AVISO DE CONVOCATORIA CONCURSO DE MÉRITOS CM-MEN-11-2014
AVISO DE CONVOCATORIA CONCURSO DE MÉRITOS CM-MEN-11-2014
El Ministerio de Educación Nacional realiza convocatoria pública del proceso de selección CM-MEN-11-2014, de conformidad con el artículo 21 del Decreto 1510 de 2013.
OBJETO: “REALIZAR LA INTERVENTORÍA ADMINISTRATIVA, TÉCNICA, LEGAL Y FINANCIERA AL CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO, CUYO OBJETO ES “ADMINISTRAR LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES – SGP CON DESTINACIÓN ESPECÍFICA PARA EL SECTOR DE EDUCACIÓN, ASIGNADOS A LAS ENTIDADES TERRITORIALES OBJETO DE MEDIDAS CORRECTIVAS DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO LEY 028 DE 2008 Y SUS REGLAMENTARIOS, ASÍ COMO LOS RECURSOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL DISPUESTOS PARA EJECUTAR LAS MEDIDAS CORRECTIVAS”.
Las especificaciones técnicas se detallan en el anexo técnico y en los pliegos de condiciones publicados en el SECOP.
CONSULTA DE DOCUMENTOS: Los documentos del proceso de selección, estudios previos, convocatoria, pliego de condiciones, estarán disponibles a partir de la fecha de publicación de este aviso en el SECOP, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, igualmente se podrá consultar de lunes a viernes en el horario de 08:00 a.m. a 5:00 p.m., en la Xxxxx 00 Xx. 00 – 14 - CAN, Edificio del Ministerio de Educación Nacional, piso 1°, Subdirección de Contratación, Bogotá D.C, o al teléfono 0000000.
ATENCIÓN A LOS INTERESADOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS:
La atención a los interesados en el proceso se prestará en la Subdirección de Contratación del Ministerio de Educación Nacional, ubicado en la Xxxxx 00 Xx. 00 – 14 – CAN, o a través del teléfono 0000000, o utilizando el siguiente correo electrónico xx-xxx-00-0000@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
La presentación de documentos se deberá hacer en la Xxxxx 00 Xx. 00 – 14 - CAN, Edificio del Ministerio de Educación Nacional, piso 1°, Unidad de Atención al Ciudadano, Bogotá D.C, en horario de 8:00 a. m. a 5:00 p.m., o al correo electrónico xx-xxx-00-0000@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
MODALIDAD DE SELECCIÓN: Analizadas las modalidades de selección contenidas en la Ley 80 de 1993 y en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 219 del Decreto Ley 019 de 2012 define que el Concurso de Méritos corresponde a la modalidad prevista para la selección de consultores o proyectos, en la que se podrán utilizar sistemas de concurso abierto o de precalificación.
A su turno Decreto 1510 de 2013 en su artículo 66 indica que las Entidades Estatales deben seleccionar sus contratistas a través del concurso de méritos para la prestación de servicios de consultoría de que trata el numeral 2 del artículo 32 de la ley 80 de 1993 y para los proyectos de arquitectura. (…).
Teniendo en cuenta que la entidad suministrará la metodología y el plan y cargas de trabajo para el desarrollo de la interventoría, es procedente que la modalidad de selección sea el Concurso de Méritos Abierto.
El contrato a celebrar será de Consultoría conforme lo indica el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993.
PRESUPUESTO OFICIAL:
El presupuesto oficial para la presente contratación es de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHENTA PESOS ($487.899.080) M/CTE, este valor incluye todos los costos directos e indirectos en que deba incurrir el contratista para el cumplimiento del objeto del presente proceso de selección y el pago de los impuestos y descuentos xx xxx a que haya lugar.
VIGENCIA 2014: Con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal 143914, Rubro A-1-0-2-14 ($4.032.224).
VIGENCIA 2015, 2016, 2017: Con cargo a Autorización de Vigencias Futuras Oficio Minhacienda 0-0000-000000 y Autorización SIIF 49614, Rubro A-1-0-2 ($483.866.856).
