Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD Y TRAMITACIÓN URGENTE, DEL SUMNISTRO POR LOTES DE MATERIALES Y, EN SU CASO, MAQUINARIA DE LAS OBRAS PFEA 2016
INDICE
I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. Objeto, naturaleza y calificación del contrato.
2. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato.
3. Órgano de contratación.
4. Precio del contrato y distribución de lotes.
5. Perfil del Contratante
6. Aplicación presupuestaria.
7. Duración del Contrato.
8. Garantías exigibles.
II.- PROCEDIMIENTO DE LICITACION
9. Tramitación y forma de adjudicación.
10. Normas de Licitación.
11. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa.
12. Aspectos objeto de negociación. Criterios de adjudicación del contrato.
13. Confidencialidad.
III.- APERTURA DE LAS PROPOSICIONES DE LOS CANDIDATOS INVITADOS
14. Calificación de la documentación, defectos subsanables y apertura de proposiciones.
IV.- ADJUDICACION. FORMALIZACION DEL CONTRATO. PUBLICIDAD DE LA FORMALIZACION
15. Documentación previa a la adjudicación del contrato.
16. Adjudicación del contrato.
17. Formalización del contrato.
Ayuntamiento de El Xxxxxx
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X.- XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX
00. Ejecución del contrato.
19. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario.
20. Plazo de Garantía.
21. Modificación del Contrato.
22. Obligación de presentar factura e identificación de órganos.
23. Cumplimiento del Contrato.
24. Penalidades por Incumplimiento.
25. Resolución del Contrato.
26. Prerrogativas de la Administración.
27. Régimen Jurídico del Contrato.
I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto, naturaleza y calificación del contrato.
El objeto del contrato es el suministro de los materiales y, en su caso, de la maquinaria para la ejecución de las obras PFEA 2016, denominadas:
1.- “REFORMA INTERIOR DEL SERVICIO DE VESTUARIOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”.
2.- “REFORMA DEL JARDÍN BARRIADA EL XXXXX”.
3.- “REFORMA INTERIOR EN LOS SERVICIOS DEL CAMPO DE FÚTBOL”
4.- “REFORMA DEL ACERADO EN CALLE COLONOS DE MARUANAS”
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro, tal y como establece el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP).
La ejecución del objeto del contrato deberá adecuarse a lo establecido en este pliego y a las
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características y especificaciones técnicas que figuran en el pliego de prescripciones técnicas, que tiene carácter contractual.
La codificación es CPV 44100000-1 “Materiales de construcción y elementos afines”
Se incorporan a este expediente, formando parte del mismo, con carácter contractual el citado Pliego de prescripciones técnicas donde se detallan las características técnicas de los materiales y maquinaria.
CLÁUSULA SEGUNDA. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato.
Mediante la ejecución del contrato a que se refiere este pliego de cláusulas administrativas particulares se satisface la necesidad del material y, en su caso, de la maquinaria necesaria para la ejecución de los proyectos de referencia, cuyas memorias se dan por reproducidas en este apartado.
CLÁUSULA TERCERA.- Órgano de contratación.
De conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, (en adelante TRLCSP), el órgano de contratación es la Alcaldesa, sin perjuicio del régimen de delegaciones específicas o generales aprobadas o que se puedan aprobar durante la licitación y ejecución del contrato, al amparo del artículo 51.2 del TRLCSP.
Los acuerdos de delegación se publicarán en el perfil del contratante y en el BOP.
CLÁUSULA CUARTA. Precio del contrato y distribución en lotes.
4.1.- De conformidad con el artículo 87.2 del TRLCSP, el precio del presente contrato se determina en función de una cantidad por unidad de cada uno de los materiales o elementos a suministrar.
4.2.- El presupuesto base de licitación tiene un importe máximo de 57.201,34€ al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por importe de 12.012,27€, lo que supone un total de 69.213,61€, e incluye todos los lotes, con el desglose que se detalla a continuación:
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LOTES | PRECIO/€ | IVA/€ | TOTAL/€ |
Lote 1: Materiales de construcción | 31.132,02 € | 6.537,72 € | 37.669,74 € |
Lote 2: Seguridad y Salud | 275,10 € | 57,77 € | 332,87 € |
Lote 3: Electricidad | 5.983,15 € | 1.256,46 € | 7.239,61 € |
Lote 4: Fontanería y saneamiento | 13.205,02 € | 2.773,05 € | 15.978,07 € |
Lote 5: Carpinterías | 1.396,05 € | 293,17 € | 1.689,22 € |
Lote 6: Maquinaria | 5.210,00 € | 1.094,10 € | 6.304,10 € |
En ningún caso, se entenderá incluido en el precio el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) cuyo importe se indicará en partida independiente.
4.3.- El valor estimado del contrato coincide con el de licitación.
4.4.- Los precios máximos unitarios de licitación de los correspondientes lotes, sin incluir el IVA, son los señalados en la segunda columna del recuadro indicado en el punto 4.2.
4.5.- El gasto efectivo estará condicionado a las necesidades reales de esta administración, no queda, por tanto, obligada a llevar a cabo una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del gasto máximo indicativo.
4.6.- En las cantidades señaladas, así como en las fijadas en las proposiciones económicas que se presenten y en el importe de la adjudicación, se entenderán incluidos la totalidad de gastos que al adjudicatario le pueda producir el suministro, transporte, trabajos de instalación, licencias necesarias, IVA, gastos generales, beneficio industrial y cuantos tributos graven el mismo.
Los gastos de publicidad de esta convocatoria serán por cuenta del adjudicatario.
4.7.- Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 89.1 de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
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Público no procede la revisión de precios en el presente contrato. 4.8.- Los licitadores no podrán proponer variantes ni mejoras
CLÁUSULA QUINTA. Perfil del Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente:
xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx CLÁUSULA SEXTA. Aplicación presupuestaria
6.1.- El proyecto se financia con cargo a la subvención afecta a la financiación de materiales dentro del Programa de Fomento de Empleo Agrario del año 2016 y con cargo a la aportación municipal a este proyecto.
