábil de antelación como mínimo a la fecha fijada para la presentación de OFERTAS.
Las consultas aludidas deberán ser presentadas por Mesa de Entradas de lunes a viernes de 10:00 a 17:00 horas en ENARSA, Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx 0000 - Xxxx 0, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx a nombre de Lic. Xxxxxxxx Xxxxxx y deberán indicar expresamente que refieren a el presente CONCURSO.
En oportunidad de realizar una consulta al PLIEGO, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de la presentación de las OFERTAS.
No se aceptarán consultas telefónicas. No serán contestadas aquellas consultas que se presenten fuera de término. Solo serán respondidas aquellas CONSULTAS que se hubieran realizado por escrito y firmadas por el REPRESENTANTE al domicilio indicado ut supra y acreditando haber adquirido el PLIEGO.
6. NORMAS APLICABLES. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En todo cuanto no esté expresamente previsto en el PLIEGO, será de aplicación el Manual de Compras y Contrataciones de ENARSA – el cual se encuentra a disposición de los interesados - en la página web de ENARSA xxx.xxxxxx.xxx.xx y el Derecho Privado Argentino, al que los OFERENTES se someten por el solo hecho de presentar OFERTAS en el presente Concurso, con renuncia expresa a cualquier otra normativa que pudiera resultar aplicable.
Todas las controversias que pudieran suscitarse por, o en relación con la interpretación, alcance, ejecución, cumplimiento xxx XXXXXX, serán resueltas conforme al Reglamento de Arbitraje de la Bolsa
de Comercio de Buenos Aires, bajo reglas de derecho, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que le pudiera corresponder.
II – DE LOS OFERENTES
7. CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN XXX XXXXXX
La presentación de la OFERTA implicará el conocimiento y aceptación de todas y cada una de las condiciones establecidas en el presente PLIEGO y las Circulares que se emitan en consecuencia.
Los OFERENTES no podrán, con posterioridad, invocar en su favor los errores en que pudieren haber incurrido al formular la OFERTA, o duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales aplicables.
La presentación de ofertas implicará la aceptación del derecho de ENARSA de solicitar información adicional a los oferentes o verificar la suministrada, modificar la documentación del procedimiento o efectuar aclaraciones, imponer sanciones de conformidad con los criterios enunciados en este PLIEGO, prorrogar los plazos del procedimiento, o bien, dejarlo sin efecto en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
8. REPRESENTANTE
La totalidad de la documentación que integre la OFERTA deberá ser suscripta por quien esté facultado para representar y obligar al OFERENTE, con las constancias que así lo acrediten, debidamente autenticadas por escribano y legalizadas en caso de corresponder por el Colegio de Escribanos correspondiente. Igual requisito será de aplicación para toda comunicación que se presente a ENARSA antes y durante la vigencia del procedimiento de selección, incluida la totalidad de la documentación técnica que correspondiere.
9. INHABILITADOS
No serán aceptados como OFERENTES quienes:
Se encuentren inhabilitados por condena judicial en cualquier jurisdicción nacional y/o internacional.
Estuvieran sujetos a procesos concursales o falencias o cualquier tipo de reorganización de su pasivo en estado de cesación de pagos, y los declarados en quiebra mientras no obtengan su debida habilitación.
Xxxx deudores morosos impositivos o previsionales xxx Xxxxx Nacional o Provincial por decisión judicial o administrativa firme.
Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal y las empresas en las que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social.
Toda persona a la que, dentro del término de los cinco (5) años anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, se le hubiera rescindido un CONTRATO por su culpa con
cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal y/o con ENARSA.
Las demás personas que resulten incursas en las causales previstas en el régimen de contrataciones vigente de la Administración Nacional.
Que se encuentren inhabilitados por CAMMESA y las Plantas de Carga, asimismo deberán contar con las condiciones necesarias para obtener la habilitación correspondiente. Al momento de la evaluación ENARSA remitirá a CAMMESA las unidades ofertadas para su expedición sobre el particular.
Toda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales.
Las inhabilitaciones contempladas en los incisos precedentes, serán también de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, síndicos, o representantes legales se encontraran comprendidos en dichas causales o se hubieran desempeñado en los últimos dos años como directores, gerentes, síndicos o representantes legales en sociedades que se encuentren comprendidas en dichos supuestos.
El PLIEGO establecerá las Declaraciones juradas pertinentes que los oferentes deberán suscribir a los efectos de las manifestaciones personales de no incursión en las mencionadas causales de inhabilidad.
Asimismo, se encontrará inhabilitado para ENARSA, el CONTRATISTA o proveedor involucrado en alguna de las prácticas que puedan encuadrarse dentro de las definiciones de “Prácticas corruptas” y/o “Prácticas fraudulentas”, indicadas en el Manual de Compras y Contrataciones, como así también, aquellos que hagan valer la influencia de su cargo ante otro empleado de ENARSA a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones y con el fin de obtener ventajas o beneficios privados. Se entiende por ventaja, cualquier cosa de valor tangible o intangible que mejore la condición particular de alguien.
10. REQUISITOS IMPOSITIVOS
Es requisito que el OFERENTE presente con su OFERTA las constancias de inscripción ante los entes recaudadores previsionales, su condición frente a los distintos impuestos cuya recaudación está a cargo de la AFIP-DGI, indicando sin limitarse exclusivamente al impuesto al valor agregado, impuesto a las ganancias, y con relación a los impuestos provinciales deberá adjuntar constancia de inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos y de corresponder, por tratarse de un contribuyente inscripto bajo las normas del Convenio Multilateral, deberá presentar el último CM05 vencido a la fecha de presentación de la OFERTA. Si el OFERENTE gozara de exenciones y/o exclusiones y/o reducciones en regímenes de retención, deberá adjuntar las constancias que justifican dicho beneficio, sea de orden nacional y/o provincial.
III – DE LAS OFERTAS
11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las OFERTAS se deberán presentar en el lugar y hasta el día y hora que determine ENARSA en la MEMORIA.
ENARSA no considerará ninguna propuesta que llegue con posterioridad a la fecha límite fijada para la presentación de OFERTAS, aún si el acto de apertura no se hubiese iniciado. Toda OFERTA que reciba ENARSA una vez vencida la fecha y hora límite, será rechazada y devuelta al proponente sin abrir.
12. NO RECONOCIMIENTO DE GASTOS
En ningún caso ENARSA reconocerá o reembolsará gasto alguno en que hubiera incurrido el OFERENTE en ocasión de la preparación y presentación de la OFERTA.
13. IDIOMA
Las OFERTAS, la documentación que se adjunte a ellas, alcances, descripciones, especificaciones, procedimientos, cronogramas y toda solicitud, y/o presentación a ser realizada por los OFERENTES, deberá será efectuada en idioma español, salvándose toda textura, enmienda o palabra interlineada.
La documentación presentada en idioma extranjero deberá contar con su correspondiente traducción al español, realizada por traductor matriculado y certificada por el colegio de traductores respectivo. En caso de discrepancias entre la versión en idioma extranjero y su traducción al español, prevalecerá esta última.
No será necesario traducir la folletería o documentación técnica que se encuentre expresada en un idioma técnico universal. Sin embargo, ENARSA podrá exigir al OFERENTE que traduzca las piezas que le requiera dentro del plazo razonable que le fije.
14. INMODIFICABILIDAD DE LAS OFERTAS
La posibilidad de modificar la OFERTA prelucirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esa circunstancia.
15. PROHIBICIÓN DE PARTICIPAR EN MÁS DE UNA OFERTA
Cada OFERENTE podrá participar solamente de una OFERTA, ya sea por sí solo o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica. Se desestimarán todas aquellas OFERTAS en las que participe quien transgreda esta prohibición.
A estos efectos, se considerará que forman parte de un mismo grupo económico o financiero, las empresas que tengan directores, accionistas (con participación de más del 5%) y representantes legales comunes y aquellas que dependan o subsidien económicamente o financieramente a otra empresa.
16. OFERTAS ALTERNATIVAS
Los OFERENTES no podrán cotizar OFERTAS alternativas y/o variantes.
17. VIGENCIA DE LA OFERTA
La presentación de la OFERTA implica asumir el compromiso irrevocable de mantener su validez por un período de SESENTA (60) días contados a partir de la fecha de cierre de presentación.
Vencido el plazo de validez original, la OFERTA se considerará prorrogada en forma automática y consecutiva cada treinta (30) días. No obstante ello, el OFERENTE podrá manifestar en forma expresa, por escrito, hasta cinco (5) días corridos antes del vencimiento de cada plazo, su voluntad de no prorrogar la OFERTA, sin que ello genere la pérdida de la garantía de mantenimiento de OFERTA.
El desistimiento de la OFERTA antes del vencimiento del plazo de validez establecido respecto de la misma acarreará la pérdida de la garantía de mantenimiento de OFERTA.
18. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
La Garantía de Mantenimiento de OFERTA deberá ser emitida a favor de ENERGÍA ARGENTINA S.A.
La Garantía de Mantenimiento tendrá validez por un plazo superior a treinta (30) días al de validez de la OFERTA. Esta disposición será aplicable también en el caso que se prorrogue el período de validez de la OFERTA. Siempre que la OFERTA sea prorrogada, ya sea en forma expresa o tácita, se entenderá que la Garantía de Mantenimiento que la acompaña ha sido también ampliada en su validez.
La falta de presentación de Garantía de Mantenimiento junto con la OFERTA será causal de inadmisibilidad de la propuesta presentada.
La Garantía de Mantenimiento podrá ser ejecutada por ENARSA sin perjuicio de las demás causales que se indiquen en otras cláusulas del este PLIEGO si:
A) EL OFERENTE:
a.1.) Retira su OFERTA durante el período de validez de OFERTAS indicado por dicho Proponente en la Presentación de Propuesta, en los términos establecidos en este PLIEGO;
a.2.) Falsea la información consignada con carácter de declaración jurada, o
B) EL ADJUDICATARIO:
b.1.) No se presenta a suscribir el CONTRATO dentro del plazo establecido en este PLIEGO; b.2.) No suministra la Garantía de Cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto por
este PLIEGO; o
b.3.) No acepta la corrección del precio de su Propuesta por errores aritméticos, de conformidad con este PLIEGO.
19. FORMA DE CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
La garantía de mantenimiento de OFERTA podrá constituirse de las siguientes formas:
e) Mediante depósito efectuado en el Banco BBVA, en la Sucursal 508, a la orden y nombre de Energía Argentina Sociedad Anónima, Cuenta Corriente Nº 0170508920000000000349, acreditándose el mismo con el correspondiente boleto.
f) Fianza bancaria que cubra el valor exigido a primera demanda, conforme el artículo 1810 y sgs. del Código Civil y Comercial, en la que conste que la entidad bancaria se constituye en fiador, codeudor solidario liso y llano y principal pagador, con la expresa renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos de los artículos 1584, 1590 y 1591 del Código Civil y Comercial. Deberán presentarse originales o copia con la respectiva certificación por escribano público y la correspondiente legalización en caso de tratarse de diferente jurisdicción a la ciudad autónoma de Buenos Aires.
g) Póliza de seguro de caución, bajo las condiciones establecidas en el Decreto PEN 411/69, por medio del cual la aseguradora asuma el carácter de fiador solidario con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división, emitida a favor de ENERGÍA ARGENTINA S.A. Deberán presentarse originales o copia con la respectiva certificación por escribano público y la correspondiente legalización en caso de tratarse de diferente jurisdicción a la ciudad autónoma de Buenos Aires.
La póliza deberá contener las condiciones generales para “pólizas de seguro de caución en garantía de mantenimiento de OFERTA” establecidas en la Resolución SSN N° 17.047/82.
La caución deberá ser emitida por una compañía nacional aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 20.091 y en la Resolución SSN Nº 21.523/92.
No se aceptarán pagarés, cheques, letras de cambio, facturas, ni título alguno que no esté expresamente indicado en el presente PLIEGO como garantía de mantenimiento de OFERTA.
20. NORMAS Y FORMALIDADES PARA LA PRESENTACIÓN
a) Cada foja de la OFERTA, deberá estar foliada correlativamente, firmada y sellada por el OFERENTE o por su representante legal o por el apoderado del OFERENTE. Dichas firmas no requieren la formalidad de la certificación por Escribano. En el caso de documentación de contenido técnico, la misma deberá estar suscripta, además, por el Representante Técnico designado por el OFERENTE, quien será responsable del contenido y exactitud de la información suministrada.
b) Toda la documentación presentada en fotocopia deberá ser legible y estar debidamente certificada por escribano público y legalizada si correspondiere, para ser considerada en el presente llamado. Los documentos y asientos contables deberán hallarse firmados en todas sus hojas por Contador Público matriculado en la jurisdicción que corresponda, y certificados por el Consejo Profesional o entidad profesional competente en el país de que se trate.
c) Los OFERENTES deberán entregar toda la documentación requerida en DOS (2) juegos, un ORIGINAL y un DUPLICADO. Las presentaciones deberán estar numeradas y foliadas en
todas sus hojas, y organizada en Sección N° 1, Sección N° 2 y Sección N° 3 incorporadas a cada Sobre tal como se indica en el ARTICULO 22 xxx XXXXXX.
d) La información y documentación presentada revestirá el carácter de declaración jurada. ENARSA se reserva el derecho de comprobación de la información suministrada cuando lo estime necesario y/o de solicitar cualquier información adicional que considere necesaria a los fines de evaluar la regularidad de la estructura jurídica o solvencia técnica del OFERENTE. ENARSA podrá requerir, a través de quien estime corresponder, los informes técnicos, contables y/o jurídicos que considere necesarios, y toda otra aclaración que estime pertinente, con carácter de complementaria a la brindada en la OFERTA, cuidando que ello no implique modificaciones o alteraciones a la misma.
e) Deberá entenderse que los requerimientos técnicos y formales de este PLIEGO son considerados mínimos y se deberán explicar todas aquellas ventajas y/o facilidades que mejoren las Especificaciones solicitadas. Estas características deberán constar en la propuesta.
f) Toda la documentación, procedente del extranjero, destinada a acreditar requisitos establecidos en el PLIEGO debe estar apostillada de acuerdo a la normas de la Convención de la Haya. En caso que provengan de un país que no la hubiere suscripto deberá respetar la reglamentación de la República Argentina en materia consular.
g) La documentación deberá ser presentada el día y hora indicados para la presentación de las OFERTAS. Si ella no contare con la “apostilla” o las legalizaciones consulares que en su caso correspondan, o no fuera traducida por traductor público con firma legalizada por la corporación profesional que corresponda, el PROPONENTE queda facultado para presentarla con la totalidad de los requisitos aquí exigidos, hasta el vencimiento del plazo de mantenimiento de OFERTA.
21. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Las OFERTAS que presenten enmiendas y raspaduras deberán ser debidamente salvadas por el OFERENTE.
La OFERTA deberá presentarse hasta el día y hora indicados en la MEMORIA de este PLIEGO, en DOS
(2) sobres cerrados denominados Sobre N° 1 y Sobre N° 2, identificados de la siguiente manera:
ENARSA
CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS N° EE 02/2017: “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA”
FECHA Y HORA DE APERTURA IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE:
*Razón social o Nombre Comercial:
*Domicilio: (Calle/N°/Piso/Dpto.)
*Ciudad:
*Provincia:
*País:
*Número de Teléfono:
*Dirección de Correo Electrónico (e-mail):
NO SE ACEPTARÁN OFERTAS ENVIADAS POR CORRESPONDENCIA.
22. CONTENIDO DE LA OFERTA
Tal como fuera indicado, El PROPONENTE efectuará su PROPUESTA en dos sobres denominados Sobre N° 1 y Sobre N° 2, conteniendo las siguientes Secciones:
SOBRE N° 1: Sobre Técnico y antecedentes:
Sección N° 1 - Antecedentes Institucionales.
Los OFERENTES, juntamente con su propuesta, deberán consignar y acompañar los datos institucionales y documentos que se detallan a continuación:
a) En las OFERTAS se consignarán los domicilios real y legal de los OFERENTES, siendo requisito indispensable que se fije domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde serán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se le cursen al OFERENTE. Deberá especificarse números de teléfono, fax y dirección de correo electrónico.
b) Copias certificadas y en su caso legalizadas por el Colegio de escribanos correspondiente del Acto Constitutivo de la Sociedad y de sus modificatorias, últimas actas de designación de Autoridades y de distribución de cargos, con su correspondiente inscripción ante el Registro Público. En caso de presentarse personas físicas, deberán presentar fotocopia de DNI debidamente certificada.
c) Los representantes legales o apoderados de los proponentes deberán acreditar su calidad de tales, mediante la presentación de la documentación societaria pertinente o del poder original o su copia certificada y debidamente legalizada en caso de corresponder. Deberán tener facultades suficientes para obligar a sus representadas al cumplimiento de las obligaciones que se establecen en el marco de este Concurso.
d) Constancia de inscripción como contribuyente o responsable de los impuestos o regímenes que se encuentran a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, de acuerdo con lo dispuesto en la correspondiente Resolución General A.F.I.P., firmada en original o constancia de solicitud de la misma. Dicha constancia podrá ser obtenida del sitio xxx.xxxx.xxx.xx. Quienes se presenten como UTE, dejarán expresa constancia en su OFERTA que asumen la responsabilidad principal, solidaria e ilimitada para el cumplimiento de la contratación hasta su finalización, mientras que la persona que concurra en su representación acreditará su capacidad de obligar, según se indica en el Art. 1465 del Código Civil y Comercial.
Las Sociedades regularmente constituidas a la fecha de la convocatoria podrán presentarse reunidas mediante un CONTRATO de Unión Transitoria (UT). Este grupo deberá constituirse mediante Instrumento Público o Privado, siempre que satisfaga en lo pertinente, los requisitos establecidos en los Artículos 1463 y 1464 del Código Civil y Comercial. En el caso que la UTE resulte adjudicataria, deberá formalizar su inscripción y la de su Representante en el Registro Público, ajustándose asimismo a lo establecido en el Art. 1466 del Código Civil y Comercial.
e) Certificado Fiscal para Contratar vigente requerido por Resolución General AFIP N° 1814/2005, o en su defecto constancia de inicio del trámite ante la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) (Multinota F206/M) con sello de recepción. El Certificado Fiscal para Contratar vigente será requisito esencial para el perfeccionamiento del contrato. Asimismo, no podrá desestimarse la OFERTA de aquellos OFERENTES que, no habiendo obtenido el correspondiente Certificado, hubieran solicitado la expedición del mismo a la AFIP en forma previa al acto de apertura y siempre que la demora en la obtención de dicho instrumento sea imputable a la Administración.
f) Declaración Jurada de Habilidad para contratar tanto de la Empresa OFERENTE como de sus Directores, sindico, socio gerente y representante legal de la sociedad (XXXXX XX y III).
g) Declaración Jurada sobre Aceptación de Competencia (ANEXO I).
h) Garantía de Mantenimiento de OFERTA conforme a lo requerido en los Artículos 18 y 19 - GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA - del presente PLIEGO.
i) Organigrama
j) Vigencia de la PROPUESTA por el plazo indicado en el artículo 17 y la Garantía de Mantenimiento correspondiente.
k) Detalle de los seguros que propone contratar y precisión de la compañía aseguradora.
l) Se acompañará un ejemplar xxx XXXXXX y de todas las aclaraciones y circulares emitidas por el CONTRATANTE, firmado y sellado por el representante en todas sus fojas
m) Recibo que acredite la adquisición xxx XXXXXX: Los OFERENTES deberán acompañar a su presentación, copia simple del recibo que acredite la adquisición xxx XXXXXX.
n) Memorias, referencias comerciales y bancarias, normas y demás documentos que complementen la interpretación de la Propuesta.
o) El OFERENTE único o cada integrante de una UTE o Consorcio de cooperación que se presente como OFERENTE, deberá presentar los Estados Contables de los dos (2) últimos ejercicios, cerrados y aprobados debidamente auditados y suscriptos por Contador Público Nacional y certificados ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o el que corresponda a su jurisdicción. Cuando la fecha de cierre del último ejercicio del balance sea igual o mayor a SEIS (6) meses anteriores a la fecha de apertura, deberá presentarse un Estado de Situación Patrimonial, de una fecha no mayor a 60 días a la fecha de apertura del Concurso debidamente firmado por Contador Público y certificado ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o el que corresponda a su jurisdicción.
