PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028
RONDA 5 – CUENCAS AUSTRAL Y NOROESTE
ARTÍCULO 1. CONCURSO PÚBLICO NACIONAL
1.1. Objeto
Este CONCURSO tiene por objeto:
a) RONDA 5.1: la extensión de los compromisos asumidos por los adjudicatarios que realizaron ofertas en CHUBUT (CHU) y SANTA XXXX (SC) en el marco de los procedimientos realizados para el Concurso Público Nacional “RONDA 1 –CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO–ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024”, convocado mediante la Resolución N° 317 de fecha 20 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y adjudicado mediante la Resolución N° 391 de fecha 15 de diciembre de 2020, modificada por Resolución N° 447 de fecha 29 de diciembre de 2020, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, todo ello conforme al Anexo VIII – Propuesta Económica – Ronda 5.1 del presente PLIEGO, y
b) RONDA 5.2: la convocatoria a productores a presentar proyectos de Gas Incremental en las cuencas Austral y Noroeste, en el marco de un Plan de Actividad Incremental, tal cual lo definido en los Puntos 4.15 y 4.26 del Anexo del Decreto N° 892/2020, sustituido por el Decreto N° 730/2022, todo ello conforme al Anexo IX – Plan de Actividad Incremental, del presente PLIEGO.
1.2 Tipo y modalidad de procedimiento de selección
El procedimiento de selección se realizará:
a) mediante concurso público nacional;
b) bajo la modalidad de etapa única, y la posibilidad de recurrir a una etapa complementaria.
1.3. Cronograma del CONCURSO
Los plazos previstos para las actividades de la RONDA 5.1 se establecen en el cronograma que se incorpora como Anexo I – Cronograma del Concurso – Ronda 5.1, en tanto que el plazo máximo para la presentación de ofertas en el marco de la RONDA 5.2 es el 30 xx xxxxx de 2023.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
La CONCURSANTE podrá modificar las fechas y los plazos a su exclusivo criterio y en cualquier momento, lo cual será comunicado a las INTERESADAS y/u OFERENTES.
ARTÍCULO 2. DEFINICIONES
ADJUDICATARIA: es la OFERENTE PRESELECCIONADA, en el marco del presente CONCURSO, a la que se le ha notificado el acto de adjudicación a su favor, hasta el otorgamiento de ésta.
AÑO CALENDARIO: es el período computado desde el 1° de enero al 31 de diciembre de cada año, ambas fechas inclusive.
CAMMESA: es la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA XXX XXXXXXX MAYORISTA ELÉCTRICO S.A.
CMD: es la Cantidad Máxima Diaria de gas natural comprometida.
COMISIÓN EVALUADORA: es la comisión integrada por las personas designadas por la OTORGANTE a efectos de cumplir las funciones a su cargo establecidas en el PLIEGO.
COMPROMISO DE ENTREGA: tiene el significado que se precisa en el Punto 10 del Anexo del Decreto N° 892/2020 sustituido por el Decreto N° 730/2022.
CONCURSANTE u OTORGANTE: es la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
CONCURSO: es el Concurso Público Nacional convocado por la OTORGANTE de conformidad con el Decreto N° 730/2022 y la Resolución de la que forma parte este Anexo.
DÓLAR ESTADOUNIDENSE o U$S: es la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América.
ENARSA: es la sociedad anónima bajo injerencia estatal ENERGÍA ARGENTINA S.A.
INTERESADA: es cualquier persona jurídica se haya registrado en el SITIO WEB de la Secretaría de Energía.
OFERENTE: es toda INTERESADA que haya presentado una OFERTA en el CONCURSO en el plazo previsto para ello.
OFERENTE PRESELECCIONADA: es toda aquella OFERENTE que reúna las calidades y requisitos requeridos en el PLIEGO y que haya sido así determinado por la OTORGANTE mediante el acto administrativo correspondiente.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
OFERTA: es la declaración de voluntad irrevocable y unilateral efectuada por la OFERENTE en los términos xxx XXXXXX, que se compone del conjunto de documentos que integran la propuesta económica, conforme con los requisitos respectivos establecidos en el PLIEGO.
PLAN DE ACTIVIDAD INCREMENTAL: tiene el significado precisado en el Punto 4.26 del Anexo del Decreto N° 892/2020, sustituido por el Decreto N° 730/2022.
PLIEGO: es el documento aprobado como Pliego de Bases y Condiciones de este CONCURSO, conformado por todo su articulado y todos sus anexos, las circulares aclaratorias y/o circulares modificatorias que emitan la CONCURSANTE o la OTORGANTE.
RONDA 5.1: consiste en la etapa del CONCURSO dirigida a la extensión de los compromisos asumidos por los adjudicatarios que realizaron ofertas en CHUBUT y SANTA XXXX y el ESTADO NACIONAL en el marco de la Ronda 1 del “CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO–ESQUEMA DE
OFERTA Y DEMANDA 2020-2024”, tal como se indica en el artículo 1.1.a) de este PLIEGO.
RONDA 5.2: consiste en la etapa del CONCURSO dirigida a la adjudicación de volúmenes de Gas Incremental, tal lo definido en el Punto 4.15 del Anexo del Decreto N° 892/2020, sustituido por el Decreto N° 730/2022, provenientes de Planes de Actividad Incremental, tal como se indica en el artículo 1.1.b) de este PLIEGO.
SITIO WEB: es el link xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx/xxxx-xxxxx/ ronda-5
SOCIEDAD CONTROLADA: es aquella sociedad comercial definida en los términos del artículo 33 de la Ley General de Sociedades Comerciales 19.550 y sus modificatorias.
SOCIEDAD CONTROLANTE: es aquella sociedad comercial que en forma directa o por intermedio de otra sociedad, posee participación en la sociedad controlada, por cualquier título que le otorgue los votos necesarios para formar la voluntad social de ésta, en las reuniones sociales o asambleas ordinarias.
ARTÍCULO 3. RONDA 5.1
3.1. Objeto y alcance
Los adjudicatarios de los Concursos Públicos Nacionales referidos en el artículo 1.1.a) podrán solicitar la extensión, para el período enero de 2025 – diciembre de 2028, ambos inclusive, de los Compromisos de Entrega referidos a los Volúmenes Base de la Ronda 1.
3.2. Extensión
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
En los términos de la RONDA 5.1, la extensión implica la adecuación del Compromiso de Entrega y de los contratos de los adjudicatarios con las Licenciatarias de Distribución y/o Subdistribuidoras y/o ENARSA y/o CAMMESA emergentes del acto de adjudicación respectivo, con fecha de primera entrega 1° de enero de 2025 y fecha de finalización 31 de diciembre de 2028, de acuerdo con las siguientes condiciones:
a. los modelos de contrato para la extensión serán los que constan en los IF-2022-120911445- APN-SSH#MEC e IF-2022-120913166-APN-SSH#MEC, según corresponda, que son partes integrantes de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA que aprueba el presente PLIEGO;
b. Compromiso de Entrega e Inyección: se determinarán de acuerdo con lo siguiente:
i. Los OFERENTES asumirán un Compromiso de Entrega en forma de curva con declino, definiendo las entregas de cada año calendario como un porcentaje del Volumen Base ofrecido en la Ronda 1, que no podrá ser inferior al que se detalla en la siguiente tabla.
Año | Porcentaje Volumen Base Ronda 1 |
2025 | 85% |
2026 | 70% |
2027 | 55% |
2028 | 40% |
El Compromiso de Inyección quedará definido, en millones de metros cúbicos diarios, como el cociente entre el Compromiso de Entrega definido por lo establecido en este ítem y CERO COMA SETENTA (0,70).
ii. Sin perjuicio de lo anterior, aquellos OFERENTES que se encuentren alcanzados por lo dispuesto en el Punto 32 del Anexo del Decreto N° 892/2020, sustituido por el Decreto N° 730/2022 podrán optar por presentar una curva de Compromiso de Entrega con forma de declino anual, cuya entrega inicial (año 2025) no podrá ser inferior al OCHENTA POR CIENTO (80%) del Volumen Base adjudicado en la Ronda 1. En este caso, el Compromiso de Inyección será equivalente al Compromiso de Entrega. El ejercicio de esta opción implica la renuncia expresa a la presentación de OFERTAS en el marco de la convocatoria realizada en la RONDA 5.2.
c. La CMD de los contratos quedará ajustada a la baja de manera proporcional, en función del declino en el Compromiso de Entrega definido en el punto anterior.
3.3. Precio
A los efectos de la extensión, los OFERENTES deberán indicar un precio igual o inferior al precio adjudicado en el marco de la Ronda 1, expresado en DÓLARES ESTADOUNIDENSES POR MILLÓN DE BTU (U$S/MMBTU).
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
ARTÍCULO 4. RONDA 5.2
4.1. Objeto y alcance
Con el objetivo de conseguir volúmenes adicionales de gas natural que refuercen las inyecciones del sistema de transporte en aquellos puntos donde exista capacidad disponible, se convoca a todas aquellas empresas que tengan derecho a producción de gas natural proveniente de concesiones ubicadas en las cuencas Austral (que a los efectos de este Plan comprende la producción onshore y offshore de las provincias de CHUBUT, XXXXX XXXX X XXXXXX XXX XXXXX, XXXXXXXXX X XXXXX XXX XXXXXXXXX XXX) y Noroeste, las que deberán estar inscriptas en el Registro Nacional de Empresas Petroleras previsto en la Disposición 337/2019 de la ex SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS Y COMBUSTIBLES y sus normas complementarias, a presentar proyectos de producción de Gas Incremental en las áreas mencionadas.
Para poder presentar proyectos de Gas Incremental en los términos de esta RONDA, los adjudicatarios de los Concursos Públicos Nacionales referidos en el artículo 1.1.a) deberán solicitar la extensión de los compromisos en la RONDA 5.1, conforme lo dispuesto en el artículo 3 del presente PLIEGO.
4.2. Plan de Actividad Incremental
Las OFERENTES deberán presentar un Plan de Actividad Incremental, que consistirá en un compromiso de nivel de actividad. El referido Plan deberá detallar, como mínimo, la siguiente información, la cual deberá estar acompañada de un Resumen General del Plan, todo ello conforme lo indicado en el Anexo IX– Plan de Actividad Incremental.
En caso de transferencia de áreas por cualquier título, los nuevos titulares deberán optar por mantener el Plan de Actividad Incremental originario o sumar la nueva área al Plan propio. Por otra parte, para el caso de proyectos que involucren áreas en las que el OFERENTE tiene una participación, toda la información a presentar debe considerar la participación del OFERENTE.
Para proyectos que prevean una Curva de Producción Incremental que no supere CERO COMA CINCO (0,5) MMm3/d, no se requerirá la presentación de la información de los Planes de Actividad Base e Incremental, puntos 2 y 3 del Anexo IX – Plan de Actividad Incremental.
4.2.1 Actividad Base e Incremental
Se requiere la presentación de información del plan de actividad de perforación, construcción de instalaciones y reparación xx xxxxx consistente con la obtención de la Línea Base de Producción, la cual se define, a los efectos de esta RONDA, de la siguiente manera:
i) para los OFERENTES que son adjudicatarios de la Ronda 1 en las cuencas detalladas en el artículo 1.1.a), se trata de los volúmenes correspondientes al Compromiso de Inyección de la Ronda 1 y su eventual período de extensión en el marco de la RONDA 5.1;
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
ii) para aquellos OFERENTES no encuadrados en el ítem anterior, estos deberán presentar una curva de inyección representativa del área, con un declino que guarde relación con el desempeño y el contexto actual del área de que se trate.
Por Plan de Actividades de Perforación deberá entenderse el listado xx xxxxx, equipos, cronogramas, estimaciones de producción incremental, formación o trampa geológicas objetivo, reservas probables y posibles que desarrollarán, instalaciones en que tratarán el gas, y toda aquella información necesaria para el análisis según el criterio de la Autoridad de Aplicación.
De igual manera, se solicita la información referida al programa de perforación, construcción de instalaciones y reparación xx xxxxx que resulte consistente con la estimación de la Curva de Producción Incremental, tal como se define en el artículo 4.2.2 del presente, y que resulta adicional al Plan de Actividad Base.
La presentación de este plan tiene por único objeto diferenciar entre aquella actividad asociada a la obtención de los volúmenes correspondientes a la Línea Base de Producción, y aquella actividad a comprometer por el OFERENTE para su participación en la RONDA 5.2.
