PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE SUMINISTRO DE MATERIAL DEL SERVICIO DE ALUMBRADO Y EFICIENCIA ENERGETICA.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE SUMINISTRO DE MATERIAL DEL SERVICIO DE ALUMBRADO Y EFICIENCIA ENERGETICA.
1ª.- Objeto y calificación
El objeto del contrato es el suministro anteriormente reseñado, cuya codificación es CPV /2008: 31500000-1, con arreglo al Pliego de Prescripciones técnicas redactadas por el Servicio de Alumbrado y Eficiencia Energética (ANEXO I)
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro tal y como establece el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
2ª.- Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato del presente suministro será el procedimiento abierto, por trámite ordinario, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Dado que se trata de un suministro de valor estimado superior a 207.000 euros, IVA excluido, de acuerdo con el artículo 15.1.b del citado Texto Refundido, es un contrato sujeto a regulación armonizada.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con lo establecido en la cláusula novena del presente Pliego.
3ª.- Perfil de contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx
4ª.- Importe del Contrato
Se establece un tipo de licitación de SEISCIENTOS MIL EUROS (600.000,00 € IVA INCLUIDO), para los CUATRO años de vigencia de este contrato que se abonarán en las formas especificadas en el resumen de las anualidades reflejadas en la Memoria de este pliego.
Presupuesto 495.867,77 €
21% IVA 104.132,23 €
TOTAL CONTRATO 600.000,00 €
El importe se abonará con cargo al Nº e/g: 550/2014-P; RC: 11.475 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato. (RC Plurianual: 2201490098)
5ª.- Duración del Contrato
Se establece una duración del contrato de CUATRO AÑOS. El contrato podrá ser prorrogado dos años más, por periodos anuales, sí así se acuerda de forma expresa y por escrito, con una antelación de tres meses a la fecha de vencimiento y previo acuerdo entre las partes.
6ª.- Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, según modelo anexo II.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario:
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras según modelo anexo III o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
3. 2. En los contratos de suministro, la solvencia técnica de los empresarios se acreditará por uno o varios de los siguientes medios:
a) Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante.
e) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de
productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.
7ª.- Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación. Si el último día de presentación de proposiciones fuera sábado o festivo, el plazo terminaría el día hábil siguiente. En el supuesto de presentarse las proposiciones por correo, se establece el mismo plazo (día y hora) señalado anteriormente, debiendo llevarse a cabo en la forma prevista el el art. 80 del RGLCAP.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en DOS sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda
«Proposición para licitar a la contratación del SUMINISTRO DE MATERIAL DEL SERVICIO DE ALUMBRADO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA.
La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «B»: Documentación Administrativa.
— Sobre «A»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «B» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, según modelo anexo II.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Los que justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
e) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
f) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 9.917,35 Euros.
g) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
h) Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social. Los licitadores que pretendan contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la disposición adicional 4º del R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
SOBRE «A»
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA
AUTOMÁTICA
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación del suministro de , por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el DOUE, BOE y Perfil del contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de , euros y , euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En , a de de 20 .
Firma del licitador,
Fdo.: ».
b) Documentos relativos a criterios de valoración, distintos del precio, que se deban cuantificar de forma automática.
Los licitadores deberán constituir una garantía provisional por importe de 9.917,35 Euros, que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato.
La garantía provisional se depositará:
— En la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en la Caja o establecimiento público equivalente de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efecto cuando se trate de garantías en efectivo.
— Ante el órgano de contratación, cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
9ª.- Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, se atenderá a los siguientes criterios de adjudicación:
BAREMO DE VALORACION
Relación de las marcas del material a suministrar, así como los códigos de los materiales (marcas de primera calidad, mínimo dos casas, de 0 a 1
puntos; código de identificación de las características de los materiales, de 0 a 1 puntos).
MAXIMO 2 PUNTOS
Plazo de entrega del material y compromiso. La entrega se debe realizar en las dependencias del Servicio de Alumbrado.
MAXIMO 2 PUNTOS
Se evaluará como se indica en la siguiente tabla, siempre y cuando exista un compromiso por escrito:
Tiempo | Puntos |
Al instante | 2 puntos |
1 día | 1,5 |
2 días | 1 |
Hasta 5 días | 0,5 |
Más de 5 días | 0 |
Nota: Para el material no incluido en este Pliego, los plazos de entrega se especificaran en la formalización del pedido y deberá ser aprobado por el Servicio de Alumbrado.
Precios unitarios de cada uno de los materiales a suministrar
MAXIMO 6 PUNTOS
Disponer en Badajoz capital de un camión pluma propio al Servicio del Ayuntamiento de Badajoz.
MAXIMO 2 PUNTOS
Oferta económica de los materiales a suministrar
MAXIMO 15 PUNTOS
Se dará la máxima puntuación a la oferta de menor importe y las otras se puntuarán proporcionalmente. Las ofertas presentadas por el precio de licitación tendrán 0 puntos.
Se aplicará la siguiente FÓRMULA:
CI = C x (Pm / PI)
CI = Puntuación obtenida por la empresa.
C = Puntuación total a repartir (en nuestro caso 15 puntos).
PI = Oferta económica presentada por la empresa.
Tendrán consideración de ofertas anormales o desproporcionadas, cualquier oferta que se presente con una reducción, superior o igual, al 10% del precio de licitación . Se puntuará con cero, la oferta económica.
Pm= Oferta de menor importe.
Material para fuentes del alumbrado público
1. Motores o grupo motobomba
Equipado con motor eléctrico trifásico de 40-75CV.
1 PUNTO POR GRUPO HASTA UN MAXIMO DE 3 PUNTOS
2. Suministro de dispositivos demo para el aprendizaje de la programación de variación de velocidad de las bombas existentes en las fuentes ornamentales de la ciudad de Badajoz.
1 PUNTO POR CADA DISPOSITIVO HASTA UN MAXIMO 2 PUNTOS
3. Proyector arquitectónico con LEDs de alto rendimiento modelo Decoflood2 BVP636 64xLED-HB/RGB MB II GR CO DMX. IP66, IK08. L70: 50.000h. RGB
1 PUNTO POR CURSO HASTA UN MAXIMO DE 4 PUNTOS
Suministro de dispositivo de control wifi para la gestión del sistema de iluminación artística de la ciudad de Badajoz, a través de sus protocolos específicos de comunicación
1 PUNTO POR CADA DISPOSITIVO HASTA UN MAXIMO 2 PUNTOS
Servicio de apertura de las instalaciones en la ciudad de Badajoz, para atender eventuales urgencias de material (de lunes x xxxxxxx).
