CONDICIONES DEL CONTRATO ALQUILER DE AUTOCARAVANAS
CONDICIONES DEL CONTRATO ALQUILER DE AUTOCARAVANAS
1. CONDICIONES DEL VEHÍCULO: El Propietario, cede en arrendamiento el vehículo en perfecto estado de uso y conservación y en perfectas condiciones mecánicas, de seguridad y de
salubridad. Y autoriza expresamente al segundo como Conductor del vehículo referido.
2. CONDICIONES DE USO.: El Arrendatario utilizará el vehículo autocaravana única y exclusivamente como vehículo vivienda, para desplazarse y pernoctar tanto en territorio de Las Islas
Canarias QUEDA POR TANTO PROHIBIDA LA SALIDA DE LAS ISLAS CANARIAS Se prohíbe expresamente destinar el vehículo a cualquier actividad contraria a la moral, a las leyes y a las
buenas costumbres. Expresamente queda prohibido transportar más personas que las autorizadas en el contrato en función de su ficha técnica realizar carreras, concursos, transporte de
cualquier tipo de mercancías u objetos, y cualquier otro servicio o finalidad distinta de la convenida por ambas partes.
3. DURACION DEL CONTRATO: El contrato de arrendamiento tendrá la duración acordada por las dos partes, desde (ver parte de entrega) El periodo de alquiler comenzará con la firma del
contrato y con la recogida del vehículo Auto caravana, y finalizará transcurridos los días naturales acordados, procediéndose entonces a la devolución del vehículo, en el lugar designado o en
su defecto en la estación de alquiler original y en la hora convenida en el contrato.
4. DEVOLUCION DEL VEHICULO: En caso de que se produzca la devolución antes de la finalización del periodo de alquiler contratado por cualquier razón se deberá pagar igualmente el precio íntegro del arrendamiento acordado contractualmente. NO TENIENDO DERECHO A ABONO ALGUNO POR ESE CONCEPTO
5. RESERVA:. Las reservas de alquiler sólo serán vinculantes tras la confirmación expresa y escrita del Propietario. Para hacer efectiva la reserva de alquiler se deberá abonar, el porcentaje del precio fijado para el periodo, según tarifas y disponibilidad establecida por el propietario, en concepto de señal, que se entenderá a cuenta del importe del precio total del arrendamiento. Al
momento de la liquidación del precio total, se descontará el anticipo del mismo.
6. CANCELACION RESERVA: En caso de cancelación de la reserva por parte de la propiedad se procederá a la devolución del importe satisfecho en concepto de señal. En caso de
imposibilidad de llevarse a cabo el alquiler en la fecha convenida por causa de fuerza mayor o fortuita, el arrendatario podrá modificar el tiempo de alquiler optando por otras fechas, siempre
que exista disponibilidad no pudiendo exigir indemnización alguna. La anulación de la reserva por parte del Arrendatario faculta al Propietario a retener la totalidad del importe satisfecho en
concepto de señal, si la anulación se efectúa con menos de 30 días de antelación.
7. PRECIO: El precio es el fijado para el alquiler del vehículo y se determina en función de los días de alquiler reservados y en consideración a la lista de precios establecida por el propietario, en
vigor en el momento de formalizar el contrato.
8. LIMPIEZA Al entregar la autocaravana se abonara 60.-€ por limpieza del vehículo, en caso de que este no esté como se le entregó.
9. INCLUSIONES DENTRO DEL CONTRATO: El precio del alquiler incluye GRATUITAMENTE: seguro riesgo con franquicia de 600 €s del vehículo., Liquido químico para la totalidad del
contrato basándose en una cantidad de un depósito cada 3 días, Papel higiénico, Servilletas, Toallas de mano y ducha, Liquido Lavavajillas, Champú, Depósito de agua lleno, Baterías
cargadas, Agua potable lleno mantas sabanas toallas, menaje de cocina etc.
10. IMPORTE: El importe total del alquiler contratado deberá ser abonado en este acto, antes o simultáneamente al momento de la entrega del vehículo, mediante dinero en efectivo, o pago con
tarjeta, ingreso en cuenta bancaria en cuyo caso se habrá de aportar por el arrendatario justificante de dicho ingreso.
