Contract
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES CONTRATOS DE SERVICIOS Y SUMINISTROS, SUJETOS A REGULACIÓN ARMONIZADA. LICITACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA.
Nº EXPEDIENTE | EJIE-059-2017 |
TITULO | SERVICIOS DE TRANSICIÓN PARA PROYECTOS IT-BATERA |
32. PUBLICIDAD DE LOS ACTOS DE APERTURA 23
33. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 23
34. ANÁLISIS DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. 33
35. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS35
36. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 37
38. REGLAS ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 38
41. TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS 42
43. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN 42
44. MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO 44
44.1. MODIFICACIONES PREVISTAS 44
45. GARANTÍA Y CONFIDENCIALIDAD 45
46. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 47
47. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO 47
48. RESCISIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 48
50. SOMETIMIENTO VOLUNTARIO A TRIBUNALES 49
ANEXO I- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA 50
ANEXO III IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES 54
I. DATOS GENERALES DE LA LICITACIÓN
1. PODER ADJUDICADOR NO ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea-Sociedad Informática del Gobierno Xxxxx. EJIE S.A.
2. LICITACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
3. CPV: 72500000
Código de identificación estadística. CPA-2008 (Reglamento CE 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008)
4. CONTACTO
Todas las consultas se enviarán al correo electrónico: XxxxxxxxxxxxXXXX@xxxx.xxx
5. PERFIL DE CONTRATANTE
Acceso a perfil de contratante de EJIE: xxx.xxxx.xxx
6. NECESIDAD E IDONEIDAD
La finalidad de la contratación se encuadra en la Gestión y Transición de estos proyectos orientando su realización a las buenas prácticas ITIL, bajo las directrices suministradas por los responsables del Área “Servicios de I&O Osakidetza y Proyectos para Batera” y la supervisión de la puesta en producción que será realizada por los Responsables de los procesos de EJIE.
7. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de este contrato lo constituye la contratación del servicio de transición para proyectos de IT Batera para la transición de los proyectos de construcción de nuevos servicios hacia la operación y gestionar la transición durante la adopción de estos servicios de convergencia por diversas entidades y organismos dependientes del Gobierno Xxxxx, en las condiciones que se recogen en el Pliego de Condiciones Técnicas para el procedimiento de licitación referencia.
8. LOTES
No, puesto que es un servicio único aplicable a los proyectos de IT Batera.
9. PROCEDIMIENTO ,TRAMITACIÓN Y FORMA:
El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, tramitación ordinaria sujeto a regulación armonizada. Se adjudicará a la oferta económicamente más, en aplicación de los criterios de valoración determinados en el presente pliego y en el pliego de condiciones técnicas. Expediente exclusivamente tramitado mediante licitación electrónica.
10. REGIMEN JURÍDICO
Naturaleza y normativa de aplicación. El contrato tiene naturaleza privada, y se regirá por:
- Las cláusulas contenidas en este Pliego que forma parte integrante del mismo.
- Las cláusulas contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y documentación complementaria.
En lo que se refiere a la capacidad de las empresas, publicidad, procedimiento y forma de adjudicación por las disposiciones del presente Xxxxxx, y en lo no previsto por éste, con carácter subsidiario, por las Instrucciones Internas de Contratación de EJIE, S.A. y por:
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. en lo que se refiere a los poderes adjudicadores no Administraciones Públicas.
- Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto no se oponga con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Ley 3/2016, xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública.
- Directiva 2014/24/UE, del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación púbica y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, por el que se establece el formulario normalizado del documento europeo único de contratación
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
- Ley 4/2005, de 18 de febrero, para Igualdad de Mujeres y Hombres
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
- Real Decreto Legislativo 1/1996. De 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad.
- La normativa civil y mercantil aplicable a la preparación, ejecución, obligaciones y contratos.
- Cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto en el ámbito estatal como de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que resulten aplicables en el ámbito de la misma.
En lo que se refiere a los efectos y extinción del contrato:
- Por las normas del Derecho Privado.
- Por las normas contenidas en el Título V del Libro I TRLCSP sobre modificación de los contratos.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado no exime ni a las licitadoras ni a la adjudicataria de su cumplimiento.
Documentos de carácter contractual:
- El presente pliego de condiciones particulares
- El pliego de prescripciones técnicas
- El documento en que se formulará el contrato
- El programa de trabajos relativo a la oferta adjudicada y aprobada por Xxxx X.X.
11. ORGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación: Consejo de Administración de EJIE.
El órgano de contratación estará asistido por una Mesa que tendrá las funciones que le atribuyen el TRLCSP y el Reglamento que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto 817/2009, de 8 xx Xxxx, y cuya composición será la siguiente:
Responsable de Administración y RRHH, que actuará como presidente.
Responsable de Contratación, que actuará como secretario.
Director o Directora Técnica del Área correspondiente, que actuará como vocal.
Todos los miembros de la Mesa podrán ser sustituidos por otras personas designadas por los titulares. Además, el presidente, si lo estima conveniente, podrá invitar a otras personas a tomar parte en las deliberaciones de la Mesa, sin que en este caso tengan derecho a voto. La Mesa tomará sus decisiones por mayoría, teniendo el presidente voto de calidad en caso de empate.
12. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato es de 25 meses desde la formalización del mismo.
Se prevén dos prórrogas expresas, de hasta 12 meses cada una, con preaviso de un mes por parte del contratista.
Si a la finalización del contrato, se ha iniciado una licitación para la contratación de los servicios contemplados en el presente pliego, se podrá extender la vigencia hasta que se produzca la adjudicación y formalización del nuevo contrato, siempre esté previamente esté aprobado.
13. PLAZOS DE RECEPCIÓN
Plazo total: si
Plazos parciales: si, de acuerdo al desarrollo de la ejecución de los trabajos y tareas.
14. GARANTÍAS
Garantía provisional | - |
Garantía Definitiva | SI |
Garantía complementaria | - |
Las garantías se constituirán a favor de EJIE S.A. NIF- A-01022664. | |
5% del importe de adjudicación (por el periodo de contratación sin tener en cuenta las prórrogas) Se formalizará por cualquiera de los medios contemplados en el artículo 96 del TRCLSP. El incumplimiento del contratista comportará la incautación de la garantía. |
15. SEGUROS
La adjudicataria dispondrá de los seguros obligatorios, los requeridos en su caso en el presente pliego, y en todo caso dispondrá de: seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales y del personal responsable de la ejecución del contrato.
16. ADMISIÓN DE VARIANTES O MEJORAS
No se contemplan.
17. SUBCONTRATACIÓN
No se establece porcentaje de subcontratación, se estará a lo dispuesto en el artículo 227 de la TRLCSP, en cuanto al tope máximo de subcontratación. Las licitadoras y licitadoras deberán indicar en el documento europeo único de contratación la parte de contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su porcentaje, y el nombre y perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica de las subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización. No se deben mencionar las cuantías previstas de subcontratación, puesto que son datos de la oferta económica, y la presentación en el sobre A o C conllevará la exclusión de la licitación.
En el caso de que no se fije un porcentaje máximo de subcontratación, este será del 60%, tal y como se establecido en el artículo 227.2.e).
Los subcontratistas no tendrán en ningún caso acción directa frente a EJIE por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos
18. SUBROGACIÓN DE RELACIONES LABORALES
No se contempla.
19. PRESUPUESTO Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
- Presupuesto:
El presupuesto máximo para este contrato es de: dos millones novecientos noventa mil euros (2.990.000,00 €) IVA excluido.
o Dividido en dos apartados:
Presupuesto máximo del servicio(fijo): 2.846.480,00 €
Servicio de validación y pruebas (variable-pago por uso):143.520,00€
El presupuesto máximo para este contrato es de: tres millones seiscientos diecisiete mil novecientos euros (3.617.900,00 €) IVA incluido.
- Valor estimado (a efectos del art 88 del TRLCSP)
El valor estimado del contrato es de siete millones setecientos setenta y cuatro mil euros (7.774.000,00 €) I.V.A. excluido.
El valor estimado del contrato es de nueve millones cuatrocientos seis mil quinientos cuarenta euros (9.406.540,00 €) I.V.A. incluido.
- Modificación prevista: hasta 30% del importe de adjudicación.
(Las ofertas no pueden superar los importes totales indicados)
20. REVISIÓN DE PRECIOS:
No aplica revisión de precios.
21. PRECIOS Y PAGOS
- Pago total – no.
- Pagos parciales- si, (pagos parciales según PCT)
22. LUGAR DE EJECUCIÓN
Los servicios se prestan en el lugar que se ejecutan las prestaciones características o lugar donde se realizan los servicios o donde se entregan los suministros.
23. CONDICIONES LINGUÍSTICAS
EJIE, en su condición de poder adjudicador y entidad integrante del sector público xxxxx, indica en esta cláusula que el contrato estará sujeto a lo establecido en el artículo 6 del Estatuto de Autonomía del País Xxxxx y regulado a su vez en la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de regulación del uso de euskera y demás normativa que lo desarrolla
En la ejecución del contrato se observarán las condiciones lingüísticas concretas, establecidas en los pliegos.
24. GARANTÍA
La garantía mínima de los servicios y o productos es de un año, desde la entrega y aceptación por parte de EJIE.
II. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN
25. LICITACIÓN ELECTRÓNICA
Las ofertas se presentan a través de la aplicación de licitación electrónica en la dirección: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxx.xxx/contratacion
25.1. Procedimiento de licitación electrónica.
Quienes tengan interés en realizar la tramitación telemática deberán disponer del Certificado Electrónico reconocido, conforme a lo que se establece al efecto en aplicación de la Orden de 16 xx xxxxxx de 2004 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública. Los certificados admitidos, así como sus características, se harán públicos en el Portal recogido en la cláusula siguiente.
Además del certificado previsto en el apartado anterior, las empresas interesadas que deseen licitar electrónicamente deberán estar dadas de alta y con certificación vigente en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La aceptación del procedimiento de licitación electrónica deberá ser expresa y supone, en cualquier caso su consentimiento para la utilización de los datos en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi a los únicos efectos de la comprobación de sus datos para las citadas licitaciones electrónicas.
La aplicación de Licitación Electrónica que utiliza el Gobierno Xxxxx se basa en tecnología J2EE y arquitectura técnica de 3 capas, que con un servidor de base de datos Oracle 8i, todos ellos bajo sistema operativo Unix Sun Solaris 2.8, versión 1, basada en protocolo LDAP y firma electrónica reconocida con certificado digital X509V3 (base 64) utilizado por la infraestructura de clave pública - PKI- de IZENPE S.A.
Todos los ordenadores personales que quieran conectarse al sistema deben tener un programa cliente de navegación Web con el software de reconocimiento de firma de IZENPE, S.A. configurado - I20H-
Para asegurar la inviolabilidad de las ofertas, se descarga y ejecuta un applet firmado, basado en la librería secreta all.dll que efectúa el fragmentado, cifrado y envío de las mismas, así como su posterior descifrado y recomposición.
La utilización de medios telemáticos en los trámites contemplados en la presente Orden garantizarán la identificación y el ejercicio de la competencia por el órgano que la ejerciese, así como la autenticidad, integridad y conservación de los documentos emitidos. En la tramitación telemática se utilizará la firma electrónica reconocida.
En el supuesto de que en la tramitación de los expedientes administrativos se reciban documentos, escritos o comunicaciones firmadas en formato electrónico, informático o telemático y, a la vez, en
soporte papel, sólo se tendrá en cuenta la versión electrónica, informática o telemática de los mismos.
