PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE UDALEKUAK 2015
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE UDALEKUAK 2015
I. CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la prestación del servicio de Udalekuak 2015, de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente que tendrá carácter contractual.
El Programa Colonias Abiertas xx Xxxxxx tiene como objetivo ofrecer a las niñas y niños de los municipios que componen la Mancomunidad de Municipios de las Encartaciones (Artzentales, Karrantza-Harana, Xxxxxxxx, Gordexola, Güeñes, Lanestosa, Sopuerta, Turtzioz y Xxxxx) una alternativa lúdica para sus vacaciones xx xxxxxx dentro de la comarca y en la que el euskera sea el idioma que utilicen para relacionarse entre sí en todas las actividades que realicen. Es decir, impulsar el uso del euskera entre la población infantil dentro del ámbito de ocio y el tiempo libre estival con el fin de que el euskera se vaya introduciendo en todos los ámbitos no formales del día a día. Además de potenciar los hábitos de convivencia y participación entre niños y niñas.
Las características que enmarcan este Programa son las siguientes:
EDAD: De 6 a 12 años, es decir los nacidos/as entre el 2003 y el 2008 .Se valorará muy positivamente la diferenciación de las actividades a realizar en función de la edad de participantes, estimándose adecuada la división en dos grupos, uno de 6 a 8 años y otro de 9 a 12 años.
Nº DE PARTICIPANTES: 350 niños y niñas.
FECHAS: Del 1 al 15 de julio (ambos incluidos), de lunes a viernes,
HORARIO: 10:00 a 14:00 h.
ORGANIZACION: Las actividades se realizarán en 4 núcleos: Xxxxxx, Xxxxx, Sopuerta y Karrantza-Harana. A algunos de los niños y niñas se les trasladará a estos núcleos en autobús o en el medio de transporte que se considere apropiado, dependiendo del número de niños/as y las circunstancias que concurran.
2. PLAZO
El plazo de duración del contrato se fija en un año pudiendo ser prorrogado durante un año más, si la evaluación que realiza el Departamento de Euskera sobre Udalekuak del año anterior es satisfactoria.
En el presente año 2015 el plazo de la prestación del servicio será del 1 de julio al 15 de julio, ambos incluidos.
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimación previa por parte de la Administración.
3. PRESUPUESTO DEL CONTRATO
El presupuesto del contrato resultará desglosado como seguidamente se cita:
-Base: sesenta y ocho mil setecientos sesenta euros (68.760,00 €)
-IVA10%: siete mil seiscientos cuarenta euros (7.640,00€) El presupuesto que podrá ser mejorado por los licitadores.
Aunque se prevea la participación de 350 niños y niñas, en caso de que haya menos participantes el precio se adecuará aplicando el porcentaje de participantes, previa valoración de la relación espacial a la que pertenezcan.
Si el adjudicatario está exento de pagar el IVA, tendrá que acreditarlo correctamente y esa cantidad no se incluirá en la oferta.
4. FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso.
5. FORMA DE PAGO
El pago del precio del contrato se realizará contra la presentación y conformidad del correspondiente documento cobratorio y una vez prestado el servicio del objeto contractual.
6. REVISION DE PRECIOS
El presente contrato no será objeto de revisión de precios.
7. GARANTIAS
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por la cuantía, equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento a que se refiere la cláusula 21, y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La acreditación de su constitución podrá realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplirse este requisito por causas imputables al licitador, la Mancomunidad no efectuará la adjudicación a su favor.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
8. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Una vez adjudicado el contrato, el adjudicatario se pondrá en contacto con el Servicio de Euskera de la Mancomunidad para obtener los datos necesarios para poder poner en marcha los Udalekuak (datos de los ayuntamientos para pedir los permisos, las fichas de las personas que se han inscrito para realizar las listas y organizar los grupos,…) para elegir los locales e instalaciones necesarias para la realización de las Udaleku Irekiak.
