MODALIDADES DE
MODALIDADES DE
CONTRATACIÓN
Vicerrectoría Administrativa
Junio de 2012
Conceptos
(Estatuto de contratación)
Contrato Universitario
Son todo los actos jurídicos previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales o derivadas del ejercicio de la autonomía de la voluntad, mediante los cuales la Universidad adquiere derechos y contrae obligaciones (Articulo 3).
Capacidad para Contratar
La Universidad podrá celebrar contratos con las personas consideradas legalmente capaces en las disposiciones vigentes. Así mismo puede contratar con los consorcios y uniones temporales (Articulo 4).
Competencia para Contratar
El Rector de la Universidad es la autoridad competente para celebrar contratos y convenios, y para solicitar las autorizaciones al Consejo Superior en aquellos de competencia de este organismo (Articulo 5).
Delegación para Contratar
El Rector podrá delegar la ordenación del gasto en el nivel Directivo, Asesor, Ejecutivo, y en los Directores de Proyectos Especiales y de cualquier tipo, hasta por una cuantía de doscientos (200) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMMLV) (Articulo 6).
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN DOCENTE
CONCEPTO | U.T.P | PROYECTOS ESPECIALES |
Viabilidad financiera soportada en el presupuesto de la Nación. | No se crean cargos de planta docente. | |
La contratación de Transitorios Docente depende de los cargos vacantes de planta y la viabilidad es otorgada por la Nación, su contratación está estipulada en el estatuto docente. | La contratación de transitorios Docentes es aprobado por el Consejo Superior para programas nuevos código 511-0 Jornada Especial de acuerdo con el estudio técnico y financiero presentado por la Vicerrectoría Administrativa. | |
Aplica para el personal de planta, transitorio, jubilado del sector público, o quienes se pensionados o jubilen estando al servicio de la Universidad Tecnológica xx Xxxxxxx. | No aplica, debido a que todas las horas adicionales se reconocen con la tabla del Acuerdo No. 21 de Xxxxxxxxx. | |
Aplica para docente externo y su contrato será hasta veintiocho horas (20 horas establecido en el estatuto docente más 8 adicionales ley 4) en ambas jornadas. |
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN DOCENTE
CONCEPTO | U.T.P | PROYECTOS ESPECIALES |
No se generan incentivos | Aplica para el personal de Planta, transitorios, jubilado del sector público, o quienes se pensionen o jubilen estando al servicio de la Universidad Tecnológica xx Xxxxxxx. | |
Planta, transitorios, jubilado del sector público, o quienes se pensionen o jubilen estando al servicio de la Universidad Tecnológica xx Xxxxxxx. | ||
INCENTIVOS POR ASISTENCIA TÉCNICA, ASESORIA, CONSULTORIA, SERVICIOS DE LABORATORIO | Planta, transitorios, jubilado del sector público, o quienes se pensionen o jubilen estando al servicio de la Universidad Tecnológica xx Xxxxxxx y personal de hora cátedra durante el periodo de vinculación con la Universidad. |
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
MUCHAS GRACIAS
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Modalidad de Contratación
Planta Docente
Es docente xx Xxxxxxx quien está inscrito en el escalafón docente de la Universidad en una de las categorías establecidas en el Estatuto Docente y cuya viabilidad financiera está soportada en el presupuesto de la Nación.
Nombrados 306 Cargos
Vacantes (61 T.C y 4 M.T)) 65 Cargos
Debido al incremento en los puntos docentes por la aplicación del decreto 1279 del 2002, la Universidad requiere más recursos a cargo del Gobierno Nacional que permitan la sostenibilidad de esta planta y así viabilizar las vacantes.
A partir de la ley 30 de 1992 esta planta se mantiene en número y no se recibe presupuesto adicional para robustecerla, en igual medida en que se tienen necesidades y servicios que exige la dinámica universitaria.