El procedimiento de licitación electrónica garantiza que las ofertas enviadas por los/las licitadores/as serán emitidas y registradas de forma que sea imposible conocer su contenido salvo en el momento y por los/las funcionarios/as y autoridades legalmente autorizadas para ello.
A tal efecto, el sistema informático empleado garantiza que las ofertas son remitidas a la unidad que tramita el expediente cifradas y fragmentadas. El cifrado de las ofertas se realizará contra las claves públicas de quienes componen la mesa de contratación.
Las citadas claves se publicarán en el anuncio de licitación o invitación a licitar en el expediente concreto de que se trate. Para su recomposición y descifrado será necesaria la participación en el acto de apertura, del quórum legalmente necesario de miembros de la mesa con sus correspondientes certificados de firma electrónica reconocida.
Sólo se garantiza la lectura y tramitación de los documentos informáticos almacenados con las siguientes extensiones: .doc, .xls, .ppt, .pdf, .rtf., sxw, .abw, .jpg, .bmp, .tiff, .zip, y .72.
Con el objetivo de minimizar en lo posible la incidencia que la presencia de virus pueda tener en la operatividad de las ofertas enviadas, se recomienda el envío de las mismas en los formatos .pdf, .rtf,
.sxw, .jpg y .tiff.
Las ofertas se enviarán libres de virus que dificulten o imposibiliten su lectura, y es responsabilidad de quien licita velar por que esto sea así.
En cualquier caso, la mera presencia de virus en la oferta no determinarán, por si misma, la exclusión de la misma, siempre que se pueda tener acceso a su contenido.
Aun habiéndose anunciado la posibilidad de participar telemáticamente en una licitación, la mesa de contratación, y en su defecto el órgano de contratación, podrán dejar temporalmente sin efecto la posibilidad de presentar ofertas telemáticas cuando no fuere posible la licitación por esta vía por problemas de tipo técnico.
En este caso, en la medida de lo técnicamente posible, se advertirá expresamente de la situación a través de un mensaje en la página web de licitación electrónica.
26. NOTAS ACLARATORIAS
Podrán presentar ofertas en la licitación objeto del contrato (exclusivamente a través de la aplicación de licitación electrónica de gobierno xxxxx) y en la forma que se especifica más adelante:
Las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, con plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en prohibición de contratar, acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o profesional que se requiera y cuya finalidad o actividad tenga relación
directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y debiendo acreditar su solvencia y la disposición de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Podrá contratarse con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de acuerdo con lo establecido en el art. 59 TRLCSP.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas , el presente pliego y de las Condiciones Generales de Contratación de EJIE y del resto de los documentos contractuales, en su totalidad y sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de los servicios.
Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante, siempre que no se halle incursa en alguna de las causas que se enumeran en el art. 60 TRLCSP. Cuando en representación de alguna Sociedad, civil o mercantil, u otro tipo de entidad, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello.
No podrán, conforme a lo dispuesto en el art. 56 TRLCSP, concurrir a la licitación las empresas que hayan participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
No podrán concurrir a la licitación las empresas que hayan sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, durante el período impuesto en la correspondiente sanción. (ver anexo VI)
En cuanto a la documentación a presentar en el sobre "A" por las empresas no españolas de Estados Miembros de la Comunidad Económica Europea, al igual que por las demás empresas extranjeras, se estará a lo dispuesto en presente Pliego.
Producida la adjudicación del contrato y, en su caso, transcurridos los plazos para recurrir sin que se hayan interpuesto recursos, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
EJIE,S.A. podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso de la ejecución del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres A, B y C, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida, en su caso, y debiendo indemnizar, además, a EJIE, S.A. los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
Los recursos asignados a los servicios deberá pertenecer a la empresa adjudicataria, y en este caso el licitador deberá presentar la correspondiente acreditación (Informe de Trabajadores en Activo-ITA- o TC2, o equivalente) ó, en el caso de que no pertenezcan a la empresa
adjudicataria, el licitador deberá respetar las cláusulas establecidas en el presente pliego en relación a la subcontratación y acreditar la pertenencia a las empresas subcontratistas.
La adjudicataria/s deberán facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a los trabajadores. Así mismo, deberá a lo largo de toda la ejecución del contrato abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que, en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. El adjudicatario entregará documentación justificativa del abono de los salarios en la aplicación dispuesta a efecto por EJIE.
La propuesta como adjudicataria deberá indicar el convenio colectivo que es de aplicación a los trabajadores que realicen actividad objeto de contratación, en caso de resultar adjudicatarios.
El equipo humano a incorporar tras la formalización del contrato para la ejecución de los trabajos deberá estar formado por componentes relacionados en la oferta adjudicataria y consecuentemente valorados. Si tras la adjudicación se observara que el equipo de proyecto no se corresponde con el de la oferta (requerimientos de solvencia técnica y profesional y oferta técnica):
Xxxx que el adjudicatario presente justificación escrita, detallada y suficiente, explicando el motivo que suscita el cambio, se procederá a:
La presentación por el adjudicatario de sustitutos/s con un perfil de cualificación técnica igual o superior al de la persona que se pretende sustituir.
Aceptación de sustituto/s por parte de la Dirección del Proyecto de E.J.I.E.
Caso de que se demostrase que el cambio no se corresponde con causa justificada, de fuerza mayor y no imputable al adjudicatario, E.J.I.E. se reserva el derecho no solo a la aprobación de la persona o personas sustitutas, sino incluso a la revisión de la adjudicación y en su caso la rescisión del contrato, si este hecho fuera elemento determinante en la mencionada adjudicación.
Sobre los recursos asignados (para todos o para los que se exija en PCT), deberán acreditar la pertenencia a la empresa adjudicataria (aportación documentación acreditativa al respecto que exprese la referencia por persona). Además deberán presentar justificación de asignación de los mismos que ya estuvieron identificados en la propuesta (con nombres y apellidos) y estar asignados a la ejecución del contrato desde el inicio del mismo, y si no se presentara justificación de la asignación de los mismos en la adjudicación, o no cumplieran con cualquiera de los requisitos exigidos, supondrá la adjudicación al siguiente en calificaciones, y si se hubiera iniciado el contrato podrá conllevar la revocación del mismo
Durante la ejecución de los trabajos objeto del contrato el adjudicatario se compromete, en todo momento, a facilitar a las personas designadas por la Dirección del proyecto de Xxxx, a tales efectos, la información y documentación que ésta solicite para disponer de un pleno conocimiento de los trabajos desarrollados, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos, y herramientas utilizados para resolverlos
EJIE, calificará la capacidad y solvencia
No se aceptarán aquellas proposiciones que:
Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que XXXX estime fundamental para considerar la oferta.
Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida.
Excedan del presupuesto máximo de licitación.
Aquellas en las que exista reconocimiento por parte de la licitadora de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
EJIE podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos en orden a la adjudicación de la contratación.
La aportación inicial de la documentación establecida en esta cláusula se realiza mediante declaraciones responsables del licitador en el DEUC, y el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. En caso de no aportarlos o no acreditar los requisitos exigidos quedará excluido y se propondrá la adjudicación al siguiente licitador en orden de puntuaciones.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
EJIE se reserva la facultad de solicitar, en cualquier momento, antes o después de la adjudicación y durante el curso de los trabajos, de cualquier otro tipo de documento complementario, en orden a la comprobación de cuantos datos haya ofrecido la empresa adjudicataria, tanto respecto a la misma, como a los recursos de que disponga. La falsedad en el nivel o tipo de conocimientos técnicos y de las características de los perfiles y en el resto de documentación aportada por el adjudicatario puede conllevar la rescisión del contrato y adjudicación al siguiente en orden de puntuación.
Para participar en la presente licitación, los licitadores deberán presentar, dentro del plazo establecido a través de la aplicación de licitación electrónica, sus ofertas, con los “tres sobres”: sobre A, documentación de capacidad y solvencia, sobre B Proposición Económica y Sobre C Oferta Técnica, con la documentación que se indica más adelante.
27. CONTENIDO DE LOS SOBRES
Se ofertará utilizando la aplicación de Licitación Electrónica, deberán componer su oferta según la siguiente composición:
27.1. Sobre A: Capacidad y Solvencia. Documento Europeo Único de Contratación (en lo sucesivo, DEUC).
27.2. Sobre B: Proposición Económica.
Según Modelo Anexo I (Disponible en este pliego y en la aplicación de licitación electrónica)
27.3. Sobre C: Oferta técnica.
28. SOBRE A
En el sobre A se incluye la documentación de capacidad y solvencia.
28.1. Documentación de Capacidad.
La presentación se realizará de acuerdo al modelo del documento europeo único de contratación (en lo sucesivo DEUC1). Con la presentación completa del DEUC se declara que se cumplen con los requisitos exigidos en el presente pliego, debiendo presentar el propuesto como adjudicatario, previo a la adjudicación, la documentación acreditativa de los mismos. En caso de no acreditarlos quedará excluido y se propondrá la adjudicación al siguiente en orden de puntuaciones.
- Requisitos exigidos y aportados en declaración DEUC:
Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución y escritura de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible según las leyes mercantiles. Si no lo fuera, la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta la proposición en nombre propio o como apoderado.
Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, apoderamiento bastante para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra. Dicho poder deberá de estar debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil.
Declaración responsable y expresamente referida al contrato para el que se licita de que la empresa no está incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar. Dicha declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que se realizará de la forma que previene el párrafo siguiente, se exigirá a los que han resultado adjudicatarios del contrato.
El adjudicatario podrá acreditar también el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social mediante las certificaciones administrativas expedidas a tal efecto por los órganos competentes de las Haciendas que correspondan (Hacienda Estatal y Haciendas Forales) y de la Administración de la Seguridad Social.
1 Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016, por el que se establece el formulario normalizado del documento europeo único de contratación.
Toda la documentación a que se refieren los párrafos anteriores a) a d) ambos inclusive, podrá ser sustituida por un certificado en vigor del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi o Registro de Contratistas del Estado.
Cuando varios empresarios acudan a una licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresarios, cada uno de los que la forman deberá de acreditar su capacidad conforme a lo establecido en los puntos anteriores y deberá presentar un escrito de proposición en el que se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y el nombramiento del representante o apoderado único con poderes bastantes que, una vez adjudicado el contrato, podrá ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados para cobros y pagos de cuantía significativa. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública.
En el caso de que presenten oferta para el presente pliego, en UTE, entre todas las empresas constitutivas de la misma, deberán acreditar solvencia para el servicio objeto del presente pliego.
Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de solvencia, que en su caso puedan ser exigidos.