Asimismo, y en el caso de que el balance se encontrare en moneda extranjera, deberá acompañarse conversión de los valores resultantes del mismo a pesos, tomando como base el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente al cierre del día anterior al que se efectúe la conversión, suscripta por Contador Público y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. A dicha conversión deberá acompañarse una nota donde el profesional interviniente exprese los criterios que ha utilizado para la evaluación, y exponga los rubros que integran los estados contables respectivos.
En caso que el oferente no pueda presentar alguno de los estados financieros de los últimos dos (2) ejercicios debido a que la antigüedad de la Sociedad es menor a 3 ejercicios, este requisito podrá ser acreditado con la presentación de el/los estados contables de sus accionistas por el/los ejercicio(s) faltante(s), acompañado de una carta donde el accionista manifieste asumir la responsabilidad solidaria e ilimitada respecto del OFERENTE en los términos xxx XXXXXX.
Sección N° 2 - Antecedentes Técnicos
a) Descripción de la organización de la empresa: indicando objeto, antigüedad, organización y antecedentes empresariales de la misma. A través de esta descripción se deberá brindar la iinformación relativa a la idoneidad del personal, vehículos, y toda otra información relevante que permitan verificar que el OFERENTE se encuentra en condiciones de cumplimentar las obligaciones emergentes xxx Xxxxxx. En su caso, se deberá incluir el listado de subcontratistas propuestos.
b) Descripción de Experiencia Similar: indicando la experiencia similar requerida en el Artículo 26, apartado 00.0.0.xx este Pliego. A tal efecto deberá presentar copia de los instrumentos contractuales de que se traten debidamente firmados y certificados (órdenes de compra, cartas ofertas u otro medio de formalización de contratos de transporte de combustible liviano con implementación de logística)
ANTECEDENTES CONTRACTUALES ESPECÍFICOS (*) | ||
Nombre del Contrato: | ||
Lugar : | ||
Nombre del Contratante: | ||
Dirección: | ||
Fecha de iniciación (mes/año | Fecha de terminación (mes/año) | Presupuesto Global del Contrato: |
Objeto del Contrato: |
(*)Por cada antecedente que se pretenda hacer valer se deberá presentar la documentación que lo acredite.
ENARSA se reserva el derecho de solicitar la documentación tendiente a demostrar la información consignada en la declaración jurada y/o el desempeño del OFERENTE en dichos contratos.
c) Anexo III: Oferta Técnica
d) Capacidad Operativa.
i) Logística: detalle de la capacidad operativa del OFERENTE y la Logística de la que dispone para la prestación del servicio.
ii) Plan o Programa de Mantenimiento: detalle del Plan o Programa de Mantenimiento.
iii) Estructura Organizativa: detalle de la estructura organizativa.
iv) Vehículos. Flota comprometida.
(1) Listado y especificaciones los vehículos propuestos y modalidad (BAIMOV y/o GBAMOV) para la cual se los propone.
(2) Planilla de datos de unidad vehicular que corre agregada como Apéndice III de la SECCIÓN II y compromiso expreso de cumplimiento de las especificaciones técnicas del sistema de medición de combustibles en transporte (SMTC)”.
(3) Formulario 10: Modelo de declaración jurada sobre cumplimiento del plazo de adecuación.
(4) Formulario 11: Flota disponible propia
(5) Formulario 12: Flota propiedad de terceros
(6) Identificación de subcontratistas detallando la razón social y el acuerdo que los vincula.
(7) Compromiso de solidaridad entre Transportista –adjudicatario- y Subcontratista - fletero-, por el cual este último, asume solidariamente las responsabilidades que le caben al Transportista como consecuencia del vínculo contractual resultante del presente concurso
v) Vehículos: Listado xx xxxxx total propia.
e) Plazo de adecuación: Formulario de declaración jurada de cumplimiento de plazo de adecuación (Formulario 10). El plazo no podrá ser superior a sesenta (60) días corridos computados a partir del perfeccionamiento del Contrato resultante del presente Concurso.
En todos los casos la presentación de OFERTA implicará el compromiso de respetar y/o aplicar los procedimientos y metodología indicados por ENARSA, las reglas técnicas exigibles en el presente y el cumplimiento de toda la normativa aplicable por las particularidades del objeto de la contratación de que se trata.
Sobre N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA
Sección N° 3 - Propuesta Económica
Deberá adjuntarse Anexo IV: Oferta Económica (cotización)
Los OFERENTES deberán cotizar el precio tomando en consideración los siguientes lineamientos:
a) La cotización a ser presentada incluirá todos los costos asociados al movimiento de las Unidades entre zonas, reconocimiento de viáticos a choferes, hospedaje, disponibilidad de choferes para días de semana, domingos y feriados, entregas nocturnas (en caso de que corresponda), señaléticas de las Unidades, peajes y todo otro costo directo o indirecto necesarios para la realización del Servicio, comprendidos los requeridos para ejecutar los trabajos complementarios mencionados en el presente, inclusive los no enunciados y que fueran necesarios para que los trabajos queden terminados a plena satisfacción y conforme al espíritu del presente Concurso.
b) La cotización consistirá en un descuento o igualación del PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA indicado en el Artículo 23, definido como el precio autorizado por la SECRETARIA DE ENERGÍA para el pago del SERVICIO, el que será actualizado según tarifas de convenio YPF- CAMMESA. El descuento sobre el PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA se mantendrá durante
toda la duración del contrato. La cotización con descuento efectuada se aplicara para cada unidad adjudicada.
c) La cotización se realizará de manera diferenciada, según modalidad de entrega, lugar de prestación y tipo de demanda de que se trate:
i). Anexo IV-A GBAMOV:
Se debe cotizar:
un precio fijo por puesta a disposición de las unidades de transporte que afecte a la prestación del servicio por mes.
un precio variable por día de descarga. La unidad de medida es día de descarga.
ii). Anexo IV-B BAIMOV 1:
Se debe cotizar:
un precio fijo por puesta a disposición de las unidades de transporte que afecte a la prestación del servicio por mes,
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 0 y 30 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 31 y 60 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 61 y 100 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 101 y 250 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 251 y 500 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 501 y 700 km)
un precio variable por km.m3 (distancias > a 700 km).
un precio por estadía
La unidad de medida es km recorrido y m3 transportado.
iii). Anexo IV-C BAIMOV 2:
Se debe cotizar:
un precio fijo por puesta a disposición de las unidades de transporte que afecte a la prestación del servicio por mes,
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 0 y 30 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 31 y 60 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 61 y 100 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 101 y 250 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 251 y 500 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 501 y 700 km)
un precio variable por km.m3 (distancias > a 700 km).
un precio por estadía
La unidad de medida es km recorrido y m3 transportado.
iv). Anexo IV-D BAIMOV 3:
Se debe cotizar:
un precio fijo por puesta a disposición de las unidades de transporte que afecte a la prestación del servicio por mes,
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 0 y 30 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 31 y 60 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 61 y 100 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 101 y 250 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 251 y 500 km)
un precio variable por km.m3 (distancias e/ 501 y 700 km)
un precio variable por km.m3 (distancias > a 700 km).
un precio por estadía
La unidad de medida es km recorrido y m3 transportado.
d) En todos los casos las OFERTAS se realizarán mediante un porcentaje de descuento o igualación sobre el PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA
En dicho anexo, donde corresponda se incluirán el pedido de cotización para las Demandas Estacionales por modalidad.
e) Se reconocerá una estadía en concepto de “estadía diaria-BAIMOV”. Esta tarifa será la autorizada por la Secretaría de Energía (s/ su Convenio con CAMMESA). Dicha tarifa será de aplicación en caso que:
i. la Unidad al llegar al lugar del destino indicado por ENARSA o por intermedio de quién ésta designe, se encuentre imposibilitada de descargar el Producto por causas imputables a la falta de capacidad de almacenamiento de la UGEM. La estadía se adicionará al costo del viaje y comenzará a regir pasadas las 24 horas desde el momento que la Unidad haya llegado al destino de descarga requerido e informado de esa situación a ENARSA y al personal de la UGEEM.
ii. Se solicite la permanencia del camión fuera de su base operativa pasadas las 24 horas desde el momento que la Unidad haya llegado al destino e informado de esa situación a ENARSA.
f) Los OFERENTES deberán cotizar como mínimo por (2) dos unidades vehiculares (Flota Comprometida) por modalidad (GBAMOV o BAIMOV), debiendo considerar que ENARSA se reserva el derecho de adjudicación total o parcialmente de la OFERTA. El oferente puede cotizar por un Lugar de Prestación BAIMOV n de su preferencia, pero se ponderara el LUGAR DE PRESTACIÓN BAIMOV n donde cuente con su base operativa.
g) No se admitirán pedidos de anticipo.
Se desestimará la OFERTA que contenga condicionamientos de cualquier tipo.
Se considerará que el precio cotizado es el precio máximo por el cual el CONTRATISTA estará en condiciones de prestar los servicios solicitados, y que dicho precio incluye todos los costos directos e indirectos en que el CONTRATISTA y/o sus SUBCONTRATISTAS incurran para prestar los servicios comprendidos en el objeto del presente PLIEGO.
El OFERENTE que opte por realizar descuentos adicionales por la adjudicación de más de dos (2) unidades, deberá indicar en su OFERTA la metodología para su aplicación, caso contrario no será considerado.
A pesar de que el OFERENTE podrá cotizar en todas las modalidades y lugares de trabajo que deseen y podrá resultar adjudicado en más de una modalidad, los equipos ofertados para una modalidad no podrán presentarse en otra modalidad distinta a la ya ofertada.
Para el caso de BAIMOV podrán contratarse UNIDADES para que presten servicios en un LUGAR DE PRESTACIÓN distinto al que originalmente haya ofertado, por lo cual en primer lugar la oferta será evaluada en el LUGAR DE PRESTACIÓN cotizado donde cuenten con Base Operativa, pero en caso que las UNIDADES de ese lugar hayan sido completamente adjudicadas a otras propuestas, su oferta podrá ser considerada y evaluada en otro Lugar de Prestación BAIMOV donde no se haya logrado cubrir las UNIDADES requeridas.
Errores en la Cotización
El descuento de la OFERTA deberá ser expresado en letras y números. En caso de discrepancia entre el monto establecido en letras y en números prevalecerá lo expresado en letras.
Todo otro error de cotización denunciado por el OFERENTE antes de la ADJUDICACIÓN, podrá producir la desestimación de la OFERTA, con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de OFERTA.
Los precios cotizados, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido de forma discriminada al precio del contrato.
En los casos en que la contratación, a juicio del OFERENTE, no estuviera gravada por el IVA, o el OFERENTE estuviera exento de tributarlo, deberá indicarlo expresamente, haciendo mención de la normativa o resolución que lo establezca.
En el caso de resultar CONTRATISTA un OFERENTE que haya cotizado sin impuesto, por considerar que la contratación no está alcanzada por el gravamen, ENARSA no reconocerá bajo ningún concepto dicho impuesto, si la exención aludida, al momento de la cotización, no fuera procedente a juicio de la AFIP.
Se destaca que si la contratación estuviese gravada con el impuesto y el OFERENTE no discriminó el mismo -en el caso de tratarse de un Responsable Inscripto- ni hizo aclaración alguna sobre el gravamen, ENARSA considerará que en el precio cotizado está incluido dicho impuesto, procediendo
-en el caso de resultar CONTRATISTA- a discriminar la parte del precio y del IVA. La OFERTA no podrá tener ningún tipo o cláusula de reajuste.
El descuento ofertado será fijo total y definitivo debiendo mantenerse durante todo el contrato.
23. PRECIO
El PROPONENTE deberá adecuar el precio de su PROPUESTA a las distintas zonas de trabajo, modalidades y demandas que se indican en el PLIEGO, teniendo como tope el PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA.
Para la demanda, el oferente podrá presentar precios para las siguientes modalidades:
a) XXXXXX –demanda normal
b) BAIMOV – demanda normal y demandas estacionales.
Precio de referencia actual: El precio autorizado por LA SECRETARÍA DE ENERGÍA para el pago del servicio según tarifas de convenio YPF-CAMMESA, es actualmente (mes xx xxxxx 2017) el que se detalla a continuación:
a) Modalidad de entrega a UGEEMs con distancia menor o igual a 100 kilómetros (corta distancia) de Dock Sud (planta de carga en GBA) conocidas como GBAMOV, o de reparto, con camiones cisterna de largo máximo (comprendido desde el paragolpes delantero hasta el trasero) de 14 metros.
GBAMOV | ||
Fijo | $ 136.513,43 | $/mes |
Variable | $ 1.442,23 | $/día de descarga |
b) Modalidad de entrega a UGEEMs con distancia mayor a 100 kilómetros (larga distancia) de Dock Sud (planta de carga en GBA) conocida como BAIMOV, con camiones cisterna
BAIMOV | ||
Fijo | $ 136.513,43 | $/mes |
Variable | 1,37 | $/km.m3 (distancias e/ 0 y 30 km) |
Variable | 1,03 | $/km.m3 (distancias e/ 31 y 60 km) |
Variable | $ 0,90 | $/km.m3 (distancias e/ 61 y 100 km) |
Variable | $ 0,63 | $/km.m3 (distancias e/ 101 y 250 km) |
Variable | $ 0,63 | $/km.m3 (distancias e/ 251 y 500 km) |
Variable | $ 0,56 | $/km.m3 (distancias e/ 501 y 700 km) |
Variable | $ 0,56 | $/km.m3 (distancias > a 700 km) |
Estadía | $ 2.050,66 | Por día |
El PROPONENTE deberá indicar los descuentos adicionales que eventualmente podrá otorgar por la ADJUDICACIÓN de más de una modalidad, puntualizando con precisión el porcentaje según la cantidad o detalle de las modalidades adjudicadas.
24. ACTO DE APERTURA DEL SOBRE N 1
En la fecha y hora indicadas en la MEMORIA, se procederá a la apertura del Sobre No 1. En dicha oportunidad y ante la presencia de un escribano público, y de aquellos OFERENTES que desearen presenciarlo, se labrará un acta donde se consignarán los siguientes datos: identificación de los OFERENTES y la forma de constitución y monto de la Garantía de Mantenimiento de OFERTA. Asimismo se indicará lugar, horario y término en el cual todos los OFERENTES podrán tomar vista de las OFERTAS presentadas. Asimismo se hará constar la reserva del Sobre Nº 2, con los resguardos que tome el notario interviniente para su conservación. Las propuestas comerciales permanecerán cerradas hasta el momento en que las propuestas técnicas hayan sido evaluadas y en su caso admitidas.
IV- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
25. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
El proceso de evaluación determinará la calificación del OFERENTE sobre la base de sus antecedentes institucionales y técnicos detallados en la Sección N° 1 y 2 del artículo 22 del presente PLIEGO, incluidas en el Sobre No 1. Asimismo, se procederá a la apertura del Sobre N° 2 de todas las PROPUESTAS que satisfagan los aspectos técnicos y antecedentes institucionales iniciando el proceso de evaluación y comparación de las propuestas económicas en los términos indicados en la Sección N° 3.
Se evaluarán las propuestas teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos del presente PLIEGO, los antecedentes de los OFERENTES y la conveniencia económica.
26. INADMISIBILIDAD. CAUSALES DE INADMISIBILIDAD. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
26.1. Causales de Inadmisibilidad.
Serán inadmisibles, y en consecuencia no susceptibles de subsanación, las ofertas que presenten las siguientes falencias:
a) El formulario de cotización sin firma en cada una de sus hojas.
b) Enmiendas, tachaduras o raspaduras en sus partes esenciales no salvadas con la debida aclaración y firma.
c) Formuladas por representantes que no pudieran acreditar esa condición.
d) No cumplan los requisitos de admisibilidad establecido en el artículo siguiente.
e) No cumpla con el plazo máximo de adecuación.
f) No revistan el carácter de empresa local en los términos del artículo 7 de la ley N° 18.875;
26.2. Requisitos de Admisibilidad
Se requiere el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad consignados en este artículo xxx XXXXXX con el alcance establecido en los sub numerales siguientes. El no cumplimiento sustancial de los requisitos de admisibilidad consignados, determinará el rechazo de la OFERTA.
Acreditación de Requisitos de Admisibilidad: Se destaca especialmente en este punto que en el caso que se presente una filial o sucursal como OFERENTE, solo se considerarán los antecedentes de la casa matriz, si ésta asume la responsabilidad solidaria e ilimitada por las obligaciones que emerjan del contrato conforme lo estipulado en este PLIEGO.
Para complementar la capacidad requeridas los oferentes podrán presentarse en el marco de un convenio de colaboración empresaria conforme lo establecido en este Pliego.
En los supuestos de sociedades en trámites de inscripción ante el registro de comercio de la jurisdicción que corresponda, o sociedades recientemente constituidas, se podrán hacer valer los
antecedentes de sus socios o de uno de ello, si asumen o asume la responsabilidad solidaria e ilimitada por las obligaciones que emerjan del contrato conforme lo estipulado en este PLIEGO.
Los requisitos de admisibilidad son:
26.2.1. Aspectos contables – financieros
Se evaluará la capacidad económica financiera de los OFERENTES, para lo cual se tendrá en cuenta el Patrimonio que surja del último ejercicio, según resulte del Estado Contable presentado y /o declaraciones juradas de bienes personales.
En caso de tratarse de una UTE, el Patrimonio Neto se determinarán sumando cada uno de estos componentes de cada integrante, ponderado por el porcentaje de participación.
Composición | Valor mínimo requerido |
Patrimonio | Igual o mayor 1.000.000 de pesos (ARS) |
26.2.2. Antecedentes empresariales
Experiencia Similar: Deberán acreditar nueve (9) o más meses de experiencia similar conforme se define en este PLIEGO.
Se considera experiencia similar haber realizado como contratista principal o subcontratista la actividad de trasportista de combustible liviano, que incluya la implementación de logística para carga y descarga de combustible
La experiencia similar se debe acreditar mediante la presentación de órdenes de compra, cartas ofertas u otro medio de formalización de contratos de donde surja la experiencia requerida.