11. FIANZA: Asimismo se depositará en el mismo momento del pago del precio, y en idéntica forma de abono, la cantidad de 600€, en concepto de Fianza. Esta fianza de modo alguno significa ningún tipo de limitación cuantitativa respecto de las responsabilidades del Arrendatario frente al Propietario.
12. FIANZA: La fianza será devuelta después de ser examinado el vehículo por el Propietario, tras la devolución del mismo. El Propietario en caso de desperfectos por mal uso dictaminará el
importe que el Arrendatario deberá abonar. Este importe será deducido de la fianza depositada, aceptando el arrendatario el pago de la diferencia si el coste de los desperfectos supera el valor
de la fianza depositada. En caso de no ser posible la valoración de los desperfectos ocasionados de forma inmediata, el Propietario dispondrá de 60 días para efectuar la liquidación y devolver
la fianza si procede, o reclamar la diferencia entre esta y el coste de los desperfectos. En caso de un siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia de seguro a todo
riesgo.
13. ENTREGA VEHICULO: Previa confirmación del abono del precio y fianza. Se hace entrega de la Autocaravana con todos sus accesorios y en perfecto estado de uso y conservación, en
óptimas condiciones mecánicas, de seguridad y salubridad y provisto de toda la documentación necesaria.
14. CANCELACION DE LA RECOGIDA: El Arrendatario perderá la reserva y el anticipo cuando no recogiera el vehículo autocaravana en la fecha y hora convenida, salvo que confirme su llegada
inminente, o anule la reserva con 30 días de antelación. En caso contrario el Propietario podrá disponer libremente del vehículo. En caso de entrega en otro lugar distinto al de C/ Navajas nº 39
Granadilla de abona y no presentarse el cliente a recoger la Autocaravana se le esperara MEDIA HORA después del horario establecido y se regresara a nuestras instalaciones, posteriormente
el cliente contactara para una nueva entrega que será cobrada en caso de ser distinto al de nuestras instalaciones
15. OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO : El propietario no será responsable de los fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del vehículo, ni es responsable de gastos, retrasos o
perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.
16. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO: El arrendatario queda obligado a conservar, mantener y devolver el vehículo en el mismo buen estado en el que lo recibe.
17. CONDUCCIÓN DEL VEHICULO: El vehículo será conducido única y exclusivamente por el Arrendatario, persona con más de 5 años de antigüedad mínima de su permiso de conducir clase B y que no le ha sido ni retenido ni retirado por las autoridades. Deberá aportar copia del permiso de conducción al momento de la entrega del vehículo. Asimismo podrá designar en este mismo
acto el/los conductor/es, que cumpliendo sus mismos requisitos de edad y carné, podrán sustituirle en la conducción. Asimismo se responsabiliza que solo puedan conducir aquellos que han sido declarados conductores en este documento y que hayan aportado copia de su permiso de conducción. El conductor, se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y
limitaciones descritas en el vigente Código de circulación. Igualmente se compromete a no transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado.
18. GASTOS USOS VEHICULOS: Correrán a cargo del Arrendatario el coste de los gastos corrientes derivados del uso del vehículo durante el tiempo de vigencia de este contrato, debiendo
entregar el vehículo Autocaravana a su Propietario en el mismo nivel de suministros consumibles en que fue entregada, o en su caso deberá abonar el coste de los mismos. Todos los
depósitos se entregaran lleno por parte del propietario.
19. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO: El arrendatario se obliga muy especialmente a cuidar los bienes arrendados (en su caso el bien arrendado) y conducirlo con la mayor diligencia y
cuidado, respondiendo de cualquier deterioro derivado de una defectuosa, negligente o temeraria conducción. El arrendatario indemnizara al arrendador de cualquier menoscabo en los bienes
arrendados sea cual sea la causa de tal menoscabo. El arrendatario se obliga a comprobar regularmente los niveles de aceite del motor y caja de cambios, liquido refrigerante y demás que
correspondan al vehículo, respondiendo, a su xxxxx, del correcto entretenimiento del vehículo mientras tenga la posesión del mismo.