MAXIMO 2 PUNTOS
Compromiso de reserva de espacio de almacenaje en Badajoz para el acopio de material eléctrico y de infraestructuras. Mínimo 100 m2.
MAXIMO 2 PUNTOS
Disponibilidad xx xxxx de formación propia y en Badajoz, para el personal del Servicio de Alumbrado.
MAXIMO 2 PUNTOS
Alquiler gratuito de gatos hidráulicos y otros elementos de manipulación de bobinas y conductores.
Mejoras:
MAXIMO 2 PUNTOS
1. Cursos de formación en autómatas
1 PUNTO POR CURSO HASTA UN MAXIMO DE 3 PUNTOS
2. Cursos de formación en variadores
1 PUNTO POR CURSO HASTA UN MAXIMO DE 3 PUNTOS
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos tres vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así
como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
11ª.- Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el artículo 211 TRLCSP (RDL. 3/2011).
12ª.- Apertura de Proposiciones
La Mesa de Contratación se constituirá el primer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 12.00 horas, procederá a la apertura de los Sobres «B» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «A», que contienen los criterios cuya ponderación se cuantifica de manera automática.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
13ª.- Requerimiento de Documentación
Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, y a la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación se cuantifica de manera automática (Sobres «A»), la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
14ª.- Garantía Definitiva
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
15ª.- Ofertas con Valores Anormales o Desproporcionados
Se considerarán ofertas anormales o desproporcionadas aquellas que han quedado reseñadas en la en la clausura 9º del presente pliego. En el caso de incurrir en dicha consideración y sin perjuicio de obtener la puntuación que le corresponda, en virtud de lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP, se dará audiencia al licitador para que justifique la valoración de la oferta precise las condiciones de la misma.
16ª.- Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, y se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario.
17ª.- Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
18ª.- Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
— El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
— El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación.
— La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
— El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
— Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación, adjudicación y formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
No procede la revisión de precios.
Se establece un plazo de garantía de UN AÑO a contar desde la fecha de entrega de los bienes, si durante el mismo se acredita la existencia de vicios o defectos en el suministro, la Administración tendrá derecho a reclamar la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
Si la Administración estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados e imputables al empresario, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
22ª.- Modificación del Contrato
De conformidad con el artículo 105 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, sin perjuicio de los supuestos previstos en dicha normativa para los casos sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y prórroga del plazo de ejecución, al contrato solo podrán modificarse en los casos y con los límites establecidos en el artículo 107 del mismo texto legal.
Solo podrán efectuarse modificaciones cuando se justifique la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:
• Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto o de las especificaciones técnicas.
• Inadecuación del proyecto o de las especificaciones de la prestación por causas objetivas que determinen su falta de idoneidad, consistentes en circunstancias de tipo geológico, hídrico, arqueológico, medioambiental o similares, puestas de manifiesto con posterioridad a la adjudicación del contrato y que no fuesen previsibles con anterioridad aplicando toda la diligencia requerida de acuerdo con una buena práctica profesional en la elaboración del proyecto o en la redacción de las especificaciones técnicas.
• Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos.
• Conveniencia de incorporar a la prestación avances técnicos que la mejoren notoriamente, siempre que su disponibilidad en el mercado, de acuerdo con el estado de la técnica, se haya producido con posterioridad a la adjudicación del contrato.
• Necesidad de ajustar la prestación a especificaciones técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la adjudicación del contrato.
23ª.- Penalidades por Incumplimiento
— Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias previstas en el artículo 212.4 TRLCSP: de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
— Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
— Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades que deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía nos podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 Y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
25ª.- Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009; supletoriamente
se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para conocer en relación a las cuestiones que se susciten en la preparación y adjudicación de este contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
En Badajoz, a 00 xx Xxxx xx 0000
Xx Xxxxxxx.-
Xxx. : Xxxxxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxxx.-
ANEXO X
XXXXXX DE PRESCRIPCIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE SUMINISTRO DE MATERIAL DEL SERVICIO DE ALUMBRADO Y EFICIENCIA ENERGETICA.
Servicio de Alumbrado y Eficiencia Energética
PLIEGO TECNICO PARA EL PROCEDIMIENTO DE SUMINISTRO DE MATERIAL DEL SERVICIO
DE ALUMBRADO Y EFICIENCIA ENERGETICA (CUATRO + 2 AÑOS).
El Servicio de Alumbrado necesita para su funcionamiento una serie de materiales y componentes.
Estos materiales son muy diversos, dadas las características de los elementos que integran el alumbrado público así como la iluminación de los edificios municipales.
Dada la variedad de los mismos es imposible el almacenaje de ellos, por lo que se hace el concurso y como condición se indica que el suministro se hará según las necesidades del Servicio.
Además, por causa de accidentes de circulación los báculos y columnas de alumbrado público sufren desperfectos y es necesaria la sustitución de los mismos.
Para poder atender lo más rápidamente estas contingencias es necesaria la contratación del suministro de los materiales a una casa de reconocido prestigio ya que el material tiene que sustituirse en un plazo corto.
Además como es imposible saber “a priori” el tipo de elementos a sustituir, dados los existentes en la ciudad, tienen que tener un amplio surtido en el almacén.
El Servicio de Alumbrado, una vez detectado el accidente, se persona en el lugar del mismo y a la vista de los daños se determina la sustitución que es necesario hacer.
Las características de los elementos dañados se anotan y mediante un fax se comunicará al adjudicatario, el cual deberá tenerlos en el almacén para poderlo sustituir de inmediato.
De cada accidente emitirá una factura con los materiales suministrados, lugar del mismo e identificación del vehículo, la cual se tramitará por el Servicio correspondiente.
El presupuesto máximo de licitación del suministro asciende a la cantidad de CIENTO VEINTI TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS
(123.966,94 €) IVA NO incluido.