26.2.3. Propuesta Técnica
26.2.3.1. Unidad/es y/o Equipo/s
Las Unidad/es y/o Equipo/s deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:
a) Tractor/es: Los tractores que se utilicen para el Servicio deberán poseer perfecto estado de conservación y estar aptos para este tipo de servicio. A igualdad de condiciones se privilegiará los de menor antigüedad.
Los Tractores que prestarán el Servicio objeto de la licitación deberán estar en óptimas condiciones técnicas y no podrán tener una antigüedad mayor xx xxxx (10) años, es decir que, para el Servicio prestado en el año 2017, deberán haber sido patentados en el año 2007 o posterior.
b) Semi-remolque/s Tanque: Los tanques que se utilicen para el Servicio objeto de la licitación deberán poseer perfecto estado de conservación y estar aptos para este tipo de Servicio. Para el caso de Semi-remolques, tendrán un límite de antigüedad de dieciocho (12) años y siempre que los mismos estén habilitados conforme a la legislación vigente. Los tanques
utilizados deberán estar completamente limpios, no aceptándose tanques que hayan transportado productos no afines al combustible.
Cada Equipo que ingrese a la Flota Firme Comprometida deberá tener una calibración de sus cisternas con una vigencia menor a los seis (6) meses. Luego, deberá renovarla anualmente.
En caso que el Transportista deba realizar la calibración de las cisternas, la misma deberá realizarse mediante una empresa con reconocida capacidad técnica en el mercado y deberá ser aceptada previamente por ENARSA.
Las empresas Transportistas con Unidades al servicio de ENARSA deberán proveer a estas, de equipamiento de seguimiento satelital que posibilite realizar el control de las mismas en todo momento que ENARSA lo requiera y cumplir con la normativa aplicable. Las unidades en Leasing podrán ser presentadas en la medida que sean Unidades adquiridas por la empresa OFERENTE y/o subcontratista.
c) Lo camiones cisternas que se propongan para la prestación del servicio bajo modalidad GBAMOV, o de reparto, no podrán tener un largo superior a (comprendido desde el paragolpes delantero hasta el trasero) 14 metros.
Todos los equipos propuestos deben estar equipados cumpliendo el ciento por ciento 100% de las especificaciones técnicas, o ser aptos para su adaptación en el plazo de adecuación que comprometan con carácter de declaración jurada en su oferta, este plazo no podrá ser superior a ciento veinte (60) días corridos computados a partir de la firma del contrato.
26.2.3.2. Flota mínima requerida
Los OFERENTES deberán ser titulares de al menos dos (2) Unidades (Tractor y Semirremolque Tanque) por modalidad para poder presentar PROPUESTA.
A los efectos de este numeral también se considerarán como Unidades propias aquellas Unidades que han sido tomadas en leasing por el Oferente, para lo cual éste deberá acreditar ser el tomador del mencionado leasing, acompañando copia certificada del respectivo contrato.
A fin de acreditar este extremo, deberán acompañar los correspondientes títulos de propiedad o contratos de leasing.
26.2.3.3. Estructura organizativa: la estructura organizativa como mínimo deberá prever:
a) Listado de Personal afectado al SERVICIO: Los choferes asignados contar con el carnet habilitante y estar habilitados en un todo de acuerdo a la normativa vigente para transporte de combustible (mercancía peligrosa). Mínimo: un chofer por unidad vehicular.
b) Responsable ante ENARSA: La Transportista deberá contar durante toda la vigencia del servicio con un responsable ante ENARSA, (24 hs./365 días del año) En caso de proponer más de dos (2) unidades vehiculares se podrá designar un único responsable para toda la flota.
c) Responsable en Seguridad Higiene y Medio Ambiente de la Empresa: Un profesional en la materia (del plantel propio o subcontratado), con matricula habilitante y título universitario
27. ACTO DE APERTURA DEL SOBRE N° 2
Luego de analizadas las PROPUESTAS del Sobre N° 1 se invitará a los PROPONENTES a presenciar la apertura del Sobre N° 2 de aquellas ofertas que se hayan evaluado como aceptables desde el punto de vista técnico e institucionales y hayan cumplido con los requisitos de admisibilidad.
28. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN. ASIGNACIÓN DE PUNTAJES. – DEMANDA
Las OFERTAS que superen las condiciones de admisibilidad serán evaluadas por la Comisión Evaluadora, a continuación se detalla la modalidad para las propuestas cotizadas para la Demanda.
28.1. Puntaje de la Propuesta Técnica
En las propuestas técnicas se ponderará el plazo de adecuación propuesto, la antigüedad del tractor y la antigüedad del tanque. Para ello, a cada Unidad ofertada se le asignará un puntaje conforme se explica seguidamente.
El Puntaje Técnico (PT) de cada unidad vehicular será determinado de acuerdo a la siguiente fórmula: PT = PPA x 0,2 + PAT x 0,4 + PAC x 0,4
Dónde:
PT: Puntaje Técnico
PPA: Puntaje Plazo de Adecuación PAT: Puntaje Antigüedad del Tractor PAC: Puntaje Antigüedad Cisterna
28.1.1. Plazo de adecuación (PPA):
Respecto del plazo se asignará a cada unidad un puntaje de acuerdo a la formula siguiente:
Puntaje Plazo de adecuación (PPA) = ((60 − PA)/60) x 100
Donde PA: Días de adecuación por UNIDAD a los requisitos xxx xxxxxx indicados en el anexo VI
El plazo de adecuación no podrá exceder los 60 días, las PROPUESTAS que excedan este PLAZO serán rechazadas.
28.1.2. Antigüedad del Tractor (PAT)
Respecto a la Antigüedad de las Unidades (tractor), a cada unidad ofertada se le asignará el Puntaje de Antigüedad del Tractor (PAT) que resulta de la siguiente tabla:
Años de Antigüedad | Puntos (PAT) |
Menor a 1 (<1) | 100 |
Mayor o igual a 1 y menor a 2 (1≤t<2) | 90 |
Mayor o igual a 2 y menor a 3 (2≤t<3) | 80 |
Mayor o igual a 3 y menor a 4 (3≤t<4) | 70 |
Mayor o igual a 4 y menor a 5 (4≤t<5) | 60 |
Mayor o igual a 5 y menor a 6 (5≤t<6) | 50 |
Mayor o igual a 6 y menor a 7 (6≤t<7) | 40 |
Mayor o igual a 7 y menor a 8 (7≤t<8) | 30 |
Mayor o igual a 8 y menor a 9 (1≤t<2) | 20 |
Mayor o igual a 9 y menor o igual a 10 (9≤t≤10) | 10 |
La antigüedad de los tractores no podrá ser mayor a 10 años
28.1.3. Antigüedad de la Cisterna
Respecto a la Antigüedad de las Cisternas, a cada unidad ofertada se le asignará el puntaje de antigüedad de las cisternas (PAC) que resulta de la siguiente tabla:
Años de Antigüedad | Puntos (PAC) |
Menor a 1 (<1) | 100 |
Mayor o igual a 1 y menor a 2 (1≤t<2) | 90 |
Mayor o igual a 2 y menor a 3 (2≤t<3) | 80 |
Mayor o igual a 3 y menor a 4 (3≤t<4) | 70 |
Mayor o igual a 4 y menor a 5 (4≤t<5) | 60 |
Mayor o igual a 5 y menor a 6 (5≤t<6) | 50 |
Mayor o igual a 6 y menor a 7 (6≤t<7) | 40 |
Mayor o igual a 7 y menor a 8 (7≤t<8) | 30 |
Mayor o igual a 8 y menor a 9 (1≤t<2) | 20 |
Mayor o igual a 9 y menor o igual a 10 (9≤t≤10) | 10 |
La antigüedad de las cisternas no podrá ser mayor a 10 años
28.2. Puntaje de la Propuesta Económica (cotización)
La OFERTA que exceda el precio máximo de referencia indicado en el Artículo 23. Precio de referencia actual, será rechazada.
Cada oferta por Modalidad, Lugar de Prestación y Demanda serán evaluadas bajo las siguientes formula:
a) Por modalidad GBAMOV, demanda normal:
Precio por UNIDAD por un mes de servicio ($/mes) = Precio Fijo MAXIMO DE REFERENCIA ($/mes) X (1 - % de descuento ofertado) + Precio Variable MAXIMO DE REFERENCIA ($/día de descarga) X (1 - % de descuento ofertado) X 30 días/mes.
b) Por modalidad GBAMOV I, II, y III demanda normal y demanda estacional pico I, II y III respectivamente:
Precio por UNIDAD por un mes de servicio ($/mes) = Precio Fijo ($/mes) x (1 - % de descuento ofertado) + [1.050 m3Km/mes x Precio variable $/km.m3. (distancias entre 0 y 30 km) + 2.100 m3km/mes x Precio variable $/km.m3. (distancias entre 31 y 60 km) + 3.500 m3km/mes x Precio variable $/km.m3. (distancias entre 61 y 100 km) + 8.750 m3km/mes x Precio variable $/km.m3. (distancias entre 101 y 250 km) + 17.500 m3km/mes x Precio variable $/km.m3. (distancias entre 251 y 500 km) + 24.500 m3km/mes x Precio variable $/km.m3. (distancias entre 501 y 700 km) + 70.000 m3km/mes x Precio variable $/km.m3. (distancias > a 700 km)] x (1 - % de descuento ofertado) + 2 días estadías/mes x Precio por estadía ($/días).
Cada OFERTA se evaluará conjuntamente con todas las OFERTAS de una misma modalidad, lugar de prestación y mismo tipo de demanda.
Para el caso de BAIMOV podrán contratarse UNIDADES para que presten servicios en un LUGAR DE PRESTACIÓN distinto al que originalmente haya ofertado, por lo cual en primer lugar la oferta será evaluada en el LUGAR DE PRESTACIÓN cotizado donde cuenten con Base Operativa, pero en caso que las UNIDADES de ese lugar hayan sido completamente adjudicadas a otras propuestas, su oferta podrá ser considerada y evaluada en otro Lugar de Prestación BAIMOV donde no se haya logrado cubrir las UNIDADES requeridas.
A cada oferta económica, cuyo precio no supere el precio máximo de referencia, se le asignará un Puntaje Económico (PE) de acuerdo al siguiente criterio:
La OFERTA de Precio por UNIDAD VEHICULAR, evaluada como la más baja recibe el máximo Puntaje Económico de 100.
La fórmula para determinar el Puntaje Económico de todas las demás ofertas es la siguiente:
Puntaje Económico = Propuesta de precio mas baja x 100
Propuesta de precio en consideracion
28.3. Puntaje Total de la Oferta
El Puntaje de Oferta (PO) de cada unidad se obtendrá sumando los puntajes técnicos y económicos de cada unidad ofertada, ponderados de acuerdo a las fórmulas que se indican a continuación:
Puntaje Oferta GBAMOV = 0,65 x PT + 0,35 x PE Puntaje Oferta BAIMOV = 0,65 x PT + 0,35 x PE
El mínimo de adjudicación por oferente es de dos (2) unidades vehiculares por modalidad.
En caso que alguna de las OFERTAS, por su PO, resultara manifiestamente inconveniente, pese a que matemáticamente obtuviera el mejor puntaje, podrá ser descartada por el CONTRATANTE en forma discrecional y fundada.
Se recomendará la PROPUESTA que, tenga dictamen favorable por parte de la Comisión Evaluadora en cuanto a su conveniencia, que cumpla técnicamente con el PLIEGO, que cumpla con la capacidad económica financiera y que obtenga el Puntaje de Oferta más alto.
29. EVALUACIÓN, DICTAMEN Y ADJUDICACIÓN
Las OFERTAS presentadas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por ENARSA la cual corroborará si las mismas presentadas cumplen con los requisitos especificados en el PLIEGO.
Las PROPUESTAS técnicas serán aceptadas o rechazadas por el CONTRATANTE en forma discrecional, debiendo fundar las razones que sustenta la decisión. Una vez presentadas las PROPUESTAS, los PROPONENTES no podrán presentar información adicional o faltante, aclaraciones o correcciones a sus PROPUESTAS; sin perjuicio de ello, el CONTRATANTE se reserva el derecho de requerir a los PROPONENTES la información o documentación que crea conveniente para una mejor comprensión de la PROPUESTA siempre que se trate de formalidades no esenciales y que las mismas no impliquen modificaciones de las OFERTAS.
Si una vez examinados los términos y condiciones y efectuada la valoración pertinente ENARSA determina que la OFERTA no se ajusta al PLIEGO, la misma será desestimada.
La Comisión Evaluadora emitirá el informe de evaluación de la OFERTA de carácter no vinculante de acuerdo con los parámetros establecidos en este PLIEGO. A partir de dicha comparación la Comisión Evaluadora establecerá de acuerdo al artículo 28.3 un orden de mérito de las propuestas y elevará las mismas a la autoridad competente para su ADJUDICACIÓN.
La contratación se adjudicará a la OFERTA que cumpliendo con lo establecido en el PLIEGO obtenga el Puntaje de Oferta (PO) más alto. ENARSA podrá contratar con el OFERENTE que siga en el orden de mérito, cuando el primero retirase la OFERTA o no cumpliere con las obligaciones del ADJUDICATARIO previstas en el presente.
La adjudicación podrá ser total o parcial. El mínimo de Unidades Vehiculares a adjudicar por oferente es dos (2) unidades por modalidad (GBAMOV o BAIMOV).
El resultado del proceso será notificado a todos los OFERENTES y se otorgará un plazo de siete (7) días para que el ADJUDICATARIO presente la garantía de cumplimiento del contrato, bajo apercibimiento de considerar su omisión como retractación de OFERTA, con la consecuente pérdida de la garantía de mantenimiento de OFERTA.
La decisión del CONTRATANTE será definitiva e irrecurrible, reservándose el derecho de aceptar o rechazar cualquiera de las PROPUESTAS recibidas; declarar desierto o sin efecto el llamado a CONCURSO y hacer un nuevo llamado sin expresión de causa y sin que los PROPONENTES tengan derecho a reclamo ni indemnización alguna.
30. PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO
La Comisión Evaluadora podrá solicitar informes técnicos, cuando presuma fundadamente que la propuesta no podrá ser cumplida en la forma debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del OFERENTE.
Cuando de los informes técnicos surja que la OFERTA no podrá ser cumplida, corresponderá la desestimación de la OFERTA.
A tales fines se podrá solicitar a los OFERENTES precisiones sobre la composición de su OFERTA que no impliquen la alteración de la misma.
31. DESEMPATE DE OFERTAS
Se considerará la existencia de igualdad de precios cuando entre las mejores OFERTAS el PO sea igual para dos o más OFERENTES en una misma modalidad, Lugar de Prestación y Demanda.
El silencio por parte del OFERENTE invitado a mejorar se considerará como que mantiene su OFERTA original.
De subsistir la igualdad de precios, se procederá a la selección de la OFERTA que presente menor valor en el precio FIJO, en caso de persistir, se considerara el valor del precio VARIABLE, presentadas en el desempate. En caso de que las cotizaciones sean idénticas se procederá a la realización de un sorteo público de las OFERTAS que correspondan. Para ello, se fijará día, hora y lugar y se notificará por medio fehaciente a los OFERENTES llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran, y el Escribano Público presente labrará el acta correspondiente.
32. VISTAS
Una vez comunicada la adjudicación los OFERENTES podrán tomar vista de las actuaciones hasta el tercer día hábil de notificada la misma. Vencido dicho plazo y sin que se interponga impugnación y/u observación a la misma, se considerará aceptada por todos los oferentes.
33. IMPUGNACIÓN
La adjudicación será susceptible de impugnaciones y/u observaciones, las que podrán interponerse dentro del plazo establecido para la toma de vista y en el lugar indicado por ENARSA.
ENARSA deberá expedirse sobre la presentación efectuada, respondiendo en todos los puntos involucrados y comunicarla al presentante. La misma tendrá efectos suspensivos.
Toda otra presentación, no implicará la suspensión del procedimiento, no obstante dicha facultad queda en cabeza de ENARSA quien podrá hacerlo por razones fundadas.
La resolución de las impugnaciones presentadas, agota la instancia administrativa de reclamo.
34. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El ADJUDICATARIO deberá, previo a la suscripción del contrato y dentro del plazo de siete (7) días, acompañar una Garantía de Cumplimiento de CONTRATO (en adelante la “Garantía de Cumplimiento“) por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, a ser constituida en alguna de las modalidades previstas para la constitución de la garantía de mantenimiento de la OFERTA.
A tal efecto se entenderá por monto contractual, como la sumatoria del precio fijo mensual por puesta a disposición de cada una de las unidades contratadas multiplicado por seis (6).
Esta garantía tendrá por objeto amparar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que habrá de asumir el CONTRATISTA.
La vigencia de esta Garantía de Cumplimiento se extenderá hasta la extinción de la totalidad de las obligaciones emergentes del CONTRATO a cargo del CONTRATISTA.
ENARSA podrá hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le impone el CONTRATO al CONTRATISTA, o para imputarlas a los gastos en que incurra por cuenta del mismo, originados por el incumplimiento de éste.
La ejecución de la Garantía de Cumplimiento no exonera al CONTRATISTA de la satisfacción de los daños y perjuicios que sus incumplimientos ocasionen a ENARSA.
35. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El ADJUDICATARIO deberá concurrir a suscribir el CONTRATO dentro de los diez (10) días corridos de haber sido citado para la firma del mismo. Si así no lo hiciere, la ADJUDICACIÓN podrá ser dejada sin efecto con pérdida de la garantía de mantenimiento de OFERTA. Si ENARSA no se encontrare en condiciones de firmar el CONTRATO dentro de los sesenta (60) días de notificada la ADJUDICACIÓN, el ADJUDICATARIO podrá solicitar que ésta se deje sin efecto, con devolución de la garantía, pero sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna. En los casos en los que resulte adjudicataria una UTE o un Consorcio de Cooperación, dentro de los DIEZ (10) días posteriores a la ADJUDICACIÓN, deberá acreditar la inscripción de la misma ante el Registro Público de Comercio.
La OFERTA quedará perfeccionada tras la suscripción del CONTRATO, previa constitución de la garantía de cumplimiento contractual conforme se establece en el Artículo 34 del presente PLIEGO.
36. INSTRUMENTOS CONTRACTUALES – ORDEN DE PRELACIÓN
Los diferentes documentos que formarán parte del CONTRATO deben considerarse como complementarios entre sí. Lo convenido o estipulado en uno, deberá considerarse tan obligatorio como si estuviera en todos, excepto si específicamente se estableciera de otra manera. En casos de contradicción, discrepancias o inconsistencias entre los términos de distintos documentos integrantes del llamado a Concurso, estos últimos prevalecerán en la siguiente orden:
1) Manual de Compras y Contrataciones de ENARSA
2) PLIEGO - Circulares con y sin consultas emitidas por ENARSA, previas a la apertura.
3) Especificaciones Técnicas
4) Adjudicación
5) Orden de Compra.
6) Oferta
V - RELACIÓN CONTRACTUAL
37. DURACIÓN DEL SERVICIO REQUERIDO
El CONTRATO tendrá una duración de seis (6) meses, con opción a prórroga a determinar por el CONTRATANTE.