Se encargarán de realizar el programa y la organización en su totalidad de las Colonias Abiertas junto con la dinamización de la oferta del programa (comenzando por la campaña de matriculación de los niños/as hasta la entrega de la memoria final), incluida la difusión de las colonias. El programa definitivo de las colonias tendrán que ser entregado a la técnico de euskera de la Mancomunidad con anterioridad al 25 xx xxxx. Antes de realizar cualquier cambio tendrán que consultarlo con el Servicio de Euskera. Junto con el programa tendrá que entregarse también la lista definitiva de los monitores y monitoras que deberán acreditar los requisitos exigidos en los presentes pliegos
El adjudicatario está obligado a dar difusión a la actividad y de realizar las actuaciones necesarias en los centros de enseñanza de los municipios que conforman la Mancomunidad y demás lugares que considere oportunos (ludotecas, bibliotecas…), al objeto de fomentar la participación en las colonias y haciéndose cargo del gasto que ello genere.
Así mismo el adjudicatario llevara a cabo de forma exclusiva la matriculación de los/las participantes en la modalidad on-line.
Reunión o remisión de carta informativa a los padres y madres de los/as participantes informando de los horarios y rutas de los autobuses y de los aspectos que se consideren necesarios antes de comenzar Udalekuak. Toda la información que se de a los padres/madres será en bilingüe, apareciendo los idiomas en el siguiente orden: primero en euskera después en castellano. Y en caso de escribirse en columnas, euskera a la izquierda y castellano a la derecha.
Informar a los padres/madres de los diferentes aspectos que vayan surgiendo durante la realización de las colonias por mensajes telefónicos cuando se crea necesario (teniendo en cuenta los criterios lingüísticos establecidos en el punto quinto. También se pondrá a su disposición un teléfono de información.
Informar con prontitud al Servicio de Euskera de la Mancomunidad de cualquier contratiempo que suceda en Udalekuak. Y realizar un informe en la mitad del desarrollo de la actividad y a la finalización de la misma, por escrito y en euskera, en el que se recogerán todas las incidencias ocurridas durante el plazo indicado.
Organizar el servicio de autobús designando un monitor por autobús para el cuidado de los/as participantes. Todos los autobuses tendrán que llevar cinturón de seguridad en los asientos.
El adjudicatario debe mantener en buen estado de conservación y limpieza los locales y materiales cedidos, utilizando los medios precisos. En caso contrario, deberán hacerse cargo de los desperfectos que pudieran haberse ocasionado.
Crear un blog o una web para explicar la actividad diaria. Reparto de un DVD con las fotos y videos grabados en las colonias a cada uno de los/as participantes a la finalización de la misma.
Realizar encuesta de satisfacción, antes de la finalización de las colonias, acordada previamente con el Servicio de Euskera. Y tendrán un plazo de dos meses tras la finalización de las colonias para presentar y enviar al Servicio de Euskera la memoria explicativa del desarrollo de las colonias. En la memoria entre otros especificarán el nº de participantes y monitores/as por núcleo, asistencia, el nivel de cumplimiento de los objetivos especificados, los recursos utilizados, organización, las actividades realizadas y las posibles mejoras de cara al año siguiente. La memoria será bilingüe.
9. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la Mancomunidad exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
10. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
11. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 107 del TRLCSP y siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.
Las posibles modificaciones referidas anteriormente serán obligatorias para el contratista.
12. RECEPCION DE LA PRESTACION Y PLAZO DE GARANTIA
Dada la naturaleza de este contrato no se prevé el establecimiento de un plazo de garantía.
13. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
A. INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de penalidades en la proporción de 0,20 euros diarios por cada 1.000 del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
B. INCUMPLIMIENTO DE LA EJECUCION PARCIAL DE LAS PRESTACIONES
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Mancomunidad podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato.
C. INCUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN En caso de incumplimiento de las condiciones de ejecución de carácter social o medioambiental establecidas en la cláusula 8, la Mancomunidad podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato.
14. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato servicios las establecidas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
15. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
Corresponden a la Mancomunidad las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
16. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación.
CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULAS
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato y la ponderación que se les atribuye son los siguientes:
1.- Metodología a utilizar para la promoción, fomento y profundización en el uso del euskera durante el desarrollo de las colonias, hasta un máximo de 35 puntos. En esta apartado se valorarán los siguientes aspectos:
1.1.- Preparación recibida por los monitores/as sobre recursos para incidir en las costumbres lingüísticas de los/as participantes, hasta un máximo de 15 puntos.
