Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS POR EL QUE SE RIGE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA, DE USO RESIDENCIAL LIBRE, SITA EN LA XXXX. XXXXX XXXXXXX, Xx 0- X, XX XXXXXXX (EXPTE.: EMVI: 2017/0012/01)
ÍNDICE
1. DISPOSICIONES GENERALES 4
1.1.- Objeto 4
1.2.- Finalidad 5
1.3.- Destino 5
1.4.- Tipo de licitación 5
1.5.- Las ofertas 6
1.6.- Inmuebles Excluidos 7
1.7.- Órgano de Contratación 7
1.8.- Perfil de Contratante 8
1.9.- Información 8
2.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 8
2.1.-Procedimiento de adjudicación 8
2.2.- Mesa de contratación 8
2.3.- Capacidad para contratar 8
2.4.-Lugar de presentación de ofertas 9
2.5.- Presentación de las proposiciones 10
2.6.- Forma de presentación 10
Sobre nº 1: Documentación administrativa 11
Sobre nº 2: Documentación relativa a la parte de la oferta técnica que sea cuantificable mediante la mera aplicación de fórmulas y la oferta económica 12
2.7.- Apertura del sobre nº 1 y calificación de documentación 14
2.8.- Apertura de las proposiciones 14
2.9.- Criterios de adjudicación 15
2.10.- Propuesta de adjudicación y adjudicación 18
2.11.- Desistimiento 20
2.12.- Fianza definitiva 20
3. FORMALIZACIÓN DE LA ENAJENACIÓN 20
3.1.- Otorgamiento de escritura pública 20
3.2.- Derecho y obligaciones 21
3.3.- Otros gastos 22
3.4.- Régimen jurídico del contrato y normativa aplicable 22
3.5.- Confidencialidad 23
3.6.- Tratamientos de datos de carácter personal 23
3.7.- Jurisdicción competente 23
XXXXX X.- MODELO DE SOLICITUD PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA, DE USO RESIDENCIAL LIBRE, SITA EN LA AVDA. XXXXX XXXXXXX, Nº 3-B, EN SEVILLA, DE PROPIEDAD DE EMVISESA 25
XXXXX XX.- DECLARACION RESPONSABLE PARA PERSONAS JURÍDICAS PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA, DE USO RESIDENCIAL LIBRE, SITA EN LA AVDA. XXXXX XXXXXXX, Nº 3-B, EN SEVILLA, DE PROPIEDAD DE EMVISESA (Expte.:EMVI:2017/0012/01) 26
XXXXX XXX.- DECLARACION RESPONSABLE PARA PERSONAS FÍSICAS PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA, DE USO RESIDENCIAL LIBRE, SITA EN LA AVDA. XXXXX XXXXXXX, Nº 3-B, EN SEVILLA, DE PROPIEDAD DE EMVISESA (Expte.:EMVI:2017/0012/01) 27
XXXXX XX.-MODELO DE AVAL PARA FIANZA DEFINITIVA 28
XXXXX X.- DECLARACIÓN PARA EL SUPUESTO QUE LAS GARANTÍAS EXIGIDAS SE CONSTITUYAN EN METÁLICO 29
ANEXO VI.- AUTORIZACION DE ACCESO AL INMUEBLE OFERTADO 30
ANEXO VII.- OFERTA ECONÓMICA (n º de Orden de Prelación) 31
ANEXO VIII.- COMPROMISO DE PAGO DE LOS GASTOS DE COMUNIDAD, SUMINISTRO E IMPUESTOS QUE INCIDEN SOBRE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE Y/O SUELOS OFERTADOS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA, DE USO RESIDENCIAL LIBRE, SITA EN LA AVDA. XXXXX XXXXXXX, Nº 3-B, EN SEVILLA, DE PROPIEDAD DE EMVISESA (Expte.:EMVI:2017/0012/01) 33
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1.- Objeto
Constituye el objeto del presente Pliego regular la enajenación mediante permuta de la parcela, de uso residencial libre, sita en la avenida Xxxxx Xxxxxxx, número 3-B, en Sevilla, de propiedad de la Empresa Municipal de Vivienda, Suelo y Equipamiento xx Xxxxxxx, S.A. (en adelante, EMVISESA), por la plena propiedad de inmuebles edificados, suelos y solares en distintos sectores del término municipal xx Xxxxxxx.
Los datos de la parcela de propiedad de EMVISESA son los siguientes:
Descripción: Parcela edificable denominada P-2, para uso residencial, en el término xx Xxxxxxx, comprendida en el ámbito de actuación de la Unidad de Ejecución SU-102 Pirotecnia-Cross del Plan General de Ordenación Urbana xx Xxxxxxx, con forma de trapecio y una superficie de mil ochocientos treinta y ocho metros, nueve decímetros cuadrados techo. Linda: al Norte, en línea recta con la parcela P-1 de la R-2; al Sur, en línea recta de sesenta y cinco metros, con la calle C de la urbanización; al Este, en línea recta de veintinueve metros y treinta y cuatro centímetros, con la calle H de la urbanización y al Oeste, con línea recta con al Avenida Xxxxx Xxxxxxx.
Inscripción: Registro de la Propiedad nº 8, al Tomo 1869, libro 1178, Folio 67, inscripción 1ª, finca registral 46701.
Superficie: 1.838,09 m2.
Clasificación: Suelo Urbano Consolidado.
Calificación: Residencial - edificación en Manzana con alineación interior obligatoria (MP) -. Edificabilidad: 7.352,00 m2t.
Número de viviendas: 68
Nº máximo de plantas permitidas sobre rasante: 7 plantas (PB+6).
Cargas: Incluida en el Registro Municipal xx Xxxxxxx en virtud de acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, de 30 xx xxxxx de 2014.
Planeamiento de aplicación: Plan de Ordenación Urbana xx Xxxxxxx, aprobado definitivamente por Resolución de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía de 19 de julio de
2.006 y publicado en el BOJA nº 174 de 7 de septiembre de 2006. Modificación puntual aprobada definitivamente por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno, el 31 xx xxxx de 2016.
Título: De adjudicación por disolución de comunidad, autorizada por el Xxxxxxx xx Xxxxxxx D. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx, el 3 de octubre de 2001, bajo el número de protocolo 1.315.
Referencia catastral: 6308402TG3460N0001FP
Valoración: SIETE MILLONES TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS (7.003.865,30€)
La parcela se transmite como cuerpo cierto, urbanizada y libre de cargas, a excepción de la prevista en el apartado cargas. Siendo x xxxxx del adjudicatario el enganche a redes y suministros.
1.2.- Finalidad
Con este contrato se pretende dotar a EMVISESA de inmuebles edificados, suelos y solares en distintos sectores de la ciudad xx Xxxxxxx, que permita por un lado, obtener un mayor número de viviendas terminadas que satisfagan la demanda de vivienda existente actualmente en el municipio y, por otro, adquirir suelos con destino a la construcción a vivienda en el menor tiempo posible.
1.3.- Destino
El bien de titularidad de EMVISESA que se permuta se destinará a uso residencial y otros usos compatibles, de acuerdo con las determinaciones del Planeamiento, en las condiciones urbanísticas expresadas en las Ordenanzas de aplicación, en los términos que se recogen en el presente Pliego y sus correspondientes Anexos.
El suelo de titularidad de EMVISESA deberá destinarse al uso previsto, el cumplimiento de esta obligación será garantizada mediante condición resolutoria, que será objeto de inscripción registral. En caso de no destinar dicho suelo al uso residencial, procederá la resolución del contrato, revirtiendo el bien permutado a EMVISESA, con todas las mejoras realizadas la cual tendrá derecho a percibir del contratista, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos sufridos por los citados bienes, siendo de cuenta del contratante los gastos que tal circunstancia origine.