Para respaldar el anterior presupuesto, el Ministerio de Educación Nacional cuenta con la siguiente disponibilidad presupuestal
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
VIGENCIA 1014 | |||
CDP / RUBRO | RECURSO | FECHA | VALOR |
143914 Rubro: A-1-0-2-14 “REMUNERACION SERVICIOS TECNICOS” | 10 CSF | 2014-07-31 | $4.200.000 PARA APROPIAR $4.032.224 |
VIGENCIA 2015/2016/2017 | |||
SEGÚN XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXX XXXX 00000 | $483.866.856 | ||
VALOR PRESUPUESTO OFICIAL | 487.899.080 |
PLAZO ESTIMADO DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del presente contrato será hasta el 30 enero de 2018, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
En el evento que, durante la vigencia del contrato de encargo fiduciario, la medida correctiva de la que es objeto el departamento del Choco sea levantada y que ninguna entidad territorial sea sometida a una medida correctiva, prevista en el Decreto Ley 028 de 2008, dicho contrato será terminado de mutuo acuerdo entre las partes, teniendo en cuenta que desaparece la razón o causa del contrato, lo cual implicaría el mismo procedimiento para efectos del contrato de interventoría.
FECHA LIMITE, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACION DE LA OFERTA: Los proponentes deberán presentar su oferta antes de la fecha y hora establecida en el cronograma, en la Xxxxx 00 Xx. 00 – 14, Ministerio de Educación Nacional, Oficina de Atención al Ciudadano, ventanilla 8, y deberá presentarla de la siguiente manera:
Los Proponentes deben presentar sus Ofertas por escrito en los formatos xxx xxxxxx de condiciones, acompañado de los sobres establecidos y de la garantía de seriedad de la Oferta.
Los Proponentes deben presentar la Oferta y los anexos en los formatos indicados en medio físico; y, copia en medio magnético. Cuando exista alguna discrepancia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el texto original. Igualmente, en caso de que existan diferencias entre el texto impreso de la propuesta y el medio magnético de la misma se tomará en cuenta lo señalado en el texto impreso.
Una vez vencido el plazo para presentar Ofertas, el Ministerio de Educación Nacional abrirá las ofertas en el lugar indicado para la presentación física de las Ofertas y frente a los Proponentes que se encuentren presentes; y, publicará un informe con la lista de los Proponentes y la hora de presentación de las Ofertas.
En la oferta económica, la cual deberá estar en un sobre distinto, el proponente debe indicar claramente cuál es el precio propuesto, así como su utilidad. Cualquier costo a cargo del proponente que sea omitido en la oferta se entenderá que se encuentra incluido y por tanto no puede ser objeto de reembolso o de reclamación por restitución del equilibrio económico.
La oferta debe estar foliada de forma consecutiva desde el número uno (1) y contendrá la siguiente información:
Sobre 1 – Información general y requisitos habilitantes (Jurídicos, financieros y técnicos) original y 2 copias
Sobre 2 – Oferta técnica aspectos calificables
Sobre 3 – Oferta económica
Lo anterior de acuerdo con los requerimientos y formatos establecidos en el pliego de condiciones.
ESTUDIOS PREVIOS: Con el presente aviso se publica el proyecto xx xxxxxx de condiciones y los estudios previos del proceso, que se podrán consultar en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
VEEDURIAS CIUDADANAS: En cumplimiento de lo establecido en la Ley 850 de 2003, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL invita a las veedurías ciudadanas para que ejerzan el control social sobre el presente proceso de contratación.
CONVOCATORIA COBIJADA POR ACUERDO O TRATADO INTERNACIONAL:
El Proceso de Contratación está sujeto a los siguientes Acuerdos Comerciales. En consecuencia las Ofertas de bienes y servicios de países con los cuales Colombia tiene Acuerdos Comerciales vigentes que cubren el presente Proceso de Contratación, serán tratadas como Ofertas de bienes y servicios colombianos y tendrán derecho al puntaje para estimular la industria nacional de que trata la sección VII.
TABLA. COBERTURA ACUERDOS COMERCIALES
De acuerdo con el artículo 148 del Decreto 1510 de 2013 “Cuando el proceso de contratación está sometido a uno o varios Acuerdo Comerciales, la Entidad Estatal debe elaborar el cronograma de acuerdo con los plazos previstos en dichos Acuerdos Comerciales”
Igualmente según lo establecido en el numeral 8 del artículo 20 del Decreto 1510 de 2013, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-05, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente:
Actualmente el estado colombiano tiene vigentes los siguientes acuerdos internacionales o tratados de libre comercio con compromisos en materia de contratación pública con los siguientes países: Chile, México, los países del Triángulo Norte (El Xxxxxxxx, Guatemala, Honduras), Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza como miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio –AELC (EFTA)-, los Estados Unidos y los países miembros de la CAN Bolivia, Ecuador y Perú.