1.2.-Inclusión en la programación de las colonias de alguna actividad para el fomento del euskera o de la cultura vasca (cuenta cuentos, talleres,…), hasta un máximo de 12 puntos.
1.3.- Utilización de material especifico dirigido a impulsar el uso del euskera, hasta un máximo de 8 puntos.
2.- Propuesta técnica del proyecto de trabajo presentado, hasta un total de 45 puntos.
Se valorarán los siguientes aspectos:
2.1.- Plan diario detallado: objetivos, organización, actividades adecuadas a la edad, etc. hasta un máximo de 20 puntos.
2.2.- Salidas: destino y organización de la actividad (dos al menos de día completo), hasta un máximo 10 puntos.
2.3.- Metodología de trabajo, hasta un máximo de 5 puntos.
2.4.- Mejoras que no supongan incremento en el precio del contrato, hasta un máximo de 10 puntos.
3.- Adecuación de medios humanos con los que cuente la empresa en orden a la realización de los trabajos objeto de la presente adjudicación, hasta un máximo de 10 puntos.
3.1.- Conocimiento de la zona y su realidad infantil de los municipios, hasta un máximo de 2 puntos.
3.2.- Otros monitores complementarios especializados: monitores deportivos, especializados en talleres, expresión corporal, etc, hasta un máximo de 2 puntos.
3.3.- Realización del curso de monitor de tiempo libre en euskera, hasta un máximo de 3 puntos.
3.4.- Contratación de monitores en prácticas provenientes del curso de monitor de tiempo libre que actualmente está llevado a cabo la Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones, hasta un máximo de 3 puntos
Conforme a lo previsto en el artículo 150.4 del TRLCSP se establece un umbral mínimo de puntuación que debe obtenerse en los criterios no cuantificables por fórmulas.
Para ser admitidas a la valoración global se exigirá que, en los criterios no cuantificables mediante fórmulas, las licitadoras alcancen un umbral mínimo de cuarenta y cinco (45) puntos, de forma que no serán tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación las ofertas cuya puntuación no alcance el indicado umbral mínimo.
CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FORMULAS
A la valoración de este criterio se le asignará una máximo de 10 puntos.
En la valoración de las ofertas económicas que se presenten no se tendrá en cuenta el Impuesto sobre el Valor Añadido en aquellos supuestos en los que las licitadoras deban repercutir este impuesto.
La valoración de las ofertas económicas presentadas se realizará de la manera siguiente:
- La oferta económica que supere el precio máximo indicado en la cláusula cuarta del presente Xxxxxx supondrá la exclusión automática de la licitadora que hubiese realizado dicha oferta.
- A la oferta económica igual al precio máximo establecido en la cláusula cuarta del presente Pliego se le asignará cero puntos (0 puntos).
- A las ofertas económicas por debajo del precio máximo admisible se les asignarán la puntuación correspondiente del siguiente modo: a la oferta económica que
suponga el precio más bajo, que no sea excluida de la licitación por temeraria, se le otorgará la puntuación xx xxxx puntos (10 puntos), y al resto de ofertas inferiores al precio máximo se les otorgará la puntuación conforme a la fórmula PMB/PLVxP (donde PMB es el precio más bajo de los ofertados y no excluido, PLV es el precio ofertado por la licitadora que se valora y P el número máximo de puntos a aplicar en el presente criterio –en este expediente 10 puntos-).
17. APTITUD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la letra e) de la cláusula 20.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
18. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en las oficinas de esta Administración, de 9 a 14 horas, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Estas se presentarán en el mismo lugar y horario indicados, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el referido anuncio.
Esta licitación se anunciará, asimismo, en el perfil de contratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar a través del siguiente portal informático o página web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx
En este mismo lugar se podrá tener acceso a los pliegos y a la documentación complementaria.