La partida del 21% IVA será de VEINTISEIS MIL TREINTA Y TRES EUROS, CON SEIS CENTIMOS (26.033,06 €)
Por tanto, la partida total, IVA incluido, será de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00 €)
Presupuesto 123.966,94 €
21% IVA 26.033,06 €
Total IVA incluido 150.000,00 €
Badajoz, 2 de ENERO de 2013 EL INGENIERO MUNICIPAL
JEFE DEL SERVICIO DE ALUMBRADO Y EFICIENCIA ENERGETICA
Fdo: Xxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxx
2. PLIEGO DE CONDICIONES
1. Las características de los materiales figuran en la relación de los mismos y cantidades estimadas a suministrar.
2. Todos los materiales cumplirán las normas del Reglamento Electrónico para Baja Tensión.
3. Los materiales afectados tendrán su certificado de registro de empresa expedido por Organismo acreditado, conforme a las exigencias de las normas UNE, ISO Y EN. Sistema de Calidad en producción y las particulares en cada producto y/o mecanismo.
4. Las garantías responderán ante posibles defectos y no cumplimiento de sus horas de vida útil en el caso de las xxxxxxx xx xxx.
5. Se valorará la Asistencia Técnica Post-Venta.
6. Los proveedores tendrán capacidad suficiente de almacenaje.
7. El abono de los materiales se hará según facturas emitidas por los adjudicatarios.
8. Los precios no tendrán revisión y se mantendrán hasta la finalización de la adjudicación.
9. Si se suministrara otro material distinto de los ofertados se facturará según se acuerde entre el adjudicatario y el Servicio, mediante listado de precios que deben acompañar a la oferta.
10. El procedimiento por el que se regula este contrato de suministro será Negociado con publicidad.
11. Tendrán consideración de ofertas anormales o desproporcionadas, cualquier oferta que se presente con una reducción, superior o igual, al 10% del precio de licitación . Se puntuará con cero, la oferta económica.
12. El suministro asciende a la cantidad de:
Presupuesto 123.966,94 €
21% IVA 26.033,06 €
Total IVA incluido 150.000,00 €
Badajoz, 2 de ENERO de 2013 EL INGENIERO MUNICIPAL
JEFE DEL SERVICIO DE ALUMBRADO Y EFICIENCIA ENERGETICA
Fdo: Xxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxx
ARTICULO | UNIDADES | PRECIO |
ABRAZ.SIMPLE C/FIADOR MULTI-27 | 100,00 | |
ABRAZ.SIMPLE C/FIADOR MULTI-54 | 200,00 | |
ADAPTADOR 1 RJ AMP BLANCO NIEVE | 3,00 | |
ADAPTADOR 2 CONECTORES RJ AMP CAVA | 1,00 | |
Adaptador de 3 tomas bipolar con T/T lateral 16A 250V~. Material termoplástico LH. Indesmontable. | 2,00 | |
AIS-SECURE 2X2,5 06/1KV FLEXIBLE | 200,00 | |
ARMARIO 521x701x231 CIEGA | 1,00 | |
ARMARIO POLIEST.AI2-43 400X300X20 | 1,00 | |
ARMARIO POLIEST.AI2-54 500X400X20 | 1,00 | |
ARRANCADOR P/VSAP-HALG.100/150/25 | 130,00 | |
BACULO XXXXXXXXX O SIMILAR TIPO EUROPEO 9 M | 5,00 | |
BACULO XXXXXXXXX O SIMILAR TIPO EUROPEO 10 M | 5,00 | |
BACULO XXXXXXXXX O SIMILAR TIPO EUROPEO 12 M | 5,00 | |
BALASTO HF-P 149 1XTL5 49W E II HO | 1,00 | |
BALASTO HF-P 226 2XPL-T/C 26W III | 2,00 | |
BALASTO HF-R 1-10V 2XTL5 54W | 1,00 | |
BALASTRO XXXX-XX X/XXXX 000 W BF | 105,00 | |
BALASTRO VSAP-HM N/AIRE 150 W BF | 47,00 | |
BASA AEREA 2P+T PVC BLANCA | 1,00 | |
BASCULANTES ESPIGA 3/16 | 50,00 | |
BASE 3 TOMAS TTL CLAV.668 2M | 3,00 | |
BASE cc III 2 P/TORNILLOS | 1,00 | |
BASE CC III+N 2 P/CARRIL | 10,00 | |
BASE CORRIENTE 16A 250V C/TTL GRI | 2,00 | |
BASE CUATRO TOMAS T/TL 16A-2 | 1,00 | |
BASE ENCH.SCHUKO C/SEG.EMB.TORNILLO | 34,00 | |
BASE ENCHUFE II PRECABLEADA TTL S H | 1,00 | |
BASE MOVIL 2 TOMAS II+TTL 16A | 2,00 | |
BASE MOVIL 2P+T CAUCHO NEGRO | 12,00 | |
BASE MOVIL 4 TOMAS C/TT LATERAL | 1,00 | |
BASE PORTAFUSIBLE SECC.14X51 I 50 | 24,00 | |
BASE PORTAFUSIBLE SECC.22X58 I 10 | 18,00 | |
BASE SCHUKO 16A SUPERFICIE | 6,00 | |
Batería de Condensadores OPTIM6-75-230 | 1,00 | |
BORNA SIGMA-CABLE 16mm | 60,00 | |
BORNA SIGMA-CABLE 35mm | 25,00 | |
BORNA SIGMA-CABLE 50mm | 60,00 | |
BORNE BIMET.1 PISO BB1-50 | 4,00 | |
BORNE BIMET.1 PISO BB1-95 | 1,00 | |
BPS460 LED48/840 PSD W33L124 AC-MLO SMT1 | 10,00 | |
BRIDA NEGRA 2,5X203 | 600,00 | |
BRIDA POLIAMIDA 3,5X180 NEGRA | 4.000,00 | |
BRIDA POLIAMIDA 4,6X180 BLANCA | 1.000,00 | |
BRIDA POLIAMIDA 4,6X180 NEGRA | 4.000,00 | |
BRIDA POLIAMIDA 4,6X290 NEGRA | 8.000,00 | |
BRIDA POLIAMIDA 4,6X360 NEGRA | 1.200,00 | |
BRIDA POLIAMIDA 7,6X290 NEGRA | 600,00 | |
BRIDA POLIAMIDA 7,6X360 NEGRA | 600,00 | |
BSL 100 K307 230/240V 50Hz BC1-118 | 1,00 | |
BSN 70 K407 ITS 230/240V BASIC | 12,00 | |
BWG201 1xLED700/840 PSU WH | 30,00 | |
C.G.P.160A ESQ.7 ENT.M10-SAL.M10 | 2,00 | |
C.G.P.63A ESQ.7 ENT.50MM-SAL.50MM | 1,00 |
CABLE CAT 6 UTP LSOH 4 PARES | 305,00 | |
CABLE LH 1,5MM AZ FLEX.05Z1K/07Z1 | 200,00 | |