En las segundas y posteriores transmisiones a favor de terceros deberá especificarse el uso y destino previsto de acuerdo con los instrumentos de planeamiento vigente en ese momento.
1.4.- Tipo de licitación
El tipo de licitación es el valor de la parcela de titularidad de EMVISESA a permutar, que asciende a SIETE MILLONES TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON
TREINTA CÉNTIMOS (7.003.865,30 €), impuestos excluidos.
El conjunto de inmuebles a entregar en permuta más, en su caso, la aportación en metálico, habrá de valorarse como mínimo por el mismo importe (7.003.865,30 €).
Este importe no tiene incluido los impuestos que gravan la operación. Las correspondientes tasas, arbitrios e impuestos que graven la trasmisión o sean consecuencia directa o indirecta de la misma, serán satisfecha por las partes según Xxx.
No se admitirán en ningún caso ofertas inferiores al importe tipo de licitación, esto es 7.003.865,30 €.
En su caso, la aportación en metálico no podrá superar el importe de TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (3.485.000,00 €). Los licitadores que
superen dicho límite serán excluidos del procedimiento.
En ningún caso EMVISESA abonará cantidad alguna en metálico, pues en el caso de que el importe total de la oferta realizada por el licitador, una vez tasados los inmuebles, supere el tipo de licitación será considerada una mejora puntuándose en la forma prevista en el apartado a), de la cláusula 2.9.- “Criterios de Adjudicación” del presente Pliego.
1.5.- Las ofertas
La presente oferta está dirigida a personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que, reuniendo los requisitos de capacidad establecidos en las cláusula 2.3 del presente Xxxxxx, xxxx propietarias de inmuebles edificados, suelos y solares en distintos sectores del municipio xx Xxxxxxx, en las siguientes condiciones:
A) Las condiciones de los inmuebles edificados han de ser las siguientes:
• Los inmuebles edificados estarán situados en parcelas clasificadas como Suelo Urbano Consolidado (SUC).
• Los inmuebles edificados pueden ser de nueva construcción o de segunda mano.
• Los inmuebles edificados deberán estar localizados en distintos xxxxxxx xx Xxxxxxx capital.
• Los inmuebles edificados han de estar en buen estado de conservación, habitabilidad y/o en condiciones para el uso al que se destina. En caso de que precise obras de acondicionamiento o reforma para su conservación y/o habitabilidad estas no podrán superar el 50% de su valor de tasación con el límite de 25.000 euros.
• El estado del edificio en construcción en el que se ubique el inmueble ofertado estará en buen estado de conservación, accesibilidad, habitabilidad y mantenimiento.
• Si se trata de viviendas éstas han de tener una superficie mínima construida de 45 m2 y un máximo de 140 m2, incluyendo la parte proporcional de las zonas comunes. La superficie considerada será la que conste en el Registro de la Propiedad. Aquellas viviendas de superficie útil inferior a 40 m2 podrán ser excluidas.
• Las viviendas han de constar al menos de un dormitorio, cocina, salón y al menos un baño con inodoro, lavabo y bañera o ducha.
• Los inmuebles deberán estar al corriente de cuotas y gastos de comunidad de propietarios, así como de impuestos y tasas municipales y, de gastos de suministros (gas, electricidad y agua). Asimismo deberá contar con certificado de eficiencia energética. El cumplimiento de todos estos requisitos sólo será exigible en caso de resultar adjudicatario y antes de la formalización de la escritura pública.
B) Las condiciones de los solares y/o suelos han de ser las siguientes:
• Los suelos y/o solares deberán estar localizados en cualquier xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx.
• Los suelos deberán estar al corriente de impuestos y tasas municipales, así como de cualquier otro gasto. El cumplimiento de estos requisitos sólo será exigible en caso de resultar adjudicatario y antes de la formalización de la escritura pública.
Los inmuebles construidos, suelos y solares ofertados han de estar debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad, a fecha del último día de plazo para la presentación de proposiciones.
Podrán ser ofertados inmuebles edificados ocupados con título, en cuyo caso habrá de indicarse tal circunstancia y, habrá de aportarse el título que justifica la ocupación en la forma prevista en el cláusula 2.6 del presente Pliego (Documentación técnica y urbanística), así como los documentos justificativos de estar al corriente de pago de la renta o canon correspondiente a los tres (3) últimos meses, a fecha de último día del plazo para la presentación de proposiciones. En este caso, el licitador deberá acreditar de forma fehacientemente la relación contractual existente y el cumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo. En caso contrario, la Mesa de Contratación podrá considerar que la forma de acreditar estos extremos es insuficiente, y entender no probada la existencia de título y el cumplimiento de sus deberes, en cuyo caso será considerada ocupación irregular.
Tampoco será obstáculo para la presentación de la oferta la existencia de cargas sobre los inmuebles edificados, suelos y solares. En caso de resultar la oferta seleccionada, el licitador deberá levantar las cargas existentes a su xxxxx antes de la formalización en la escritura pública.
1.6.- Inmuebles Excluidos
Los inmuebles edificados, suelos y/o solares ofertados que incumplan las condiciones recogidas en la cláusula anterior serán excluidos del procedimiento. También podrán ser excluidos los inmuebles edificados en situación de fuera de ordenación.
En todo caso serán excluidos:
- Los inmuebles edificados ocupados sin título o de forma irregular.
- Los inmuebles edificados ilegales o afectados por expedientes de infracción urbanística.
- Los suelos calificados de uso industrial.
- Los suelos clasificados como no urbanizables, así como los urbanizables no sectorizados y urbanizables cuyo proyecto de reparcelación no esté debidamente inscrito.
La exclusión de un inmueble o suelo, dará lugar al rechazo de la oferta si ésta en su conjunto es inferior al tipo de licitación.
1.7.- Órgano de Contratación
El órgano de contratación competente es el Consejo de Administración de EMVISESA de conformidad con lo dispuesto por los Estatutos de EMVISESA, reformados por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno en funciones de Junta General de la Entidad, el 00 xx xxxxxxx xx
0000, XXXX nº 47, de 26 febrero de 2008, (modificados por acuerdo de la Junta General de EMVISESA, de 25 de noviembre de 2016).
1.8.- Perfil de Contratante
La convocatoria del procedimiento, la adjudicación así como cualquier otro dato o información de acuerdo con lo establecido en los presentes Pliegos, se publicarán en la página WEB de EMVISESA (xxx.xxxxxxxx.xxx) y en el perfil de contratante, accesible a través de la página: xxx.xxxxxxx.xxx. Asimismo, la convocatoria será publicada en uno, o varios, de los diarios de mayor difusión de la provincia xx Xxxxxxx.
1.9.- Información
Los interesados en participar en el presente procedimiento de contratación podrán solicitar información y/ o documentación relativa al mismo, a través del correo electrónico de EMVISEA (xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx), desde el día siguiente de la convocatoria hasta tres (3) días hábiles antes de que expire el plazo para la presentación de ofertas.
Podrán ser publicadas en la página Web de EMVISESA, aquellas aclaraciones a las consultas y cuestiones planteadas por los licitadores en relación con el presente Xxxxxx.
2.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
2.1.-Procedimiento de adjudicación
La adjudicación del contrato de permuta se realiza mediante procedimiento de contratación regulado en el presente Xxxxxx, en el que todo interesado que reúna los requisitos exigidos en el mismo podrá presentar oferta para la adquisición del inmueble de titularidad de EMVISESA, recayendo la adjudicación a favor del licitador que presente la proposición más ventajosa, conforme a los criterios de adjudicación previstos en la cláusula 2.9 del presente Pliego.