El Ministerio de Educación Nacional se encuentra en la lista de entidades cubiertas en los compromisos o acuerdos comerciales, de lo cual se establece lo siguiente:
TABLA COBERTURA ACUERDOS COMERCIALES
ACUERDO COMERCIAL | ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA | PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL | EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN | PROCESO DE CONTRATACIÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL |
Canadá | SI | SI | NO | SI |
Chile | SI | SI | NO | SI |
Estados Unidos | SI | SI | NO | SI |
El Xxxxxxxx | SI | En este Acuerdo no se pactaron umbrales | NO | SI |
Guatemala | SI | En este Acuerdo no se pactaron umbrales | NO | SI |
Honduras | SI | En este Acuerdo no se pactaron umbrales | NO | SI |
Estados AELC | SI | NO | NO | SI |
México | SI | SI | NO | SI |
Unión Europea | SI | NO | NO | SI |
Comunidad Andina de Naciones | SI | NO | NO | SI |
CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES
De acuerdo con lo previsto por los artículos 152 y 153 del Decreto 1510 de 2013, y teniendo en cuenta el valor del presupuesto oficial asignado para este proceso de selección no se limita la participación a Mipymes nacionales.
CONDICIONES PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO
CAPACIDAD JURIDICA
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse. La duración de las asociaciones debe ser por lo menos por la vigencia del Contrato y tres años más.
El Ministerio de Educación Nacional también revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas.
Se verificarán los siguientes documentos:
Carta de presentación de oferta.
Certificado de existencia y representación legal
Si se trata de un proponente persona natural singular y los miembros del proponente Plural (personas naturales), deberán anexar copia de la cedula de ciudadanía o Certificado de Matricula Mercantil del establecimiento de comercio según el caso.
Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de Comercio, deberá allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición no mayor a (30) días calendario, anteriores al cierre del proceso contractual.
En caso de personas extranjeras no inscritas en el registro mercantil o en el registro único de proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio.
Certificado del RUP
Documento de conformación el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
Fotocopia del documento de identidad del representante legal o del apoderado.
En caso de existir limitaciones estatutarias frente a las facultades del representante legal, las respectivas autorizaciones para desarrollar el presente proceso de selección, el contrato y todas las actividades relacionadas directa o indirectamente.
Garantía de seriedad de la oferta.
Poder, cuando el proponente actúe a través de representante o apoderado.
Certificación sobre el cumplimiento de las obligaciones parafiscales y de seguridad social.
Identificación tributaria (RUT).
Certificado de antecedentes disciplinarios y fiscales.
Certificación Mipymes, como criterio de desempate.
Certificado de discapacitados en caso de empate.
El detalle de los documentos y forma de presentación se encuentra en el pliego de condiciones.
CAPACIDAD FINANCIERA
El Proponente debe cumplir con los siguientes indicadores. Esta información se verificará con los indicadores contenidos en el RUP, o en la información financiera anexa a la Oferta en aquellos casos en que el Proponente no esté en la obligación de estar inscrito en dicho registro.
INDICADOR | CRITERIO |
INDICE DE LIQUIDEZ | Mayor o igual a ≥1,2 VECES |
CAPITAL DE TRABAJO | Mayor o igual al ≥ 20% del valor del presupuesto oficial |
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO | Menor o igual al ≤60% |
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
El Proponente debe cumplir los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP.
INDICADORES DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
CAPACIDAD ORGANIZACIÓNAL | |
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO | Mayor o igual al ≥ 10% |
RENTABILIDAD DEL ACTIVO | Mayor o igual al ≥ 5% |
CAPACIDAD TECNICA
Se verificará lo siguiente:
1. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) (HABILITA O NO HABILITA)
Los interesados en participar en este proceso, deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007.
Los proponentes deben allegar el certificado de inscripción en el RUP, expedido por la respectiva Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días calendario anteriores al cierre del proceso de selección, vigente a la fecha de cierre del proceso de selección y en firme máximo hasta antes de la adjudicación.
El proponente nacional, o extranjero con domicilio o sucursal en Colombia, o los integrantes de un consorcio o unión temporal, deben estar inscritos en el Registro Único de Proponentes.
A las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o a las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia, no se les exigirá el registro único de proponentes – RUP. No obstante lo anterior, si estas personas conforman una Estructura Plural con una o varias persona(s) natural(es) o jurídica(s) nacionales o personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia o con personas jurídicas extranjeras con sucursal establecida en Colombia, estos últimos deberán cumplir con lo establecido en el presente numeral.
La inscripción en el RUP debe estar vigente al momento de la presentación de la oferta. El oferente debe tener en cuenta que en virtud de la renovación que por disposición legal debe realizarse anualmente, este certificado debe encontrarse vigente por el tiempo de ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo.