38. CALIDAD DE LA PRESTACIÓN
El CONTRATISTA queda obligado a ejecutar los trabajos completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere en los presentes documentos.
El CONTRATISTA prestará los servicios, y cumplirá con sus obligaciones con la debida diligencia y eficiencia, de acuerdo con técnicas y prácticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos eficaces y seguros.
En toda cuestión relacionada con este PLIEGO, el CONTRATISTA actuará siempre como asesor xxxx del CONTRATANTE y en todo momento deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante.
El CONTRATISTA tomará todos los recaudos necesarios para evitar inconvenientes en el desenvolvimiento diario del personal de ENARSA, durante la ejecución de las tareas.
El CONTRATISTA será el único responsable de los daños causados a personas y/o propiedades durante la prestación de los servicios objeto de la presente convocatoria. Este tomará todas las precauciones necesarias a fin de evitar accidentes personales o daños a las propiedades, así pudieran provenir dichos accidentes o daños de maniobras en las tareas, de la acción de los elementos o demás causas eventuales y conforme las reglas del arte.
El CONTRATISTA deberá mantener vigentes las habilitaciones solicitadas en el presente PLIEGO y la legislación vigente durante todo el período de la contratación.
El CONTRATISTA deberá limitarse a prestar los servicios contratados, no pudiendo realizar otro tipo de actividades dentro de las instalaciones de ENARSA o dentro de las que hayan sido destinadas para la prestación de los servicios objeto de la presente contratación.
39. SEGUROS
El CONTRATISTA deberá tomar a su costo los seguros que se detallan en el presente PLIEGO, en compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, de acuerdo con las leyes y demás disposiciones vigentes en la materia, debiendo los mismos ser presentados ante ENARSA en forma previa a la fecha de inicio de la ejecución de los servicios. El CONTRATISTA deberá
presentar a ENARSA las pólizas de seguros contratadas por el mismo con los correspondientes recibos que acrediten el pago de las primas pertinentes.
La obligación de contratar los seguros que se indican se extiende a los subcontratistas, consultores y/o proveedores. La falta de contratación de los seguros por parte de estos, no exime al CONTRATISTA de la cobertura del riesgo de que se trate. En este sentido, el CONTRATISTA asumirá la responsabilidad por cualquier pérdida, costo, gastos u obligación que pudiera resultar de la falla por parte de cualquier subcontratista en el estricto cumplimiento de lo dispuesto en este Artículo. El CONTRATISTA será responsable y garante de solicitar y controlar que el resto de sus contratistas y subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al CONTRATISTA y que protejan a este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan.
Con el fin de proteger a ENARSA contra responsabilidad, pérdida o gastos originados en daños a los bienes o lesiones o muerte de cualquier persona o personas que surjan de cualquier manera a causa de, o tengan relación con, o resulten de la ejecución de los servicios, el CONTRATISTA – y eventualmente sus SUBCONTRATISTAS- deberá obtener y mantener a su cargo, y hasta la terminación de los servicios por parte del CONTRATISTA (y período de garantía en caso de corresponder), seguros amparando los riesgos de:
a) Seguro de Vida Obligatorio
El CONTRATISTA deberá contratar para su personal, el seguro de Vida Obligatorio (Decreto / Ley Nº 1567/74) como asimismo todo otro seguro de vida que por convención colectiva u otra disposición específica del gremio en cuestión, fuese obligatorio contratar.
b) Seguro de Riesgos del Trabajo
El CONTRATISTA deberá contar con el seguro de riesgos del trabajo conforme con lo previsto en la Ley Nº 24.557 y su reglamentación y modificaciones, contratado con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, amparando a todo su personal dependiente, cualquiera sea la modalidad de contratación, dando cumplimiento a todos los aspectos técnicos, legales y administrativos definidos en dicha Ley y sus normas reglamentarias.
Se deberá pactar una Cláusula de no-repetición: donde la Aseguradora del Riesgo del Trabajo renuncie en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra ENARSA.
En todos los casos el CONTRATISTA y/o subCONTRATISTA presentará las constancias de afiliación a y sus comprobantes de pago, por el personal asignado al presente CONTRATO y notificará en forma fehaciente las altas y bajas del mencionado personal dentro de las 48 horas que se produzcan.
c) Seguro de Accidentes Personales en el Ámbito Laboral e In Itínere.
En caso de corresponder, el CONTRATISTA, deberá presentar un seguro que ampare la muerte y/o incapacidad total o parcial permanente por accidente de todas aquellas personas no incluidas en la nómina de personal dependiente y que, desempeñando tareas como autónomos o profesional independiente, ejerzan funciones para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. El capital asegurado por persona no deberá ser inferior a PESOS 1.000.000.
Además el CONTRATISTA deberá requerir que cada subcontratista u otras personas relacionadas con la ejecución de los Servicios obtengan y mantengan seguros a su cargo en todo momento durante el periodo durante el cual esté en vigencia el CONTRATO.
d) Seguros de Responsabilidad Civil Automotor
El CONTRATISTA deberá presentar el Certificado de Cobertura vigente del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de los Automotores que prestarán o pudieran prestar el servicio, extendido por la compañía aseguradora, de acuerdo con la Xxx xx Xxxxxxxx Nº 24.449, Resolución SSN Nº 35.683 o Resolución SSN Nº 39.927 complementarias y modificatorias, según corresponda.
Los límites de coberturas no serán inferiores a pesos Seis Millones ($ 6.000.000) por cada vehículo automotor y/o camioneta, y pesos Dieciocho Millones ($ 18.000.000) por cada vehículo peso, ómnibus, camión, acoplado y/o carretón.
Cuando corresponda se deberá incluir la responsabilidad civil por carga peligrosa hasta la suma asegurada de PESOS dieciocho millones ($18.000.000) incluyendo contaminación, polución y gastos de remediación asociados, así como todos los adicionales correspondientes en función de las tareas realizadas.
Se deberá incluir como asegurado y tercero a Enarsa, incluyendo una cláusula de no subrogación.
e) Transporte
El Contratista tomará un Seguro de Transporte, que cubra todos los bienes que deban ser transportados bajo la responsabilidad del Contratista, contra toda pérdida, robo, merma y/o cualquier daño producido por cualquier causa durante dicho transporte que incluirá la carga y descarga de los bienes.
f) Equipos del Contratista
El CONTRATISTA será responsable de contratar seguros para aquellos equipos que utilice con motivo de los trabajos (Seguro Técnico). Su cobertura será exigible mientras existan equipos circulando dentro o fuera del emplazamiento y durante todo el tiempo de permanencia de los mismos afectados a tareas del CONTRATO. El seguro deberá contener la cláusula de no repetición a favor de ENARSA.
Todos los seguros deberán cumplir con los siguientes recaudos:
La póliza de seguros deberá cubrir los posibles daños que pueda causar él o sus SUBCONTRATISTAS a terceras personas y/ o cosas de terceros, como asimismo las que pudiera ocasionar a ENARSA y/o a su personal, y/o a sus cosas. En caso que dicho seguro no cubra los daños ocasionados, estos estarán a cargo del CONTRATISTA.
En todos los casos el CONTRATISTA deberá acreditar fehacientemente a ENARSA antes de iniciar las operaciones, la vigencia de los respectivos seguros, pudiendo acreditarlo provisoriamente con un Certificado de Xxxxxxxxx original emitido por la aseguradora, hasta la presentación de las correspondientes pólizas, en copia certificadas por escribano público, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de emisión del respectivo certificado de cobertura.
Debe incluirse, sin excepción, en el CONTRATO de seguro respectivo una cláusula de renuncia de la aseguradora a la subrogación contra ENARSA.
La vigencia de los seguros deberá cubrir el período comprendido entre el momento de iniciación de las actividades aseguradas y el de extinción total de las responsabilidades de cualquier naturaleza que puedan ser consecuencia de dichas actividades
Responsabilidad
En caso que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el contratista. Los gastos que demanden la toma de las pólizas, los deducibles o franquicias de estas pólizas como así también la insuficiencia de los límites serán de cargo y costo del CONTRATISTA.
En especial, se deberá tener presente que ENARSA debe resultar indemne frente a toda acción de cualquier índole que pueda realizar toda persona que tenga una relación de trabajo con el CONTRATISTA, sus SUBCONTRATISTAS, o sus asesores, quienes podrán ser citados como terceros en los procesos respectivos.
El CONTRATISTA será responsable por todo daño ocasionado por sus dependientes, equipos y/o vehículos, como así también por los causados por los Subcontratistas a su cargo, debiendo indemnizar y mantener indemne a ENARSA de cualquier reclamo por accidentes, multas, y gastos consecuentes, incluyendo honorarios legales y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en el presente constituyan su límite de responsabilidad.
Asimismo el CONTRATISTA asume la responsabilidad por los riesgos vinculados directa o indirectamente con o por la operación de los equipos y/o vehículos de que se valga por sí o por terceros para el cumplimiento del CONTRATO, como también por daños y perjuicios que se viera obligado a pagar ENARSA originados en juicios o reclamos del personal del CONTRATISTA o de subcontratistas o de terceros.
Sin perjuicio de los requerimientos de seguros a contratarse en la forma que se estipula en el presente, la insolvencia, quiebra o incumplimiento de cualquier compañía aseguradora que haya tomado los seguros del CONTRATISTA, el incumplimiento de cualquier compañía aseguradora en pagar los reclamos que surjan, o la insuficiencia de los límites del seguro, no anularán o afectarán como renuncia de derechos a ninguna de las cláusulas xxx XXXXXX, incluyendo, sin excepción, las obligaciones de indemnización del CONTRATISTA. Será también responsabilidad del CONTRATISTA el pago que pudiera surgir como consecuencia de los deducibles o de la insuficiencia de los límites de cualquiera de las pólizas tomadas por el CONTRATISTA.
El CONTRATISTA será responsable y garante de solicitar y controlar que el resto de sus otros contratistas y subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al CONTRATISTA y que protejan a este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan.
Coasegurados y Beneficiarios
Todas las pólizas de seguros deberán nombrar a ENARSA y al CONTRATISTA y a sus Subcontratistas como coasegurados y beneficiarios, trasladándose a ENARSA y/o al CONTRATISTA y/o sus Subcontratistas todos los beneficios indemnizatorios.
Recaudos en caso de siniestro
El CONTRATISTA deberá informar cualquier siniestro a ENARSA en forma diligente, inmediatamente de ocurrido y deberá, a su propio costo, llevar a cabo las gestiones ante el asegurador, u otros, para resolver los mismos y respecto a cualquier otro litigio que surja de ellos, liberando y manteniendo indemne a ENARSA de toda responsabilidad.
Otros Recaudos
Todas las pólizas que presente el CONTRATISTA contendrán una Cláusula de Notificación que señale: "La presente póliza no podrá ser anulada, modificada, total o parcialmente o enmendada sin previo consentimiento de ENARSA. Asimismo, la Compañía Aseguradora se compromete a notificar a ENARSA, cualquier omisión de pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriese el Asegurado principal y que resulte causal de suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión del CONTRATO o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial con una antelación mínima de (15) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas. Mientras no se cumpla lo indicado precedentemente no se producirá suspensión de cobertura, caducidad, rescisión o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial hasta tanto transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de la notificación a ENARSA.”
Todas las pólizas y/o endosos relacionadas con el CONTRATO deberán ser aceptadas por ENARSA en cuanto a los límites, coberturas, deducibles y compañías aseguradoras, teniendo ENARSA el derecho de aprobar o no finalmente las pólizas presentadas.
40. CAUSALES DE PERDIDA DE GARANTÍA
Los OFERENTES, ADJUDICATARIOS y CONTRATISTAS serán susceptibles de:
a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de OFERTA:
i. Si el OFERENTE retira su OFERTA durante el período de mantenimiento de OFERTAS indicado por dicho proponente en su Propuesta, en los términos establecidos en este PLIEGO.
ii. En caso de errores en la cotización denunciados por el OFERENTE antes del perfeccionamiento del contrato.
iii. Si el ADJUDICATARIO omitiere la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato, ENARSA podría dejar sin efecto la ADJUDICACIÓN y demandar la reparación de los daños y perjuicios causados con motivo de la falta de cumplimiento, sin perjuicio de ejecutar la garantía de mantenimiento de la OFERTA.
b) Pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato:
i. Por incumplimiento contractual, si el ADJUDICATARIO desistiere en forma expresa del CONTRATO antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del CONTRATO o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara ENARSA cuando el servicio no haya sido prestado en su totalidad.
ii. Por ceder el CONTRATO sin autorización de ENARSA.
41. PENALIDADES - METODOLOGIA PARA SU APLICACION
Los incumplimientos a las obligaciones asumidas por la CONTRATISTA darán lugar a la aplicación de penalidades por parte de ENARSA, de acuerdo a los criterios, y con la metodología que se indican en el presente artículo.
41.1. UNIDAD DE MULTA
Se define como Unidad de Multa (UM) al monto resultante de dividir por treinta (30) el precio fijo mensual a abonar por ENARSA al contratista por cada UNIDAD, según la modalidad de entrega por la que se aplique la sanción (GBAMOV o BAIMOV).
41.2 INCUMPLIMIENTOS SANCIONABLES:
a) Incumplimiento del Plazo de adecuación comprometido
Por cada día de atraso del CONTRATISTA en dar cumplimiento al Plazo de Adecuación comprometido, se aplicará una sanción igual a cinco (5) Unidades de Multa por cada EQUIPO no adecuado en el plazo comprometido.
b) Indisponibilidad de Transporte.
Por cada día de indisponibilidad, total o parcial, de unidades del servicio, se aplicará una penalidad de dos (2) Unidades de Multa por cada EQUIPO indisponible, comenzando a contarse los días de indisponibilidad a partir del primer día hábil luego de la detección de la misma. No será descontado por este evento el día de disponibilidad en el pago de la Tarifa Fija mensual.
A los efectos de esta penalización se entiende que una unidad no está disponible cuando:
i) La unidad es rechazada en la estación de carga por no superar en el día los controles que se consideren pertinentes: aptitud del chofer, inspección visual de la Unidad, estado de equipos y elementos de protección personal, medidas de seguridad, habilitación, seguro, documentación exigible, entre otros). Al ser notificada Enarsa por la planta de carga o CAMMESA, se requerirá al transporte la resolución del rechazo, volviendo a cargar en el día. Si no se informara reposición de la unidad en el día, Enarsa registrará el incumplimiento para aplicación de penalidad.
ii) Cuando se detecte incumplimiento de las unidades respecto a las especificaciones técnicas y de seguridad exigibles.
iii) Cuando exista avería que impida la prestación regular del servicio tanto del camión como del Sistema de Medición de Combustible en el Transporte (SMTC), con excepción de la transmisión de datos de Geoposicionamiento.
iv) Un rechazo injustificado que impida la nominación o carga del vehículo atribuible al transporte en cuanto a la presentación de la documentación habilitante de equipo o chofer, sufrirá una penalidad de tres (3) Unidades de Multa por día de retraso en la presentación de dicha documentación al prestador del servicio de control de la misma
c) Faltante de Producto.
En caso de que la cantidad de combustible descargado en los distintos puntos de entrega, de acuerdo al caudalimetro existente en la unidad, sea menor a la cantidad indicada en el remito, considerando una tolerancia del medio por ciento (0,5%) será responsabilidad del contratista completar, en otro viaje, el volumen faltante, el cual deberá ser trasladado, sin costo, a una UGEEM designada por ENARSA. Para ello se acumularán los faltantes hasta que ENARSA considere que se justifica un viaje. Adicionalmente se aplicará al CONTRATISTA una penalidad equivalente a cinco (5) veces el valor del producto faltante, de acuerdo a valor actual del Gas Oíl que sea informado por CAMMESA a su debido requerimiento. La penalidad es independiente de las responsabilidades civiles y penales que se pudieran generar como consecuencia del incumplimiento del presente contrato.
d) Xxxxxxx en el tiempo de entrega.
Se penalizará la demora en el tiempo de entrega. A efectos de la evaluación de tales penalizaciones, ENARSA establece que el tiempo de demora en el transporte del combustible desde el punto de carga hasta el o los destinos de descarga previamente acordados, deberán guardar directa relación con la distancia y la complejidad del tráfico en las rutas consideradas. En caso que, por algún motivo atribuible a la TRANSPORTISTA, los tiempos de entrega resulten superiores a la relación mencionada, ENARSA aplicará una multa por hora de atraso equivalente a la doceava parte del valor de una Unidad de Multa.
e) Calidad del producto fuera de especificación.
ENARSA podrá verificar en cualquier momento, por si o por inspectores contratados a tal efecto, la calidad del Producto transportado. En caso de detectarse en la descarga diferencias con la calidad del Combustible cargada, se analizarán las causas del desvío y se determinarán las acciones a seguir para subsanar el eventual perjuicio ocasionado y evitar la repetición del mismo.
En el caso de contaminación del Producto (es decir que no se encuentre dentro de las especificaciones de calidad del producto cargado) por culpa del estado de las cisternas y/o por manipulación por parte del chofer y/o cualquier otro tipo de alteración detectada, previa instrucción de ENARSA, el mismo será rechazado en el lugar de destino y el viaje se considerará como no realizado a los efectos de la facturación. LA TRANSPORTISTA deberá reponer el Producto en su totalidad al lugar de destino que indique ENARSA
LA TRANSPORTISTA será responsable por la disposición final del producto contaminado.
A partir del momento del rechazo de la Unidad y hasta que la devolución del Producto se haga efectiva, se considerará que la unidad ha estado indisponible, y se aplicará la penalización correspondiente. Adicionalmente, por todo el periodo señalado, la Unidad responsable y su chofer podrán quedar suspendidos para realizar transporte de Combustible de ENARSA.
Los resultados informados por el Inspector de cantidad y calidad serán vinculantes para la Transportista y ENARSA, no admitiéndose cuestionamiento posterior por ninguna de ellas.