2.2.- Mesa de contratación
La Mesa de Contratación estará compuesta por un Presidente que será el Director-Gerente de EMVISESA, un Secretario que será un Licenciado en Derecho y al menos por tres vocales. Los vocales serán la Directora del Área Económico-Financiera y Gestión de EMVISESA, el Coordinador General Técnico de EMVISESA y un experto en tasaciones, todo ello sin perjuicio de que los designados puedan delegar en otra persona en caso de ser necesario.
2.3.- Capacidad para contratar
Podrán presentar ofertas las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjera, que con plena capacidad jurídica y de obrar para contratar y obligarse de acuerdo con la legislación civil vigente, no estén incursas en prohibición de contratar conforme a lo previsto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), y sean propietarios de inmuebles, suelos o solares.
Los que deseen tomar parte de la presente licitación podrán hacerlo por sí mismos o mediante representación por una persona autorizada mediante poderes validados en forma legal, siempre que no se encuentren incluidos en ninguna de las causas expresadas en el párrafo anterior. Quien actúe en nombre de una persona jurídica o de una/varias personas físicas habrá de acreditar fehacientemente su representación.
También pueden participar en el procedimiento de contratación de cara a resultar adjudicatarios dos o más entidades en las que concurran las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, con la finalidad de constituirse en Unión Temporal de Empresas (en adelante, UTE), Comunidad de Bienes o Sociedad Civil sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. En todo caso, los miembros de la UTE, Sociedad Civil o Comunidad de Bienes quedarán obligadas solidariamente frente a EMVISESA al cumplimiento del contrato hasta su extinción.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de los Estados miembros de la UE o signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará mediante declaración jurada del representante de la sociedad legalmente habilitado.
La capacidad de las empresas extranjeras no incluidas en el apartado anterior, se acreditará mediante certificación expedida por la respectiva representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que haga constar que figuran inscritas en el Registro Local Profesional, comercial o análogo e, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se refiere el objeto.
2.4.-Lugar de presentación de ofertas
Las ofertas deberán presentarse en el Registro General de EMVISESA sito en X/ Xxxxxx, xxxxxx 0, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxx (Xxxxxx), dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, hasta las 14:30 horas de la fecha límite que indique la convocatoria.
Los licitadores obtendrán copia sellada del modelo normalizado, que se encontrará a su disposición en el Registro, como justificante de haber presentado la oferta, consignándose el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato, y el lugar, día y hora de la presentación.
También podrán enviarse las proposiciones por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio de licitación. En este caso el licitador justificará la imposición del envío (modalidad urgente) en la oficina de correos durante el plazo de presentación de proposiciones, y anunciará a EMVISESA la remisión de la oferta, mediante fax (nº 000000000) o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la oferta si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo de solicitudes señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, cinco (5) días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido solicitud, ésta no será admitida en ningún caso.
Una vez entregada o remitida la oferta, el licitador no podrá retirarla, salvo que la retirada de la proposición sea justificada, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 2.11 de este Pliego. La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por el licitador del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este Pliego, sin salvedad o reserva alguna y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones para contratar.
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, se expedirá certificación relacionada de la documentación recibida o de la ausencia de licitadores, en su caso, la que juntamente con aquella remitirá al Secretario de la Mesa de Contratación.
2.5.- Presentación de las proposiciones
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisión de variantes, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Una vez entregada la proposición por el licitador éste no podrá retirarla ni presentar otra.
A estos efectos se considera un mismo licitador, cuando haya identidad de persona física o, tratándose de persona jurídica, cuando formen parte de un grupo de sociedades en los términos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio y, en las cooperativas, cuando sean gestionadas por la misma persona física o jurídica.
No se admitirán las ofertas presentadas por personas interpuestas o vinculadas. Se entiende que existe vinculación en los términos previstos en el artículo 16.2 de la Ley de Impuestos de Sociedades.
2.6.- Forma de presentación
Habida cuenta que tanto la oferta técnica como la económica se valorarán mediante la aplicación de fórmulas, los licitadores solo habrán de presentar DOS (2) sobres, el señalado con el número 1 con la documentación administrativa que se indica en el Presente Pliego, y el número 2, de documentación técnica y oferta económica, así como la relativa a la parte de la oferta técnica cuya cuantificación dependa de fórmulas matemáticas.
Los dos sobres se presentarán cerrados y firmados en su cierre, de forma que garantice el secreto de su contenido. En ambos figurará externamente el nombre, apellidos y la firma de quien presente la proposición, indicándose si dicha persona actúa por sí, o representando a otro (en este último caso, deberá indicarse el nombre o razón social del licitador representado). En el exterior de cada sobre también deberán constar los datos del licitador a efectos de comunicaciones (domicilio, teléfono, fax y correo electrónico), así como la denominación del contrato, y número de expediente, todo ello de forma legible.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. En los sobres se incluirá la documentación que se indica a continuación traducida de forma oficial al castellano.
De toda la documentación acreditativa de la capacidad de obrar y de la documentación acreditativa de la representación se presentará original, testimonio notarial o copia compulsada de EMVISESA. Además, los poderes y demás documentación acreditativa de representación deberán encontrarse bastanteados por EMVISESA.
Cualquier solicitud de compulsa o bastanteo de documentación deberá presentarse al menos con cinco (5) días naturales de antelación al que se anuncie como fin del plazo para presentar proposiciones (a las solicitudes de compulsa se acompañarán copias y originales de la documentación a compulsar).
La documentación correspondiente a cada sobre no puede incluirse entre la que corresponda a otro sobre.
Sobre nº 1: Documentación administrativa.
a) Índice
b) Modelo de solicitud Anexo I
c) Declaración responsable Anexos II Y III:
La aportación inicial de los documentación relativa a la capacidad jurídica y de obrar se sustituirá por una declaración responsable del licitador (Anexos II y III) indicando que cumple las condiciones establecidas en el Pliego para contratar. En tal caso, la Mesa de Contratación requerirá al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, para que acredite previamente a la adjudicación por el órgano de contratación la posesión y validez de los documentos exigidos.
No obstante, en cualquier momento previo a la adjudicación, la Mesa de Contratación podrá solicitar al licitador o licitadores que estime conveniente, que acrediten la veracidad de las declaraciones solicitadas en el presente apartado, mediante la aportación de los documentos que se indican en la cláusula 2.10 de los presentes Pliegos, para ello dispondrán de tres (3) días hábiles. De no atender dicho requerimiento se entenderán que desisten de la licitación. En caso de presentarla con algún defecto subsanable, se les notificará confiriéndole el plazo de tres días hábiles para subsanar, con idéntico resultado en caso de no atender dicho requerimiento.
d) Acreditación de la titularidad de los inmuebles:
Se aportará nota simple de los inmuebles que se ofrecen para la permuta, expedidas en los tres (3) meses anteriores a la presentación de la oferta.
e) Documentos de compromiso de constituirse en UTE, Sociedad Civil o Comunidad de Bienes:
Deberán aportar un documento privado firmado por todos los componentes, donde se comprometan a constituir, mediante escritura pública, una unión temporal de empresas, una sociedad civil o una comunidad de bienes en caso de resultar adjudicatarios, suscrito por todos los integrantes, indicando el porcentaje de participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a EMVISESA.
En caso de tratarse de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles ya constituidas, deberán constar en documento público
f) Documentos de los licitadores de carácter confidencial:
Los licitadores tendrán que indicar, en su caso, mediante una declaración complementaria, qué documentos administrativos y/o técnicos y datos presentados, han de ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente en el propio documento señalado como tal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter.
g) Asimismo será necesario que las empresas extranjeras no comunitarias:
Estas entidades han de tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil y asuman el compromiso de establecer y mantener durante el período de vigencia del contrato una Oficina ubicada en Sevilla, en la que exista un representante legal de la empresa con poderes bastantes para el pleno desarrollo y ejecución del contrato, caso de que resulte adjudicatario de los trabajos.