4.2.2 Línea Base de Producción y Curva de Producción Incremental
Los OFERENTES deberán presentar proyecciones, en forma mensual y expresadas en miles de m3/día, de lo siguiente:
i) Línea Base de Producción, tal como se define en el artículo 4.2.1 del presente;
ii) Curva de Producción Incremental, definida como el volumen de producción diario incremental que el OFERENTE estima obtener por sobre la Línea Base de Producción;
iii) Curva de Producción Incremental Máxima, definida como la proyección de la producción diaria máxima que el OFERENTE estima obtener por sobre la Línea Base de Producción.
4.2.3 Información adicional
Los OFERENTES deberán presentar el listado de concesiones a incluir con el soporte documental necesario para acreditación del derecho a la producción de las mismas, incluyendo los actos administrativos de otorgamiento de las concesiones y, en el caso de terceros asociados a los concesionarios, los contratos asociativos que otorguen tales derechos y/o empresas del mismo grupo empresario.
4.3. Condiciones comerciales
Los OFERENTES que resulten adjudicatarios deberán celebrar contratos con ENARSA y/o CAMMESA, sobre la base de los modelos indicativos de contrato aprobados por la Resolución que aprueba el presente PLIEGO (IF-2022-120913948-APN-SSH#MEC e IF-2022-120913604-APN-
SSH#MEC). Los OFERENTES podrán solicitar modificaciones a las condiciones generales y particulares de dichos modelos, las que deberán ser aprobadas previamente por la SECRETARÍA DE ENERGÍA.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Los referidos contratos deberán incluir como mínimo las siguientes condiciones:
i) Plazo de Vigencia: podrá tener una duración máxima de SEIS (6) años contados desde el 1° de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2028, ambos incluidos.
ii) Precio del Gas Incremental: el OFERENTE deberá indicar el precio mensual solicitado por las cantidades efectivamente entregadas a CAMMESA y/o a ENARSA correspondientes a la Producción Incremental, en dólares por millón de BTU (U$S/MMBTU).
iii) Cantidad Máxima Diaria (“CMD”): la cual podrá ser modificada si la SECRETARÍA DE ENERGÍA autorizara al vendedor a destinar volúmenes del Gas Incremental a la exportación.
A su vez, la SECRETARÍA DE ENERGÍA podrá autorizar al vendedor, a su requerimiento, a destinar parte de los volúmenes de Gas Incremental al mercado industrial o GNC.
4.4. Evaluación de ofertas y adjudicación
La SECRETARÍA DE ENERGÍA realizará una evaluación técnica y económica de las ofertas recibidas en el marco de la RONDA 5.2, pudiendo solicitar al OFERENTE modificar los términos de su propuesta.
Superada esa instancia, y con la conformidad del OFERENTE, la SECRETARÍA DE ENERGÍA procederá a:
i. aprobar en forma definitiva los proyectos de Gas Incremental presentados por OFERENTES que cumplan con los requisitos antes mencionados;
ii. instruir a CAMMESA y/o a ENARSA a celebrar los contratos o acuerdos de suministro de gas natural, conforme lo dispuesto en el artículo 4.3 del presente;
iii. auditar, en colaboración con las provincias en donde se encuentren emplazados los proyectos de Gas Incremental, el cumplimiento de los Planes de Actividad Incremental comprometidos en el marco de la presente RONDA; y
iv. en general, a dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la ejecución e implementación de la presente RONDA.
ARTÍCULO 5. NORMAS APLICABLES
5.1. Normas y legislación aplicable
El CONCURSO se rige por la Ley N° 25.414, el Decreto 1.023/01 y sus normas complementarias, las Leyes N° 17.319 y sus modificatorias y N° 24.076, el Decreto N° 892 del 13 de noviembre de 2020, el Decreto N° 730 del 3 de noviembre de 2022, las condiciones estipuladas en este PLIEGO; y las normas y principios del derecho vigente en la REPÚBLICA ARGENTINA que le resulten aplicables.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Se considerará, sin admitirse prueba en contrario, que la OFERENTE y la ADJUDICATARIA conocen las leyes y regulaciones vigentes en el país, aplicables al objeto del CONCURSO.
5.2. Orden de prelación
Todos los documentos que rigen el llamado serán considerados como recíprocamente explicativos; en caso de existir discrepancias, se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Constitución Nacional.
b) Ley Nacional No 17.319 y sus modificatorias, Ley Nacional N° 24.076 y normas reglamentarias.
c) Decreto N° 892/2020 y normas que lo reglamentan.
d) Decreto N° 730/2022 y normas que lo reglamenten.
e) El presente PLIEGO.
f) La OFERTA.
5.3. Interpretación
La interpretación xxx XXXXXX estará a cargo de la OTORGANTE o la CONCURSANTE. Las palabras escritas en mayúscula en el PLIEGO tendrán el significado que para cada una se consigna en el artículo 2 - Definiciones. Los restantes términos y expresiones utilizados en el PLIEGO se interpretarán en su sentido natural de acuerdo al uso común salvo que se les haya asignado otro significado en el PLIEGO o se infiera de su contexto y, en cualquier caso, de acuerdo a las normas vigentes en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Los plazos establecidos en días se considerarán en días corridos (cualquier día, incluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx, feriados, días no laborables y asuetos), excepto que se indiquen en días hábiles administrativos (días en que funcionan las oficinas de la Administración Pública Nacional).
Si el día de vencimiento de cualquier plazo o el día señalado para el cumplimiento de cualquier acto u obligación devinieran inhábiles, se entenderá que su cumplimiento tendrá lugar el día hábil administrativo inmediato siguiente, a la misma hora fijada, en su caso.
5.4. Participación de grupos económicos
A los efectos de la participación en las RONDAS 5.1 y 5.2, aquellos OFERENTES que tengan subsidiarias o que pertenezcan a un mismo grupo económico que tenga otras empresas productoras de gas natural dentro del país, podrán realizar sus OFERTAS consignando los volúmenes a ofertar y la información en forma consolidada, a través del criterio de agregación.
ARTÍCULO 6. ÉTICA Y TRANSPARENCIA
6.1. Deberes de la oferente y/o adjudicataria.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
La OFERENTE y/o ADJUDICATARIA deberá desempeñarse en todo momento con honestidad, buena fe e integridad comercial, debiendo asimismo comportarse en todas las etapas de acuerdo a las siguientes exigencias:
a) Cumplir en todo momento con las reglas comerciales y éticas aplicables a sus interacciones con la CONCURSANTE y/o la OTORGANTE, lo cual incluye el conocimiento, consideración y respeto por el ordenamiento jurídico nacional y local aplicable a cada etapa del proceso del que participen.
b) Abstenerse de realizar, directa o indirectamente, cualquiera de los comportamientos definidos como prácticas prohibidas, asegurando al respecto una supervisión interna adecuada y suficiente de la conducta que lleven adelante sus empleados y representantes en las relaciones e intercambios que entablen con integrantes de la CONCURSANTE y/o la OTORGANTE.
c) No establecer relaciones comerciales, financieras o de cualquier índole económica con integrantes de la CONCURSANTE y/o la OTORGANTE o sociedades vinculadas a ellos, que puedan determinar la existencia de alguna clase de conflicto de interés, siquiera aparente.
d) Efectuar todas las consultas a través de los canales y en los términos establecidos al efecto en cada caso en el PLIEGO.
e) Denunciar cualquier irregularidad, ilícito o circunstancia contraria a la ética pública o la transparencia institucional de la que tome conocimiento en el marco de su participación en el CONCURSO.
6.2. Prácticas prohibidas
A los fines del artículo 6.1, las prácticas prohibidas comprenden:
a) Prácticas de corrupción: ofrecer o dar, por sí o a través de terceros, cualquier ventaja, favor, gratificación o cualquier otro objeto o prestación de valor a integrantes de la CONCURSANTE y/o la OTORGANTE, o a sus familiares directos, con el fin de obtener un trato favorable o influir indebidamente en sus acciones.
b) Prácticas fraudulentas: falsear, tergiversar u ocultar hechos o circunstancias para engañar a la CONCURSANTE y/o la OTORGANTE, o sus integrantes, con el propósito de obtener un beneficio o eludir el cumplimiento de una obligación.
c) Prácticas obstructivas: destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente información o elementos documentales significativos para los análisis, evaluaciones e investigaciones que deban ser llevados adelante por la CONCURSANTE o la OTORGANTE en relación al CONCURSO, o de cualquier otra manera impedir o dificultar esa tarea, o cualquier otra tarea a cargo de la CONCURSANTE o la OTORGANTE.
6.3. Declaraciones de intereses
La OFERENTE y/o ADJUDICATARIA deberá reportar preventivamente los vínculos descriptos por los artículos 1° y 2° del Decreto 202/17.
En tal sentido, deberá declarar si se encuentra o no alcanzada por alguno de los supuestos de vinculación respecto de:
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
a) El Presidente y la Vicepresidenta de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros y demás Ministros y autoridades de igual rango en la Administración Pública Nacional, aunque éstos no tuvieran competencia para decidir sobre la contratación o acto de que se trata.
b) Funcionarios de rango inferior a ministro que tengan competencia o capacidad para decidir sobre la contratación o acto que interese al declarante. En el caso de este CONCURSO se trata del titular de la OTORGANTE. Los supuestos de vinculación son:
i. Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad.
ii. Sociedad o comunidad.
iii. Pleito pendiente.
iv. Ser deudor o acreedor.
v. Haber recibido beneficios de importancia.
vi. Xxxxxxx pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia de trato.
Deberá consignarse cualquiera de los vínculos anteriores, existentes en forma actual o dentro del último AÑO CALENDARIO, entre los funcionarios alcanzados y sus representantes legales, sociedades controlantes o controladas o con interés directo en los resultados económicos o financieros, director, socio o accionista que posea participación, por cualquier título, idónea para formar la voluntad social o que ejerza una influencia dominante como consecuencia de acciones, cuotas o partes de interés poseídas.
Para el caso de sociedades sujetas al régimen de oferta pública conforme a la Ley Nacional No 26.831, la vinculación se entenderá referida a cualquier accionista o socio que posea más del CINCO POR CIENTO (5%) del capital social.
6.4. Consecuencias
La violación de los deberes o la comisión de alguna de las prácticas prohibidas, previstos en este artículo, podrá dar lugar a:
a) El rechazo de la oferta y pérdida de la garantía respectiva en cualquier estado del CONCURSO.
b) En su caso, la realización de la denuncia correspondiente ante la Justicia o la Autoridad de Control competente.
c) La comunicación que corresponda al respectivo Colegio Profesional, Cámara o Asociación que realice la actividad de superintendencia, supervisión o similar del correcto desempeño ético de sus miembros.
6.5. Programa de Integridad
La OFERENTE deberá acreditar la existencia de un Programa de Integridad adecuado, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 22, 23 y 24 de la Ley Nacional No 27.401 y sus normas reglamentarias y complementarias, el Decreto 277/18 y la Resolución 27/18 de la Secretaría de Ética Pública, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, suscribiendo a tal efecto el documento que se agrega en Anexo IV – Programa de Integridad Ley N° 27.401.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
La CONCURSANTE y/o la OTORGANTE no efectuarán análisis sobre el contenido del Programa de Integridad ni de su idoneidad concreta, siendo cada OFERENTE libre de evaluar sus riesgos y definir los componentes de su programa conforme a la normativa precedentemente mencionada, siendo exclusivamente responsable por sus términos y alcances; sin perjuicio de la facultad de la CONCURSANTE y/o la OTORGANTE de solicitar la información aclaratoria o adicional que estime corresponder y la obligación de la OFERENTE y/o ADJUDICATARIA de brindar las explicaciones y/o aclaraciones requeridas conforme con lo establecido en la referida normativa.
ARTÍCULO 7. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
Será de aplicación la cláusula anticorrupción prevista en el artículo 10 del Decreto N° 1.023/01. La OFERENTE deberá suscribir el documento que se agrega en Anexo V –Declaración Jurada sobre impedimentos e inhabilidades.
