CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES No.________________
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República de Colombia Departamento del Cauca Dirección Departamental de Salud
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
No.________________
CONTRATANTE: __________________________
CONTRATISTA: Enfermera ________________, identificada con cédula de ciudadanía No. _______________ expedida en ___________, Autorizada para el ejercicio profesional según resolución No. ____________________, proferida por ________________________.
DIRECCIÓN: __________________ Teléfono: _______________ Celular: ____________
INTERVENTOR: Estará a cargo de ___________________________, o quien haga sus veces.
CUANTÍA: $ ___________________
Entre los suscritos, el Doctor ________________________, identificado con la cédula de ciudadanía No. __________ expedida en __________, quien obra en su calidad de Director de la Unidad Nivel I de _____________________, nombrado mediante resolución No. _______ del ___________, quien tomo posesión del cargo mediante Acta No. ________ del ____________, con delegación para contratar mediante resolución No. 2967 del 25 xx xxxxxx de 2.005, identificada en la Administración de Impuestos Nacionales con el NIT ____________, quien en el presente contrato se llamará la UNIDAD, por una parte y por la otra, la Enfermera ________________________, mayor y vecina de ___________, identificada con la cédula de ciudadanía No. ______________ expedida en _____________, en adelante llamada LA CONTRATISTA, ambos mayores de edad, hemos convenido celebrar un CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES el cual se regirá en general, por la Ley 80 de 1993 y las normas que la adicionen, modifiquen o complementen y en particular por las siguientes cláusulas. PRIMERA: OBJETO: la contratista se compromete a prestar sus servicios profesionales a la Unidad Nivel de _______________ para ________________. PARÁGRAFO: En ningún caso este contrato de prestación de servicios profesionales genera relación laboral ni prestaciones sociales, por lo cual LA CONTRATISTA no contrae vinculo de carácter laboral con la Unidad Nivel I de ______________; solo tiene derecho a los emolumentos pactados y no podrá reclamar validamente el pago de prestaciones sociales por la ejecución de las actividades encomendadas relacionadas con el objeto contractual de conformidad con el último inciso del numeral 3o del Articulo 32 de la Ley 80 de 1993. SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA.- En ejecución de lo anterior la Contratista tendrá las siguientes obligaciones: _______________________________. TERCERA: VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del presente Contrato de Prestación de Servicios profesionales es la suma de: _____________________________ PESOS M/CTE ($____________), la cual se le cancelara a la contratista con recursos de la Unidad Nivel I de ____________, por concepto de honorarios, pagaderos en _______(___) cuotas mensuales vencidas por valor de: ______________________________ PESOS M/CTE ($____________) cada una. Para el pago de cada cuota, LA CONTRATISTA deberá presentar constancia de recibo de cumplimiento a satisfacción del interventor designado el ___________________________, o quien haga sus veces. En el evento de que LA CONTRATISTA deba prestar sus servicios fuera de la sede de la Unidad, ésta le reconocerá los gastos de transporte y de viaje. Estos gastos tanto de transporte como de viaje, se pagarán según las condiciones, términos y cuantías establecidas en el Acuerdo de la Junta Directiva de la Dirección Departamental de Salud del Cauca No. 009 xx xxxx 19 de 1998 y demás normas pertinentes, cuyo mal uso por parte de LA CONTRATISTA, constituye incumplimiento del presente Contrato, sin perjuicio de las sanciones fiscales o penales en que pueda incurrir. Su pago se efectuará siempre y cuando haya sido autorizado previamente a su ocurrencia y a que exista disponibilidad presupuestal. Estos gastos tanto de transporte como de viaje serán cancelados con cargo a la disponibilidad presupuestal No. ___________ del ___________ de _______ de ________. (EN CASO DE QUE SE REQUIERA). CUARTA: SEGURIDAD SOCIAL AFILIACIÓN A LOS SISTEMAS DE SALUD Y PENSIONES EN LA LEY 100 DE 1993: LA CONTRATISTA se compromete a cumplir con su obligación de afiliación a salud y pensiones, como independiente debiéndose cotizar sobre el 40% del valor del contrato en forma mensualizada, por lo cual el incumplimiento de esta obligación será causal para la imposición de multas sucesivas hasta tanto se dé el cumplimiento, previa verificación de la xxxx mediante liquidación efectuada por la entidad administradora. Cuando durante la ejecución del contrato o a la fecha de su liquidación se observe la persistencia de este incumplimiento, por cuatro (4) meses la entidad estatal dará aplicación a la cláusula excepcional de caducidad administrativa. CUARTA.- INTERVENTORIA: La supervisión e interventoría de la realización del objeto del presente Contrato será a través ______________________________, o quien haga sus veces, quien tendrá a su cargo vigilar el desarrollo de las actividades estipuladas en el presente Contrato, teniendo en cuenta el objeto del mismo. Dentro de las funciones principales del interventor están las de: 1) Realizar vigilancia, control y seguimiento a las actividades contenidas en el objeto del Contrato. 2) Revisar y Avalar los informes. 3) Revisar y aprobar las cuentas que presente LA CONTRATISTA de acuerdo con lo estipulado en este contrato. 4) Verificar que LA contratista cumpla con la obligación establecida en el presente Contrato en cuanto a su obligación de AFILIACIÓN A LOS SISTEMAS DE SALUD Y PENSIONES previstos en la Ley 100 de 1993 y la cotización mensual a los mismos. 