Adicionalmente a las acciones descriptas en los párrafos precedentes, cualquier alteración dolosa resultará en una penalización equivalente a cinco (5) veces el valor del producto, al precio informado por CAMMESA a su debido requerimiento, y no se abonará el flete correspondiente. En este supuesto se podrá determinar la recisión del contrato por decisión unilateral del contratante sin derecho a ningún reclamo por parte del contratista. La penalidad es independiente de las responsabilidades civiles y penales que se pudieran generar como consecuencia del incumplimiento del presente contrato.
f) Fallas en los sistemas de información:
i) Cuando la TRANSPORTISTA no cumpliera con su obligación de responder pedidos de información en no más de 24 hs, se aplicará una penalidad por día de atraso o fracción, equivalente al valor de una Unidad de Multa.
ii) Cuando no fuese posible conectarse u obtener respuesta del back office de la TRANSPORTISTA en el plazo máximo de dos horas, se aplicará una penalidad por evento, equivalente al valor de una Unidad de Multa.
g) Fallas en el sistema de medición del combustible en el transporte (SMTC):
i) Cuando la trasmisión de datos, exceptuándose lo establecido en el apartado del Punto 4 posterior, no se realizara por un periodo mayor a 48 hs, reponiéndose los datos en forma manual luego de ese lapso, se aplicará una penalidad de una Unidad de Multa por día o fracción adicional hasta los 10 días hábiles de retraso en el suministro de la información manual. Superados los 10 días hábiles de reposición de los datos, el camión se considerará indisponible, aplicándose una penalidad equivalente a 2 Unidades de Multa por día..
ii) En el caso de que se produzca la pérdida de datos sin contar con un respaldo manual, por causa, ya sea intencional o por adulteración de los mismos antes de que estos hayan sido transmitidos efectivamente al COG, se aplicará una multa equivalente al valor de una carga completa del camión en cuestión (capacidad xx xxxxxxxxx).
iii) La Adulteración en el Sistema de Medición (SMTC) será penalizada con una multa equivalente al valor de una carga completa de la unidad, y el transportista será pasible de Rescisión del contrato.
iv) En la situación de retraso en la provisión de datos de Geoposicionamiento por más de 10 días, la unidad será considerada indisponible, aplicándose una penalidad de 2 Unidades de Multa por día excedente..
v) Cuando ocurra la recepción en el COG de una alarma por detección de eventos tales como “apertura de tapas de boca de hombre y boca de carga”, así como “apertura de válvula o boca de descarga” que no correspondieran a la operatoria justificada, se penalizará a la transportista con cinco Unidades de Multa por evento.”
h) Consumos de alcohol o drogas
En caso de quedar demostrado que el chofer de la unidad hubiese consumido alcohol y/o drogas, dicho chofer quedara inhabilitado, y LA TRANSPORTISTA deberá proporcionar un chofer alternativo. Se aplicará una multa equivalente al doble del valor de una Unidad de Multa.
i) Notificación de accidentes
Si LA TRANSPORTISTA no notificara fehacientemente a ENARSA, compañías de seguros, etc. dentro de las 24 horas de producido cualquier tipo de accidente, se aplicará una multa por día de atraso en la notificación o fracción, equivalente al valor de una Unidad de Multa.
j) Incumplimientos administrativos
Cuando ENARSA recibiera algún reclamo por Incumplimiento en el pago de los haberes al personal afectado al cumplimiento del Servicio por parte de la transportista, o si ENARSA tomara conocimiento de la falta de pago de las cargas y/u obligaciones previsionales, obra social y sindical con relación al personal afectado al cumplimiento del Servicio; y si el TRANSPORTISTA, consultado por ENARSA, no brindara explicaciones razonables en el término de cinco (5) días de requerida por escrito con respecto a la falta de pago, se aplicará una multa por día de atraso en la notificación o fracción, equivalente al valor de una Unidad de Multa.
k) Pasivos ambientales
Cuando por inconvenientes de índole administrativa, en lo referente a la cobertura de siniestros, se deje sin atención un pasivo ambiental provocado por el Transportista al servicio de ENARSA, se aplicará una multa por día de atraso en atención del siniestro, equivalente al valor de una Unidad de Multa.
l) Acumulación xx Xxxxxx
Todas las Penalidades cuyos eventos estén relacionados se considerarán acumulatorios
m) Agravante por indisponibilidad de la UGEEM
Cuando por cualquiera de las causas mencionadas en los apartados anteriores se produjera la indisponibilidad de la UGEEM, las multas se multiplicarán por tres (3)
n) Procedimiento
Cuando ENARSA tome conocimiento de un incumplimiento contractual por el que, a su criterio, corresponda la aplicación de algún tipo de penalización o multa, comunicará al TRANSPORTISTA tales circunstancias en un plazo xx xxxx (10) días.
El CONTRATISTA tendrá un plazo de 72 hs de notificado para presentar su descargo, debiendo aportar los elementos que permitan justificar su accionar en el marco de la prestación del servicio de conformidad a las disposiciones del Título IV, Capítulo V del Código de Comercio. ENARSA evaluará las presentaciones efectuadas por El contratista y le notificará por escrito la resolución sobre las mismas conforme las razones esgrimidas. En caso de determinarse que el pago de las multas es procedente, ENARSA podrá descontar el importe correspondiente de las primeras facturas a abonar, hasta la percepción del total de la multa aplicada, o ejecutar la garantía de cumplimiento de contrato
42. DAÑOS Y PERJUICIOS
El CONTRATISTA será responsable por los Daños y Perjuicios que ocasione a ENARSA el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo emergentes del CONTRATO, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes del régimen de garantías y penalidades previsto en el mismo.
El CONTRATISTA será responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por la culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia, o de aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios.
43. INDEMNIDAD
El CONTRATISTA será el único responsable frente a ENARSA por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones asumidas en virtud de la presente contratación, asumiendo la total responsabilidad por todos los daños y perjuicios que ocasione a ENARSA.
El CONTRATISTA mantendrá indemne a ENARSA frente a cualquier tipo de reclamo ya sea administrativo, judicial y/o extrajudicial relacionado con su prestación incluidos los de carácter laboral que pudiesen interponer terceros o personas vinculadas al CONTRATISTA, dependiesen o no de él.
Si ENARSA fuese demandado por terceros o personas vinculadas con el CONTRATISTA, éste se compromete a asumir la responsabilidad por el reclamo en todas las etapas del mismo, sea en la contestación de la demanda como en el seguimiento del proceso que se instaure. Para ello se compromete a:
a) Efectuar de manera diligente todas las gestiones que sean necesarias para evitar que ENARSA sea incluido en dichas demandas y/o reclamos.
b) De ocurrir que ENARSA sea demandado y en su caso que resulte con sentencia desfavorable o que deba efectuar cualquier erogación con motivo del reclamo, incluyendo gastos legales y costas, el CONTRATISTA se compromete a efectuar por su cuenta y cargo –sin necesidad de interpelación por parte de ENARSA- los trámites y pagos correspondientes antes del vencimiento de los mismos.
c) El CONTRATISTA se compromete a reintegrar a ENARSA toda suma que eventualmente ENARSA haya pagado, más los intereses, dentro de los cinco (5) días a contar desde la fecha de una vez notificado éste fehacientemente al CONTRATISTA de la notificación del pago.
Con el objeto de prevenir la responsabilidad legal subsidiaria, ENARSA tendrá amplias facultades para vigilar el cumplimiento de las obligaciones laborales del CONTRATISTA, pudiendo exigirle la exhibición de toda la documentación que acredite su cumplimiento.
44. CESIÓN DEL CONTRATO/SUBCONTRATACIÓN
El CONTRATISTA no podrá, sin la previa aceptación expresa y por escrito de ENARSA, ceder parcial ni totalmente la contratación que resulte de este proceso, teniendo responsabilidad total sobre la entrega de los bienes y su cumplimiento. La autorización de la cesión parcial o total del CONTRATO no libera de su responsabilidad al CONTRATISTA, el que continuará siendo solidariamente responsable conjuntamente con el cesionario por las obligaciones resultantes del contrato.
Para la obtención de la autorización previa de subcontratación, el CONTRATISTA exigirá al SUBCONTRATISTA toda la documentación prevista en el Procedimiento de Selección de OFERTAS y en estas Condiciones Generales, así como su compromiso escrito de cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas del CONTRATO y de su documentación anexa, debiendo hacer entrega inmediata de todo dicha documentación a ENARSA.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones precedentemente señaladas, constituirá causal de resolución contractual.
45. CESIÓN POR PARTE DEL CONTRATANTE
El CONTRATANTE se reserva el derecho de ceder el CONTRATO, prestando el CONTRATISTA conformidad para ello, por la sola circunstancia de haber presentado PROPUESTA.
46. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR / CONTRATISTA
El CONTRATISTA se obliga a realizar las obras y/o servicios y/o el suministro de bienes, en la extensión que se recoge en el CONTRATO y/o sus anexos y a cumplir todas las obligaciones de carácter técnico (arte, oficio, especialidades), administrativo, fiscal, laboral, previsional y legal emergentes de la relación contractual.
El CONTRATISTA deberá entregar toda la documentación técnica y legal que le sea requerida por ENARSA en los documentos adjuntos y /o aplicables al CONTRATO, tanto en plazo como en cantidad, así como cualquier otra información de cualquier índole que pudieran citar las normas o reglamentaciones aplicables al suministro y /o servicio.
De acuerdo con la naturaleza del CONTRATO, el CONTRATISTA nombrará a los responsables dentro de su organización de la ejecución de los trabajos y servicios y /o suministro de bienes, y comunicará tal designación al respectivo Coordinador de ENARSA.
El CONTRATISTA y/o SUBCONTRATISTAS mantendrán indemne a ENARSA frente a cualquier responsabilidad por muerte, enfermedad o lesiones de su personal y/o de terceros, así como los daños ocasionados por sus dependientes y/o vehículos y/o maquinarias y/o cualquier otra cosa de su propiedad o que este bajo su guarda producidos como consecuencia de las obras, servicios o suministros objeto del CONTRATO, y contra cualquier reclamación, demanda o acción que resulte como consecuencia de lo anterior y que resulte de la acción u omisión del CONTRATISTA y/o SUBCONTRATISTA en el desempeño de sus obligaciones del CONTRATO,
incluyendo honorarios legales y costas, y sin que los montos de los seguros que se suscriban constituyan un límite a su responsabilidad.
El CONTRATISTA es responsable del pago puntual de los salarios, seguros sociales y de toda otra compensación o indemnización de naturaleza laboral o de cualquier otra índole que, por cualquier causa, deban recibir sus empleados y mantendrá indemne a ENARSA frente a cualquier reclamo derivado del incumplimiento de dichas obligaciones. En caso que el CONTRATISTA desvincule a uno de los miembros de su Personal durante el plazo del CONTRATO, deberá notificar dicha decisión de inmediato a ENARSA especificando además las causas, si las hubiere y su reemplazo.
El CONTRATISTA se obliga a cumplir con la totalidad de las normas laborales, impositivas y previsionales, trabajo de menores, incluyendo sin limitación el pago de los salarios y contribuciones patronales sobre todo el personal que emplee cada una para la prestación de sus servicios. Asimismo se compromete a efectuar en tiempo y forma sus aportes a la A.R.T. correspondiente, debiendo presentar en forma mensual el número de CUIL de cada uno de los trabajadores que presten servicios y la constancia de pago de las remuneraciones, copia firmada de los comprobantes de aportes mensuales al sistema de la seguridad social, una cuenta corriente bancaria de la que sea titular y la correspondiente cobertura por riesgos del trabajo de conformidad con lo establecido en la ley 25.013 de CONTRATO de Trabajo - Reforma Laboral. ENARSA podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de las mismas.
El CONTRATISTA acreditará su afiliación a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo – ART-, a satisfacción de ENARSA, que cubra a todo el personal afectado al cumplimiento del presente, debiendo mantener plenamente vigente dicha cobertura durante el término de vigencia del CONTRATO.
El CONTRATISTA exhibirá cada vez que le sea requerida por ENARSA, las constancias que acrediten el pago oportuno de las alícuotas a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo o bien constancia indubitable de la resolución que lo autoriza a auto asegurarse.
Las pólizas de A.R.T. deberán incluir una cláusula de no repetición contra ENARSA.
El CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a ENARSA frente a todo reclamo, de cualquier naturaleza, que pretenda hacerse efectivo contra ENARSA por los trabajadores del CONTRATISTA, sus derechos habientes y/o cualquiera de los organismos recaudadores de la seguridad social, impositivos, sindicales y/o de obra social, con fundamento en la existencia, ejecución y/o extinción de relaciones laborales que se entablen con el CONTRATISTA, y/o con fundamento en una pretendida solidaridad o vinculación de cualquier tipo entre el CONTRATISTA y ENARSA. El CONTRATISTA se obliga a pagar a ENARSA dentro de los 15 días corridos de notificado, todas las sumas que ENARSA esté obligado a desembolsar, incluyendo pero no limitado a honorarios y gastos de asesores legales, intereses, peritos y otros consultores, como consecuencia de reclamos, juicios o acciones legales o por cualquier otra causa derivados del Contrato.
El CONTRATISTA se compromete exigir a sus contratistas o subcontratistas el cumplimiento de la Ley 24.557 de Riesgos del trabajo debiendo hacerse responsable ante ENARSA del pago de las alícuotas correspondientes por parte de sus CONTRATISTAS y/o SUBCONTRATISTAS.
El CONTRATISTA deberá cumplir las Convenciones de la Organización Internacional del Trabajo relativas a derechos laborales, trabajo de menores, etc.
El CONTRATISTA, deberá cumplir cuantas disposiciones relativas al Medio Ambiente y Seguridad e Higiene se hallaren vigentes y resulten de aplicación al CONTRATO y, en cualquier caso, las establecidas en la normativa y práctica interna de ENARSA, las que se darán a conocer al CONTRATISTA en oportunidad del proceso de compra o contratación y declarará conocer y aceptar. El CONTRATISTA y/o Subcontratistas mantendrán indemne a ENARSA y a cualquier de sus funcionarios o empleados frente a cualquier reclamo, o demanda de cualquier tercero derivado del incumplimiento de las normas ambientales y/o de seguridad y/o higiene. Durante la ejecución de los Servicios, será obligación de la CONTRATISTA respetar y cumplir las normas y procedimientos de trabajo relacionados con la Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Calidad que son de aplicación en todo el ámbito de las dependencias de ENARSA y toda otra norma aplicable a los trabajos a ejecutar como así también deberá cumplir con el marco legal regulatorio de Higiene y Seguridad de aplicación a la actividad (Ley 19.587, Dec. 351/79, Dec. 911/96, Resoluciones de la SRT, etc.).
El CONTRATISTA será responsable e indemnizará a ENARSA, en todo momento, contra toda pérdida, daño o responsabilidad de cualquier tipo que haya sufrido esta última, ya sea en forma directa o indirecta, por o en relación con el cumplimiento y/o incumplimiento de las obligaciones en virtud del CONTRATO por parte del CONTRATISTA o de su personal, incluyendo a mero título enunciativo:
- Toda pérdida, daño o responsabilidad que surja de un reclamo formulado por un tercero con motivo de pérdida o daño sufrido por éste o sus bienes, ya sea en forma directa o indirecta, por o en relación con la prestación de los Servicios o cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones por parte del CONTRATISTA o del Personal; o
- Todo reclamo formulado por el personal o por cualquier organismo público, entidad sindical y/o división de seguridad social, otras autoridades de aplicación o terceros debido al incumplimiento del CONTRATISTA de sus obligaciones legales como empleador.
La indemnidad otorgada conforme al presente es una obligación permanente e independiente de las demás obligaciones del CONTRATISTA, y:
- Continuará vigente después de la finalización del CONTRATO;
- No se extingue ante un pago parcial;
- Puede ser exigida aún antes de incurrir en algún gasto o de realizar algún pago en virtud del Contrato.
El CONTRATISTA acepta que ENARSA, tiene el derecho, ante una situación de incumplimiento o riesgo de incumplimiento por parte del CONTRATISTA y previa intimación a regularizar dicho incumplimiento por un plazo no menor a los 7 (siete) días corridos, a retener total y/o parcialmente, a su exclusivo criterio razonable, las certificaciones y/ o pagos devengados y/o a devengarse con motivo de contratación objeto xxx XXXXXX respectivo. Esta retención no devengará intereses a favor del CONTRATISTA ni le dará derecho a reclamo alguno, excepto dolo o culpa grave, y será pagado a éste último, si correspondiere, una vez regularizado el incumplimiento por el CONTRATISTA.
El CONTRATISTA reconoce y declara expresamente que es una persona jurídica autónoma e independiente, que tiene autonomía en la dirección de sus negocios y que actúa por su nombre, cuenta y riesgo. El CONTRATISTA no tiene mandato ni representación de ENARSA,
ni es su agente u otra clase de auxiliar de comercio. Por lo tanto, el CONTRATO no crea, constituye, ni tiene como objeto crear ningún tipo de joint venture, asociación o relación de mandato con ENARSA.
Además de lo estipulado precedentemente, tiene las siguientes obligaciones:
a) Adecuar la prestación de sus servicios a la modalidad de trabajo, horario y disposiciones que en cada caso establezcan CAMMESA, para las operaciones de carga, y ENARSA y las UGEEMs para las correspondientes a descarga, transporte y entrega de producto, prestando el servicio en el momento, fecha y plazo que le sea requerido, no pudiendo retrasar o suspender los transportes. A tales efectos la Contratante deberá informar con una antelación no menor a cinco (5) días hábiles a la fecha de su implementación de cualquier cambio en la modalidad de trabajo, horarios y/o disposiciones.
b) Emprender el transporte en forma inmediata una vez realizadas las operaciones de carga o recibidas las instrucciones; y dirigirse a la UGEEM de destino, en el menor tiempo posible y por el trayecto aprobado oportunamente, no realizando desvíos o paradas. En todo momento deberán respetarse los tiempos de descanso para los choferes, previstos en la legislación vigente para una conducción segura, para lo cual se deberá tener en cuenta el tiempo que el chofer estuvo esperando para iniciar la carga en la Terminal de Abastecimiento nominada por la Contratante. Es responsabilidad de la Contratista evitar las demoras en la carga de los camiones en las Terminales de Abastecimiento, en virtud de hallarse a su cargo la logística para el servicio en tiempo y forma.
c) Tener las Unidades disponibles para realizar los viajes a las distintas zonas de acuerdo a la necesidad Logística/Operativa del momento. Contar durante toda la vigencia del servicio con un responsable ante ENARSA, para lo cual deberá indicar datos personales, teléfono fijo, teléfono celular xx xxxxxxx, (24 hs/365 días del año) y correo electrónico.
d) Garantizar exclusividad en favor de ENARSA, obligándose a no transportar ningún producto (sea del mismo tipo o de otro), para ninguna otras personas físicas o jurídicas en las unidades que resulten contratadas.
e) Tomar los recaudos necesarios para que la documentación correspondiente a cada carga (remitos), esté debidamente conformada en todos sus campos (fecha y hora recepción – firma y aclaración del receptor del pedido). Se deja debidamente aclarado que la falta de documentación conformada, a satisfacción de ENARSA, podrá dar a lugar al no reconocimiento del pago xxx xxxxx y a exigir la restitución del combustible transportado.
f) Transportar con el mayor cuidado y diligencia el Combustible Líquido cargado, preservando su integridad y calidad, siendo el mismo su responsabilidad desde el momento de carga hasta la entrega del mismo. LA TRANSPORTISTA está obligada a mantener el producto bajo su custodia en el equipo donde fue cargado, no estando habilitado a realizar trasvase alguno con otro equipo de su flota propia u otra.4. Mantener los camiones y acoplados cisterna con que efectúe el transporte en perfecto estado de mantenimiento mecánico, estético y de seguridad de conformidad con la normativa vigente aplicable a compañías y vehículos de transporte de combustibles líquidos. Deberá especialmente mantener los vehículos en óptimas condiciones de higiene, tanto interior como exterior, atendiendo al tipo de mercadería a transportar y a la normativa vigente aplicable.
g) Presentar mensualmente la nómina actualizada, con el detalle del personal en relación de dependencia, propio o de terceros, que utilice en la ejecución de los servicios contratados, el cual actuará bajo su exclusiva responsabilidad,
h) Acreditar ante ENARSA, o ante quien ENARSA indique, mensualmente entre los días 10 y 20 de cada mes el cumplimiento de las obligaciones salariales y previsionales respecto del personal, para lo cual deberá presentar la documentación que más adelante se indica.
