Contrato 10/15
Contrato 10/15
Contrato que celebran en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, a los 27 veintisiete días del mes de febrero de 2015 dos mil quince, por una parte El Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, representado en este acto por el licenciado Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas, en lo subsecuente LA SECRETARIA, y por la otra la empresa denominada Tarjetas Integrales, Sociedad Anónima de Capital Variable, representada en este acto por el señor Xxxxxxx Xxxxx Xxxx en lo subsecuente EL PROVEEDOR, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara “LA SECRETARÍA” a través de sus representantes:
l.1.- Ser la dependencia facultada para representar al Gobierno del Estado en las Adquisiciones de bienes y servicios, en atención a lo dispuesto por los artículos 36, 50 fracciones IX, XIX y XXII de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 4 fracciones I, II, IV y V, 8, 11 fracciones I y VI, 12 fracción II, 14 fracción LIX y Sexto Transitorio de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 1, 3 fracción III y IV, 4, 5 y 6 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, así como por lo establecido en los artículos 5 fracción I y 13 fracción del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración, todos los anteriores, ordenamientos del Estado de Jalisco.
I.2.- LA SECRETARÍA comparece por conducto del Licenciado Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, con las facultades para contratar y obligarse que le han sido delegadas, y que se encuentran vigentes en los términos en que le fueron conferidas, mediante acuerdo ACU/SEPAF/019/2013, de fecha 01 primero del mes de Octubre del año 2013, suscrito por el Mtro. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, en su carácter de Secretario de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, señalando para efectos del presente contrato el domicilio ubicado en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, X.X. 44270 de esta Ciudad.
II.- Declara “EL PROVEEDOR” a través de sus representantes:
II.1.- EL PROVEEDOR comparece por conducto de Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, quien manifiesta bajo protesta de decir verdad que tiene facultades suficientes para firmar el presente contrato, las cuales no le han sido revocadas, modificadas o restringidas en forma alguna a la fecha, mismas facultades que demuestra con la escritura pública número 64,591 sesenta y cuatro mil quinientos noventa y uno, de fecha 16 dieciséis del mes de Julio de año 2013 dos mil trece, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Notario Público Titular número 9 nueve de la Ciudad de Guadalajara, Jalisco y manifiesta que su mandante se encuentra debidamente registrada en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado bajo el número de registro PO6367 y que la información contenida en el expediente respectivo no ha sufrido modificación alguna.
II.2.- El PROVEEDOR acepta que en términos del presente contrato, quedará obligado a cumplir con todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta presentada por el representante de EL PROVEEDOR, donde se detalla el objeto del presente contrato, a la que en lo sucesivo se le denominará LA PROPUESTA, un tanto de la cual, se agrega al presente contrato como ANEXO 1, para formar parte integrante del mismo.
II.3.- EL PROVEEDOR señala como domicilio convencional el ubicado en la xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxxxxx Xxxxxx xx xxx Xxxxx, xx Xxxxxxx, Xxxxxxx, X.X. 45050, teléfono 0000 0000 y 0000 0000, fax 0000 0000 y correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
III.- Las PARTES declaran a través de sus representantes:
III: 1.- Que el presente contrato, cuyo objeto será solventado con recursos ESTATALES, se origina con motivo del concurso número C07/2015, para la adquisición de un servicio para los “Operación de un Sistema de Control y Pago Anticipado por medio de Cupones de descuento especial para el Transporte Público, incluyendo la fabricación, distribución y comercialización”, solicitada mediante oficio SM/DGA/058/2014, de fecha 26 veintiséis de enero de 2015 dos mil quince, signado por el Lic. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Director General Administrativo de la Secretaria de Movilidad, del que resultó adjudicado EL PROVEEDOR, mediante resolución número 05/2015, de fecha 23 veintitrés de febrero de 2015 dos mil quince, emitida por la Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco. Así mismo, se obliga a cumplir con todas y cada una de las obligaciones derivadas de LAS BASES y lo acordado en la junta aclaratoria de fecha 12 doce de febrero de 2015 dos mil quince.
III.2.- Que se reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen y sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes.
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- DE LA DEPENDENCIA. Las partes acuerdan que la Secretaría de Movilidad, en lo subsecuente
LA DEPENDENCIA, será la receptora final del objeto de este contrato.