28.1.1. Documentación que deben aportar las empresas extranjeras
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán aportar en el sobre "A" la documentación siguiente:
Los empresarios o empresarias extranjeros presentarán la documentación indicada para acreditar la capacidad y solvencia, de acuerdo a las siguientes especificaciones, dependiendo de si se trata de empresas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios de Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, o de terceros países.
a) Empresas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios de Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo:
i. Inscripción en Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
ii. Acreditar la solvencia económico-financiera y técnica en la forma que se exige a las empresarias y empresarios españoles en el presente pliego.
iii. Si se exigiera clasificación, será suficiente con que aporten la documentación acreditativa de la solvencia y capacidad (art 65 TRLCSP).
iv. Presentarán declaración Responsable Capacidad y de adscripción de medios
v. Declaración Responsable de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden. Para todas las incidencias que surgieran, directa o indirectamente relacionados con el contrato, aportarán renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (art 146.1 e) TRLCSP).
vi. Toda la documentación deberá presentarse, al menos, en castellano. Las traducciones deberán realizarse en forma oficial (Art 23 RGLCAP).
b) Empresas extranjeras de terceros países:
i. Para acreditar la capacidad y solvencia deberán enviar la documentación con informe expedido y apostillado por la Misión Diplomática y Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa. En este informe deberá constar, al menos: que la empresa figura inscrita en el Registro Local profesional, comercial o análogo, o, en su defecto, que actúan con habitualidad y habilitación regulada en el tráfico local en el ámbito de las actividades objeto del contrato del presente expediente de contratación.
ii. Informe de reciprocidad, al que alude el artículo 55 del TRLCSP (“Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. 2. Para celebrar contratos de obras será necesario, además, que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.)
iii. La acreditación de la solvencia técnica y económico-financiera deberá realizarse de la misma forma en que se solicita a las empresas españolas, traducido al castellano o euskera.
iv. La clasificación deberá aportarse en las condiciones exigidas a las empresarias y los empresarios españoles.
v. Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden. Para todas las incidencias que surgieran, directa o indirectamente relacionados con el contrato, aportarán renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (Art 146.1 e) TRLCSP).
vi. Toda la documentación deberá presentarse, al menos, en castellano. Las traducciones deberán realizarse en forma oficial (Art 23 RGLCAP).
c) Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de solvencia, que en su caso puedan ser exigidos.
28.2. Documentación de Solvencia. Criterios de selección:
I. Solvencia técnica y profesional, según lo dispuesto en el TRLCSP, los artículos 78 en el caso de
contratos de servicios y artículo 77 para los contratos de suministro así como en el Artículo 64 TRLCSP (concreción de las condiciones de solvencia), el licitador deberá:
1- Personal técnico. La experiencia y conocimiento de la empresa. Prestación de servicios del tipo al especificado.
Requerido:
Para poder cubrir los roles planteados de forma efectiva se establecen los siguientes
requisitos de solvencia que deberán cumplir los recursos presentados:
Obligatorio para todos los perfiles | Título universitario de grado o superior, o en su defecto Ciclo Formativo de Grado Superior en el ámbito de la Informática y Comunicaciones1. |
Gestores de Proyectos IT Senior | Experiencia acreditada de al menos 4 años en Gestión de proyectos IT. Aportar la información detallada de: proyecto, descripción, importe, fecha inicio y fin, y destinatarios. Certificación en PMP o equivalente. Certificación en ITIL Fundamentals o equivalente. Certificación en ITIL Transition o equivalente. En el caso de no tener esta última certificación en el momento de la acreditación de la solvencia xxx xxxxxx se firmará un compromiso de obtención de la certificación que se tendrá que resolver durante los cuatro primeros meses de la ejecución de los servicios a partir de la formalización. |
Gestores de Proyectos IT Junior | Experiencia acreditada de al menos 2 años en Gestión de proyectos IT. Aportar la información detallada de: proyecto, descripción, importe, fecha inicio y fin, y destinatarios. Certificación en ITIL Fundamentals o equivalente. |
Coordinadores de Transición | Experiencia acreditada de al menos 2 años en alguna de las siguientes herramientas de gestión IT: ServiceNow, ITSM BMC, Service Manager de HPE. Aportar la información detallada de: proyecto, descripción, importe, fecha inicio y fin, y destinatarios. |
Coordinadores de Transición perfil puesto cliente y servicios corporativos Senior. | Experiencia acreditada de al menos 5 años en Administración, Instalación y Configuración de Exchange, herramientas colaborativas Microsoft Sharepoint 2013 y Skype for Business. Aportar la información detallada de: proyecto, descripción, importe, fecha inicio y fin, y destinatarios. Certificado de MCSE: Productivity en vigor a la fecha de presentación emitido por Microsoft, habiendo aprobado los cursos de “Advanced Solutions of Microsoft Exchange Server 2013”, “Advanced Solutions of Microsoft SharePoint Server 2013” y “Core Solutions of Microsoft Skype for Business 2015” o compromiso de obtención en un plazo máximo de nueve meses. |
Coordinadores de Transición perfil puesto cliente y servicios corporativos Junior. | Experiencia acreditada de al menos 3 años en Administración, Instalación y Configuración de Exchange, herramientas colaborativas Microsoft Sharepoint 2013 y Skype for Business. Aportar la información detallada de: proyecto, descripción, importe, fecha inicio y fin, y destinatarios. |
Coordinadores de Transición de Infraestructuras perfil virtualización. | Experiencia acreditada de al menos 24 meses en Administración de DataCenters Virtuales con infraestructura Vmware (vSphere, VMware Cloud Orchestration, vRealize Automation) Aportar la información detallada de: proyecto, descripción, importe, fecha inicio y fin, y destinatarios. Certificación Oficial “VCP6-DCV” o “VCP-DCV” en vigor a la |
fecha de presentación de la oferta emitida por Vmware o equivalente. | |
Coordinadores de Transición de Infraestructuras perfil almacenamiento y comunicaciones. | Experiencia acreditada de al menos 18 meses en cabinas de almacenamiento EMC-VNX Experiencia acreditada de al menos 18 meses en networking en entornos de Data Center. Aportar la información detallada de: proyecto, descripción, importe, fecha inicio y fin, y destinatarios. |
Coordinadores de Transición perfil backend Senior | Experiencia acreditada de al menos 5 años en Administración, Instalación y Configuración de BBDD (Entornos Single Instance y RAC) Experiencia acreditada de al menos 2 años en Enterprise Manager 12c y/o 11g Experiencia acreditada en proyectos de Diseño y Definición de Arquitectura tanto para entornos Single Instance como RAC. Experiencia acreditada en proyectos de Migración de BBDD entre distintas versiones, distintos S.O y distintas arquitecturas Aportar la información detallada de: proyecto, descripción, importe, fecha inicio y fin, y destinatarios. Certificación Oficial “Oracle Real Application Cluster and Grid Infrastucture” en versiones 11g y/o 10g o equivalente. |
Coordinadores de Transición perfil backend Junior | Experiencia acreditada de al menos 3 años en Administración, Instalación y Configuración de BBDD (Entornos Single Instance y RAC) Experiencia acreditada de al menos 2 años en Enterprise Manager 12c y/o 11g. Aportar la información detallada de: proyecto, descripción, importe, fecha inicio y fin, y destinatarios. |
Coordinadores de Transición perfil front-end | Experiencia acreditada de al menos 5 años en Administración de Sistemas Web. Aportar la información detallada de: proyecto, descripción, importe, fecha inicio y fin, y destinatarios. “Weblogic Implementation Specialist” en versiones 11g y/o 12c o equivalente. |
Nota (1): Para el 25% de los recursos presentados se considera este requisito como cumplido si aunque no disponga de la titulación sí que acredite al menos 6 años de experiencia laboral en el ámbito de la Informática y Comunicaciones.
A presentar por los licitadores en el DEUC: deberán indicar en el apartado “Personal Técnico y organismos técnicos de control de la calidad” Y “Titulaciones”, declaración responsable con detalle del personal aportado.
A presentar en la aplicación de licitación electrónica. Sobre A. Anexo II, Declaración de Compromiso de adscripción de medios (medios humanos y materiales). Detalle de equipo presentado, con al menos los siguientes datos: perfil, nombre y apellidos, descripción de experiencia y conocimientos, y certificaciones de acuerdo a solvencia requerida.
A presentar por la propuesta como adjudicataria:
Acreditará mediante currículums en los que se detallará exclusivamente la experiencia requerida. Se deberá adjuntar el currículo de los componentes del grupo de trabajo propuesto para la realización de las tareas y actividades del servicio objeto de contratación, junto con el perfil descrito. Para cada uno de los integrantes del equipo se deberá especificar lo requerido.
Para cada uno de los integrantes del equipo de servicio, se deberá especificar lo solicitado en este apartado. Así mismo, Incluirá un anexo de acreditación de medios personales y materiales adscritos a los servicios, medios personales y materiales, adscritos efectivamente para la ejecución del contrato.
-
Documento de adscripción efectiva de medios personales y materiales
ITAs TC2
2- Títulos de estudios profesionales
Requerido
Según solicitado en apartado “Equipo Técnico”.
A presentar por los licitadores en el DEUC: detalle de titulación y estudios en apartado “ Títulos de estudios y profesionales”.
A presentar por el propuesto adjudicatario:
o Copias de las titulaciones y certificados de formación.
3- Parte de subcontratación. El licitador que tiene eventualmente el propósito de subcontratar un porcentaje del contrato deberá indicarlo. Deberá completar un DEUC por separado en relación al subcontratista que deberá contar con la capacidad y solvencia requeridas en el presente pliego.
A presentar por los licitadores en el DEUC en “Parte de sbucontratación”. Indicar el porcentaje, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de las subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
En todo caso, la adjudicataria deberá comunicar anticipadamente y por escrito a EJIE la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad de la subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de ésta para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
II. Solvencia económica y financiera, Según lo dispuesto en el Artículo 78 apartado a) del TRLCSP, en este sentido la licitadora deberá acreditar:
Requerido
Seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Aportar en DEUC Indicación del seguro.
Aportar por la propuesta como adjudicataria.
o Copia de la póliza de seguros y documento de pago.
La propuesta como adjudicataria deberá además:
Indicar el convenio colectivo que es de aplicación a los trabajadores que realicen actividad objeto de contratación.
La propuesta como adjudicataria se obliga a acreditar, que todo el personal propuesto para proporcionar el servicio, forma parte de la plantilla de la empresa, mediante el correspondiente certificado de alta en la Seguridad Social (ITA/TC2), de forma previa a la formalización del contrato, y, en su caso, de que cumple con lo establecido en materia de subcontratación, presentando la acreditación de pertenencia a la plantilla de la/s subcontratista/s. Además deberán presentar justificación de asignación de los mismos que ya estuvieron identificados en la propuesta (con nombres y apellidos) a momento de adjudicación y estar asignados a la ejecución del contrato desde el inicio del mismo, y si no cumplieran con cualquiera de los requisitos exigidos, supondrá la adjudicación al siguiente en calificaciones, y si se hubiera iniciado el contrato podrá conllevar la rescisión del mismo.
Xxxxx XXX de Igualdad entre hombres y mujeres.
Es responsabilidad del licitador y posteriormente del adjudicatario verificar que el personal del equipo de trabajo asignado, posea las titulaciones y certificaciones que pueda acreditar así como el verificar con referencias la capacitación técnica de dicho personal.
Para acreditar la solvencia necesaria para el contrato objeto del presente expediente, los licitadores podrán basarse en la solvencia y medios propios o de otras entidades (medios acreditados con empresas de vinculadas- cumpliendo lo establecido en el artículo 42 del Código de Comercio, o medios con empresas terceras no vinculadas), siempre y cuando se presente la declaración DEUC y al propuesto como adjudicatario acredite la disposición efectiva de los mismos para el contrato. Dado el carácter y la trascendencia esencial de los medios personales en el presente contrato ha de observarse y presentarse la documentación de acuerdo a los modelos preestablecidos en el presente pliego.
Estos medios personales formarán parte de la propuesta presentada. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de los servicios. Cualquier respecto a ellos deberá ser comunicada y aceptada por EJIE. Su incumplimiento podrá ser causa de resolución de contrato.