En esta documentación no se hará referencia alguna a la proposición económica que se deberá introducir en el sobre nº 2, el incumplimiento de lo establecido en este apartado dará lugar al rechazo de la oferta.
Sobre nº 2: Documentación relativa a la parte de la oferta técnica que sea cuantificable mediante la mera aplicación de fórmulas y la oferta económica.
En este sobre se incluirá la oferta económica (1) y la documentación técnica y urbanística (2) que acredite las condiciones de los inmuebles construidos, suelos y solares, que se ofertan y consistirá en:
1. Oferta económica conforme al modelo Anexo VII: La proposición que presente cada licitador podrá comprender distintas ofertas de inmuebles a permutar, con los siguientes requisitos:
- Que el valor de los inmuebles ofertados difieran entre sí un 80% de su valor tasado.
- Se admitirán como máximo 3 variantes en la propuesta presentada.
- Se debe establecer el orden de prelación entre ellas.
2. Documentación técnica y urbanística:
Para los inmuebles construidos:
• Compromiso de pago de cuotas y gasto de comunidad, impuestos, tasas y tributos municipales, así como de los suministros tales como gas, agua, electricidad, conforme al modelo Anexo (VIII).
• En caso de estar ocupada de forma regular, copia compulsada del título que habilita o justifica la ocupación, así como copia compulsada de los documentos justificativos de estar al corriente de pago de la renta o canon correspondiente a los tres (3) últimos meses, a fecha de último día del plazo para la presentación de proposiciones. Asimismo, en los títulos que se aporten deberá constar la renuncia expresa del inquilino/ocupante a los derechos de adquisición preferente en la venta del inmueble.
• Podrán ser aportados informes de tasación de los inmuebles construidos, en cuyo caso deberán ser oficiales con una antigüedad máxima de seis (6 ) meses a contar desde el fin del plazo de presentación de ofertas.
• Las edificaciones que deban hacer la ITE, y la hayan realizado, podrán aportar copia del certificado.
• Se aportará plano de la vivienda, así como plano de situación de la misma.
• Fotos y cualquier otra documentación que aporte información sobre el estado de la vivienda.
• Autorización de acceso: Los licitadores deberán facilitar el acceso a los inmuebles al personal que determine EMVISESA para comprobar “in situ”, que las viviendas y/o suelos cumplen con las características que se formula en la cláusula 1.5 “Las Ofertas” de este Pliego, mediante autorización expresa conforme al modelo Anexo VI.
En caso de que el licitador oferte inmueble y suelos bastará con que presente una única autorización de acceso a los inmuebles.
Para los suelos y/o solares:
• Cédula urbanística de los suelos ofertados.
• Podrán ser aportados informes de tasación de los suelos y/o solares, que deberán ser oficiales con una antigüedad máxima de seis (6) meses a contar desde el fin del plazo de presentación de ofertas.
• Plano de situación y de las parcelas propuestas para permutara con identificación de las fincas registrales.
• Si existiera, copia autentificada del convenio de planeamiento o de gestión suscrito con la Administración competente para la definición, el desarrollo y/o la gestión del ámbito en que se incluyen los suelos.
• Copia autenticada de los documentos que acrediten el estado de tramitación y fecha de la última aprobación de cualquiera de los instrumentos de gestión y/o ejecución que se hayan tramitado en ejecución del ámbito de que se trate (estatutos y bases, convenio, planeamiento de desarrollo, proyecto de urbanización, proyecto de reparcelación).
• Compromiso de pago de impuestos, tasas y tributos municipales, así como de cualquier otro gasto o derrama de cualquier índole que recaiga sobre los suelos, conforme al modelo Anexo (VIII).
• Autorización de acceso a los inmuebles: Los licitadores deberán facilitar el acceso a los suelos y/o solares a los técnicos de EMVISESA para comprobar “in situ”, que las viviendas y/o suelos cumplen con las características que se formula en la cláusula 1.5 “Las Ofertas” de este Pliego, mediante autorización expresa conforme al modelo Anexo VI.
2.7.- Apertura del sobre nº 1 y calificación de documentación
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación procederá al examen de la documentación administrativa presentada por los licitadores, en tiempo y forma, en el sobre nº 1 (documentación administrativa) y calificará los documentos.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados por medio del correo electrónico, fax o a través de los medios que los licitadores hayan indicado, concediéndose un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. De igual forma, la Mesa podrá recabar del empresario la presentación de documentación complementaria o aclaratoria de la ya aportada.
Subsanada la documentación, en su caso, la Mesa de Contratación procederá a determinar los licitadores que se ajustan a los criterios de selección indicados, señalando los admitidos a licitación, los rechazados y, las causas de su rechazo.
Las ofertas que correspondan a las proposiciones rechazadas, quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no serán abiertos.
De dichas incidencias quedará constancia en el Acta que se levante por la Mesa de Contratación.
2.8.- Apertura de las proposiciones
La apertura del sobre nº 2 se llevará a cabo por la Mesa de Contratación en acto público, en el lugar y día que se publicará en el Perfil de Contratante. La Mesa de Contratación dará comienzo del acto con un pronunciamiento expreso sobre la calificación de las proposiciones efectuadas por la Mesa, identificando las admitidas a licitación, las rechazadas y sobre las causas de su rechazo, dando lectura de las ofertas.
La Mesa de Contratación podrá rechazar las proposiciones que no se ajusten a los modelos Anexos a este Pliego. Asimismo, si alguna proposición no guardarse concordancia con la documentación examinada y admitida, si fuese inferior del presupuesto base de licitación, variara
sustancialmente el modelo establecido, o comportarse error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece error o inconsistencia que la hagan inviable, será rechazada mediante resolución motivada.
Las ofertas serán remitidas a los servicios técnicos de EMVISESA para su estudio, tasación e informe, previamente a la adjudicación. Una vez valoradas las ofertas y emitidos los informes, la Mesa de Contratación determinará la oferta más ventajosa, a favor de la cual formulará propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación, junto con el Acta. En la correspondiente propuesta de adjudicación, figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntación otorgada cada una de ellas por aplicación de los criterios de adjudicación indicados en la cláusula 2.9 de éste Pliego, e identificando la más ventajosa.
2.9.- Criterios de adjudicación
Los criterios de adjudicación que a continuación se relacionan servirán para valorar las proposiciones y determinar cuál de ellas es la proposición más ventajosa, para elaborar un listado donde figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente, incluyendo la puntación otorgada cada una de ellas por aplicación de los criterios de adjudicación.
Cada una de las ofertas presentadas se valorará de acuerdo con los criterios señalados en los apartados que se relacionan continuación, asignándole un valor comprendido entre 0 y 100 puntos:
a) Valor de lo ofertado: 50 puntos: En este apartado se puntuará el valor global de la oferta, que corresponde a la suma de la aportación en metálico, en su caso, más el valor de tasación de los inmuebles construidos, suelos y/o solares aportados. Se otorgará la máxima puntuación (50 puntos) a la oferta cuyo valor económico tenga mayor importe en su conjunto, puntuándose el resto de forma lineal.