CABLE LH 1,5MM MA FLEX.05Z1K/07Z1 | 200,00 | |
CABLE LH 1,5MM TT FLEX.05Z1K/07Z1 | 200,00 | |
CABLE LH 2,5MM AZ FLEX.05Z1K/07Z1 | 200,00 | |
CABLE LH 2,5MM MA FLEX.05Z1K/07Z1 | 200,00 | |
CABLE LH 2,5MM TT FLEX.05Z1K/07Z1 | 200,00 | |
CAJA 100X100 TAPA GARRA MET. | 2,00 | |
CAJA 160x100x50 TAPA GARRA MET | 10,00 | |
CAJA 200X130X60 TAPA GARRA MET | 3,00 | |
CAJA 200X200X65 TAPA GARRA MET | 2,00 | |
CAJA 250X250X65 TAPA GARRA MET | 1,00 | |
CAJA ALUMBRADO DF20/0 | 10,00 | |
CAJA CONEXION 40X80 | 1,00 | |
CAJA DIST. 1 A 4 SUP. BLANCA | 1,00 | |
CAJA EMPOT. 3 COL 12 MOD BL.MOSAIC | 4,00 | |
CAJA EMPOT. 4 COL 16 MOD BL.MOSAIC | 1,00 | |
CAJA EMPOTRAR 39.ELEMENTOS | 1,00 | |
CAJA EMPOTRAR TERMOPLASTICO PRETROQ | 5,00 | |
CAJA ESTANCA 100X100 CIERRE TORN. | 10,00 | |
CAJA ESTANCA 100X100 TAPA PRESION | 4,00 | |
CAJA ESTANCA 153X110 CIERRE TORN. | 10,00 | |
CAJA ESTANCA 220X170X80CIERRE TOR . | 1,00 | |
CAJA ESTANCA 320X250 CIERRE TORN. | 1,00 | |
CAJA ESTANCA 80X80 TAPA PRESION | 6,00 | |
CAJA ESTANCA BOX HPI-T 1000 | 2,00 | |
CAJA SUP.68x68x50 1 XXX.XX.XX. | 2,00 | |
CAJA SUPERF.8 ELEM.AISLANTE | 1,00 | |
CAJA SUPERF.ICP 1-4 ELEM.40A | 1,00 | |
CAJA SUPERF.ICP 1-4+8 ELEMT. | 1,00 | |
CAJA SUPERFICIE 12 ELEMENTOS | 1,00 | |
CAJA SUPERFICIE 18 ELEMENTOS | 1,00 | |
CAJA SUPERFICIE 2 ELEMENTOS AISLA | 1,00 | |
CANAL.ULTRA TP-I 63MM ROLLO 450NW | 350,00 | |
CANAL.ULTRA TP-I 90MM ROLLO 450NW | 50,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 40,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 10,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 30,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 12,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 40,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 8,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 24,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 20,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 10,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 1,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 30,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 400,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 60,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 12,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 6,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 2,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 1,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 10,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 60,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 84,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 180,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 12,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 70,00 |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 5,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 2,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 1,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 10,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 140,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 50,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 20,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 4,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 2,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 6,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 3,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 5,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 20,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 30,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 10,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 12,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 4,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 62,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 15,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 50,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 200,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 10,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 900,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 180,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 230,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 24,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 96,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 6,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 25,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 300,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 45,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 300,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 7,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 50,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 50,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 1,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 13,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 5,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 5,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 1,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 1,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 1,00 | |