29. DEUC Y CUMPLIMENTACIÓN
29.1. Documento Europeo único de contratación
El Reglamento UE 2016/72dictado en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59 de la Directiva 24/20143, establece un modelo de formulario normalizado como documento europeo único de contratación y establece que será directamente aplicable a cada Estado miembro. El 6 xx xxxxx de 2016, La JCCA emite una Instrucción sobre las instrucciones de cumplimentación del DEUC, y la presente nota jurídica recoge los aspectos fundamentales de la misma y su aplicación práctica a EJIE. . En el momento de la presentación de las solicitudes de participación o las ofertas, las empresas podrán presentar como el DEUC, consistente en una declaración actualizada del interesado, en sustitución de los certificados expedidos por las autoridades públicas o por terceros que confirmen que el operador económico en cuestión cumple las condiciones siguientes: que no se encuentra en ninguna de las situaciones de exclusión de los operadores económicos del artículo 57 de la Directiva 24/2014 UE4 (en adelante, Directiva), de que cumple los criterios de selección pertinentes de conformidad con el artículo 58 de la Directiva y las normas y criterios objetivos que se hayan establecido de acuerdo al artículo 65 de la Directiva. Si el operador económico recurre a las capacidades de otras entidades con arreglo al artículo 63, deberá aportar la información solicitada en el DEUC en lo que respecta a dichas entidades. Por lo tanto, las empresas podrán acreditar el cumplimiento de los requisitos previos de acceso enumeraos en el artículo 59.1 D mediante la presentación de una declaración responsable que siga el formulario normalizado del DEUC establecido por el Reglamento 7/2016. Se aplica a los contratos sujetos a regulación armonizada. Cada empresa podrá cumplimentar dicho DEUC y en el caso de que concurran en UTE deberán cumplimentar cada una de las empresas de la UTE. Las orientaciones para su cumplimentación se encuentran referenciadas en el Anexo VIII del presente pliego.
29.2. Instrucciones para cumplimentar el DEUC on-line
Los pasos a realizar para cumplimentar el Documento Europeo Único de Contratación, que corresponde a las declaraciones responsables de capacidad y solvencia, son los siguientes:
Descargar el documento que está en el perfil de contratante de EJIE, en formato xml, en cada expediente, identificado como “DEUC-nº expediente-xml”
1. Ir al siguiente link:xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx
2. Elegir la casilla “Soy un operador económico”
3. Elegir la casilla “Importar DEUC”
4. En “examinar” elegir el documento que nos hemos descargado en el paso 1, en formato xml.
5. Ya aparece el DEUC correspondiente a este expediente, con lo que se cumplimenta y se aporta en la plataforma de licitación adjuntando el documento xml resultante o también pueden imprimir el documento cumplimentado y subirlo escaneado y firmado-e.
2 Reglamento UE 2016/7 xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000-00000.xxx
- 3 Recomendación JCCA sobre DEUC http://xxx.xxxxxx.xxx.xx/Documentacion/Publico/D.G.%20PATRIMONIO/Junta%20Consultiva/informes/Informes%2 02016/Recomendacion%20de%20la%20JCCA%20sobre%20el%20DEUC%20aprobada%20el%206%20abril%20de%2020 16%20_3_.pdf
- 4 Directiva 24/2014
xxxx://xxx-xxx.xxxxxx.xx/xxxxx-xxxxxxx/XX/XXX/XXX/?xxxxXXXXX:00000X0000&xxxxxxx
30. SOBRE B
El sobre B Proposición Económica/criterios objetivos
La Oferta Económica. Contendrá la propuesta de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 1.
A todos los efectos, se entenderá que la oferta presentada comprende no sólo el importe de los bienes a suministrar, sino también la totalidad de los impuestos, a excepción del I.V.A., gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, derechos, gastos repercutibles, costes de transporte, entrega y, en su caso instalación, seguros, aranceles, licencias y autorizaciones de todo tipo que recaigan sobre la operación, hasta la entrega y recepción de los bienes o servicios, e incluso el beneficio industrial de la contratista.
31. SOBRE C
Oferta Técnica/Criterios que implican juicio de valor.
Según los criterios técnicos e índice descrito en el pliego de condiciones técnicas. Recogiendo y describiendo los criterios que implican juicio de valor. La oferta deberá seguir el índice establecido en el pliego de prescripciones técnicas.
32. PUBLICIDAD DE LOS ACTOS DE APERTURA
EJIE lleva a cabo la retransmisión de las aperturas técnicas y económicas, de los expedientes no sujetos y sujetos a regulación armonizada, de la forma siguiente:
APERTURA | VISUALIZACIÓN | URL |
TECNICA | OFF LINE | xxxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxx_xx. html?video=EJIE-XXX-20XX-AT.flv |
ECONOMICA | ON LINE | |
OFF LINE | xxxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxx_xx. html?video=EJIE-XXX-20XX-AE.flv |
En el apartado sombreado en gris, se debe introducir el número de expediente del que queremos visualizar la apertura, por ejemplo, para visualizar la apertura técnica del expediente 001/2016 se indica 001-2016-AT para aperturas técnicas y 001-2016-AE para la apertura económica de ese expediente.
33. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Disposiciones generales
1) El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto armonizado, a la oferta económicamente más ventajosa.
2) Criterios:
Criterio | Peso relativo |
Oferta Económica | 51% |
Oferta importe total | 50 % |
Oferta precio Servicio Validación y Pruebas | 1% |
Oferta Técnica de Servicios | 49% |
Calidad de la solución propuesta y plan de trabajo | 25% |
Grupo de trabajo y organización | 14% |
Plan de transición de entrada y salida | 6% |
Garantía de la disponibilidad del servicio | 4% |
Se establecen DOS FASES de valoración:
FASE 1: En esta fase se valorarán los criterios, cuya evaluación exige hacer un juicio de valor y que se indican a continuación:
Se valorará cada oferta asignando puntos según los criterios que aparecen en el sub-apartado correspondiente.
Se excluirán, y por tanto, no se procederá a la apertura de sus ofertas económicas, todas las propuestas que obtengan menos de un sesenta por ciento de valoración del máximo posible en el apartado de Oferta Técnica (es decir menos de 29,4 puntos).
Una vez superado este criterio xx xxxxx la puntuación definitiva se ponderará en relación a la mejor puntuación del resto de ofertas presentadas según la siguiente fórmula:
Puntuación Técnica Definitiva
= 49 · Puntuación evaluada
Puntuación técnica sin ponderar más alta entre las ofertas presentadas
- Oferta de Servicios
Se valoran los siguientes apartados a partir de lo expuesto en el documento de oferta técnica de servicios que presente el licitador (ver apartado Documento de Propuesta Técnica):
VALORACIÓN TÉCNICA | ||||||
FACTORES DE PONDERACIÓN | ||||||
Puntos max. | Excelente | Buena | Media | Básica | No se aporta o no corresponde | |
Calidad de la solución propuesta y plan de trabajo | 25 | |||||
Gestión de Proyectos IT | 7 | 7 | 5 | 2,5 | 1 | 0 |
Transición de Proyectos a la Operación del Servicio | 8 | 8 | 6 | 3 | 1,5 | 0 |
Servicio de Validación y Pruebas | 5 | 5 | 3 | 2 | 1 | 0 |
Procedimientos de gestión, control y calidad del servicio | 3 | 3 | 2 | 1,5 | 1 | 0 |
Entregables | 2 | 2 | 1,5 | 1 | 0,5 | 0 |
Grupo de trabajo y organización | 14 | |||||
Detalle de los perfiles profesionales | 7 | 7 | 4,5 | 3 | 1,5 | 0 |
Adecuación del tamaño y estructura del equipo | 7 | 7 | 4,5 | 3 | 1,5 | 0 |
Plan de transición de entrada y salida | 6 | |||||
Recursos y cronograma | 3 | 3 | 2,25 | 1,5 | 0,75 | 0 |
Estrategia empleada | 3 | 3 | 1,5 | 1 | 0,5 | 0 |
Garantía de la disponibilidad del servicio | 4 | |||||
Planteamiento para indisponibilidades de personal imprevistas | 2 | 2 | 1,5 | 1 | 0,5 | 0 |
Planteamiento para sustitución planificada de personal | 2 | 2 | 1,5 | 1 | 0,5 | 0 |
La escala de valores a aplicar es la siguiente:
Calidad de la solución propuesta y plan de trabajo:
Gestión de Proyectos IT: se valorará el planteamiento realizado en la propuesta de gestión de las mejoras del servicio.
Excelente | El servicio de gestión de proyectos IT ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento óptimo. Se realizan propuestas detalladas, con el resultado esperado y los indicadores para su seguimiento. |
Buena | El servicio de gestión de proyectos IT ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento bueno. Se realizan propuestas detalladas, con los resultados e indicadores principales o más importantes esperados. |
Media | El servicio de gestión de proyectos IT ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento aceptable. Se realizan propuestas con resultados genéricos y con algunos resultados y/o indicadores para su seguimiento. |
Básica | El servicio de gestión de proyectos IT ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento básico. Se realizan algunas propuestas con resultados genéricos y sin resultados y/o indicadores suficientes para su seguimiento. |
No se aporta o no corresponde | El servicio de gestión de proyectos IT ofertado se ha descrito con un planteamiento no aceptable o sin el suficiente detalle en base a lo solicitado. |
Transición de Proyectos a la Operación del Servicio: se valorará el planteamiento realizado en la propuesta de gestión de las mejoras del servicio
Excelente | El servicio de transición de proyectos a la operación del servicio ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento óptimo. Se realizan propuestas detalladas, con el resultado esperado y los indicadores para su seguimiento. |
Buena | El servicio de transición de proyectos a la operación del servicio ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento bueno. Se realizan propuestas detalladas, con los resultados e indicadores principales o más importantes esperados. |
Media | El servicio de transición de proyectos a la operación del servicio ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento aceptable. Se realizan propuestas con resultados genéricos y con algunos resultados y/o indicadores para su seguimiento. |
Básica | El servicio de transición de proyectos a la operación del servicio ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento básico. Se realizan algunas propuestas con resultados genéricos y sin resultados y/o indicadores suficientes para su seguimiento. |
No se aporta o no corresponde | El servicio de transición de proyectos a la operación del servicio ofertado se ha descrito con un planteamiento no aceptable o sin el suficiente detalle en base a lo solicitado. |
Servicio de Validación y Pruebas: se valorará el planteamiento realizado en la propuesta de gestión de las mejoras del servicio.