SEGUNDA.- DEL OBJETO. El objeto del presente contrato es que EL PROVEEDOR fabrique, distribuya, comercialice y administre el número de boletos de descuento para el transporte público en la Zona Metropolitana de Guadalajara (Transvales), distribuidos en planillas de doce cupones, que se pueda cubrir con el importe correspondiente a la comisión por boleto vendido que EL PROVEEDOR vaya a retener, cumpliendo además con las siguientes características:
FABRICACIÓN:
Las características Técnicas del cupón:
Para reducir las posibilidades de falsificación de los cupones estos deben contener medidas de seguridad impresas y también físicas del papel en el que se imprimen, así como un folio que detalle el número consecutivo de su impresión.
Los cupones deberán contener medidas de seguridad impresas y físicas del papel en el que se imprimen, las cuáles son:
• Xxxxxx Xxxxxxx.
• Tinta Termocromàtica
• Código xx xxxxxx de 2 a 5 intercalado con dígito verificador módulo 10 DSR pesado
• Micro texto o logoline que es la micro-impresiòn de una palabra que se repite varias veces para formar una línea que a simple vista no es detectable, ya que se aprecia como una simple línea.
• Pantalla de Seguridad.
• Papel de Seguridad de 90 grs. con marca de agua y fibras visibles e invisibles y reactivo al uso de productos químicos cuando éstos se usan para alterar el documento o que este papel pueda ser detectado con el uso de luz negra.
Talón desprendible para el usuario en donde se especifiquen lo números de serie y de folio, valor de documento, vigencia y tipo de usuario, los cuales deberán de coincidir con los datos del cuerpo del boleto.
El cupón se establecerá como esquema del pago del pasaje tarifa especial en substitución o alternativa a la moneda de curso corriente
La denominación de los cupones de descuento tarifa especial será la que determine la comisión estatal de tarifas.
Deberá de contar con boletos con todas las denominaciones vigentes autorizadas para el transporte público.
EL PROVEEDOR se obliga a pagar a los transportistas en un plazo no mayor a 48 horas de días hábiles
EL PROVEEDOR se obliga a implementar un sistema de inviolabilidad del cupón tarifa especial, de tal forma que esta absorberá las posibles contingencias económicas, derivadas de una eventual falsificación del cupón tarifa especial, eximiendo al Gobierno del Estado de Jalisco de cualquier responsabilidad al respecto
Este apoyo solamente será obligatorio para estudiantes de educación Secundaria Media Superior y Superior así como los equivalentes de estos niveles de instituciones públicas o privadas, durante todo el año, para maestros en periodo escolar, para personas de edad avanzada, para personas con problemas de discapacidad. Que los adquieran para utilizarlos en las unidades del transporte público de la Zona Metropolitana de Guadalajara.
El Gobierno del Estado y EL PROVEEDOR convendrán en conjuntar sus esfuerzos para establecer las bases de colaboración para iniciar las operaciones del cupón de tarifa especial para lo cual EL PROVEEDOR establecerá en la Zona Metropolitana de Guadalajara la infraestructura necesaria para ofertar al menos 25 (veinticinco) puntos de atención de los cuales al menos el 60% (sesenta por ciento) se encuentren ubicados estratégicamente en planteles de los centros de estudio de la Universidad de Guadalajara para la distribución del cupón tarifa especial, los mecanismos de acopio y reembolso del cupón arriba descrito, y para operar los mecanismos de control suficiente para evitar falsificaciones y distorsiones.
DISTRIBUCIÓN:
Los cupones de descuento se venderán por anticipado a los usuarios del transporte público que se encuentren dentro de los supuestos de la tarifa preferencial en cuando menos 25 (veinticinco) puntos de atención distribuidos en los municipios del estado de Jalisco que conforman la Zona Metropolitana de Guadalajara, pudiendo incrementar en número, de acuerdo a las necesidades de los usuarios.
Los cupones de descuento únicamente pueden ser adquiridos en el caso de los estudiantes mediante la presentación de una identificación oficial vigente de un centro de estudios en el que están inscritos, en el caso de las personas discapacitadas presentando una identificación de alguna institución de salud oficial, ya sea estatal o federal o con una visible discapacidad, en el caso de las personas de la tercera edad presentando una credencial del INAPAM o presentando una identificación oficial vigente en el caso de los jubilados.
