EXTRACTO DE DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE:
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación
EXTRACTO DE DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE:
Propuesta de Acuerdo sobre:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y LA FUNDACIÓN "LA CAIXA" PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA
(CONV/8/2022)
1. Borrador de la Propuesta de la Consejera de Educación de Acuerdo a Consejo de Gobierno para la autorización del Convenio.
2. Borrador del Convenio.
3. Borrador de Orden de aprobación del texto del Convenio y de elevación a Consejo de Gobierno para su autorización, si procede.
4. Informe del Jefe de Servicio de Atención a la Diversidad de fecha 31 xx xxxxx de 2022.
5. Propuesta del Director General de Formación Profesional e Innovación de aprobación del texto del Convenio y elevación a Consejo de Gobierno para su autorización.
6. Declaración conformidad al texto del Convenio.
7. Informe Jurídico I de la Secretaría General.
8. Informe Jurídico II de la Secretaría General.
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Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación
AL CONSEJO DE GOBIERNO
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
La Consejería de Educación en el ámbito de las competencias que legalmente tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de su Estatuto de Autonomía, y asignadas a esta Consejería en virtud del artículo 7 de Decreto del Presidente nº 3/2022, de 8 de febrero, de reorganización de la Administración Regional, está interesada en la realización del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y la Fundación “La Caixa” para el desarrollo del programa CaixaProinfancia.
En virtud del artículo 16.2 ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx en relación con el artículo 8.2 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la administración Regional xx Xxxxxx, se eleva la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
17/06/2022 16:28:57
Autorizar convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y la Fundación “La Caixa” para el desarrollo del programa CaixaProinfancia, que se adjunta como anexo a esta propuesta
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN
XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx (Documento firmado digitalmente)
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y LA FUNDACIÓN "LA CAIXA" PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA
XXXXXXXX, a XX de XXX de 2022
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Dña. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Consejera de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, nombrada por Decreto del Presidente n.º 7/2022, de 8 de febrero, actuando en representación de la misma para la firma del presente convenio en virtud del artículo 16.2 a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, especialmente facultado para este acto en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha
Y de otra, D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, subdirector general de la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona ”la Caixa”, (en adelante, Fundación ”la Caixa”), domiciliada en Palma (Xxxxx Balears), Plaza Xxxxxx,3 y con NIF núm. G- 58899998, actuando en nombre y representación de la Fundación Bancaria” la Caixa”.
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Las partes se reconocen con capacidad legal suficiente para otorgar el presente documento, y para los efectos,
MANIFIESTAN
XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX
I. Que la Constitución española recoge en su artículo 39, dentro de los principios rectores de la política social y económica, la obligación de todos los poderes públicos de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia y dentro de ésta la protección integral de los menores.
II. Que el Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley
Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. De acuerdo con el Decreto del Presidente nº 3/2022, de 8 de febrero, de reorganización de la Administración Regional, la Consejería de
Educación es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, entre otras, en materia de educación reglada no universitaria en todos sus niveles.
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III. Que la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx ejercerá, dentro de su ámbito territorial, la dependencia, la titularidad administrativa y, en su caso, la propiedad y demás derechos reales sobre los edificios e instalaciones de todos los centros públicos que impartan Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, tal y como establece la letra b) del Anexo del Real Decreto 938/1999, de 4 xx xxxxx, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx en materia de enseñanza no universitaria.
IV. Que el Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, considera imprescindible impulsar la colaboración público-privada en el ámbito de la lucha contra la pobreza y la exclusión social y promover el trabajo coordinado de todos los agentes que contribuyen en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma a desarrollar procesos de inclusión social para, de este modo, garantizar a las personas en situación de vulnerabilidad y, específicamente, a los menores, una atención de calidad, de carácter integral en su medio familiar y social.
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V. Que la Fundación “la Caixa” tiene entre sus finalidades la de apoyar las actuaciones que mejoren el bienestar de todos los sectores sociales, así como la de impulsar nuevas iniciativas que aporten un beneficio social. En cumplimiento de dichas finalidades sociales, la Fundación “la Caixa” impulsa y desarrolla el Programa CaixaProinfancia, que tiene como fin facilitar a la infancia afectada por una situación de pobreza y vulnerabilidad social su desarrollo integral e incrementar sus oportunidades, incidiendo en las dimensiones sociales, educativas, psicológicas y sanitarias de las familias que acceden al mismo.
XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX
VI. Que para la ejecución del Programa CaixaProinfancia, la Fundación “la Caixa” colabora con entidades sociales de referencia que ostentan la capacidad de liderar el proyecto, cuyo trabajo se integra en las actuaciones y proyectos existentes en el territorio, haciendo necesario el conocimiento mutuo y coordinación de la totalidad de actores en él presentes para garantizar una actuación coherente y de calidad.
En concreto, dichas entidades sociales trabajan en red de forma coordinada con la administración pública local, asumiendo la voluntad de CaixaProinfancia de complementar y sumarse a las acciones lideradas por la administración pública.
VII. Que la Consejería de Educación y la Fundación “la Caixa” tienen interés en establecer un Convenio con la finalidad de unir sinergias en el trabajo por una sociedad cohesionada y con el objetivo de garantizar la buena marcha de CaixaProinfancia y la maximización de su impacto social.
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Por todo lo expuesto, las partes, en la representación que cada una de ellas ostenta, acuerdan suscribir este Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS PRIMERA. - OBJETO
El objeto de este convenio es establecer las bases de la colaboración entre la Consejería de Educación y la Fundación “la Caixa” para la implementación del Programa CaixaProinfancia en aras a la atención a la infancia afectada por una situación de pobreza y vulnerabilidad social.
El programa se dirige a niños, niñas y adolescentes de entre 0 y 18 años, cuyas familias, en situación de pobreza económica relativa o extrema, son susceptibles de estar o están en proceso de atención o acompañamiento social y presentan carencias en sus necesidades sociales.
Los objetivos generales que orientan el Programa CaixaProinfancia son:
– Favorecer el desarrollo de las competencias xxx xxxx, xxxx y adolescente y su familia que permita mejorar sus procesos de inclusión social y autonomía.
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– Promover el desarrollo social y educativo de los menores en su contexto familiar, escolar y social.
– Desarrollar e implementar un modelo de acción social y educativa integral que contribuya a mejorar las oportunidades de desarrollo social y educativo de los niños y niñas y sus familias.
– Implementar el programa a través de entidades del tercer sector.
– Trabajar en red con los otros agentes competentes en la atención a la infancia en el territorio.
XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX
Todo esto de acuerdo con el modelo de promoción y desarrollo integral de la infancia en situación de pobreza y vulnerabilidad social del Programa CaixaProinfancia. La realización de tales objetivos requiere de un planteamiento global y sistémico que considere la diversidad de factores que provocan las situaciones de pobreza, para el que resulta esencial constituir esta fórmula de cooperación y coordinación entre la Consejería de Educación y la Fundación "la Caixa", a fin de crear un marco común de trabajo para la implementación del Programa CaixaProinfancia.
Con el presente convenio, se pretende, en definitiva, establecer un marco de colaboración destinado a potenciar y garantizar las iniciativas contenidas en el Programa CaixaProinfancia y a asegurar la máxima eficacia y eficiencia de sus resultados.
SEGUNDA. - COMPROMISOS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
La Consejería de Educación se compromete a:
- Apoyar el Programa CaixaProinfancia a nivel institucional, mediante su divulgación y traslado de información a los directores de los centros educativos, así como colaborar en su implementación en los centros educativos de titularidad de la Consejería de Educación pertenecientes a los municipios xx Xxxxxx, Lorca, Alcantarilla, Xxxxxx xx Xxxxxx y Alguazas.
- Colaborar en la implementación del programa CaixaProinfancia en los centros educativos titularidad de la Consejería de Educación en los mencionados municipios y en cualesquiera otros de la Región xx Xxxxxx donde se pueda desarrollar en el futuro mediante todas aquellas acciones que considere oportunas.
- Apoyar a las entidades no lucrativas responsables de la ejecución del proyecto en los mencionados centros educativos titularidad de la Consejería de Educación en estos municipios en lo que se refiere al establecimiento de contactos y redes y a la coordinación con el personal público referente, a nivel local, en el ámbito educativo.
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- Facilitar la cesión de espacios de los centros educativos para las actividades del programa en horario extraescolar, estableciendo y comunicando directrices que vayan en esta línea y que acompañen el cumplimento de las mismas por parte de las direcciones de los centros educativos. A tal efecto, la Dirección General con competencias en materia de atención a la diversidad dictará circulares informativas a los centros educativos para que se facilite el acceso a dichos centros en horario extraescolar para el desarrollo del programa.
- Colaborar en el seguimiento y evaluación de la implementación y resultados del programa.
