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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS DE SERVICIOS PARA LA DIRECCIÓN DE LA EJECUCIÓN Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL “XXXXXXX X.X.X.X.” Y APARCAMIENTO COMÚN EN EL P.E.R.I. “SAN XXXXXX” EN TOLEDO, CONVOCADA POR LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.
ÍNDICE
I. DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO DEL CONTRATO
2. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
4. PERFIL DEL CONTRATANTE
5. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
6. REVISIÓN DE PRECIOS
7. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
8. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
9. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS CONTRATISTAS
10. FORMA Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS.
11. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
12. CAUSAS DE RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES
13. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
14. UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN Y BAJAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS.
15. GARANTIAS
16. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
17. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
18. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
19. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
20. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
21. PENALIDADES POR DEMORA
22. SUBCONTRATACIÓN
23. TERMINACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE GARANTÍA.
I. DISPOSICIONES GENERALES.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1. El objeto del contrato es la prestación de los servicios consistentes en la DIRECCIÓN DE LA EJECUCIÓN Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS cuya descripción se establece en el Punto A.1 del Cuadro Resumen de Características Particulares (en adelante CCP).
1.2. La Dirección de Obra incluirá como prestaciones principales las establecidas en el Punto A.3 del CCP.
2.- NATURALEZA Y REGIMEN JURÍDICO.
2.1. El contrato que resulte de la adjudicación conforme al presente pliego y a las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN es, de acuerdo con el artículo 20.1 la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), de naturaleza privada y, por su objeto, conforme al artículo 10 de dicho texto legal, ha de ser calificado como contrato de servicios, con la categoría y denominación que, de acuerdo con el Anexo II LCSP, se establece en el Punto B del CCP, por lo que se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en lo no previsto en él, en defecto de normas específicas, por lo dispuesto en la LCSP y en el RCAP en todo lo que no se oponga a tal norma, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el derecho privado.
2.2. Las remisiones que se efectúen a la LCSP y al RCAP no suponen una alteración de la naturaleza privada del presente contrato, ni implica que la contratación se rija por lo dispuesto en dicha normativa más que en los aspectos que expresamente se indican en este pliego y en las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
2.3 Dado que GICAMAN es poder adjudicador y que el objeto del contrato al que resulta de aplicación el presente pliego se encuentra comprendido en las categorías 1 a 16 del Anexo II de la LCSP y su valor estimado es inferior a 206.000 euros, el contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada.
2.4. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentos anexos, así como las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN revestirán carácter contractual.
2.5. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerán las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN, en las que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato, salvo que, de manera expresa, se establezca la prevalencia xxx xxxxxx de cláusulas administrativas y/o documentos anexos, atendiendo a razones de especialidad sobre la documentación a presentar, así como sus plazos.
3.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
El órgano de contratación es la sociedad GICAMAN, siendo su Presidente quien, según los Estatutos, ostenta la capacidad para contratar.
4.- PERFIL DEL CONTRATANTE.
El acceso público al perfil del contratante se efectuará a través del portal web de GICAMAN (http:\\xxx.xxxxxxxxx.xx).
5.- PRESUPUESTO DE LICITACION.
5.1. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación de la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 134.1 LCSP y con los criterios establecidos en el presente pliego, y como máximo ascenderá,
sin incluir el Impuesto del Valor Añadido (en adelante IVA), al importe que se establece en el Punto C del CCP. La cuota de IVA se encuentra desglosada en dicho Punto C.
5.2. Los licitadores al formular sus proposiciones económicas podrán mejorar a la baja el presupuesto establecido.
5.3. Los licitadores sólo podrán presentar una oferta económica para la ejecución de los servicios referidos.
5.4. Tanto en las ofertas económicas que formulen los licitadores como en la propuesta de adjudicación del contrato se indicará, como partida independiente, el importe del IVA repercutido de conformidad con lo establecido en el artículo 129.5 LCSP.
5.5. A todos los efectos se entenderá que el presupuesto de licitación comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución de las prestaciones contratadas tales como los gastos de los anuncios de licitación, los de formalización del contrato y cuantos existan legalmente establecidos o se establezcan en un futuro sobre estas materias. Asimismo en las ofertas que formulen los licitadores se entenderán comprendidos los impuestos, tasas y gravámenes que pudieran derivarse de la ejecución del contrato.
