CONTRATO No. 022-2018 CLASE DECONTRATO DE SUMINISTRO. CONTRATANTE SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.NIT: 890.205.335-2R/L: MIGUEL ANGEL JIMENEZ MENESESCargo: Gerente CONTRATISTA JESUS ANTONIO MORENOC.C. No. 74.301.020 de Santa Rosa de Viterbo - Boyacá...
XXXXXXXX Xx. | 000-0000 |
CLASE DE CONTRATO | DE SUMINISTRO. |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335-2 R/L: XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX Cargo: Gerente |
CONTRATISTA | XXXXX XXXXXXX XXXXXX X.X. No. 74.301.020 de Santa Xxxx xx Xxxxxxx - Boyacá Establecimiento de comercio: VARIEDADES XXXXXXX Dirección: Xxxxx 0 Xx. 0 - 00 Xxxxxxxxxxxx - Xxxxxxxxx Celular: 320 – 0000000 |
OBJETO | “SUMINISTRO DE FRUTAS Y VERDURAS PARA LA ALIMENTACION DE LOS PACIENTES ENFERMOS XX XXXXXX RESIDENTES EN LOS ALBERGUES SAN XXXX XXXXX Y XXXXX XXXXXXXXX, USUARIOS HOSPITALIZADOS Y DEMAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA MISION DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.” |
PLAZO DE EJECUCION | SEIS (6) MESES, a partir de la suscripción del acta de inicio y/o hasta agotar los recursos asignados. |
VALOR | VEINTE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($20.500.000,oo) M/CTE. incluido IVA |
Entre los suscritos a saber, XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad y vecino del municipio de Contratación, departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No.79.290.424 de Bogotá D.C., quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 657 xx Xxxxx 21 de 2017, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 03 xx Xxxx de 2017, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación
E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No.06 xx Xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE, por una parte y por otra XXXXX XXXXXXX XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No.
74.301.020 de Santa Xxxx xx Xxxxxxx - Boyacá, con establecimiento de comercio denominado VARIEDADES XXXXXXX, con matrícula mercantil No.00-000000-00 del 1998/02/27, renovada en Marzo 02 de 2017, expedido por la Cámara de Comercio de Bucaramanga y quien afirma hallarse legalmente capacitado, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E. y demás normas aplicables a la materia y que para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por la Encargada xx Xxxxxxx y el Encargado del Economato del Sanatorio de Contratación E.S.E. que registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 2) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.2.1 del artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se
adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado” y teniendo en cuenta que se trata de contratar el suministro de frutas y verduras cuyo valor estimado no supera los veintiocho (28) SMLMV, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “MINIMA CUANTIA CON INVITACION DIRECTA”, razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a un proveedor que cumpla los requisitos exigidos en el estudio previo, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas. 3) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato, según consta en el certificado de disponibilidad presupuestal No.18-00061 de fecha Enero 25 de 2018, expedido por el Encargado de Presupuesto de la Entidad. 4) Que por lo anterior, se invitó de manera directa a presentar oferta a XXXXX XXXXXXX XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.301.020 de Santa Xxxx xx Xxxxxxx - Boyacá, con establecimiento de comercio denominado VARIEDADES XXXXXXX, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada, se consideró que era la más adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos, además que es la más económica y no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 5) Que de acuerdo a lo anterior, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: PRIMERA - OBJETO: “SUMINISTRO DE FRUTAS Y VERDURAS PARA LA ALIMENTACION DE LOS PACIENTES ENFERMOS XX XXXXXX RESIDENTES EN LOS ALBERGUES XXX XXXX XXXXX Y XXXXX XXXXXXXXX, USUARIOS HOSPITALIZADOS Y DEMAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA MISION DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.” de conformidad con lo
dispuesto en los estudios y documentos previos y la oferta presentada por el contratista; documentos que forman parte integral del presente contrato y según la siguiente relación:
DESCRIPCIÓN FRUTAS Y VERDURAS | UNIDAD DE MEDIDA | VAL. UNITARIO |
ACELGAS | Atado | 1.100 |
AGUACATE | Libra | 3.000 |
AGRAS | Libra | 14.000 |
AHUYAMA | Libra | 900 |
AJOS | Atado | 2.500 |
APIO | Atado | 2.500 |
ARVEJA EN CASCARA | Libra | 2.600 |
BANANOS | Libra | 1.200 |
BERENJENA | Libra | 1.200 |
CALABACIN | Libra | 1.200 |
CEBOLLA CABEZONA | Libra | 1.500 |
CEBOLLA LARGA | Libra | 1.500 |
CHAMPIÑONES | Libra | 9.000 |
COCO | Unidad | 4.800 |
COLIFLOR | Unidad | 2.000 |
CURUBA | Libra | 1.400 |
DURAZNOS | Libra | 2.600 |
ESPINACA | Libra | 1.500 |
FEIJOA | Libra | 3.000 |
FRESAS | Libra | 3.200 |
FRIJOL ENCASCARA | Libra | 1.700 |
GUANABANA | Libra | 2.800 |
GUAYABA | Libra | 1.500 |
HABICHUELA | Libra | 1.500 |
KIWI | Libra | 8.500 |
XXXXXXX XXXXXXX | Unidad | 2.500 |
LIMONES | Libra | 1.500 |
LULO | Libra | 2.000 |
MANGOS | Libra | 2.200 |
MANZANAS XXXXX | Unidad | 1.300 |
MANANAS VERDES | Unidad | 1.500 |
MARACUYA | Libra | 2.000 |
MAZORCAS | Unidad | 1.300 |
MELON | Libra | 2.000 |
XXXX | Libra | 2.000 |
NABO | Libra | 1.600 |