i) Sustituir de inmediato el vehículo asignado a un viaje, cuando por cualquier motivo no resulte apto para el fin encomendado, asegurando la continuidad y eficiencia del servicio, dando aviso inmediato a la Contratante o a la persona que ella designe a tal efecto. En tal caso, la Contratante podrá autorizar, a pedido del Contratista, la sustitución transitoria del vehículo y hasta tanto sea superada la causa que hubiere originado tal situación.
j) Asegurar que el personal y vehículos asignados al servicio objeto de la presente contratación cuenten con la habilitación y/o permisos de las autoridades competentes, nacionales, provinciales o municipales para cumplir tareas como transportista de sustancias peligrosas.
k) Respetar los procedimientos para la prestación de servicios que le indique la Contratante en cada uno de los viajes asignados.
l) Hacerse cargo y soportar los costos de los daños que los vehículos causen a los bienes de la Contratante, y/o de terceros con motivo del transporte del Producto, en forma directa o a través de los seguros contratados.
m) Mantener constantemente actualizadas todas las inscripciones que fueran necesarias para operar en el Registro Único del Transporte Automotor ("R.U.T.A.") debiendo, todos los vehículos (incluyendo camión y acoplado cisterna) en circulación, contar en todos los casos con toda la documentación exigible de conformidad con el artículo 4 del Anexo del Decreto 1035/2002, contar con la verificación técnica vehicular (VTV) y cumplir con toda la normativa vigente y que en el futuro se dicte para el adecuado cumplimiento del servicio contratado, como toda otra inscripción que pudiera corresponder en registros nacionales, provinciales o municipales.
n) Cumplir en todo momento con las normas nacionales, provinciales y municipales que regulen el servicio prestado por el Contratista.
o) El Contratista asume todos los gastos que puedan emerger por aplicación de la normativa aplicable relacionadas con las empresas que se encargan de conducir mercaderías, deben efectuar la entrega fielmente en el tiempo y en el lugar el convenido; emplear todas las diligencias y medios practicados por las personas exactas en el cumplimiento de sus deberes en casos semejantes, para que los efectos o artículos no se deterioren; haciendo a tal fin, por cuenta de quien pertenecieren; los gastos necesarios; y son responsables, no obstante convención en contrario, por las pérdidas o daños que les resultaren por malversación u omisión suya o de sus factores, dependientes u otros agentes cualesquiera.
p) EL Contratista se obliga a llevar en legal forma todos los libros descriptos en el Código de Comercio, con las formalidades de los artículos 53 y 54 del Código de Comercio.
q) EL Contratista será responsable por los daños que resultaren de omisión suya o de sus contratistas y/o subcontratistas o de sus dependientes o de los dependientes de sus contratistas y/o subcontratistas, en el cumplimiento de las formalidades de las leyes o reglamentos fiscales, en todo el curso del viaje y a la entrada en el lugar de su destino, aún en los casos en que hubiese procedido en virtud de orden de la Contratante.
r) El Contratista acepta que la Contratante se reserva el derecho exclusivo de, en cualquier momento y por cualquier circunstancia, que a su solo juicio lo justifique, solicitar al Contratista el reemplazo de cualquiera de los chóferes, siendo obligación del Contratista, el efectivizar dicho reemplazo en forma inmediata, sin que tal medida genere costo alguno a cargo de la Contratante.
s) Poner a disposición de la Contratante la infraestructura, personal y el equipamiento necesario para mantener permanentemente operativos los Sistemas de ENARSA.
t) Cualquier demora incurrida por el Contratista debida a inconvenientes con el sistema FII de la Contratante y sus costos, serán responsabilidad exclusiva de la Contratante.
47. COORDINADOR DE TRABAJOS DE OBRAS Y SERVICIOS
ENARSA nombrará un Coordinador para los trabajos de obras y servicios, que facilitará al CONTRATISTA toda aquella información acerca de la responsabilidad establecida en el CONTRATO que le será aplicable al CONTRATISTA como consecuencia de la ejecución del mismo.
48. RESCISIÓN O SUSPENSIÓN SIN CULPA DEL CONTRATISTA
ENARSA podrá en cualquier momento rescindir o suspender total o parcialmente el CONTRATO por razones de conveniencia, mediante notificación al CONTRATISTA con una anticipación de 30 días. En tal caso, el CONTRATISTA tendrá derecho a que se le reconozcan los gastos en que probare haber incurrido con motivo del Contrato, pero no se hará lugar a reclamación alguna por xxxxx xxxxxxx.
00. CAUSALES DE RESOLUCIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA
En caso de incumplimiento del CONTRATISTA con cualquiera de las obligaciones a su cargo, ENARSA intimará al CONTRATISTA para que, en un plazo razonable subsane dicho incumplimiento. Si el CONTRATISTA no subsanare el incumplimiento dentro del plazo indicado por ENARSA ésta última estará facultada para resolver el contrato.
ENARSA tendrá la facultad de proceder a resolver unilateralmente el CONTRATO por culpa del CONTRATISTA, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, siendo suficiente una simple notificación a tal efecto, en los siguientes casos:
a) Incumplimiento grave y reiterado de cualquiera de las obligaciones emergentes del CONTRATO y los documentos que lo integran.
b) Cuando en la OFERTA se hubiera incurrido dolosamente en inexactitudes graves que determinaron la ADJUDICACIÓN.
c) Cuando se constate la falta de los seguros requeridos o su vigencia.
d) Cuando el CONTRATISTA sea culpable de fraude o negligencia, o incumpla las obligaciones y condiciones estipuladas en el contrato.
e) Cuando exista cesión de todo o parte del contrato, sin que la misma haya sido autorizada previamente por ENARSA.
f) Concurso o quiebra del CONTRATISTA.
g) Superado el monto del 10% del total del CONTRATO en concepto de aplicación de penalidades.
h) No realice la adecuación en el plazo comprometido en su PROPUESTA habiéndose excedido en más de 30 días
En todos los casos enunciados, la rescisión operada acarreará la pérdida de la Garantía de Cumplimiento por la parte no cumplida hasta el momento.
50. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA
51. PLAZOS DE ENTREGA/ EJECUCIÓN
Las UNIDADES deberán estar disponibles para el inicio de la prestación del servicio el día 01 de julio de 2017, debiendo contar asimismo con todas las adecuaciones en el plazo que hubiera sido propuesto en su OFERTA y adjudicado por ENARSA.
52. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El CONTRATISTA no podrá realizar declaraciones a la prensa, tomar fotografías, filmar o retirar documento alguno para ser usado en forma particular o provecho propio. En caso de tener que hacerlo será bajo estricta autorización de ENARSA. Tampoco podrá utilizar la información obtenida en el marco del CONTRATO en provecho propio o de terceros, ni reproducirla o divulgarla, cualquiera sea su fin, salvo expresa indicación de ENARSA.
El CONTRATISTA se encuentra obligado a preservar la confidencialidad de los datos y/o información de ENARSA, con los cuales tome contacto necesario y/o accidentalmente, directa o indirectamente, así también de aquella que genere por sí o a través de terceros, por tiempo indeterminado, pudiendo ser exclusiva y únicamente utilizados para los fines para los cuales fueron suministrados y no podrán ser revelados a terceros, sin el previo consentimiento por escrito de ENARSA y/o por imposición judicial.
El CONTRATISTA, así como sus dependientes o SUBCONTRATISTAS, deberán abstenerse de divulgar, publicar o transferir cualquier información obtenida de ENARSA, sin su previo consentimiento por escrito.
El CONTRATISTA será responsable tanto por sí mismo como por sus dependientes y/o SUBCONTRATISTAS, por cualquier acto u omisión que pudiera llegar a causarle un perjuicio a ENARSA por el incumplimiento del deber de confidencialidad de su actuación.
El CONTRATISTA se compromete a proteger la información confidencial revelada, ejerciendo un grado de cautela y reserva igual o mayor al que tendría para proteger su propia información, con el fin de prevenir su uso no autorizado, su divulgación o publicación.
53. PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LA INFORMACIÓN
ENARSA será propietaria de la totalidad de la documentación que se genere con motivo del Concurso y/o del Servicio, por lo que podrá disponer libremente de esta documentación y de la información que se genere con tal motivo, inclusive para su utilización en futuras contrataciones, sin que la Transportista tenga facultad alguna para formular reclamos por supuestos Derechos de Propiedad.
54. PERSONAL
El personal ocupado por el CONTRATISTA para ejecutar la prestación objeto de la contratación, no adquiere ningún tipo o forma de relación de dependencia con ENARSA, quedando a cargo del Contratista todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado.
EL CONTRATISTA cumplirá el objeto de este contrato en forma autónoma, con su propia organización y empleando, de ser necesario, personal bajo su exclusiva responsabilidad, dependencia y dirección.
a) Requerimiento y requisitos
En caso de la prestación de un servicio periódico, en forma previa a la iniciación del mismo, la firma Contratista cursará a ENARSA el detalle de la nómina del personal con indicación de sus datos de identidad, filiación, domicilio y vínculo contractual. Igual exigencia corresponderá para el personal que se incorpore en caso de relevos.
En el caso de entidades encuadradas en la Ley Nº 20.337 y modificatorias, el personal afectado a la prestación de los servicios objeto del presente llamado, deberá revestir el carácter de asociados.
El plantel del adjudicatario debe ser estable, lo que significa seguridad y capacidad, garantizando los mejores índices de presentismo y calidad de servicio. En caso de que el personal asignado tome parte de enfermedad o vacaciones será siempre reemplazado por otra persona.
ENARSA podrá solicitar al Contratista, por causas justificadas, el cambio de personal que el Contratista asigne para el cumplimiento de la prestación comprometida. En este caso, el Contratista se obliga a sustituir a dicho personal por otro, de calificaciones iguales o superiores dentro de 48 horas posteriores al pedido de cambio de personal.
El personal del Contratista y sus vehículos deberá ser idóneo, estar provisto de identificación adecuada de la empresa a que pertenece y de los elementos de seguridad establecidos por los organismos que reglamentan la actividad.
El contratista estará a cargo y será responsable de los acarreos y traslados que debiesen realizarse en ocasión de la prestación del servicio
b) Daños
El Contratista debe adoptar todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personal de ENARSA, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones ENARSA o de terceros, así puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o elementos instalados o por causas eventuales.
El Contratista será responsable de los eventuales daños que ocasione el accionar negligente o imprudente de su personal, liberando a ENARSA de responsabilidad por dicho accionar.
c) Cumplimiento legal, previsional e impositivo
Los trabajos que el Contratista requiera para el cumplimiento de su prestación, se efectuarán con personal del Contratista y/o por sus Subcontratistas, quedando a su exclusivo cargo el cumplimiento de las leyes laborales y demás normas sociales y previsionales y, responderá por todos los actos o hechos de sus dependientes o de sus Subcontratistas que puedan dañar a terceros en su persona o patrimonio, al igual que a ENARSA.
Queda bajo exclusiva responsabilidad del Contratista, todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con el suministro de los bienes y la prestación del servicio, como asimismo del cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes laborales, sin excepción, impuestos, etc.
El Contratista estará a cargo y será responsable de los acarreos y traslados que debiesen realizarse en ocasión de la prestación del servicio.
EL CONTRATISTA es responsable exclusivo y sin excepción de todas las obligaciones civiles, laborales, fiscales, impositivas, de seguridad e higiene en el trabajo, de cobertura de riesgos de trabajo y/o de la seguridad social generadas por su actividad, las que estarán a su exclusivo cargo. Se establece expresamente que el personal del CONTRATISTA, dependiente o contratado, no podrá considerarse, en ningún caso, empleado en relación de dependencia de ENARSA. Sin perjuicio del de lo previsto en el párrafo que antecede, EL CONTRATISTA dará estricto cumplimiento a lo previsto por la totalidad de las normas que regulan la contratación, ejecución y/o la extinción de los contratos de trabajo de sus empleados en relación de dependencia. La presentación de una Oferta en el presente procedimiento implica que EL CONTRATISTA conoce y acepta la totalidad de los convenios colectivos de trabajo así como cualquier otro acuerdo colectivo que resulte aplicable en relación con las actividades a desarrollar en las Obras.
d) Indemnidad
EL CONTRATISTA mantendrá indemne a ENARSA respecto de todos los importes, incluidas las costas y los honorarios profesionales, generados por cualquier reclamo, judicial o extrajudicial, que pretenda dirigirse contra ENARSA invocando su responsabilidad civil y/o laboral, solidaria o directa, derivada de la ejecución y/o de la extinción de los contratos de trabajo o de cualquier otra modalidad de contratación no laboral utilizada por EL CONTRATISTA. Esta obligación alcanza a cualquier reclamo dirigido contra ENARSA por el personal utilizado por EL CONTRATISTA, sus derecho-habientes, la Administración Federal de Ingresos Públicos, la Administración Nacional de la Seguridad Social, las autoridades administrativas que ejercen el poder de policía del trabajo, cualquier asociación sindical
–con o sin personería gremial-, cualquier obra social u agente de salud comprendido en las Leyes 23.660 y 23.661 y/o cualquier otra persona física o jurídica, pública o privada. ENARSA comunicará al
CONTRATISTA la existencia y alcance de cualquier reclamo dentro de las setenta y dos horas hábiles de haber tomado conocimiento del mismo. EL CONTRATISTA también asume esta obligación de mantener indemne a ENARSA frente a cualquier reclamo originado en eventuales incumplimientos de sus subcontratistas, todo ello con los mismos alcances y modalidad previstos en esta cláusula.
ENARSA podrá, a su solo arbitrio y en cada oportunidad que lo considere oportuno, requerir del CONTRATISTA la exhibición, dentro del plazo xx xxxx (10) días corridos, de la totalidad de la documentación que acredite el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones antes mencionadas. Sin perjuicio de otras sanciones, multas y/o consecuencias previstas en este Contrato, se pacta que la falta de exhibición en tiempo y forma o la eventual detección de incumplimientos a las obligaciones arriba referidas, facultarán a ENARSA a retener la facturación pendiente de pago, conforme lo previsto por el Artículo 136 de la ley 20.744, pudiendo realizar los pagos que la norma autoriza si lo viere conveniente. Las posibles deducciones efectuadas, serán totalmente independientes de las Garantías prestadas por el Contratista.
55. HORARIOS DE TRABAJO
El servicio de transporte contratado deberá desarrollarse diariamente, incluyendo días feriados, durante las veinticuatro (24) horas del día, durante los 365 días del año debiendo respetarse los horarios de descanso de los choferes, previstos en la normativa vigente y en las reglamentaciones emergentes del gremio que nuclea a los trabajadores del sector.
56. REPROGRAMACIONES
Durante el curso del transporte, el Contratante podrá, a su exclusivo criterio reprogramar las entregas del día en función de necesidades operativas, debiendo el Contratista cumplir los requerimientos e indicaciones del Contratante redireccionando las entregas y cuidando siempre el cumplimiento estricto de la legislación laboral del sector, en relación con los horarios de descanso de los choferes.
57. INSPECCIÓN DEL SERVICIO
Con el objeto de verificar en cualquier momento, lugar o circunstancia la normalidad del servicio y el cumplimiento de las obligaciones del Contratista, la Contratante podrá realizar las inspecciones de vehículos y carga que estime pertinentes, comprometiéndose el Contratista a prestar la máxima colaboración, permitiendo el libre acceso a vehículos e instalaciones, brindando información, documentación y/o cualquier otro elemento que sea solicitado por la Contratante.
Adicionalmente, ENARSA podrá auditar las instalaciones que LA TRANSPORTISTA declara como depósito del transporte donde permanecen las unidades que integran LA FLOTA cuando no estén prestando el servicio de transporte.
58. PROHIBICIONES
Se prohíbe expresamente al Contratista:
a) Transportar a personas ajenas al servicio contratado y/o no autorizadas.
b) Transportar cargas ajenas al servicio contratado.
c) Desviarse del recorrido autorizado, a menos que existan causales de debidamente justificadas.
d) Realizar detenciones no autorizadas expresamente por la Contratante. Quedan expresamente exceptuadas de tales autorizaciones las paradas por descanso del chofer.
59. ACCIDENTES
En caso de accidente, LA TRANSPORTISTA deberá notificar inmediatamente a las compañías de seguros, al CIPET y a ENARSA, a fin de asegurar la protección del personal, del vehículo, del producto transportado y del medio ambiente.
60. RENUNCIA AL DERECHO DE RETENCIÓN
LA TRANSPORTISTA renuncia en forma expresa e irrevocable a ejercer el derecho de retención de cualquier mercadería de la CONTRATANTE.
61. CERTIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS
A los efectos de la certificación de los servicios prestados, el Contratista deberá cumplir con lo establecido en el Anexo X “CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE DE COMBUSTIBLE LIQUIDOS A UGEEMS”.
Una vez aprobados por ENARSA los certificados emitidos en el Sistema DATAGEN, conforme se establece en el Anexo mencionado, ENARSA emitirá a través del Sistema de Gestión Integral (SAP) los certificados mensuales por los servicios prestados por el Contratista.
Los certificados mensuales serán remitidos al Contratista, quien una vez que los haya recibido podrá presentar la factura correspondiente a los servicios allí certificados.
62. FACTURACIÓN Y PAGO.
La Contratante abonará al Contratista el servicio prestado de acuerdo a la tarifa aprobada para cada Unidad conforme lo establecido en el artículo de este Pliego, cuyo precio variará según la modalidad de que se trate:
a) Modalidad de entrega a UGEEMs CABA, GBA y Buenos Aires interior hasta 100 km (corta distancia), conocidas como GBAMOV, o de reparto: Se abonará un monto fijo mensual más un monto variable por día de descarga.
b) Modalidad de entrega completa a UGEEMs del interior (larga distancia), conocida como BAIMOV: Se abonará un monto fijo mensual más un monto variable en función de la cantidad de combustible transportado y la distancia, y de los días de estadía.
La facturación de los servicios certificados será mensual. El monto a facturar por el Contratista estará compuesto por el valor FIJO o su proporcional correspondiente a los servicios del período certificado más el variable resultante de la tarifa ofrecida en $/km-m3 en función de los viajes realizados y estadías efectivas (BAIMOV) o de los días de descargas (GBAMOV).
El pago de los servicios certificados conforme a la cláusula 61 y facturados conforme al párrafo precedente, se realizará a los TREINTA (30) días de presentada la factura correspondiente.
Las facturas deberán ser presentadas en la sede de ENARSA en el horario de atención del Sector Cuentas a Pagar, los días Lunes, Miércoles y Viernes de 9 a 12 hs. Deberán contener la referencia de la Orden de Compra y del N° de HES del Certificado de Servicios a los cuales se refieren.
Las facturas deberán extenderse según lo prescripto por la Resolución General Nº 1415/03 y sus modificaciones de la AFIP y cumplir con la normativa vigente aplicable a la fecha de su emisión. La omisión de los requisitos legales señalados y de otros que hayan sido oportunamente comunicados al Contratista, importará la interrupción de los plazos de pago hasta tanto la factura sea presentada correctamente.