TERCERA. - COMPROMISOS DE LA FUNDACIÓN LA CAIXA
XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX
La Fundación “la Caixa” se compromete a:
- Implementar el programa CaixaProinfancia en los centros educativos titularidad de la Consejería de Educación pertenecientes a los municipios xx Xxxxxx, Lorca, Alcantarilla, Xxxxxx xx Xxxxxx y Alguazas, y que podrá asimismo implementarse en cualesquiera otros de la Región xx Xxxxxx según interés de las partes, a través de entidades no lucrativas, ofreciendo servicios y ayudas de la cartera de servicios del Programa CaixaProinfancia.
- Establecer un marco común y unos procedimientos de trabajo concretos que guíen la implantación y desarrollo del programa en colaboración y diálogo con los agentes de carácter público o privado del territorio de actuación.
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- Asegurar que las personas que van a tratar con los niños, niñas y adolescentes, durante la implementación del programa, cuenten con el correspondiente certificado de no haber sido condenado por sentencia judicial firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales de los menores, tal y como queda establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 xx xxxxx, de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
- Mantener informada a la Consejería de Educación y facilitarle el acceso a la información que precisen sobre la evolución del Programa CaixaProinfancia.
CUARTA. - COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
Con el fin de dar cumplimiento a los contenidos del presente convenio, tras su firma, se constituirá una Comisión de Seguimiento formada por 4 miembros que ostenten la representación de todas las partes en régimen de paridad.
Esta comisión se responsabilizará de la coordinación, seguimiento y evaluación de las acciones realizadas en el marco de este convenio. A la comisión le corresponderán, entre otras funciones, la de realizar el seguimiento de las diferentes acciones que se vayan desarrollando con la finalidad tanto de mejorar el funcionamiento de las diferentes actividades como de realizar nuevas propuestas de acciones que vayan surgiendo y garantizar la efectiva coordinación entre el personal público y las entidades sociales.
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La Comisión de Seguimiento celebrará las pertinentes reuniones para el cumplimiento de las funciones que le son propias, tomando los acuerdos que se consideren oportunos, reuniéndose, como mínimo, una vez al año. Sin perjuicio de lo anterior, se reunirán, a requerimiento de cualquiera de las Partes, para tratar de aquellos asuntos que por su urgencia o especificidad no pudiesen ser demorados hasta la siguiente reunión periódica del mismo.
XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX
Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las respectivas instituciones.
QUINTA. - CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
5.1. Los datos personales incluidos en este Convenio (datos de los intervinientes) serán tratados por la otra Parte con la finalidad de gestionar la relación de
colaboración, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de dicha relación y se conservarán durante todo el tiempo en que ésta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Finalizados dichos plazos de prescripción, los datos serán eliminados o, alternativamente, anonimizados. Los intervinientes se dan por informados de lo siguiente:
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
a) Los respectivos Responsables del tratamiento de datos de carácter personal, son las partes firmantes y los datos de contacto del delegado de protección de datos (DPD) o del responsable de privacidad de cada una de ellas son los siguientes:
i. Datos del delegado de protección de datos de Fundación Bancaria “la Caixa”: E-mail: xxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx; Dirección postal: Xxxxxxx Xxxxxxxx 000 – 000, 00000 Xxxxxxxxx
ii. Datos del delegado de protección de datos o, en su caso, del responsable de privacidad de la Consejería de Educación: E-mail: xxxx.xxxxxxx@xxxx.xx Dirección postal: Xxxx. xx xx Xxxx 00, 00000, Xxxxxx.
b) Los datos personales de los intervinientes no serán cedidos a terceras entidades, ni serán objeto de decisiones automatizadas.
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c) En el caso de que las Partes precisaran contratar los servicios de proveedores ubicados en países que no disponen de normativa equivalente a la europea para el tratamiento de sus datos, dicha contratación se realizaría previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa de protección de datos, y aplicando las garantías y salvaguardas necesarias para preservar su privacidad. Para más información pueden contactar con los delegados de protección de datos o, en su caso el responsable de privacidad, a través de las direcciones indicadas.
XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX
d) Tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos, solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, solicitar la oposición o limitación del tratamiento de los mismos o solicitar su portabilidad, enviando un mensaje al delegado de protección de datos, o en su caso, al responsable de privacidad, según corresponda, en las direcciones indicadas.
e) Si consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, pueden presentar una reclamación al delegado de protección de datos o al responsable de privacidad, según corresponda, o ante la Agencia Española de Protección de Datos.
5.2. Queda expresamente convenido que todos los datos o información que la
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Consejería comunique a la Fundación Bancaria "la Caixa" en relación con el programa objeto de este Convenio serán datos disociados, es decir, aquellos que no permiten la identificación de persona física alguna y, por tanto, estarán excluidos de la aplicación de la normativa de protección de datos. En particular, mantendrá informada a la Fundación Bancaria “la Caixa” de la evolución del proyecto mediante datos de carácter cuantitativo, numérico y/o porcentual. En el supuesto de que, durante la vigencia del presente Convenio, Fundación Bancaria “la Caixa” tuviera acceso a algún dato de carácter personal de los que sea responsable la Consejería, se deberá aplicar las medidas de seguridad oportunas y procediendo ambas partes a adoptar cuantas medidas y/o acciones pudieran ser necesarias de conformidad con la normativa en materia de protección de datos.
La Consejería no tendrá acceso ni tratará datos de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria “la Caixa”, durante el desarrollo del presente Convenio. En el supuesto de que, durante la vigencia del presente Xxxxxxxx, tuviera acceso a algún dato de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria “la Caixa”, deberá comunicarlo inmediatamente a la misma, aplicando las medidas de seguridad oportunas y procediendo ambas partes a adoptar cuantas medidas y/o acciones pudieran ser necesarias de conformidad con la normativa en materia de protección de datos.
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5.3. La Consejería declara que cumplirá, bajo su única y total responsabilidad, con todas las obligaciones que le sean exigibles en aplicación de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal. Asimismo, se compromete a aplicar las medidas de seguridad necesarias, manteniendo indemne a la Fundación Bancaria “la Caixa” de cualesquiera indemnizaciones y/o sanciones reclamadas por cualquier tercero, incluidas las autoridades y organismos competentes.
SEXTA. - DIFUSIÓN
XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX
Las acciones de difusión que se quieran llevar a cabo en virtud de este Convenio por parte de cualquiera de las dos partes firmantes requerirán de la autorización de las instituciones que lo suscriben, debiendo figurar siempre, en el medio de difusión que se utilice, el anagrama de ellas.
SÉPTIMA. - VIGENCIA
El Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y tendrá validez durante CUATRO (4) años.
No obstante, la duración inicialmente pactada, el convenio podrá ser prorrogado por un periodo de hasta cuatro años adicionales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
49.h.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
OCTAVA. - CAUSAS DE RESOLUCIÓN ANTICIPADA
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Será causa de resolución anticipada del presente Convenio el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del mismo.
El presente convenio también podrá resolverse de forma anticipada por mutuo acuerdo de las partes.
NOVENA. - CARÁCTER DEL CONVENIO
Este convenio tiene carácter administrativo rigiéndose por sus cláusulas. El incumplimiento de las dichas cláusulas por cualquiera de las partes será causa de su resolución.
Este convenio no implica obligación económica alguna para la Consejería de Educación.
DÉCIMA. - LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de lo previsto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX
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Para la solución de cualquier cuestión litigiosa sobre la existencia, validez, interpretación y ejecución del presente convenio, las partes intentarán por todos los medios llegar a una solución amistosa. De no llegar a ningún acuerdo, corresponderá a los Jueces y Tribunales de lo contencioso-administrativo xx Xxxxxx el conocimiento de todas las cuestiones litigiosas que puedan surgir y que no sean resueltas por la Comisión de Seguimiento, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción contencioso-administrativa.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente.
Acuerdo, en duplicado ejemplar, en el lugar y la fecha arriba indicados.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
La Consejera de Educación Fundación Bancaria” la Caixa”
XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX
17/06/2022 16:28:57
Xx Xx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Consejera de Educación
D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Subdirector general
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y LA FUNDACIÓN "LA CAIXA" PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA
XXXXXXXX, a XX de XXX de 2022
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Dña. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Consejera de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, nombrada por Decreto del Presidente n.º 7/2022, de 8 de febrero, actuando en representación de la misma para la firma del presente convenio en virtud del artículo 16.2 a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, especialmente facultado para este acto en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha
Y de otra, D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, subdirector general de la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona ”la Caixa”, (en adelante, Fundación ”la Caixa”), domiciliada en Palma (Xxxxx Balears), Plaza Xxxxxx,3 y con NIF núm. G- 58899998, actuando en nombre y representación de la Fundación Bancaria” la Caixa”.