NARANJAS | Unidad | 200 |
PAPA CRIOLLA | Libra | 1.500 |
PAPA PASTUSA | Bulto | 73.000 |
PAPAYA | Libra | 1.400 |
PATILLA | Libra | 1.000 |
PEPINO COHOMBRO | Libra | 1.200 |
PEPINO CORRIENTE | Libra | 1.500 |
PERAS | Unidad | 1.400 |
PIÑA PEROLERA | Unidad | 3.000 |
PITAYA | Libra | 6.500 |
PLATANO | Arroba | 30.000 |
RAICES CHINAS | Bandeja | 2.500 |
REMOLACHA | Libra | 1.200 |
REPOLLO | Libra | 1.000 |
TOMATE DE ARBOL | Libra | 1.800 |
TOMATE DE GUISO | Libra | 1.600 |
UCHUVAS | Libra | 2.800 |
UVA CHILENA | Libra | 7.000 |
UVA CRIOLLA PEQUEÑA | Bandeja | 2.500 |
XXXX | Xxxxxx | 30.000 |
ZANAHORIA | Libra | 1.500 |
PARÁGRAFO. El suministro de los bienes anteriormente descritos se realizará de conformidad con la necesidad de la entidad, por lo anterior, no se pactará el suministro de cantidades fijas, sino mediante los requerimientos y solicitudes de la entidad. Las partes acordaran, que teniendo en cuenta que los productos pueden sufrir fluctuaciones en el precio, las variaciones en el precio unitario se estipularan y acordaran mediante actas por escrito por las partes contratantes, debiendo soportarse el incremento o decremento de los precios, en pruebas documentales. CLAUSULA SEGUNDA. VALOR Y FORMA DE PAGO: Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de VEINTE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($20.500.000,oo) M/CTE. incluido IVA. Se cancelará mediante actas parciales acorde a los pedidos parciales que se soliciten para la realización de las actividades, cuyo valor se liquidará teniendo en cuenta la cantidad de insumos, efectivamente suministrados para cada actividad, por los valores acordados en el contrato, previa presentación de factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por la supervisión del contrato y constancias de pago de las obligaciones por conceptos de Seguridad Social Integral y Parafiscales si a ello hubiere lugar. CLAUSULA TERCERA - PLAZO DEL CONTRATO: SEIS (6) MESES, a partir de la suscripción del acta de inicio y/o hasta agotar los recursos asignados. XXXXXXXX XXXXXX - DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Realizar la supervisión del contrato mediante los supervisores designados por la gerencia. c) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Ejecutar el objeto del contrato de acuerdo con el plazo estipulado. b) Entregar las frutas y verduras solicitadas, que cumplan con las características definidas en el presente estudio previo, de conformidad con la propuesta técnica presentada. c) Garantizar la oportunidad y entrega completa de las frutas y verduras de acuerdo a la solicitud por escrita de los supervisores. d) Garantizar que las frutas y verduras sean entregados en excelente calidad y conservación y óptimos para el consumo humano. e) Realizar los cambios inmediatos de aquellas frutas y verduras que se consideren no aptas para el consumo humano. f) Hacer entrega de las frutas y verduras según lo estipulado en el Sanatorio de Contratación E.S.E, ubicado en la Xxxxx 0 Xx. 0-00 xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx y de acuerdo al estudio de Oportunidad y conveniencia. g) Presentar la factura con el despacho de las frutas y verduras de acuerdo a los pedidos parciales hechos por el Sanatorio de Contratación E.S.E. h) Acreditar el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. I) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2018, Rubros 2010 Gastos Generales-Adición Bienes- Materiales y Suministros-Víveres, de conformidad con el certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) No.18-00061 de fecha Enero 25 de 2018,
expedido por el Encargado de Presupuesto de la Entidad. CLAUSULA OCTAVA - SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de suministros será efectuada por la Encargada xxx Xxxxxxx y el Encargado del Economato del Sanatorio de Contratación E.S.E. quienes tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA. GARANTÍAS - GARANTÍAS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 numeral 2, 4 y concordantes del manual interno de contratación de la entidad y teniendo en cuenta que se trata del SUMINISTRO DE FRUTAS Y VERDURAS, se considera necesario y oportuno exigir al CONTRATISTA la constitución a su xxxxx y a favor del Sanatorio de Contratación E.S.E., garantías únicas que amparen los siguientes riesgos: a) Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. El valor de la garantía será igual al veinte por ciento (20%) del valor del contrato con una vigencia igual a la del contrato y seis (6) meses más. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA - CLAUSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE EJECUCIÓN DEL
CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El CONTRATISTA
mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE
INTEGRAL DEL CONTRATO. Forma parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato
se perfecciona con las firmas de los de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos (02) ejemplares del mismo tenor y valor, a los veintiséis (26) días del mes de Enero de Dos mil Dieciocho (2018).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(ORIGINAL FIRMADO)
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX. XXXXX XXXXXXX XXXXXX.
Gerente C.C.No.74.301.020 Sta. Xxxx X.
Sanatorio Contratación E.S.E. “VARIEDADES XXXXXXX”
Proyectó: | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxx. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Asesor Jurídico Interno. |