La información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria que, en su caso, soliciten los licitadores será facilitada en el plazo de seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de proposiciones, siempre que la solicitud haya sido realizada al menos ocho días antes del vencimiento del plazo de recepción de las proposiciones señalado anteriormente.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 158.3 del TRLCSP, cuando la información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria no haya podido ser facilitada en los plazos indicados, así como cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta “in situ” de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de ofertas se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por télex, fax, telegrama o correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
19. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados (A, B y C) en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE UDALEKUAK 2015.”
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados.
El sobre “A” se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias.
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador, por los medios establecidos en los artículos 75, letra a y 78, letras a) y e) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las proposiciones deberán especificar, además, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de la ejecución del contrato.
f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
h) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art.
151.4 del TRLCSP.
El sobre “B” se subtitulará “CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULAS” y contendrá los documentos referidos a los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor, señalados en la cláusula 16 de este pliego.
Memoria explicativa de los trabajos a realizar. La memoria explicativa deberá contener como mínimo:
Metodología a utilizar para la promoción, fomento y profundización en el uso del euskera durante el desarrollo de Udalekuak.
Objetivos generales del Programa y los específicos de las actividades a realizar.
Metodología utilizada para el desarrollo de las actividades.
Programa de actividades. El Programa debe contener las siguientes actividades:
Dos excursiones de día completo (una por Encartaciones para dar a conocer entorno en le que viven y aprendan a valorarlo; y otra a un municipio euskaldun para que vean como se relacionan en euskera)
Piscina, tres días máximo, en los Polideportivos Municipales de los municipios donde se realizan.
Programa de Actividades lúdicas, deportivas, manualidades y medio ambientales que en su mayoría se realicen fuera del centro (patios de las escuelas) donde se van a concentrar los/as participantes de Udalekuak.
Actividades culturales, especialmente relacionadas con la cultura vasca: juegos euskaldunes, cuenta cuentos, etc, para potenciar el uso del euskera entre los/las participantes de Udalekuak.
Realización de una noche de campamento en albergue situado en alguno de los municipios integrados en la Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones.
Organización de las Colonias. (horarios de excursiones y salidas, coordinación con el Servicio de Euskera, organización de grupos y edades,…)
Medios materiales. Descripción del material necesario para el desarrollo de las actividades contempladas en el Programa.
Recursos humanos:
El Adjudicatario pondrá a disposición del Programa, el equipo humano necesario para la buena marcha del mismo:
4 Directores/as de Colonias que deberán reunir los siguientes requisitos:
Mayor de 24 años
Título de Director/a de Tiempo Libre Infantil y Juvenil otorgado por la Dirección General de Juventud del Gobierno Xxxxx
Experiencia acreditada, superior a tres años, en grupos de tiempo libre
Deberán tener EGA o dominio hablado del euskera, en este último caso el conocimiento se acreditará mediante entrevista con el técnico de euskera de la Mancomunidad.
35 Monitores/as (uno por cada 10 participantes) que deberán reunir los siguientes requisitos:
Mayor de edad.
Equipo mixto.
Titulación Oficial de Monitor/a de Tiempo Libre Infantil y Juvenil, otorgada por la Dirección General de Juventud del Gobierno Xxxxx.
Xxxxxxx acreditar EGA o tener dominio hablado del idioma, en este último caso el conocimiento se acreditará mediante entrevista con el técnico de euskera de la Mancomunidad.
El cumplimiento de estos requisitos se acreditará por el Licitador mediante una Declaración Jurada. También deberá acreditar una experiencia mínima de 3 años en trabajos realizados en el campo de la Tiempo Libre de infancia y juventud mediante la aportación de la documentación relativa a los mismos. Ambas exigencias se solicitan a los efectos de garantizar la Solvencia Técnica del Licitador.
En el caso de que, una vez finalizado el plazo de inscripción, se constatara la necesidad de contratar el servicio de personal auxiliar/es para atender a niños y niñas
con alguna discapacidad o necesidad especial o deficiencia física, psíquica o sensorial, la empresa adjudicataria adscribirá a la prestación del servicio, en el precio previsto en el Pliego Administrativo que rige el presente contrato, un/a monitor mas por cada niño/a que reúna las características descritas.