6.2.- Existe crédito suficiente y adecuado para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven del contrato, en la aplicación presupuestaria de gastos 4500.60900 “OBRAS AEPSA”.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Duración del Contrato
El plazo total de vigencia del contrato de suministro será de UN MES Y MEDIO con efectos desde la firma del contrato, manteniéndose durante ese plazo los precios ofertados.
El contrato será ejecutado durante el plazo total establecido en la presente cláusula, así como de los plazos parciales, que se le señalen por el director de obra para su ejecución sucesiva.
No obstante, se irá dejando constancia de cada entrega parcial que se efectúe mediante la firma de los correspondientes albaranes por parte del responsable del contrato y/o en cargado de obras del Ayuntamiento de El Xxxxxx.
No se admiten prórrogas.
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CLÁUSULA OCTAVA. Garantías exigibles
Garantía provisional: No se exige.
Garantía definitiva: El licitador que resulte adjudicatario deberá prestar una garantía del 5% de importe de la adjudicación, sin incluir el IVA.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
No obstante lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 96.2 del TRLCSP la garantía podrá constituirse mediante retención en el precio, que se efectuará contra facturas, en el importe de la misma y con el orden de su presentación.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del TRLCSP.
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II.- PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
CLÁUSULA NOVENA. Tramitación y forma de adjudicación.
La forma de adjudicación del contrato de suministro de los materiales y, en su caso, de la maquinaria para la ejecución de las obras PFEA 2016 denominadas 1.- “REFORMA INTERIOR DEL SERVICIO DE VESTUARIOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”, 2.- “XXXXXXX XXX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXX”, 0.- “REFORMA INTERIOR EN LOS SERVICIOS DEL CAMPO DE FÚTBOL”, 4.- “REFORMA DEL ACERADO EN CALLE COLONOS DE
MARUANAS”, será el procedimiento negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos de acuerdo con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
A tal efecto, el órgano de contratación deberá invitar al menos a tres empresas con capacidad y solvencia para ejecutar el objeto del contrato.
Las invitaciones indicarán la fecha límite para la recepción de las ofertas, la dirección a la que deban enviarse, así como el lugar, día y hora de apertura de proposiciones económicas
En el expediente quedará constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
La licitación seguirá la tramitación urgente prevista en el artículo 112 del TRLCSP.
CLÁUSULA DÉCIMA. Normas de Licitación.
10.1.- Podrán concurrir a esta licitación en la forma y plazo que se especifica más adelante las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no estén comprendidas en ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del TRLCSP como prohibiciones de contratar, cuya finalidad o actividad guarde relación con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales.
Atendiendo a que cada uno de los licitadores o candidatos, sólo optará por la ejecución del lote para el que haya sido invitado, estará exento de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional dado que el valor
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estimado de cada lote no excede de 35.000 euros.
10.2.- Podrá contratarse con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 deL TRLCSP y en los términos establecidos en el apartado anterior.
10.3.- Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por si o representados por persona autorizada mediante poder bastante. Cuando en representación de alguna Sociedad, Civil o Mercantil, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello.
10.4.- Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad deberán ser bastanteados por la Secretaría General del Ayuntamiento de El Xxxxxx.
10.5.- Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de El Xxxxxx, sito en Plaza de la Constitución, 1 de la localidad, en horario de 8.00H a 14.30H, y en el plazo que se indique en el escrito de invitación.
10.6.- Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el escrito de invitación.
En todo caso, transcurridos TRES DIAS siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del TRLCSP.
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10.7.- Cada licitador no podrá presentar más de una proposición referida a la ejecución del lote para el cual ha sido invitado. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
10.8.- La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados (A y B), firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda “Proposición para licitar a la contratación del suministro de los materiales necesarios y, en su caso, de la maquinaria para la ejecución de las obras PROFEA 2016”.
SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Contendrá de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), según modificación introducida por la Ley 14/2013, de
27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internacionalización, la siguiente documentación que deberá reunir los requisitos de autenticidad previstos en la Leyes:
1º) Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (ANEXO I).
En tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. En todo caso bastará con esta declaración responsable en los contratos de obras con valor estimado inferior a 1.000.000 euros y de suministros y servicios con valor estimado inferior a 90.000 euros. En todo caso, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
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SOBRE B: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Dicho sobre B contendrá la siguiente documentación:
1º) Proposición económica.
Proposición económica, firmada por el licitador o persona que le representen, en la que se expresará IMPORTE OFERTADO (ANEXO II).
En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda otra cosa.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Aspectos objeto de negociación. Criterios de adjudicación del contrato.
Para la negociación de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se utilizará un solo criterio de adjudicación que será necesariamente el precio unitario más bajo por lotes, de conformidad con el artículo 150 apartado 1 in fine y apartado 3
f) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
- Mejor precio unitario ofertado/ lotes hasta 25 puntos.
Este criterio se valorará asignando 25 puntos al mejor precio ofertado posible (IVA excluido), con el límite de la baja temeraria, atribuyéndose a las restantes ofertas la puntuación que proceda proporcionalmente, por el procedimiento de regla de tres simple inversa.
Valores anormales o desproporcionados: El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas podrá apreciarse de acuerdo con los siguientes parámetros objetivos que establece el 85 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado:
1.- Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2.- Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3.- Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades
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porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentas. No obstante, se excluirán para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4.- Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
5.- Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo ( art. 42.1 del Código de Comercio ) presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo
El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este pliego.
Los casos de empate se resolverán mediante sorteo público. CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Confidencialidad.
Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
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III.- APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Calificación de la documentación, defectos subsanables y apertura de proposiciones
14.1.- El órgano de contratación, asistido por la Secretaria de la Corporación, realizará la calificación, examen y valoración de las ofertas, no constituyéndose para ello Mesa de Contratación en virtud de lo establecido en el artículo 320.1 del TRLCSP.
14.2.- Intervendrá como asesor, D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, técnico municipal del Ayuntamiento de El Xxxxxx y redactor de los Proyectos de ejecución de las obras:
1.- “Reforma interior del servicio de vestuarios del Polideportivo Municipal”. 2.- “Reforma del jardín barriada El Xxxxx”.
3.- “Reforma interior en los servicios del campo de fútbol”. 4.- “Reforma del acerado en Calle Colonos de Maruanas”.