2. CLASIFICACIÓN EN EL CÓDIGO ESTÁNDAR DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS
El servicio objeto del presente proceso de contratación está clasificado en el Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas (The United Nations Standard Products and Services Code) – UNSPSC, como se indica a continuación:
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN |
80101603 | Evaluación económica o financiera de proyectos |
84111603 | Auditorías internas |
93151501 | Servicios financieros o de gestión administrativa de empresas publicas |
93151607 | Servicios gubernamentales de auditoría |
El proponente nacional, o extranjero con domicilio o sucursal en Colombia, o los integrantes de un consorcio o unión temporal, deben estar inscritos en el Registro Único de Proponentes en una de las clasificaciones relacionadas en este acápite.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales todos los miembros deberán acreditar su inscripción según la clasificación requerida.
NOTA: La personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, acreditarán el cumplimiento de este requisito junto con los mismos documentos que aporten para acreditar la experiencia del proponente y en el cual conste la ejecución de por lo menos un (1) contrato identificado con el código solicitado del clasificador de bienes y servicios de Naciones Unidas.
3. CONDICIONES MÍNIMAS DE EXPERIENCIA (HABILITA O NO HABILITA) EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Proponente (Singular)
El proponente persona natural, jurídica, deberá acreditar experiencia específica mínima de 3 años, en un máximo de tres (3) contratos iniciados, terminados y ejecutados, celebrados con entidades públicas o privadas dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, cuya sumatoria en tiempo de ejecución sea mínimo de 3 años, cuyo objeto haya sido:
COORDINACIÓN O DIRECCIÓN DE ACTIVIDADES DE INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA DE CONTRATOS RELACIONADOS CON ENCARGOS FIDUCIARIOS Y/O NEGOCIOS FIDUCIARIOS DE ADMINISTRACIÓN Y PAGOS, Y/O FIDUCIAS PÚBLICAS.
Al considerar la información de estos tres contratos, se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
La sumatoria de los contratos que se adjunta para acreditar experiencia debe ser igual o superior al valor del presupuesto oficial.
Los contratos deben estar ejecutados en un 100%.
No se admitirán para la acreditación de la experiencia contratos de interventoría o supervisión a contratos de obra civil
En el evento que el proponente presente más de tres (3) contratos para acreditar su experiencia, solo se tendrán en cuenta los tres (3) primeros en el orden que fueron incluidos en la propuesta para verificar los requisitos habilitantes.
El proponente deberá indicar en su propuesta de la relación de contratos con los cuales acredita experiencia, cuales corresponden al requisito habilitante y cuales son objeto de calificación.
La información sobre estos contratos debe consignarse en el Formato correspondiente, al cual deben anexarse las certificaciones respectivas, las cuales deben incluir, como mínimo, la siguiente información:
- Nombre de la empresa Contratante
- Nombre del Contratista
- Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
- Número del contrato
- Objeto del contrato
- Fecha de suscripción (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año)
- Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
- Valor del contrato y de las adiciones, si las hubo
- Certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el funcionario competente
- Cargo y firma de quien expide la certificación.
- Indicación de las actividades realizadas.
En caso de que la información requerida no se encuentre en las certificaciones, el proponente podrá adjuntar copia de los contratos u otros documentos que la contengan, sin perjuicio de las verificaciones que la entidad considere necesario realizar.
NOTA: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
Proponente Plural (Consorcio o Unión Temporal)
Si la propuesta se presenta en consorcio o unión temporal, en conjunto deberá presentar máximo el número de certificaciones requeridas al proponente singular, y todos los miembros del consorcio o unión temporal deberán acreditar al menos uno (1) de los contratos exigidos.
En el evento en que el proponente acredite experiencia en contratos en los cuales haya participado en Consorcio o Unión Temporal, para efectos de la verificación de este factor, se tomará el valor equivalente al porcentaje de participación del proponente en el Consorcio o Unión Temporal del cual acredite la experiencia.
Las certificaciones de la experiencia del proponente deben incluir los mismos datos indicados en persona natural.
Si se presenta consorcio y unión temporal, la experiencia será la sumatoria de experiencia de los miembros, pero todos deben acreditar, al menos, un contrato dentro de los mínimos habilitantes.
NOTA 2: En los casos que se haya suscrito más de un (1) contrato con una entidad o empresa, se deben relacionar por separado los datos de cada contrato. Los adicionales u otro sí al contrato hacen parte del mismo y se entenderán como un único contrato a efectos de verificar su valor, plazo y alcance.