Las partes se reconocen con capacidad legal suficiente para otorgar el presente documento, y para los efectos,
MANIFIESTAN
I. Que la Constitución española recoge en su artículo 39, dentro de los principios rectores de la política social y económica, la obligación de todos los poderes públicos de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia y dentro de ésta la protección integral de los menores.
II. Que el Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley
Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. De acuerdo con el Decreto del Presidente nº 3/2022, de 8 de febrero, de reorganización de la Administración Regional, la Consejería de
Educación es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, entre otras, en materia de educación reglada no universitaria en todos sus niveles.
III. Que la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx ejercerá, dentro de su ámbito territorial, la dependencia, la titularidad administrativa y, en su caso, la propiedad y demás derechos reales sobre los edificios e instalaciones de todos los centros públicos que impartan Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, tal y como establece la letra b) del Anexo del Real Decreto 938/1999, de 4 xx xxxxx, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx en materia de enseñanza no universitaria.
IV. Que el Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, considera imprescindible impulsar la colaboración público-privada en el ámbito de la lucha contra la pobreza y la exclusión social y promover el trabajo coordinado de todos los agentes que contribuyen en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma a desarrollar procesos de inclusión social para, de este modo, garantizar a las personas en situación de vulnerabilidad y, específicamente, a los menores, una atención de calidad, de carácter integral en su medio familiar y social.
V. Que la Fundación “la Caixa” tiene entre sus finalidades la de apoyar las actuaciones que mejoren el bienestar de todos los sectores sociales, así como la de impulsar nuevas iniciativas que aporten un beneficio social. En cumplimiento de dichas finalidades sociales, la Fundación “la Caixa” impulsa y desarrolla el Programa CaixaProinfancia, que tiene como fin facilitar a la infancia afectada por una situación de pobreza y vulnerabilidad social su desarrollo integral e incrementar sus oportunidades, incidiendo en las dimensiones sociales, educativas, psicológicas y sanitarias de las familias que acceden al mismo.
VI. Que para la ejecución del Programa CaixaProinfancia, la Fundación “la Caixa” colabora con entidades sociales de referencia que ostentan la capacidad de liderar el proyecto, cuyo trabajo se integra en las actuaciones y proyectos existentes en el territorio, haciendo necesario el conocimiento mutuo y coordinación de la totalidad de actores en él presentes para garantizar una actuación coherente y de calidad.
En concreto, dichas entidades sociales trabajan en red de forma coordinada con la administración pública local, asumiendo la voluntad de CaixaProinfancia de complementar y sumarse a las acciones lideradas por la administración pública.
VII. Que la Consejería de Educación y la Fundación “la Caixa” tienen interés en establecer un Convenio con la finalidad de unir sinergias en el trabajo por una sociedad cohesionada y con el objetivo de garantizar la buena marcha de CaixaProinfancia y la maximización de su impacto social.
Por todo lo expuesto, las partes, en la representación que cada una de ellas ostenta, acuerdan suscribir este Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS PRIMERA. - OBJETO
El objeto de este convenio es establecer las bases de la colaboración entre la Consejería de Educación y la Fundación “la Caixa” para la implementación del Programa CaixaProinfancia en aras a la atención a la infancia afectada por una situación de pobreza y vulnerabilidad social.
El programa se dirige a niños, niñas y adolescentes de entre 0 y 18 años, cuyas familias, en situación de pobreza económica relativa o extrema, son susceptibles de estar o están en proceso de atención o acompañamiento social y presentan carencias en sus necesidades sociales.
Los objetivos generales que orientan el Programa CaixaProinfancia son:
– Favorecer el desarrollo de las competencias xxx xxxx, xxxx y adolescente y su familia que permita mejorar sus procesos de inclusión social y autonomía.
– Promover el desarrollo social y educativo de los menores en su contexto familiar, escolar y social.
– Desarrollar e implementar un modelo de acción social y educativa integral que contribuya a mejorar las oportunidades de desarrollo social y educativo de los niños y niñas y sus familias.
– Implementar el programa a través de entidades del tercer sector.
– Trabajar en red con los otros agentes competentes en la atención a la infancia en el territorio.
Todo esto de acuerdo con el modelo de promoción y desarrollo integral de la infancia en situación de pobreza y vulnerabilidad social del Programa CaixaProinfancia. La realización de tales objetivos requiere de un planteamiento global y sistémico que considere la diversidad de factores que provocan las situaciones de pobreza, para el que resulta esencial constituir esta fórmula de cooperación y coordinación entre la Consejería de Educación y la Fundación "la Caixa", a fin de crear un marco común de trabajo para la implementación del Programa CaixaProinfancia.
Con el presente convenio, se pretende, en definitiva, establecer un marco de colaboración destinado a potenciar y garantizar las iniciativas contenidas en el Programa CaixaProinfancia y a asegurar la máxima eficacia y eficiencia de sus resultados.
SEGUNDA. - COMPROMISOS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
La Consejería de Educación se compromete a:
- Apoyar el Programa CaixaProinfancia a nivel institucional, mediante su divulgación y traslado de información a los directores de los centros educativos, así como colaborar en su implementación en los centros educativos de titularidad de la Consejería de Educación pertenecientes a los municipios xx Xxxxxx, Lorca, Alcantarilla, Xxxxxx xx Xxxxxx y Alguazas.
- Colaborar en la implementación del programa CaixaProinfancia en los centros educativos titularidad de la Consejería de Educación en los mencionados municipios y en cualesquiera otros de la Región xx Xxxxxx donde se pueda desarrollar en el futuro mediante todas aquellas acciones que considere oportunas.
- Apoyar a las entidades no lucrativas responsables de la ejecución del proyecto en los mencionados centros educativos titularidad de la Consejería de Educación en estos municipios en lo que se refiere al establecimiento de contactos y redes y a la coordinación con el personal público referente, a nivel local, en el ámbito educativo.
- Facilitar la cesión de espacios de los centros educativos para las actividades del programa en horario extraescolar, estableciendo y comunicando directrices que vayan en esta línea y que acompañen el cumplimento de las mismas por parte de las direcciones de los centros educativos. A tal efecto, la Dirección General con competencias en materia de atención a la diversidad dictará circulares informativas a los centros educativos para que se facilite el acceso a dichos centros en horario extraescolar para el desarrollo del programa.
- Colaborar en el seguimiento y evaluación de la implementación y resultados del programa.
TERCERA. - COMPROMISOS DE LA FUNDACIÓN LA CAIXA
La Fundación “la Caixa” se compromete a:
- Implementar el programa CaixaProinfancia en los centros educativos titularidad de la Consejería de Educación pertenecientes a los municipios xx Xxxxxx, Lorca, Alcantarilla, Xxxxxx xx Xxxxxx y Alguazas, y que podrá asimismo implementarse en cualesquiera otros de la Región xx Xxxxxx según interés de las partes, a través de entidades no lucrativas, ofreciendo servicios y ayudas de la cartera de servicios del Programa CaixaProinfancia.
- Establecer un marco común y unos procedimientos de trabajo concretos que guíen la implantación y desarrollo del programa en colaboración y diálogo con los agentes de carácter público o privado del territorio de actuación.
- Asegurar que las personas que van a tratar con los niños, niñas y adolescentes, durante la implementación del programa, cuenten con el correspondiente certificado de no haber sido condenado por sentencia judicial firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales de los menores, tal y como queda establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 xx xxxxx, de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
- Mantener informada a la Consejería de Educación y facilitarle el acceso a la información que precisen sobre la evolución del Programa CaixaProinfancia.
CUARTA. - COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
Con el fin de dar cumplimiento a los contenidos del presente convenio, tras su firma, se constituirá una Comisión de Seguimiento formada por 4 miembros que ostenten la representación de todas las partes en régimen de paridad.
Esta comisión se responsabilizará de la coordinación, seguimiento y evaluación de las acciones realizadas en el marco de este convenio. A la comisión le corresponderán, entre otras funciones, la de realizar el seguimiento de las diferentes acciones que se vayan desarrollando con la finalidad tanto de mejorar el funcionamiento de las diferentes actividades como de realizar nuevas propuestas de acciones que vayan surgiendo y garantizar la efectiva coordinación entre el personal público y las entidades sociales.
La Comisión de Seguimiento celebrará las pertinentes reuniones para el cumplimiento de las funciones que le son propias, tomando los acuerdos que se consideren oportunos, reuniéndose, como mínimo, una vez al año. Sin perjuicio de lo anterior, se reunirán, a requerimiento de cualquiera de las Partes, para tratar de aquellos asuntos que por su urgencia o especificidad no pudiesen ser demorados hasta la siguiente reunión periódica del mismo.
Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las respectivas instituciones.