Excelente | El servicio de validación y pruebas ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento óptimo. Se realizan propuestas detalladas, con el resultado esperado y los indicadores para su seguimiento. |
Buena | El servicio de validación y pruebas ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento bueno. Se realizan propuestas detalladas, con los resultados e indicadores principales o más importantes esperados. |
Media | El servicio de validación y pruebas ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento aceptable. Se realizan propuestas con resultados genéricos y con algunos resultados y/o indicadores para su seguimiento. |
Básica | El servicio de validación y pruebas ofertado se ha descrito en base a lo solicitado y con un planteamiento básico. Se realizan algunas propuestas con resultados genéricos y sin resultados y/o indicadores suficientes para su seguimiento. |
No se aporta o no corresponde | El servicio de validación y pruebas ofertado se ha descrito con un planteamiento no aceptable o sin el suficiente detalle en base a lo solicitado. |
Procedimientos de gestión, control y calidad del servicio:
Excelente | Los procedimientos de gestión, control y calidad del servicio tienen alcance global y buena orientación estratégica, se han desarrollado con gran nivel de detalle y se considera que aportarán valor al servicio. El cuadro de mando se ha desarrollado con buen nivel de detalle. |
Buena | Los procedimientos de gestión, control y calidad del servicio tienen alcance global, se han desarrollado con buen nivel de detalle y se considera que aportarán valor al servicio. |
Media | Los procedimientos de gestión, control y calidad del servicio se han desarrollado con suficiente nivel de detalle y cumplen con lo solicitado. |
Básica | Los procedimientos de gestión, control y calidad del servicio cumplen básicamente con lo solicitado. |
No se aporta o no corresponde | Los procedimientos de gestión, control y calidad del servicio se consideran insuficientes o no se han descrito suficientemente. |
Entregables: se deben presentar las plantillas de los diferentes entregables identificados
Excelente | Los entregables modelo presentados cubren y mejoran con alto nivel de detalle el alcance de las necesidades de la Gestión de Proyectos (Informe de Seguimiento del Proyecto), Planificación de transición a operación (Informe de Seguimiento de la Transición), Gestión de cambios (Informe de cambios aprobados y planificados), Gestión de la configuración y activos (Procedimientos documentados de ciclo de vida), Gestión de despliegues (Planes de ejecución detallados), Gestión del conocimiento y Validación y pruebas (Informe de Pruebas de Rendimiento). Se incluyen otros entregables relevantes |
Buena | Los entregables modelo presentados cubren y mejoran el alcance de las necesidades de la Gestión de Proyectos (Informe de Seguimiento del Proyecto), Planificación de transición a operación (Informe de Seguimiento de la Transición), Gestión de cambios (Informe de cambios aprobados y planificados), Gestión de la configuración y activos (Procedimientos documentados de ciclo de vida), Gestión de despliegues (Planes de ejecución detallados), Gestión del conocimiento y Validación y pruebas (Informe de Pruebas de Rendimiento). Se incluyen otros entregables relevantes |
Media | Los entregables modelo presentados cubren y mejoran el alcance de alguna de las necesidades de la Gestión de Proyectos (Informe de Seguimiento del Proyecto), Planificación de transición a operación (Informe de Seguimiento de la Transición), Gestión de cambios (Informe de cambios aprobados y planificados), Gestión de la configuración y activos (Procedimientos documentados de ciclo de vida), Gestión de despliegues (Planes de ejecución detallados), Gestión del conocimiento y Validación y pruebas (Informe de Pruebas de Rendimiento). Se incluyen otros entregables relevantes |
Básica | Los entregables modelo presentados cubren de manera básica el alcance alguna de las necesidades de la Gestión de Proyectos (Informe de Seguimiento del Proyecto), Planificación de transición a operación (Informe de Seguimiento de la Transición), Gestión de cambios (Informe de cambios aprobados y planificados), Gestión de la configuración y activos (Procedimientos documentados de ciclo de vida), Gestión de despliegues (Planes de ejecución detallados), Gestión del conocimiento y Validación y pruebas (Informe de Pruebas de Rendimiento). Se incluyen otros entregables relevantes |
No se aporta o no corresponde | Los entregables modelo presentados no cubren el alcance de las necesidades de la Gestión de Proyectos (Informe de Seguimiento del Proyecto), Planificación de transición a operación (Informe de Seguimiento de la Transición), Gestión de cambios (Informe de cambios aprobados y planificados), Gestión de la configuración y activos (Procedimientos documentados de ciclo de vida), Gestión de despliegues (Planes de ejecución detallados), Gestión del conocimiento y Validación y pruebas (Informe de Pruebas de Rendimiento). Se incluyen otros entregables relevantes |
Grupo de trabajo y organización
Detalle de los perfiles profesionales: se deben identificar los roles y perfiles asociados a todos y cada uno de los servicios solicitados.
Excelente | El equipo se presenta con claridad y detalle, incluyendo todos los perfiles y funciones. La propuesta de todos los perfiles profesionales se considera excepcionalmente adecuada para cubrir los servicios. |
Buena | El equipo se presenta con claridad y detalle, incluyendo todos los perfiles y funciones. La propuesta de todos los perfiles profesionales imprescindibles se considera buena y adecuada para cubrir los servicios. |
Media | El equipo se presenta con poca claridad y detalle, incluyendo todos los perfiles y funciones. La propuesta de todos los perfiles profesionales imprescindibles se considera aceptable y adecuada para cubrir los servicios. |
Básica | El equipo se presenta de forma poco clara y con poco detalle. La propuesta de alguno de los perfiles profesionales no se considera la más adecuada para cubrir los servicios. |
No se aporta o no corresponde | La propuesta de perfiles profesionales se considera inadecuada. |
Adecuación del tamaño y estructura del equipo: se valorará la composición, organización del equipo de trabajo y la asignación de recursos.
Excelente | La propuesta de tamaño, roles y estructura del equipo se considera óptimamente adecuada para cumplir lo solicitado en el pliego. Se ha descrito la composición, organización del equipo y recursos de una manera clara, detallada y entendible. |
Buena | La propuesta de tamaño, roles y estructura del equipo se considera buena para cumplir lo solicitado en el pliego. Se ha descrito la composición, organización del equipo y recursos de una manera clara, detallada y entendible para lo considerado imprescindible y de una forma genérica el resto. |
Media | La propuesta de tamaño, roles y estructura del equipo se considera adecuada para cumplir lo solicitado en el pliego. Se ha descrito la composición, organización del equipo y recursos de una manera no del todo detallada y clara. |
Básica | La propuesta de tamaño, roles y estructura del equipo se considera parcialmente adecuada para cumplir lo solicitado en el pliego. Se ha descrito la composición, organización del equipo y recursos de una manera poco clara, y sin detalle. |
No se aporta o no corresponde | La propuesta de tamaño, roles y estructura del equipo se considera insuficiente. |
Plan de transición de entrada y salida
Recursos y cronograma: se valora cómo se plantea la aceptación y devolución del servicio en lo correspondiente a recursos y cronograma empleado.
Excelente | Se considera que los recursos y/o cronograma ofertados son suficientes y especialmente adecuados para realizar planes de transición con buenas garantías de éxito, y con los controles de calidad suficientes y visión general del servicio desde las fases iniciales. |
Buena | Se considera que los recursos y/o cronograma ofertados son suficientes y especialmente adecuados para realizar planes de transición con buenas garantías de éxito. |
Media | Se considera que los recursos y/o cronograma ofertados son suficientes y especialmente adecuados para realizar uno de los planes de transición (entrada o salida) con buenas garantías de éxito y aceptable el otro. |
Básica | Se considera que los recursos y/o cronograma son suficientes para ejecutar ambos planes de transición. |
No se aporta o no corresponde | Se considera que los recursos y/o cronograma son insuficientes. |
Estrategia empleada: se valorará el planteamiento de la transición de entrada y salida, fases, condicionantes, organización, etc.
Excelente | La estrategia planteada para los planes se ha descrito con alto nivel de detalle, el planteamiento se considera excelente y especialmente adecuado. |
Buena | La estrategia planteada se considera buena para realizar ambos planes, con un buen planteamiento y buen detalle. |
Media | La estrategia planteada se considera con buen detalle y adecuado para realizar uno de los planes de transición (entrada o salida) con buenas garantías de éxito y aceptable el otro |
Básica | La estrategia planteada se considera suficiente para ejecutar ambos planes de transición, con un detalle aceptable en ambos casos |
No se aporta o no corresponde | La estrategia planteada se considera insuficiente. |
Garantía de la disponibilidad del servicio
Planteamiento para indisponibilidades de personal imprevistas: se valorará el planteamiento para indisponibilidades de personal imprevistas, protocolos, procedimientos, tiempos, etc…
Excelente | El planteamiento para indisponibilidades de personal imprevistas se ha descrito con suficiente detalle, el planteamiento se considera excelente y especialmente adecuado. |
Buena | El planteamiento para indisponibilidades de personal imprevistas se considera bueno, con un buen planteamiento y buen detalle. |
Media | El planteamiento para indisponibilidades de personal imprevistas se considera bueno, con un buen planteamiento y suficiente detalle. |
Básica | El planteamiento para indisponibilidades de personal imprevistas se considera aceptable pero con poco detalle. |
No se aporta o no corresponde | El planteamiento para indisponibilidades de personal imprevistas se considera insuficiente. |
Planteamiento para sustitución planificada de personal: se valorará el planteamiento para sustitución planificada de personal, procedimientos, transferencia de conocimiento,
documentación, tiempos, etc…
Excelente | El planteamiento para sustitución planificada de personal se ha descrito con suficiente detalle, el planteamiento se considera excelente y especialmente adecuado. |
Buena | El planteamiento para sustitución planificada de personal se considera bueno, con un buen planteamiento y buen detalle. |
Media | El planteamiento para sustitución planificada de personal se considera bueno, con un buen planteamiento y suficiente detalle |
Básica | El planteamiento para sustitución planificada de personal se considera aceptable pero con poco detalle. |
No se aporta o no corresponde | El planteamiento para sustitución planificada de personal se considera insuficiente. |
FASE 2: En esta fase se valorará el criterio evaluable automáticamente a través de fórmula.
La fórmula que se aplicará para calcular la puntuación total de la oferta económica será la suma de ambas puntuaciones ponderadas:
Puntuación económica
= ó
+ ó ó
- Oferta Importe Total
La valoración de las ofertas se realizará en función de los precios propuestos por el proveedor para este apartado, resultando desestimadas las ofertas que excedan el importe máximo
expuesto en el presente pliego”.
La proposición económica para este concepto se valorará de la forma que se describe a continuación.
El número total de puntos asignables para la valoración del Importe Total es de 50 puntos, aplicándose una fórmula progresiva en 3 fases con las siguientes especificaciones:
Primera fase – hasta 33 puntos
o Se asignarán 7 puntos por cada 1% de descuento adicional sobre el presupuesto de licitación, hasta un máximo de 33 puntos.
Segunda fase – hasta 48 puntos (33 de la primera fase)
o Las ofertas que en la primera no hayan conseguido 33 puntos, en esta fase tendrán 0 puntos.
o Se asignarán 5 puntos por cada 5% de descuento adicional sobre el presupuesto de licitación, hasta un máximo de 15 puntos.
Tercera fase – hasta 50 puntos (48 de la primera y segundas fases)
o Las ofertas que en la segunda fase no hayan conseguido 48 puntos, en esta fase tendrán 0 puntos.
o Para el resto de ofertas, la forma de calcular el punto restante es proporcional utilizando la fórmula:
Puntuación obtenida por la Oferta a valorar = 2 x (oferta económica más competitiva / oferta a valorar)
Una vez asignados los puntos según las fases descritas, se aplicará la siguiente fórmula:
Puntuación economica definitiva = 50 · Puntuación evaluada
Puntuación economica sin ponderar más alta entre las presentadas
- Oferta Precio Servicio Validación y Pruebas.
La valoración de las ofertas se realizará en función de los precios/hora propuestos por el proveedor para este apartado siguiendo la siguiente fórmula.
Puntuación económica = 1 · Precio oferta más baja
Precio oferta evaluada
34. ANÁLISIS DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN.
1) La Mesa de Contratación examinará con carácter previo el contenido del sobre “A” sobre capacidad y solvencia, y calificará los documentos presentados por licitadores y licitadoras en tiempo y forma.
Subsanación
En caso que observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo notificará a las licitadoras afectadas, concediéndoles un plazo de hasta tres días hábiles para la corrección o subsanación de defectos subsanables en la documentación presentada. La no presentación de alguno de los documentos exigidos o la presentación de los mismos en forma distinta a la requerida dará lugar a la no admisión definitiva por la Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, y de solvencia mínima exigida.