6. REVISIÓN DE PRECIOS.
6.1. El precio de los servicios sólo será revisado por las circunstancias que se indican en la cláusula 19.2 del presente pliego y previo cumplimiento de los trámites procedentes. En ningún caso será incrementado como consecuencia del aumento del presupuesto del proyecto para que las obras puedan ser objeto de licitación y susceptibles de adjudicación en condiciones normales xx xxxxxxx, o por la introducción de unidades de obra no previstas en el momento de la firma del contrato, que fuese preciso introducir antes de la aprobación del proyecto, como consecuencia de requisitos técnicos o urbanísticos de obligado cumplimiento que el adjudicatario debiera conocer o ser capaz de interpretar, de acuerdo con su cualificación profesional.
6.2. En los casos en los que los precios puedan ser revisados conforme al apartado anterior, y, de acuerdo con el artículo 77 LCSP, haya transcurrido más de un año desde
la adjudicación y se haya ejecutado, al menos, el 20 por 100 de su importe, la revisión se efectuará con arreglo a la fórmula establecida en el Punto E.2 del CCP.
6.3. No se revisará en ningún caso el importe del contrato de redacción del proyecto y dirección de obra a pesar de que existan saldos a favor del contratista de las obras en la liquidación final del contrato de ejecución de las mismas.
7.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
7.1. El plazo de vigencia del contrato comenzará en el momento de formalización del contrato y se extenderá hasta la terminación y liquidación de las obras.
7.2. Los plazos de ejecución de las prestaciones son los establecidos en el Punto F del CCP.
El plazo de inicio se computará a partir de la fecha del acta de comprobación del replanteo de las obras, si no tuviese reservas o, en caso contrario, al siguiente al de la notificación al contratista de la resolución autorizando el inicio de las obras.
En el supuesto de que el plazo de ejecución de las obras sea prorrogado, por cualesquiera circunstancias, se entenderá automáticamente prorrogado el plazo de ejecución de los servicios de dirección facultativa. Para ello bastará la notificación de dicha prórroga por GICAMAN al contratista.
7.3. El contratista que resulte adjudicatario del contrato deberá realizar las prestaciones contempladas en este pliego dentro del plazo global señalado.
7.4 El plazo de ejecución material del contrato podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de GICAMAN, S.A. en los supuestos y con los aumentos de plazos siguientes:
a. Modificación del contrato acordada en virtud de lo previsto en la cláusula
19 de este pliego. El plazo de prórroga será el que resulte del proyecto modificado sin que pueda exceder de la mitad del plazo inicial del contrato.
b. Incumplimiento parcial del plazo de ejecución por causa no imputable al contratista, debido a acontecimientos totalmente ajenos a su voluntad e imprevisibles para él, cuando se comprometa a ejecutar totalmente la obra en un plazo máximo igual al perdido. No se considerará como causa no imputable
al contratista las inclemencias meteorológicas normales teniendo en cuenta la provincia y época del año en la que se ejecutara la obra que han debido ser tenidos en cuenta por el contratista al realizar su oferta.
c. Incumplimiento parcial del plazo de ejecución por parte del contratista cuando, tras la oportuna sanción, se comprometa a concluir los trabajos en el plazo adicional que se le conceda.
d. Suspensión del contrato por causa de retraso en el pago por parte de GICAMAN que no dé lugar a la resolución del mismo: la prórroga será igual al tiempo de suspensión de la ejecución por esta causa.
e. Suspensión temporal total acordada por el órgano de contratación en el supuesto previsto en el artículo 99 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
En todo caso, las condiciones del contrato durante su prórroga serán las establecidas en este pliego y en los restantes documentos contractuales sin que pueda haber más alteraciones que el plazo de ejecución y, en su caso, las que se deriven del proyecto modificado.
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
8.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
8.1 La selección del adjudicatario se llevará a cabo con arreglo a lo dispuesto en las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN, en el presente pliego y con sujeción a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación (175 LCSP).