14.3.- La Secretaria de la Corporación expedirá certificado de las empresas o entidades que han presentado su proposición con expresa indicación de su nombre, día y hora de presentación. La Mesa de Contratación declarará excluidas aquellas que no hayan sido presentadas en tiempo, y entrará a examinar las restantes.
14.4.- La apertura del sobre A, tendrá lugar al día siguiente hábil de la finalización del plazo de presentación de proposiciones.
Se examinará con carácter previo el contenido del sobre “A” y calificará los documentos presentados por el licitador. Se Certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada en el sobre A, se podrá conceder si se estima oportuno un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante el órgano de contratación. De lo actuado se dejará constancia en el expediente. El requerimiento de subsanación se comunicará vía fax o correo electrónico a los interesados.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada se elaborará la lista de admitidos a la licitación respecto de los
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licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el artículo 146 del TRLCS, con pronunciamiento expreso sobre los licitadores admitidos y rechazados y las causas de su rechazo.
14.5.- Realizadas estas actuaciones, se procederá a la apertura de las proposiciones contenidas en el sobre B que podrá tener lugar tras la apertura del sobre A).
El órgano de contratación negociará, si lo estima pertinente, con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anuncio de licitación, en su caso, y en los posibles documentos complementarios con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa.
14.6.- No se aceptarán aquellas proposiciones que:
1. Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
2. Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida.
3. Presenten un canon superior al mínimo base de licitación.
4. Comporten error manifiesto en el importe de la proposición cuando no sean objeto de valoración las bajas en el precio del contrato.
5. Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como Xxxxx a este pliego.
6. Aquellas en las que exista reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
14.7.- Se valorarán las proposiciones y se formulará por el órgano de contratación la correspondiente propuesta.
IV.- ADJUDICACIÓN. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. PUBLICIDAD DE LA FORMALIZACIÓN
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Documentación previa a la adjudicación del contrato.
15.1.- El órgano de contratación en resolución motivada requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de CINCO
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DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiere recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
1º) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica:
Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI.
Los empresarios personas jurídicas, la escritura o documentos en que conste la constitución o modificación de la entidad, en su caso , inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable; si no lo fuere, la escritura o documentos de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constataren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso , en el correspondiente Registro Oficial
2º) Documentos acreditativos de la representación:
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder de representación bastanteado por el Secretaria de la Corporación.
Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente de su Documento Nacional de Identidad, o en su defecto, el documento que haga sus veces.
3º) Documento acreditativo de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP, conforme se establece en artículo 73 de dicho texto legal (ANEXO III).
4º) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o en su caso autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
a) Obligaciones Tributarias.
· Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
· Certificación positiva, expedida por la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de no ser deudor de la Hacienda Pública de esta Comunidad.
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· Certificación positiva, expedida por la Entidad Local contratante justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
b)Obligaciones con la Seguridad Social.
· Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
5º) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras: Para la empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante,
6º) Resguardo de la garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
7º) Impuesto sobre Actividades Económicas.
Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
8º) Aquellos empresarios que se encuentren inscritos en el registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía ( Decreto 39/2011 de 00 xx xxxxxxx XXXX Xx 52 DE 15/03/2011) no necesitan aportar los documentos a que se refieren los apartados 1º), 2º) y 3º) anteriores, aportando tan solo la certificación expedida por dichos registros acompañada por una declaración responsable formulada por el licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas no han
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experimentado variación, conforme a los modelos de los ANEXOS IV y V
15.2.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Adjudicación del contrato
16.1.- El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los TRES DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la documentación indicada en la cláusula anterior.
En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el Perfil del Contratante, sin perjuicio de la obligaciones que en materia de contratos establece la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
El órgano de Contratación puede apartarse de la propuesta y no adjudicar el contrato de acuerdo con la propuesta formulada, en cuyo caso debe motivar su decisión.
La adjudicación al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el Órgano de Contratación, presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, conforme se determina en la legislación vigente, atendiendo a la existencia de informes en los que se especifique la imposibilidad de cumplir la prestación objeto de contratación conforme a la oferta presentada.
16.2.- La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, con el contenido que señala el apartado cuarto del artículo 151 de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
En todo caso, en la notificación y en el Perfil del Contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.
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La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público , será de cinco días.
16.3.- La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente al Ayuntamiento.
16.4.- El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego, salvo que el Comité de expertos o informe técnico valore con cero puntos los criterios sometidos a su consideración.
16.5.- Casos de empate: Se resolverán mediante sorteo. CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Formalización del contrato
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo el documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. Al propio tiempo, el adjudicatario suscribirá los Pliegos.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los QUINCE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
V.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Ejecución del contrato
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización
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del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva, por la dirección de la obra. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del presente pliego y a las del de Prescripciones Técnicas particulares y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista.
El contratista será responsable de la calidad de los suministros y trabajos de colocación que entregue, así como de las consecuencias que se deduzcan para la administración o para terceros por las omisiones, errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato.
Se incluye en el presente contrato el suministro, transporte y descarga de los materiales de todos los lotes especificados en el lugar que se indique (obra o almacén) dentro del término Municipal de El Xxxxxx (Córdoba).
Los suministros se realizarán por pedido del Ayuntamiento de El Xxxxxx a través del Encargado de Obras del Ayuntamiento, designado al efecto.
La entrega se efectuará en el lugar indicado en el pedido. El responsable del contrato y/o encargado del contrato de suministro, firmará en caso de conformidad los albaranes de entrega y recibirá copia del mismo
En el caso de imposibilidad transitoria por parte del suministrador para atender el pedido en el plazo señalado, el Ayuntamiento de El Xxxxxx, podrá, sin derecho a reclamación alguna por parte del adjudicatario, adquirir libremente los productos necesarios.