QUINTA. - CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
5.1. Los datos personales incluidos en este Convenio (datos de los intervinientes) serán tratados por la otra Parte con la finalidad de gestionar la relación de
colaboración, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de dicha relación y se conservarán durante todo el tiempo en que ésta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Finalizados dichos plazos de prescripción, los datos serán eliminados o, alternativamente, anonimizados. Los intervinientes se dan por informados de lo siguiente:
a) Los respectivos Responsables del tratamiento de datos de carácter personal, son las partes firmantes y los datos de contacto del delegado de protección de datos (DPD) o del responsable de privacidad de cada una de ellas son los siguientes:
i. Datos del delegado de protección de datos de Fundación Bancaria “la Caixa”: E-mail: xxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx; Dirección postal: Xxxxxxx Xxxxxxxx 000 – 000, 00000 Xxxxxxxxx
ii. Datos del delegado de protección de datos o, en su caso, del responsable de privacidad de la Consejería de Educación: E-mail: xxxx.xxxxxxx@xxxx.xx Dirección postal: Xxxx. xx xx Xxxx 00, 00000, Xxxxxx.
b) Los datos personales de los intervinientes no serán cedidos a terceras entidades, ni serán objeto de decisiones automatizadas.
c) En el caso de que las Partes precisaran contratar los servicios de proveedores ubicados en países que no disponen de normativa equivalente a la europea para el tratamiento de sus datos, dicha contratación se realizaría previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa de protección de datos, y aplicando las garantías y salvaguardas necesarias para preservar su privacidad. Para más información pueden contactar con los delegados de protección de datos o, en su caso el responsable de privacidad, a través de las direcciones indicadas.
d) Tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos, solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, solicitar la oposición o limitación del tratamiento de los mismos o solicitar su portabilidad, enviando un mensaje al delegado de protección de datos, o en su caso, al responsable de privacidad, según corresponda, en las direcciones indicadas.
e) Si consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, pueden presentar una reclamación al delegado de protección de datos o al responsable de privacidad, según corresponda, o ante la Agencia Española de Protección de Datos.
5.2. Queda expresamente convenido que todos los datos o información que la
Consejería comunique a la Fundación Bancaria "la Caixa" en relación con el programa objeto de este Convenio serán datos disociados, es decir, aquellos que no permiten la identificación de persona física alguna y, por tanto, estarán excluidos de la aplicación de la normativa de protección de datos. En particular, mantendrá informada a la Fundación Bancaria “la Caixa” de la evolución del proyecto mediante datos de carácter cuantitativo, numérico y/o porcentual. En el supuesto de que, durante la vigencia del presente Convenio, Fundación Bancaria “la Caixa” tuviera acceso a algún dato de carácter personal de los que sea responsable la Consejería, se deberá aplicar las medidas de seguridad oportunas y procediendo ambas partes a adoptar cuantas medidas y/o acciones pudieran ser necesarias de conformidad con la normativa en materia de protección de datos.
La Consejería no tendrá acceso ni tratará datos de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria “la Caixa”, durante el desarrollo del presente Convenio. En el supuesto de que, durante la vigencia del presente Xxxxxxxx, tuviera acceso a algún dato de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria “la Caixa”, deberá comunicarlo inmediatamente a la misma, aplicando las medidas de seguridad oportunas y procediendo ambas partes a adoptar cuantas medidas y/o acciones pudieran ser necesarias de conformidad con la normativa en materia de protección de datos.
5.3. La Consejería declara que cumplirá, bajo su única y total responsabilidad, con todas las obligaciones que le sean exigibles en aplicación de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal. Asimismo, se compromete a aplicar las medidas de seguridad necesarias, manteniendo indemne a la Fundación Bancaria “la Caixa” de cualesquiera indemnizaciones y/o sanciones reclamadas por cualquier tercero, incluidas las autoridades y organismos competentes.
SEXTA. - DIFUSIÓN
Las acciones de difusión que se quieran llevar a cabo en virtud de este Convenio por parte de cualquiera de las dos partes firmantes requerirán de la autorización de las instituciones que lo suscriben, debiendo figurar siempre, en el medio de difusión que se utilice, el anagrama de ellas.
SÉPTIMA. - VIGENCIA
El Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y tendrá validez durante CUATRO (4) años.
No obstante, la duración inicialmente pactada, el convenio podrá ser prorrogado por un periodo de hasta cuatro años adicionales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
49.h.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
OCTAVA. - CAUSAS DE RESOLUCIÓN ANTICIPADA
Será causa de resolución anticipada del presente Convenio el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del mismo.
El presente convenio también podrá resolverse de forma anticipada por mutuo acuerdo de las partes.
NOVENA. - CARÁCTER DEL CONVENIO
Este convenio tiene carácter administrativo rigiéndose por sus cláusulas. El incumplimiento de las dichas cláusulas por cualquiera de las partes será causa de su resolución.
Este convenio no implica obligación económica alguna para la Consejería de Educación.
DÉCIMA. - LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de lo previsto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
Para la solución de cualquier cuestión litigiosa sobre la existencia, validez, interpretación y ejecución del presente convenio, las partes intentarán por todos los medios llegar a una solución amistosa. De no llegar a ningún acuerdo, corresponderá a los Jueces y Tribunales de lo contencioso-administrativo xx Xxxxxx el conocimiento de todas las cuestiones litigiosas que puedan surgir y que no sean resueltas por la Comisión de Seguimiento, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción contencioso-administrativa.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente.
Acuerdo, en duplicado ejemplar, en el lugar y la fecha arriba indicados.
La Consejera de Educación Fundación Bancaria” la Caixa”
Xx Xx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Consejera de Educación
D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Subdirector general
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación
ORDEN
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
Visto el convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y la Fundación “La Caixa”, para colaborar en el desarrollo del programa CaixaProinfancia, que supondrá un beneficio para el alumnado considerado en riesgo de exclusión social, y considerando que la actividad objeto del citado convenio se encuadra en el ámbito de las competencias que legalmente tiene atribuidas esta Comunidad Autónoma y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 16.2.ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en relación con el artículo 8.1 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx,
DISPONGO
16/06/2022 09:31:22
Primero. - Aprobar el texto del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y la Fundación “La Caixa” para el desarrollo del programa CaixaProinfancia que se adjunta como anexo.
Segundo. - Elevar propuesta al Consejo de Gobierno para la autorización, si procede, del convenio mencionado en el punto primero.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx.
XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX
(Documento firmado electrónicamente en Murcia)
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación
Dirección General de Formación Profesional e Innovación
INFORME-MEMORIA
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
RELATIVO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y LA FUNDACIÓN “LA CAIXA” PARA EL DESARROLLO DEL PROFRAMA CAIXAPROINFANCIA.
OPORTUNIDAD Y MOTIVACIÓN TÉCNICA
Atendiendo a lo recogido en el artículo 50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público, se analiza a continuación la necesidad y oportunidad de la firma de este convenio, su impacto económico y el carácter no contractual del mismo.
XXXXXXX XXX, XXXXXX XXXXXXXXX
08/06/2022 14:12:00
La Fundación “la Caixa” tiene entre sus finalidades la de apoyar las actuaciones que mejoren el bienestar de todos los sectores sociales, así como la de impulsar nuevas iniciativas que aporten un beneficio social. En cumplimiento de dichas finalidades sociales, la Fundación “la Caixa” impulsa y desarrolla el Programa CaixaProinfancia que tiene como finalidad principal facilitar a la infancia afectada por una situación de pobreza y vulnerabilidad social su desarrollo integral e incrementar sus oportunidades, incidiendo en las dimensiones sociales, educativas, psicológicas y sanitarias de las familias que acceden al mismo. Para la ejecución del Programa CaixaProinfancia, la Fundación “la Caixa” colabora con entidades sociales de referencia que ostentan la capacidad de liderar el proyecto, cuyo trabajo se integra en las actuaciones y proyectos existentes en el territorio, haciendo necesario el conocimiento mutuo y coordinación de la totalidad de actores en él presentes para garantizar una actuación coherente y de calidad. En concreto, dichas entidades sociales, deben trabajar en red de forma coordinada con la administración pública local, asumiendo la voluntad de CaixaProinfancia de complementar y sumarse a las acciones lideradas por la administración pública.
Se considera necesaria y oportuna la colaboración de la Fundación “La Caixa” con la Consejería de Educación mediante la firma de este convenio, cuyo objeto es el desarrollo del Programa CaixaProinfancia en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, concretamente en 5 municipios (Alcantarilla,
Región xx Xxxxxx
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sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Murcia, Xxxxx, Xxxxxx y Alguazas), dejando la posibilidad abierta mediante el presente convenio de que se pueda extender a otros municipios del territorio murciano por interés de las partes. Dicho objeto no tiene la consideración, por su propia naturaleza, de ninguno de los contratos sujetos a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, al prever una colaboración, sin gasto por parte de la Consejería de Educación, entre la citada Consejería y la Fundación “La Caixa”, cuyo objetivo es la colaboración en el desarrollo del Programa CaixaProinfacia, pudiendo acceder el alumnado que se encuentra en situación de vulnerabilidad o exclusión social al desarrollo de dicho programa dentro de los centros educativos de los municipios mencionados en horario extraescolar. La Consejería de Educación y la Fundación “la Caixa” tienen interés en establecer un Convenio con la finalidad de unir sinergias en el trabajo por una sociedad cohesionada y con el objetivo de garantizar la buena marcha del Programa CaixaProinfancia y la maximización de su impacto social.