Los inmuebles, suelos y solares serán tasados por técnicos de EMVISESA, siguiendo la metodología de valoración establecida por la Orden ECO/805/2003, de 27 xx Xxxxx, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, publicada en el BOE del 9 xx Xxxxx de 2003. Asimismo será de aplicación el real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
No obstante lo anterior, la tasación podrá ser realizada por tasador externo o sociedad de tasación debidamente inscrita en el Registro de Sociedades de Tasación del Banco de España. Asimismo, podrán ser validadas por los técnicos de EMVISESA las tasaciones presentadas por los licitadores, siempre que se trate de tasaciones oficiales con una antigüedad máxima de seis (6) meses a contar desde el fin del plazo de presentación de ofertas.
La valoración técnica de los inmuebles construidos, suelos y solares se hará en el estado en que se encuentran, y establecerá si éstos cumplen los requisitos establecidos en la cláusula 1.5 de este Pliego. Al valor de tasación inmobiliario se le aplicarán los
coeficientes correctores, que se relacionan a continuación, en función de su ocupación, uso, dispersión y, en su caso, la tasación aportada y el cumplimiento de los deberes urbanísticos a los que esté obligado.
➢ Coeficiente de ocupación: Se valorará la situación jurídica de cada uno de los inmuebles ofertados, aplicando los siguientes coeficientes correctores a la tasación, distinguiendo entre inmuebles que se encuentran libres y ocupados con título:
- Inmuebles libres de ocupantes: 1
- Inmuebles ocupados con título: 0,95
- Inmuebles a los que no se ha accedido: 0,30
Si se ofertan inmuebles que se encuentran ocupados de forma regular, deberá ser aportado el título que justifique dicha ocupación y justificantes de pago en la forma prevista en la cláusula 2.6 de este Pliego. En caso de no ser presentada la documentación acreditativa o ser esta insuficiente, se entenderá que la ocupación carece de título habilitante, por lo que el inmueble será excluido conforme establece la cláusula 1.6. de este Pliego. En caso de no poder acceder a la vivienda por cualquier motivo, aún tratándose de viviendas ocupadas de forma regular, se aplicará el coeficiente corrector (0,30).
➢ Coeficiente de uso: Se valorará el uso pormenorizado que tengan asignado los inmuebles mediante la aplicación de los siguientes coeficientes correctores al valor de tasación:
- Vivienda: 1
- Comercial: 0,95
- Oficinas: 0,75
➢ Coeficiente de dispersión: Se valorará en este apartado la distribución en el municipio de los inmuebles ofertados, aplicando los siguientes coeficientes al valor de tasación:
- Para edificios completos 1
- Hasta 5 viviendas inscribibles en un radio de 500 m 1
- De 6 a10 viviendas inscribibles en un radio de 500 m 0,95
- De 11 a 20 viviendas inscribibles en un radio de 500 m 0,85
- De 21 viviendas inscribibles en un radio de 500 m 0,75
- En caso de estar en el mismo portal se aplica un coeficiente adicional: 0,95
➢ Coeficiente de tasación: En este apartado se valorará la presentación por el licitador de las tasaciones de los inmuebles ofertados, en función de su carácter
oficial y fecha de emisión, aplicado los siguientes porcentajes al valor de tasación:
- Aporta Tasación 1
- No aporta Tasación 0,95
Solo serán tenidas en cuenta las tasaciones presentadas por los licitadores que conforme a los requisitos anteriormente indicados (carácter oficial y antigüedad), hayan sido validadas por los técnicos de EMVISESA.
➢ Coeficiente de Inspección Técnica de Edificios (ITE): En este apartado se valorará la acreditación de haber realizado la ITE, para aquellos edificios que tuvieran la obligación de pasar la inspección según la normativa:
- Presenta justificación ITE 1
- No aporta justificación ITE 0,95
b) Número de viviendas terminadas que se ofertan a EMVISESA: 15 puntos: En este apartado se otorgará la máxima puntuación (15 puntos), a la oferta que incorpore mayor número de viviendas terminadas, siempre que cumplan las condiciones previstas en la cláusula 1.5 de este Pliego, puntuándose el resto de forma lineal.
Se le asignará cero (0) puntos al licitador que este apartado no oferte ninguna vivienda terminada a EMVISESA.
c) Número de viviendas a construir en los suelos o solares ofertados: 10 puntos: Se asignará la máxima puntuación (10 puntos) a los suelos que cumpliendo los requisitos recogidos en la cláusula 1.5 del presente Pliego, y sean de uso residencial, tenga mayor número de viviendas, puntuándose el resto de forma lineal.
Se le asignará cero (0) puntos al licitador que este apartado no oferte ningún solar o suelo de uso residencial a EMVISESA.
d) Aportación en metálico: 25 puntos: Se asignará la mayor puntuación (25 puntos), al licitador que oferte el importe máximo de la aportación en metálico previsto en la cláusula 1.4 del presente Pliego (3.485.000,00€), puntuándose el resto de forma lineal.
Se le asignará cero (0) puntos al licitador que no aporte cantidad en metálico. En ningún caso la aportación en metálico podrá superar el importe máximo, aquellas ofertas que superen dicho límite serán excluidas.
En caso de empate técnico en la puntuación obtenida, tras la evaluación de los diferentes apartados de las ofertas presentadas por los licitadores, se decidirá la adjudicación por sorteo,
que se hará por la Mesa de Contratación en acto público, que se convocará a tal efecto en el la página web de EMVISESA.
Se considerará empate técnico una diferencia inferior a tres (3) puntos entre las ofertas que hayan quedado en primer, segundo y tercer lugar.
2.10.- Propuesta de adjudicación y adjudicación
La Mesa de Contratación requerirá al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación del contrato para que, dentro de plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde aquel en que hubiera recibido el requerimiento, aporte los documentos que se relacionan a continuación. Este plazo podrá ser ampliado otros veinte (20) días hábiles si el licitador lo solicita antes de que finalice el plazo y la Mesa de Contratación lo considera necesario y así lo justifica en resolución motivada.
- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar:
Si se trata de empresario persona física, copia compulsada por los servicios jurídicos de EMVISESA o realizada por fedatario público del D.N.I., o del documento que, en su caso, haga sus veces.
Si se trata de empresarios personas jurídicas, copia autorizada o testimonio de las escrituras de constitución y de modificación estatutaria, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante las escrituras o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren el CIF y las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
Si se trata de un empresario no español que sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, deberá acreditar su personalidad en la forma prevista en los artículos 58 y 72.2 del TRLCSP.
Los restantes empresarios no españoles acreditarán su capacidad de obrar en la forma prevista en los artículos 55 y 72.3 del TRLCSP.
En caso de tratarse de una UTE, Comunidad de Bienes o Sociedad Civil, constituida al efecto, acreditación de la constitución de la misma en Escritura Pública, antes de la firma del contrato, así como el C.I.F. correspondiente, quedando obligados solidariamente ante EMVISESA los empresarios/empresas que compongan dicha Unión, quienes deberán nombrar un Representante o Apoderado único, con poderes bastantes para ejecutar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar la empresas para cobros y pagos.
- Documentación acreditativa de la representación:
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán documentación acreditativa de la representación debidamente bastanteada por EMVISESA.
Si el licitador fuera persona jurídica el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
El representante deberá acompañar copia compulsada por EMVISESA, o realizada por fedatario público, de su Documento Nacional de Identidad o del documento que, en su caso, sustituya reglamentariamente al DNI.
- Certificados de la Agencia Estatal Tributaria, de las Delegaciones de Hacienda de la CCAA y Ayuntamiento, así como de la Tesorería de la Seguridad Social:
Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias con el Estado, la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento xx Xxxxxxx, y con la Seguridad Social.
- Justificantes de abono gastos de publicidad.
Resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de los gastos de publicidad.