Una vez adjudicado el contrato y antes del 15 xx xxxx, la empresa adjudicataria comunicará a la Mancomunidad, la relación nominal de los/as Monitores/as y Director/a que van a participar en el proyecto, adjuntando el Curriculum Vitae de cada persona y solicitando la entrevista para los monitores que no estén en posesión del EGA. Si del resultado de la entrevista el técnico de euskera de la Mancomunidad considera insuficientes los conocimientos de euskera, la empresa adjudicataria deberá sustituirlo por otro idóneo. Además, la Empresa adjudicataria designará a un representante para que sea el interlocutor con la Mancomunidad en todas las cuestiones que afecten al cumplimiento del Contrato.
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y e) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente.
El sobre “C” se subtitulará “PROPOSICION ECONOMICA CRITERIOS CUNATIFICABLES POR FORMULA” y contendrá los siguientes documentos:
a) Relación de precios unitarios, en su caso.
b) Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. También se podrá presentar dicha documentación en fotocopia simple, pero en este caso el primer clasificado deberá acreditar la autenticidad de tales fotocopias mediante la aportación de los correspondientes originales.
20.- MESA DE CONTRATACION
La Mesa de Contratación estará compuesta por los siguientes miembros:
TITULARES:
Presidente: Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx
Vocales: Todos los miembros de la Comisión Informativa Permanente de Cultura y Euskera.
Asistencia Técnica: Técnica de Euskera que presta sus servicios en la Mancomunidad, con voz pero sin voto.
Secretario de la Mesa: La Secretario de la Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones.
SUPLENTES:
Presidente: Xxxxx Xxxxx Xxxxx.
Vocales: Los establecidos como tales en la Comisión Informativa Permanente de Cultura y Euskera.
Asistencia Técnica: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Técnico de Euskera del Ayuntamiento de Gordexola, con voz pero sin voto.
Secretario de la Mesa: Xx Xxx Xxxxxxx Xxxxx.
21.- APERTURA Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA Y SELECCIÓN DE EMPRESAS
1. PRIMER ACTO DE LA MESA DE CONTRATACIÓN.
La apertura de los SOBRES “A”: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA
CONTRATAR tendrá lugar en la sede de la Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones el tercer día hábil siguiente al día en que termine el plazo para concurrir a la licitación convocada. Si el día que procediese la apertura de los SOBRES “A” fuese sábado, la apertura de proposiciones se realizará el siguiente día hábil.
El citado día la Mesa de Contratación se reunirá para calificar los documentos presentados por las licitadoras en el “SOBRE A” valorará dicha documentación y realizará pronunciamiento expreso sobre las admitidas a la licitación, las rechazadas y sobre las causas de su rechazo.
Si la Mesa de Contratación observare defectos materiales u omisiones subsanables en la documentación presentada, o considerara preciso solicitar aclaraciones o documentos complementarios, concederá un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que la licitadora subsane el error u omisión, lo que se le notificará mediante comunicación vía Fax a los interesados y se hará público mediante anuncio de los resultados de la calificación en la página web de la Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx perfil del contratante. La documentación requerida deberá entregarla la licitadora en el Registro General de la Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones, hasta las 14 horas del último día hábil del plazo que se conceda al efecto.
Si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
Si no hubiese necesidad de requerir la subsanación de documentación a ninguna licitadora, en el mismo día fijado para la apertura de los SOBRES “A”, a las 13 horas y en la sede de la Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones, la Mesa de Contratación procederá, en acto público, a la apertura de los SOBRES “B” CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS correspondientes a las licitadoras admitidas.
Si hubiese necesidad de requerir la subsanación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos a alguna licitadora, en el día, hora y lugar que se determine por el Presidente de la Mesa de Contratación (información que será notificada a todas las licitadoras mediante comunicación vía Fax y exposición de un anuncio en la página web de la Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/ perfil del contratante, con una antelación mínima de 24 horas respecto del día que se determine), ésta procederá, en acto público, a la apertura de los SOBRES “B” CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS correspondientes a las licitadoras admitidas.
A continuación la Mesa de Contratación acordará la remisión de los SOBRES “B” a informe al servicio técnico de Euskera de la Mancomunidad de la Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones, para que proceda al estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación no cuantificables por fórmulas y emita informe proponiendo la asignación de puntuación a cada licitadora en aplicación de los criterios especificados al respecto en la cláusula 16ª del presente Xxxxxx.