08/06/2022 14:12:00
El programa se dirige a niños, niñas y adolescentes de entre 0 y 18 años, cuyas familias, en situación de pobreza económica relativa o extrema, son susceptibles de estar o están en proceso de atención o acompañamiento social y presentan carencias en sus necesidades sociales.
Los objetivos generales que orientan el Programa CaixaProinfancia son:
• Favorecer el desarrollo de las competencias xxx xxxx, xxxx y adolescente y su familia que permita mejorar sus procesos de inclusión social y autonomía.
• Promover el desarrollo social y educativo de los menores en su contexto familiar, escolar y social.
XXXXXXX XXX, XXXXXX XXXXXXXXX
• Xxxxxxxxxxx e implementar un modelo de acción social y educativa integral que contribuya a mejorar las oportunidades de desarrollo social y educativo de los niños y niñas y sus familias.
• Implementar el programa a través de entidades del tercer sector.
• Trabajar en red con los otros agentes competentes en la atención a la infancia en el territorio.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación
Dirección General de Formación Profesional e Innovación
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Todo esto de acuerdo con el modelo de promoción y desarrollo integral de la infancia en situación de pobreza y vulnerabilidad social del Programa CaixaProinfancia. La realización de tales objetivos requiere de un planteamiento global y sistémico que considere la diversidad de factores que provocan las situaciones de pobreza, para el que resulta esencial constituir esta fórmula de cooperación y coordinación entre la Consejería de Educación y la Fundación "la Caixa", a fin de crear un marco común de trabajo para la implementación del Programa CaixaProinfancia.
Por todo lo expuesto, el presente convenio tiene naturaleza administrativa y el conocimiento de las cuestiones litigiosas que puedan surgir en torno a la interpretación, modificación, extinción y efectos del mismo, cuando no sean resueltas por la Comisión de Seguimiento, formada por un total de 4 miembros designados por los representantes legales de cada institución en representación de las mismas en régimen de paridad, corresponderá a la jurisdicción contencioso-administrativa por su carácter no contractual.
08/06/2022 14:12:00
La celebración de este convenio tiene un gran interés educativo y aunque, en principio, no tiene un impacto directo o inmediato en la economía de la Región xx Xxxxxx, no obstante sí que tiene un gran impacto a nivel social derivado de la atención de niños y niñas en riesgo de exclusión social, y en cierta medida, un impacto económico indirecto en la economía debido a que parte de la atención prestada a estos niños y niñas corre a cargo de una entidad privada.
JUSTIFICACIÓN
XXXXXXX XXX, XXXXXX XXXXXXXXX
La suscripción de este convenio, tal y como se establece en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, contribuirá a la mejora de la eficiencia de la gestión pública en los procesos de ayuda a la infancia y de personas en riesgo de exclusión social; facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos y contribuye a la realización de actividades de utilidad pública. Por otra parte, dado que no implica coste alguno ni aumento de gasto, cumple con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, a la que se hace referencia también en el artículo anteriormente mencionado.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación
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FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
El Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
Transferidas las competencias en materia de enseñanza no universitaria a la Región xx Xxxxxx, mediante Real Decreto 938/1999, de 4 xx xxxxx, la Consejería de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto del Presidente nº 3/2022, de 8 de febrero, de reorganización de la Administración Regional, es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, en las siguientes materias: educación reglada no universitaria en todos sus niveles.
El Decreto número 56/1996, de 24 de julio, regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx.
OBJETO DEL CONVENIO
08/06/2022 14:12:00
El convenio tiene por objeto establecer los criterios de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y la Fundación “La Caixa”, para colaborar en el desarrollo del Programa CaixaProinfancia que atiende fundamentalmente a la infancia afectada por situaciones de pobreza y vulnerabilidad social.
XXXXXXX XXX, XXXXXX XXXXXXXXX
Además de la colaboración por parte de la Consejería de Educación en la implementación del programa en los municipios de Alcantarilla, Murcia, Xxxxx, Xxxxxx y Alguazas, la entidad privada tiene como objetivo principal a la hora de establecer el presente convenio el que se le pueda facilitar en la medida de lo posible el acceso a los centros educativos en horario extraescolar. En ocasiones, se encuentran con la resistencia de algunos equipos directivos para ceder las instalaciones del centro en horario extraescolar cuando se atiende precisamente alumnado que pertenece a los mismos porque se encuentran en riesgo de exclusión social.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación
Dirección General de Formación Profesional e Innovación
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
No se ha considerado oportuno la inclusión de estos municipios en el presente convenio debido a que la Fundación La Caixa ya maneja convenios bilaterales con los mismos porque son las entidades municipales las encargadas de detectar las personas en riesgo de exclusión social a través de sus servicios sociales. La colaboración entre las entidades también pretende dejar la puerta abierta a que el programa se extienda a otros municipios de la Región xx Xxxxxx. Las actuaciones de la Consejería de Educación derivadas del presente convenio se centran fundamentalmente en la difusión del Programa CaixaProinfanica entre los centros educativos de las localidades donde se desarrolla el mismo y facilitar en la medida de lo posible la cesión de espacios por parte de los centros educativos en horario extraescolar para su implementación. No hay que olvidar que los centros educativos son de titularidad de la Consejería de Educación tal y como dispone el Anexo letra b) del Real Decreto 938/1999, de 4 xx xxxxx, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx en materia de enseñanza no universitaria.
08/06/2022 14:12:00
Como bien se apunta en el texto del convenio, las acciones del programa se llevan a cabo a través de entidades no lucrativas que en ocasiones tienen que utilizar instalaciones fuera del entorno educativo al que pertenecen estas niñas, niños y adolescentes para el desarrollo del programa. Cuando no cuentan con instalaciones para realizar la atención propia de su cartera de servicios, la Fundación La Caixa se ve obligada a suspender la implantación del programa y se pierde la partida económica, con el consiguiente perjuicio para las familias y para la Comunidad Autónoma.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
1.- Compromisos de la Consejería de Educación.
La Consejería de Educación se compromete a:
XXXXXXX XXX, XXXXXX XXXXXXXXX
• Xxxxxx el Programa CaixaProinfancia a nivel institucional, mediante su divulgación y traslado de información a los directores de los centros educativos, así como colaborar en su implementación en los centros educativos de titularidad de la Consejería de Educación pertenecientes a los municipios xx Xxxxxx, Lorca, Alcantarilla, Xxxxxx xx Xxxxxx y Alguazas.
• Colaborar en la implementación del programa CaixaProinfancia en los centros
educativos titularidad de la Consejería de Educación en los mencionados municipios y en cualesquiera otros de la Región xx Xxxxxx donde se pueda desarrollar en el futuro mediante todas aquellas acciones que considere
Región xx Xxxxxx
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oportunas.
• Apoyar a las entidades no lucrativas responsables de la ejecución del proyecto en los mencionados centros educativos titularidad de la Consejería de Educación en estos municipios en lo que se refiere al establecimiento de contactos y redes y a la coordinación con el personal público referente, a nivel local, en el ámbito educativo.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
• Facilitar la cesión de espacios de los centros educativos para las actividades del
programa en horario extraescolar, estableciendo y comunicando directrices que vayan en esta línea y que acompañen el cumplimento de las mismas por parte de las direcciones de los centros educativos. A tal efecto, la Dirección General con competencias en materia de atención a la diversidad dictará circulares informativas a los centros educativos para que se facilite el acceso a dichos centros en horario extraescolar para el desarrollo del programa.
• Colaborar en el seguimiento y evaluación de la implementación y resultados del programa.
2.- Compromisos de la Fundación “La Caixa”
La Fundación ”la Caixa” se compromete a:
08/06/2022 14:12:00
• Implementar el programa CaixaProinfancia en los centros educativos titularidad de la Consejería de Educación pertenecientes a los municipios xx Xxxxxx, Lorca, Alcantarilla, Xxxxxx xx Xxxxxx y Alguazas, y que podrá asimismo implementarse en cualesquiera otros de la Región xx Xxxxxx según interés de las partes, a través de entidades no lucrativas, ofreciendo servicios y ayudas de la cartera de servicios del Programa CaixaProinfancia.
• Establecer un marco común y unos procedimientos de trabajo concretos que guíen la implantación y desarrollo del programa en colaboración y diálogo con los agentes de carácter público o privado del territorio de actuación.
