Contract
PLIEGO DE CONDICIONES JURIDICAS Y ECONOMICO ADMINISTRATIVAS, QUE REGIRÁ PARA LA ADJUDICACIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO DE LAS INSTALACIONES DE BAR- RESTAURANTE DEL AYUNTAMIENTO DE MENDATA
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es el arrendamiento de las instalaciones de Bar Restaurante Artape ubicadas en Barrio Elexalde, nº 7, de Mendata, propiedad del Ayuntamiento de Mendata. La naturaleza del contrato es un contrato privado de Arrendamiento de local de negocio
2.- PROCEDIMIENTO
La adjudicación del contrato se realizará por el procedimiento abierto, con arreglo a las condiciones señaladas en el presente pliego de condiciones.
3.- CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACION
El arrendamiento se adjudicará a aquel ofertante que cumpliendo todas y cada una de las condiciones del presente Pliego de Condiciones presente la oferta mas ventajosa para los intereses del Ayuntamiento. Los criterios en base a los cuales el Ayuntamiento adjudicará el contrato, son los siguientes:
a) La experiencia profesional en actividades o establecimientos similares 40 %.
b) Mejor proyecto de NEGOCIO que tendrá que detallar los siguientes puntos:
- Descripción de los servicios a prestar en el bar.
- Colaboraciones con la comunidad de Mendata.
- Calendario de horarios y días de apertura y cierre.
- Entrevista personal para la defensa del proyecto del negocio
presentado. 40%
e)El precio ofertado, en concepto de canon o renta mensual: 20% En todo caso el precio mínimo xx xxxxx mensual será de 240,00 €. (IVA incluido).
En años sucesivos el precio será actualizado conforme a las variaciones experimentadas por el Índice de Precios al Consumo (IPC) a nivel estatal del año anterior.
4.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA.
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El Pliego de condiciones se hallará a disposición de los licitadores en las oficinas del Ayuntamiento de lunes a viernes de 11:00 a 14:00
Las proposiciones para tomar parte en el concurso se presentarán en sobre cerrado en el plazo de quince (15) días naturales siguientes a la publicación. El plazo terminará a las 12 horas del último día hábil.
Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas.
Los licitadores deberán presentar dos sobres cerrados (A y B) en cada uno de los cuales figurará la inscripción "PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN CONCURSO PARA EL ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO DE LAS INSTALACIONES DE BAR-RESTAURANTE DEL AYUNTAMIENTO DE MENDATA".
En cada sobre se indicarán el nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados.
El sobre A se titulará "CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR", y contendrá los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad si el licitador actúa en nombre propio. En el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder bastanteado y legalizado.
b) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en la Legislación vigente de Contratos de las Administraciones Públicas.
c) Acreditación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social mediante certificaciones remitidas por las correspondientes instituciones, que podrá ser sustituida, si esto no es posible, por una declaración del responsable en tal sentido.
d) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro mercantil y número de identificación fiscal, siendo suficiente cuando se trate de empresarios no españoles de estados miembros de la Comunidad Europea, acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del estado respectivo.
El sobre "B" se titulará "PROPOSICIÓN ECONOMICA Y CRITERIOS DE ADJUDICACION" y contendrá los siguientes documentos:
a) Proposición económica ajustada al siguiente modelo: D............................................................................................con domicilio en
.............................................CP..................................., con DNI
nº............................, teléfono............................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio ( o en representación de................... con domicilio en ,
CP.................................... teléfono y DNI o CIF (según se trate de
persona física o jurídica nº ), manifiesta lo siguiente:
1.- Que está enterado de la convocatoria de concurso para el arrendamiento de las instalaciones de Bar-Restaurante del Ayuntamiento de Mendata.
2.- Que ha examinado y conoce el Pliego de Condiciones jurídicas y económico administrativas que sirve de base al concurso.
3.- Que conoce los textos legales que se citan en el pliego de condiciones. 4.- Que se compromete a cumplir el objeto de la presente convocatoria con
estricta sujeción a los Pliegos de Condiciones y legislación aplicable, abonando al Ayuntamiento de Mendata, la renta de euros mensuales ( en
letra y número), IVA incluido.
Lugar, fecha y firma.
b) Documentación que acredite el cumplimiento de los criterios de adjudicación señalados en la cláusula 3 de este Pliego, que tendrá el siguiente contenido:
- Memoria suscrita por el licitador en la que, además de constar los datos referentes a su experiencia y capacidad profesional.
- Cuantos documentos y certificados sean necesarios para probar los datos que el licitador haya incluido en la memoria, referentes a su experiencia, capacidad profesional y cualquier otro que pueda tenerse en cuenta como criterio de valoración.
Los licitadores podrán introducir variantes en sus proposiciones con la finalidad de mejorar el objeto del contrato.
5.-CALIFICACION DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (Sobre A), concediendo, si observase defectos materiales en la misma, un plazo de tres días hábiles para que el licitador subsane el error.
Asimismo, con anterioridad al día fijado para la apertura pública de las ofertas presentadas, se convocara a los ofertantes para la realización de la entrevista personal.