Si esta imposibilidad se repitiera frecuentemente, o no pudiera mantenerse por el suministrador la deseada regularidad en el suministro, el Ayuntamiento de El Xxxxxx podrá resolver el contrato, y adjudicarlo sin nueva licitación a la siguiente proposición más ventajosa.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son
obligaciones específicas del contratista las siguientes:
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a) El contratista está obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas.
b) El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
c) El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para los supuestos de subcontratación.
d) La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
e) El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra.
f) El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos laborales, real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
g) Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
Salvo pacto en contrario, los gastos de entrega y transporte de los bienes objeto del suministro
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al lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
Los derechos del contratista serán:
a) El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Plazo de Garantía
Se establece un plazo de garantía de un año a contar desde la fecha de entrega de los bienes, si durante el mismo se acredita la existencia de vicios o defectos en el suministro, la Administración tendrá derecho a reclamar la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
Si la Administración estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados e imputables al empresario, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA. Modificación del Contrato
De conformidad con lo establecido en el artículo 219 del TRLCSP los contratos administrativos sólo podrán ser modificados por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en los artículos 105 a 108 y sin perjuicio de lo que en materia de procedimiento establece el artículo 211 del TRLCSP.
Así, la normativa de contratación nos permite modificar los contratos del sector público:
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1. Siempre que en los pliegos o en el anuncio de licitación se haya advertido expresamente de esta posibilidad y se haya detallado de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrán hacerse uso de la misma, así como el alcance y límites de las modificaciones que pueden acordarse con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo puedan afectar, y el procedimiento que haya de seguirse para ello.
2. Si no se ha previsto en los pliegos o en el anuncio de licitación, solo podrán efectuarse modificaciones cuando se justifique la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:
• Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto o de las especificaciones técnicas.
• Inadecuación del proyecto o de las especificaciones de la prestación por causas objetivas que determinen su falta de idoneidad, consistentes en circunstancias de tipo geológico, hídrico, arqueológico, medioambiental o similares, puestas de manifiesto con posterioridad a la adjudicación del contrato y que no fuesen previsibles con anterioridad aplicando toda la diligencia requerida de acuerdo con una buena práctica profesional en la elaboración del proyecto o en la redacción de las especificaciones técnicas.
• Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos.
• Conveniencia de incorporar a la prestación avances técnicos que la mejoren notoriamente, siempre que su disponibilidad en el mercado, de acuerdo con el estado de la técnica, se haya producido con posterioridad a la adjudicación del contrato.
• Necesidad de ajustar la prestación a especificaciones técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la adjudicación del contrato.
Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA. Obligación de presentar factura e identificación de órganos.
Según dispone el artículo 293 del TRLCSP, el contratista tendrá derecho al abono del precio de los bienes efectivamente entregados y formalmente recibidos por el Ayuntamiento.
Conforme a la Disposición Adicional Trigésimo Tercera del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista tendrá obligación de presentar la factura que haya
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expedido por los bienes entregados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma.
A las facturas se adjuntarán los albaranes de entrega, debidamente cumplimentados y con el recibí/conforme del responsable y/o encargado del contrato de suministro.
Así mismo en las facturas, los suministros realizados irán detallados por el grupo y lote donde están clasificados.
En las facturas se incluirán, además de los datos y requisitos establecidos en el artículo 72 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la identificación del órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el órgano de contratación y el órgano administrativo destinatario de la factura.
A tal efecto se indica lo siguiente:
El órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública es la Secretaría Intervención Municipal.
El órgano de contratación en el procedimiento que nos ocupa es la Alcaldesa-Presidenta.
El órgano administrativo destinatario de la factura es el Ayuntamiento de El Xxxxxx.
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA. Cumplimiento del Contrato
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia máxima total del contrato, aquel se haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la administración la totalidad de su objeto.
El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiese incurrido en xxxx al recibirlos.
Dentro del mes siguiente a la finalización del objeto del contrato se procederá, mediante acto formal, a la recepción de los bienes objeto del suministro.
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Si los bienes y trabajos de instalación se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones técnicas, la Alcaldesa, Concejal y/o persona encargada, los dará por recibidos, levantándose la correspondiente acta, comenzando entonces el cómputo del plazo de garantía.
Si los bienes no se hallasen en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA. Penalidades por Incumplimiento
24.1.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
24.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación.
24.3.- El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Administración por daños y perjuicios originados por la demora del contratista.
24.4.- Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP.
24.5.- El Ayuntamiento podrá imponer penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las obligaciones esenciales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme
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Firmado por Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 6/4/2017 VºBº de Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 6/4/2017
a los artículos 64 y 118.1 del TRLCSP. Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento, y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
24.6.- Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEXTA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SÉPTIMA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto
Ayuntamiento de El Xxxxxx
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Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
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Firmado por Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 6/4/2017 VºBº de Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 6/4/2017
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Xxxxxxx 000/0000, xx 0 xx xxxx, x xx Xxxx Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga la Ley 30/2007 y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
La Secretaria – Interventora. VºBº, Alcaldesa-Presidenta.
Ayuntamiento de El Xxxxxx
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ANEXO I DECLARACION RESPONSABLE
Presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos (artículo 146.1 del TRLCSP)
D. | |
Domicilio: | |
DNI: | |
Dirección correo electrónico: | |
Teléfono: | Fax: |
Marcar con una X
En Nombre propio
En representación de: | |
Domicilio: |
MANIFIESTO, que estoy enterado del expediente de contratación y de la convocatoria para la adjudicación por procedimiento negociado sin publicidad, tramitación ordinaria, del contrato de suministro de los materiales y, en su caso, de la maquinaria para la ejecución de las obras PFEA 2016 denominadas:
1.-“REFORMA INTERIOR DEL SERVICIO DE VESTUARIOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”.
2.- “REFORMA DEL JARDÍN BARRIDADA EL XXXXX”.
3.- “REFORMA INTERIOR EN LOS SERVICIOS DEL CAMPO DE FÚTBOL”.
4.- “REFORMA DEL ACERADO EN CALLE COLONOS DE MARUANAS”.
Que igualmente conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como el de Prescripciones Técnicas y DECLARO RESPONSABLEMENTE ante el órgano de contratación:
· Tener plena capacidad de obrar y hallarse al corriente del cumplimiento de las obligacioneS tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
· No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
Ayuntamiento de El Xxxxxx
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Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
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· Que tiene solvencia económica, financiera y técnica o profesional para la realización del objeto del contrato.
· El sometimiento la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. (Sólo en caso de empresas extranjeras).
El Xxxxxx, a de de 2017.
Fdo.: D.