ARTÍCULO 8. DOCUMENTOS DEL CONCURSO
8.1. Obtención xxx xxxxxx
El PLIEGO podrá consultarse y descargarse a través del SITIO WEB de la OTORGANTE. Para registrarse como INTERESADA, la empresa deberá suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, CUIT, domicilio social, datos del apoderado o representante y dirección de correo electrónico en el que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
No podrá alegarse el desconocimiento xxx XXXXXX ni de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo exclusiva responsabilidad de las INTERESADAS llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
8.2. Consultas al pliego
Las INTERESADAS tienen la obligación de consultar explícitamente cualquier detalle que a su juicio influya y/o pudiere influir en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el PLIEGO. Las INTERESADAS podrán efectuar consultas a través del correo electrónico que se publicará en el SITIO WEB de la OTORGANTE, hasta el día fijado al efecto en el Anexo I - Cronograma del Concurso – Ronda 5.1 en lo tocante a la RONDA 5.1 o bien, hasta el día especificado en el artículo
1.3 en el caso de la RONDA 5.2.
Las consultas deberán ser formuladas en idioma español, haciendo concreta referencia al numeral, artículo o anexo xxx XXXXXX sobre los que se consulta.
Las consultas serán respondidas por la CONCURSANTE o la OTORGANTE, cuando se considere pertinente, mediante circulares que se notificarán a las INTERESADAS y se publicarán en el SITIO WEB, sin identificar quien las realizó.
La falta de respuesta de la CONCURSANTE o la OTORGANTE a cualquier consulta realizada por una INTERESADA no podrá, en caso alguno, ser interpretada como ratificatoria y/o confirmatoria de la interpretación, propuesta o sugerencia efectuada por ésta.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
8.3. Circulares
La CONCURSANTE o la OTORGANTE podrá, según su exclusivo criterio, elaborar circulares aclaratorias o circulares modificatorias xxx XXXXXX, de oficio o como respuesta a consultas que le sean efectuadas, hasta el plazo indicado en:
i. el Anexo I- Cronograma del Concurso – Ronda 5.1 para el caso de la RONDA 5.1.
ii. el artículo 1.3 para el caso de la RONDA 5.2.
8.3.1. Circulares aclaratorias
Las circulares aclaratorias serán comunicadas a todas las INTERESADAS a la dirección de correo electrónico que éstas hubieran proporcionado al momento de registrarse para la descarga xxx XXXXXX, y difundidas en el SITIO WEB de la OTORGANTE.
8.3.2. Circulares modificatorias
Las circulares modificatorias serán comunicadas a todas las INTERESADAS en la dirección de correo electrónico que éstas hubieran proporcionado al momento de registrase para la descarga xxx XXXXXX, y publicadas en los mismos medios utilizados para la convocatoria al CONCURSO.
ARTÍCULO 9. OFERENTES
9.1. Capacidad para ser oferentes
Podrán presentarse como OFERENTES, las personas jurídicas regularmente constituidas en la REPÚBLICA ARGENTINA que se encuentren inscriptas en el registro regulado por la Disposición N° 337/19 de la ex SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS Y COMBUSTIBLES de la ex
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA, o en trámite de reinscripción anual, siempre que no estén comprendidas en los impedimentos e inhabilidades para contratar establecidas en el artículo 9.2 de este PLIEGO. En la página web de la SECRETARÍA DE ENERGÍA se publicará el listado de empresas habilitadas para participar en el CONCURSO.
9.2. Impedimentos e inhabilidades para ser oferentes
No podrá presentarse como OFERENTE o como miembro de una OFERENTE, en su caso, por sí o por interpósita persona, quien se encuentre comprendido en alguno de los supuestos previstos en el Artículo 28 del Decreto N° 1.023/01, o su controlante o controlada.
9.3. Domicilios
Las OFERENTES deberán, mediante el modelo del Anexo II– Carta Oferta, constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y declarar una dirección de correo electrónico, donde serán válidas todas las notificaciones y comunicaciones que la CONCURSANTE o la OTORGANTE realicen en el marco del CONCURSO.
Las comunicaciones de cambios de domicilio se deberán realizar por medio fehaciente a la CONCURSANTE, y sólo surtirán efecto a partir del tercer día hábil siguiente a la fecha de su recepción.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
9.4. Jurisdicción
Las OFERENTES deberán, mediante el modelo del Anexo II– Carta Oferta, someterse a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para todos los conflictos que pudieren suscitarse como consecuencia de la aplicación y/o interpretación xxx XXXXXX y toda otra cuestión vinculada con el procedimiento del CONCURSO, con renuncia expresa a todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles.
9.5. Representación
Quien actúe en representación de una OFERENTE deberá acreditarlo conforme a lo previsto en el Artículo 32 del Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto 1759/72 T.O.2017).
ARTÍCULO 10. OFERTAS
10.1. Efectos de la presentación de la oferta
La presentación de una OFERTA en el CONCURSO implica, sin admitirse prueba en contrario, el pleno conocimiento y aceptación, por parte de la OFERENTE, xxx XXXXXX y de las normas y legislación aplicables.
La presentación de una OFERTA en el CONCURSO implica, asimismo, sin admitirse prueba en contrario, que la OFERENTE ha estudiado y evaluado todos y cada uno de los requisitos xxx XXXXXX y de la legislación aplicable, y todas las circunstancias y condiciones que puedan incidir en el cumplimiento de sus obligaciones; y que se halla en posesión de todos los elementos de juicio necesarios para afrontar cualquier contingencia que razonablemente pudiera presentarse.
Esa evaluación implica que ha interpretado claramente todos los requisitos xxx XXXXXX y de la legislación aplicable, asumiendo el posible cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones establecidas en ellos y en las normas y legislación aplicable.
10.2. Invariabilidad y mantenimiento de la oferta
Para aquellos OFERENTES de la Ronda 5.1, la posibilidad de modificar la OFERTA precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna después de ello.
Dichas ofertas deberán mantenerse invariables hasta que la COMISIÓN EVALUADORA se expida a través del dictamen correspondiente, conforme lo dispuesto por el artículo 16 del presente PLIEGO.
Para aquellos OFERENTES de la Ronda 5.2, la posibilidad de modificar la OFERTA precluirá a los VEINTE (20) días, contados desde la fecha de la presentación de su oferta formal ante la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, sin que sea admisible alteración alguna después de ello.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Dichas ofertas (la original o en su defecto, la oferta modificada en los términos previstos en el párrafo precedente) deberán mantenerse invariables hasta que la COMISIÓN EVALUADORA se expida a través del dictamen correspondiente, conforme lo dispuesto por el artículo 16 del presente PLIEGO.
10.3. Información. Debida diligencia
a) La OFERENTE deberá basar su OFERTA sobre su propia investigación, estimación, evaluación y análisis de todo tipo de circunstancias, condiciones y riesgos, tanto de causa natural como humana, que puedan incidir de cualquier modo en el cumplimiento de todas las obligaciones xxx XXXXXX y de la normativa aplicable, en los tiempos, modos y formas allí establecidos, sin derecho a reclamo alguno por la inexactitud de cualquier información, por su falta o por cualquier causa relativa a ello.
b) Será responsabilidad exclusiva de la OFERENTE realizar su OFERTA sobre la base de un examen cuidadoso de cada una de las obligaciones previstas en el PLIEGO, y en la normativa aplicable.
c) Si la OFERENTE no hubiera obtenido, hubiera evaluado incorrectamente o no hubiera considerado toda la información que pudiera influir en la determinación de sus obligaciones o de los costos involucrados en su cumplimiento, no se eximirá de su responsabilidad por la ejecución completa de todas aquellas en los términos de este PLIEGO, y de la normativa aplicable, ni le dará derecho a reembolso de costos, ni a reclamaciones o reconocimientos adicionales de ninguna especie o naturaleza, bajo concepto alguno.
10.4. Garantía de mantenimiento de oferta
Para asegurar el mantenimiento de la oferta y de todas las obligaciones establecidas en el PLIEGO, la OFERENTE deberá constituir una garantía de mantenimiento de oferta, a favor y a satisfacción de la CONCURSANTE, por un monto equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN (U$S 1.000.000), con la excepción de aquellos proyectos de Gas Incremental cuya Curva de Producción Incremental no supere CERO COMA CINCO (0,5) MMm3/d, los cuales deberán constituir la referida garantía por un monto equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MIL (U$S 200.000).
10.4.1. Forma de constitución
La garantía de mantenimiento de oferta deberá ser constituida en cualquiera de las siguientes formas:
a) Garantía Bancaria
Mediante garantía o fianza bancaria que deberá ser irrevocable, incondicional, prorrogable, pagadera a la vista y a primer requerimiento, constituida mediante el correspondiente documento afianzando a la OFERENTE, emitida por: (i) un banco o entidad financiera, autorizada para operar en la REPÚBLICA ARGENTINA por el Banco Central de la República Argentina, en el carácter de fiador liso, llano y principal pagador, con renuncia a los beneficios de excusión, división e interpelación judicial previa al deudor, en los términos de los Artículos 1583, 1584, 1585 y 1589 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación; o (ii) un banco o entidad financiera del exterior que cuente con una calificación crediticia de su deuda otorgada por cualquier calificadora de riesgo
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
respecto de su deuda de largo plazo no garantizada, al menos igual a la calificación internacional de la deuda soberana de la REPÚBLICA ARGENTINA; las garantías o fianzas emitidas en el extranjero deberán estar apostilladas de acuerdo con las normas de la Convención de la Haya o legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la REPÚBLICA ARGENTINA y confirmadas por un banco local con domicilio en la REPÚBLICA ARGENTINA.
b) Póliza de seguro de caución
Mediante póliza de seguro de caución, extendida por una compañía de seguros de primera línea, autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación. La compañía de seguros deberá constituirse en fiadora con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división e interpelación judicial previa al deudor, en los términos de los Artículos 1583, 1584, 1585 y 1589 y concordantes el Código Civil y Comercial de la Nación.
c) Carta de crédito stand-by
Mediante carta de crédito stand-by irrevocable, incondicional, prorrogable, pagadera a la vista y a primer requerimiento, otorgada por: (i) un banco o entidad financiera de primera línea autorizada para operar en la REPÚBLICA ARGENTINA por el Banco Central de la República Argentina, en carácter de fiador liso, llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de excusión, división e interpelación judicial previa al deudor, en los términos de los Artículos 1583, 1584, 1585 y 1589 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, previamente aceptada por la CONCURSANTE; o (ii) un banco o una entidad financiera de primera línea del exterior que cuente con una calificación crediticia de su deuda otorgada por cualquier calificadora de riesgo respecto de su deuda de largo plazo no garantizada, al menos igual a la calificación internacional de la deuda soberana de la REPÚBLICA ARGENTINA. Las cartas de crédito stand-by emitidas por un banco o entidad financiera extranjera deberán estar confirmadas por un banco local con domicilio en la REPÚBLICA ARGENTINA.
10.4.2. Requisitos
a) La garantía de mantenimiento de oferta será otorgada a satisfacción de la CONCURSANTE, quien deberá prestar conformidad con los documentos que las instrumenten y sus textos.
b) El beneficiario de la garantía de mantenimiento de oferta será la CONCURSANTE.
c) La garantía de mantenimiento de oferta deberá especificar el nombre del CONCURSO.
d) La garantía de mantenimiento de oferta deberá contener estipulaciones expresas que aseguren los plazos de mantenimiento de la oferta en las condiciones establecidas en este artículo.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
10.4.3. Plazo de mantenimiento
Para los OFERENTES de la Ronda 5.1 la garantía de mantenimiento de oferta deberá mantenerse por el término de TREINTA (30) días, contados a partir de la fecha de emisión del dictamen de la COMISIÓN EVALUADORA, conforme el artículo 16 de este PLIEGO. A su vez, deberá contemplar la renovación automática y sucesiva por un plazo de TREINTA (30) días hasta la efectiva fecha de adjudicación, si se diera el supuesto de diferimiento del dictado del acto administrativo, previsto en el Artículo 17, Punto 2.2 del presente.
Para los OFERENTES de la Ronda 5.2 la garantía de mantenimiento de oferta deberá mantenerse por el término de SESENTA (60) días, contados a partir de la fecha de su presentación de oferta formal. A su vez, deberá contemplar la renovación automática y sucesiva por un plazo de TREINTA (30) días hasta la efectiva fecha de adjudicación, si se diera el supuesto de diferimiento del dictado del acto administrativo, previsto en el Artículo 17, Punto 2.2 del presente.