5) Proyectar y tramitar el acta de liquidación final del Contrato. 6) Las demás acciones que correspondan al ejercicio propio de las funciones de interventoría. QUINTA.- DURACIÓN: El término de duración del presente Contrato de prestación de servicios profesionales es por ________ (____) meses contados a partir de la suscripción del acta de iniciación entre el interventor y la contratista, previo registro presupuestal y aprobación de la garantía. SEXTA: CLÁUSULAS EXCEPCIONALES: La UNIDAD, queda facultada para aplicar las cláusulas excepcionales al derecho Común de Terminación, interpretación, modificación unilateral del Contrato, previstas en los artículos 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993 y de caducidad de acuerdo con el artículo 18 de la Ley 80 de 1993. SÉPTIMA: PENA PECUNIARIA: En caso de incumplimiento del presente Contrato, LA CONTRATISTA deberá pagar una indemnización equivalente al quince por ciento (15%) de su valor, a título xx xxxx pecuniaria. OCTAVA: MULTAS: En caso xx xxxx e incumplimiento parcial de las obligaciones por parte de la CONTRATISTA y para conminarla al cumplimiento de las mismas, la Entidad contratante podrá imponerle multas sucesivas equivalentes al uno por mil del valor de la orden de prestación de servicios por cada día calendario de atraso en la ejecución del objeto del contrato. Las multas tendrán un tope máximo del quince por ciento (15%) del valor del contrato. PARÁGRAFO: El valor de las multas se podrá descontar de las sumas que la Entidad Contratante adeude a la Contratista y si ello no fuere posible se tomará de la garantía de cumplimiento o se cobrará por vía judicial. NOVENA GARANTÍAS: En virtud de lo dispuesto en el Articulo 25 numeral 19 de la Ley 80 de 1993, y artículos 16 y 17 del Decreto 679 de 1994, la CONTRATISTA deberá constituir a su xxxxx y a favor de la ENTIDAD CONTRATANTE, por intermedio de una Compañía de Seguros o Entidad Bancaria legalmente facultada para hacerlo, una póliza única para garantizar, 1) EL CUMPLIMIENTO de todas las obligaciones surgidas con motivo del Contrato de prestación de servicios profesionales, por un valor equivalente al quince (15%) por ciento del valor del mismo y deberá estar vigente durante el plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. 2) CALIDAD DEL SERVICIO por el quince por ciento (15%) del valor del contrato de prestación de servicios profesionales y con una vigencia igual al término de duración del contrato y seis (6) meses más. 3). EL BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, la cual deberá estar vigente durante el plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, por un valor equivalente al cien por ciento (100%) del valor del anticipo. (EN CASO DE QUE SE REQUIERA) DÉCIMA.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El valor del presente Contrato queda sujeta a las reservas y compromisos presupuestales, tal como está establecido en los numerales 13 y 14 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993. El registro presupuestal para el presente Contrato se hará con cargo al presupuesto de la Unidad de la presente vigencia fiscal año _______, Código _________________________ Rubro ______________________. Según constancia de disponibilidad presupuestal No. ______ del _____ de ________ de ______. DÉCIMA PRIMERA.- LIQUIDACIÓN: El presente Contrato de prestación de servicios profesionales se liquidará por parte de la UNIDAD, dentro de los seis (6) meses siguientes a su terminación mediante acta firmada de común acuerdo por las partes contratantes, la cual contendrá un balance sobre la ejecución del contrato, los pagos realizados a la contratista, los acuerdos a que lleguen las partes sobre la ejecución de la misma; todo ello de conformidad con el articulo 60 de la Ley 80 de 1993. DÉCIMA SEGUNDA: CONSTANCIA SOBRE IDONEIDAD Y EXPERIENCIA: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13 del decreto 2170 de 2002, se deja constancia que la Enfermera ______________________, tiene capacidad técnica e idoneidad y cuenta con experiencia para la ejecución, y el desarrollo de las actividades que conllevan la ejecución del objeto contractual, de acuerdo a su formación y experiencia, tal como se expresa en la constancia suscrita por el Doctor _______________, Director de la Unidad, la cual hace parte integral del presente Contrato. Se deja constancia que en la planta de personal de la Entidad, no hay personal disponible a efectos de ejecutar el objeto de este contrato. DÉCIMA TERCERA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: La Enfermera ______________________________, declara bajo la gravedad del juramento que no le asiste ninguna inhabilidad ni incompatibilidad de las previstas en la Ley para suscribir este Contrato de Prestación de Servicios Profesionales, así mismo que no se encuentra incursa en causal de impedimento ni conflicto de intereses, y si así lo fuere se hará responsable por los daños y los perjuicios que se ocasionen ante la Unidad y frente a terceros. DÉCIMA CUARTA.- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: Este contrato se perfecciona con la firma de la partes y registro presupuestal, para su ejecución se requiere aprobación de la garantia, la existencia de la disponibilidad y registro presupuestal correspondiente. Así mismo, debe ser publicado en el Registro Oficial Talleres Editoriales del Departamento por cuenta de la contratista. Para constancia se firma en Popayán, a los
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Director Unidad Nivel I de ____________
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Contratista