Tipo de contrato: CONTRATO DE SERVICIOS Procedimiento: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
Expediente n.º: ICT 31/16/09
carátula xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
Tipo de contrato: CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
I
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN
Objeto del contrato: La contratación de la creatividad para la campaña de comunicación de puesta en valor de la calidad como elemento de diferenciación en el comercio de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx.
Finalidad del contrato, naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato:Impulsar la mejora de la competitividad de las empresas comerciales a través de un enfoque estratégico orientado hacia el cliente (La calidad como elemento de diferenciación en el comercio).
División por lotes : No.
Código de la clasificación estadística CPA-2008 (Reglamento (CE) nº 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008): 73.11.13.
Documentos que revisten carácter contractual.
Los indicados en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx y, su caso, los siguientes: Carátula, Pliego de Cláusulas administrativas, Pliego de Bases Técnicas.
Presupuesto base de licitación (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
El presupuesto máximo de licitación o, en su caso, de gasto indicativo asciende a
60.000,00 euros +9.600,00 euros de IVA.
resultando un importe total de
69.600,00.euros.
PRECIO Y PAGOS.
Pago total: El pago se realizará por trabajos prestados, previa presentación de la factura correspondiente.
Abonos a cuenta. No.
Revisión de precios: No.
Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: No.
Plazo de ejecución o fecha de entrega (reducibles por las ofertas en el caso de que el plazo constituya criterio de valoración de las ofertas).
Plazo o fecha límite total4: El plazo será de dos semanas a partir de la notificación de la adjudicación y depósito de la garantía definitiva.
Plazos o entregas parciales:
Prórroga del contrato5: No.
Gastos de publicidad. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP: No procede.
Garantías6.
Garantía provisional: No.
Garantía definitiva: 5% del precio de adjudicación excluido el I.V.A. Según establece el artículo 83.1 xxx Xxx 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Garantía complementaria: No.
Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos7:No.
Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: No.
En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: No.
Las garantías se constituirán a favor de: GOBIERNO XXXXX NIF: S4833001C
Seguros: La empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios y los previstos, en su caso, en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
Subrogación en determinadas relaciones laboraleS: No.
Lugar de ejecución8, entrega o realización de las prestaciones objeto del contrato: En la sede de la empresa adjudicataria.
Condiciones lingüísticas de ejecución del contrato.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6.º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx del prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
Otras condiciones especiales de ejecución.
De tipo social.
La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución en materia de inserción sociolaboral, de igualdad de mujeres y hombres, de calidad de empleo y derechos laborales básicos, y de seguridad y salud laboral establecidas en las correspondientes cláusulas xxx xxxxxx.
De tipo medioambiental:
Otras:
La licitadora deberá suscribir y presentar el compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones especiales de ejecución recogido en el anexo correspondiente.
La subcontratación obligatoria, en el caso de estar establecida en el punto 15.2 de esta carátula
CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES: No se prevé.
Penalidades. Podrán imponerse penalidades por los cumplimientos defectuosos e incumplimientos contemplados en el artículo 196 de la LCSP y en las cláusulas xxx xxxxxx.
Subcontratación: Según se establece en la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, asumiendo La empresa adjudicataria los riesgos, obligaciones y la responsabilidad de la actividad empresarial, asimismo ejercerá las facultades de organización y dirección sobre el trabajo desarrollado.
Plazos de recepción y de garantía de las prestaciones.
Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego).
- Total: la recepción del contrato se producirá tan pronto sea ejecutado en su totalidad, a satisfación de la Dirección de Comercio, ajustándose la realización del mismo a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento.
Parciales (de aquellas partes susceptibles de ser utilizadas de forma separada o independiente):
Plazo de Garantía: No.
Observando la legislación vigente en materia de contratación administrativa, en concreto el artículo 205.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, la recepción del contrato se producirá tan pronto sea ejecutado en su totalidad, a satisfación de la Dirección de Comercio, ajustandose la realización del mismo a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento.En consecuencia y debido a la naturaleza y caracteristicas del contrato, así como a la forma y plazo de ejecución del mismo, no procede fijar plazo de garantía, en el contrato de referencia.
Causas de resolución del contrato.
A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, además de las calificadas en el pliego y normativa contractual, las siguientes:
El compromiso de adscripción de medios personales y materiales
La obligación de subcontratación, en el caso de que haya sido establecida.
Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación
Cláusulas adicionales relativas a la prestación objeto del contrato: No.
19. CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS
Programa de trabajo. La adjudicataria debe presentar el programa de trabajo previsto en el artículo 198 del rglcap: según bases técnicas.
AMPLIACIÓN DEL PLAZO. Los contratos de tracto único únicamente podrán prorrogarse en el supuesto contemplado en el artículo 197.2 de la lcSp (retraso no imputable a la contratista).