Ayuntamiento de El Xxxxxx
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Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
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PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. | |
Domicilio: | |
DNI: | Expedido con fecha: |
Dirección correo electrónico: | |
Teléfono: | Fax: |
Marcar con una X
En Nombre propio
En representación de: | |
Domicilio: |
MANIFIESTO, que estoy enterado del expediente de contratación y de la convocatoria para la adjudicación por procedimiento negociado sin publicidad, tramitación ordinaria, del contrato de suministro de los materiales y, en su caso, de la maquinaria para la ejecución de las obras PFEA 2016 denominadas.
1.-“REFORMA INTERIOR DEL SERVICIO DE VESTUARIOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”.
2.- “REFORMA DEL JARDÍN BARRIDADA EL XXXXX”.
3.- “REFORMA INTERIOR EN LOS SERVICIOS DEL CAMPO DE FÚTBOL”.
4.- “REFORMA DEL ACERADO EN CALLE COLONOS DE MARUANAS”.
Hago constar que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como el de Prescripciones Técnicas que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe:
(Según Anexos detallados, dependiendo del lote para el cual haya sido invitado)
Ayuntamiento de El Xxxxxx
pie_firma_corto_dipu_01
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
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LOTE 1: MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN SERVIDOS EN OBRA
IMPORTE LOTE 1 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) | ||||
CANTIDAD | UD | RESUMEN | PRECIO UD | IMPORTE | LOTE | |
2,400 | m3 | XXXXX XXXX | XXXX 0 | XXXXXXXXXXXXX | ||
00,000 | x0 | XXXXX XXXXXX | ||||
0,475 | t | CEMENTO BLANCO BL II/A-L 42,5 R EN SACOS | ||||
2,891 | t | CEMENTO CEM II/A-L 32,5 N EN SACOS | ||||
475,000 | kg | PASTA ADHESIVA | ||||
3.325,000 | u | AZULEJO COLOR LISO 30x60 cm | ||||
765,000 | u | BALDOSA GRES COMPACTO ANTIDESLIZANTE 40x40 | ||||
26,000 | x | XXXXXX DE MATERIAL A OBRA | ||||
0,600 | m3 | ARENA FINA | LOTE 1 | SERVICIOS CAMPO DE FÚTBOL | ||
2,089 | m3 | ARENA GRUESA | ||||
30,000 | m2 | XXXXX XX XXXX XXXXXXXX XX 00 mm | ||||
12,000 | kg | PASTA PARA JUNTAS DE PLACAS DE YESO LAMINADO | ||||
0,092 | t | CEMENTO BLANCO BL II/A-L 42,5 R EN SACOS | ||||
0,505 | t | CEMENTO CEM II/A-L 32,5 N EN SACOS | ||||
92,000 | kg | PASTA ADHESIVA | ||||
75,000 | Kg | PASTA XXXXXX XXXX | ||||
25,000 | Kg | PINTURA PLÁSTICA | ||||
10,500 | Kg | SELLADORA | ||||
644,000 | u | AZULEJO COLOR LISO 30x60 cm | ||||
191,250 | u | BALDOSA GRES COMPACTO ANTIDESLIZANTE 40x40 cm | ||||
30,000 | m2 | ENTRAMADO METÁLICO PARA TECHO DE PL. YESO LAMINADO | ||||
5,000 | m2 | MALLA GALV. ELECTROSOLDADA EN PANELES RÍGIDOS | ||||
58,000 | x | XXXXXX DE MATERIAL A OBRA | ||||
7,892 | m3 | XXXXX XXXXXX | XXXX 0 | XXXXX XXXXXX XX XXXXXXX | ||
528,000 | kg | ÁRIDO SELECCIONADO MONOCAPA | ||||
181,440 | kg | ACERO B 400 S | ||||
501,228 | kg | ACERO B 500 S | ||||
3,161 | kg | ALAMBRE DE ATAR | ||||
5,320 | kg | ACERO GALVANIZADO EN CALIENTE | ||||
26,208 | l | DESENCOFRANTE | ||||
1,154 | mu | LADRILLO CERÁM. HUECO DOBLE 24x11,5x9 cm | ||||
1,898 | mu | LADRILLO CERÁM. PERF. TALADRO PEQUEÑO REVESTIR 24x11,5x5 cm | ||||
17,808 | u | RASILLÓN CERÁMICO 100x25x4 cm | ||||
0,971 | l | PLASTIFICANTE | ||||
0,807 | t | CEMENTO CEM II/A-L 32,5 N EN SACOS | ||||
396,000 | kg | LIGANTE MORTERO MONOCAPA | ||||
8,000 | u | TAPA DE FUNDICIÓN 60X60 cm | ||||
40,000 | m2 | MALLA GALV. ELECTROSOLDADA EN PANELES RÍGIDOS | ||||
30,000 | m2 | PORTES DE MATERIAL A OBRA | ||||
1,890 | m3 | XXXXX XXXX | XXXX 0 | CALLE COLONOS | ||
27,488 | m3 | ARENA GRUESA | ||||
1,520 | mu | LADRILLO CERÁM. PERF. TALADRO PEQUEÑO REVESTIR 24x11,5x5 cm | ||||
5,782 | t | CEMENTO CEM II/A-L 32,5 N EN SACOS 92,54 | ||||
8,000 | u | TAPA DE FUNDICIÓN 60X60 cm 28,18 | ||||
450,000 | m2 | BALDOSA TERRAZO RELIEVE UN COLOR 40x40 cm | ||||
300,000 | m | BORDILLO GRANITO ACHAFLANADO 17x28 cm | ||||
40,000 | m2 | MALLA GALV. ELECTROSOLDADA EN PANELES RÍGIDOS | ||||
37,000 | x | XXXXXX DE MATERIAL A OBRA | ||||
TOTAL( SIN IVA) |
*
La suma de los importes no podrá superar el total señalado en la licitación.