El Ministerio de Educación Nacional, se reserva el derecho de verificar y solicitar durante la evaluación y hasta la adjudicación, la información y soportes que considere convenientes tales como certificaciones, copias de los contratos, actas de liquidación y demás documentos que considere necesarios para verificar la información presentada.
Cuando los contratos para acreditar experiencia hayan sido celebrados con el Ministerio, en aplicación del Decreto Ley 19 de 2012, no será necesaria la presentación de certificaciones en la propuesta, caso en el cual será verificada internamente por el Comité Evaluador. Sin embargo deberán relacionarse en el respectivo formato.
NOTA: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
4. PERSONAL MINIMO REQUERIDO (HABILITA O NO HABILITA)
El proponente debe tener un equipo de trabajo mínimo habilitante para la ejecución del contrato con el siguiente perfil y disponibilidad:
PERSONAL | NUMERO DE PERSONAS | DEDICACION |
Director de interventoría | 1 | 50% |
Supervisor financiero, contable y presupuestal | 1 | 80% |
Supervisor legal y contractual | 1 | 50% |
Profesional de Apoyo | 1 | 100% |
El proponente deberá presentar junto con la propuesta las hojas de vida del personal y sus soportes con el cual ejecutará el objeto del contrato, adicionalmente debe presenta la carta de compromiso suscrita por el profesional propuesto y el representante legal del proponente.
El equipo de trabajo mínimo propuesto, no limita el número de profesionales que deba vincular el oferente para la
ejecución del contrato.
La entidad se reserva el derecho de pedir el cambio del personal cuando advierta que el desarrollo de sus labores no es satisfactorio o cuando sus condiciones académicas y de experiencia no se ajusten a los requerimientos de su labor.
El contratista podrá introducir cambios en el equipo de trabajo por caso fortuito o fuerza mayor, previo visto bueno del Ministerio de Educación Nacional, siempre que los nuevos profesionales propuestos tengan los mismos o superiores perfiles a los mínimos exigidos.
El contratista, debe contemplar en sus costos todo el personal adicional necesario para el desarrollo del objeto establecido en el presente proceso con la experiencia y capacidad suficiente para adelantar el desarrollo de los trabajos.
NOTA: Para efectos de la evaluación de la formación académica del personal propuesto, las áreas de los títulos de pregrado y postgrado, se tendrán en cuenta con base en la clasificación de los núcleos básicos de conocimiento, NBC, publicados en el sistema de información de educación superior SNIES disponible en la web.
DIRECTOR DE INTERVENTORÍA
Este profesional tendrá a su cargo las labores relativas a la dirección de la interventoría y todas sus actividades, representará a la misma en los comités de trabajo; será el interlocutor entre la Interventoría, el Contratista y el Ministerio de Educación Nacional; y deberá supervisar directamente las actividades que el Ministerio de Educación Nacional le señale.
Deberá cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
TÍTULO PROFESIONAL | En Ciencias económicas o administrativas. |
ESPECIALIZACIÓN | Revisoría fiscal |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA MÍNIMA | Tres (3) años coordinando, o dirigiendo actividades de interventoría y/o supervisión técnica y financiera de contratos relacionados con encargos fiduciarios o, negocios fiduciarios de administración y pagos, o fiducias públicas. |
SUPERVISOR FINANCIERO, CONTABLE Y PRESUPUESTAL
El supervisor contable y presupuestal, tendrá como función verificar, analizar y conceptuar sobre la inversión de recursos; auditar las cuentas de cobro y soportes que presente el Contratista para el pago de la comisión a la Fiduciaria; revisar los estados financieros del encargo fiduciario, revisar los informes financieros y presupuestales de cada contrato, teniendo como meta lograr que el Contratista cumpla con todas las obligaciones contractuales en materia presupuestal, financiera, contable y administrativa.
Deberá cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
TÍTULO PROFESIONAL | Contaduría Pública |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA MÍNIMA | Tres (3) años en ejercicio en el área contable de proyectos o revisoría fiscal o encargos fiduciarios o fiducias públicas. |
SUPERVISOR LEGAL Y CONTRACTUAL
El supervisor legal y contractual, tendrá como función verificar, analizar y conceptuar sobre la gestión contractual; revisar los contratos y soportes que presente el Contratista, los informes de interventoría parciales y finales, las actas de liquidación de los contratos, teniendo como meta lograr que el Contratista cumpla con todas las obligaciones
contractuales en materia de gestión contractual. Deberá cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
TÍTULO PROFESIONAL | Abogado |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA MÍNIMA | Tres (3) años de experiencia en gestión, trámites de contratos y liquidación de contratos. |
PROFESIONAL DE APOYO
El profesional de apoyo, tendrá a su cargo las actividades de carácter administrativo necesarias para desarrollar los procesos específicos que tienen que ver con las actividades de la interventoría. Será el apoyo administrativo del Director de la interventoría y del Supervisor contable y presupuestal y tendrá como función redactar informes, preparar documentación, y elabora listados y estadísticas.