20. RESTITUCION DEL VEHICULO: El Arrendatario devolverá el vehículo en idénticas condiciones de uso y conservación que lo recibe. Los retrasos en la devolución que no se deban a causas de fuerza mayor, no imputables al Propietario o que no estén autorizados, serán penalizados con el doble de la tarifa diaria aplicable. Esta indemnización es fijada para compensar el uso de la autocaravana , pero , además, el arrendatario deberá indemnizar al arrendador cualquier otro perjuicio, como , por ejemplo, las cantidades que esta sociedad deba satisfacer a terceros perjudicados que hubiesen hecho una reserva y que no pudiesen recibir una Autocaravana por la prolongación de la posesión descrita, medie o no culpa del arrendatario. Como norma se cobrara 20 € por cada hora de retraso en la entrega de la Autocaravana , salvo hora pactada por escrito en el correspondiente contrato.
21. EXAMEN DEL VEHICULO: Al momento de la devolución, el vehículo será objeto de un examen a fin de comprobar el estado general, el vaciado del WC y los depósitos de aguas residuales, así como posibles desperfectos debidos al mal uso. Entregado el vehículo en perfectas condiciones se devolverá la fianza, en otro caso se retendrá la fianza hasta determinar el valor de los desperfectos en la forma descrita en la Estipulación Sexta. La autocaravana será devuelta en el mismo estado de uso y conservación en que se entrega.
22. PROHIBICIONES: Además de las prohibiciones contenidas en la Estipulación Segunda, derivadas de las condiciones de uso, Se prohíbe expresamente al Arrendatario subarrendar o
realquilar, total o parcialmente, ya sea a título gratuito u oneroso, el vehículo autocaravana objeto de este contrato, así como ceder su uso a terceros. Igualmente queda prohibida la conducción
por terceros. El Arrendatario se responsabiliza que solo puedan conducir aquellas personas que han sido declaradas conductores en el contrato y que cumplen los requisitos exigidos para ello.
23. MODIFICACIONES: Queda expresamente prohibido al Arrendatario variar cualquier característica técnica u ornamental del vehículo Autocaravana, así como su equipamiento y accesorios, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior e interior, salvo expresa autorización escrita del Propietario. En caso de incumplimiento de esta prohibición el Arrendatario correrá con todos los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, debiendo abonar asimismo una indemnización por la inmovilización hasta su total reparación. que será la pérdida total de la fianza por incumplimiento de contrato.
24. FUMAR: Cumpliendo con BOE-A-2010-20138 Queda prohibido fumar dentro de la Autocaravana además por respeto a los enseres y la el respeto a los clientes siguientes que no fumen. El incumplimiento de esta norma conllevara el pago por parte del arrendatario de los gastos ocasionados por el incumplimiento de dicha norma de obligado cumplimiento. Si se incumple acarreara la pérdida TOTAL de la fianza por incumplimiento de contrato.
25. ANIMALES: Queda rigurosamente prohibido la tenencia y el transporte de animales dentro de la Autocaravana, salvo los animales que recoge la ley como perros guías para ciegos, en este se
le comunicara INEXCUSABLENTE a este hecho y constara dentro de las clausulas particulares del contrato. Si no fuese así también esta TAXATIVAMENTE prohibido
en este caso. En caso de incumplimiento perderá LA TOTALIDAD de la fianza por incumplimiento de contrato.
26. PORROGA DEL CONTRATO: Si el Arrendatario solicita la prórroga del contrato al arrendamiento deberá comunicarlo al Propietario con una antelación mínima de 3 días a la finalización del periodo de alquiler inicialmente pactado. La eventual confirmación de la prórroga estará sujeta a la disponibilidad que en ese momento tenga el Propietario, no asumiendo por tanto éste último compromiso previo alguno a este respecto. SIEMPRE se le efectuara una modificación del contrato para recoger este hecho.
27. SEGURO OBLIGATORIO: El vehículo objeto de este contrato se encuentra asegurado con el correspondiente seguro obligatorio de vehículos en vigor, en las condiciones que en su póliza se
contienen, por la totalidad del valor del vehículo y con cobertura de daños a terceros. cuyo recibo se aporta junto a la documentación, junto a los teléfonos de asistencia en carretera 24 Horas.
28. ACCIDENTES O AVERIAS: En caso de rotura de algún elemento de la autocaravana, avería o accidente, el Arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al Propietario a los teléfonos que se le facilitarán al recoger el vehículo a fin de que el mismo, en su calidad de tomador, pueda dar oportuno parte a la Compañía de Seguros, conforme a las condiciones establecidas en la póliza
de seguro correspondiente. En caso de pequeñas averías el Arrendatario deberá anticipar el pago del coste que posteriormente le será reembolsado. Si la reparación es superior a 90 € se
requerirá en todo caso la conformidad del Propietario.