10.4.4. Devolución
La garantía de mantenimiento de oferta será devuelta a la OFERENTE una vez suscriptos los contratos con CAMMESA, ENARSA y/o las empresas Distribuidoras y/o Subdistribuidoras.
A las restantes OFERENTES les será devuelta dentro de los VEINTE (20) días hábiles de notificado el acto de adjudicación, o desde que quede firme ese acto respecto a cualquier OFERENTE que lo hubiese recurrido.
10.4.5. Pérdida y ejecución de la garantía
La OFERENTE perderá la garantía de mantenimiento de oferta si:
a) Comunica su desistimiento o retira su oferta, antes del plazo de vencimiento fijado en el artículo
11.6 del presente.
b) Falsease la información consignada en su OFERTA con carácter de declaración jurada.
c) No firmase los contratos con CAMMESA, ENARSA y/o las empresas Distribuidoras y/o Subdistribuidoras.
La CONCURSANTE ejecutará en esos casos la garantía de mantenimiento de oferta sin necesidad de interpelación administrativa o judicial previa alguna y sin que ello genere derecho a reclamo o resarcimiento alguno por parte de la OFERENTE.
10.5. Formalidades de la presentación
10.5.1. Carácter de declaración jurada
La presentación de la OFERTA implicará para la OFERENTE, asignar el carácter de declaración jurada a toda la información y documentación que consigne y acompañe a aquella.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
10.5.2. Forma e Idioma
a) Las ofertas, así como toda presentación que se realice en el CONCURSO, deberán ser claras, estar redactadas en idioma español, debiéndose salvar toda testadura, enmienda o palabra interlineada.
b) Asimismo, deberá ser suscripta en todas sus hojas por la OFERENTE, haciéndose constar la identificación del firmante, acompañando el instrumento que acredite tal representación, en su caso.
c) Cuando se requiera la certificación de la firma, deberá ser cumplida por autoridades judiciales o notariales, con exclusión de toda otra. Si esas autoridades fuesen de extraña jurisdicción deberá constar la legalización pertinente.
d) La documentación emitida en otro idioma deberá estar traducida al español por un traductor público matriculado en la REPÚBLICA ARGENTINA, con firma legalizada en el consejo profesional respectivo.
e) Todas las hojas de la OFERTA deberán estar numeradas en el ángulo superior derecho de la hoja, en orden correlativo de incorporación, incluso cuando se integre con más de un cuerpo.
10.6. Costos de preparación y presentación
La OFERENTE sufragará, a su cuenta y riesgo, todos los gastos y costos, directos o indirectos, o cualquier otra erogación en que incurra relacionados con la preparación y presentación de la OFERTA, así como con las investigaciones, estimaciones, evaluaciones y análisis requeridos para ello.
En ningún caso esos costos y gastos le serán reembolsados por la CONCURSANTE y/o la OTORGANTE, ni por organismo, entidad o funcionario alguno, cualquiera sea la forma en que se realice el CONCURSO y/o el resultado obtenido.
ARTÍCULO 11. PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
11.1. Lugar y horario de presentación
11.1.1. RONDA 5.1
a) La presentación de las ofertas deberá efectuarse en Xxxxx Xxxxx 000 xxxx 0x, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, REPÚBLICA ARGENTINA, el día fijado para la apertura de ofertas, desde las 10:00 y hasta las 15:00 horas. Se considerará que se ha presentado la OFERTA dentro del plazo, si ésta ha ingresado al lugar indicado del edificio en que se reciben, hasta la fecha y hora límites establecidas en este inciso. A tal fin, se tomará como oficial, la hora de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la REPÚBLICA ARGENTINA (UTC -03:00), donde tiene su sede la CONCURSANTE.
b) A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas, no se recibirán otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado.
c) En todos los casos, la OFERENTE será la única responsable de que su OFERTA sea presentada a tiempo.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
11.1.2. RONDA 5.2
a) La presentación de las ofertas podrá efectuarse desde la fecha de entrada en vigencia de la Resolución que aprueba este PLIEGO hasta el 30 xx xxxxx de 2023 inclusive, por ante la Mesa de Entradas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA sita en Xxxxxxxx 000, XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX. Cualquier cambio eventual de la Mesa de Entradas del organismo será comunicado por el SITIO WEB de la CONCURSANTE.
b) A partir de fecha límite fijada como término para la recepción de las ofertas, no se recibirán otras.
c) En todos los casos, la OFERENTE será la única responsable de que su OFERTA sea presentada a tiempo.
11.2. Forma de presentación
11.2.1. RONDA 5.1
a) La OFERTA se presentará contenida en un único sobre, paquete o caja, que deberá ser opaco y estar perfectamente cerrado, sellado y firmado por la OFERENTE cruzando los posibles lugares de apertura. El sobre, paquete o caja llevará la siguiente leyenda: “SECRETARÍA DE ENERGÍA DE LA NACIÓN - CONCURSO PUBLICO NACIONAL - PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028 – RONDA 5.1 – CHUBUT Y SANTA XXXX – Propuesta económica” y el nombre de la oferente; y contendrá los documentos señalados en el Artículo 12 del presente, en original y copia. Los documentos de la OFERTA deberán presentarse en original en formato papel y DOS (2) copias en formato electrónico (PDF).
11.2.2. RONDA 5.2
La OFERTA se presentará contenida en un único sobre, paquete o caja, que deberá ser opaco y estar perfectamente cerrado, sellado y firmado por la OFERENTE cruzando los posibles lugares de apertura. El sobre, paquete o caja llevará la siguiente leyenda: “SECRETARÍA DE ENERGÍA DE LA NACIÓN - CONCURSO PUBLICO NACIONAL - PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028 – RONDA 5.2 – CUENCAS
AUSTRAL Y NOROESTE – Propuesta económica” y el nombre de la oferente; y contendrá los documentos señalados en el Artículo 12 del presente, en original y copia. Los documentos de la OFERTA deberán presentarse en original en formato papel y DOS (2) copias en formato electrónico (PDF).
11.3. Medio de entrega
Las ofertas deberán ser presentadas por un representante de la OFERENTE, quien deberá exhibir su Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
IF-2022-000000000-APN-SSH#MEC
Solo se aceptará la entrega de las ofertas en forma personal y en ningún caso se aceptarán ofertas por correspondencia u otros medios.
11.4. Traspaso y conformidad
La presentación de la OFERTA implica la transmisión de la propiedad sobre todo lo que se halle contenido en ella, no teniendo las OFERENTES, en caso alguno, derecho a su devolución, sin perjuicio de la facultad de la CONCURSANTE y/o la OTORGANTE de devolverlo en los casos que lo juzgue pertinente.
La presentación de la OFERTA implica también la conformidad de la OFERENTE de que todo documento e información contenida en ella tomará carácter de información pública, en los términos del Anexo II – Carta oferta.
11.5. Constancia de recepción
Como constancia de haber recibido la OFERTA dentro del plazo fijado, la CONCURSANTE extenderá a los OFERENTES de la RONDA 5.1 un recibo en el que se consignará: (i) el nombre de la OFERENTE o de los miembros de la OFERENTE, en su caso, (ii) la fecha y hora de recepción de la OFERTA, y (iii) el nombre y número de documento de quien entrega la OFERTA en representación de la OFERENTE.
Aquellos oferentes de la RONDA 5.2 que realicen su presentación por ante la Mesa de Entradas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, recibirán una constancia por la presentación efectuada.
11.6. Retiro de ofertas
Una vez presentada la OFERTA, la OFERENTE podrá desistir de su participación en el CONCURSO hasta el momento en que se expida la COMISIÓN EVALUADORA. Si desiste antes del dictamen respectivo de la mentada COMISIÓN EVALUADORA, se ejecutará la garantía presentada, conforme a lo previsto en el artículo 10.4.5.
Quien se presente por la OFERENTE a retirar una OFERTA deberá acreditar la representación que invoque.
ARTÍCULO 12. CONTENIDO DE LOS SOBRES
12.1. Documentos de los Sobres
12.1.1. RONDA 5.1
A los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en este PLIEGO y para permitir la evaluación de las ofertas, las OFERENTES deberán presentar sus Propuestas Económicas en los
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
términos y de conformidad con el Anexo VIII – Propuesta económica Ronda 5.1 en el Sobre – Propuesta Económica, el que contendrá, además, la siguiente documentación:
a) Índice de la presentación. La OFERENTE deberá encabezar su OFERTA con un índice general de la documentación que se acompañe, con indicación de los correspondientes números de hojas. En el caso en que la OFERTA esté constituida por varios cuerpos o carpetas, cada uno de ellos deberá contener el correspondiente índice general y de cada cuerpo en particular.
b) Carta de oferta conforme al modelo del Anexo II– Carta oferta, con firma certificada.
c) Garantía de mantenimiento de oferta, con firma certificada.
d) Copia certificada del contrato social o de los estatutos societarios vigentes, inscriptos ante el registro público de comercio pertinente y, de corresponder, constancia de sus modificaciones en trámite de inscripción.
e) Copia certificada de la última acta de designación de autoridades, inscripta ante el registro público de comercio pertinente, y de corresponder, constancia de su trámite de inscripción.
f) Copia certificada de los documentos de los cuales resulte la personería y las facultades suficientes del representante de la OFERENTE.
g) Copia certificada del acta de reunión del órgano de administración de la que surja la decisión social de presentarse en el CONCURSO.
h) Declaración jurada de la composición accionaria de la OFERENTE (accionistas, clases y porcentajes de participación).
i) Declaración jurada de la vinculación societaria de la OFERENTE (controlantes, controladas).
j) Declaración jurada de no encontrarse comprendida en ningún supuesto de impedimentos o inhabilidades para ser OFERENTE conforme al modelo del Anexo V – Declaración jurada sobre impedimentos e inhabilidades.
k) Declaración jurada de la existencia de un Programa de Integridad conforme al modelo del Anexo IV – Programa de Integridad Ley N° 27.401.
l) Declaración jurada de intereses conforme al modelo del Anexo III – Declaración jurada Decreto 202/17.
m) Certificación contable de inexistencia de cambios sustanciales que afecten negativamente la situación patrimonial de la OFERENTE, ocurridos a partir del cierre del último balance contable presentado, hasta el llamado a CONCURSO.
n) Declaración jurada de cumplimiento de obligaciones tributarias y previsionales.
o) Constancia de envío de la nota de adhesión por el sistema TAD conteniendo la información exigida por el Punto 5 del Anexo del Decreto N° 892/2020, sustituido por el Decreto N° 730/2022.
p) Declaración jurada de oportuno cumplimiento del Compromiso con el Valor Agregado Nacional conforme Anexo VI – Compromiso con el Valor Agregado Nacional.
q) Documento de actualización del oportuno cumplimiento del Compromiso con el Valor Agregado Nacional conforme lo establecido en el artículo 11 de la Resolución que aprueba el presente PLIEGO.
r) Plan de Inversiones conforme al modelo del Anexo VII – Plan de Inversiones.
s) Para el caso de los OFERENTES que se presenten en función de lo establecido en el artículo 5.4 del presente PLIEGO, documentación que acredite el vínculo societario entre las compañías del grupo económico.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Los OFERENTES podrán solicitar, bajo declaración jurada, que respecto a los puntos d), e), h) e i) se tenga en cuenta lo presentado para las convocatorias a los Concursos Públicos Nacionales dispuestos por las Resoluciones de la Secretaría de Energía Nros. 317/20 y 984/20, siempre que no haya habido cambios o modificaciones respecto a la información solicitada.