• Asegurar que las personas que van a tratar con los niños, niñas y adolescentes,
durante la implementación del programa, cuenten con el correspondiente certificado de no haber sido condenado por sentencia judicial firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales de los menores, tal y como queda establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 xx xxxxx, de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
XXXXXXX XXX, XXXXXX XXXXXXXXX
• Xxxxxxxx informada a la Consejería de Educación y facilitarle el acceso a la información que precisen sobre la evolución del Programa CaixaProinfancia.
Región xx Xxxxxx
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FINANCIACIÓN
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Del convenio no se deriva contraprestación económica alguna entre las partes, ni la existencia de gastos que requieran el establecimiento de un sistema de financiación o aportación de fondos. No implica obligación económica para la Consejería de Educación ni para los municipios donde se desarrolla el programa. La implementación del programa en los municipios xx Xxxxx, Alcantarilla, Xxxxxx, Xxxxxx y Alguazas corre a cargo de la financiación asignada por la Caixa a la cartera de servicios del CaixaProinfancia.
VIGENCIA
El Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y tendrá validez durante 4 años. No obstante la duración inicialmente pactada, el convenio podrá ser prorrogado por un periodo de hasta cuatro años adicionales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Será causa de resolución anticipada del presente Convenio el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del mismo. El presente convenio también podrá resolverse de forma anticipada por mutuo acuerdo de las partes.
EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO
08/06/2022 14:12:00
Con el fin de dar cumplimiento a los contenidos del presente convenio, tras su firma, se constituirá una Comisión de Seguimiento con 4 miembros que ostentarán la representación de todas las partes en régimen de paridad.
XXXXXXX XXX, XXXXXX XXXXXXXXX
Esta comisión se responsabilizará de la coordinación, seguimiento y evaluación de las acciones realizadas en el marco de este convenio. Le corresponderán también, entre otras funciones, la de realizar el seguimiento de las diferentes acciones que se vayan desarrollando con la finalidad tanto de mejorar el funcionamiento de las diferentes actividades como de realizar nuevas propuestas de acciones que vayan surgiendo, además de garantizar la efectiva coordinación entre el personal público y las entidades sociales.
La Comisión de Seguimiento celebrará las pertinentes reuniones para el cumplimiento de las funciones que le son propias, tomando los acuerdos que se consideren oportunos, reuniéndose, como mínimo, una vez al año. Sin perjuicio de lo anterior, se reunirán, a requerimiento de cualquiera de las partes, para tratar de aquellos
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación
Dirección General de Formación Profesional e Innovación
asuntos que por su urgencia o especificidad no pudiesen ser demorados hasta la siguiente reunión periódica del mismo. Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las respectivas instituciones.
TRAMITACIÓN DEL CONVENIO
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
La tramitación del convenio se realizará siguiendo los cauces habituales para la firma del mismo, previa aceptación de su texto por parte de la Fundación “La Caixa”.
Por otra parte, no resulta necesario someter el texto del convenio a informe por parte del Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx, ya que atendiendo a sus propios criterios establecidos por escrito de 21 xx xxxxx de 2016, este centro directivo, una vez analizado el contenido de dicho convenio, considera que carece de relevancia educativa a estos efectos, ya que su objeto no tiene la transcendencia educativa suficiente, ni tampoco beneficia a un número significativo de alumnado por no implementarse las actuaciones que abarcan dicho convenio en un número relevante de centros educativos, por lo que entiende que no es preceptivo consultar al Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx.
08/06/2022 14:12:00
Recibido informe del servicio jurídico de la Consejería de Educación el día 6 xx xxxxx de 2022, se modifica la redacción de las cláusulas segunda y tercera para delimitar correctamente el objeto del convenio. Se elimina de la cláusula décima la alusión a la naturaleza de convenio de colaboración empresarial, cambiando también el título de dicha cláusula por el xx Xxx aplicable y jurisdicción. Por último, se modifica el nombre de pactos por el de cláusulas por cuestión de técnica jurídica.
EL JEFE DE SERVICIO DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
XXXXXXX XXX, XXXXXX XXXXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxx
(Documento firmado electrónicamente en Murcia)
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación
Direción General de Formación Profesional e Innovación
PROPUESTA
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Dada la necesaria colaboración de las Administraciones Públicas con las empresas, Instituciones y Universidades para asuntos de interés común en el ámbito social y de la educación, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de estos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx, se estima oportuno suscribir el convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y la Fundación “La Caixa” para el desarrollo del programa CaixaProinfancia .
Por cuanto antecede, en virtud de las facultades que me atribuye el artículo 4 del Decreto número 14/2022, de 10 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, así como el artículo 19 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx,
PROPONGO
Primero. Aprobar el texto del Convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y la Fundación “La Caixa” para el desarrollo del programa CaixaProinfancia.
08/06/2022 14:30:13
Segundo. Elevar propuesta de Acuerdo al Consejo de Gobierno para la autorización, si procede, del convenio mencionado en el punto anterior.
EL DIRECTOR GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL E INNOVACIÓN
D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx
(Documento firmado electrónicamente en Murcia)
XXXXXX XXXXXX, XXXX
EXCMA. SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
Expte: Conv.8/2022
INFORME JURÍDICO
06/06/2022 14:20:15
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
ASUNTO: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y LA FUNDACIÓN “LA CAIXA” PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA
Visto el borrador del convenio de referencia, remitido por comunicación interior de la Dirección General de Formación Profesional e innovación de fecha 16 xx xxxx de 2022.
06/06/2022 13:22:17 XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 81/2005, de 8 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura, en relación con la disposición transitoria primera del Decreto número 14/2022, de 10 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, y sobre la base de lo establecido en el artículo 7.1 del Decreto 56/1996, de 24 de julio por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx (en adelante, Decreto 56/1996), este Servicio Jurídico emite el siguiente informe:
ANTECEDENTES
El expediente se acompaña de la siguiente documentación:
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
- Borrador del Convenio.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
- Declaración conformidad al texto del Convenio.
- Estatutos Fundación.
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
- Escritura de poder nº dos mil doscientos veintidós, a favor de D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, subdirector general de la Fundación Bancaria Caixa
06/06/2022 14:20:15
- Informe del Jefe de Servicio de Atención a la Diversidad de fecha 31 xx xxxxx de 2022.
- Propuesta del Director General de Formación Profesional e Innovación de aprobación del texto del Convenio y elevación a Consejo de Gobierno para su autorización.
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- Borrador de Orden de aprobación del texto del Convenio y de elevación a Consejo de Gobierno para su autorización, si procede.
- Borrador de la Propuesta de la Consejera de Educación de Acuerdo a Consejo de Gobierno para la autorización del Convenio.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
PRIMERA.- El convenio que se informa tiene por objeto establecer los criterios de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y la Fundación “La Caixa”, para colaborar en el desarrollo del Programa CaixaProinfancia que atiende fundamentalmente a la infancia afectada por situaciones de pobreza y vulnerabilidad.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
06/06/2022 14:20:15
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
La Fundación “la Caixa” tiene entre sus finalidades la de apoyar las actuaciones que mejoren el bienestar de todos los sectores sociales, así como la de impulsar nuevas iniciativas que aporten un beneficio social. En cumplimiento de dichas finalidades sociales, la Fundación “la Caixa” impulsa y desarrolla el Programa CaixaProinfancia que tiene como finalidad principal facilitar a la infancia afectada por una situación de pobreza y vulnerabilidad social su desarrollo integral e incrementar sus oportunidades, incidiendo en las dimensiones sociales, educativas, psicológicas y sanitarias de las familias que acceden al mismo.
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Además de la colaboración por parte de la Consejería de Educación en la implementación del programa en los centros educativos titularidad de la Consejería en los municipios de Alcantarilla, Murcia, Xxxxx, Xxxxxx y Alguazas, (dejando la posibilidad abierta de que se pueda extender a otros municipios del territorio murciano por interés de las partes), la entidad privada tiene como objetivo principal a la hora de establecer el presente convenio el que se le pueda facilitar en la medida de lo posible el acceso a los centros educativos en horario extraescolar.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
En este punto, se debe modificar la redacción de todos los apartados en los que se aluda a la colaboración para delimitar que ésta se articula entre la Consejería y la Fundación, (dejando claro que no estamos ante una colaboración directa con los municipios a los que se alude en el texto del borrador), por lo que en vez de hablar de la implementación del programa o colaboración en/con los municipios, debería concretarse que se trata de una colaboración o implementación del programa en los centros educativos titularidad de la Consejería, en los municipios…” (como ejemplo, las cláusulas segunda y tercera del borrador).
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
SEGUNDA.- Se trata de un Convenio es de los previstos en el artículo 47.2 C) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público esto es, un acuerdo con efectos jurídicos suscrito, en el presente caso, entre una administración pública y una entidad privada para un fin común.