De la distribución de los cupones se presentará un reporte semanal detallado a la Secretaría de Movilidad.
Comercialización:
Una vez que se reciben los cupones como pago para la prestación del servicio de transporte las empresas transportistas elaborarán un reporte diario en donde se indica la cantidad de cupones recibidos en sus unidades y la cantidad del importe que estos suman, el cuál es enviado vía fax u otro medio electrónico a las
oficinas del operador de los cupones para que este realice el pago correspondiente mediante traspaso o depósito a la cuenta de cada una de las empresas transportistas.
Para los efectos del párrafo anterior, el Operador deberá contar al momento del concurso, ya con CONVENIOS vigentes con las EMPRESAS TRANSPORTISTAS que le permita realizarlo.
En el caso de los subrogatarios deberá atenderse mediante al menos 2 (dos) módulos de canje, que incluyan 1(uno) en las oficinas del SISTECOZOME para tramitar directamente con los subrogatarios el pago de los cupones de tarifa preferencial recibidos en sus unidades, pagándoles el importe en efectivo, cheque o transferencia por el monto de los boletos presentados de acuerdo a sus denominaciones, por lo que el operador de los cupones de descuento deberá contar al momento del concurso con estos 2 (dos) módulos de canje especial, para la atención de este servicio.
Conciliación.
Diariamente se deberá realizar una conciliación de los cupones recibidos de las empresas transportistas, conciliado con los reportes proporcionados por las empresas transportistas.
1.-Descripción del Servicio.
La Empresa operadora deberá declarar los puntos de atención con que cuenta al momento del concurso en los municipios que conforman la Zona Metropoltana de Guadalajara
a) Producción de los cupones.
El cupón de transporte deberá ser un instrumento para el pago de pasajes que cuente con avanzadas medidas de seguridad para evitar la falsificación y además sea de fácil manejo.
b) Comercialización y Distribución.
Los cupones de transporte deberán de ser comercializados en lugares de fácil acceso para los usuarios, con ubicaciones en puntos estratégicos de los municipios del Estado de Jalisco que conforman la Zona Metropolitana de Guadalajara, en los cuales se deberá de garantizar la correcta aplicación de este documento.
Puntos de atención al ususario.-
• Mínimo de 25 (veinticinco) puntos de venta
• Mínimo de 30 (treinta) puestos de atención al público en estos 25 (veinticinco) de atención.
• Con estos puntos de atención se deberán abarcar los municipios del estado de Jalisco, que conforman la Zona Metropolitana de Guadalajara.
• Uno de los puntos de venta deberá de estar ubicado en la zona centro de la Ciudad de Guadalajara y otro en la zona centro del municipio de Zapopan.
• Bien iluminados e identificables.
Operación.-
• Operados por personal propio de la empresa.
• Horario de atención al público de 9:00 a 15:00 hrs. De lunes a viernes en todos los puntos de venta (mínimo).
• Equipo de cómputo y comunicación vía internet en cada uno de los puntos de atención al usuario y los módulos de canje para subrogatarios.
• Explicación detallada de los mecanismos de distribución que garantizarán el abasto confiable de cupones en cada uno de los puntos de atención.
• Elaboración de base de datos de subrogatarios.
• Programa de computo específico para el control de la base de datos de subrogado y elaboración de reportes diarios, semanales, mensuales y anuales.
• La empresa operadora garantizará que los cupones únicamente pueden ser adquiridos por personas que pertenecen a los grupos a los que está destinado este beneficio, para lo cual, al momento de la venta, siempre se solicita una identificación vigente que acredite a la persona como perteneciente a alguno de estos grupos
• Anulación diariamente de los cupones de transporte recibidos para reembolso de los módulos de campo.
El servicio anteriormente descrito debe cumplir con las demás especificaciones ofertadas en LAS BASES y en su junta aclaratoria de fecha 12 doce de febrero de 2015 así como lo establecido en LA PROPUESTA, documentos que para efectos de referencia y cumplimiento forman parte integral del presente acuerdo de voluntades.