El Contratista tendrá derecho a reclamar intereses si los pagos se retardasen por más de TREINTA
(30) días a partir de la fecha en que según el Contrato deben hacerse. No obstante, si el retraso fuere causado por el Contratista, debido a reclamaciones que resultasen infundadas, o se interrumpiesen la emisión o el trámite de los certificados u otros documentos por actos del mismo, no tendrá derecho al pago de intereses.
63. TRIBUTOS
El CONTRATISTA y su personal pagarán todos los tributos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan según la ley aplicable, cuyo monto se considera incluido en el Precio de la OFERTA. Asimismo, serán por cuenta del CONTRATISTA la totalidad de los impuestos, tasas u otros gastos que exigieren las autoridades municipales, provinciales y/o nacionales en concepto de la instrumentación y/o ejecución del CONTRATO.
ENARSA en su carácter de ente de retención, deducirá de todo pago el importe que corresponda por normas legales vigentes al Impuesto de las Ganancias e IVA.
En caso de crearse nuevos impuestos durante la ejecución del contrato, éstos recaerán sobre el sujeto pasivo de los mismos.
En caso de variación de alícuotas, las partes se sentarán a revisar los costos involucrados en la variación de alícuotas y se consensuará la absorción de dichas variaciones. De corresponder impuesto de sellos en alguna de las jurisdicciones involucradas, será soportado por partes iguales.
64. VOLUMEN DE LA PRESTACION
El contrato que se genere a partir del presente Concurso, no compromete volumen de prestación variable sino en base a requerimientos reales del Servicio a determinar por ENARSA.
65. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL CONTRATISTA
Se considera que dentro de las prestaciones a cargo del CONTRATISTA se encuentra la de dar cumplimiento a todas las obligaciones que tienen por objeto asegurar la indemnidad de ENARSA ante terceros por eventuales incumplimientos del CONTRATISTA. En consecuencia, y a efectos de liberar el pago, será condición que el CONTRATISTA acredite, a satisfacción de ENARSA, que ha cumplido con todas las obligaciones a su cargo, como ser, pero sin limitarse a: cumplimiento de obligaciones
laborales y previsionales, contratación, renovación y pago de seguros, cumplimiento de obligaciones ambientales, etc.
La omisión de los requisitos legales señalados, la falta de presentación de documentación que acredite el cumplimiento de obligaciones a su cargo, y/o la falta de cumplimiento de otros requisitos que hayan sido oportunamente comunicados al CONTRATISTA, importará la interrupción de los plazos de pago hasta tanto el CONTRATISTA dé cumplimiento a dichos requisitos satisfactoriamente.
A modo simplemente indicativo, sin que pueda considerarse limitativo, en cumplimiento al artículo 30 de la Ley 20.744, se indica a continuación el tipo y alcance de la información que el CONTRATISTA deberá suministrar, con la periodicidad que corresponda, para no interrumpir el plazo de pago:
Del Personal:
a) Listado de Personal abocado al servicio y constancias de pago de remuneraciones (en donde figure número de CUIL del personal)
b) Nombre de Contacto ante Emergencia
c) Nómina de ART, con cláusula de No Repetición a favor de ENARSA y Constancia de pago mensual de la ART.
d) Seguro de Vida Obligatorio y Constancia de pago de pólizas de seguros contratados y fondo de desempleo.
e) Copia de Declaración Jurada Formulario 931 y copia firmada de comprobantes de pago de dicho formulario.
f) Constancia de pago de impuestos por el personal que no se encuentra bajo relación de dependencia (autónomos, monotributistas, etc.).
g) Constancia de pago de IVA e Ingresos brutos de la contratista.
h) Certificado de trabajo registrado (Resolución 774/2008 de la Secretaría de Trabajo)
i) Exámenes pre ocupacionales del personal
j) Constancia de entrega de Elementos de Protección Personal.
k) Constancias de Capacitación y entrenamiento para la tarea que desempeñarán, como así también en Respuesta a Emergencias, Contención de Derrames, Prevención y Extinción de Incendios, Primeros Auxilios, Uso de Elementos de Protección Personal y Clasificación y Disposición de Residuos.
l) Datos del responsable en Seguridad Higiene y Medio Ambiente de la Empresa.
m) Direcciones y números de teléfonos de los centros asistenciales ante Emergencias.
n) Números de Contacto ante Emergencia de la Empresa.
o) En el Caso del Chofer el registro de conducir habilitado para el tipo de vehículo que conducirá y la habilitación para el transporte de cargas Peligrosas.
p) Y toda otra documentación que ENARSA considere necesario y solicite.
Deberán acompañar también copia de la Declaración Jurada de Encuadramiento Gremial o Sindical del personal.
De los Vehículos:
a)
b)
c)
d)
e)
Seguros:
Patente de los camiones, Tractores Semirremolques y Acoplados. Seguro de los camiones, tractores, Semirremolques y Acoplados Verificación Técnica vehicular.
Habilitaciones correspondientes
Y toda otra documentación que ENARSA considere necesario y solicite.
a) Copia completa de las pólizas de seguros por daños que tengan contratados sobre las instalaciones y demás bienes vinculados a la operación contractual, con los correspondientes comprobantes de pago. En su defecto, remitir certificados de cobertura o constancia de vigencia, según corresponda.
b) Copia del CONTRATO de ART, del Seguro de Accidentes Personales (en caso de corresponder) y del Seguro de Vida Obligatorio contratado para la nómina de la totalidad del personal afectado a la operación de las UGEE transportables, detallando el personal comprendido en la cobertura de los mismos.
Copia de todo otro seguro contratado sobre riesgos emergentes de la operación objeto del CONTRATO de provisión oportunamente suscripto.
A fin de dar cumplimiento a las obligaciones de Seguridad Social e Higiene, deberán presentar la siguiente información:
a) Manual de Seguridad e Higiene de la contratista.
b) Programa de Seguridad e Higiene para la operación de la UGEE transportable con sello de aprobación por parte de la ART.
c) Designación del Responsable de Seguridad e Higiene (Matricula ETC).
d) Presentación del Informe de Análisis de Riesgo de la UGEE transportable.
e) Informe preocupacional de cada uno de los trabajadores.
f) Declaración de los Centros de Salud (ART), para derivación de accidentados.
g) Cursos de Inducción dictados a los trabajadores, Planilla individual de cada trabajador firmando de que han recibido el curso de seguridad.
h) Alta Temprana del personal en ANSSES.
i) Constancia de Entrega de Ropa y Elementos de Protección Personal.
Y la presentación de toda la documentación que se requiera para el cumplimiento de las normas ambientales que se establezcan para esta modalidad más los programas de gestión ambiental y las planillas de monitoreo de emisiones, entre otras.
66. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
ENARSA y el CONTRATISTA no serán considerados en xxxx o incumplimiento de las obligaciones a su cargo, en la medida que tales obligaciones se encuentren demoradas, entorpecidas o imposibilitadas por caso fortuito o fuerza mayor, en los términos del artículo 1730 y concordantes del Código Civil y Comercial.
No obstante lo establecido en el párrafo anterior, la suspensión de las obligaciones contractuales causada por el personal del CONTRATISTA o sus SUBCONTRATISTAS, ya sea disputa laboral, gremial, huelga, piquetes, etc., no podrá ser invocada como causa de fuerza mayor, salvo medidas de fuerza dispuesta por la autoridad nacional del Sindicato del sector.
La parte que alegue el Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá notificar el hecho por escrito a la otra parte dentro de los tres (3) días hábiles de producido o conocido el mismo. En dicha notificación se deberá informar la duración, extensión y consecuencias estimadas del Caso Fortuito o la Fuerza Mayor y si el incumplimiento derivado de la situación será total o parcial, acompañando asimismo la documentación probatoria. El transcurso del plazo indicado sin que se efectúe la denuncia de la causa o causas de impedimento, importará la caducidad del derecho a alegar los eximentes de responsabilidad.
Recibida la notificación, la parte cumplidora deberá expedirse respecto del Caso Fortuito o Fuerza Mayor invocados dentro de los diez (10) días hábiles de notificado el hecho.
Acordado por las partes la existencia de Caso Fortuito o Fuerza Mayor y su extensión, cualquiera de las partes podrá comunicar a los organismos y sociedades competentes y terceros que pudiese corresponder la suspensión de los efectos del CONTRATO con la conformidad y colaboración de la otra parte.
Desaparecidas las causales del Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá cumplirse con las obligaciones pendientes bajo el CONTRATO, o cumplimentarse con lo que las partes acuerden para ese entonces, haciendo en su caso los ajustes correspondientes en el Cronograma establecido en el PLIEGO y retomando vigencia toda estipulación xxx XXXXXX y/o Contrato.
En caso de suspensión y/o finalización del CONTRATO por causa de fuerza mayor, ENARSA no deberá abonar al CONTRATISTA suma alguna ni ningún costo, gastos o indemnización alguna durante la suspensión o con motivo de la finalización.
La suspensión de las obligaciones contractuales durará mientras permanezca la causa que haya originado la fuerza mayor. La parte que sufra ésta deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento de la otra y efectuar los esfuerzos que sean razonables para resolver la causa de la suspensión en el plazo más corto posible. Transcurridos 30 (treinta) días sin que la causa que originó la fuerza mayor hubiera cesado, ENARSA podrá hacer prestar el servicio, obra o bienes objeto del CONTRATO por parte de un tercero y/o rescindir el CONTRATO, en ambos casos sin derecho a reclamo y/o compensación alguna a favor del CONTRATISTA.
Si por motivos de fuerza mayor fuese imposible el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones del CONTRATO, la Parte afectada debe comunicarlo de ser posible, en forma inmediata a la otra mediante un aviso o en su defecto dentro de un plazo máximo de 48 horas, desde que se produzca el evento. En tal caso, el CONTRATO quedará rescindido desde la fecha de la notificación.
67. NOTIFICACIONES
a) Todas las notificaciones y otras comunicaciones bajo el CONTRATO serán válidas siempre que sean efectuadas por escrito, a los domicilios constituidos por las PARTES en el marco del presente procedimiento de selección, las que podrán ser modificadas, previa Notificación Fehaciente a la otra Parte.
b) Salvo que se disponga específicamente lo contrario, todas las Notificaciones autorizadas o exigidas entre las partes del CONTRATO por cualquiera de las disposiciones del mismo se cursarán por escrito (en castellano) y se entregarán personalmente o por servicio de correo privado, o por cualquier medio electrónico de transmisión de comunicaciones escritas que provean confirmación escrita de transmisión completa, y se dirigirán a esas partes. La comunicación oral no constituye Notificación a los fines del Contrato, y las direcciones de correo electrónico y los números de teléfono de las partes del CONTRATO se enumeran aquí a continuación sólo por conveniencia.
c) La Notificación realizada conforme a una disposición del CONTRATO se considerará entregada sólo cuando sea recibida por la parte a quien dicha Notificación esté dirigida, y el plazo para que esa parte entregue una Notificación como respuesta a la Notificación de origen comenzará a correr desde la fecha en que se reciba la Notificación de origen. “Recibida”, a los fines de este Artículo, significará la entrega efectiva de la Notificación a la dirección de la parte especificada en el presente o que ha de ser notificada, conforme a este Artículo.
d) Cada parte del CONTRATO tendrá derecho a cambiar su domicilio en cualquier momento y/o a disponer que se dirijan copias de todas esas Notificaciones a otra persona en otro domicilio, si lo indica así mediante Notificación, a la otra parte del CONTRATO.
ENARSA
Xx. Xxx Xxxxxxxxxx 0000 - xxxx 0. Fax (5411) 0000 0000
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx At: Gerencia de Energía Eléctrica
CONTRATISTA.
Se efectuarán las notificaciones en el domicilio que constituya a tales efectos, en la OFERTA, con referencia a la persona que allí se designe.
e) Las notificaciones remitidas de la forma antedicha, serán consideradas como entregadas en el momento en que ésta las reciba; sin embargo, si ocurriese una interrupción en el servicio normal de courier o fax por una causa que esté fuera del control de ENARSA y del CONTRATISTA, entonces quien fuera remitente de las notificaciones utilizará cualquier otro tipo de servicio que no haya sido interrumpido, o entregará las notificaciones personalmente.
f) Cada Parte notificará a la otra de cualquier cambio en su dirección comercial, con una anticipación de por lo menos cinco (5) Días.
Las comunicaciones operativas entre el CONTRATISTA y ENARSA, o quién ésta designe, se harán por medio de correo electrónico, de manera telefónica y/o cualquier otro medio designado por ENARSA, pudiendo estas últimas ser grabadas por parte de ENARSA.
68. ARCHIVOS
El CONTRATISTA mantendrá al día un registro completo de los servicios prestados bajo el CONTRATO, así como todas las transacciones relacionadas con el mismo. El CONTRATISTA mantendrá la totalidad de dichos registros por un período de tres años como mínimo después de la finalización del CONTRATO. Dichos registros estarán disponibles para su posible auditoria por parte de ENARSA.
69. OPCIONES A FAVOR DE ENARSA
1) Aumentos o disminuciones: ENARSA tendrá la facultad de aumentar o disminuir hasta un veinte por ciento (20%) la CAPACIDAD CONTRATADA del valor inicial, en las condiciones, plazos y precios pactados del CONTRATO.
Los aumentos o las disminuciones podrán incidir sobre uno, varios, o el total de los renglones de la orden de compra o del contrato.
2) ENARSA podrá dejar sin efecto el procedimiento de selección en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del CONTRATO de acuerdo a lo establecido en el Artículo 35 del presente PLIEGO, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u OFERENTES.
70. SEGURIDAD E HIGIENE
El contratista deberá cumplir toda la legislación vigente a nivel Nacional, Provincial y Municipal en Materia de Seguridad y Salud Ocupacional.
El contratista deberá contar con un Responsable de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente con Matricula Habilitante.
La contratista deberá presentar a ENARSA para su revisión y aprobación todos los procedimientos en Materia de Seguridad, Higiene, a aplicar en este contrato.
Cuando las UGEE queden montadas en la vía pública o lugares de acceso públicos, deberá presentar un croquis, que detalle vallado, señalización, distancias de seguridad y cableados de conexión.
Se deberá colocar un cartel, con número de teléfono para comunicarse en caso de Emergencias. Ese teléfono deberá ser atendido durante las 24 hs.
El profesional habilitado tendrá la obligación de presentar a ENARSA, toda la documentación que le requiera, en Materia de Seguridad, Higiene.
En caso de Accidente o incidente deberá informar a ENARSA de Inmediato y presentar un informe inicial antes de 24 horas de transcurrido el mismo y un informe con la investigación final antes de cumplir las 72 horas.
Mensualmente deberá presentar a ENARSA las estadísticas de Seguridad e Higiene, Requeridas por la legislación vigente y todo otro dato estadístico que ENARSA requiera.
El Responsable de Seguridad de la contratista deberá confeccionar y presentar a ENARSA, un Análisis de Riesgo detallado, evaluando todas las tareas que se llevaran a cabo en cada lugar donde se monte una UGEE. Este Análisis deberá contemplar tanto los riesgos para el personal que realice tareas de montaje, operación, mantenimiento y provisión de combustible. Como los riesgos que representan a terceros estos equipos. Debiendo detallar todas las medidas de control a implementar para reducir este riesgo tan bajo como sea posible.
La contratista será responsable de que las condiciones de Seguridad, Vallados y Señalización, se mantengan en óptimas condiciones durante el montaje, operación, mantenimiento y provisión de combustible de combustible. Además de verificar al momento de retirar el equipo que el lugar quede en óptimas condiciones de Seguridad, orden y limpieza.
Todo el personal que realice tareas en estos equipos deberá recibir una capacitación sobre este Análisis de Riesgo y tendrá la obligación de conocer estos análisis y cumplir las recomendaciones de los mismos.
Todo el personal abocado a este contrato deberá recibir una capacitación de Inducción en Materia de Seguridad Higiene, antes de comenzar a desarrollar tareas en el mismo y capacitaciones periódicas en esta materia.
La contratista le entregar a su personal todos los Elementos de Protección Personal y Ropa de trabajo requeridos para las tareas que desarrollara y enviara a ENARSA copias de las constancias de entrega.
No podrá ninguna persona realizar ningún tipo de tarea relacionada con estos equipos, si ENARSA, no recibió toda la documentación de Seguros, impositivas y Seguridad e Higiene con Anterioridad.
ENARSA, podrá verificar las condiciones de Seguridad, Higiene en el lugar en cualquier momento, sin previo aviso y solicitar toda la documentación que crea necesaria.
71. DAÑOS AL AMBIENTE. ATENCIÓN PRIMARIA Y REMEDIACIONES
La TRANSPORTISTA debe cumplir la totalidad de las normativas ambientales relacionadas con su actividad, gestionar y obtener los permisos y habilitaciones ambientales correspondientes, previo al inicio del servicio. LA TRANSPORTISTA será responsable absoluta y exclusivamente por cualquier caso de choques, accidentes de tránsito, derrames, incendios, etc. que produjeran un daño potencial al medio ambiente, renunciando expresamente a la invocación de caso fortuito o fuerza mayor a su favor. A tal efecto, en caso de producirse daño medio-ambiental o derrames, LA TRANSPORTISTA será responsable de realizar a su costo y cargo la atención primaria y las remediaciones necesarias. La atención primaria deberá realizarse en un plazo no mayor de SEIS (6) horas de producirse el accidente. Las acciones de remediación deberá iniciarse dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de finalizada la atención primaria. En caso de incumplimiento por parte de LA TRANSPORTISTA, ENARSA ejecutará los seguros que correspondan y, en caso de no ser ello posible, contratará con terceros tales tareas con cargo a LA TRANSPORTISTA, reteniendo las sumas de dinero que sean necesarias para hacer frente a la atención primaria y a la remediación en cuestión. En caso de producirse pérdida del combustible, la TRANSPORTISTA será responsable de reponer a su costo el combustible perdido.
En caso de Accidente o incidente ambiental deberá informar a ENARSA de Inmediato y presentar un informe inicial antes de 24 horas de transcurrido el mismo y un informe ampliado con las medidas de
mitigación correctivas y preventivas aplicadas antes de cumplir las 72 horas. ENARSA podrá solicitar cualquier información adicional acerca del evento.
Todas las unidades destinadas a este servicio deben contar con kit antiderrame apropiado.
El profesional habilitado tendrá la obligación de presentar a ENARSA, toda la documentación que le requiera, en Materia Ambiental.
La CONTRATISTA deberá presentar a ENARSA para su revisión y aprobación todos los procedimientos en los que deben considerarse las medidas de protección ambiental para la actividad objeto de este contrato.
La CONTRATISTA deberá presentar a ENARSA para su revisión y aprobación el Plan de Contingencias Ambientales específico para esta actividad
Todo el personal abocado a este contrato deberá recibir una capacitación de Inducción en Materia Ambiental antes de comenzar a desarrollar tareas en el mismo; cumplir con una periodicidad de capacitaciones y llevar un registro
ENARSA, podrá verificar las condiciones ambientales en el lugar en cualquier momento, sin previo aviso y solicitar toda la documentación que crea necesaria.