8.2 La adjudicación del contrato se realizará mediante el procedimiento establecido en el Punto G.1 del CCP.
8.2.1. En el supuesto de que la adjudicación se efectuase mediante el procedimiento negociado sin publicidad, ésta recaerá en el licitador que haya realizado la oferta económica más ventajosa, una vez valoradas las ofertas presentadas y tramitadas conforme al artículo 60 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
8.2.2. En el supuesto de que la adjudicación se efectuase mediante el procedimiento negociado con publicidad, ésta recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar, en su caso, consultas a diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, tramitado conforme al artículo 61 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
8.2.3. La adjudicación del contrato se realizará mediante el procedimiento abierto y recaerá en el licitador que haya realizado la oferta económicamente más ventajosa, una vez valoradas las ofertas presentadas conforme a los criterios de valoración establecidos en el presente pliego, tramitado conforme al artículo 62 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
8.3 La forma de tramitación del procedimiento será la que se determine en el Punto
G.2 del CCP.
9.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS CONTRATISTAS.
Estarán facultadas para contratar con GICAMAN las personas naturales o jurídicas, o uniones temporales de ellas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de acuerdo con el artículo 56 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
10.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS.
10.1. Las ofertas deberán presentarse íntegramente redactadas en castellano, serán secretas y se sujetarán al modelo que acompaña al presente pliego (Anexo nº I “Solicitud de Participación”). Su presentación presume la aceptación incondicionada por el empresario de la totalidad de las cláusulas xxx xxxxxx y de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN, sin salvedad ni reserva alguna.
10.2. Las personas naturales o jurídicas que deseen tomar parte en el presente procedimiento licitatorio para la contratación del servicio consistente en (…) presentarán sus proposiciones en sobre cerrado identificado en su exterior con el nombre y apellidos o razón social de la empresa firmado por el licitador o persona que lo represente, con el título “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN CONVOCADA PARA CONTRATAR EL SERVICIO CONSISTENTE EN ………………… .
NÚMERO DE EXPEDIENTE ”.
Dentro del citado sobre se contendrán otros dos sobres igualmente cerrados, identificados respectivamente en su exterior, como “Sobre A” y Sobre C, con la identificación y la firma del licitador o persona que lo represente, en los que se incluirá el contenido establecido en los artículos 56 y 58 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
11.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
11.1. Las proposiciones de los licitadores, junto con la documentación preceptiva se presentarán en las oficinas de GICAMAN sitas en Toledo, Plaza de San Xxxxxxx, nº 5, en horario de 9:00 horas a 14:00 horas.
Asimismo, las proposiciones podrán ser enviadas por correo. En este caso el licitador deberá anunciar la remisión de su oferta al órgano de contratación a lo largo del mismo día mediante fax, remitido al número que se indique en el anuncio de licitación, al que deberá adjuntar el justificante de remisión de la oferta con anterioridad a la fecha y hora de tramitación del plazo señalado en el anuncio. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición.
11.2. El plazo de presentación de ofertas concluirá en la fecha indicada en el Punto I.1. del CCP y/o en el anuncio de licitación llevado a efecto.
11.3 Conforme con lo previsto en la Disposición Adicional 15º LCSP, todos los plazos del procedimiento de contratación se entenderán referidos a días naturales, salvo que en el pliego se indique expresamente que son días hábiles.
11.4. No serán admitidas las proposiciones que hayan sido presentadas en un registro distinto al de GICAMAN indicado en el apartado 11.1 y que lleguen a GICAMAN fuera del plazo concedido para su presentación.
12. CAUSAS DEL RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones presentadas por los licitadores serán rechazadas por la Mesa de Contratación cuando concurra cualquiera de las causas señaladas en el artículo 51 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN, sin que exista posibilidad de subsanación por parte del licitador.
13. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
El único criterio sobre el que versará la valoración será el PRECIO.
Se considerará a estos efectos que la máxima valoración la tendrán aquellas ofertas económicas cuyo porcentaje de baja esté situado a 5 o más puntos por encima del porcentaje de baja media de la totalidad de las ofertas admitidas, valorándose el resto de las ofertas en función decreciente a la proximidad de su baja a la baja media incrementada en 5 puntos.
14.- UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN Y BAJAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS.
14.1. A los efectos de determinar las ofertas con valores anormales o desproporcionados se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 68 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
14.2. En el caso de que se detecte una oferta que pueda ser considerada desproporcionada o anormal se procederá conforme al apartado 3 del artículo 68 de las Instrucciones Generales de Contratación de GICAMAN y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
15.- GARANTÍAS.