En El Xxxxxx, a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
Ayuntamiento de El Xxxxxx
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Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
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Firmado por Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 6/4/2017 VºBº de Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 6/4/2017
LOTE 2: SEGURIDAD Y SALUD
IMPORTE LOTE 2 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) | ||||
CANTIDAD | UD | RESUMEN | PRECIO | IMPORTE | LOTE | |
4,000 | u | CINTURÓN DE SEGURIDAD DE SUJECIÓN DOBLE ANILLAJE | LOTE 2 | POLIDEPORTIVO | ||
8,000 | u | FILTRO CONTRA PINTURA, HUMOS, SOLDADURA | ||||
4,000 | u | GAFAS ANTI-IMPACTO DE POLICABONATO | ||||
2,000 | u | PAR DE MANGUITOS PARA SOLDADURA | ||||
4,000 | u | MASCARILLA POLIPROP. PARTÍCULAS, VAPORES VÁLVULA | ||||
22,000 | u | CASCO DE SEGURIDAD ESTANDAR | LOTE 2 | SERVICIOS CAMPO DE FÚTBOL | ||
22,000 | u | CHALECO REFLECTANTE | ||||
44,000 | u | FILTRO CONTRA PINTURA, HUMOS, SOLDADURA | ||||
22,000 | u | GAFAS ANTI-IMPACTO DE POLICABONATO | ||||
2,000 | u | PAR DE MANGUITOS PARA SOLDADURA | ||||
22,000 | u | MASCARILLA POLIPROP. PARTÍCULAS, VAPORES VÁLVULA | ||||
10,000 | u | CASCO DE SEGURIDAD ESTANDAR | LOTE 2 | MADRE XXXXXX XX XXXXXXX | ||
4,000 | u | CHALECO REFLECTANTE | ||||
4,000 | u | CINTURÓN DE SEGURIDAD DE SUJECIÓN DOBLE ANILLAJE | ||||
8,000 | u | FILTRO CONTRA PINTURA, HUMOS, SOLDADURA | ||||
4,000 | u | GAFAS ANTI-IMPACTO DE POLICABONATO | ||||
2,000 | u | PAR DE MANGUITOS PARA SOLDADURA | ||||
4,000 | u | MASCARILLA POLIPROP. PARTÍCULAS, VAPORES VÁLVULA | ||||
45,000 | u | CASCO DE SEGURIDAD ESTANDAR | LOTE 2 | CALLE COLONOS | ||
4,000 | u | CHALECO REFLECTANTE | ||||
4,000 | u | CINTURÓN DE SEGURIDAD DE SUJECIÓN DOBLE ANILLAJE | ||||
8,000 | u | FILTRO CONTRA PINTURA, HUMOS, SOLDADURA | ||||
4,000 | u | GAFAS ANTI-IMPACTO DE POLICABONATO | ||||
2,000 | u | PAR DE MANGUITOS PARA SOLDADURA | ||||
4,000 | u | MASCARILLA POLIPROP. PARTÍCULAS, VAPORES VÁLVULA | ||||
TOTAL (SIN IVA) |
*
La suma de los importes no podrá superar el total señalado en la licitación.
En El Xxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
Ayuntamiento de El Xxxxxx
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Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
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Firmado por Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 6/4/2017 VºBº de Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 6/4/2017
LOTE 3: ELECTRICIDAD
IMPORTE LOTE 3 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) | ||||
CANTIDAD | UD | RESUMEN | PRECIO | IMPORTE | LOTE | |
12,000 | u | BASE ENCHUFE II+T 16 A C/PLACA T.T. LATERAL | LOTE 3 | POLIDEPORTIVO | ||
1.265,900 | m | CABLE COBRE 1x1,5 mm2 ES07Z1-K (AS) | ||||
301,200 | m | CABLE COBRE 1x2,5 mm2 ES07Z1-K (AS) | ||||
45,000 | u | CAJILLO UNIVERSAL ENLAZABLE | ||||
32,000 | u | DETECTOR DE PRESENCIA CON CONMUTACIÓN XX XXXXX | ||||
1,000 | u | DETECTOR DE PRESENCIA | ||||
365,620 | m | TUBO PVC FLEXIBLE CORRUGADO DIÁM. 13 mm HF | ||||
242,400 | m | TUBO PVC RIGIDO DIÁM. 13 mm HF | ||||
1,000 | u | MANO DE OBRA ESPECIALIZADA | ||||
862,000 | m | CABLE COBRE 1x1,5 mm2 ES07Z1-K (AS) | LOTE 3 | SERVICIOS CAMPO DE FÚTBOL | ||
17,000 | u | CAJILLO UNIVERSAL ENLAZABLE | ||||
16,000 | u | DETECTOR DE PRESENCIA CON CONMUTACIÓN XX XXXXX | ||||
1,000 | u | DETECTOR DE PRESENCIA | ||||
130,000 | m | TUBO PVC FLEXIBLE CORRUGADO DIÁM. 13 mm HF | ||||
243,000 | m | TUBO PVC RIGIDO DIÁM. 13 mm HF | ||||
1,000 | u | MANO DE OBRA ESPECIALIZADA | ||||
1,000 | u | MANO DE OBRA ESPECIALIZADA + PEQUEÑO MATERIAL | LOTE 3 | MADRE XXXXXX XX XXXXXXX | ||
1,000 | u | MANO DE OBRA ESPECIALIZADA + PEQUEÑO MATERIAL | LOTE 3 | CALLE COLONOS | ||
TOTAL (SIN IVA) |
*
La suma de los importes no podrá superar el total señalado en la licitación.