29. ACCIDENTE: En caso de accidente de cualquier importancia SIEMPRE se solicitara un atestado por parte de la autoridad competente de cara a la compañia de seguros , sin este atestado la compañía de seguros no se hace responsable.
30. RESPONSABILIDADES DEL ARRENDATARIO: El Arrendatario responde de cualquier sanción o multa que le fueren impuestas por las autoridades y de los desperfectos en el vehículo,
durante la vigencia del presente contrato, En caso de que como consecuencia de ello el vehículo fuera retenido o embargado, además responderá ante el Propietario de los gastos e incluso
del lucro cesante que tal situación le provoque, calculándose éste sobre la base de la tarifa diaria del alquiler del vehículo retenido. Este importe no será atendido por la compañía de seguro.
31. RIESGO Y XXXXXXX DEL CONTRATO: El arrendamiento es por riesgo del Arrendatario. en caso de avería o accidente no se suspende la vigencia del contrato, salvo por culpa o negligencia
grave del Propietario. Las averías y accidentes provocados además por causa única y exclusivamente imputables al Arrendatario serán por su cuenta.
32. ZONAS DE ACAMPADA El arrendatario será responsable de acampar en los lugares habilitados para ello y será responsable ante las autoridades competentes del incumplimiento de estanorma, sin embargo puede pernoctar en los lugares adecuados. En nuestra Web hay información de lugares presuntamente autorizados para ello, pero es solo INFORMACION y por tanto tienen la obligación de confirmarlo ante las autoridades locales quien son los responsables de este hecho en última instancia.
33. PERNOCTAR: Según Instrucción 08/V-74 del ministerio del interior Nota: Se entiende por pernoctar aparcar de manera correcta dentro de los límites del aparcamiento y no tener elementos
exteriores tales como sillas, mesas toldos, ropa ..etc.
34. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO: Es causa de resolución del presente contrato, además de las establecidas en el Código Civil en sede de obligaciones y contratos, el
incumplimiento de cualesquiera obligaciones recogidas en el presente documento.
35. PERSONAS AUTORIZADAS: En la hoja de entrega se relacionaran las personas autorizadas para viajar y pernoctar dentro de la Autocaravana solo estas están autorizadas queda prohibido
por tanto la utilización por cualquier persona ajena a estas.
36. VERACIDAD DE LOS DATOS: Los datos aportados por el arrendatario se entiende que son correctos, cualquier falsedad con mala intención anulara de pleno derecho este contrato, sin
menoscabo de las responsabilidades jurídicas que conlleve.
37. NORMAS DE TRAFICO: La Autocaravana tiene todos sus cinturones y sistemas de seguridad instalados y es obligatorio su uso por todos los ocupantes, estos durante la marcha deberán ir
correctamente sujetos y no podrán ni estar acostados, ni en otro lugar de la Auto caravana mientras está este en marcha y será su responsabilidad el cumplir todas las normas de tráfico
establecidas bien nivel estatal o local.
38. APARCAMIENTO: Se le recuerda al arrendatario que al aparcar se tendrá obligatoriamente que hacer en lugar plano (pues la nevera no funciona correctamente inclinada) y seguro por lo que
se extremaran las precauciones de seguridad con inclinación xx xxxxxx directrices, freno de mano a fondo, marcha contraria y a ser posible apoyar las ruedas en bordillos o similar para evitar
que durante el uso y movimientos el vehículo pudiese moverse y ocurrir un accidente.
39. SUMISION JUDICIAL: Para todos los conflictos que puedan surgir en la interpretación, aplicación, efectos e incumplimiento de este contrato por las partes, los contratantes se someten a los
juzgados y Tribunales de Granadilla de Abona, renunciando expresamente a cualquier otro foro que les pudiera corresponder.
40. RESIDUOS: El arrendatario deberá de dejar perfectamente limpios tanto las aguas residuales, como los químicos en caso contrario se le facturara de manera INEXCUSABLE lo siguiente:
QUIMICO: 100 € , Grises 25 €.Una vez el propietario este presente no ha lugar el vaciado pues tendra que retirar el vehiculo.
41. VERTIDOS: El arrendatario será el único responsable de los vertidos de agua residuales y contenido del químico, deberá de efectuar su descarga en lugares autorizados EXPOSICION