Valoración de los trabajos y certificaciones.
En lo contratos de tracto sucesivo, se establece una periodicidad distinta a la mensual prevista en el artículo 199 RGLCAP: No.
En otros contratos, se establecen valoraciones parciales y certificaciones abonables antes de la entrega parcial - artículo 200 RGLCAP- (sí/no, en caso afirmativo, indicarlas): No.
tratamiento de datos de caracter personal. Se establecen las medidas especiales a que se refiere la cláusula xxx xxxxxx relativa al tratamiento de estos datos (si/no, en caso afirmativo, indicarlas): Serán de aplicación las reglas contenidas en la Cláusula 29 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas relativas al tratamiento de estos datos.
II
CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS
Órgano de contratación y obtención de información y pliegos:
Entidad adjudicadora. Gobierno Xxxxx.
Órgano que adjudicará el contrato (señalar el órgano y el departamento o entidad a la que pertenece): Viceconsejero de Innovación y Energía, del Departamento de Industria e Innovación.
Dependencia que tramita el expediente (señalar la mesa de contratación o el servicio que tramita9, según corresponda): Dirección de Servicios Generales (Mesa de Contratación del Departamento de Industria e Innovación).
Domicilio: X/ Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx,0
Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz, 01010
Número de expediente: ICT 31/16/09
Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad: No.
Contacto personal:
Teléfono: 000 00 00 00
Telefax: 945 019931
Correo electrónico:
Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet:
xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx.
Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
Fecha límite de obtención de documentos e información10: 10 de septiembre de 2009.
Valor estimado del contrato a efectos de la ley de contratos del sector público (artículo 76 de la lcsp): 60.000,00 euros sin IVA.
Contrato sujeto a regulación armonizada: No.
Categoría del servicio: 13
Consignación presupuestaria: 09.0.1.06.31.0100.1.238.99.76121.001.H
El gasto está cofinanciado No.
Tramitación anticipada No.
Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
Tramitación:
Urgente
Procedimiento :
Negociado sin publicidad: se aplica el artículo 161.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Forma:
El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: No.
Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: Si.
SISTEMA DE LICITACIÓN y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. Se autoriza su utilización: No.
CONTRATO RESERVADO: No.
PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
Fecha y hora límite de presentación: 11 de septiembre de 2009 hasta las 10:00.
Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite11: Sobre/s A y B, con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
Sobre A: Capacidad y Solvencia
Sobre B: Oferta Económica y técnica.
Lugar de presentación:
Entidad (indicar la mesa de contratación): Mesa de Contratación del Departamento de Industria e Innovación.
Domicilio: C/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1
Localidad y código postal: Vitoria –Gasteiz, 01010.
En el caso de que esté autorizada la contratación electrónica .No es el caso.
Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
Tfno: 000 00 00 00
Fax: 000 000000
Correo electrónico:
Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta Dos meses desde la finalización del plazo de presentación de la documentación.
Admisión de variantes: No.
Apertura pública de las ofertas económicas: No.
SOBRE A- REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA (Véanse las cláusulas correspondientes xxx xxxxxx. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo correspondiente)
Clasificación exigida. No se exige.
Las empresas acreditarán, por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional: Si.
-Solvencia técnica-
Relación de los trabajos realizados, que tengan relación con el objeto del contrato, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, a esta relación se acompañará una declaración jurada del representante de la empresa confirmando la veracidad de dicha relación.
-Solvencia económica- se podrá acreditar por uno de los siguientes medios:
- Declaración de entidad financiera en la que se expresa que la empresa licitadora es solvente para realizar el objeto de presente contrato, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Declaración sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios.
En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto1435/1992 y demás derivados de la Directiva europea de máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
Habilitación empresarial o profesional exigida: Las exigidas por la normativa que regula la realización de la actividad o prestación contractual.
Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas12:
Efectos de la presentación del certificado de inscripción:
Los certificados de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado eximen de la presentación de los documentos que se señalan en el pliego, siempre que se acredite en la forma en él. Indicada.
Otros Registros oficiales (indicar lo que corresponda):
Admisión de certificados electrónicos: No.
Autorización de la incorporación de oficio de los certificados: No
Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi
Otros Registros oficiales (indicar lo que corresponda): No.
La incorporación de oficio, en el caso de estar autorizada por la Administración, requiere, además, la autorización de la empresa, salvo en el supuesto de contratación electrónica, en el que la utilización de sistema electrónico por la empresa conlleva dicha autorización para el Registro de Euskadi).
Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación13: No.
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS:
El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: No.
Existe una pluralidad de criterios de valoración de las oferta: Si.
Supuesto general: Xx.
Originalidad de la creatividad: 60%
Idoneidad de soportes propuestos :20%
Oferta económica: 20%
Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: No.
OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las cláusulas correspondientes del xxxxxx xxx xxxxxx):
Supuesto general: Xx.
Indicar los sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas:
SOBRE B “OFERTA ECONÓMICA Y, EN SU CASO, TÉCNICA14”: se deberá presentar en el sobre B, la oferta económica, según el anexo IV xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, además de toda la documentación que se consideré necesaria para valorar el resto de criterios de adjudicación establecidos en el punto 30.2.1 anterior.
Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: No.
Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración: No.
A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras15 (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes): No procede.
ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN XXXXXX XX XXXXX 00: No procede.
VALORES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP:
SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos17: No.
PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.
PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego: No.
ACREDITACIONES QUE DEBE PRESENTAR LA ADJUDICATARIA PROVISIONAL.
Se permite que sean expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos (si/no, en caso afirmativo especificar caso afirmativo especificar los supuestos y medios): SI se permiten los siguientes:
Emitidos por las Administraciones tributarias, en relación con el cumplimiento de estas obligaciones
Emitidos por la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Se permite la incorporación de oficio, previa autorización de la empresa: No.
RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 139 LCSP.
Cláusulas adicionales relativas AL PROCEDIMIENTO. No.
CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO PROPIAS DEL NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PREVIA:
indicar si intervendrá mesa de contratación: Si.
aspectos técnicos y económicos de las ofertas susceptibles de negociación con posterioridad a su presentación18: los contemplados en la Cláusula 17 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares,
III
OTRAS ESPECIFICACIONES
OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO. no.
CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
En dicho cuadro se señalará con un “SI” la casilla correspondiente a la incorporación de los aspectos referidos
Criterios |
Inserción laboral |
Igualdad de mujeres y hombres |
Prevención de Riesgos Laborales |
Ambientales |
Objeto del contrato |
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Criterios de solvencia técnica y profesional |
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Especificaciones técnicas |
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Criterios de valoración de las ofertas |
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Condiciones especiales de ejecución |
SI |
SI |
SI |
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*Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas xxx xxxxxx o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario.
1 Si se trata de un contrato de obra, debe indicarse: “el establecido en el punto 19”.
2 Si se trata de un contrato de obra, debe indicarse: “el establecido en el punto 19”.
3 Si se trata de un contrato de suministro debe indicarse: “en relación con la posible entrega de bienes como parte del precio, véase el punto 19”.
4 Si se trata de un contrato de servicios de carácter complementario de otro de distinta clase (art.279 LCSP), indicar este carácter y el contrato al que complementa.
5 Si se trata de un contrato de obra, o de un suministro o servicio de tracto único, debe remitirse al punto 19.
6 En caso afirmativo, los puntos 7.1, 7.2, y 7.3 indicarán el importe.
7 Este punto será contestado de conformidad con las instrucciones generales que se establezcan.
8 Si se trata de un contrato de suministro que incluya las operaciones necesarias para la distribución, montaje, colocación, instalación o puesta en funcionamiento de los bienes a suministrar, indicar, directamente o por remisión al pliego de prescripciones técnicas, el lugar de realización de las referidas actuaciones. La misma indicación debe realizarse si el objeto incluye el mantenimiento de los bienes durante el plazo máximo de ejecución.
9 En el negociado sin publicidad que no prevea la intervención xx xxxx de contratación
10 Únicamente es obligatoria en el procedimiento abierto –artículo 142 LCSP-.
11 En el procedimiento restringido y en el negociado con publicidad previa, debe indicarse el sobre A “Capacidad y solvencia”. En el abierto, deben indicarse todos los sobres que deban presentarse para la adjudicación. En el negociado sin publicidad puede utilizarse cualquier opción incluso retrasar la presentación del sobre A (artículos 130.1 y152 LCSP).
12 Los apartados de este punto 29.5 serán contestados de conformidad con las instrucciones generales que se establezcan.
13 Cabe su exigencia en los contratos de obra, servicios y suministros que incluyan trabajos de colocación o instalación (artículo 53 LCSP).
14 En el supuesto de que se trate de un negociado sin publicidad, podrán suprimirse los dos guiones anteriores, salvo que se contemplen distintas fases de valoración. En los demás supuestos se suprimirá éste.
15 Sólo en suministros
16 No es aplicable a los procedimientos negociados (artículo 134.2 LCSP).
17 Únicamente posible en los casos previstos en el artículo 132.2 de la LCSP.
18 En el negociado sin publicidad, salvo que se prevea otra cosa, se indicará “los contemplados en la cláusula 17.a) xxx xxxxxx”. En el caso de que quiera excluirse de la negociación algún aspecto de los contemplados en dicha cláusula, deberá indicarse la salvedad que corresponda.
Donostia - San Xxxxxxxxx, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ
tef. 945 01 XX XX – Fax 000 00 00 00 – e-mail xxx@xx-xx.xx