Nota: Actualmente las vacantes de planta docente viabilizan la
contratación de transitorios docentes
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Transitorios Docentes
U.T.P - Proyectos Especiales
Se contrata a partir de las necesidades en docencia y se rige por las
normas que sobre la materia se establecen en el Estatuto Docente.
La contratación de un transitorio docente de tiempo completo y medio tiempo se efectúa cuando no existe el personal de planta o por decisión del Consejo Superior para programas nuevos aprobados según el estudio técnico y financiero.
Tiempo Completo. Entiéndase por dedicación de tiempo completo aquella en la cual el docente dedica a la Universidad cuarenta (40) horas semanales en labores de docencia, investigación o extensión y funciones académicas o administrativas. (Articulo 16 – Estatuto Docente)
(Articulo 17 – Estatuto Docente)
Medio Tiempo. Entiéndase por dedicación de medio tiempo aquella en la cual el docente dedica a la Universidad veinte (20) horas semanales en las labores similares a las desempeñadas por el docente de tiempo completo.
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Transitorios Docentes
U.T.P - Proyectos Especiales
La Universidad remunera a sus Docentes Transitorios de acuerdo al puntaje resultante de la aplicación de los factores (capitulo II del Decreto 1279 de 2002) y por el valor del punto asignado en el año (decreto 0828 de 2012 valor $10.090).
Cualquier variación en el puntaje que presente el docente solo se aplica a la próxima contratación. (Acuerdo 23 del 3 diciembre del 2002)
La selección de los Transitorios Docentes se realiza según lo reglamentado mediante Acuerdo del Consejo Superior No. 07 del 3 xx Xxxxx de 1995.
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Transitorios Docentes UTP
La docencia directa semanal para asignaturas teóricas, prácticas o
teórico-prácticas se distribuye así de acuerdo al estatuto docente (articulo 19):
Tiempo Completo
- Entre 10 y 12 horas, si tiene a su cargo tres (3) asignaturas diferentes.
- Entre 12 y 15 horas, si tiene a su cargo dos (2) asignaturas diferentes.
- Entre 16 y 20 horas, si tiene a su cargo una (1) sola asignatura.
Medio Tiempo.
Orientarán a lo sumo dos (2) diferentes asignaturas de carácter teórico, práctico o teórico-práctico, que tengan una docencia directa semanal no inferior a diez (10) horas.
Los Transitorios docentes de la U.T.P son viabilizados con recursos de funcionamiento y con los cargos vacantes de planta docente
Los Consejos de Facultad estudian y aprueban las propuestas para establecer las equivalencias a horas de docencia directa de las demás actividades inherentes al trabajo docente (investigación, dirección de trabajo de grado, asesorías, entre otros) las cuales son consignadas en el plan de trabajo docente que se aprueba semestralmente.
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Condiciones Especiales de Asignación Planta y Transitorios Docentes Programas Nuevos
El Acuerdo N° 8 del 12 xx xxxxx de 2004 del Consejo Superior, autorizó el funcionamiento de los programas de Química Industrial, Licenciatura en Lengua Inglesa y Licenciatura en Comunicación e Informática Educativa, y establece que la dedicación a horas de docencia directa de todos los docentes tiempo completo y medio tiempo adscritos a estos programas tanto de Planta como Transitorios se distribuye de acuerdo al estudio técnico y financiero que viabilizó los programas así:
Tiempo Completo
Mínimo 14 Horas de docencia directa semanal
Medio Tiempo.
Mínimo 12 Horas de docencia directa semanal
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Transitorios Docentes U.T.P
Cargos
Transitorios Docentes UTP
Transitorios Pregrado | Aprobados por el Consejo Superior para el programa de Turismo | TRANSITORIOS ACTUALES | |
TIEMPO COMPLETO | 122 | 3 | 125 |
MEDIO TIEMPO | 72 | 4 | 76 |
Estos cargos están viabilizados en las vacantes de planta: 61 T.C y 4 M.T
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Catedráticos
U.T.P - Proyectos Especiales
Es aquella persona que su carga en docencia directa en ambas jornadas no supera las veintiocho horas a la semana (20 por estatuto docente más 8 por Ley 4) y no hacen parte del personal de planta de la Universidad.