ANEXO I
DECLARACIÓN JURADA SOBRE ACEPTACIÓN DE COMPETENCIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
…………………….…………………….. en mi carácter de ………………………..………………de la empresa
…………………….…………………………. declaro bajo juramento que acordamos que toda cuestión vinculada a la interpretación, alcance, ejecución, cumplimiento xxx XXXXXX que involucre a la empresa que represento, será resuelta conforme al Reglamento de Arbitraje de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, bajo reglas de derecho, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que le pudiera corresponder.
…………….………………….. FIRMA Y ACLARACIÓN
ANEXO II
DECLARACIÓN JURADA DE LA EMPRESA – NO INHABILIDAD
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Declaro bajo juramento que la empresa (Nombre de la firma) no se
encuentra comprendida en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en el Artículo 9 xxx XXXXXX.
(Apoderado - Representante Legal)
ANEXO III
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DE CADA DIRECTOR, DIRECTOR SUPLENTE, SÍNDICO, SOCIO GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD - NO INHABILIDAD
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(Nombre del declarante) (Función en la Empresa)
ANEXO IV-A - GBAMOV FORMULARIO DE COTIZACIÓN
El que suscribe................................................................. Documento en nombre y
representación de la Empresa………………………………….con domicilio legal en la Calle…………………………….…………………N°………..……….Localidad…………………………………...........Teléfono.....
........................................Fax..............................................., y con domicilio real en la
Calle…………………………….…………………N°………..……….Localidad…………………………………...........Teléfono.....
........................................Fax...............................................,N°deCUIT............................................. y
con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en (CONTRATO poder) que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones que rigen el presente concurso, cotiza los siguientes precios:
IMPORTANTE: Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales
Modalidad GBAMOV | % de descuento Xxxxxx Xxxxxx | |
Fijo | $/mes | |
Variable | $/día de descarga |
Demanda normal (en letras):
- Para el precio fijo equivale a un descuento del……………..………………..……...…… % sobre el precio máximo de referencia
- Para el precio variable equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
El precio de la oferta cubre el valor total de la prestación requerida, es decir, absolutamente todo lo necesario para el cumplimiento del objeto contractual en el plazo comprometido de conformidad con las reglas del arte y lo requerido en el Pliego, a plena satisfacción del CONTRATANTE
Toda la documentación debe presentarse firmada por representante legal que acredite facultades legales para obligar a la firma.
Firma del OFERENTE: Aclaración:
ANEXO IV – B – XXXXXX I FORMULARIO DE COTIZACIÓN
El que suscribe................................................................. Documento en nombre y
representación de la Empresa………………………………….con domicilio legal en la Calle…………………………….…………………N°………..……….Localidad…………………………………...........Teléfono.....
........................................Fax..............................................., y con domicilio real en la
Calle…………………………….…………………N°………..……….Localidad…………………………………...........Teléfono.....
........................................Fax...............................................,N°deCUIT............................................. y
con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en (CONTRATO poder) que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones que rigen el presente concurso, cotiza los siguientes precios:
IMPORTANTE: Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales
Modalidad BAIMOV I | % de descuento Xxxxxx Xxxxxx | ||||
Demanda normal | Demanda estacional Pico I | Demanda estacional Pico II | Demanda estacional Pico III | ||
Fijo | $/mes | ||||
Variable | - $/km.m3 (distancias e/ 0 y 30 km) -$/km.m3 (distancias e/ 31 y 60 km) -$/km.m3 (distancias e/ 61 y 100 km) -$/km.m3 (distancias e/ 101 y 250 km) -$/km.m3 (distancias e/ 251 y 500 km) -$/km.m3 (distancias e/ 501 y 700 km) -$/km.m3 (distancias > a 700 km) | ||||
Estadía | $/Por día |
Demanda normal (en letras):
- Para el precio fijo equivale a un descuento del……………..………………..……...…… % sobre el precio máximo de referencia.
- Para el precio variable equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
- Para el precio por estadía equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
El precio de la oferta cubre el valor total de la prestación requerida, es decir, absolutamente todo lo necesario para el cumplimiento del objeto contractual en el plazo comprometido de conformidad con las reglas del arte y lo requerido en el Pliego, a plena satisfacción del CONTRATANTE
Toda la documentación debe presentarse firmada por representante legal que acredite facultades legales para obligar a la firma.
Firma del OFERENTE: Aclaración:
Demanda estacional Pico I (en letras):
- Para el precio fijo equivale a un descuento del……………..………………..……...…… % sobre el precio máximo de referencia.
- Para el precio variable equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
- Para el precio por estadía equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
Demanda estacional Pico II (en letras):
- Para el precio fijo equivale a un descuento del……………..………………..……...…… % sobre el precio máximo de referencia.
- Para el precio variable equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
- Para el precio por estadía equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
Demanda estacional Pico III (en letras):
- Para el precio fijo equivale a un descuento del……………..………………..……...…… % sobre el precio máximo de referencia.
- Para el precio variable equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
- Para el precio por estadía equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
El precio de la oferta cubre el valor total de la prestación requerida, es decir, absolutamente todo lo necesario para el cumplimiento del objeto contractual en el plazo comprometido de conformidad con las reglas del arte y lo requerido en el Pliego, a plena satisfacción del CONTRATANTE
Toda la documentación debe presentarse firmada por representante legal que acredite facultades legales para obligar a la firma.
Firma del OFERENTE: Aclaración:
XXXXX XX – C – BAIMOV II FORMULARIO DE COTIZACIÓN
El que suscribe................................................................. Documento en nombre y
representación de la Empresa………………………………….con domicilio legal en la Calle…………………………….…………………N°………..……….Localidad…………………………………...........Teléfono.....
........................................Fax..............................................., y con domicilio real en la
Calle…………………………….…………………N°………..……….Localidad…………………………………...........Teléfono.....
........................................Fax...............................................,N°deCUIT............................................. y
con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en (CONTRATO poder) que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones que rigen el presente concurso, cotiza los siguientes precios:
IMPORTANTE: Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales
Modalidad BAIMOV II | % de descuento Xxxxxx Xxxxxx | ||
Demanda normal | Demanda estacional Pico II | ||
Fijo | $/mes | ||
Variable | - $/km.m3 (distancias e/ 0 y 30 km) -$/km.m3 (distancias e/ 31 y 60 km) -$/km.m3 (distancias e/ 61 y 100 km) -$/km.m3 (distancias e/ 101 y 250 km) -$/km.m3 (distancias e/ 251 y 500 km) -$/km.m3 (distancias e/ 501 y 700 km) -$/km.m3 (distancias > a 700 km) | ||
Estadía | $/Por día |
Demanda normal (en letras):
- Para el precio fijo equivale a un descuento del……………..………………..……...…… % sobre el precio máximo de referencia.
- Para el precio variable equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
- Para el precio por estadía equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
El precio de la oferta cubre el valor total de la prestación requerida, es decir, absolutamente todo lo necesario para el cumplimiento del objeto contractual en el plazo comprometido de conformidad con las reglas del arte y lo requerido en el Pliego, a plena satisfacción del CONTRATANTE
Toda la documentación debe presentarse firmada por representante legal que acredite facultades legales para obligar a la firma.
Firma del OFERENTE: Aclaración:
Demanda estacional Pico II (en letras):
- Para el precio fijo equivale a un descuento del……………..………………..……...…… % sobre el precio máximo de referencia.
- Para el precio variable equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
- Para el precio por estadía equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia.
El precio de la oferta cubre el valor total de la prestación requerida, es decir, absolutamente todo lo necesario para el cumplimiento del objeto contractual en el plazo comprometido de conformidad con las reglas del arte y lo requerido en el Pliego, a plena satisfacción del CONTRATANTE
Toda la documentación debe presentarse firmada por representante legal que acredite facultades legales para obligar a la firma.
Firma del OFERENTE: Aclaración:
XXXXX XX – D – BAIMOV III FORMULARIO DE COTIZACIÓN
El que suscribe................................................................. Documento en nombre y
representación de la Empresa………………………………….con domicilio legal en la Calle…………………………….…………………N°………..……….Localidad…………………………………...........Teléfono.....
........................................Fax..............................................., y con domicilio real en la
Calle…………………………….…………………N°………..……….Localidad…………………………………...........Teléfono.....
........................................Fax...............................................,N°deCUIT............................................. y
con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en (CONTRATO poder) que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones que rigen el presente concurso, cotiza los siguientes precios:
IMPORTANTE: Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales
Modalidad BAIMOV III | % de descuento Precio Máximo Demanda normal | |
Fijo | $/mes | |
Variable | - $/km.m3 (distancias e/ 0 y 30 km) -$/km.m3 (distancias e/ 31 y 60 km) -$/km.m3 (distancias e/ 61 y 100 km) -$/km.m3 (distancias e/ 101 y 250 km) -$/km.m3 (distancias e/ 251 y 500 km) -$/km.m3 (distancias e/ 501 y 700 km) -$/km.m3 (distancias > a 700 km) | |
Estadía | $/Por día |
Demanda normal (en letras):
- Para el precio fijo equivale a un descuento del……………..………………..……...…… % sobre el precio máximo de referencia.
- Para el precio variable equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
- Para el precio por estadía equivale a un descuento del % sobre el precio
máximo de referencia
El precio de la oferta cubre el valor total de la prestación requerida, es decir, absolutamente todo lo necesario para el cumplimiento del objeto contractual en el plazo comprometido de conformidad con las reglas del arte y lo requerido en el Pliego, a plena satisfacción del CONTRATANTE
Toda la documentación debe presentarse firmada por representante legal que acredite facultades legales para obligar a la firma.
Firma del OFERENTE: Aclaración:
ANEXO V OFERTA TÉCNICA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El (o los) que suscribe (n), con domicilio en. , en su carácter de
representante/s legal/les (o titular/es) de la/s empresa/s. se
compromete/n a cumplir íntegramente con la prestación requerida.
Nos comprometemos a la prestación del servicio de transporte modalidad (consignar modalidad), de conformidad a lo establecido en el Pliego.
Proponemos (consignar cantidad de unidades vehiculares).unidades para la modalidad (consignar modalidad ), estas unidades serán afectadas al exclusivo uso de la prestación del SERVICIO.
Los datos domínales de tales unidades se consignan en los ANEXOS VII y VIII.
El grado de adecuación y el plazo comprometido para la adecuación total de los equipos propuestos al cien por ciento (100%) de lo requerido en las especificaciones técnicas, se consigna en la planilla prevista en el ANEXO VI.
Manifestamos con carácter de declaración jurada, que todos los choferes asignados para la prestación del SERIVICIO cuentan con el carnet habilitante y están habilitados en un todo de acuerdo a la normativa vigente para transporte de combustible (mercancía peligrosa).
Asimismo, nos comprometemos a mantener nuestra oferta por el plazo y en las condiciones establecidas en el pliego, acompañando como garantía de mantenimiento de la misma (consignar tipo de garantía).por el monto indicado en el Pliego de Bases y Condiciones.
Saluda (n) al Señor… muy atentamente.
(FIRMA Y ACLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL/APODERADO)
ANEXO VI
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA SOBRE CUMPLIMIENTO DEL PLAZO DE ADECUACIÓN
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Yo …………………………………….. en mi carácter de ………………………………de la empresa
…………………………………………………. declaro bajo juramento que en el plazo de
………………………………..días corridos computados desde la firma del contrato , realizaremos la adecuación de la unidad vehicular (consignar unidad/es vehicular/es a adecuar) a las especificaciones técnicas xxx Xxxxxx y nos comprometemos a cumplir en un cien por ciento (100%) con las especificaciones técnicas xxx XXXXXX.
(Nombre del declarante) (Función en la Empresa)
ANEXO VII FLOTA FIJA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(Se deberá completar con la flota propia disponible para la prestación del Servicio)
Los Oferentes deberán presentar un listado con 0la flota ofrecida para cada modalidad indicando la flota propia y de terceros.
Con respecto a los subcontratistas, el oferente deberá detallar la razón social y el acuerdo que los vincula.
Presentar una planilla para cada modalidad
(Nombre del declarante) (Función en la Empresa)
ANEXO VIII
FLOTA PROPIEDAD DE TERCEROS
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
FAVOR DE COMPLETAR UNA HOJA POR CADA FLETERO CONTRATADO DETALLANDO CANTIDAD DE
UNIDADES PROPIEDAD DE LA EMPRESA FLETERA. Los oferentes deberán presentar un listado con la flota ofrecida para cada modalidad indicando la flota propia y de terceros.
Con respecto a los subcontratistas, el oferente deberá detallar la razón social y el acuerdo que los vincula. Presentar una planilla para cada modalidad
(Nombre del declarante) (Función en la Empresa)
ANEXO IX
MODELO XX XXXXXXXX DE RESPONSABILIDAD
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes en el marco del Concurso Público ENARSA N° EE 02/2017 destinado a la prestación del SERVICIO TRANSPORTE CARRETERO DE COMBUSTIBLES LIVIANOS PARA LAS UNIDAD GENERADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA MÓVIL (UGEEM): UBICADAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
En ese sentido, por medio de la presente autorizamos a [….Nombre de la firma….], para que en su calidad de oferente del citado Concurso, se valga de los antecedentes de nuestra firma.
A tal efecto, comunicamos formalmente que [….Nombre de la firma….] asume la responsabilidad solidaria e ilimitada por las obligaciones asumidas por [….Nombre de la firma….] como resultado de la presentación de la oferta en el marco del Concurso Público ENARSA N° EE 02/2017, y eventualmente, las que asuma como Contratista.
Sin otro particular, saludamos a ustedes atentamente.
(Nombre del declarante) (Función en la Empresa)
NOTA: se deberá acompañar la constancia del órgano de administración de la casa matriz autorizando la xxxxxxxx de responsabilidad solidaria e ilimitada, que respalde la comunicación efectuada por el representante legal.
ANEXO X
CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE DE COMBUSTIBLE LIQUIDOS A
UGEEMS
A continuación se detalla el proceso de certificación mensual de los servicios de transporte terrestre de combustible a UGEEMs prestados por las Empresas de Transporte.
1. Pre-liquidación mensual
Al día 5 de cada mes, cada transportista deberá presentar un formulario de Pre- liquidación Transporte de Combustible, el cual contendrá un resumen de los servicios prestados en ese periodo de todas las modalidades (variable, fija y estadías).
Modalidad Variable: deberá estar discriminada por: N° remito de planta, N° de remito Cammesa, destino, origen, fecha de carga, chofer (nombre, apellido y DNI), Patente de tractor, Patente semi/cisterna, Volumen de carga a 15°, km recorrido y M3K (en caso de ser destino BAIMOV), días de descarga (en caso de ser destino GBAMOV), Volumen total descargado (M3), Volumen de carga menos Volumen de descarga (M3), equipamiento instalado (tipo de bomba de descarga, registrador/totalizador de volumen de descarga, impresor de tickets, etc).
Modalidad Fija: Deberá contener un detalle de los equipos del periodo pre- liquidado. La misma deberá estar discriminado por: Destino, Patente tractor, Patente semi/cisterna, Disponibilidad, Indisponibilidad (reemplazos si los hubiese), Capacidad de carga (total y por cisterna en M3).
Estadías: Deberá estar discriminada por: Patente tractor, Patente semi/cisterna, fecha de inicio, fecha de finalización de la estadía y total de días.
2. Aprobación de Certificado de Servicios de Transporte de Combustible
Hasta el día 10 hábil de cada mes y luego de haber presentado la Pre-liquidación, el Dpto. de Logística de Combustible recibirá por parte de las empresas transportistas, la documentación que acreditara los servicios prestados del mes, mediante un acuse de recibo donde figurará el sello de entrega de dicha recepción, la cual deberá incluir:
Certificado original de servicio de transporte de combustible emitido por el sistema DATAGEN, con firma, sello o aclaración del responsable. En dicho certificado NO deberá estar consignado el N° de factura.
Original de remitos de carga de combustible.
Original de actas de descarga de combustible.
Detalle de la pre-liquidación firmada por el responsable a cargo, donde consten los servicios prestados de: FIJO, VARIABLE Y ESTADIAS.
Detalle de toda la documentación presentada.
A tener en cuenta para la aprobación del certificado:
1. Toda la documentación debe ser original (no se admiten fotocopias ni duplicados).
2. En caso de existir correcciones en los documentos, deberán ser salvadas con la firma y aclaración del personal correspondiente de las empresas intervinientes.
3. La información consignada en la documentación debe coincidir exactamente con lo registrado en el sistema DATAGEN.
4. Desde el 25/04/16, el índice de tolerancia entre los volúmenes de carga y descarga de combustible debe ser 0%.
5. En caso de que queden equipos con remanente, serán certificados una vez que hayan sido descargados en su totalidad, dentro del mes pre-liquidado, presentando otro certificado que agrupe todas esas descargas, más los remitos, actas y detalle de la documentación presentada.
Sin la presentación de la documentación detallada anteriormente y en las condiciones que se solicita,
NO se certificará ningún servicio.
En caso de:
Rechazo total de la solicitud de certificado de servicio de transporte de combustible.
• Cuando la documentación presentada no reúna los requisitos del punto 1, se procederá al rechazo del certificado, se les informará vía e-mail, con el respaldo correspondiente, que deberá ser retirada por el Dpto. de Logística de Combustible. En un plazo de 48 hs. hábiles, deberán confeccionar un nuevo certificado, adjuntando nuevamente la documentación con los requisitos solicitados.
Rechazo parcial de remitos involucrados en la solicitud de certificado de servicio de transporte de combustible.
• Cuando un certificado de servicio de transporte de combustible contenga remitos o actas de descarga que no reúnan los requisitos informados oportunamente, se procederá al rechazo del remito en su totalidad. Dicho remito y actas de descarga serán escaneadas y enviados por e-mail para informar el rechazo de los mismos.
• Posteriormente, se devolverá la documentación original rechazada y se les asignará 48 hs. hábiles para volver a presentar la documentación en forma correcta, acompañada de un nuevo certificado que aplique a esa documentación rechazada.
• La documentación aprobada del certificado en cuestión, continuará su curso normal para dar por finalizado el proceso de aprobación.
3. Plazos estipulados para el control de la solicitud de certificado de servicio de transporte de combustible.
Desde el momento en que se recibe la documentación, por parte de la empresa de transporte, habrá un plazo de 7 días hábiles para su control.
4. Última instancia de aprobación.
Una vez evaluada la documentación presentada, se aprobará el certificado de servicio de transporte de combustible, en el Sistema Datagen.
Enarsa les enviará un certificado con el detalle de todos los servicios prestados del mes (fijo – variable
– estadías), aprobados para facturar. Cabe aclarar que ya no se podrán presentar facturas por separado, se liquidarán todos los servicios en una sola factura.
La factura, que ya se encontrará aprobada, deberá ser enviada al área de Pagos – Libertador 1068. Al momento de su recepción, comenzará a regir un plazo de 30 días para el pago correspondiente.
5. Observaciones
Cuando alguna de las actas de descarga posea errores que pueden subsanarse por parte de la empresa transportista, de manera excepcional, se procederá a informar para que retiren la documentación y sea subsanada y corregida.
La misma será devuelva en el lapso de 48 hs. hábiles, para que de esa manera, se pueda continuar con el procedimiento de aprobación del certificado de servicio de transporte de combustible.