- Certificados del Presidente y/o Administrador de la Comunidad de Propietarios:
Certificado del Presidente o administrador que acredite que los inmuebles están al corriente de pago de las cuota y gastos de la comunidad de propietario, señalando cual es el importe mensual de la cuota de comunidad y si existen derramas a cargo de los propietario.
- Acreditación de que los inmuebles y/o suelos se encuentran al corriente de los tributos y tasas municipales.
Copia compulsada de los recibos de basura y copia compulsada de los recibos de IBI correspondiente a las cuatro últimas anualidades.
- Justificante de pago de suministros de los inmuebles.
Copias compulsadas de recibos de agua, gas y electricidad correspondiente a los tres
(3) últimos meses.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, pudiendo EMVISESA proceder, en su caso, a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación a la vista la propuesta de la Mesa de Contratación y una vez aportada la documentación requerida, determinará el licitador que haya presentado la oferta más ventajosa y requerirá a éste, para que en el plazo xx XXXX (10) días hábiles contados desde la
recepción del requerimiento aporte la fianza definitiva, conforme al modelo Xxxxx XX, según lo establecido en la cláusula 2.12 de este Pliego.
La oferta considerada como la más ventajosa no crea derecho alguno a favor del licitador que la haya presentado, que no los adquirirá respecto a EMVISESA hasta la formalización del contrato en escritura pública y posterior inscripción registral.
2.11.- Desistimiento
EMVISESA podrá desistir del procedimiento con anterioridad a su adjudicación, siempre que exista causa que lo justifique y se determine en la resolución que se adopte a tal fin, debiendo comunicar tal decisión a las empresas que hubieran presentado una oferta.
El licitador podrá desistir del procedimiento de adjudicación en caso de discrepancia o desacuerdo con la tasación efectuada por los técnicos de EMVISESA o, en su caso, por tasador externo o sociedad de tasación, debiendo justificar de forma detallada la circunstancia que provoca tal discrepancia, sin que ello de lugar a reclamación por parte de EMVISESA.
El desistimiento sólo podrá acordarse por el órgano de contratación antes de la adjudicación del contrato, en este caso EMVISESA podrá recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas.
2.12.- Fianza definitiva
El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir, en el plazo xxxxxx xx XXXX (10) días hábiles, una garantía de 5% del tipo de licitación previsto en la cláusula 1.4 del presente Pliego, (7.003.865,30 €), excluido el impuesto sobre el Valor Añadido.
La garantía definitiva podrá hacerse en metálico mediante ingreso en la Caja de EMVISESA o transferencia al número de cuenta XX00 0000 0000 00 0000000000 de la CAIXA (indicando el nombre del licitador, NIF/CIF, en el concepto deberá constar: Garantía Definitiva para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato (indicar la denominación y nº de expediente). En este caso, se habrá de rellenar el modelo Anexo V.
También podrá constituirse la fianza mediante aval bancario intervenido por fedatario público, se utilizará el modelo que figura en el Anexo IV.
La fianza definitiva responderá de las obligaciones previstas en el presente Pliego y de lo daños y perjuicios ocasionados a EMVISESA previstos en el mismo. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato. Se considera cumplida satisfactoriamente tal circunstancia cuando se realicen todos los trámites necesarios para la transmisión de los inmuebles objeto de permuta, hasta las inscripciones en el Registro de la Propiedad que corresponda.
3. FORMALIZACIÓN DE LA ENAJENACIÓN
3.1.- Otorgamiento de escritura pública
El contrato de permuta se formalizará en escritura pública, en el plazo máximo de tres (3) meses a contar desde la notificación al licitador del acuerdo de adjudicación. Para ello el licitador deberá concurrir el día y hora señalados por EMVISESA para otorgar ante Notario la correspondiente escritura pública de permuta. Siendo según Ley los gastos, arbitrios, e impuestos que graven la transmisión o sean consecuencia directa o indirecta de la misma, incluidas la constitución de derechos y garantías en su caso.
Para la firma del documento público es requisito imprescindible que los inmuebles y/o suelo propuestos para permuta por el adjudicatario del procedimiento de contratación estén libre de cargas ya sean hipotecarias, concursales o de cualquier otra índole, no procediéndose a la firma de la escritura en el supuesto de que los inmuebles no se encuentren libre de cargas, siendo responsable al efecto el adjudicatario del mismo, procediéndose en consecuencia como se señala en el párrafo siguiente.
No se procederá a la formalización en escritura pública de contrato de permuta alguno con aquellos adjudicatarios que no sean titulares registrales de los bienes propuestos a permutar o, en su caso, no cuente con poder de representación suficiente, siendo imputables a estos los daños y perjuicios producidos por la no elevación a escritura pública del contrato, los cuales se harán efectivos sobre la garantía constituida.
Si llegada la fecha de la firma de la escritura pública, la situación jurídica del inmueble hubiera cambiado al respecto de la justificada en el procedimiento, EMVISESA podrá revocar la adjudicación y, en consecuencia quedando EMVISESA liberada de la obligación de realizar la contraprestación y de la formalización del contrato en escritura pública, siendo imputables a estos los daños y perjuicios producidos por la no elevación a escritura pública del contrato, los cuales se harán efectivos sobre la garantía constituida.
3.2.- Derecho y obligaciones
Los derechos y deberes adquiridos recíprocamente por EMVISESA y por el adjudicatario serán los derivados del objeto, causa y naturaleza del contrato de permuta con arreglo a este Pliego y en su defecto por la normativa de aplicación.
EMVISESA y el adjudicatario, se obligan a la entrega y saneamiento de la finca objeto de permuta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.461 del Código Civil.
De conformidad con lo previsto en el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, la transmisión de fincas no modifica la situación del titular respecto de los deberes del propietario conforme a esta ley y los establecidos por la legislación de la ordenación territorial y urbanística aplicable o exigibles por los actos de ejecución de la misma. El nuevo titular queda subrogado en los derechos y deberes del anterior propietario, así como en las obligaciones por éste asumidas frente a la Administración competente y que hayan sido objeto de inscripción registral, siempre que tales obligaciones se refieran a un posible efecto de mutación jurídico-real.
El adjudicatario quedará subrogado, en su caso, en el convenio que suscriba EMVISESA con el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, para la concreción de los compromisos de plazos ciertos para
la ejecución de las obras de edificación de la objeto de este procedimiento, de conformidad con el art. 18, párrafo tercero del apartado 1 de la Ordenanza reguladora del Registro Municipal xx Xxxxxxx y Edificaciones Ruinosas, siendo los plazos de edificación los siguientes:
El adjudicatario quedará obligado a desarrollar las obras de edificación en los siguientes plazos:
- Solicitud de licencia: seis (6) meses desde la fecha de formalización de la escritura pública de permuta.
- Presentación de Inicio de obras: doce (12) meses a partir de la notificación del acuerdo de concesión de la correspondiente licencia urbanística.
- Ejecución de obras: treinta y seis (36) meses.
- Solicitud de licencia de ocupación: treinta (30) días desde la emisión del certificado final de obras.
El otorgamiento de la escritura pública equivaldrá a la entrega de las fincas objeto del contrato de conformidad con previsto en el artículo 1.462 del Código Civil.
3.3.- Otros gastos
Los gastos de las publicaciones serán satisfechos por el adjudicatario, hasta el importe máximo de SIETE MIL DOSCIENTOS EUROS (7.200 euros).
Así como el Impuesto sobre el Valor Añadido o, en su caso, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados.
3.4.- Régimen jurídico del contrato y normativa aplicable
El contrato que sobre la base de este Pliego se realice tiene carácter privado, expresamente excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 4.1 p).