15.1. Para tomar parte en el procedimiento de licitación, NO se exige la constitución de garantía provisional. Sin embargo, los licitadores deberán aportar un documento en el que se deje constancia de su compromiso de constituir la garantía definitiva en caso de resultar adjudicatario del contrato según lo previsto en el apartado siguiente. Se acompaña como ANEXO Nº II modelo de compromiso de constitución de la garantía definitiva.
15.2. Quien resulte adjudicatario del contrato deberá constituir garantía definitiva equivalente al 10% del importe de adjudicación, excluido el IVA para asegurar la correcta ejecución del contrato. Se acompaña como Anexo nº III modelos de garantía definitiva.
15.3. Las garantías deberán ser constituidas en el plazo y forma señalados en los artículos 27 a 31 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
15.4. La garantía definitiva se mantendrá durante todo el plazo de ejecución del contrato y durante el plazo de 1 año correspondiente a la garantía desde la recepción de las obras.
Sólo transcurrido el citado plazo será cancelada, siempre que el contratista haya emitido el Informe Final al que viene obligado conforme a la cláusula 1 del presente pliego. Mientras dicho informe no haya sido recibido por GICAMAN, no será cancelada la garantía.
15.5.- Cuando a consecuencia de la modificación del contrato, el valor total de éste experimente variación se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y el presupuesto de los trabajos vigentes en cada momento.
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
16.1. El adjudicatario queda obligado a suscribir dentro del plazo de 3 días, contados desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, el correspondiente contrato privado.
16.2 A petición del adjudicatario podrá formalizarse el contrato en escritura pública, quedando obligado el adjudicatario a sufragar los gastos que ello conlleve.
16.3. El adjudicatario vendrá obligado a firmar en el acto de formalización del contrato, en prueba de conformidad con el mismo, el presente pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas y las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
16.4. Cuando por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, GICAMAN podrá acordar la resolución de la adjudicación del contrato, previa audiencia del contratista. En tal caso, se incautará la garantía definitiva que se hubiere constituido y se exigirán al contratista los daños y perjuicios que la falta de formalización del contrato cause a GICAMAN. En el supuesto de que se efectuara una nueva adjudicación la indemnización será como mínimo el valor equivalente a la diferencia en valor entre la oferta del contratista que no concurre a la formalización y el nuevo adjudicatario.
16.5. Cuando por causa imputable a GICAMAN no pudiera formalizarse el contrato, el adjudicatario estará facultado para solicitar la resolución de la adjudicación del contrato.
III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
17. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
17.1 OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
17.1.1. Las obligaciones del adjudicatario son las establecidas en el artículo 74 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
17.1.2. Son obligaciones particulares del contratista adjudicatario de la redacción del proyecto y de la dirección de obra las establecidas en el artículo 74 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
17.1.3. El incumplimiento de las antecitadas obligaciones tendrá el carácter de condición resolutoria explícita del contrato.
17.2. OBLIGACIONES GENERALES DE GICAMAN: PAGO DEL PRECIO.
Por la ejecución de los servicios objeto del presente pliego, GICAMAN abonará al adjudicatario el precio del contrato conforme al cumplimiento correcto de los hitos que se describen a continuación:
a) De manera proporcional al ritmo de ejecución de la obra.
b) Aprobada la liquidación de la obra, el 10% del presupuesto de adjudicación.
Si tuviese lugar la resolución del contrato de obras se liquidarán los trabajos en proporción con la obra ejecutada según la liquidación aprobada.
Devengado el pago de cualquiera de los porcentajes antes indicados, el adjudicatario presentará la certificación correspondiente en impreso oficial con la documentación justificativa del cumplimiento de la correspondiente fase de trabajo.
XXXXXXX, X.X. podrá suspender el pago de las certificaciones que, con base en este contrato tuviera el adjudicatario pendiente de cobro cuando existan a juicio de GICAMAN, S.A. indicios de que pudiera resultar de aplicación alguna penalidad, o resarcimiento de daños y perjuicios.
Los aumentos de precios que hubiera durante la vigencia del contrato, incluso tratándose de aumentos oficiales, no conferirán derecho a abono adicional.