Exclusión de proposiciones
No se aceptarán aquellas proposiciones que:
o Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que EJIE, S.A. estime fundamental para considerar la oferta.
o Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida.
o Excedan del tipo máximo de licitación.
o Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido.
o En las que existiese reconocimiento por parte del licitador o licitadora de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
o Quedarán descartadas las proposiciones que no cumplan con un umbral mínimo requerido, si se establecen fases de valoración de las mismas.
2) Respecto del Sobre “C” Oferta Técnica
Los contenidos de la Oferta Técnica de las licitadoras serán objeto de recomposición y en el día y hora señalados en los anuncios de licitación; procediéndose a su examen y valoración con carácter previo a la apertura de las proposiciones económicas. Se deberá presentar en sobres separados la propuesta que afecta a criterios que implican juicio de valor de las que implican aplicación de fórmulas (identificándose claramente en cada sobre).
3) Sobre “B” Proposición Económica
La Mesa de Contratación en el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación notificará a las licitadoras en acto público las proposiciones que hayan sido admitidas, y facilitará las valoraciones resultantes de las ofertas técnicas, procediendo seguidamente a la apertura de las proposiciones económicas contenidas en el sobre "B" y a la lectura de las mismas. Las ofertas correspondientes a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no serán abiertos
La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello.
Efectuada la lectura de las proposiciones económicas, teniendo en cuenta lo anteriormente expresado, la Mesa elevará dichas proposiciones, con el acta y la propuesta de adjudicación que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios de adjudicación, al órgano de contratación que adjudique el contrato
XXXX, X.X. tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios de adjudicación, sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación. Con carácter previo y salvo que la propuesta adjudicataria hubiera presentado la documentación precisa, se le concederá un plazo de 5 días naturales para su acreditación.
La Mesa de Contratación en las licitaciones telemáticas observará el procedimiento de licitación electrónica recogido en el capítulo III de la Orden de 16 xx xxxxxx de 2004 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y desarrollará en sus comunicaciones la notificación electrónica prevista en el capítulo IV de la citada disposición.
EJIE S.A. facilitará, en función de los recursos técnicos disponibles, el acceso virtual a dichos actos de apertura pública a quienes hubiesen licitado en el procedimiento. Podrán visualizar el acto de apertura aquellas que hayan manifestado su interés al activar la función “nueva licitación” de la Aplicación de Licitación Electrónica.
A los efectos prácticos de la visualización del Acto de Apertura, EJIE ha instalado una cámara web en la sala donde se efectúan los actos de apertura. Las imágenes generadas por la cámara web serán transmitidas por internet mediante un procedimiento del streamming en formato adaptado al programa de visualización “Real Player”. Es posible obtener, de forma gratuita, el programa “Real Player” en la dirección xxx.xxxxxxxxxx.xxx. Para la apertura, el Gobierno Xxxxx facilitará la dirección de streamming a través de las funcionalidades de Visualización del Acto de Apertura.
XXXX, X.X. únicamente podrá declarar desierto un procedimiento de licitación cuando considere que ninguna de las ofertas presentadas son admisibles conforme a los criterios previstos en el Pliego.
El órgano de contratación, antes de proceder a la adjudicación de las ofertas, solicitará los informes que considere conveniente para su valoración.
35. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
Teniendo en cuenta lo expuesto en el artículo 152 del TRLCSP, cuando para la adjudicación deba considerarse más de un criterio de valoración, se podrán apreciar ofertas anormales o desproporcionadas aquellas en que la oferta económica sea inferior en más de un 20 puntos porcentuales a la media de todas las ofertas presentadas. Si en función de la aplicación de dicho límite, se apreciaran oferta u ofertas anormales o desproporcionadas, se excluirá la ofertas u ofertas que no pueden ser cumplidas como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. Para apreciarlas se emitirá informe técnico pertinente.
El procedimiento a seguir será el que se establece en el artículo 152.3 del TRLCSP. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia a la licitadora que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma. En el procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente, que emitiría informe técnico pertinente.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por la licitadora y los informes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados,
la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
III. FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN
36. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
A) Obligaciones previas a la formalización del contrato
Acusado recibo de la notificación de adjudicación, la contratista, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, deberá aportar el documento que acredite encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
B) Formalización del contrato
El contrato se formalizará por escrito en el plazo máximo de quince (15) días hábiles a contar desde el siguiente al de recepción de la notificación de la adjudicación para la interposición del recurso especial en materia de contratación y a partir del día siguiente al mismo, en un plazo máximo de cinco días, se procederá a la formalización.
Cuando por causas imputables la contratista no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado por EJIE, S.A. será causa de resolución. En tal supuesto procederá que la contratista indemnice por los daños y perjuicios ocasionados a EJIE S.A.
37. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se realizará con estricta sujeción al pliego de prescripciones técnicas, al programa de trabajos y a lo especificado en este Pliego, y, en todo caso, según las instrucciones que, en ejecución o interpretación de los mismos, diera Responsable Técnico de EJIE a la adjudicataria.
EJIE podrá solicitar de la empresa adjudicataria la sustitución de cualquier persona asignada a los servicios objetos de contrato cuando existan circunstancias que así lo aconsejen o por una falta de adecuación al puesto y tareas que desarrolla dentro del servicio.
A este respecto, la empresa adjudicataria deberá contratar el personal necesario para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente de la adjudicataria, por cuanto éste tendrá los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral referidas al propio personal a su cargo. La empresa adjudicataria prestará el servicio con los perfiles y experiencia aportados en la oferta. La adjudicataria deberá acreditar la pertenencia de los recursos a su empresa o en caso de subcontratación aportar la documentación requerida en el presente pliego.
La adjudicataria estará obligada a asignar para la ejecución de los trabajos a que se refiere el presente Xxxxxx, los técnicos especialistas que figuren en su oferta (nombres y apellidos determinados en la oferta), con la dedicación definida en la misma. Por consiguiente, durante la vigencia del contrato, el personal asignado al mismo con dedicación preferente, responderá a las demandas de EJIE en un plazo que se estableciera en el pliego de condiciones particulares. Asimismo, el adjudicatario no podrá sustituir al personal facultativo establecido en su oferta, sin la expresa autorización de EJIE.
El adjudicatario deberá a lo largo de toda la ejecución del contrato abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que, en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. El adjudicatario entregará documentación justificativa del abono de los salarios en la aplicación dispuesta a efecto por EJIE
Los trabajos realizados en cualquiera de sus fases serán propiedad de EJIE y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de parte de las prestaciones, siempre que sea compatible con el programa definitivo de elaboración y no afecte al correcto desarrollo de los trabajos.
La adjudicataria deberá a lo largo de toda la ejecución del contrato abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que, en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel.
La empresa adjudicataria, en virtud de lo expuesto en el art. 20.2 de la Ley 4/2005, realizará, durante la ejecución del contrato, medidas tendentes a promover la igualdad de mujeres y hombres. (ver anexo VI).
La adjudicataria tiene la obligación de facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a los trabajadores.
38. REGLAS ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Respecto del personal laboral de la empresa contratista
El personal adscrito a la prestación del servicio dependerá exclusivamente de la empresa contratista, única que ostentará los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empleadora. A tales efectos, la empresa contratista asumirá las siguientes obligaciones:
1. Corresponderá exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos y formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin
perjuicio de la verificación por parte de la EJIE del cumplimiento de aquellos requisitos.
2. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento EJIE
3. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a toda empresa. En particular asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de personal en caso de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre las partes empleada y empleadora.
4. La empresa contratista velará especialmente porque el personal adscrito a la ejecución del contrato desarrolle su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato
5. La empresa contratista deberá designar al menos una persona coordinadora técnica o responsable perteneciente a su plantilla de personal, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a. Actuar como interlocutora de la empresa contratista frente a EJIE, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo adscrito al contrato, de un lado y EJIE, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato
b. Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir al mismo las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado
c. Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d. Organizar el régimen de vacaciones de personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la contratista con EJIE, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio
e. Informar a EJIE acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato
Respecto del lugar de ejecución del contrato
La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones, salvo que la necesidad de prestar los servicios en dependencias de los entes, organismos o entidades que forman parte del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi estuviera prevista en el Pliego de Condiciones Técnicas del presente expediente y así estuviera autorizado expresamente por EJIE. En este caso, la empresa contratista se hará cargo de dotar personal adscrito a la misma de los elementos necesarios para la realización del trabajo encomendado y velará por el respeto por parte del personal trabajador adscrito a tales servicios de la ubicación asignada.
Si la naturaleza de las prestaciones objeto del contrato demanda que los servicios se presten de manera continuada en bienes o instalaciones ubicado en el centro o centros o dependencias de trabajo de EJIE, la empresa contratista vendrá obligada, además, a acreditar, con carácter previo al inicio de la prestación y durante la vigencia de la misma, con la periodicidad que EJIE establezca, la documentación relativa a afiliación y alta en la Seguridad Social, la que acredite el estar al corriente de pago de salarios, la que garantice la coordinación preventiva, así como la relativa a garantizar las políticas de seguridad de la información y toda aquella otra documentación que EJIE considere necesaria, todo ello mediante los medios y/o herramientas que EJIE establezca.
Si la naturaleza de las prestaciones objeto del contrato demanda la utilización de códigos de usuarios de desarrollo y/o para el acceso a sistemas de información de EJIE, la empresa contratista vendrá obligada, además, a acreditar, con carácter previo al inicio de la prestación y durante la vigencia de la misma, con la periodicidad que EJIE establezca, toda aquella documentación que EJIE considere necesaria mediante los medios y/o herramientas que EJIE establezca.
Regla de indemnidad
Si a consecuencia del incumplimiento por la empresa contratista de las obligaciones asumidas en virtud de esta cláusula, EJIE fuera condenada al pago de cantidades solidario con la empresa contratista, se repercutirá en ésta la suma satisfecha, a cuyos efectos EJIE se reserva el ejercicio de cualesquiera acciones, en el orden jurisdiccional competente en cada caso, que sean adecuadas o convenientes hasta la total recuperación de las cantidades pagadas.
39. RESPONSABILIDAD
Independientemente de los previsto en la legislación vigente y aplicable a la reparación de daños y a las acciones relativas a las potenciales indemnizaciones por daños y perjuicios, el contratista responderá de los daños y perjuicios que durante la ejecución del contrato causen a EJIE o a terceros, por defectos o insuficiencias técnicas, o de errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios así como de incumplimientos en materia de calidad o seguridad que contravengan a los procedimientos de acreditación obtenidos por el contratista (certificaciones de calidad, seguridad etc.).
La indemnización derivada de la responsabilidad exigible al contratista alcanzará el valor del daño y perjuicio causado y el cincuenta por ciento (50%) del importe de los daños y perjuicios causados. Será exigible dentro del término de quince años contados desde la notificación de la misma por EJIE.
En todo caso, la contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
En relación con la ejecución de lo pactado, el desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos que forman parte del mismo o de las instrucciones, Xxxxxxx o normas de toda índole aprobadas por EJIE y publicados en el ámbito del expediente de contratación, no eximirá a la contratista de la obligación de su cumplimiento.
El contratista principal asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a EJIE, con arreglo al estricto al pliego de condiciones técnicas y pliego de condiciones particulares y a los términos del contrato incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia social y laboral.