El contrato se regirá por lo previsto en este Pliego, en su defecto se estará a lo dispuesto en las normas de Derecho Privado y, en último extremo, por las normas administrativas que resulten de aplicación, quedando excluido del ámbito de aplicación en TRLCSP y demás normas concordantes, las cuales sólo se aplicarán para la resolución de dudas o lagunas.
El presente Xxxxxx, sus anexos, y todos los documentos integrantes de las ofertas revisten carácter contractual entre las partes y obligan a las mismas. El contrato que se suscriba entre las partes, deberá ajustarse al presente Xxxxxx y la oferta seleccionada.
En caso de discordancia entre el presente Xxxxxx y cualquiera de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego, en el que se contienen los derechos y deberes de las partes.
El desconocimiento o ignorancia de cualquiera de los términos del contrato, de los documentos Anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, Pliegos o normas de toda índole aprobadas por EMVISESA, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.
3.5.- Confidencialidad
El contratista queda obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente de carácter personal, que no podrá utilizar con fin distinto al que figura en este Pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esta información.
El contratista queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter Personal y su Reglamento de desarrollo. El contratista adoptará las medidas oportunas para asegurar la disponibilidad, confidencialidad e integridad de los datos que utilicen para realizar la actividad objeto de contrato y de la documentación que sea facilitada. Asimismo, sin perjuicio de la responsabilidad propia de la entidad adjudicataria, las personas encargadas de realizar la actividad deberán hacer correcto uso del material e información a manejar. De conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la referida Ley, en lo que se refiere al acceso a datos de carácter personal vinculados a los trabajos a desarrollar, el personal de la empresa adjudicataria mantendrá la más estricta confidencialidad sobre la información suministrada por la empresa con motivo de la ejecución del presente contrato, comprometiéndose aquella a hacer que se utilice dicha información únicamente para cumplir los objetivos especificados en el presente documento.
3.6.- Tratamientos de datos de carácter personal
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD) y en el Real Decreto 1720/2007, 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, los interesados en participar en el presente procedimiento de contratación quedan informados de la incorporación de sus datos a los ficheros de EMVISESA.
Asimismo, quedan informados del tratamiento a que van a ser sometidos todos sus datos a los que EMVISESA tenga acceso como consecuencia del mantenimiento de su futura relación contractual y de gestión, siendo sus destinatarios los distintos servicios de la propia EMVISESA.
Los interesados autorizan expresamente a EMVISESA, para que los datos contenidos en la documentación a presentar en el presente procedimiento de contratación y cuantos se obtengan en el desarrollo normal del mismo, puedan ser facilitados con fines comerciales y estudios xx xxxxxxx con fines propios, única y exclusivamente a las empresas municipales integrantes de la agrupación “Corporación de Empresas Municipales xx Xxxxxxx, A.I.E.”, y que son EMASESA, TUSSAM, LIPASAM Y EMVISESA.
La cumplimentación de todos los datos que se solicitan es de carácter obligatorio y los titulares tienen derecho a acceder a la información, pudiendo solicitar su rectificación, cancelación y oposición, pudiendo utilizar para ello cualquiera de los medios puestos a disposición por EMVISESA, cuyo domicilio es X/ Xxxxxx xx 0, Xxxxxxx.
3.7.- Jurisdicción competente
El orden jurisdiccional civil de los Tribunales xx Xxxxxxx será el competente para resolver las controversias que surjan en cuanto a la preparación, adjudicación, efectos, interpretación, modificación y extinción del presente contrato.
Sevilla, a 27 de febrero de 2017.
XXXXX X.- MODELO DE SOLICITUD PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA, DE USO RESIDENCIAL LIBRE, SITA EN LA AVDA. XXXXX XXXXXXX, Nº 3-B, EN SEVILLA, DE PROPIEDAD DE EMVISESA
(Incluir en el sobre nº 1)
El que suscribe, D. , vecino de , con domicilio en
y D.N.I. nº , en su propio nombre/ en nombre y representación de (táchese lo que no proceda).
EXPONE
I.- Que está enterado del procedimiento de contratación convocado por EMVISESA, para la enajenación mediante permuta de la parcela, de uso residencial libre, sita en la Xxxx. Xxxxx Xxxxxxx, xxxxxx 0-X, xx Xxxxxxx (Expte.:EMVI:2017/0012/01).
II.- Que es titular de un derecho de propiedad del/de los siguiente/s inmueble/s:
- SITUACIÓN:
- DATOS DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL:
- REFERENCIA CATASTRAL
III.- Que está interesado en participar en dicha licitación acompañando a la presenten la documentación exigida a tales efectos.
IV.- Que a los efectos de la recepción de las correspondientes notificaciones expedidas en el presente procedimiento, se hace constar el siguiente domicilio, teléfono, fax y correo electrónico:
- Domicilio:
- Teléfonos:
- Fax :
- Correo electrónico: V.- En virtud de lo anterior, SOLICITA:
Se admita la presente solicitud para concurrir al procedimiento de contratación convocado por EMVISESA, para la enajenación mediante permuta de la parcela, de uso residencial libre, sita en la Xxxx. Xxxxx Xxxxxxx, xxxxxx 0-X, xx Xxxxxxx (Expte.:EMVI:2017/0012/01).
(Fecha, lugar y firma)
NOTA: No se admiten variantes o alternativas a los datos que figuran en el presente MODELO.
XXXXX XX.- DECLARACION RESPONSABLE PARA PERSONAS JURÍDICAS PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA, DE USO RESIDENCIAL LIBRE, SITA EN LA AVDA. XXXXX XXXXXXX, Nº 3-B, EN SEVILLA, DE PROPIEDAD DE EMVISESA (Expte.:EMVI:2017/0012/01).
(Incluir sobre nº 1)
El que suscribe, D. ............................................., vecino de ...................., con domicilio en
........................................ y D.N.I. nº ...................., en nombre y representación de
............................................,DECLARA bajo su personal responsabilidad de acuerdo con la cláusula 2.6 del presente Xxxxxx:
➢ Que la empresa a la que represento tiene personalidad jurídica y plena capacidad de obrar necesaria para suscribir el presente contrato.
➢ Que la empresa y sus administradores y/o representantes, no se hallan comprendido/s, en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad, o prohibición para contratar, previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
➢ No estar incurso en los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y 16.2 de la Ley del Impuesto de Sociedades.
Lo que declaro a los efectos previstos en la cláusula 2.6 del presente Xxxxxx, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido por la Mesa de Contratación, indicando que poseo todos los requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable.
Xxxxx, fecha y firma del declarante
XXXXX XXX.- DECLARACION RESPONSABLE PARA PERSONAS FÍSICAS PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA, DE USO RESIDENCIAL LIBRE, SITA EN LA AVDA. XXXXX XXXXXXX, Nº 3-B, EN SEVILLA, DE PROPIEDAD DE EMVISESA (Expte.:EMVI:2017/0012/01).
(Incluir en el sobre nº 1)
El que suscribe, D. ............................................., vecino de ...................., con domicilio en
........................................ y D.N.I. nº ...................., en nombre propio, DECLARA bajo su
personal responsabilidad de acuerdo con la cláusula 2.6 del presente Xxxxxx:
➢ Que dispone de capacidad de obrar para suscribir el presente contrato.
➢ Que no se halla comprendido/a, en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad, o prohibición de contratar, previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Lo que declaro a los efectos previstos en la cláusula 2.6 del presente Xxxxxx, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido por la Mesa de Contratación, indicando que poseo todos los requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable.
Xxxxx, fecha y firma del declarante
XXXXX XX.-MODELO DE AVAL PARA FIANZA DEFINITIVA
(LA ENTIDAD BANCARIA) con N.I.F. , con domicilio en
en la calle , y en su nombre D.