Las ofertas presentadas (Sobre B) serán abiertas en acto público el cuarto día hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones a las 10.30 horas.
Posteriormente, la Mesa de contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato de contratación que haya de efectuar la misma.
6.- ADJUDICACION DEFINITIVA
La Corporación realizará la adjudicación definitiva dentro del plazo máximo de tres meses, a contar desde la fecha de la apertura de proposiciones. El Ayuntamiento no está obligado a realizar la adjudicación al mejor postor económico si aprecia en otros mayores ventajas. Igualmente, podrá declarar desierto el concurso si ninguno de los concurrentes cumpliere las condiciones xxx xxxxxx o si no se acreditara cumplidamente el suficiente grado de garantía de que
los concurrentes, vayan a llevar a cabo la explotación de las instalaciones con plenas garantías para el interés público.
7.- DURACION DEL CONTRATO
La duración del contrato del arrendamiento será de 5 años, a partir del día siguiente de la firma del contrato.
8.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Además de las contenidas en el presente pliego y de las que resulten de la aplicación de la legislación vigente, son obligaciones especiales del adjudicatario- arrendatario las siguientes:
a) Abonar la renta mensual.
b) Constituir la fianza definitiva de 15.000,00 € mediante AVAL.
c) Formalización del contrato.
d) Notificar en el plazo de quince días las incapacidades e incompatibilidades sobrevenidas.
e) Abonar los tributos estatales y locales y demás gastos a que dieren lugar la licitación y el contrato.
f) Cumplir lo establecido en la legislación laboral, disposiciones reguladoras de los subsidios y seguros sociales, y en general todas las disposiciones vigentes en materia laboral y seguridad social, debiendo asimismo cubrir, las contingencias de accidente y enfermedad profesional.
g) Mantener en buen estado de uso y conservación el local y las instalaciones, debiendo realizar a su cargo las obras y gastos necesarios para su conservación, reparación, mantenimiento y reposición al Ayuntamiento a la finalización del contrato, así como destinarlas de modo exclusivo al uso pactado.
h) Abstenerse de realizar mejoras o modificaciones en las instalaciones o en el servicio arrendado, sin la previa autorización el Ayuntamiento, que decidirá sobre las repercusiones económicas de la iniciativa.
i) Tener en vigor y actualizadas cuantas licencias, autorizaciones o permisos se precisen de los organismos competentes en materia de Sanidad, Trabajo, Hacienda o cualquiera otros que se precisen.
j) Satisfacer el pago de los débitos con proveedores, personal a su cargo y en general, responsabilidades de cualquier orden derivadas de los actos de explotación del negocio.
k) Exhibir el contrato de arrendamiento que se formalice y manifestar su calidad de arrendatario en el supuesto de cualquier embargo o traba motivada por obligaciones contraídas por causa de explotación del negocio. Todos los gastos que ocasionen una actuación judicial en ese sentido, serán a cuenta del adjudicatario.
l) Figurar y actuar en todo momento como titular único de la explotación del negocio, viniendo obligado a destacar la total separación jurídica del Ayuntamiento de Mendata, que en ningún caso quedará obligado por los actos del arrendatario.
m) Conservar en perfecto estado y en grado de máximo orden y limpieza los locales, dependencias, mobiliarios, instalaciones, etc.
n) Responder del trato correcto y considerado hacia las personas que hagan uso de las instalaciones.
ñ) Aportar los medios profesionales suficientemente capacitados y necesarios para dar un esmerado y eficaz servicio.
o) Ajustar los precios a los autorizados por el organismo competente, debiendo quedar publicados en lugar visible y a disposición de los clientes.
p) Cumplir la normativa vigente en materia de horarios y de actividades molestas; así como en general todas las disposiciones legales que sean aplicables a la explotación.
q) Abonar la renta anual en el lugar o en la cuenta bancaria que designe el Ayuntamiento.
r) Abastecer la despensa y la bodega por su cuenta y riesgo, de bebidas, provisiones y alimentos, y disponer de artículos y bebidas que demanden habitualmente los usuarios, en la cantidad necesaria.
s) Hacerse cargo del pago de los servicios de agua, energía eléctrica, basuras y alcantarillado, correspondientes a la duración del contrato.
t) Mantener abierto y a disposición del público el servicio xx xxxxx de la taberna arrendada, durante trescientos sesenta y cinco días, y el servicio de restauración, como mínimo, durante trescientos treinta y cinco días al año; en todo caso, los periodos de cierre no podrán superar quince días consecutivos. Asimismo deberá cumplir la normativa vigente en materia de horarios, actividades molestas, higiene y sanidad.
u) Hacerse cargo de la limpieza del local.
v) Cuantas otras sean inherentes a la actividad objeto del contrato.
9.- FIANZA DEFINITIVA
El adjudicatario deberá constituir una fianza definitiva mediante AVAL bancario por importe de 15.000,00 €, en garantía de cumplimiento de todas las obligaciones que para el mismo se deriven del contrato que se formalice en su momento, así como de los deterioros que pudieran causarse en los elementos del negocio que se le ceden.