Deberá cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
TÍTULO PROFESIONAL | En Ciencias económicas o administrativas. |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA MÍNIMA | Un y medio (1.5) años de experiencia en el área financiera o administrativa de proyectos o revisoría fiscal o encargos fiduciarios o fiducias públicas. |
Las certificaciones de experiencia de cada uno de los profesionales presentados para el cumplimiento de este requisito habilitante deberán contener como mínimo la siguiente información:
1. Nombre de la empresa
2. Dirección de la empresa
3. Teléfono de la empresa
4. Nombre del profesional
5. Número de identificación (Cédula, Tarjeta Profesional o ambos)
6. Cargo desempeñado
7. Tiempo de vinculación (DIA – MES- AÑO), inicio y término.
8. Funciones realizadas
9. Firma de la persona competente
En el caso que la experiencia específica sea certificada por los proponentes que los postulen, se debe anexar copia de los respectivos contratos por los cuales fueron vinculados. En todo caso el Ministerio de Educación Nacional podrá realizar los requerimientos necesarios para verificar la certeza de la información certificada.
Para efecto de contabilizar los años de experiencia mínima de cada uno de los perfiles, se sumarán los intervalos laborados una sola vez, es decir, los tiempos traslapados solo se contarán una vez.
Nota: La experiencia de los profesionales será contada a partir de la terminación y aprobación del pensum académico en educación superior, para lo cual deberá presentar el soporte que permita determinar dicha información,
en los casos que el proponente no pueda allegar este documento, la experiencia será contada a partir de la fecha del diploma de grado (Artículo 229 de la Decreto 19 de 2012).
OTRO PERSONAL
Adicionalmente al personal citado en los literales anteriores, el proponente deberá disponer de todo el personal necesario para el desarrollo del contrato en general, sin que genere costos adicionales para la entidad. Por lo tanto debe contemplar en sus costos todo el personal necesario para el desarrollo del objeto establecido en el presente pliego de condiciones con la experiencia y capacidad suficiente para adelantar el desarrollo de los trabajos.
NOTA: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
CRITERIOS DE CALIFICACIÓN
El Ministerio de Educación Nacional debe evaluar únicamente las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección VI.
De conformidad con el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, en los procesos para la selección de consultores se hará uso de factores de calificación destinados a valorar los aspectos técnicos de la oferta o proyecto. De conformidad con las condiciones que señale el reglamento, se podrán utilizar criterios de experiencia específica del oferente y del equipo de trabajo, en el campo de que se trate.
En ningún caso se podrá incluir el precio, como factor de escogencia para la selección de consultores.
El Decreto 1510 de 2013 en el numeral 1 del artículo 67 establece que en los pliegos de condiciones se debe indicar la forma como se calificará, para el presente proceso de selección se establecerán los siguientes criterios:
Experiencia específica del Proponente: Es aquella directamente relacionada con el objeto a contratar, que de acuerdo con las necesidades que la entidad pretende satisfacer, permite a la entidad valorar la idoneidad de los proponentes, en exceso de la mínima habilitante.
Experiencia específica del equipo de trabajo: Es aquella que se acredite con base en el personal propuesto en la oferta, directamente relacionada con las actividades que desarrollarán en la ejecución contractual y que permite a la entidad valorar la idoneidad de aquél.
Adicionalmente se establece dentro de los criterios de calificación de las propuestas el incentivo en la contratación establecido en el artículo 151 del Decreto 1510 de 2013 respecto del factor de ponderación legal de APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL, que se relaciona en el presente pliego de condiciones.