12.1.2. RONDA 5.2
A los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en este PLIEGO y para permitir la evaluación de las ofertas, las OFERENTES deberán presentar sus Propuestas Económicas en los términos y de conformidad con el Anexo IX – Plan de Actividad Incremental en el Sobre – Propuesta Económica, el que contendrá, además, la siguiente documentación:
a) Índice de la presentación. La OFERENTE deberá encabezar su OFERTA con un índice general de la documentación que se acompañe, con indicación de los correspondientes números de hojas. En el caso en que la OFERTA esté constituida por varios cuerpos o carpetas, cada uno de ellos deberá contener el correspondiente índice general y de cada cuerpo en particular.
b) Carta de oferta conforme al modelo del Anexo II– Carta oferta, con firma certificada.
c) Garantía de mantenimiento de oferta, con firma certificada.
d) Copia certificada del contrato social o de los estatutos societarios vigentes, inscriptos ante el registro público de comercio pertinente y, de corresponder, constancia de sus modificaciones en trámite de inscripción.
e) Copia certificada de la última acta de designación de autoridades, inscripta ante el registro público de comercio pertinente, y de corresponder, constancia de su trámite de inscripción.
f) Copia certificada de los documentos de los cuales resulte la personería y las facultades suficientes del representante de la OFERENTE.
g) Copia certificada del acta de reunión del órgano de administración de la que surja la decisión social de presentarse en el CONCURSO.
h) Declaración jurada de la composición accionaria de la OFERENTE (accionistas, clases y porcentajes de participación).
i) Declaración jurada de la vinculación societaria de la OFERENTE (controlantes, controladas).
j) Declaración jurada de no encontrarse comprendida en ningún supuesto de impedimentos o inhabilidades para ser OFERENTE conforme al modelo del Anexo V – Declaración jurada sobre impedimentos e inhabilidades.
k) Declaración jurada de la existencia de un Programa de Integridad conforme al modelo del Anexo IV – Programa de Integridad Ley N° 27.401.
l) Declaración jurada de intereses conforme al modelo del Anexo III – Declaración jurada Decreto 202/17.
m) Certificación contable de inexistencia de cambios sustanciales que afecten negativamente la situación patrimonial de la OFERENTE, ocurridos a partir del cierre del último balance contable presentado, hasta el llamado a CONCURSO.
n) Declaración jurada de cumplimiento de obligaciones tributarias y previsionales.
o) Constancia de envío de la nota de adhesión por el sistema TAD conteniendo la información exigida por el Punto 5 del Anexo del Decreto N° 892/2020, sustituido por el Decreto N° 730/2022.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
p) Un Plan Indicativo de Abastecimiento de Bienes y Servicios que requerirán para llevar adelante las operaciones para el primer año de vigencia del Esquema y una proyección para toda su duración.
q) Para el caso de los OFERENTES que se presenten en función de lo establecido en el artículo 5.4 del presente PLIEGO, documentación que acredite el vínculo societario entre las compañías del grupo económico.
r) Propuesta de Modelo de Contrato, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 4.3 del presente PLIEGO.
En caso de haber presentado una propuesta económica en la RONDA 5.1, el OFERENTE que posteriormente presente una propuesta en la RONDA 5.2 podrá solicitar, bajo declaración jurada, que respecto de los puntos d) a n) se tenga en cuenta lo presentado para la primera convocatoria, siempre que no haya habido cambios o modificaciones respecto a la información solicitada.
12.2. Requisitos de la certificación contable de inexistencia de cambios sustanciales
La certificación contable de inexistencia de cambios sustanciales que afecten negativamente la situación patrimonial de la OFERENTE deberá dar cuenta de la inexistencia de variaciones substanciales negativas en la situación y solvencia patrimonial, durante el período comprendido entre la fecha de cierre del último estado contable o declaración patrimonial, hasta la del llamado a CONCURSO.
La firma del profesional certificante deberá estar legalizada por consejo profesional u organismo competente.
Si la certificación revelara variaciones negativas substanciales, la OFERENTE deberá presentar la documentación necesaria para acreditar que cumple con los requisitos económicos exigidos.
ARTÍCULO 13. RONDA 5.1. APERTURA DE OFERTAS
13.1. Acto de apertura
El día y hora señalados en el Anexo I- Cronograma del Concurso – Ronda 5.1 se procederá a la apertura de las ofertas recibidas, conforme al orden de recepción, en acto público.
En el acto de apertura no se tratarán otras cuestiones que las previstas en este artículo, ni se permitirán debates a su respecto. Cualquier observación sobre las ofertas o el acto de apertura deberá ser efectuada al finalizar el acto, de forma sucinta, para dejar constancia en la respectiva acta.
13.2. Acta de apertura de ofertas
Del acto de apertura de ofertas se labrará un acta que contendrá, de cada oferta, el nombre de la OFERENTE o los miembros de la OFERENTE, en su caso, su domicilio, los datos de la garantía de mantenimiento de oferta y su monto. Contendrá asimismo observaciones que se efectúen respecto de las ofertas o del acto de apertura. El acta será firmada por los funcionarios a cargo del acto y por cualquier concurrente que desee hacerlo.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
13.3. Vista de las ofertas
Las OFERENTES podrán tomar vista del contenido del Sobre – Propuesta Económica de todas las ofertas abiertas, en el plazo previsto al efecto en el Anexo I – Cronograma del Concurso – Ronda 5.1, en Xxxxx Xxxxx 000 xxxx 0x xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx de 10:00 a 15:00 horas, debiéndose dejar constancia de ello.
ARTÍCULO 14. COMISIÓN EVALUADORA
14.1. Funciones
La COMISIÓN EVALUADORA tendrá a su cargo:
a) Conducir el proceso de evaluación establecido en el PLIEGO.
b) Efectuar el pedido de todas las aclaraciones pertinentes con relación a las ofertas presentadas.
c) Xxxxxxx a las OFERENTES a que subsanen errores u omisiones que pudieran contener las ofertas.
d) Analizar los documentos presentados y verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el PLIEGO.
e) Emitir los dictámenes de evaluación, los que no tendrán carácter vinculante, pero proporcionarán a la autoridad competente los fundamentos para el dictado de los actos administrativos del procedimiento previstos en el PLIEGO.
14.2. Aclaraciones e información adicional
La COMISIÓN EVALUADORA, la CONCURSANTE y/o la OTORGANTE podrán requerir a las OFERENTES toda información complementaria que consideren necesaria, y las aclaraciones que consideren pertinente efectuar para la debida evaluación y comparación de las ofertas, estando las OFERENTES obligadas a su presentación en el plazo que se indique en la respectiva solicitud.
Si transcurrido ese plazo la OFERENTE no hubiera presentado la información complementaria o las aclaraciones pertinentes a satisfacción de la requirente, podrá tenerse por no presentada la documentación o información respecto de la cual se efectuó el requerimiento.
Con la presentación de información complementaria o aclaratoria no se podrán alterar las condiciones de la OFERTA ni afectar el principio de igualdad de las OFERENTES.
14.3. Corrección de omisiones o errores formales
Será facultad discrecional de la COMISIÓN EVALUADORA, la CONCURSANTE y/o la OTORGANTE, requerir y/o permitir a las OFERENTES corregir las omisiones o errores formales en que hayan incurrido en su OFERTA, siempre que con ello no se alteren sus condiciones ni se afecte el principio de igualdad de las OFERENTES.
En cuanto sea posible se permitirá la subsanación de errores u omisiones no esenciales contenidos en las ofertas. La subsanación de deficiencias se posibilitará en toda cuestión relacionada con la constatación de datos o información de tipo histórico obrante en bases de datos de organismos públicos, y respecto de errores en documentos u omisiones de presentación de documentos que no tengan incidencia en el análisis comparativo de las ofertas.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
ARTÍCULO 15. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS
El período de evaluación de las propuestas económicas es aquel comprendido desde el momento en que el contenido del Sobre – Propuesta Económica, de todas las ofertas abiertas, es remitido a la COMISIÓN EVALUADORA, hasta la notificación del DICTAMEN DE EVALUACIÓN.
Durante el período de evaluación de las propuestas económicas, todas las actuaciones del expediente tienen carácter de reservadas, por lo cual durante ese período no se concederán vistas del expediente.
15.1. Verificación de la información presentada
La COMISIÓN EVALUADORA, la CONCURSANTE y/o la OTORGANTE podrán comprobar la veracidad de toda la documentación presentada por la OFERENTE, sin que ello suponga en modo alguno una limitación de la responsabilidad de la OFERENTE por la posible insuficiencia o falta de veracidad de los datos o la información presentada.
15.2. Análisis de los Sobres – Propuesta Económica RONDAS 5.1. y 5.2.
La COMISIÓN EVALUADORA procederá al análisis de las OFERTAS y verificará, respecto de cada una, el cumplimiento de los requisitos y exigencias establecidos en el PLIEGO, determinando cuáles ofertas cumplen y cuáles no cumplen con esos requisitos y exigencias.
15.3. Causales de desestimación de la oferta
15.3.1. Sin posibilidad de subsanación
Será desestimada la OFERTA, sin posibilidad de subsanación, en los siguientes supuestos:
a) Si la OFERENTE o su controlante o controlada fuera inelegible de conformidad con lo establecido en el Artículo 15.4 del presente, al momento de la evaluación de ofertas.
b) Si la OFERENTE o su controlante o controlada no estuviera habilitada para contratar con la Administración Pública Nacional en los términos del Artículo 28 del Decreto N° 1.023/01, y sus normas complementarias, al momento de la evaluación de ofertas.
c) Si la oferta tuviere tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en cualquier parte esencial para su evaluación o comparación.
d) Si la oferta tuviere condicionamientos, limitaciones y/o cláusulas en contraposición o apartamiento xxx XXXXXX y/o la normativa aplicable al CONCURSO y/o impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.
e) Si la OFERTA tuviere errores u omisiones esenciales.
f) Si a la OFERTA no se acompañare la garantía de mantenimiento de OFERTA o la constancia de haberla constituido, o si los términos en que fuera constituida o su monto no cumplen con los requisitos establecidos en el PLIEGO, o no fuera a satisfacción de la CONCURSANTE.
15.3.2. Con posibilidad de subsanación
Será desestimada asimismo la OFERTA que, habiéndose requerido a la OFERENTE información adicional, aclaraciones o la corrección de omisiones o errores formales, se encontrase en los siguientes supuestos:
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
a) Si la OFERTA no tuviere alguna de la documentación o no cumpliere algún requisito o exigencia no esencial contenido en el PLIEGO.
b) Si la OFERTA estuviera escrita en lápiz o con un medio que permita su alteración con facilidad.
15.4. Pautas para la inelegibilidad
Será desestimada la OFERTA cuando de la información a la que se refiere el Artículo 16 del Decreto N° 1.023/01 y sus normas complementarias, o de otras fuentes, se configure alguno de los siguientes supuestos:
a) Cuando pueda presumirse que la OFERENTE es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas y/o sociedades no habilitadas para contratar, de acuerdo al o prescripto por el Artículo 28 del Decreto N° 1.023/01, y de las controladas o controlantes de aquellas.
b) Cuando la OFERENTE sea una integrante de empresas y/o sociedades no habilitadas para contratar, de acuerdo a lo prescripto por el Artículo 28 del Decreto 1.023/01 y/o la Ley Nacional No 17.319 y modificatorias, su reglamentación y normas complementarias.
c) Cuando existan indicios de que, por su precisión y concordancia, hicieran presumir que las OFERENTES han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección.
d) Cuando existan indicios de que, por su precisión y concordancia, hicieran presumir que media simulación de competencia o concurrencia entre las OFERENTES. Se entenderá configurada esta causal, entre otros supuestos, cuando una persona participe en más de una oferta como miembro de una OFERENTE, o bien cuando se presente como OFERENTE y como miembro de una OFERENTE.
e) Cuando existan indicios de que, por su precisión y concordancia, hicieran presumir que media una simulación tendiente a eludir los efectos de las causales de inhabilidad para contratar, de acuerdo a lo prescripto por el Artículo 28 del Decreto N° 1.023/01 o la Ley Nacional No 17.319 y modificatorias, su reglamentación y sus modificatorias y complementarias, de parte de una OFERENTE.
f) Cuando se haya aplicado, dentro de los TRES (3) años anteriores a su presentación, alguna sanción judicial o administrativa a la OFERENTE, por abuso de posición dominante o dumping, cualquier forma de competencia desleal o por concertar o coordinar posturas en los procedimientos de selección.
g) Cuando la OFERENTE exhiba incumplimientos graves y reiterados en anteriores contratos con el Estado nacional, provincial o municipal, en los últimos DIEZ (10) años, que hayan dado lugar a rescisiones totales o parciales, penalidades o sanciones.
h) Cuando la OFERENTE sea una persona jurídica condenada, con sentencia firme recaída en el extranjero, por prácticas de soborno o cohecho transnacional en los términos de la Convención de la Organización de Cooperación y de Desarrollo Económicos (OCDE) para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, serán inelegibles por un lapso igual al doble de la condena.
i) Cuando la OFERENTE sea una persona incluida en las listas de inhabilitados del Banco Mundial y/o del Banco Interamericano de Desarrollo, a raíz de conductas o prácticas de corrupción contempladas en la Convención de la Organización de Cooperación y de Desarrollo Económicos
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
(OCDE) para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales serán inelegibles mientras subsista esa condición.