18.- EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
18.1. Los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción a las cláusulas del presente pliego, al Pliego de Prescripciones Técnicas, a las estipulaciones que al respecto se contienen en las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN, a la propuesta que haya formulado el adjudicatario y a las instrucciones que, en interpretación técnicas de éstos, se dieren desde GICAMAN al contratista.
18.2. El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista, siendo de su cuenta indemnizar todos los daños que se causen tanto a GICAMAN como a terceros como consecuencia de las actuaciones que requieran la ejecución del contrato, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de GICAMAN, S.A.
La fecha oficial del comienzo de los trabajos será la del día en que se produzca el comienzo de la obra.
Los plazos se entenderán referidos a la fecha oficial del comienzo de los trabajos.
El plazo total de ejecución será el transcurrido entre la fecha oficial de inicio y la de recepción o liquidación de la obra objeto de dirección.
El plazo de la Dirección de la Ejecución y de la Coordinación de Seguridad y Salud de las obras, será el de la duración material de ésta, incluida su recepción y liquidación.
Los plazos que comprende este contrato se entenderán referidos a la fecha oficial del comienzo de cada uno de ellos.
El cómputo de los plazos de ejecución se realizará conforme a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
19.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
19.1. Una vez perfeccionado el contrato, no se admitirán modificaciones en el mismo que supongan una alteración de sus condiciones esenciales. Excepcionalmente, GICAMAN podrá introducir modificaciones en el contrato que produzcan aumento, reducción o supresión de las unidades de obra, siempre que sean debidas a razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificándolo debidamente en
el expediente; formalizándose por escrito y siempre y cuando no supongan una alteración del precio del contrato en cuantía superior, en más o en menos, al 20% del precio de adjudicación.
19.2. Las modificaciones del proyecto que hubiera necesidad de introducir, y no fueran debidas a errores, omisiones, deficiencias del proyecto o requerimientos al proyecto para la obtención de la preceptivas licencias, así como los proyectos de obras complementarias que fueran autorizadas, darán lugar a la formalización de una modificación del contrato, o, en su caso, un contrato complementario, cuyo importe se determinará, en función de la complejidad técnica y la naturaleza de la documentación que requiera, tomando como referencia, que no será sobrepasado, en ningún caso, el porcentaje de incremento que las obras modificadas o complementarias supongan respecto del importe de adjudicación de la obra.
19.3. El procedimiento a seguir para la modificación del contrato se establece en la cláusula 98 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
20.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
20.1. El contrato se resolverá por las causas previstas en el artículo 103 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
20.2. Para determinar los efectos y consecuencias de la resolución se estará a lo dispuesto en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 103 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
20.3. El procedimiento de resolución del contrato será el establecido en la estipulación
105 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
21.- PENALIDADES POR DEMORA.
21.1. Cuando por causas imputables al contratista se incumplieran los plazos, GICAMAN podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades
21.2. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato, con la correspondiente indemnización de daños y perjuicios o acordar la continuidad de su ejecución con la imposición de nuevas penalidades.
21.3. Las penalidades se impondrán en las cuantías y por el procedimiento señalado en los artículos 86 y 87 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
22.- SUBCONTRATACIÓN.
El adjudicatario no podrá subcontratar con terceros la realización total o parcial del presente contrato.
23.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE GARANTÍA.
23.1. Transcurrido el plazo de vigencia contractual, se entenderá cumplido el contrato cuando GICAMAN haya dado por recibidas las obras, computándose desde esa fecha el plazo de garantía y procediendo a la liquidación final de los trabajos.
23.2. El plazo de garantía de los trabajos será de un año desde la recepción de las obras por GICAMAN.
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
D…………………………………………………………………………………………………………….
provisto con D.N.I. nº ……………………………en nombre propio/ en representación de la empresa/ en representación de la UTE constituida por las empresas
, con domicilio en ,
nº de teléfono ……………………………………, nº de fax ,
e-mail ………………………………………………., C.I.F ,
en relación con el contrato de servicios consistente en
………………………………………………………………………………………………………………. solicita la participación en la misma y declara responsablemente que conoce las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN el Pliego de Cláusulas Generales, Cuadro Resumen de Características Particulares y el Proyecto de Ejecución que regula la licitación de la referida obra, aceptando íntegramente las condiciones exigidas por GICAMAN.
Toledo, a .......................... de ..................................... de ……………...