Los docentes de hora cátedra se rigen por el régimen contractual previsto en el artículo 73 de la Ley 30 de 1992 y el Estatuto Docente.
Los docentes que no pertenecen a la Universidad Tecnológica xx Xxxxxxx y que deseen participar en cualquier programa de pregrado, se les realiza un contrato de hora cátedra con prestaciones sociales, seguridad social y parafiscales.
Solo se adicionan 2 horas de exámenes finales en los contratos a quienes lleguen al final del semestre de lo contrario las mismas no se causaran al momento del pago.
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Modalidades de Contratación Catedráticos
U.T.P - Proyectos Especiales
Los docentes catedráticos contratados por la Universidad para Pregrado Ordinario o Proyectos Especiales, se remunera de acuerdo a la tabla que aplique para el año y su contrato se realiza con prestaciones sociales, seguridad social y parafiscales.
HORA CÁTEDRA 2012 | |
Categoría | Valor hora Cátedra |
AUXILIAR | 23.648 |
ASISTENTE | 29.261 |
ASOCIADO | 34.871 |
TITULAR | 44.472 |
La remuneración de los catedráticos contratados para la docencia en proyectos especiales, debe ser garantizada por los ingresos del proyecto.
Se realiza la selección igual que la de los Transitorios según lo reglamentado mediante Acuerdo del Consejo Superior No. 07 del 3 xx Xxxxx de 1995.
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Sobrecarga
Los docentes de planta y transitorios de la Universidad pueden ser vinculados simultáneamente en la modalidad de hora cátedra y hasta por ocho horas a la semana, de conformidad con lo dispuesto en la ley 4ª de 1992.
La sobrecarga puede ser de hasta 8 horas a la semana (Ley 4 de 1992 artículo 19). La Vicerrectoría Académica podrá autorizar un número mayor de horas en casos especiales (Acuerdo No. 01 de 2007), la hora se liquida de acuerdo a la tabla correspondiente así:
SOBRECARGAS 2012 | |
Categoría | Valor |
AUXILIAR | 33.154 |
ASISTENTE | 41.021 |
ASOCIADO | 48.886 |
TITULAR | 62.349 |
Contratación U.T.P
Vicerrectoría Administrativa
Modalidades de Contratación Sobrecarga
A quienes aplica Sobrecarga
1. Personal de planta, transitorio, empleados públicos que participen en labores
académicas dentro del pregrado subsidiado
2. Todo jubilado del sector público o quienes se pensionen o jubilen estando al servicio de la Universidad Tecnológica xx Xxxxxxx sin importar de qué entidad reciba su pensión.
Es el servidor que la respectiva Caja de Previsión Estatal le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al setenta y cinco por ciento (75) xxx xxxxxxx promedio (Ley 33 de 1985).
Servidor que cumple el tiempo de vejez y su pensión es cancelada por el ISS o fondos privados (Ley 797 de 2003).
Contratación U.T.P
Vicerrectoría Administrativa
Incentivos Proyectos Especiales
Incentivos por Coordinación.
El servidor de la Universidad que participe en calidad de Director o Coordinador de la actividad académica, los honorarios se reconocerán por cada mes o fracción que dedique a la misma, en las siguientes proporciones:
- Director o Coordinador de un proyecto de pregrado hasta el 15% de su asignación básica mensual.
- Coordinador o Director de un postgrado hasta el 20% de su asignación básica mensual.
En ningún caso se reconocerán estos porcentajes por cohorte pero sí se reconocerán en ofertas en otra ciudad
No podrá designarse más de un Coordinador o Director para una misma actividad y el presupuesto del proyecto será afectado con los recursos necesarios, para pagar los emolumentos a devengar por el reemplazante de un funcionario de planta, que sea requerido en el proyecto y no fueren a reconocerse estímulos para este funcionario.