TERCERA.- DE LA ENTREGA. Los bienes y servicios objeto del presente contrato se realizará a partir del 01 primero del mes xx xxxxx del 2015 al 31 treinta y uno del mes de diciembre del año 2015 dos mil quince, se entregará un reporte semanal de ventas junto con la factura correspondiente, al almacén de LA DEPENDENCIA ubicado en Prolongación Alcalde esquina Circunvalación División del Norte 1351 colonia Jardines Alcalde de 9:00 a 15:00h horas.
Los bienes y servicios serán recibidos y liberados previa inspección del Director General Administrativo de LA DEPENDENCIA o en su caso quien él designe.
CUARTA.- REEMBOLSO.- Con las empresas de transporte que brindan el servicio en la Zona Metropolitana de Guadalajara, se tienen convenios que garantizan y especifican la operatividad de los esquemas en los que se reembolsa diariamente los boletos recibidos en sus unidades, cumpliendo con estas los siguientes requisitos básicos:
• Plazo para el reembolso 48 cuarenta y ocho horas en días hábiles a partir de la requisición de la liquidación presentada por la empresa transportista.
• Conciliación diaria entre los cupones reembolsados y los entregados por las empresas transportistas, por parte de una empresa externa contratada por Tarjetas Integrales.
• Elaboración de reportes de conciliación y notificación a las empresas transportistas en caso de detectar diferencias.
• Mecanismo de anulación de boletos utilizados.
• Sistemas automatizados de conteo rápido de boletos.
• Elaboración de reportes diarios, semanales, mensuales y anuales.
SUBROGADOS: El reembolso para los subrogados del SISTECOZOME, por no estar organizados como empresas, se realiza en los módulos de canje exclusivo para subrogados.
Módulos de Reembolso.
• Un mínimo de 2 módulos instalados.
• Equipados con máquinas de conteo rápido de cupones (ticòmetros)
• Mecanismos de anulación de los cupones reembolsados.
• Equipo de cómputo e impresión.
• Bien iluminados e identificables
QUINTA.-DE LA VIGENCIA. El presente instrumento contractual comenzará a surtir sus efectos a partir del día 01 uno del mes xx xxxxx del año 2015 dos mil quince, concluyendo el día 28 veintiocho del mes de febrero del año 2016 dos mil dieciséis, a excepción de las garantías, las cuales seguirán surtiendo sus efectos hasta el término de su vigencia, con las siguientes especificaciones:
a).- Se otorga un periodo xx xxxxxx para los Beneficiario hasta el 31 treinta y uno de enero del año 2016 dos mil dieciséis, para utilizar los boletos Transvales con vigencia 31 treinta y uno del mes de diciembre del año 2015 dos mil quince.
b).- Se otorga un periodo xx xxxxxx para los Transportistas hasta el 28 veintiocho del mes de Febrero del año 2016 dos mil dieciséis, para cobrar el rembolso de los boletos Transvales con vigencia 31 treinta y uno del mes de Diciembre del año 2015 dos mil quince.
Las fechas antes descritas podrán ser modificadas por la Secretaría de Movilidad, previa notificación por escrito a EL PROVEEDOR.
SEXTA.- DEL PRECIO. EL PROVEEDOR fija un precio para la comisión que le corresponde por la actividad objeto de este contrato de $0.234 moneda nacional, más el Impuesto al Valor Agregado, por boleto vendido, y señala que el monto total que recibirá por tal concepto (comisión) no rebasará la cantidad de hasta $26’000,000.00 (Veintiséis millones pesos 00/100 moneda nacional), con el Impuesto al Valor Agregado, incluido.
SÉPTIMA.- DE LA FORMA DE PAGO. La Secretaría de Planeación Administración y Finanzas realizará el pago a EL PROVEEDOR dentro de los 20 días hábiles siguientes a partir de su solicitud, contados a partir de la fecha en que sea presentada la facturación para el inicio de su validación, y que consistirá en la presentación de los documentos siguientes en la Dirección de Almacenes de LA SECRETARÍA:
Para el pago de parcialidades:
a) Original y 3 tres copias de la factura a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en la xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx 000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx,
C.P. 44100, R.F.C. SPC130227L99, validada por LA DEPENDENCIA.
b) Original del reporte semanal de ventas.
c) 2 (dos) copias del contrato.
d) 2 (dos) copias del acta de Resolución de Adjudicación.
e) 2 (dos) copias de la garantía señalada en la cláusula octava de este contrato.
f) 4 (cuatro) copias del oficio donde conste la recepción del servicio objeto de este contrato a entera satisfacción de LA DEPENDENCIA.