En El Xxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
Ayuntamiento de El Xxxxxx
pie_firma_corto_dipu_01
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
Código seguro de verificación (CSV):
7C26 45C0 AF99 C4EA 6525
7C2645C0AF99C4EA6525
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx (Validación de documentos)
Firmado por Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 6/4/2017 VºBº de Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 6/4/2017
LOTE 4: FONTANERÍA Y SANEAMIENTO
IMPORTE LOTE 4 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) |
CANTIDAD | UD | RESUMEN | PRECIO | IMPORTE | LOTE | |
7,000 | u | ASIENTO Y TAPA PVC | LOTE 4 | POLIDEPORTIVO | ||
22,000 | u | DESAGÜE DUCHA CON REJILLA | ||||
22,000 | u | SISTEMA DE GRIFERÍA Y DIFUSOR DE DUCHA CON MEZCLADOR Y PULSADOR. CROMADO. 1ª CA | L. | |||
12,000 | u | GRIFO CROMADO MEZCLADOR CON PULSADOR. 1ª CAL. | ||||
7,140 | u | INODORO CON TANQUE BAJO X. XXXXXX CAL. MEDIA | ||||
9,000 | u | JUEGO DE RAMALILLOS | ||||
7,000 | u | JUEGO TORNILLOS FIJACIÓN CROMADOS CAL. MEDIA | ||||
9,000 | u | JUEGO, SOPORTES, HIERRO FUNDIDO | ||||
12,000 | u | LAVABO MURAL PORC. X. XXXXXX DE 0,70 m CAL. MEDIA | ||||
25,000 | u | LLAVE PASO ESCUADRA DIÁM. 1/2" | ||||
7,000 | m | MANGUETÓN PVC DIÁM. 113 mm | ||||
16,362 | m | TUBO PVC DIÁM. 32x2,4 mm | ||||
33,330 | m | TUBO PVC DIÁM. 40x1,9 mm | ||||
9,000 | u | VÁLVULA DESAGUE LAVABO C/TAPON | ||||
69,000 | u | VÁLVULA DE ESFERA DIÁM. 1/2" (10/15 mm) | ||||
8,000 | u | VÁLVULA DE ESFERA DIÁM. 3/4" (15/20 mm) | ||||
4,000 | u | VÁLVULA DE ESFERA DIÁM. 1" (22/25 mm) | ||||
252,500 | m | TUBO POLIETILENO RETICULADO DIÁM. 16x1,8 mm | ||||
40,400 | m | TUBO POLIETILENO RETICULADO DIÁM. 20x1,9 mm | ||||
60,600 | m | TUBO POLIETILENO RETICULADO DIÁM. 25x2,3 mm | ||||
292,900 | m | TUBO CORRUGADO P/POLIETILENO DIÁM. 25 mm | ||||
60,600 | m | TUBO CORRUGADO P/POLIETILENO DIÁM. 40 mm | ||||
5,000 | u | SUMIDERO SIFÓNICO PVC DIÁM. 110 mm | ||||
1,000 | u | MANO DE OBRA ESPECIALIZADA | ||||
6,000 | u | ASIENTO Y TAPA PVC | LOTE 4 | SERVICIOS CAMPO DE FÚTBOL | ||
2,000 | u | GRIFO CROMADO MEZCLADOR CON PULSADOR. 1ª CAL. | ||||
6,000 | u | INODORO CON TANQUE BAJO X. XXXXXX CAL. MEDIA | ||||
2,000 | u | JUEGO DE RAMALILLOS | ||||
6,000 | u | JUEGO TORNILLOS FIJACIÓN CROMADOS CAL. MEDIA | ||||
2,000 | u | JUEGO, SOPORTES, HIERRO FUNDIDO | ||||
2,000 | u | LAVABO MURAL PORC. X. XXXXXX DE 0,70 m CAL. MEDIA | ||||
10,000 | u | LLAVE PASO ESCUADRA DIÁM. 1/2" | ||||
6,000 | m | MANGUETÓN PVC DIÁM. 113 mm | ||||
4,000 | m | TUBO PVC DIÁM. 32x2,4 mm | ||||
2,000 | u | VÁLVULA DESAGUE LAVABO C/TAPON | ||||
10,000 | u | VÁLVULA DE ESFERA DIÁM. 1/2" (10/15 mm) | ||||
4,000 | u | VÁLVULA DE ESFERA DIÁM. 3/4" (15/20 mm) | ||||
60,600 | m | TUBO POLIETILENO RETICULADO DIÁM. 16x1,8 mm | ||||
60,600 | m | TUBO POLIETILENO RETICULADO DIÁM. 20x1,9 mm | ||||
122,000 | m | TUBO CORRUGADO P/POLIETILENO DIÁM. 25 mm | ||||
1,000 | u | MANO DE OBRA ESPECIALIZADA | ||||
1,000 | u | MANO DE OBRA ESPECIALIZADA + PEQUEÑO MATERIAL | LOTE | OMSADRE XXXX | ||
N | ||||||
1,000 | u | MANO DE OBRA ESPECIALIZADA + PEQUEÑO MATERIAL | LOTE | CALLE COLO | ||
TOTAL (SIN IVA) |
4
4
*
La suma de los importes no podrá superar el total señalado en la licitación.
En El Xxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
Ayuntamiento de El Xxxxxx
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Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
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7C26 45C0 AF99 C4EA 6525
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Firmado por Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 6/4/2017 VºBº de Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 6/4/2017
LOTE 5: CARPINTERÍAS
IMPORTE LOTE 5 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) | ||||
CANTIDAD | UD | RESUMEN | PRECIO | IMPORTE | LOTE | |
31,000 | m | CERCO DM LACADO 100X40 mm | LOTE 5 | SERVICIOS CAMPO DE FÚTBOL | ||
6,000 | u | HOJA NORMALIZADA DM LACADO | ||||
32,000 | m | XXXXXX XXXX FLANDES100X30 mm | ||||
0,011 | m3 | MADERA DM | ||||
65,000 | m | TAPAJUNTAS DM LACADO 60X15 mm | ||||
6,000 | u | JUEGO DE POMOS O MANIVELAS XX XXXXX | ||||
20,000 | u | PERNOS XX XXXXX INOXIDABLE 11 cm | ||||
6,000 | u | PICAPORTE DE RESBALÓN | ||||
1,000 | u | MANO DE OBRA ESPECIALIZADA | ||||
TOTAL (SIN IVA) |
*
La suma de los importes no podrá superar el total señalado en la licitación.
En El Xxxxxx, a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
Ayuntamiento de El Xxxxxx
pie_firma_corto_dipu_01
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
Código seguro de verificación (CSV):
7C26 45C0 AF99 C4EA 6525
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Firmado por Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 6/4/2017 VºBº de Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 6/4/2017
LOTE 6: MAQUINARIA
IMPORTE LOTE 6 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) | ||||
CANTIDAD | UD | RESUMEN | PRECIO | IMPORTE | LOTE | |
LOTE 6 | MADRE XXXXXX | |||||
1,000 | U | SUMINISTRO Y RETIRADA DE ESCOMBROS A VERTEDERO CUBA DE 3 M3 | ||||
45,000 | h | PALA CARGADORA + EQUIPO DE RETRO + MARTILLO | LOTE 6 | CALLE COLONOS | ||
1,000 | U | SUMINISTRO Y RETIRADA DE ESCOMBROS A VERTEDERO CUBA DE 3 M3 | ||||
180,000 | m3 | SUMINISTRO Y RELLENO DE TIERRAS | ||||
TOTAL (SIN IVA) |
*
La suma de los importes no podrá superar el total señalado en la licitación.