ARTÍCULO 16. DICTAMEN DE EVALUACION
16.1. Contenido
16.1.1. RONDA 5.1
La COMISIÓN EVALUADORA se expedirá a través de un dictamen fundado, donde se harán constar los siguientes datos:
a) Ofertas recibidas, indicando para cada una:
i. Nombre de la OFERENTE o los miembros de la OFERENTE en su caso.
ii. El cumplimiento o incumplimiento de las formalidades esenciales exigidas en el PLIEGO.
iii. El cumplimiento o incumplimiento de la acreditación de antecedentes y requisitos requeridos en el PLIEGO.
b) OFERTAS inadmisibles.
c) OFERTAS admisibles.
16.1.2. RONDA 5.2
Para cada OFERTA recibida, la COMISIÓN EVALUADORA deberá expedirse a través de un dictamen fundado, donde se harán constar los siguientes datos:
i. Nombre de la OFERENTE o los miembros de la OFERENTE en su caso.
ii. El cumplimiento o incumplimiento de las formalidades esenciales exigidas en el PLIEGO.
iii. El cumplimiento o incumplimiento de la acreditación de antecedentes y requisitos requeridos en el PLIEGO.
Dicho dictamen deberá concluir si la OFERTA es admisible o inadmisible.
16.2. Plazo de emisión y notificación
16.2.1. RONDA 5.1
El DICTAMEN DE EVALUACIÓN deberá emitirse dentro del plazo previsto al efecto en el Anexo I
– Cronograma del Concurso – Ronda 5.1. La CONCURSANTE notificará el referido dictamen a todas las OFERENTES y lo difundirá en el SITIO WEB de la OTORGANTE.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
16.2.2. RONDA 5.2
El DICTAMEN DE EVALUACIÓN deberá emitirse en el plazo de TREINTA (30) días a partir de la recepción de la OFERTA. La CONCURSANTE notificará el referido dictamen a la OFERENTE y lo difundirá en el SITIO WEB de la OTORGANTE.
ARTÍCULO 17. ADJUDICACIÓN
17.1. Criterio de adjudicación
17.1.1. RONDA 5.1
Se adjudicará a los OFERENTES PRESELECCIONADOS en función de que conste, en sus propuestas económicas, la aceptación de la extensión de los compromisos referidos en el artículo 1.1.a); todo ello de conformidad con los criterios establecidos en el Decreto N° 892/2020 y su modificatorio, el Decreto N° 730/2022 y el presente PLIEGO.
17.1.2. RONDA 5.2
Se adjudicará a los OFERENTES PRESELECCIONADOS en función del procedimiento descripto en el artículo 4.4, de conformidad con los criterios establecidos en el Decreto N° 892/2020 y su modificatorio, el Decreto N° 730/2022 y el presente PLIEGO.
17.2. Acto administrativo de adjudicación
17.2.1. RONDA 5.1
La OTORGANTE emitirá el acto administrativo de adjudicación dentro del plazo establecido en el Anexo I – Cronograma del Concurso – Ronda 5.1. Ese plazo podrá ser ampliado por la OTORGANTE, notificando fehacientemente de ello a la ADJUDICATARIA.
El acto de adjudicación será notificado a todas las OFERENTES y a las ADJUDICATARIAS, difundido en el SITIO WEB de la OTORGANTE y publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina.
17.2.2. RONDA 5.2
La OTORGANTE emitirá el acto administrativo de adjudicación en el plazo de TREINTA (30) días a partir de la fecha de emisión del DICTAMEN DE EVALUACIÓN correspondiente. Ese plazo podrá ser ampliado por la OTORGANTE, notificando fehacientemente de ello a la ADJUDICATARIA.
El acto de adjudicación será notificado a la OFERENTE y a la ADJUDICATARIA, difundido en el SITIO WEB de la OTORGANTE y publicado en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
17.3. Devolución del Sobre
Una vez publicado el correspondiente acto de adjudicación, la OFERENTE cuya OFERTA no haya sido preseleccionada podrá requerir a la CONCURSANTE la devolución del Sobre, por un plazo de TREINTA (30) días, lo que se verificará bajo recibo.
Vencido el plazo, la CONCURSANTE podrá proceder a la destrucción del sobre.
Quien se presente por la OFERENTE a retirar una OFERTA deberá acreditar la representación que invoque.
ARTÍCULO 18. FACULTADES DE LA OTORGANTE
La OTORGANTE no queda obligada ni asume responsabilidad alguna por la convocatoria al CONCURSO y podrá dejarla sin efecto en cualquier etapa de su tramitación con anterioridad al otorgamiento de la adjudicación.
a) La presentación de ofertas no obliga a la OTORGANTE a adjudicar, quedando entendido que podrá desestimar todas las ofertas presentadas si a su juicio no satisfacen adecuadamente el interés público comprometido en el CONCURSO, sin asumir responsabilidad alguna.
b) En caso de que el CONCURSO no contase con ofertas o bien que se recibieren solo ofertas inadmisibles o inconvenientes al interés público comprometido, la OTORGANTE procederá a declarar desierta o fracasada la convocatoria, según corresponda.
c) La OTORGANTE podrá adjudicar, en los términos xxx XXXXXX, aún en el caso de que exista una única OFERENTE.
En ninguno de los casos precedentemente señalados, el ejercicio de dichas facultades por la OTORGANTE dará derecho alguno a las INTERESADAS, OFERENTES o ADJUDICATARIA a reclamar indemnizaciones, compensaciones y/o resarcimientos bajo concepto alguno.
ARTÍCULO 19. REQUISITOS PREVIOS A LA ADJUDICACIÓN
En forma previa a la adjudicación, la OFERENTE deberá:
a) Acreditar la existencia de un Programa de Integridad adecuado, en los términos y con los alcances previstos en los Artículos 22, 23 y 24 de la Ley Nacional No 27.401 y sus normas reglamentarias y complementarias, el Decreto N° 277/18 y la Resolución N° 27/18 de la Secretaría de Ética Pública, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, a cuyos fines deberá presentar la declaración jurada que integra el PLIEGO como Anexo IV – Programa de Integridad Ley N° 27.401.
b) Hacer entrega de los siguientes documentos:
i. Copia certificada del acta de reunión del órgano de administración de la que surja la decisión social de suscribir los instrumentos relativos a la adjudicación.
ii. Copia certificada de los documentos de los cuales resulte la personería y las facultades suficientes del representante de la ADJUDICATARIA para suscribir los instrumentos relativos al otorgamiento de la adjudicación.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Anexo I - Cronograma del CONCURSO PUBLICO NACIONAL - PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028 – RONDA 5.1 – CHUBUT Y SANTA XXXX SUR
Concepto | Plazo |
Consultas | 17 de noviembre de 2022 |
Circulares | 22 de noviembre de 2022 |
Presentación de ofertas | 6 de diciembre de 2022 de 10 a 15 horas |
Apertura de sobre | 6 de diciembre de 2022 16 horas |
Vista de las ofertas Sobre | 7 de diciembre de 2022 de 10 a 15 horas |
Dictamen de evaluación | 12 de diciembre de 2022 |
Acto de adjudicación | 16 de diciembre de 0000 |
XX-0000-000000000-XXX-XXX#XXX
Anexo II – Carta oferta
Señores
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Ref.: CONCURSO PUBLICO NACIONAL - PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028 – RONDA 5 – CUENCAS AUSTRAL Y NOROESTE
El que suscribe, …(nombre del representante de la OFERENTE)…, en nombre y representación de … (nombre de la OFERENTE o de cada miembro de la OFERENTE)…, en el marco del CONCURSO de la referencia, me presento a fin de ofertar en los términos xxx XXXXXX del “CONCURSO PUBLICO NACIONAL - PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL
PAÍS 2023-2028 – CUENCAS AUSTRAL Y NOROESTE” y por los términos indicados en el Sobre
– Propuesta Económica que se acompaña a la presente. Al respecto, declaro bajo juramento lo siguiente:
a) Que la información y documentación presentada en esta OFERTA es exacta y veraz. La OTORGANTE, la CONCURSANTE y/o la COMISIÓN EVALUADORA quedan facultadas para verificar la exactitud de la documentación presentada y requerir toda información que estimen necesaria para el mejor cumplimiento de su misión, así como a solicitar todos los informes que crean convenientes a entidades bancarias, comerciales, técnicas y otras, sobre solvencia, uso de créditos y grado de cumplimiento de obligaciones, etc.
b) Que la información, declaraciones, certificaciones y en general, todos los documentos presentados en esta oferta, permanecen vigentes a la fecha, comprometiéndonos a actualizarla cuando se produzcan hechos que así lo ameriten hasta la fecha de suscripción de los contratos.
c) Que toda documentación e información contenida en esta OFERTA reviste carácter de información pública.
d) Que esta OFERTA será mantenida y garantizada conforme lo establecido en el artículo 10.2 y en el artículo 10.4.3 del presente PLIEGO, asegurando el mantenimiento de la OFERTA y de todas las obligaciones establecidas por el presente.
e) Que nos sometemos a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
f) Que el suscripto está debidamente autorizado para firmar la oferta, según poder legal que se incluye en la documentación presentada.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Anexo III - Declaración jurada Decreto 202/17
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028 – RONDA 5 – CUENCAS AUSTRAL Y NOROESTE
Tipo de declarante: persona humana
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT |
Vínculos a declarar
¿La persona humana declarante tiene vinculación con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del decreto 202/17. |
Vínculo
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidenta | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. | |
Xxxxxxx pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato | No se exige información adicional |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de su inexistencia, en los términos del decreto 202/17.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
……………………………. ……………………………. …………………………….. Firma Aclaración Lugar y fecha
Tipo de declarante: persona jurídica
Razón Social | |
CUIT |
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto 202/17. |
Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional | |
Representante legal | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o financieros de la declarante | Xxxxxxx Xxxxx Social y CUIT | |
Director | Xxxxxxx nombres apellidos y CUIT |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Socio o accionista con participación en la formación de la voluntad social | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto. | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de su inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto 202/17.
Firma y aclaración del declarante Xxxxxxxx en el que firma Fecha
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Anexo IV – Programa de Integridad Ley N° 27.401
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028 – RONDA 5 – CUENCAS AUSTRAL Y NOROESTE
Datos del declarante
Razón social CUIT/NIT Programa de Integridad
¿Posee un Programa de Integridad adecuado en los términos de la Ley N° 27.401?
(Marque con una X donde corresponda)
SÍ NO
*La opción “no” implica la declaración expresa de la inexistencia del Programa de Integridad, en los términos de la Ley N° 27.401.
Si su respuesta fue SÍ:
¿Su Programa fue el resultado de una evaluación de riesgos previa realizada a ese efecto?
(Marque con una X donde corresponda)
SÍ NO
¿Su Programa contiene un código de ética o de conducta, o políticas y procedimientos de integridad aplicables a todos los directores, administradores y empleados, independientemente del cargo o función ejercidos, que guíen la planificación y ejecución de sus tareas o labores de forma tal de prevenir la comisión de los delitos contemplados en la Ley N° 27.401?
(Marque con una X donde corresponda)
SÍ NO
¿Su Programa contiene un código de ética o de conducta, o políticas y procedimientos de integridad aplicables a todos los directores, administradores y empleados, independientemente del cargo o
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
función ejercidos, que guíen la planificación y ejecución de sus tareas o labores de forma tal de prevenir la comisión de los delitos contemplados en la Ley N° 27.401?
(Marque con una X donde corresponda)
SÍ NO
¿Su Programa contiene reglas y procedimientos específicos para prevenir ilícitos en el ámbito de concursos y procesos licitatorios, en la ejecución de contratos administrativos o en cualquier otra interacción con el sector público?
(Marque con una X donde corresponda)
SÍ NO
¿Su Programa prevé la realización de capacitaciones periódicas sobre el Programa de Integridad a directores, administradores y empleados?
(Marque con una X donde corresponda)
SÍ NO
¿Existe algún apartado del sitio web oficial de la organización donde se consigne información sobre las principales características y elementos del Programa?
(Marque con una X donde corresponda)
SÍ NO
En caso afirmativo indique el enlace de acceso:
¿Posee folletos, catálogos u otros documentos oficiales que detallen las características del Programa?