CANON ECORAEE RD/208/2005 | 3,00 | |
CANULA CARTUCHO RESINA | 40,00 | |
CEBADOR ECOCLICK S10 4-65W 220-240V | 350,00 | |
CEBADOR ECOCLICK S2 4-22W 130V 240V | 100,00 | |
CINTA ELECT.AISL.AUTOSOLD.23 BULK | 48,00 | |
CINTA ELECT.SCOTCH 33X19 NG SUPER | 150,00 | |
CINTA TEMFLEX 1300 20X18 AM/VE | 10,00 | |
CINTA TEMFLEX 1300 20X18 AZUL | 10,00 | |
CINTA TEMFLEX 1300 20X18 BLANCA | 12,00 | |
CINTA TEMFLEX 1300 20X18 NEGRO | 2,00 | |
CLAVIJA 2P+T 16A CAUCHO NEGRO | 10,00 | |
CLAVIJA 2P+T S/LATERAL BLANCA | 1,00 | |
CLAVIJA 32A 400V 3P+N+T | 1,00 | |
CLAVIJA II CON T/T LAT. 10/16A 25 | 2,00 | |
CLAVIJA P17 32A 3P+T 400V IP44 | 1,00 | |
CLEAR WAY LED BGP303 REGULABLE LS | 10,00 |
COFRED ALUMB.16MM XXXXXX 0-0 XX00 | 40,00 | |
COLUMNA BERLIN 4 MTS 60MM S/P | 22,00 | |
COLUMNA XXXXXXXXX O SIMILAR TIPO EUROPEO 8 M | 5,00 | |
COLUMNA XXXXXXXXX O SIMILAR TIPO EUROPEO 9 M | 5,00 | |
COLUMNA XXXXXXXXX O SIMILAR TIPO EUROPEO 10 M | 5,00 | |
COLUMNA XXXXXXXXX O SIMILAR TIPO EUROPEO 12 M | 5,00 | |
COND. AL 0,6/1KV XZ1 (S) 1X50 | 320,00 | |
COND. AL 0,6/1KV XZ1 (S) 1X95 | 650,00 | |
CONECTOR CPL-150 50-150MM/50-150M | 5,00 | |
CONECTOR PERF.SIMULT.35-150/6-50 | 12,00 | |
CONECTOR RJ-45 CAT.5 AMPER | 4,00 | |
CONMUTADOR ANCHO | 15,00 | |
CONMUTADOR ESTRECHO | 4,00 | |
CONMUTADOR IP55 GRIS | 2,00 | |
CONTACTOE CT 40A 3NA 240V CA | 2,00 | |
CONTACTOR CT 63A 4NA 240V CA | 1,00 | |
CONTROL NIVEL LIQUIDO 1 CONM. 6A | 2,00 | |
CORELINE RC120B LED 37S/840 PSD W60L60 | 12,00 | |
COREPRO LEDbulb 10,5-60W E27 230V 2700K | 6,00 | |
COROR GRAZE MX POWERCORE BCS459 15X30 RGB 100-277V L914 HAZ MEDIO | 3,00 | |
CUBA REPOSICION RX-601 | 1,00 | |
CURVA 90º ENCHUFABLE ARMET M25 | 2,00 | |
DECOFLOOD2 LED | 5,00 | |
DERIBORNE 2SAL.2 PISO D2B2-95 | 4,00 | |
DERIBORNE 4SAL.2 PISO D4B2-150 | 20,00 | |
DIFERENCIAL II 25A 300mA 240V | 4,00 | |
DIFERENCIAL II 40A 300mA 240V | 2,00 | |
DIFERENCIAL IV 25A 300mA 415V | 3,00 | |
DIFERENCIAL IV 40A 300mA 415V | 1,00 | |
DVP626 CDM-T150W/930 EB I 20 CO GR MBA | 2,00 | |
EcoClassic30 P45 18W E27 230V CL 1CT/20 | 70,00 | |
EcoClassic30 P45 42W E27 230V CL 1CT/20 | 30,00 | |
EMPALME MEDIO MDTA 12-3-1000 | 18,00 | |
EMPALME MEDIO MDTA 19-6-1000 | 13,00 | |
EMPALME MEDIO MDTA 32-7,5-1000 | 2,00 | |
ENROLLACABLE 4 XXXXX XXXXXXX 00X 000Xx. 00x. XXXXXXXX X00XX-X 0X0,0xxx. POT.MAX.EXTENDIDO 3500W | 2,00 | |
EQUIPO HID-DV XXXX XTREME P/CDO 150W | 12,00 | |
ESFERICA CLARA E-27 220V 25W | 150,00 | |
ESTANCA OLEVEON 236 E A3 SAN | 5,00 | |
FIMUL H05V/H07V 1,5 MM AZUL | 200,00 | |
FIMUL H05V/H07V 1,5 MM NEGRO | 200,00 | |
FIMUL H05V/H07V 16 MM AV/VE | 600,00 | |
FIMUL H05V/H07V 2,5 MM AV/VE | 200,00 | |
FIMUL H05V/H07V 2,5 MM AZUL | 200,00 | |
FIMUL H05V/H07V 2,5 MM NEGRO | 200,00 | |
FIMUL H05V/H07V 25 MM AV/VE | 200,00 | |
FIMUL H05V/H07V 4 MM AV/VE | 200,00 | |
FIMUL H05V/H07V 6 MM AV/VE | 200,00 | |
FIMUL H05V/H07V 6 MM AZUL | 200,00 | |
FIMUL H05V/H07V 6 MM GRIS | 200,00 | |
FIMUL H05V/H07V 6 MM MARRON | 200,00 | |
FIMUL H05V/H07V 6 MM NEGRO | 200,00 | |
FLUORESCENTE TLD 18/865 NG SL0/25 | 45,00 | |
FLUORESCENTE TLD 18W/84 | 300,00 | |
FLUORESCENTE TLD 36/865 NG SL0/25 | 7,00 | |
FLUORESCENTE TLD 36W/84 | 300,00 | |
FLUORESCENTE TLD 58W/84 | 50,00 | |
FLUORESCENTE TLD 58W/865 | 50,00 |
FUSIBLE 10,3X38 S/IND. 6AMP | 400,00 | |
FUSIBLE 10,3x38 S/IND.10A gG | 200,00 | |
FUSIBLE 10,3x38 S/IND.16A gG | 200,00 | |
FUSIBLE 22,2X58 S/IND. 100 A | 70,00 | |
FUSIBLE 22,2x58 S/IND.80A gG | 100,00 | |
FUSIBLE 8,5x31,5 S/IND.10A gG | 120,00 | |
FUSIBLE 8,5x31,5 S/IND.16A gG | 130,00 | |
FUSIBLE 8,5x31,5 S/IND.6A gG | 110,00 | |
FUSIBLE NH-0 160A | 6,00 | |
FUSIBLE NH-2 250A | 45,00 | |
FUSIBLE XX0 000X GG-GL | 20,00 | |
FUSIBLE P/D02 35.A | 10,00 | |
FUSIBLE P/D02 63A | 10,00 | |
GPS307 DIFUSOR OPAL C/CUB. SUPERIOR | 6,00 | |
GRAPA C/CLAVO ACERO 8mm BL. | 100,00 | |
GRAPA C/CLAVO ACERO 9mm BL. | 200,00 | |
GRAPA T.T CU-14-M 14X50 MM2. * | 30,00 | |
GRUPO DOS INTERRUPTORES | 1,00 | |
H05V/H07V 2.5 MM AZUL | 200,00 | |
HALOG.ECOCLASSIC30 ESF 28W 230V E27 | 100,00 | |
HALOG.ECOCLASSIC30 STD 42W CLARA | 40,00 | |
HALOG.ECOCLASSIC30 STD 53W CLARA | 10,00 | |