06/06/2022 13:22:17 XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
No es por lo tanto de aplicación lo previsto en la cláusula décima del borrador que le atribuye naturaleza de convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general, que según la definición del art. 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin finalidades lucrativas y de los incentivos fiscales al mecenazgo, “es aquel por el cual las entidades a que se refiere el artículo 16, a cambio de una ayuda económica para la realización de las actividades que efectúen en cumplimiento del objeto o finalidad específica de la entidad, se comprometen por escrito a difundir, por cualquier medio, la participación del colaborador en dichas actividades.”
Éstos, son acuerdos en virtud de los cuales las entidades referidas en el art. 16 a cambio de una ayuda económica para la realización de las actividades propias de sus fines específicos, se comprometen por escrito a difundir la participación del colaborador en el desarrollo de dichas actividades, reportando al donante un beneficio adicional obtenido mediante la promoción de su propia imagen.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
Resumiendo, podría decirse que son una modalidad de aportación de carácter altruista que permite a los empresarios colaborar con entes cuya razón de ser no es otra que la realización de actividades de interés general. No se dan los requisitos previstos en la definición anterior para que sea aplicación al presente convenio en el que la causa de la aportación es la consecución de un fin común a los sujetos intervinientes.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
El contenido de este convenio queda sometido a lo especificado en la ley 40/2015 indicada anteriormente, en sus artículos 47 y siguientes al tratarse de un acuerdo entre una Administración Pública y un sujeto de derecho privado para la realización de un fin común.
06/06/2022 14:20:15
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Dicha finalidad, según se desprende de la parte expositiva del convenio consiste en: “[…] impulsar la colaboración público-privada en el ámbito de la lucha contra la pobreza y la exclusión social y promover el trabajo coordinado de todos los agentes que contribuyen en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma a desarrollar procesos de inclusión social para, de este modo, garantizar a las personas en situación de vulnerabilidad y, específicamente, a los menores, una atención de calidad, de carácter integral en su medio familiar y social.
06/06/2022 13:22:17 XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
Que la Fundación “la Caixa” tiene entre sus finalidades la de apoyar las actuaciones que mejoren el bienestar de todos los sectores sociales, así como la de impulsar nuevas iniciativas que aporten un beneficio social. En cumplimiento de dichas finalidades sociales, la Fundación “la Caixa” impulsa y desarrolla el Programa CaixaProinfancia, que tiene como fin facilitar a la infancia afectada por una situación de pobreza y vulnerabilidad social su desarrollo integral e incrementar sus oportunidades, incidiendo en las dimensiones sociales, educativas, psicológicas y sanitarias de las familias que acceden al mismo.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
Que para la ejecución del Programa CaixaProinfancia, la Fundación “la Caixa” colabora con entidades sociales de referencia que ostentan la capacidad de liderar el proyecto, cuyo trabajo se integra en las actuaciones y proyectos existentes en el territorio, haciendo necesario el conocimiento mutuo y coordinación de la totalidad de actores en él presentes para garantizar una actuación coherente y de calidad.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
En concreto, dichas entidades sociales trabajan en red de forma coordinada con la administración pública local, asumiendo la voluntad de CaixaProinfancia de complementar y sumarse a las acciones lideradas por la administración pública.
06/06/2022 14:20:15
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Que la Consejería de Educación y la Fundación “la Caixa” tienen interés en establecer un Convenio con la finalidad de unir sinergias en el trabajo por una sociedad cohesionada y con el objetivo de garantizar la buena marcha de CaixaProinfancia y la maximización de su impacto social”.
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Asimismo, el informe memoria de fecha 31 xx xxxxx de 2022 añade: “[…] el objetivo es la colaboración en el desarrollo del Programa CaixaProinfacia, pudiendo acceder el alumnado que se encuentra en situación de vulnerabilidad o exclusión social al desarrollo de dicho programa dentro de los centros educativos de los municipios mencionados en horario extraescolar. La Consejería de Educación y la Fundación “la Caixa” tienen interés en establecer un Convenio con la finalidad de unir sinergias en el trabajo por una sociedad cohesionada y con el objetivo de garantizar la buena marcha del Programa CaixaProinfancia y la maximización de su impacto social”.
En definitiva, mediante la figura del convenio se articula un acuerdo de voluntades productor de efectos jurídicos entre los sujetos intervinientes, una obligación de dar o hacer, –hasta aquí coincide con la naturaleza contractual- si bien dicha obligación no tiene por causa “la prestación o promesa de una cosa o servicio por la otra parte” (art. 1.274 CC), lo que lo situaría en el ámbito de los contratos onerosos sujetos a la LCSP.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
La causa de la aportación será la consecución de un fin común a los sujetos que convienen, que siempre será un fin de interés general porque en caso contrario no participaría la Administración.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
06/06/2022 14:20:15
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
TERCERA.- El objeto del convenio se encuadra en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas esta comunidad autónoma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 del Estatuto de Autonomía y en el Real Decreto 938/1999, de 4 xx xxxxx, sobre traspaso de funciones y competencias a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Dentro de la misma, la Consejería de Educación es el organismo competente para su tramitación, en virtud del Decreto 52/1999, de 2 de julio, de atribución de dichas competencias transferidas a la Consejería de Cultura y de conformidad con el artículo 7 del Decreto del Presidente nº 3/2022, de 8 de febrero, de reorganización de la Administración Regional.
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Asimismo y conforme al artículo 4 del Decreto número 14/2022, de 10 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, corresponden a la Dirección General Formación Profesional e Innovación las competencias del departamento en materia de atención a la diversidad.
CUARTA.- La normativa aplicable al convenio que se informa es la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (artículos 47 y siguientes) así como el Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx (en adelante Decreto 56/1996) en lo que no se oponga a lo establecido en la citada Ley 40/2015, ya que los preceptos contenidos en la misma relativos a los convenios tienen carácter básico.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
Según lo dispuesto en el artículo 7. 1 del Decreto 56/1996: “Todos los Convenios y Acuerdos de Colaboración a los que se refiere el presente Decreto requerirán, con carácter previo a su autorización, la emisión del informe jurídico de la Unidad correspondiente de la Secretaría General de la Consejería proponente u órgano asimilado de la Entidad afectada”.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
QUINTA.- De conformidad con la memoria justificativa elaborada por la Dirección General de Formación Profesional e Innovación incorporada al expediente, la suscripción del convenio no genera un gasto nuevo distinto del ya asumido por la Consejería de Educación:
06/06/2022 14:20:15
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
“Del convenio no se deriva contraprestación económica alguna entre las partes, ni la existencia de gastos que requieran el establecimiento de un sistema de financiación o aportación de fondos. No implica obligación económica para la Consejería de Educación ni para los municipios donde se desarrolla el programa. La implementación del programa en los municipios xx Xxxxx, Alcantarilla, Xxxxxx, Xxxxxx y Alguazas corre a cargo de la financiación asignada por la Caixa a la cartera de servicios del CaixaProinfancia”.
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Por ello y de conformidad con el artículo 7.2 del citado Decreto 56/1996 no será necesario informe económico acerca de la existencia, en el ejercicio en curso, de crédito presupuestario adecuado y suficiente a la naturaleza económica de las obligaciones, ni fiscalización de la Intervención.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
SEXTA.- De conformidad con el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el Convenio informado está excluido de su ámbito de aplicación, aplicándose los principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que se pudieran presentarse.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
06/06/2022 14:20:15
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
En este sentido, el convenio propuesto no tiene la consideración, por su propia naturaleza, de ninguno de los contratos sujetos a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, al prever una colaboración, sin gasto por parte de la Consejería de Educación, entre la citada Consejería y la Fundación “La Caixa”, cuyo objetivo es la colaboración en el desarrollo del Programa CaixaProinfacia y así se afirma en informe memoria de fecha 31 xx xxxxx de 2022.
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SÉPTIMA.- Por lo que se refiere al texto del convenio propuesto se estima con carácter general ajustado a Derecho, cumpliendo las especificaciones y contenido mínimo establecido en el artículo 5 del Decreto 56/1996 y en los artículos 48 y 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Desde un punto de vista estrictamente formal, se recomienda la sustitución del concepto “Pactos” por el de “Cláusulas”, y el título de la cláusula Décima “Ley aplicable y sumisión” por “Ley aplicable y Jurisdicción”.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
Asimismo, y en atención a las Instrucciones derivadas de la entrada en vigor de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, dictadas el 3 de febrero de 2016, por la Secretaría General de la entonces denominada Consejería de Educación y Universidades, en el borrador de convenio figura el compromiso de las posibles entidades firmantes, acerca del cumplimiento de su personal con el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, es decir, que el citado personal no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como la trata de seres humanos.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
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sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
En este sentido, el borrador del convenio en su cláusula tercera relativa a los compromisos que asume la Fundación, prevé: “Asegurar que las personas que van a tratar con los niños, niñas y adolescentes, durante la implementación del programa, cuenten con el correspondiente certificado de no haber sido condenado por sentencia judicial firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales de los menores, tal y como queda establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 xx xxxxx, de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia”.