10.- SEGUROS
El adjudicatario-arrendatario se hace directa y exclusivamente responsable de todo tipo de daños que por cualquier motivo se puedan causar a los bienes de los que dispondrá con motivo de la adjudicación, así como de cuantos daños y accidentes de cualquier clase que puedan ocasionarse a terceras personas o a cosas, como consecuencia directa o indirecta del funcionamiento del negocio, eximiendo de toda responsabilidad al Ayuntamiento de Mendata.
Por lo anterior, el adjudicatario-arrendatario está obligado a suscribir la oportuna póliza de seguros, con entidad autorizada, que cubra los riesgos que se puedan producir, con efectos durante todo el tiempo que dure el arrendamiento.
11.- OBRAS Y MEJORAS EN EL LOCAL
El adjudicatario-arrendatario habrá de solicitar al Ayuntamiento de Mendata autorización para la realización de cualquier tipo de obra en el local arrendado. Las obras o mejoras de cualquier clase que fuesen realizadas por el adjudicatario- arrendatario quedarán integradas en el local y pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de Mendata, al extinguirse el contrato de arrendamiento sin obligación de abonar indemnización o compensación alguna al arrendatario.
12.- ENTREGA DEL LOCAL AL ADJUDICATARIO
Dentro del mes siguiente a la constitución de la fianza definitiva, se comprobará y firmará por duplicado el Inventario General del Mobiliario, maquinaria y enseres existentes en el Bar Restaurante Artape propiedad del Ayuntamiento de Mendata; comprometiéndose el adjudicatario-arrendatario a su correcta utilización y devolución a la finalización del contrato o de su resolución o rescisión, en su caso.
La entrega de las instalaciones, con indicación de todas las dependencias que comprenda, se formalizará en documento suscrito por un representante del Ayuntamiento y el adjudicatario-arrendatario, consignándose en el mismo las circunstancias, condiciones y estado en que se ceden el local y las instalaciones.
Cada año, en el mes anterior a la finalización de cada período de un año de duración del arrendamiento, será comprobado el inventario, y el adjudicatario- arrendatario repondrá dentro del mes siguiente todo el mobiliario, maquinaria y enseres propiedad del Ayuntamiento que hayan desaparecido o se encuentren inservibles o deteriorados. En caso de incumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior, el Ayuntamiento de Mendata podrá acordar la resolución del contrato.
13.-PERSONAL.
Todo el personal que preste sus servicios en el Bar Restaurante Artape pertenecerá exclusivamente a la persona adjudicataria del arrendamiento del local de negocio, corriendo a cargo de esta el deber de asegurarlos en la Seguridad Social y sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos trabajadores y el Ayuntamiento de Mendata, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior.
14.- PROHIBICION DE SUBARRENDAMIENTOS, CESIONES, TRASPASOS O SUSTITUCIONES.
El adjudicatario-arrendatario no podrá en absoluto ceder, subarrendar o traspasar el derecho que nazca del contrato, ni ser sustituido por otro en su derecho, pues se declara prohibida su transferencia, salvo causa de muerte. Si los herederos ofrecieron llevarlo a cabo bajo las mismas condiciones estipuladas en el contrato y el Ayuntamiento de Mendata acepta, podrán los herederos del primitivo adjudicatario-arrendatario subrogase en el contrato, bien entendido que si el Ayuntamiento desecha el ofrecimiento no tendrán derecho a indemnización alguna.
15.- OPCION DE VIVIENDA
El adjudicatario podrá disponer en arrendamiento de la vivienda municipal sita en el nº1, planta 2ª, Centro de Elexalde auzoa, siendo la renta mensual de 120,00 euros.
La opción de vivienda deberá ser ejercida con la firma del contrato de arrendamiento del Bar Artape.
El resto de condiciones que regirán el arrendamiento de la vivienda serán las aprobadas por el Pleno de la Corporación el día 14 xx xxxxx de 2013.
16.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato podrá extinguirse por cualquiera de las siguientes causas:
- Expiración del término o plazo convenido.
- Fallecimiento del adjudicatario-arrendatario, en cuyo caso el Ayuntamiento de Mendata se reserva el derecho de autorizar o no a sus herederos la continuación del arrendamiento hasta la terminación del contrato, según lo dispuesto en el apartado 14.
- Por mutuo acuerdo entre el Ayuntamiento y el adjudicatario, en cuyo habrá de notificarlo con tres meses de antelación.
- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente pliego.
17.- REGIMEN JURÍDICO.
En todo lo no previsto en las presentes cláusulas, y en cuanto a su preparación y adjudicación se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, que aprueba las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.
En cuanto a sus efectos y extinción, se regirá por la Ley 29/94 de Arrendamientos Urbanos, siendo la jurisdicción civil el orden competente para resolver las controversias que surjan entre las partes.
El contrato que se formalice tendrá la consideración de arrendamiento de local de negocio.