, con poderes suficientes para obligarle en este acto, según escritura de poder otorgada ante el Notario de [ ] D. [ ], con fecha, [ ] número de protocolo [ ], y que no le han sido revocados, restringidos, ni modificados en forma alguna,
AVALA
A (LA EMPRESA ADJUDICATARIA) con N.I.F. , mediante fianza definitiva para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de permuta de la parcela, de uso residencial libre, sita en la Xxxx. Xxxxx Xxxxxxx, xx 0-X, xx Xxxxxxx (Expte.: EMVI/2017/0012/01), ante EMPRESA DE VIVIENDA SUELO Y EQUIPAMINETO XX XXXXXXX, S.A. (EMVISESA), con N.I.F. nº A-41047267, por importe de:
EUROS.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de EMVISESA.
Este aval tendrá validez en tanto que EMVISESA no autorice su cancelación y se hará efectivo al simple requerimiento de la misma.
La presente fianza ha sido inscrita en el registro especial de avales con el número
.
En , a de de
(Firma de apoderados de la entidad).
Intervenido por fedatario público
ANEXO V.- DECLARACIÓN PARA EL SUPUESTO QUE LAS GARANTÍAS EXIGIDAS SE CONSTITUYAN EN METÁLICO
Don ------------------, con D.N.l. n° --------------, y domicilio a estos efectos en , actuando
en nombre y representación de -----------------------------------------------------, enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para concurrir al procedimiento de contratación convocado por EMVISESA, para la enajenación mediante permuta de la parcela, de uso residencial libre, sita en la Xxxx. Xxxxx Xxxxxxx, xxxxxx 0-X, xx Xxxxxxx (Expte.:EMVI:2017/0012/01),MANIFIESTA que en caso de constituirse en metálico algunas de las garantías exigidas su devolución deberá hacerse a la cuenta bancaria:
En Sevilla, a ---------
Fdo.:
ANEXO VI.- AUTORIZACION DE ACCESO AL INMUEBLE OFERTADO
(Incluir en el sobre nº 1)
El que suscribe, D. , vecino de , con domicilio en
y D.N.I. nº , en su propio nombre/ en nombre y representación de (táchese lo que no proceda), AUTORIZO EXPRESAMENTE al personal de la Empresa Municipal de Vivienda, Suelo y Equipamiento xx Xxxxxxx, S.A. (EMVISESA), a acceder al/ a los inmueble/s objeto de mi oferta de enajenación, mediante permuta, a EMVISESA con el fin de inspeccionar el estado de conservación del inmueble cuantas veces estime oportuno, previa solicitud. Esta solicitud incluye la toma de fotografías y videos.
INMUEBLE Nº 1
- SITUACIÓN:
- DATOS DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL:
- REFERENCIA CATASTRAL: INMUEBLE Nº 2
- SITUACIÓN:
- DATOS DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL:
- REFERENCIA CATASTRAL:
(Lugar, fecha y firma)
Nota: La presente autorización deberá ir firmada por el titular registral del inmueble o, en su caso, por la persona que tengo poder para ello, en virtud de escritura pública de apoderamiento. Se relacionarán todos y cada uno de los inmuebles ofertados.
ANEXO VII.- OFERTA ECONÓMICA (n º de Orden de Prelación)
(Incluir en el sobre nº 2)
“D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, C/ , nº_, con DNI nº
, en su propio nombre y derecho/ en representación de la entidad enterado del expediente nº para adjudicar el contrato de enajenación mediante permuta de la parcela de titularidad de EMVISESA, de uso residencial libre, sita en la Avda. Xxxxx Xxxxxxx, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegra:
A) DATOS DE LOS INMUEBLES CONSTRUIDOS, SUELOS Y SOLARES A PERMUTAR:
Por cada inmueble ofertado se consignarán los datos recogidos en este apartado.
1. INMUEBLE Nº 1 Descripción:
Título:
Inscripción:
Referencia Catastral:
Superficie:
Edificabilidad:
Tasación: (impuestos excluidos y sin aplicación de coeficientes correctores) Cargas:
Situación: (táchese con una X lo que proceda)
o LIBRE DE OCUPANTES
o OCUPADO CON TÍTULO
Uso del inmueble (táchese con una X lo que proceda)
o RESIDENCIAL
o COMERCIAL
o OFICINAS
Dispersión de los inmuebles:
o Edificios completos
o Hasta 5 viviendas inscribibles en un radio de 500 m.
o De 6 a10 viviendas inscribibles en un radio de 500 metros.
o De 11 a 20 viviendas inscribibles en un radio de 500 metros.
o De 21 viviendas inscribibles en un radio de 500 metros.
o En el mismo portal.
Informe tasación de los inmuebles (táchese con una X lo que proceda):
o Aporta tasación
o No aporta tasación
Informe de ITE (táchese con una X lo que proceda):
o Aporta ITE
o No aporta ITE
B) NUMERO (letra y número) DE VIVIENDAS TERMINADAS OFERTADAS A EMVISESA.
C) NÚMERO (letra y número) DE VIVIENDAS A CONSTRUIR EN LOS SUELOS O SOLARES OFERTADOS.
D) APORTACIÓN EN METÁLICO: (Importe en letra y número). En caso de aportar suplemento en metálico no podrá superar el importé máximo de (3.485,00 €). La oferta que supere dicha cantidad será excluida del procedimiento.
En Sevilla, a _de de 2017.
Firma del licitador,
Fdo.:
No se permiten variantes o alternativas en los modelos de propuesta económica.
No se admiten ni enmiendas ni tachaduras. En caso de discordancia entre las cifras escritas en número y en letras, se tendrá en cuenta la cantidades escritas en letras.
En este sobre se incluirán las tasaciones realizadas por el licitador
El licitador deberá indicar el orden de prelación en caso de presentar variantes conforme a lo previsto en la cláusula 2.6 del presente pliego.
Entendiéndose por inmueble, las construcciones, suelos y/o solares.
ANEXO VIII.- COMPROMISO DE PAGO DE LOS GASTOS DE COMUNIDAD, SUMINISTRO E IMPUESTOS QUE INCIDEN SOBRE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE Y/O SUELOS OFERTADOS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA, DE USO RESIDENCIAL LIBRE, SITA EN LA AVDA. XXXXX XXXXXXX, Nº 3-B, EN SEVILLA, DE PROPIEDAD DE EMVISESA (Expte.:EMVI:2017/0012/01).
(Incluir en el sobre nº 2)
El que suscribe, D. , vecino de , con domicilio en
y D.N.I. nº , en su propio nombre/ en nombre y representación de (táchese lo que no proceda), SE COMPROMETE bajo su personal responsabilidad de acuerdo con la cláusula 2.10 del presente Xxxxxx:
➢ Que en caso de resultar adjudicatario, aportará copia compulsada de los documentos justificativos de estar al corriente de pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI); de cuotas y gasto de comunidad de propietarios, así como de los suministros tales como gas, agua, electricidad, y tasas o arbitrios relacionados derivados de la propiedad del inmueble :
INMUEBLE Nº 1
- SITUACIÓN:
- DATOS DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL:
- REFERENCIA CATASTRAL
➢ Asimismo, en caso de resultar adjudicatario, aportará el certificado de eficiencia energética con carácter previo a la formalización del contrato en escritura pública, del/de los inmueble/s relacionado/s.
NOTA: No será necesario que el licitador posea estos requisitos en el momento de presentar la oferta. El cumplimiento de estos requisitos sólo será exigido por la Mesa de Contratación al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación del contrato conforme se establece la cláusula 2.10 del presente Xxxxxx.
Xxxxx, fecha y firma del declarante