HALOG.PLUSLINE ES S 120W R7S 230V | 30,00 | |
HALOG.PLUSLINE ES S 160W R7S 230V | 46,00 | |
INT.2 CIRC.CONM.16(10)A 230V | 13,00 | |
INT.AUT.6KA I 6A CA 'C' | 1,00 | |
INT.AUT.6KA II 00X X 00.XX | 50,00 | |
INT.AUT.6KA II 00X X 00.XX | 1,00 | |
INT.AUT.6KA II 00X X 00.XX | 1,00 | |
INT.AUT.6KA II 00X X 00.XX | 1,00 | |
INT.AUT.6KA III 00X X 00.XX | 1,00 | |
INT.AUT.6KA III 00X X 00.XX | 1,00 | |
INT.AUT.6KA III+N 00X X 00.XX | 30,00 | |
INT.AUT.6KA IV 00X X 00.XX | 1,00 | |
INT.AUT.70MM,6KA,CURVA C 1P+N 10A | 6,00 | |
INT.DIF. REC2 4P-40-300 | 1,00 | |
INT.DIF.IV 25A 300MA 00.XX | 6,00 | |
XXX.XXXXXXXXXXX REC2C-2P-40-300T REC.AUTOM. CON CONTACTO DE SALIDA | 2,00 | |
INT.HOR.1 CONM. 16A 24H 230V | 1,00 | |
INT.HOR.1 CONM.16A 24h S/RES. 230V | 1,00 | |
INT.HOR.1 CONM.16A 24h-100h 230V | 6,00 | |
INT.II C/PILOTO 45X45 16A BL.N | 2,00 | |
INT.INS.STANDAR IV 80A | 1,00 | |
INT.MAG.C60N IV 10A C | 3,00 | |
INT.MAG.K32N II 20A C 6KA | 1,00 | |
INT.UNIPOLAR ESTRECHO | 3,00 | |
INTERRUPTOR 10AX | 10,00 | |
INTERRUPTOR II 45X45 BL | 17,00 | |
INTERRUPTOR UNIPOLAR ANCHO | 15,00 | |
IRT8099/10 OMNPRG STANDARD | 1,00 | |
JUEGO DE GARRAS P/10 BASTIDORES | 1,00 | |
KIT MONT. UAL T/CL1 VS HM 70W | 1,00 | |
LAMP.COMP-ELECTR.PLE-T 33W/827 E- 7 | 3,00 | |
LAMP.COMP.MASTER PL-C 26W/865 2PA | 20,00 | |
LAMP.COMPAC.ELECT.PLE-T 23W/865 E | 6,00 | |
LAMP.DICROICA 50MM 50W 12V 60º | 20,00 | |
LAMP.ECOAMBIANCE VELA 5W/827 E14 | 1,00 | |
LAMP.HALOG.PAR20 PRO 50W E27 230V | 2,00 |
LAMP.MASTERCITY CDO-ET 100W/828 | 20,00 | |
LAMP.MASTERCITY CDO-ET 150W/828 | 10,00 | |
LAMP.MASTERCITY CDO-TT 150W/828 | 1,00 | |
LAMP.PL-C COMPACT 2P.26W/83 | 10,00 | |
LAMP.PL-C COMPACT 2P.26W/84 | 140,00 | |
LAMP.PL-C COMPACT.4P.26W/84 | 50,00 | |
LAMP.PL-L LARGA 36W/4P 84 | 5,00 | |
LAMP.PL-S 2 PAT.9W 827 | 20,00 | |
LAMP.PL-S 9W/830 2P | 10,00 | |
LAMP.PL-S 9W/840 2P | 30,00 | |
LAMP.TORNADO H.LUMEN 75W/840 E40 | 1,00 | |
LAMP.VM C/HALOG.HPI-T 1000W | 10,00 | |
LAMP.VM C/HALOG.HPI-T 250W | 60,00 | |
LAMP.VM C/HALOG.HPI-T 400W | 84,00 | |
LAMPARA DICROICA 35W 36º | 25,00 | |
LAMPARA DICROICA 50MM 50W 36º | 10,00 | |
LAMPARA MASTER SON-HG FREE 150W | 50,00 | |
LAMPARA SBP SOX 35W | 96,00 | |
LAMPARA VSAP SON 70W ARR.INTERNO* | 10,00 | |
LAMPARA VSAP SON PLUS 100W PIA | 200,00 | |
LAMPARA VSAP SON-T PIA PLUS 100W | 180,00 | |
LAMPARA VSAP SON-T PIA PLUS 150W | 230,00 | |
LAMPARA VSAP SON-T PIA PLUS 250W | 24,00 | |
LAMPARA VSAP SON-T PLUS 70W | 900,00 | |
LLAVE TRIANGULAR/RECTANGULAR | 7,00 | |
LRM 2080 Sensor Occuswitch XXXX Avanzado | 20,00 | |
MANGUITO AL-AL/CU 150 MM. | 5,00 | |
MANGUITO COBRE 6 | 300,00 | |
MANGUITO CORRUGADO M-20 FLEX. PVC | 12,00 | |
MANGUITO METRICO 20 ARMET | 3,00 | |
MANGUITO TUBULAR CU 6mm | 150,00 | |
MANGUITO TUBULAR CU 10mm | 50,00 | |
MANGUITO TUBULAR CU 50mm | 10,00 | |
MANGUITO UNION TUBOS M-20 PVC | 24,00 | |
MARCO 1 ELEMENTO PLAY BLANCO | 40,00 | |
MARCO 1.ELEMENTO CAVA MATE | 30,00 | |
MARCO 2 ELEMENTOS PLAY BLANCO | 10,00 | |
MARCO 2.ELEMENTOS CAVA MATE | 1,00 | |
MARCO 3 ELEMENTOS PLAY BLANCO | 2,00 | |
MARCO Y PUERTA BLANCO | 1,00 | |
MASTER COSMO CPO-X XXXXX 60W/728 | 120,00 | |
MASTER COSMO CPO-X XXXXX 90W/728 | 50,00 | |
MASTER LED ESFÉRICA 4W X00 0000X 000X X00 XX | 2,00 | |
MASTER LEDTUBE GA110 1200MM 19W/840 + STATER | 50,00 | |
MASTER PL-E AMBIANCE 16W/827 E27 | 4,00 | |
MASTER PL-E AMBIANCE 23W/827 E27 | 2,00 | |
MASTER TL5 HO SUPER 80 49W/840 G5 | 6,00 | |
MASTER TL5 HO SUPER 80 54W/840 G5 | 25,00 | |
MASTERCITY XXXXX CDO-TT + 70W/828 | 60,00 | |
MASTERCITY XXXXX CDO-TT + 150W/828 | 30,00 | |
MASTERCityWh CDO-TT Plus 250W/828 | 400,00 | |
MASTERCOLOUR G12 150W L830 | 12,00 | |
MASTERCOLOUR G12 150W L942 | 40,00 | |
MASTERCOLOUR G12 70W L942 | 8,00 | |
MASTERCOLOUR RX7S 70W L942 | 24,00 | |
MBS260 1xCDM-T70W/930 EB 36º PI WH | 1,00 | |
MECANISMO BASE ENCH.II TTL | 20,00 | |
MECANISMO PULSADOR 10A 150V BLANC | 1,00 |
MINUTERO AUT.PERFIL DIN 10A 230V | 1,00 | |
MOD.1T+RJ.C/BASES+BORNAS CPM2-D4S | 1,00 | |
MOSAIC II 2P+T LAT. ROJA | 7,00 | |
MOSAIC II 2X2P+T AUTOMATICO | 5,00 | |
MOSAIC II PUESTO EMP 2 COLUM B | 1,00 | |
MOTOR GRUNDFOS MS6000 3X400/50 SD 5,5KW w.o.c./pack | 4,00 | |
MST CosmoWh CPO-TW 140W/840 PGZ12 1CT/12 | 12,00 | |
MTS.C.CANATEL CTL 10/16 C/ADHESIVO | 10,00 | |
MTS.C.CANATEL CTL 10/20 C/ADHESIVO | 20,00 | |
Oleveon 136 E-A3 SAN | 5,00 | |
P17 CLAVIJA 16A 3P+N+T 400V | 1,00 | |
PAR 30 S HALOGENA 75W FL | 40,00 | |
PERNO DE ANCLAJE 22X700 ZN | 20,00 | |
PHILIPS LEDbulb 9.5-48W E27 2700K | 180,00 | |
PICA B/COBRE 1500X14 100 MICRAS * | 6,00 | |
PICA B/COBRE 2000X14'100 MICRAS'* | 6,00 | |
PLACA CIEGA CAVA | 2,00 | |