OCTAVA.- El convenio será efectivo desde la fecha de su suscripción y tendrá un periodo de duración de cuatro años, pudiendo prorrogarse mediante acuerdo expreso de las partes, por un periodo de hasta cuatro años adicionales conforme al artículo 49.h) 2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen Jurídico del Sector Público.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
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NOVENA- Conforme al artículo 14.1.f de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región xx Xxxxxx, el Consejo Escolar debe ser consultado en los proyectos de convenios o acuerdos en materia educativa. No obstante, hay que señalar que dicho órgano, en respuesta a una consulta planteada por la Secretaría General de esta Consejería entiende que, dada la amplitud de la expresión, se impone una interpretación de la misma en cuya virtud se considere preceptiva esta consulta cuando la incidencia educativa del proyecto de convenio o acuerdo sea particularmente relevante, pues de lo contrario la inmensa mayoría de tales proyectos deberían someterse a dicho órgano, correspondiendo al centro directivo proponente analizar el contenido del convenio de que se trate en orden a determinar su relevancia educativa y su necesidad o no de ser informado por el Consejo Escolar
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
En el presente expediente, la Dirección General de Formación Profesional e Innovación se pronuncia en los siguientes términos:
06/06/2022 14:20:15
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
“…no resulta necesario someter el texto del convenio a informe por parte del Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx, ya que atendiendo a sus propios criterios establecidos por escrito de 21 xx xxxxx de 2016, este centro directivo, una vez analizado el contenido de dicho convenio, considera que carece de relevancia educativa a estos efectos, ya que su objeto no tiene la transcendencia educativa suficiente, ni tampoco beneficia a un número significativo de alumnado por no implementarse las actuaciones que abarcan dicho convenio en un número relevante de centros educativos, por lo que entiende que no es preceptivo consultar al Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx.”.
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XXXXXX.- Por lo que concierne a la aprobación, autorización, suscripción, inscripción y publicidad del convenio, de la conjunción de la distinta normativa aplicable, se extrae el siguiente régimen:
Según lo preceptuado en el artículo 8.1 del Decreto 56/1996, la competencia para aprobar el convenio la tiene la Consejera de Educación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Decreto 56/1996, en concordancia con el artículo 22.18 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región xx Xxxxxx, corresponde autorizar la celebración del Convenio al Consejo de Gobierno.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
La competencia para suscribir los convenios que se ajusten al convenio tipo que se informa corresponde a la Consejera de Educación de conformidad con la previsión del artículo 8.3 del Decreto 56/1996.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
06/06/2022 14:20:15
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
DÉCIMA PRIMERA.- Tras la firma del convenio, procede su inscripción en el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de conformidad con el artículo 10 del Decreto 56/1996, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, conforme al artículo 14 del citado decreto. También será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información y Buen Gobierno y en el artículo 17.5 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
06/06/2022 13:22:17 XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
CONCLUSIÓN.- En virtud de lo expuesto, se condiciona el informe favorable del borrador de convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y la Fundación “LA CAIXA” para el desarrollo del programa CaixaProinfancia, a las siguientes observaciones formuladas en la Consideración Jurídica Primera (necesidad de modificar la redacción que delimite correctamente el objeto del convenio), y Segunda (modificación de la cláusula décima del borrador del convenio eliminando la alusión a la naturaleza de convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general).
Asimismo, se recomienda la sustitución en el texto del borrador del concepto “Pactos” por el de “Cláusulas” y la modificación del título de la cláusula Décima “Ley aplicable y sumisión” por el de “Ley aplicable y Jurisdicción”, previstas en la Consideración Jurídica Séptima.
LA ASESORA JURÍDICA FDO. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
V.º B.º LA JEFA DEL SERVICIO JURÍDICO FDO. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx (Documento firmado electrónicamente al margen)
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
INFORME JURÍDICO II
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
Expte: Conv.8/22
14/06/2022 10:16:31
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
ASUNTO: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y LA FUNDACIÓN “LA CAIXA” PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA
Visto el borrador del convenio de referencia, remitido por comunicaciones interiores de la Dirección General de Formación Profesional e innovación de fechas 16 xx xxxx de 2022 y 08 xx xxxxx de 2022.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
14/06/2022 10:08:35 XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 81/2005, de 8 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura, en relación con la disposición transitoria primera del Decreto número 14/2022, de 10 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, y sobre la base de lo establecido en el artículo 7.1 del Decreto 56/1996, de 24 de julio por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx (en adelante, Decreto 56/1996), este Servicio Jurídico emite el siguiente informe informe:
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
ANTECEDENTES DE HECHO
El expediente se acompaña de la siguiente documentación:
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
- Borrador del Convenio modificado.
14/06/2022 10:16:31
- Declaración conformidad al texto del Convenio.
- Estatutos Fundación.
- Escritura de poder nº dos mil doscientos veintidós, a favor de D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, subdirector general de la Fundación Bancaria Caixa
14/06/2022 10:08:35 XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
- Informe del Jefe de Servicio de Atención a la Diversidad de fecha 08 xx xxxxx de 2022.
- Propuesta del Director General de Formación Profesional e Innovación de aprobación del texto del Convenio y elevación a Consejo de Gobierno para su autorización.
- Borrador de Orden de aprobación del texto del Convenio y de elevación a Consejo de Gobierno para su autorización, si procede.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
- Borrador de la Propuesta de la Consejera de Educación de Acuerdo a Consejo de Gobierno para la autorización del Convenio.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
Visto el informe previo de este Servicio Jurídico, de fecha 06 xx xxxxx de 2022, que concluye lo siguiente:
14/06/2022 10:08:35 XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
14/06/2022 10:16:31
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
“CONCLUSIÓN.- En virtud de lo expuesto, se condiciona el informe favorable del borrador de convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y la Fundación “LA CAIXA” para el desarrollo del programa CaixaProinfancia, a las siguientes observaciones formuladas en la Consideración Jurídica Primera (necesidad de modificar la redacción que delimite correctamente el objeto del convenio), y Segunda (modificación de la cláusula décima del borrador del convenio eliminando la alusión a la naturaleza de convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general). Asimismo, se recomienda la sustitución en el texto del borrador del concepto “Pactos” por el de “Cláusulas” y la modificación del título de la cláusula Décima “Ley aplicable y sumisión” por el de “Ley aplicable y Jurisdicción”, previstas en la Consideración Jurídica Séptima.”.
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
Visto que, mediante comunicación interior nº 171377/2022 de fecha 06 xx xxxxx de 2022, la Dirección General de Formación Profesional e Innovación/Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial, envía el texto del convenio con las modificaciones indicadas en el informe jurídico anterior, la memoria actualizada y una nueva propuesta del Director General
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
14/06/2022 10:16:31
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
En concreto, el informe memoria del Jefe de Servicio de Atención a la Diversidad, de fecha 08 xx xxxxx de 2022, concluye: “Recibido informe del servicio jurídico de la Consejería de Educación el día 6 xx xxxxx de 2022, se modifica la redacción de las cláusulas segunda y tercera para delimitar correctamente el objeto del convenio. Se elimina de la cláusula décima la alusión a la naturaleza de convenio de colaboración empresarial, cambiando también el título de dicha cláusula por el xx Xxx aplicable y jurisdicción. Por último, se modifica el nombre de pactos por el de cláusulas por cuestión de técnica jurídica”.
CONCLUSIÓN. - En virtud de lo expuesto, se informa favorablemente el Borrador del Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y la Fundación “LA CAIXA” para el desarrollo del programa CaixaProinfancia.
14/06/2022 10:08:35 XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
LA ASESORA JURÍDICA FDO. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
XXXXXXX XXXXX, XXXXXXXX
V.º B.º LA JEFA DEL SERVICIO JURÍDICO FDO. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx (Documento firmado electrónicamente al margen)
Región xx Xxxxxx Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes
XXX XXXXXX XXXXXX XXXX, SECRETARIO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
CERTIFICO: Según resulta del borrador del acta de la sesión celebrada el día veintitrés xx xxxxx de dos mil veintidós, a propuesta de la Consejera de Educación, el Consejo de Gobierno autoriza la celebración del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y la Fundación “La Caixa” para el desarrollo del programa CAIXAPROINFANCIA.
XXXXXX XXXX, XXXXXX
23/06/2022 13:38:21
Y para que conste y a los procedentes efectos, expido, firmo y sello la presente en Murcia a la fecha de la firma electrónica recogida al margen.