Para el pago de finiquito:
a) Original y 3 tres copias de la factura a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en la xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx 000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx,
C.P. 44100, R.F.C. SPC130227L99, validada por LA DEPENDENCIA.
b) Original del reporte semanal de ventas.
c) 2 (dos) copias del contrato.
d) 2 (dos) copias del acta de Resolución de Adjudicación.
e) 2 (dos) copias de la garantía señalada en la cláusula octava de este contrato.
g) 4 (cuatro) copias del oficio donde conste la recepción del servicio objeto de este contrato a entera satisfacción de LA DEPENDENCIA.
OCTAVA.- DE LA GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. A la firma del presente
contrato, EL PROVEEDOR se obliga entregar una garantía que responda por el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, así como por la calidad, o defectos que llegaren a presentar los
bienes y servicios prestados, a favor de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas, a través de cheque certificado o de caja, en efectivo mediante billete de depósito tramitado ante la Recaudadora N° 000 de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Estado de Jalisco o mediante fianza expedida por una institución mexicana legalmente autorizada, por el importe del 10% del monto total señalado en la cláusula sexta del presente contrato, con el Impuesto al Valor Agregado, incluido y con una vigencia de 12 meses, contados a partir de la firma del presente contrato, con el fin de garantizar el cumplimiento de este instrumento. La garantía aludida solo podrá ser cancelada mediante comunicación escrita por parte de LA SECRETARÍA.
La garantía referida podrá ser exigible y aplicada en cualquier tiempo en caso de presentarse defectos, o mala calidad en el objeto del presente proceso de adquisición, así como por cualquier incumplimiento en las obligaciones establecidas en este contrato, y será independiente de las acciones que deban ejercitarse por los daños y perjuicios que se originen con motivo del incumplimiento en cualquiera de las obligaciones contratadas por parte de El PROVEEDOR de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco.
NOVENA.- DE LA GARANTIA MATERIAL. EL PROVEEDOR garantiza la calidad de los bienes objeto de este contrato, en el entendido de que los prestará con la mejor calidad, diligencia y con personal calificado a efecto de cumplir con las especificaciones requeridas por LA SECRETARÍA.
DÉCIMA.- DE LA PENALIZACION POR ATRASO EN EL SERVICIO. En caso que EL PROVEEDOR no preste
en tiempo y forma los servicios objeto de este contrato por cualquier causa que no sea imputable a LA SECRETARÍA o a LA DEPENDENCIA, LA SECRETARÍA podrá descontar a EL PROVEEDOR del monto total del pago parcial de su comisión correspondiente el 3% cuando el atraso se encuentre en 1 uno a 10 diez días naturales, el 6% (seis por ciento) cuando el atraso se encuentre de 11 once a 20 veinte días naturales y el 10% (diez por ciento) cuando el atraso se encuentre de 21 veintiuno a 30 treinta días naturales.
LA SECRETARÍA podrá aplicar la penalización que corresponda o podrá rescindir el contrato a causa del incumplimiento en la entrega y prestación de los bienes y servicios en los tiempos y/o condiciones establecidas en el presente contrato. En caso de rescisión por esta causa EL PROVEEDOR pagará como pena convencional el 10% del monto total del pago parcial correspondiente.
DÉCIMA PRIMERA.- DEL RECHAZO Y DEVOLUCIONES. EL PROVEEDOR se obliga devolver las cantidades pagadas con los intereses correspondientes, aplicando una tasa equivalente al interés legal sobre el monto a devolver, y a recibir a su xxxxx el(los) bien(es) que sea(n) rechazado(s) por LA SECRETARÍA o LA DEPENDENCIA por resultar defectuosos, faltos de calidad en general ó por ser de diferentes especificaciones a las solicitadas.
DECIMA SEGUNDA.- DE LA RESCISIÓN. LA SECRETARÍA podrá optar por el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, sin necesidad de declaración judicial alguna para que operen, siempre y cuando EL PROVEEDOR incumpla con cualquier obligación derivada de LAS BASES o del presente contrato, cuando los bienes objeto de este contrato sean de características inferiores a las ofertadas en LAS BASES y/o cuando difieran de dicho documento en perjuicio de LA SECRETARÌA y/o LA DEPENDENCIA. Este hecho será notificado de manera indubitable a EL PROVEEDOR, independientemente de hacer efectiva o no la fianza de garantía de cumplimiento del contrato.
En caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas de LAS BASES y su junta aclaratoria de fecha 12 de febrero de 2015 dos mil quince, así como del contrato, además hacer efectiva la garantía de cumplimiento, y/o solicitar el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, LA SECRETARÍA podrá exigir el pago de daños y perjuicios de conformidad con el artículo 21 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco.
DECIMA TERCERA.- DE LA CESION. EL PROVEEDOR no podrá gravar o ceder a otras personas físicas o jurídicas de forma parcial o total, los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato, salvo los de cobro que se generen en los términos de este contrato, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa de LA SECRETARÍA.
DECIMA CUARTA.- DE LAS RELACIONES LABORALES. Ambas partes manifiestan expresamente que la relación que se deriva del presente contrato, no crea respecto de una y otra relación alguna de patrón, mandatario, subordinado, dependiente o empleado. En tal razón, EL PROVEEDOR será responsable por el personal que contrate o emplee con motivo de la entrega del(los) bien(es) objeto de este contrato, obligándose a responder y sacar a salvo a LA SECRETARIA, y/o entidad pública involucrada, de cualquier acción o derecho derivado por concepto de prestaciones contenidas en la ley federal del trabajo, de seguridad social, fiscal, civil, penal o cualquier otra, en el entendido que lo señalado con anterioridad queda subsistente por el periodo que la legislación aplicable señale, y no por el periodo que dure vigente este contrato.
DECIMA QUINTA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. EL PROVEEDOR asumirá la
responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos inherentes a la propiedad intelectual, patentes, marcas o cualquier otro derecho xx xxxxxxx, con motivo de la firma del presente contrato.
DECIMA SEXTA.- DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. En cualquier momento LA SECRETARÍA podrá dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ésta, cuando se extinga la necesidad de requerir el(los) bien(es) objeto de este contrato, por tratarse de causas de interés general o público, ó por caso fortuito o fuerza mayor, bastando únicamente la notificación que se realice a EL PROVEEDOR, o por acuerdo entre las partes. En ambos casos se realizará el pago de los gastos generados hasta el momento de la terminación, siempre y cuando dichos gastos estén debidamente comprobados.
DECIMA SÉPTIMA. DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. LA DEPENDENCIA será la encargada de vigilar e inspeccionar que los bienes objeto del presente contrato cumplan con las especificaciones ofertadas en LAS BASES y su junta aclaratoria de fecha 12 de febrero de 2015 dos mil quince, teniendo las facultades para designar al personal que estime necesario para tal efecto.
Sin perjuicio de lo anterior, LA SECRETARÍA podrá en todo momento verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como llevar a cabo las acciones necesarias para su cumplimiento.
DECIMA OCTAVA.- DE LAS NOTIFICACIONES. La comunicación entre las partes será por escrito a través de cualquier medio que de forma fehaciente e indubitable haga constar su notificación.
DECIMA NOVENA.- DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolver todo aquello que no esté previamente estipulado en él, las partes acuerdan en regirse en primer término por lo dispuesto en LAS BASES y su junta aclaratoria de fecha 12 de febrero de 2015 dos mil quince, y para lo no previsto en la anterior se sujetarán a la legislación aplicable en el Estado de Jalisco, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los Tribunales que se encuentran en la circunscripción territorial del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.
Leído que fue el presente contrato por ambas partes y enterados de su alcance y contenido, lo firman las partes de común acuerdo en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
LA SECRETARÍA | EL PROVEEDOR |
RUBRICA Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaria de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | RUBRICA C. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Representante Legal de Tarjetas Integrales, Sociedad Anónima de Capital Variable. |
TESTIGO | TESTIGO |
RUBRICA Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Director General de Abastecimientos de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | RUBRICA Lic. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Director de Instrumentos Jurídicos de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. |
*yga
La presente hoja de firmas 06 de 06 forma parte integral del contrato 10-15 celebrado por el Gobierno del Estado de Jalisco y la Empresa Tarjetas Integrales S.A. de C.V., con fecha 27 veintisiete del mes de Febrero del año 2015 dos mil quince.