PLACA MONTAJE AI2-54 455X350 | 1,00 | |
PLACA MONTAJE AI2-86 755X550 | 4,00 | |
PLAFON CON SENSOR OCULTO E-27 | 1,00 | |
PLEXO MBLOC DOBLE 2P+T HOR | 5,00 | |
PLEXO MBLOC SUP. 2P+T GRIS | 1,00 | |
PLEXO MBLOC SUP. CONMUTADOR 10A | 10,00 | |
PORTAFUSIBLE SECC.I 10.3X38 500V | 24,00 | |
PROLONGADOR 3M 10/16A BLANCO | 2,00 | |
PROYECTOR PARED C/ PINZA SDL DISPLAY ALUMINIO MAX.200W | 40,00 | |
PUERTA METALICA X/XXX 000X X XXX0 | 0,00 | |
XXXXXXX XXXXX DOBLE PREAISL.10MM | 200,00 | |
PUNTERA PREAISLADA 6 MM. | 600,00 | |
PUNTERA PREAISLADA 16 MM. | 450,00 | |
PUNTERA PREAISLADA 25 MM. | 300,00 | |
REACTANCIA AC1 2/23-B2-SC 18W 230V | 2,00 | |
REACTANCIA AC1 4/23-B2-SC 36W 230V | 34,00 | |
REACTANCIA AC1 6/23-B2-SC 58W 230V | 4,00 | |
REACTANCIA HAL.70W INTERIOR A.F. | 12,00 | |
REACTANCIA PARA LAMP.SON 70 I | 18,00 | |
REFLECTOR RIDOS ZLD/158 | 1,00 | |
REGLETA RIDOS 55 158 K | 1,00 | |
REGLETA RIDOS 55 218 E-A3 | 1,00 | |
REGLETA RIDOS 55 236 K | 1,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 KV 1X25 | 20,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 KV 1X6 | 270,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 KV 2X1,5 | 100,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 KV 2X2,5 | 2.000,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 KV 2X6 | 300,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 XX 0X0,0 TT | 100,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 XX 0X00 TT | 200,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 XX 0X0,0 | 600,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 XX 0X0 TT | 150,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 XX 0X0 TT | 100,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 XX 0X00 (TT) | 250,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 KV 4G4 (TT) | 200,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 KV 4G6 (TT) | 1.100,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 KV 4X10 | 50,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 KV 4X25 | 200,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 KV 4X6 | 3.300,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 XX 0X0 TT | 100,00 | |
RV-FLEX 0,6/ 1 XX 0X0 TT | 100,00 |
RV-FLEX 0,6/ 1 KV 8X1,5 | 100,00 | |
RV-FLEX 0,6/1KV 2X2,5 ROLLOS | 100,00 | |
RV-FLEX 0,6/1KV 3G1,5 TT ROLLOS | 600,00 | |
RV-FLEX 0,6/1KV 3G2,5 TT ROLLOS | 400,00 | |
RV-FLEX 0,6/1KV 4X1,5 ROLLOS | 200,00 | |
SALVACABLES 18X75 N | 4,00 | |
SECONDARY OPTIC 125 ALU 12/10 GRIS/WH | 8,00 | |
SOFTONE FLAME ESFERICA 8W E14 | 12,00 | |
SOFTONE GENIE 11W/865 E-14 | 4,00 | |
SOFTONE GENIE 14W/865 E-27 | 62,00 | |
SOFTONE GENIE 18W/865 E-27 | 15,00 | |
SOPORTE ADHESIVO | 100,00 | |
STANDARD CLARA E-27 220V 25W | 4,00 | |
STANDARD CLARA E-27 220V 40W 'DUO | 1,00 | |
TACO DE FIJACION 8MM | 600,00 | |
TACO FIJACION TFR 6X35 | 100,00 | |
TACO NYLON Nº6 | 200,00 | |
TACO NYLON Nº8 | 200,00 | |
TACO T-10 27x6mm PARED NORMAL | 1.000,00 | |
TAPA 160X100 C/GARRA P/563 | 2,00 | |
TAPA XXXXXXX X-0 740X640MM EN 124 D | 2,00 | |
TAPA ARQUETA IM 60X60 XXXXX.XXX. | 3,00 | |
TAPA ENCHUFE II.TTL+SEGURIDAD CA | 20,00 | |
TAPA IM 40x40 "ALUMBRADO PUBLICO" O ANONIMA | 30,00 | |
TECLA 2.INT.CONMUT.CAVA | 1,00 | |
TECLA INT.CONMUTADOR CAVA | 10,00 | |
TERMINAL TUBULAR CU.16MM.M-8 | 50,00 | |
TERMINAL TUBULAR CU.35MM.M-12 | 5,00 | |
TOMA 2XII + TTL ROJO | 7,00 | |
TOMA RJ45 CAT 6 UTP 1 MOD. BLANCO | 10,00 | |
TOMA RJ45 CAT 6 UTP 2 MOD. BLANC0 | 1,00 | |
TUBO COARRUGADO FORRADO M-20 | 300,00 | |
TUBO COARRUGADO FORRADO M-25 | 150,00 | |
TUBO COARRUGADO FORRADO M-32 | 150,00 | |
TUBO COARRUGADO FORRADO M-40 | 50,00 | |
TUBO COARRUGADO FORRADO M-50 | 25,00 | |
TUBO FORROPLAST 25mm NEGRO | 75,00 | |
TUBO METRICO 20 ARMET | 3,00 | |
TUBO METRICO 25 ARMET | 3,00 | |
TUBO METRICO 40 ARMET | 3,00 | |
TUBO RIGIDO 'TPV' M-16 PVC GRIS | 50,00 | |
TUBO RIGIDO 'TPV' M-20 PVC GRIS | 9,00 | |
U.E. P/SON-T 150W | 6,00 | |
UÑA ACERO TEMPL.GALV. 22x9mm | 200,00 | |
UÑA ACERO TEMPL.GALV. 32x9mm | 600,00 | |
VIDRIO M/SNF-210 | 2,00 | |
XXX000X 0xXX-X00X XX (Xxxxx para luminaria de modulación 600 x 600 mm) | 7,00 | |
XXX000X 0xXX-X00X XX (modulación 600x600 mm) | 6,00 |
TOTAL 123.966,94 €
21% IVA 26.033,06 €
TOTAL PRESUPUESTO 150.000,00 €
Badajoz, 2 de ENERO de 2013 EL INGENIERO MUNICIPAL
JEFE DEL SERVICIO DE ALUMBRADO Y EFICIENCIA ENERGETICA
Fdo: Xxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxx
• Relación de las marcas del material a suministrar, así como los códigos de los materiales (marcas de primera calidad, mínimo dos casas, de 0 a 1 puntos; código de identificación de las características de los materiales, de 0 a 1 puntos).