(Marque con una X donde corresponda)
SÍ NO
¿Posee su Programa de Integridad alguno de los siguientes elementos?
(Marque con una X donde corresponda)
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Elementos | SI | NO |
Apoyo visible e inequívoco al Programa de Integridad por parte de la alta dirección y gerencia | ||
Canales internos de denuncia de irregularidades, abiertos a terceros y adecuadamente difundidos | ||
Política de protección de denunciantes contra represalias | ||
Sistema de investigación interna que respete los derechos de los investigados e imponga sanciones efectivas a las violaciones del código de ética o conducta | ||
Procedimientos que comprueben la integridad y trayectoria de terceros o socios de negocios, incluyendo proveedores, distribuidores, prestadores de servicios, agentes e intermediarios, al momento de contratar sus servicios durante la relación comercial | ||
Debida diligencia durante los procesos de transformación societaria y adquisiciones, para la verificación de irregularidades, de hechos ilícitos o de la existencia de vulnerabilidades en las personas jurídicas involucradas | ||
Monitoreo y evaluación continua de la efectividad del Programa de Integridad | ||
Responsable interno a cargo del desarrollo, coordinación y supervisión del Programa de Integridad | ||
Otros |
En función del artículo 3° del Decreto 277/18, la presente declaración jurada se realiza al sólo efecto de acreditar la existencia de un Programa de Integridad conforme las previsiones de los artículos 22 y 23 de la Ley N° 27.401 como parte integrante de la oferta en la contratación.
Firma y aclaración del declarante Xxxxxxxx en el que firme Fecha
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Anexo V – Declaración jurada sobre impedimentos e inhabilidades
Ref.: CONCURSO PUBLICO NACIONAL - PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028 – RONDA 5 – CUENCAS AUSTRAL Y NOROESTE
El que suscribe, …(nombre del representante de la OFERENTE)…, en nombre y representación de
…(nombre de la OFERENTE o del miembro de la OFERENTE)… declara bajo juramento que ésta se encuentra habilitada para contratar con la Administración Pública Nacional, por no encontrarse incurso en ninguno de los supuestos indicados en el artículo 28 del Decreto 1.023/01 ni tener los impedimentos establecidos en la Ley Nacional No 17.319, sus modificatorias y su reglamentación.
Firma y aclaración del declarante Xxxxxxxx en el que firma Fecha
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Anexo VI. Compromiso con el Valor Agregado Nacional
1.- Para OFERENTES no adjudicatarias de rondas anteriores del Plan Xxx.Xx
Desde el inicio del presente Esquema, las ADJUDICATARIAS deberán cumplir obligatoriamente, bajo pena de aplicación de las sanciones establecidas, con las obligaciones en materia de Valor Agregado Nacional y, en particular, con el principio de utilización, plena y sucesiva, local, regional y nacional, de las facilidades en materia de empleo, provisión directa de bienes y servicios por parte de Pymes y empresas regionales y bienes, procesos y servicios de industria, tecnología y trabajo nacional.
La ADJUDICATARIA deberá presentar, en el plazo de VEINTE (20) días a contar desde el momento de adjudicación de los volúmenes ofertados, un Plan de Desarrollo de Proveedores que cuente con:
1. Un Plan de abastecimiento de bienes y servicios que requerirán para llevar adelante las operaciones para el primer año de vigencia del Esquema y una proyección para toda su duración. Al iniciarse cada año del Esquema, la ADJUDICATARIA deberá actualizar el Plan de Abastecimiento para el período que se inicia. Este plan deberá contar con:
1.1: Detalle de cantidad de bienes que demandarán, costo de la unidad, especificación de la cuenca a utilizarlo y distinción del origen entre local, regional, nacional o importado.
1.2: Detalle de servicios a contratar, costo de la contratación del servicio, especificación de la cuenca destinataria del servicio y aclaración del origen entre local, regional, nacional o extranjera de la empresa prestataria del servicio.
1.3: Detalle anualizado del volumen de demanda laboral que supondrá el desarrollo de las actividades para alcanzar con la oferta de gas comprometida. El detalle deberá incluir también a sus empresas contratistas.
2. Un documento que exprese la visión del desarrollo integral de la cadena de valor a través de un conjunto de iniciativas focalizadas en cumplir con los objetivos fijados en el Decreto N° 892/2020, y su modificatorio Nº 730/2022 y con el principio de utilización, plena y sucesiva, local, regional y nacional, de las facilidades en materia de empleo, provisión directa de bienes y servicios por parte de Pymes y empresas regionales y bienes, procesos y servicios de industria, tecnología y trabajo nacional.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Con la finalidad de alcanzar los objetivos del citado decreto y en búsqueda xxx xxxxxxxx de valor de toda la cadena del gas natural, el alcance del principio precedente no supondrá contrataciones de bienes y servicios en detrimento de la competitividad de la cadena de valor. Todo ello sin desconocer la existencia de costos adicionales específicos en cada una de las regiones donde se ubican las cuencas productivas.
En particular, la ADJUDICATARIA deberá presentar:
2.1: Escenario base, con el correspondiente respaldo documental, que contenga una descripción del último gasto total en bienes y servicios previo a la firma del Esquema que distinga el origen local, regional y/o extranjero de sus proveedores de bienes y servicios. Dicho escenario debe guardar relación con la inversión comprometida, declarada a la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en el marco de la Resolución SE 2057/05.
2.2: El conjunto de medidas, apoyadas en el escenario base del inciso anterior, para desarrollar sus proveedores locales, regionales y nacionales y aumentar su participación según los compromisos establecidos en el inciso siguiente.
2.3: Un compromiso mensurable año a año, durante la vigencia del presente esquema, del aumento de la participación de los proveedores locales, regionales y nacionales. En particular, la ADJUDICATARIA deberá comprometerse a alcanzar un incremento de la participación de las empresas locales, regionales y nacionales en el monto total de sus contrataciones necesarias para alcanzar los volúmenes de gas asignados en el presente esquema de al menos un TREINTA POR CIENTO (30%) en el rubro prestación de servicios de perforación, cementación y terminación; y de al menos CUARENTA POR CIENTO (40%) para el resto de sus contrataciones.
A los fines de observar el cumplimiento por parte de las ADJUDICATARIAS del compromiso establecido en el presente inciso, se contabilizarán el incremento en el monto total de las contrataciones de forma agregada entre locales, regionales y nacionales. En ningún caso, la participación de sus proveedores locales, regionales y nacionales podrá ser menor a la del año anterior.
La ADJUDICATARIA deberá informar a la Autoridad de Aplicación en carácter de declaración jurada, con periodicidad trimestral, el debido cumplimiento de las obligaciones fijadas en el presente Anexo junto con la entrega de documentación respaldatoria correspondiente.
3. Un mecanismo de contratación transparente y abierto que garantice la plena concurrencia a los proveedores locales, regionales y nacionales a los fines de dar cumplimiento con el principio de utilización plena y sucesiva local, regional y nacional de sus proveedores.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
4. La concreción de instrumentos destinados a extender a sus empresas proveedoras los beneficios financieros asociados a la baja del riesgo por la constitución de la garantía de pago establecida en el Punto 27 del Anexo del Decreto Nº 892/2020, sustituido por el Decreto N° 730/2022.
A los fines de alcanzar los compromisos con el Valor Agregado Nacional, se considerará:
EMPRESA LOCAL: aquella empresa cuyo asiento principal de su negocio este ubicado en una de las provincias productoras de gas natural.
EMPRESA REGIONAL: aquella empresa cuyo asiento principal de su negocio este ubicado en la región de la cuenca productiva pero no en la misma provincia donde se destina el bien o el servicio que ofrece.
EMPRESA NACIONAL: aquella empresa cuyo asiento principal de su negocio este ubicado por fuera de una provincia productora y de la región de la cuenca destinataria de su bien o servicio.
Empresa extranjera: aquella empresa controlada accionariamente en su mayoría por una persona, física o jurídica, de origen extranjero.
A los efectos de dar cumplimiento con los compromisos con el Valor Agregado Nacional, no se considerarán empresas “locales, regionales y nacionales” a aquellas personas jurídicas controladas accionariamente, directa o indirectamente, por las empresas productoras de gas natural.
Se considerará con aptitud técnica para proveer un bien o un servicio a toda empresa local, regional o nacional que lo haya provisto, con sus especificaciones técnicas, en forma directa o indirecta a una empresa productora de hidrocarburos o que haya sido certificada técnicamente por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), por una Universidad Nacional, por el INVAP S.E. u otra organización de certificación comúnmente aceptada en la industria.
La ADJUDICATARIA deberá presentar una proyección de los bienes y servicios que requerirán para llevar adelante las inversiones comprometidas durante la vigencia del Esquema. Asimismo, la ADJUDICATARIA deberá ampliar cualquier solicitud de información que la Autoridad de Aplicación solicite en base a lo definido en el Artículo 11 de la presente Resolución:
a. el valor industrial agregado;
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
b. el impacto favorable en la sustitución de importaciones del bien o servicio ofrecido;
c. su impacto multiplicador en compras a otros oferentes de bienes y servicios nacionales;
d. el potencial exportable del bien o servicio;
e. el agregado de competitividad a la industria del gas natural;
f. la criticidad del servicio.
La ADJUDICATARIA deberá participar en las convocatorias que se realicen en el marco de la “Mesa de Trabajo de Valor Agregado Nacional” creada por la Resolución N° 317 de fecha 20 de noviembre de 2020 a los fines de: a. compartir su visión del negocio, expresar la dinámica de las operaciones de exploración y producción de gas natural y perspectivas futuras; b. identificar situaciones de escasez en la oferta de bienes y servicios; c. identificar los segmentos de baja competitividad y una propuesta de mejora.
2.- Para OFERENTES adjudicatarios de las Xxxxxx 0 x 0 xxx Xxxx Xxx.Xx. Para OFERENTES de la Ronda 5.2.
La ADJUDICATARIA deberá presentar en el plazo de VEINTE (20) días una actualización de su Plan de Desarrollo de Proveedores oportunamente presentado y una proyección de los bienes y servicios que requerirán para llevar adelante las inversiones comprometidas durante la vigencia del Esquema. Asimismo, la ADJUDICATARIA deberá ampliar cualquier solicitud de información que la Autoridad de Aplicación solicite en base a los lineamientos definidos en el Artículo 11 de la presente Resolución:
a. el valor industrial agregado;
b. el impacto favorable en la sustitución de importaciones del bien o servicio ofrecido;
c. su impacto multiplicador en compras a otros oferentes de bienes y servicios nacionales;
d. el potencial exportable del bien o servicio;
e. el agregado de competitividad a la industria del gas natural;
f. la criticidad del servicio.
La ADJUDICATARIA deberá participar en las convocatorias que se realicen en el marco de la “Mesa de Trabajo de Valor Agregado Nacional” creada por la Resolución N° 317 de fecha 20 de noviembre de 2020 a los fines de: a. compartir su visión del negocio, expresar la dinámica de las operaciones de exploración y producción de gas natural y perspectivas futuras; b. identificar situaciones de escasez en
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
la oferta de bienes y servicios; c. identificar los segmentos de baja competitividad y una propuesta de mejora.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Anexo VII – Plan de Inversiones – RONDA 5.1
La OFERENTE deberá presentar un plan de inversiones que, como mínimo, deberá representar económicamente la diferencia resultante entre U$S 2,30 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS CON TREINTA CENTAVOS) por MMBTU y el precio resultante de este CONCURSO, multiplicado por la cantidad de volumen adjudicado al segmento de demanda prioritaria.