40. PROPIEDAD INTELECTUAL
EJIE es titular y goza de todos los derechos de propiedad intelectual que puedan derivarse del presente pliego, en relación a productos, subproductos y demás elementos derivados de los servicios. Así mismo, todo producto o subproducto derivado de la prestación de los servicios objeto de la contratación de los servicios objeto de este expediente no podrá ser utilizado para otros fines fuera del ámbito de contratación objeto del mismo sin el permiso expreso y por escrito de EJIE.
La relación contractual a formalizar no representará la concesión a favor de terceros de ningún tipo de derecho de propiedad industrial e intelectual propiedad de EJIE.
La adjudicataria se compromete a utilizar los productos o servicios facilitados por EJIE únicamente para la prestación de los citados servicios, respetando en todo caso las condiciones establecidas en las referidas licencias.
41. TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS
La contratista responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que EJIE los haya examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.
En el caso de que EJIE estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, se estará a lo dispuesto en el art. 203 del RGLCAP, y en el supuesto de que la prestación no reúna las condiciones necesarias para su recepción, se estará a lo dispuesto en el art. 204 RGLCAP y en el pliego de prescripciones técnicas, en relación a los acuerdos de nivel de servicios y penalidades. Si persistieren los incumplimientos de las prescripciones técnicas y/o obligaciones contractuales podrá conllevar la resolución del contrato.
42. PENALIDADES
Las penalidades establecidas por los incumplimientos contemplados en el artículo 212 de la TRLCSP y en las cláusulas establecidas en el pliego de prescripciones técnicas, en relación a los acuerdos de nivel de servicios (SLA-ANS) y penalidades que se fijaran en el pliego de condiciones técnicas.
43. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
Sin previa autorización expresa y escrita de EJIE, la adjudicataria no podrá ceder o traspasar a terceros obligaciones o derechos que se deriven del presente contrato. Para la cesión, EJIE deberá dar su conformidad a la selección de la cesionaria o la subcontratada.
A este respecto, la adjudicataria establecerá expresamente en su contrato con la cesionaria o subcontratada, la obligación que esta última tiene de cumplir todos los requisitos contenidos en la documentación contractual que vincula a ambas partes.
La prestación de dichos servicios por la cesionaria o subcontratada deberá realizarse en las mismas condiciones que las establecidas para la adjudicataria.
La adjudicataria será responsable única ante EJIE de la prestación de los servicios adjudicados en su totalidad, independientemente de las responsabilidades que éste pueda exigir a sus suministradores o subcontratadas.
La contratista tendrá con carácter general la obligación de acreditar los siguientes extremos:
- Las subcontratistas con los que concertarán la ejecución parcial del contrato y las partes del contrato que serán objeto de subcontratación.
- El cumplimiento de la obligación de la contratista de la capacidad de obrar, según las especificaciones de este pliego.
- El cumplimiento de la condición relativa a la prohibición de subcontratar con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60 TRLCSP.
La acreditación de tales extremos se efectuará mediante la presentación, por parte de la adjudicataria, de los siguientes documentos:
Comunicación escrita previa a la formalización de la subcontratación en la que se relacionen las subcontratistas con los que concertará la ejecución parcial del contrato y las partes del contrato que serán objeto de subcontratación.
Respecto a las subcontratistas se acompañará así mismo las siguientes acreditaciones:
1. Acreditación de no estar incursos las subcontratistas en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 de la TRLCSP.
2. En relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, las subcontratistas deberán acreditar mediante la o las certificaciones administrativas expedidas, a tal efecto, por las Haciendas que correspondan (Hacienda Estatal y Haciendas Forales), encontrarse al corriente en cuanto a su cumplimiento con el alcance y forma que previene el art. 15 del RGLCAP, si bien en cuanto al Impuesto sobre Actividades Económicas habrá de presentarse el alta en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
3. Aquellas subcontratistas que se encuentren inscritas en el Registro Oficial de Contratistas, regulado por el Decreto 12/1998 de 3 de febrero, sobre Registro Oficial de Contratistas e implantación de la clasificación, mediante un procedimiento de acreditación de la capacidad para contratar deberán presentar, únicamente, copia del certificado vigente expedido por el letrado o letrada responsable del Registro. De tal manera estarán eximidas de tener que presentar y acreditar los documentos y circunstancias señalados en los puntos anteriores.
Los documentos referidos en esta cláusula serán presentados por la adjudicataria ante EJIE con una antelación mínima de quince días naturales de la fecha en que haya de formalizarse la subcontratación. En caso de que la adjudicataria no cumplimentara tal obligación o se incumplieran las condiciones establecidas no podrá realizarse dicha subcontratación.
El contratista principal asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a EJIE, con arreglo al estricto al pliego de condiciones técnicas y pliego de condiciones particulares y a los términos del contrato incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia social y laboral.
44. MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
De acuerdo a lo establecido en el artículo 219 del TRLCSP. EJIE podrá modificar el contrato celebrado en los casos y en la forma prevista en los artículos 105 a 108 del y con el procedimiento regulado en el artículo 211, todo ellos según lo dispuesto en el artículo 296.
44.1. MODIFICACIONES PREVISTAS
La estimación de la capacidad necesaria para abordar este servicio se ha realizado en base a las cargas de trabajo de los proyectos que se transicionan a operación en la actualidad y previendo las futuras cargas de proyectos de convergencia en Batera.
La creación de nuevos servicios en Batera que impliquen la gestión y transición de nuevos proyectos, así como la demanda de proyectos de convergencia sobre los servicios ofrecidos desde Batera de entidades que a priori no es posible calcular, puede implicar que se realicen modificaciones sobre las necesidades estimadas en cuanto a la capacidad inicial.
Por lo tanto, el dimensionamiento actual previsto en el presupuesto de contratación se ha estimado con la siguiente base:
Proyectos actuales de EJIE y Osakidetza. El cálculo se ha realizado en función de las cargas de proyectos de transición actuales en estas entidades.
Dimensionamiento necesario para abordar proyectos de convergencia de entidades sobre los servicios actuales de Elkarlan (Correo, Colaboración y Lync)
La modificación prevista se realizará en función de los siguientes criterios:
Causa de modificación prevista | Modificación prevista | Indicadores |
Creación de nuevos servicios en Batera que impliquen nuevos proyectos de construcción y de convergencia de Entidades sobre estos servicios. | Incremento de servicios prestados por coordinadores técnicos. | Métricas del servicio |
Incremento del número de Entidades que se integren en Batera | Incremento de servicios prestados por gestores de proyectos. Incremento de servicios prestados por coordinadores técnicos | Métricas del servicio |
45. GARANTÍA Y CONFIDENCIALIDAD
En relación al objeto definido, la contratista podrá tener acceso a información confidencial propiedad de EJIE.
La Dirección del proyecto entregará la información y documentación que considere necesaria para la realización del presente trabajo, debiendo la empresa adjudicataria comprometerse a:
Tratar con absoluta confidencialidad todo el material y la información que reciba como consecuencia de los trabajos realizados objeto de la adjudicación, durante el periodo de tiempo de duración de la misma,
No utilizar la misma para otros fines que los recogidos en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
No duplicar, copiar, revelar, ceder o vender total o parcialmente la información obtenida, en todo o en parte, a terceros sin autorización escrita de EJIE,
Advertir a sus empleadas y empleados de sus obligaciones respecto a la confidencialidad de la información, velando por el cumplimiento de la misma,
Restringir la utilización de la información obtenida como consecuencia de los trabajos realizados objeto del presente pliego de bases técnicas, exclusivamente para aquellas empleadas y empleados que tengan necesidad de conocerla y con la finalidad de realizar los trabajos expuestos.
Poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información y documentación recibida de EJIE, como de los resultados obtenidos del trabajo realizado.
La devolución de toda la información, material y/o soportes informáticos obtenidos, así como a la descarga de la misma de sus equipos informáticos o (si existieran), una vez finalizado el periodo de contratación correspondiente.
En cualquier caso, el personal prestatario del servicio se compromete al cumplimiento de
las políticas de seguridad de EJIE.
Cualquier infracción en este sentido será calificada como grave y será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades penales, o de otro tipo, en que se puedan incurrir.
Con la finalidad de mantener el carácter confidencial de dicha información, la contratista se compromete a cumplir las estipulaciones que se convienen a continuación.
Se compromete a guardar la máxima reserva y secreto sobre toda la información tratada o albergada por EJIE a la que tenga acceso, y que a todos los efectos será considerada por parte de la contratista como información confidencial.
No comunicará en ningún caso a terceras partes la información a la que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación. De forma específica, no revelará nunca sin el consentimiento previo por escrito, a proveedores, clientes o terceras partes, ninguna información de cualquier naturaleza que pueda llegar a su conocimiento en el curso de los trabajos.
El carácter confidencial afectará igualmente a cualquier informe, comunicación oral o escrita emitida por las partes, en relación a la información derivada del presente contrato, y no deberá ser mostrado a terceros, ni distribuido, ni mencionado públicamente sin el consentimiento previo de EJIE.
Mantendrá en todo momento todas las medidas de carácter técnico y organizativo necesarias para garantizar la seguridad (integridad, disponibilidad y confidencialidad) de la información que le sea entregada o facilitada por EJIE o a la que tenga acceso, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado durante la realización de los trabajos, proyectos, servicios y pedidos que, en cada caso, le hubieran sido encargados por EJIE.
Garantiza que las actividades llevadas a cabo por su personal se limitarán única y exclusivamente a las tareas necesarias para el cumplimiento del presente contrato. Asimismo informará a su personal, colaboradores y/o subcontratistas de las obligaciones establecidas en el presente contrato, así como de las obligaciones relativas al tratamiento de la información a la que tenga acceso. De forma específica, realizará cuantas advertencias y suscribirá cuantos documentos sean necesarios con su personal, colaboradores y subcontratistas con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones.
Reconoce y asume durante el tratamiento de información de EJIE que el acceso a la información se llevará a cabo únicamente si tal acceso es necesario para la realización de los trabajos, proyectos, servicios y/o pedidos contratados. Durante dicho acceso y tratamiento de la información respetará todas y cada una de las políticas, normativas y procedimientos establecidos por EJIE sin menoscabo de todas las políticas, normativas y procedimientos establecidos de forma autónoma por la contratista, que serán igualmente de obligado cumplimiento siempre que repercutan en un mayor nivel de seguridad. En caso de conflictos, prevalecerán en todo caso las políticas, normativas y procedimientos establecidos por EJIE.
Una vez concluida la realización de los trabajos, proyectos, servicios y pedidos que en cada caso se le encomienden, procederá a devolver a EJIE o a destruir la totalidad de la información que hubiere recibido en cualquier formato, no pudiendo en ningún caso conservar en forma alguna copia, total o parcial, de dicha información o de cualesquiera otra que hubiera podido generarse a resultas del cumplimiento de los trabajos, proyectos, servicios y pedidos encargados.
Xxxxxxxxx que el deber de confidencialidad y secreto profesional subsistirá aun después de finalizar la realización de los trabajos encargados, así como, en su caso,
tras la finalización por cualquier causa del presente contrato, teniendo dicha obligación de confidencialidad una duración de cinco años, tal y como establece el artículo 140 del TRCLSP.
46. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
La realización por parte del adjudicatario de los servicios objeto del presente contrato, pueden conllevar la necesidad de entregar o facilitar al adjudicatario ficheros que incluyan datos de carácter personal, considerando como tales todos aquellos afectados por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD) y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, Reglamento LOPD), así como a datos, ficheros o programas relacionados con la actividad industrial, comercial o de servicios de EJIE.