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Modalidades de Contratación
Incentivos Proyectos Especiales
Incentivos hora Cátedra.
Aplica para el personal de Planta, transitorio, jubilado del sector público, quienes se pensionen o jubilen estando al servicio de la Universidad Tecnológica xx Xxxxxxx, que participen en actividades académicas, en los proyectos especiales.
Los honorarios máximos de que trata este acuerdo se sujetarán a lo dispuesto en las tablas.
BONIFICACIONES POR SERVICIOS DE EXTENSIÓN Y PREGRADO JORNADA ESPECIAL (Salario mínimo 2012 $566.700) | ||||||
CATEGORIA | SIN TITULO | PREGRADO | ESPECIALISTA | MAGISTER | DOCTORADO | POSDOCTORADO |
AUXILIAR | 15.301 | 30.602 | 49.116 | 50.034 | 51.411 | 52.788 |
ASISTENTE | 16.372 | 32.744 | 52.554 | 53.536 | 55.010 | 56.484 |
ASOCIADO | 17.845 | 35.691 | 57.284 | 58.355 | 59.961 | 61.567 |
TITULAR | 19.987 | 39.974 | 64.158 | 65.357 | 67.156 | 68.955 |
REMUNERACION EN CURSOS DE POSGRADOS (Salario mínimo 2012 $566.700) | ||||
CATEGORIA | ESPECIALISTA | MAGISTER | DOCTORADO | POSDOCTORADO |
AUXILIAR | 63.935 | 104.534 | 107.411 | 110.288 |
ASISTENTE | 69.689 | 113.942 | 117.078 | 120.214 |
ASOCIADO | 71.607 | 117.078 | 120.300 | 123.522 |
TITULAR | 73.525 | 120.214 | 123.522 | 126.831 |
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Modalidades de Contratación
Incentivos Proyectos Especiales
Incentivos hora Cátedra.
Los tiempos máximos por los cuales los funcionarios de la Universidad o jubilados pueden recibir estímulos por la prestación de servicios remunerados por fuera del programa rutinario serán los siguientes:
Personal | Máximo de horas al mes a contratar en proyectos especiales | Máximo de horas a contratar por servicios académicos en programas de Jornada Especial y Pregrado (Acuerdo No. 1 Febrero 5 de 2008) | Máximo de horas sumadas todas las modalidades de contratación | |||
Mes | Semana | Mes | Semana | Mes | Semana | |
Tiempo completo y Jubilado | 96 | 24 | 32 | 8 | 96 | 24 |
Medio tiempo | 192 | 48 | 112 | 28 | 192 | 48 |
Los valores son calculados con meses de 4 semanas.
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa
Modalidades de Contratación
Incentivos Proyectos Especiales
Incentivos por Asistencia Técnica, Asesoría, Consultoría, Servicios de Laboratorio.
Los funcionarios administrativos o docentes que procesen muestras en los laboratorios se les reconocerá el incentivo acordado en el acta de entendimiento con el rector en la cual se pactará el valor de la muestra.
Los funcionarios administrativos, docentes o personal jubilado que presten servicios de Consultoría Profesional podrán acogerse a un incentivo con base en:
• Un incentivo con base en el acta de entendimiento con el Rector. Este incentivo no podrá exceder el 40% de las utilidades generadas por el proyecto.
• Un incentivo de acuerdo con la tabla de bonificación por servicios de extensión y Pregrado jornada especial.
• Un incentivo con base en el acta de entendimiento con el Rector en la cual se pactará el valor a pagar a quien presente la propuesta para participar en la convocatoria. Acta que deberá firmarse antes de presentar la propuesta y pagarse por el proyecto sólo en caso de ser beneficiado con la adjudicación y con cargo a las utilidades en el proyecto.
En convenios interadministrativos se puede reconocer un incentivo hasta del 15% de la asignación básica del respectivo funcionario previa suscripción de un acta de entendimiento con el Rector.
Contratación U.T.P Vicerrectoría Administrativa