El Plan de Inversiones a desarrollar para alcanzar los volúmenes de inyección comprometidos por la OFERENTE deberá expresar, como mínimo, los datos del siguiente cuadro:
Mes | Cantidad de equipos | Cantidad xx xxxxx intervenidos | Cantidad de empleados /as | Inversion es (MMU$S) | ||||
Perforaci ón | Workov er | Fractu ra | Perforaci ón | Workov er | Fractu ra | |||
ene-22 | ||||||||
feb-22 | ||||||||
mar-22 | ||||||||
abr-22 | ||||||||
may-22 | ||||||||
jun-22 | ||||||||
jul-22 | ||||||||
ago-22 | ||||||||
sep-22 | ||||||||
oct-22 | ||||||||
nov-22 | ||||||||
dic-22 | ||||||||
ene-23 | ||||||||
feb-23 | ||||||||
mar-23 | ||||||||
abr-23 | ||||||||
may-23 | ||||||||
jun-23 | ||||||||
jul-23 | ||||||||
ago-23 | ||||||||
sep-23 | ||||||||
oct-23 | ||||||||
nov-23 | ||||||||
dic-23 | ||||||||
ene-24 | ||||||||
feb-24 | ||||||||
mar-24 | ||||||||
abr-24 |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
may-24 | ||||||||
jun-24 | ||||||||
jul-24 | ||||||||
ago-24 | ||||||||
sep-24 | ||||||||
oct-24 | ||||||||
nov-24 | ||||||||
dic-24 | ||||||||
ene-25 | ||||||||
feb-25 | ||||||||
mar-25 | ||||||||
abr-25 | ||||||||
may-25 | ||||||||
jun-25 | ||||||||
jul-25 | ||||||||
ago-25 | ||||||||
sep-25 | ||||||||
oct-25 | ||||||||
nov-25 | ||||||||
dic-25 | ||||||||
ene-26 | ||||||||
feb-26 | ||||||||
mar-26 | ||||||||
abr-26 | ||||||||
may-26 | ||||||||
jun-26 | ||||||||
jul-26 | ||||||||
ago-26 | ||||||||
sep-26 | ||||||||
oct-26 | ||||||||
nov-26 | ||||||||
dic-26 | ||||||||
ene-27 | ||||||||
feb-27 | ||||||||
mar-27 | ||||||||
abr-27 | ||||||||
may-27 | ||||||||
jun-27 | ||||||||
jul-27 | ||||||||
ago-27 | ||||||||
sep-27 | ||||||||
oct-27 | ||||||||
nov-27 | ||||||||
dic-27 | ||||||||
ene-28 |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
feb-28 | ||||||||
mar-28 | ||||||||
abr-28 | ||||||||
may-28 | ||||||||
jun-28 | ||||||||
jul-28 | ||||||||
ago-28 | ||||||||
sep-28 | ||||||||
oct-28 | ||||||||
nov-28 | ||||||||
dic-28 |
La ADJUDICATARIA deberá informar a la Autoridad de Aplicación en carácter de declaración jurada, con periodicidad trimestral y con apertura mensual, el debido cumplimiento del Plan de Inversiones comprometido, junto con la entrega de documentación respaldatoria correspondiente.
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Anexo VIII – Propuesta Económica – RONDA 5.1
Empresa:
A través de la presente propuesta económica, se manifiesta la decisión de:
(Marque con una X donde corresponda)
Solicitar la extensión | |
No solicitar la extensión |
de los compromisos asumidos en el marco de los Concursos referidos en la Ronda 1, en los términos especificados en el Pliego. Al respecto, se presta expreso consentimiento a la readecuación de las adjudicaciones realizadas en el marco de las Rondas 1 y 3, en los términos del presente CONCURSO.
Precio | U$S/MMBTU, utilizar 3 decimales |
Ronda 1 |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
Anexo IX – Plan de Actividad Incremental – RONDA 5.2
Empresa:
1. Resumen General del Plan
Se solicita la entrega de un documento en formato Word con la descripción general del programa de desarrollo, brindando especificaciones técnicas y económicas de los trabajos a realizar, las inversiones a comprometer y todo aquello que sea relevante a los efectos de complementar la información de las inversiones y las curvas de producción del referido programa, y que forman parte de esta presentación.
2. Plan de Actividad Base
El plan de inversiones consistente con la Línea Base de Producción deberá expresar, como mínimo, los datos del siguiente cuadro:
Mes | Cantidad de equipos | Cantidad xx xxxxx intervenidos | Cantidad de empleados /as | Inversion es (MMU$S) | ||||
Perforaci ón | Workov er | Fractu ra | Perforaci ón | Workov er | Fractu ra | |||
ene-22 | ||||||||
feb-22 | ||||||||
mar-22 | ||||||||
abr-22 | ||||||||
may-22 | ||||||||
jun-22 | ||||||||
jul-22 | ||||||||
ago-22 | ||||||||
sep-22 | ||||||||
oct-22 | ||||||||
nov-22 | ||||||||
dic-22 | ||||||||
ene-23 | ||||||||
feb-23 | ||||||||
mar-23 | ||||||||
abr-23 | ||||||||
may-23 | ||||||||
jun-23 | ||||||||
jul-23 | ||||||||
ago-23 | ||||||||
sep-23 | ||||||||
oct-23 |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
nov-23 | ||||||||
dic-23 | ||||||||
ene-24 | ||||||||
feb-24 | ||||||||
mar-24 | ||||||||
abr-24 | ||||||||
may-24 | ||||||||
jun-24 | ||||||||
jul-24 | ||||||||
ago-24 | ||||||||
sep-24 | ||||||||
oct-24 | ||||||||
nov-24 | ||||||||
dic-24 | ||||||||
ene-25 | ||||||||
feb-25 | ||||||||
mar-25 | ||||||||
abr-25 | ||||||||
may-25 | ||||||||
jun-25 | ||||||||
jul-25 | ||||||||
ago-25 | ||||||||
sep-25 | ||||||||
oct-25 | ||||||||
nov-25 | ||||||||
dic-25 | ||||||||
ene-26 | ||||||||
feb-26 | ||||||||
mar-26 | ||||||||
abr-26 | ||||||||
may-26 | ||||||||
jun-26 | ||||||||
jul-26 | ||||||||
ago-26 | ||||||||
sep-26 | ||||||||
oct-26 | ||||||||
nov-26 | ||||||||
dic-26 | ||||||||
ene-27 | ||||||||
feb-27 | ||||||||
mar-27 | ||||||||
abr-27 | ||||||||
may-27 | ||||||||
jun-27 | ||||||||
jul-27 |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
ago-27 | ||||||||
sep-27 | ||||||||
oct-27 | ||||||||
nov-27 | ||||||||
dic-27 | ||||||||
ene-28 | ||||||||
feb-28 | ||||||||
mar-28 | ||||||||
abr-28 | ||||||||
may-28 | ||||||||
jun-28 | ||||||||
jul-28 | ||||||||
ago-28 | ||||||||
sep-28 | ||||||||
oct-28 | ||||||||
nov-28 | ||||||||
dic-28 |
3. Plan de Actividad Incremental
El plan de inversiones consistente con la estimación de la Curva de Producción Incremental deberá expresar, como mínimo, los datos del siguiente cuadro:
Mes | Cantidad de equipos | Cantidad xx xxxxx intervenidos | Cantidad de empleados /as | Inversion es (MMU$S) | ||||
Perforaci ón | Workov er | Fractu ra | Perforaci ón | Workov er | Fractu ra | |||
ene-22 | ||||||||
feb-22 | ||||||||
mar-22 | ||||||||
abr-22 | ||||||||
may-22 | ||||||||
jun-22 | ||||||||
jul-22 | ||||||||
ago-22 | ||||||||
sep-22 | ||||||||
oct-22 | ||||||||
nov-22 | ||||||||
dic-22 | ||||||||
ene-23 | ||||||||
feb-23 | ||||||||
mar-23 | ||||||||
abr-23 |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
may-23 | ||||||||
jun-23 | ||||||||
jul-23 | ||||||||
ago-23 | ||||||||
sep-23 | ||||||||
oct-23 | ||||||||
nov-23 | ||||||||
dic-23 | ||||||||
ene-24 | ||||||||
feb-24 | ||||||||
mar-24 | ||||||||
abr-24 | ||||||||
may-24 | ||||||||
jun-24 | ||||||||
jul-24 | ||||||||
ago-24 | ||||||||
sep-24 | ||||||||
oct-24 | ||||||||
nov-24 | ||||||||
dic-24 | ||||||||
ene-25 | ||||||||
feb-25 | ||||||||
mar-25 | ||||||||
abr-25 | ||||||||
may-25 | ||||||||
jun-25 | ||||||||
jul-25 | ||||||||
ago-25 | ||||||||
sep-25 | ||||||||
oct-25 | ||||||||
nov-25 | ||||||||
dic-25 | ||||||||
ene-26 | ||||||||
feb-26 | ||||||||
mar-26 | ||||||||
abr-26 | ||||||||
may-26 | ||||||||
jun-26 | ||||||||
jul-26 | ||||||||
ago-26 | ||||||||
sep-26 | ||||||||
oct-26 | ||||||||
nov-26 | ||||||||
dic-26 | ||||||||
ene-27 |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
feb-27 | ||||||||
mar-27 | ||||||||
abr-27 | ||||||||
may-27 | ||||||||
jun-27 | ||||||||
jul-27 | ||||||||
ago-27 | ||||||||
sep-27 | ||||||||
oct-27 | ||||||||
nov-27 | ||||||||
dic-27 | ||||||||
ene-28 | ||||||||
feb-28 | ||||||||
mar-28 | ||||||||
abr-28 | ||||||||
may-28 | ||||||||
jun-28 | ||||||||
jul-28 | ||||||||
ago-28 | ||||||||
sep-28 | ||||||||
oct-28 | ||||||||
nov-28 | ||||||||
dic-28 |
La ADJUDICATARIA deberá informar a la Autoridad de Aplicación en carácter de declaración jurada, con periodicidad trimestral y con apertura mensual, el debido cumplimiento del plan de inversiones comprometido, junto con la entrega de documentación respaldatoria correspondiente.
4. Proyecciones mensuales de producción y precio del gas incremental.
El plazo de la propuesta quedará definido por el período en el que se completan las curvas de producción incremental. Se solicita utilizar 3 decimales en los precios ofertados.
Cuenca | Provincia | Área | Periodo Mensual | Línea Base de Producción en m3/día | Curva de Producción Incremental en m3/día | Curva de Producción Incremental Máxima en m3/día | Precio Gas Incremental en U$S/MMBT U (utilizar 3 decimales) |
ene-23 | |||||||
feb-23 | |||||||
mar-23 | |||||||
abr-23 |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
may-23 | |||||||
jun-23 | |||||||
jul-23 | |||||||
ago-23 | |||||||
sep-23 | |||||||
oct-23 | |||||||
nov-23 | |||||||
dic-23 | |||||||
ene-24 | |||||||
feb-24 | |||||||
mar-24 | |||||||
abr-24 | |||||||
may-24 | |||||||
jun-24 | |||||||
jul-24 | |||||||
ago-24 | |||||||
sep-24 | |||||||
oct-24 | |||||||
nov-24 | |||||||
dic-24 | |||||||
ene-25 | |||||||
feb-25 | |||||||
mar-25 | |||||||
abr-25 | |||||||
may-25 | |||||||
jun-25 | |||||||
jul-25 | |||||||
ago-25 | |||||||
sep-25 | |||||||
oct-25 | |||||||
nov-25 | |||||||
dic-25 | |||||||
ene-26 | |||||||
feb-26 | |||||||
mar-26 | |||||||
abr-26 | |||||||
may-26 | |||||||
jun-26 | |||||||
jul-26 | |||||||
ago-26 | |||||||
sep-26 | |||||||
oct-26 |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
nov-26 | |||||||
dic-26 | |||||||
ene-27 | |||||||
feb-27 | |||||||
mar-27 | |||||||
abr-27 | |||||||
may-27 | |||||||
jun-27 | |||||||
jul-27 | |||||||
ago-27 | |||||||
sep-27 | |||||||
oct-27 | |||||||
nov-27 | |||||||
dic-27 | |||||||
ene-28 | |||||||
feb-28 | |||||||
mar-28 | |||||||
abr-28 | |||||||
may-28 | |||||||
jun-28 | |||||||
jul-28 | |||||||
ago-28 | |||||||
sep-28 | |||||||
oct-28 | |||||||
nov-28 | |||||||
dic-28 |
IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Las Malvinas son argentinas
Hoja Adicional de Firmas Anexo
Número: IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 11 de Noviembre de 2022
Referencia: ANEXO II. EX-2022-111186219- -APN-SE#MEC
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 56 pagina/s.
Digitally signed by Gestion Documental Electronica Date: 2022.11.11 12:56:36 -03:00
Xxxxxxxx Xxxxxx Subsecretario
Subsecretaría de Hidrocarburos Ministerio de Economía
Digitally signed by Gestion Documental Electronica
Date: 2022.11.11 12:56:37 -03:00