En ese orden de ideas los factores de selección establecidos por el Ministerio para seleccionar la propuesta de mejor calidad son los siguientes:
TABLA DE CALIFICACION (CRITERIOS DE EVALUACIÓN)
No. | Factores de Verificación y Evaluación | Puntos |
1 | Experiencia Específica Adicional del Proponente | 40 |
2 | Experiencia Específica Adicional del Equipo de Trabajo | 50 |
3 | Apoyo a la Industria Nacional | 10 |
TOTAL | 100 |
1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL PROPONENTE (MÁXIMO 40 PUNTOS)
CRITERIOS DE VALORACIÓN | PUNTAJE TOTAL |
Por cada año adicional al mínimo solicitado, con las mismas condiciones y requisitos, se le otorgaran 10 puntos adicionales hasta completar un máximo de 40 puntos. | 40 |
2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL EQUIPO DE TRABAJO (MÁXIMO 50 PUNTOS)
Para efectos de evaluación se llevara a cabo la evaluación de los siguientes perfiles del equipo de trabajo:
CRITERIOS DE VALORACIÓN | PUNTAJE TOTAL | |
Director de interventoría | Dos (2) puntos por cada dos (2) meses de Experiencia Específica adicional a la mínima requerida con las mismas condiciones y requisitos, hasta un máximo de veinte (20) puntos. | 20 |
Supervisor financiero, contable y presupuestal | Un (1) punto por cada dos (2) meses de Experiencia Específica adicional a la mínima requerida con las mismas condiciones y requisitos hasta un máximo de quince (15) puntos. | 15 |
Supervisor legal y contractual | Un (1) punto por cada dos (2) meses de Experiencia Específica adicional a la mínima requerida con las mismas condiciones y requisitos hasta un máximo de quince (15) puntos. | 15 |
NOTA 1: El tiempo de experiencia para el puntaje adicional, se tomará después de descontado el tiempo de la experiencia específica mínima habilitante para aquellos perfiles en los que se requiere.
NOTA 2: En el caso que la experiencia específica adicional sea certificada por los proponentes que los postulen, deben anexar copia de los respectivos contratos que acrediten la vinculación de esta persona. En todo caso el Ministerio de Educación Nacional podrá realizar los requerimientos necesarios para verificar la certeza de la información certificada.
3. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (MÁXIMO 10 PUNTOS)
Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje xxxxxx xx xxxx (10) puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 151 del Decreto 1510 de 2013, que establece:
…“Artículo 151: Incentivos en la contratación pública. La Entidad Estatal debe establecer en los pliegos de condiciones para la contratación, dentro de los criterios de calificación de las propuestas, los incentivos para los bienes, servicios y oferentes nacionales o aquellos considerados nacionales con ocasión de la existencia de trato nacional. Este incentivo no es aplicable en los procesos para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes”…
De igual manera, conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012, se otorgará tratamiento de servicio de origen nacional a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales, concordante con lo indicado en el citado Decreto 1510 de 2013.
Si los bienes y servicios son de origen extranjero, deberá acreditar de igual manera, la incorporación de componente colombiano de servicios profesionales, técnicos y operativos, para obtener el siguiente puntaje:
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL | PUNTAJ E MÁXIMO |
El oferente cuya empresa se haya constituido exclusivamente por personas naturales de Colombia, por residentes en Colombia de acuerdo con la legislación nacional o personas a las que se les aplique el principio de reciprocidad. | 10 |
El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia y personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional sin aplicación principio de reciprocidad. | 5 |
El oferente cuya empresa se haya constituido exclusivamente por personas extranjeras sin principio de reciprocidad. | 2 |
PROPUESTA ECONÓMICA (NO DA PUNTAJE)
La propuesta económica deberá cumplir los requisitos previstos en el pliego de condiciones y no dará derecho a puntaje alguno.
La revisión de la oferta económica se realizará según lo expresado en el artículo 67 del Decreto Reglamentario 1510 de 2013, que señala:
Artículo 67. Procedimiento de Concurso de Méritos: Además de las reglas generales previstas en la ley y en el presente decreto, las siguientes reglas son aplicables al concurso de méritos abierto o con precalificación:
(…)
3. La entidad estatal debe revisar la oferta económica y verificar que está en el rango del valor estimado consignado en los documentos y estudios previos y del presupuesto asignado para el contrato.
4. La entidad estatal debe revisar con el oferente calificado en el primer lugar de elegibilidad la coherencia y consistencia entre: i) la necesidad identificada por la entidad estatal y el alcance de la oferta; ii) la consultoría ofrecida y el precio ofrecido, y iii) el precio ofrecido y la disponibilidad presupuestal del respectivo proceso de contratación. Si la entidad estatal y el oferente llegan a un acuerdo sobre el alcance y el valor del contrato, dejarán constancia del mismo y firmarán el contrato.
5. Si la entidad estatal y el oferente calificado en el primer lugar de elegibilidad no llegan a un acuerdo dejarán constancia de ello y la entidad estatal revisará con el oferente calificado en el segundo lugar de elegibilidad los aspectos a los que se refiere el numeral anterior. Si la entidad estatal y el oferente llegan a un acuerdo dejarán constancia del mismo y firmarán el contrato.