La adjudicataria se compromete a garantizar y mantener el nivel de seguridad que corresponda, en cada caso, a los ficheros que contengan datos de carácter personal y que puedan serle facilitados o a los que hubiere de tener acceso para la realización de cualquier trabajo o servicio que pudiere serle encargado por EJIE, en el ámbito del presente contrato.
A efectos del cumplimiento de la LOPD, la adjudicataria manifiesta y garantiza que dispone y tiene implantados en su organización los procedimientos de acuerdo a la normativa de seguridad de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento LOPD. Dicha normativa de seguridad tiene perfectamente establecidos los oportunos mecanismos de identificación y comprobación de las personas que pueden tener acceso a sus recursos y sistemas de información, así como a los ficheros que contengan o puedan contener datos de carácter personal. Igualmente, la mencionada normativa de seguridad tiene también establecidos los procedimientos de control de soportes en que puedan hallarse datos de carácter personal, así como los procedimientos de control de incidencias que pudieran afectar a la seguridad de los datos de carácter personal.
Ambas partes se comprometen a observar los derechos y obligaciones de cada una en materia de uso tratamiento y cesión de datos de carácter personal en cumplimiento de los términos establecidos la LOPD. Reglamento LOPD y demás normativa complementaria, asumiendo cada una de ellas personalmente las responsabilidades derivadas de los incumplimientos en que pudieran incurrir.
47. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO
Se regirá por lo establecido en el artículo 155 de la TRLCSP.
En el caso de que la renuncia sea imputable a la adjudicataria EJIE acreditará los gastos ocasionados, que serán satisfechos íntegramente por la empresa adjudicataria
El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación
48. RESCISIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de rescisión y resolución del contrato, además de las previstas en el artículo 223 a 225 y 299 y 300 del TRLCSP y 1.290 y siguientes del Código Civil.
Además de las citadas serán causas de resolución las siguientes:
Incumplimiento de las directrices establecidas por EJIE para la prestación de los servicios.
Quedarán automáticamente resueltos al final del período contratado.
Los que supongan un incumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del presente contrato.
Incumplimiento reiterado en los plazos totales o parciales de prestación de los servicios.
Inadecuación de los servicios realizados respecto de los demandados por EJIE.
Quedan calificadas como obligación contractual esencial, además de las calificadas en el pliego y normativa contractual, las siguientes:
El compromiso de adscripción de medios personales y materiales.
La obligación de subcontratación, en el caso de que haya sido establecida.
Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
Incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación.
49. RÉGIMEN DE RECURSOS
Recurso en materia de contratación:
Dado que se trata de contratos sujetos a regulación armonizada, el presente pliego y el pliego de prescripciones técnicas relativo a este expediente de contratación, podrán ser recurridos potestativamente mediante el recurso especial en materia de
contratación contemplado en el artículo 40 del TRLCSP. Se podrá presentar recurso especial en materia de contratación en el caso de contratos sujetos a regulación armonizada, es decir, en aquellos casos en que el valor estimado sea igual o superior a regulación armonizada o el que reglamentariamente se determine. El recurso deberá interponerse en el Registro del órgano de contratación o en el órgano competente para resolver (en el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi), en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado. La interposición del recurso especial deberá anunciarse previamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, ante el órgano de contratación, presentado en el mismo plazo previsto para la interposición del recurso.
Cuestión de nulidad
En el caso de que el expediente de contratación relativo al presente pliego sea superior a regulación armonizada, cabrá interponer contra el mismo, cuestión de nulidad, en los términos establecidos en los artículos 37 y siguientes del TRLCSP
50. SOMETIMIENTO VOLUNTARIO A TRIBUNALES
Para los conflictos que puedan surgir entre las partes, éstas se someten voluntariamente a los Juzgados y Tribunales de Vitoria-Gasteiz.
ANEXO I- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Dña. | DNI | |||
domicilio | CP | calle | ||
En nombre propio o representación de | ||||
C.I.F. | ||||
Domicilio a efectos de notificaciones | ||||
Teléfono contacto para este expediente | ||||
Correo electrónico |
DECLARO
I. Que he quedado enterado / enterada del anuncio de licitación para la adjudicación del contrato que tiene por objeto.............................................................................
II. Que igualmente conozco el Pliego de Condiciones Técnicas, Pliego de Condiciones Particulares y resto de documentación que rige el presente expediente, que expresamente asumo y acato en su totalidad, sin salvedad alguna.
III. Que ni yo, ni la empresa a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con las Administraciones Públicas, señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de Contratos del Sector Público
IV. Que la empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose, caso de resultar adjudicataria, a presentar en un plazo legal establecido, la acreditación de tal requisito.
V. Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación, funcionamiento y ejercicio de la actividad.
VI. Que, en relación con el servicio de la presente oferta, propongo su realización por el siguiente
- Oferta Importe Total
Importe sin IVA | % IVA | IVA € | TOTAL IVA incluido |
- Oferta Servicio Validación y pruebas
Importe sin IVA Precio/hora | % IVA | IVA € | TOTAL IVA- precio/hora incluido |
, en cuyo precio deben entenderse incluidos todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, derechos, gastos repercutibles, costes de transporte, entrega y, en su caso instalación, seguros, aranceles, licencias y autorizaciones de todo tipo que recaigan sobre la operación hasta la entrega y recepción de los bienes y el beneficio industrial del contratista y todo tipo de impuestos a excepción del I.V.A., del que se especificará el tipo (%) e importe total.
En , a de de 201X. Fdo.: D.N.I.:
ANEXO II
ANEXO 2 COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS
D./Dña. | DNI | |||
domicilio | CP | calle | ||
En nombre propio o representación de | ||||
C.I.F. | ||||
Domicilio a efectos de notificaciones | ||||
Teléfono contacto para este expediente | ||||
Correo electrónico |
DECLARA
Que en relación con la ejecución del contrato correspondiente al expediente nº
que tiene por objeto se compromete a:
I. Adscribir a la ejecución del contrato su propia organización, así como los medios humanos y materiales requeridos en el Pliego de Condiciones Técnicas.
a. Medios personales
i. ….
ii. ….
b. Medios materiales
i. ….
ii. ….
II. Ejecutar el contrato con estricto cumplimiento de las obligaciones que respecto del personal adscrito al mismo incumben al contratista, y que se establecen en el Pliego de Condiciones Técnicas
Estos medios materiales y humanos formarán parte de la propuesta presentada y, por lo tanto, del contrato que se firme en caso de resultar adjudicatario y serán mantenidos durante todo el tiempo de realización del servicio. Cualquier variación sobre los mismos será comunicada a EJIE y su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato.
Y para que conste, firmo la presente declaración,
En , a xx de xxxx de 20xx
XXXXX XXX IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES
D./Dña. | DNI | |||
domicilio | CP | calle | ||
En nombre propio o representación de | ||||
C.I.F. | ||||
Domicilio a efectos de notificaciones | ||||
Teléfono contacto para este expediente | ||||
Correo electrónico |
DECLARO
1- Que para la prestación de los servicios/suministros objeto del presente expediente, la empresa a la que represento, cumple con lo establecido en los artículos 45 y 48 de la Ley 3/2007.
2- Que la empresa a la que represento, para el presente expediente, reúne las siguientes circunstancias en materia de igualdad de hombres y mujeres:
Marcar la casilla que proceda5 | ||
SI | NO | |
Ha elaborado y aplica un Plan de Igualdad | ||
Cuenta con un reconocimiento en materia de igualdad por parte de una Administración Pública | ||
Ha adoptado medidas que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y ha arbitrado procedimientos específicos |
5 Marcar con una “X” la opción que corresponda a su empresa
para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo |
3- Que la empresa a la que represento, en caso de resultar adjudicataria del presente expediente, se compromete, en caso de que no lo haya realizado hasta ahora, a adoptar las medidas que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo así como a arbitrar procedimientos específicos para su prevención y pada dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo, dentro de un plazo de 12 meses desde la formalización del contrato.
4- Que la empresa a la que represento, en caso de ser adjudicataria del presente expediente, se compromete, en el caso de no haberlo realizado hasta ahora, a elaborar y aplicar un plan de igualdad, dentro de un plazo de 12 meses desde la formalización del contrato.
Lo firmo, a los efectos legales oportunos,
En a de de 20 .
ANEXO IV NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA | ||||
D./Dña. | DNI | |||
domicilio | CP | calle | ||
En nombre propio o representación de | ||||
C.I.F. | ||||
Teniendo en cuenta lo establecido en la disposición adicional decimoquinta del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ACEPTO Y ADMITO - Que las notificaciones se realicen por medios informáticos, electrónicos o telemáticos durante la tramitación del presente expediente de contratación. - La dirección de correo electrónico para las notificaciones será: | ||||
DIRECCIÓN DE CORREO-E: | ||||
Firmado:
En Vitoria-Gasteiz, a xx de xxxx de 20xx
ANEXO VI MODELO DE AVAL
La entidad_(razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF_
con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad,
y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados)6, con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.27 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de la Comunidad Autónoma, con sujeción a
6
Artículo 58. Poderes en avales y seguro de caución. 1. Los avales y los certificados de seguro de caución que se constituyen
como garantías provisionales o definitivas, deberán ser autorizados por apoderados de la entidad avalista o aseguradora que tengan poder suficiente para obligarla. 2. Estos poderes deberán ser bastanteados previamente y por una sola vez por la Asesoría Jurídica de la Caja General de Depósitos o por la Abogacía del Estado de la provincia cuando se trate de sucursales o por los órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes. No obstante, si el poder se hubiere otorgado para garantizar al interesado en un concreto y singular procedimiento y forma de adjudicación o contrato el bastanteo se realizará con carácter previo por el órgano que tenga atribuido el asesoramiento jurídico del órgano de contratación. En el texto del aval o del certificado de seguro de caución se hará referencia al cumplimiento de este requisito.
7 Artículo 56. Garantía constituida mediante aval. 1. Para su admisión como garantía provisional o definitiva en la contratación con la Administración, los avales deberán reunir las siguientes características: a) El aval debe ser solidario respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y pagadero al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o entidades locales contratantes; y b) El aval será de duración indefinida, permaneciendo vigente hasta que el órgano a cuya disposición se constituya resuelva expresamente declarar la extinción de la obligación garantizada y la cancelación del aval, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 65.1 de este Reglamento. La Administración vendrá obligada a efectuar dicha declaración si concurren los requisitos legalmente establecidos para considerar extinguida la obligación garantizada.
Las entidades avalistas habrán de cumplir los siguientes requisitos: a) No encontrarse en situación xx xxxx frente a la Administración contratante como consecuencia del impago de obligaciones derivadas de la incautación de anteriores avales. A este efecto, la Administración podrá rehusar la admisión de avales provenientes de bancos o entidades que mantuvieren impagados los importes de avales ya ejecutados treinta días naturales después de haberse recibido en la entidad el primer requerimiento de pago. b) No hallarse en situación de suspensión de pagos o quiebra. c) No encontrarse suspendida o extinguida la autorización administrativa para el ejercicio de su actividad. 3. El cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado 2 se acreditará por declaración responsable de la entidad avalista según el modelo que figura en el anexo V de este Reglamento.
los términos previstos en la legislación de contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.
AVALA a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) N.I.F, en virtud de lo dispuesto en el artículo 95 del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía definitiva para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato y nº expediente) ante EJIE S.A., por importe de: (en letra y en cifra).
El presente aval estará en vigor hasta que hasta que EJIE de por finalizado y autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad) (firma de los apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CAJA GENERAL DE DEPÓSITOS O DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Nº o código