MAXIMO 2 PUNTOS
• Plazo de entrega del material y compromiso. La entrega se debe realizar en las dependencias del Servicio de Alumbrado.
MAXIMO 2 PUNTOS
Se evaluará como se indica en la siguiente tabla, siempre y cuando exista un compromiso por escrito:
Tiempo | Puntos |
Al instante | 2 puntos |
1 día | 1,5 |
2 días | 1 |
Hasta 5 días | 0,5 |
Más de 5 días | 0 |
Nota: Para el material no incluido en este Pliego, los plazos de entrega se especificaran en la formalización del pedido y deberá ser aprobado por el Servicio de Alumbrado.
• Precios unitarios de cada uno de los materiales a suministrar
MAXIMO 6 PUNTOS
• Disponer en Badajoz capital de un camión pluma propio al Servicio del Ayuntamiento de Badajoz.
MAXIMO 2 PUNTOS
• Oferta económica de los materiales a suministrar
MAXIMO 15 PUNTOS
Se dará la máxima puntuación a la oferta de menor importe y las otras se puntuarán proporcionalmente. Las ofertas presentadas por el precio de licitación tendrán 0 puntos.
Se aplicará la siguiente FÓRMULA:
CI = C x (Pm / PI)
CI = Puntuación obtenida por la empresa.
C = Puntuación total a repartir (en nuestro caso 15 puntos). PI = Oferta económica presentada por la empresa.
Pm= Oferta de menor importe.
• Material para fuentes del alumbrado público
1. Motores o grupo motobomba
Equipado con motor eléctrico trifásico de 40-75CV.
1 PUNTO POR GRUPO HASTA UN MAXIMO DE 3 PUNTOS
2. Suministro de dispositivos demo para el aprendizaje de la programación de variación de velocidad de las bombas existentes en las fuentes ornamentales de la ciudad de Badajoz.
1 PUNTO POR CADA DISPOSITIVO HASTA UN MAXIMO 2 PUNTOS
3. Proyector arquitectónico con LEDs de alto rendimiento modelo Decoflood2 BVP636 64xLED-HB/RGB MB II GR CO DMX. IP66, IK08. L70: 50.000h. RGB
1 PUNTO POR CURSO HASTA UN MAXIMO DE 4 PUNTOS
• Suministro de dispositivo de control wifi para la gestión del sistema de iluminación artística de la ciudad de Badajoz, a través de sus protocolos específicos de comunicación
1 PUNTO POR CADA DISPOSITIVO HASTA UN MAXIMO 2 PUNTOS
• Servicio de apertura de las instalaciones en la ciudad de Badajoz, para atender eventuales urgencias de material (de lunes x xxxxxxx).
MAXIMO 2 PUNTOS
• Compromiso de reserva de espacio de almacenaje en Badajoz para el acopio de material eléctrico y de infraestructuras. Mínimo 100 m2.
MAXIMO 2 PUNTOS
• Disponibilidad xx xxxx de formación propia y en Badajoz, para el personal del Servicio de Alumbrado.
MAXIMO 2 PUNTOS
• Alquiler gratuito de gatos hidráulicos y otros elementos de manipulación de bobinas y conductores.
• Mejoras:
MAXIMO 2 PUNTOS
1. Cursos de formación en autómatas
1 PUNTO POR CURSO HASTA UN MAXIMO DE 3 PUNTOS
2. Cursos de formación en variadores
1 PUNTO POR CURSO HASTA UN MAXIMO DE 3 PUNTOS
Badajoz, 2 de ENERO de 2013 EL INGENIERO MUNICIPAL
JEFE DEL SERVICIO DE ALUMBRADO Y EFICIENCIA ENERGETICA
Fdo: Xxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxx
A N E X O II
Don/a
mayor de
xxxx, con domicilio en , en la calle
nº , con D.N.I., numero , en nombre propio o en representación de la empresa , con
C.I.F. como acredita por ,
DECLARO RESPONSABLEMENTE
- Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, seguridad social, así como en los impuestos municipales.
Y Para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente
en
, a de 20
Nota.- Ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
A N E X O III
CERTIFICADO SOLVENCIA ECONÓMICA
D./Xx. , Director del oficina nº , apoderado de [NOMBRE ENTIDAD BANCARIA], inscrita con el número al Registro de Entidades Financieras del Banco de España, figurando asimismo inscrita el Registro Mercantil de al tomo , folio hoja , con el número de identificación
fiscal
y con domicilio social en
.
HACE CONSTAR:
Que, según los archivos de la entidad y salvo error u omisión, la empresa
, con el N.I.F. , es cliente de esta entidad desde el año , cumpliendo satisfactoriamente con las operaciones financieras que mantiene con la misma, y que, a la vista de sus posiciones de pasivo y activo y de su perfil operativo, la mencionada licitadora tiene, a fecha del presente, solvencia económica y financiera suficiente para participar en la licitación del
expediente nº
/ 20
, cuyo presupuesto asciende a
[€ en letra] ( [€ en números]), I.V.A. excluido.
El presente documento no constituye una garantía ni promesa de ella.
Y para que conste, a los solos efectos de participación en dicha licitación, se expide la presente certificación en , a de de 20 .
[Firma y sello de la entidad bancaria]