6. Si la entidad estatal y el oferente calificado en el segundo lugar de elegibilidad no llegan a un acuerdo, la entidad estatal debe declarar desierto el proceso de contratación.
ADJUDICACIÓN
El Ministerio de Educación Nacional adjudicará el contrato al proponente que haya presentado la mejor propuesta, es decir, la que haya obtenido el mayor puntaje en las calificaciones de acuerdo con lo establecido en el pliego, siempre y cuando la propuesta económica se ajuste al presupuesto establecido por el Ministerio de Educación.
EMPATE
En caso de presentarse empate entre dos o más proponentes se procederá a determinar el orden de elegibilidad teniendo en cuenta los siguientes factores de desempate conforme lo establecido en el artículo 33 del Decreto Reglamentario 1510 de 2013, así:
Artículo 33. Factores De Desempate. En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y
(c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación, que para el presente proceso de selección si el empate se mantiene, se dirimirá el mismo a través del sistema de sorteo por balotas el cual seguirá las siguientes reglas:
A cada proponente se le asignará en el acto un número inmodificable de 1 a n (siendo n el número máximo de proponentes empatados).
Las balotas serán introducidas en una urna o bolsa, y la primera balota en salir definirá el proponente precalificado adjudicatario del proceso.
El detalle de los requisitos de participación se encuentra en el estudio previo y en el pliego de condiciones publicados en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
CRONOGRAMA DE PROCESO
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR |
Publicación Aviso de convocatoria, estudios previos y proyecto de pliegos de condiciones | 21 de Noviembre de 2014 | SECOP – |
Página web Entidad |
Plazo para presentar observaciones al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | Del 21 al 28 de Noviembre al de 2014 | En físico en la instalaciones del Ministerio de Educación Nacional, o al correo electrónico del proceso cm-men-11- 0000@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
Respuesta a observaciones y sugerencias al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | 2 de Diciembre de 2014 | |
Expedición acto administrativo de apertura del proceso de selección | 2 de Diciembre de 2014 | |
Publicación pliego de condiciones definitivo | 2 de Diciembre de 2014 | SECOP – |
Plazo máximo para presentar observaciones al pliego de condiciones definitivo | Hasta las 5:00 pm del 4 de Diciembre de 2014 | En físico en las instalaciones del Ministerio de Educación Nacional o al correo electrónico del proceso cm-men-11- |
Respuesta observaciones al pliego de condiciones definitivo | 5 de Diciembre de 2014 | SECOP – |
Plazo máximo para la expedición de ADENDAS | 9 de Diciembre de 2014 | SECOP – |
Presentación de ofertas | Hasta las 10:00 am del 10 de Diciembre de 2014 | Unidad de Atención al |
Ciudadano - 1 piso – Ministerio | ||
de Educación Nacional – CAN | ||
– Bogotá. Ventanilla 8. | ||
Verificación de requisitos habilitantes | Del 10 al 12 de Diciembre de 2014 | Ministerio de Educación Nacional |
Publicación del informe de evaluación de las Ofertas y orden de elegibilidad | 15 de Diciembre de 2014 | SECOP – |
Presentación de observaciones al informe de evaluación de las Ofertas | Del 15 al 17 de Diciembre de 2014 | SECOP – |
Subdirección de Contratación. | ||
Respuesta a las observaciones de la evaluación | 19 de diciembre de 2014 | SECOP – |
Negociación Entidad Estatal – Oferente calificado en primer lugar | 22 de Diciembre de 2014 a las 10:00 am | Ministerio de Educación Nacional Xxxxx 00 Xx 00 – 14 Salas del 1er piso |
Negociación Entidad Estatal – Oferente calificado en segundo lugar | 22 de Diciembre de 2014 a las 11:00 am | Ministerio de Educación Nacional Xxxxx 00 Xx 00 – 14 Salas del 1er piso |
Publicación acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierto | 23 de diciembre de 2014 | |
Firma del Contrato | Dentro de los 2 días siguientes al recibo de la documentación para la suscripción. | Ministerio de Educación Nacional Xxxxx 00 Xx 00 – 14 Subdirección de Contratación 1er piso |
Entrega de garantías | Dentro de los 2 días siguientes a la suscripción del contrato | Ministerio de Educación Nacional Unidad de Atención al Ciudadano |
Aprobación de garantías | Dentro de los 2 días siguientes a la entrega de las garantías | Ministerio de Educación Nacional Xxxxx 00 Xx 00 – 14 Subdirección de Contratación 1er piso |