En El Xxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
Ayuntamiento de El Xxxxxx
pie_firma_corto_dipu_01
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
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7C26 45C0 AF99 C4EA 6525
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Firmado por Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 6/4/2017 VºBº de Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 6/4/2017
DECLARACION RESPONSABLE SOBRE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR
D. | |
Domicilio: | |
DNI: | Expedido con fecha: |
Dirección correo electrónico: | |
Teléfono: | Fax: |
Marcar con una X
En Nombre propio
En representación de: | |
Domicilio: |
MANIFIESTO, que estoy enterado del expediente de contratación y de la convocatoria para la adjudicación por procedimiento negociado sin publicidad, tramitación urgente, del contrato de suministro denominado “suministro de los materiales y en su caso de la maquinaria para la ejecución de las obras PFEA 2016 denominadas:
1.-“REFORMA INTERIOR DEL SERVICIO DE VESTUARIOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”.
2.- “REFORMA DEL JARDÍN BARRIDADA EL XXXXX”.
3.- “REFORMA INTERIOR EN LOS SERVICIOS DEL CAMPO DE FÚTBOL”.
4.- “REFORMA DEL ACERADO EN CALLE COLONOS DE MARUANAS”.
Declara bajo su responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato:
1º.- No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
En El Xxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
Ayuntamiento de El Xxxxxx
pie_firma_corto_dipu_01
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
Código seguro de verificación (CSV):
7C26 45C0 AF99 C4EA 6525
7C2645C0AF99C4EA6525
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Firmado por Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 6/4/2017 VºBº de Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 6/4/2017
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL ESTADO.
D. con residencia en , provincia de , calle , según Documento Nacional de Identidad nº , en nombre, propio o de la empresa inscrita en el Registro Oficial de licitadores y empresas clasificadas del Estado, al objeto de participar en la contratación del suministro e instalación de materiales y maquinaria para las obras PFEA 2016 denominadas 1.- “REFORMA INTERIOR DEL SERVICIO DE VESTUARIOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”, 2.- “XXXXXXX XXX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXX”, 0.- “REFORMA INTERIOR EN LOS SERVICIOS DEL CAMPO DE FÚTBOL”, 4.- “REFORMA DEL ACERADO EN XXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXX”, xxxx su personal responsabilidad declara:
A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.
B) Que de los datos de esta empresa anotados en el citado Registro de Licitadores, han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose las demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.
Datos que han sufrido variación:
Documentación justificativa que se adjunta
En El Xxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
Ayuntamiento de El Xxxxxx
pie_firma_corto_dipu_01
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
Código seguro de verificación (CSV):
7C26 45C0 AF99 C4EA 6525
7C2645C0AF99C4EA6525
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Firmado por Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 6/4/2017 VºBº de Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 6/4/2017
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.
D. con residencia en , provincia de , calle , según Documento Nacional de Identidad nº , en nombre, propio o de la empresa en el Registro de licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al objeto de participar en la contratación del suministro e instalación de materiales y maquinaria para la obras de PFEA 2016 denominadas 1.- “REFORMA INTERIOR DEL SERVICIO DE VESTUARIOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”, 2.- “XXXXXXX XXX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXX”, 0.- “REFORMA INTERIOR EN LOS SERVICIOS DEL CAMPO DE FÚTBOL”, 4.- “REFORMA DEL ACERADO EN XXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXX”, xxxx su personal responsabilidad declara:
A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.
B) Que de los datos de esta empresa anotados en el citado Registro de Licitadores, han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose las demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.
Datos que han sufrido variación:
Documentación justificativa que se adjunta:
En El Xxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
Ayuntamiento de El Xxxxxx
pie_firma_corto_dipu_01
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
Código seguro de verificación (CSV):
7C26 45C0 AF99 C4EA 6525
7C2645C0AF99C4EA6525
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Firmado por Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 6/4/2017 VºBº de Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 6/4/2017
MODIFICACIÓN AL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD Y TRAMITACIÓN URGENTE, DEL SUMINISTRO POR LOTES DE MATERIALES Y, EN SU CASO, MAQUINARIA DE LAS OBRAS PFEA 2016
En relación con el expediente de referencia, apreciándose errores en la redacción del citado Pliego de Xxxxxxxxx administrativas particulares, mediante el presente, al objeto de subsanar los defectos apreciados en el mismo:
RESUELVO
PRIMERO.- Sustituir el párrafo segundo del punto 10.1 del citado Xxxxxx, en el cual se dice:
“Atendiendo a que cada uno de los licitadores o candidatos, sólo optará por la ejecución del lote para el que haya sido invitado, estará exento de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional dado que el valor estimado de cada lote no excede de 35.000 euros.”
Por lo siguiente:
“ Atendiendo a que las normas procedimentales y de publicidad que deben aplicarse en la adjudicación de cada lote se determinarán en función del valor acumulado del conjunto y dado que el valor estimado total del contrato excede de 35.000 euros, los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera, profesional o técnica, conforme se establece en los artículos 75 y 77 del Texto Refundido de la ley de contratos del Sector público (TRLCSP).”
SEGUNDO.- Añadir al punto 15.1 del mismo, lo establecido a continuación:
“9º) Documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, técnica o profesional, en base a lo previsto en el artículo 75 y 77 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP).”
En El Xxxxxx, fechado y firmado digitalmente.
La Alcaldesa-Presidenta. Ante mí, la Secretaria.
Ayuntamiento de El Xxxxxx
pie_firma_corto_dipu_01
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.X.: 00000 XX XXXXXX (Xxxxxxx) Telf. 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 www..xxxxxxxxxxxx.xx
Código seguro de verificación (CSV):
XXX0 0000 X0X0 X0X0 F795
FDE11214D7A3D1B4F795
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx (Validación de documentos)
Firmado por Alcaldesa-Presidenta XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX el 10/4/2017 Ante mí Secretaria-Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX el 10/4/2017