(Firma y sello del representante legal de la empresa)
COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA
Don/Doña (…), provisto de DNI (…), con domicilio en (…), Calle (…), nº (…), teléfono (…), fax (…), actuando en nombre propio (o en representación de (…), con CIF (…), habiendo presentado una proposición en la licitación convocada para la adjudicación del contrato de (…), en cumplimiento de lo exigido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, de resultar adjudicatario del contrato, me comprometo a constituir, por cualquiera de los medios señalados en la cláusula 15 del citado Xxxxxx, la garantía definitiva por un importe del 10% del precio de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor añadido, que quedará depositada a disposición del órgano de contratación en el plazo xx xxxx días hábiles a partir de la notificación de la propuesta de adjudicación del contrato.
En (…), a (…) de (…) de (…).
Fdo.- (…).
En representación de (…).
GARANTÍAS DEFINITIVAS
Modelo de aval.
La entidad (razón social de la entidad de crédito)........., con domicilio en y en
su nombre (nombre y apellidos de los apoderados y descripción de poderes)........
AVALA
Ante la Empresa Pública "Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha, S.A.", CIF A- 45.421.641 hasta el límite de (importe en letra y en cifra)...... EUROS a (nombre y razón social del avalado).........NIF....., para responder en concepto de garantía definitiva del correcto cumplimiento del contrato suscrito entre ambos para (objeto del contrato).......
La/el (entidad)………………………, abonará al primer requerimiento fehaciente de GESTIÓN DE INFRAESTRUCTRURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., por escrito y sin más
requisito que expresar en el mismo la procedencia de la reclamación hasta el límite arriba indicado, considerándose la/el (entidad) , a tal efecto obligado
solidariamente con el avalado, renunciando expresamente a los beneficios de excusión, orden y división y debiendo realizar los pagos reclamados por GESTIÓN DE INFRAESTRUCTRURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., al primer requerimiento de ésta, y sin entrar a considerar la procedencia o improcedencia de la petición del reintegro.
La presente garantía a primer requerimiento tendrá validez desde su entrega a GESTIÓN DE INFRAESTRUCTRURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., y hasta que esta
autorice su cancelación, una vez finalizado el periodo de garantía del Contrato antes mencionado sin que existan responsabilidades que hayan de ejecutarse sobre la misma.
Este aval ha quedado inscrito, con esta misma fecha, en el Registro Especial de Avales con el número……………
En ….., a……. de (firma de los apoderados)
“Certificado nº:
(Entidad aseguradora)……………. (en adelante asegurador), con domicilio en…………….y C.I.F. …………….debidamente representado por (nombre y apellidos del apoderado)……………., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de………………………….
ASEGURA
A (nombre de la empresa contratista)………………….con C.I.F./N.I.F en
concepto de tomador de seguro ante GICAMAN, S.A., CIF: A-45.421.641, en adelante asegurado, hasta el importe de (en letra y en cifra) €uros (10% del presupuesto
de adjudicación), en concepto de garantía definitiva para responder del cumplimiento del contrato de:………………….., conforme a las normas y condiciones señaladas en el Pliego de condiciones y prescripciones técnicas rector de la contratación.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la empresa pública GICAMAN, S.A., sin entrar a considerar la procedencia o improcedencia de la petición.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que GICAMAN, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
En……………a…………de……
DIRECCIÓN TÉCNICA DE OBRA
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx. , mayor de edad, vecino/a de, provincia de Documento Nacional de Identidad número actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de D/Xx.
o de la Sociedad o Empresa por su calidad de
E X P O N E
PRIMERO. Que enterado/a de las condiciones y requisitos, que acepta y que se exigen para la adjudicación por PROCEDIMIENTO ABIERTO de la Dirección Técnica y Coordinación de Seguridad y Salud de las Obras que a continuación se indican, las acepta y se compromete a su ejecución con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas, al Pliego de Prescripciones Técnicas y demás datos aportados por GICAMAN, S.A., presenta la siguiente oferta:
LICITADOR/A:
(Indicar nº NIF ó CIF)
DENOMINACIÓN DE LAS OBRAS:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA: (en cifra y letra).
SEGUNDO. Que a todos los efectos debe entenderse que, dentro de la presente oferta ha sido comprendido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) sin que, por tanto pueda ser repercutido como partida independiente.
Fecha, firma y sello del licitador.