2. SEGUNDO ACTO DE LA MESA DE CONTRATACIÓN.
Una vez recibido y conocido el informe anterior relativo a la evaluación de los criterios no cuantificables mediante fórmulas, la Mesa de Contratación en acto público (cuyo día, hora y lugar se determinará por el Presidente de la Mesa de Contratación y será notificado a todas las licitadoras mediante comunicación vía Fax y exposición de un anuncio en la página web de la Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/ perfil del contratante/contratos, con una antelación mínima de 24 horas respecto del día que se determine) comunicará el resultado de la calificación de los documentos presentados por los licitadores con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión.
En este mismo acto público, la Mesa de Contratación dará a conocer el resultado de la evaluación de los criterios no cuantificables mediante fórmulas.
De conformidad con lo establecido en la cláusula 16 del presente Pliego, relativo al umbral mínimo de puntuación para ser admitidos a la evaluación global, se exigirá que los licitadores alcancen el umbral mínimo de cuarenta y cinco (45) puntos en la evaluación de los criterios no cuantificables mediante fórmulas, de forma que no serán tenidas en cuenta
por la Mesa de Contratación las proposiciones que no alcancen esa puntuación mínima en los criterios no cuantificables mediante fórmulas.
A continuación se procederá, también en acto público, a la apertura de los SOBRES “C”: CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS de las proposiciones que hayan sido admitidas y a la lectura de las ofertas económicas contenidas en las mismas.
La Mesa de Contratación acordará la remisión de los SOBRES “C”: CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS a informe al servicio técnico de Euskera de la Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones, para que proceda al estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación cuantificables por fórmulas y emita los siguientes informes:
-Informe proponiendo la asignación de puntuación a cada licitadora en aplicación de los criterios especificados respecto de los criterios de adjudicación cuantificables por fórmulas previstos en la cláusula 16ª del presente Pliego.
-Informe-propuesta de adjudicación, en aplicación de todos los criterios de valoración establecidos en la cláusula 16ª del presente Xxxxxx.
En caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales), para la preferencia en la adjudicación se aplicará lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta del TRLCSP .La aplicación de estas preferencias, se realizará con el siguiente orden de prioridad:
1º.-La empresa que acredite mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad.
2º.-La empresa que acredite mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad.
Si aun así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tuviera preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria aquella que obtenga una mayor puntuación en el criterio de valoración del precio ofertado.
Realizados los informes expuestos serán elevados al órgano de contratación a los efectos de la adjudicación del servicio objeto de licitación.
1º. REQUERIMIENTO, EN SU CASO, AL PRIMER CLASIFICADO
Realizadas las actuaciones anteriores se requerirá, en su caso, al primer clasificado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones:
a) Presentar la documentación justificativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorizar al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello. No será necesaria la presentación de esta documentación si las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
b) Presentar la documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que, en su caso, se hubiese comprometido a adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en este pliego.
c) Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva, en su caso.
d) Presentar los originales de los documentos que, en su caso, hubiese aportado en fotocopia simple en los sobres que configuran la proposición.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
22. ADJUDICACION, FORMALIZACION Y GASTOS
El órgano de contratación acordará la adjudicación del contrato al licitador que presente la proposición que resulte económicamente más ventajosa.
La adjudicación se realizará en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones, notificándose a todos los licitadores y publicándose en el perfil de contratante de esta Institución.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el plazo que se señale en la notificación de la adjudicación, que no podrá exceder de 15 días hábiles, el adjudicatario deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Comparecer en esta Administración para formalizar el contrato en documento administrativo.
b) Pagar los gastos de publicidad oficial en un solo Boletín.
III.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
23.-NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente pliego y el resto de la documentación técnica que lo acompaña. En todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que xx xx xxxxxx xx XXXxx 0/0000; y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
24.-PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
La empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento íntegro del x Xxx Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y su normativa de desarrollo.
La ejecución de este Acuerdo llevará consigo el tratamiento de datos de carácter personal, por ello la empresa adjudicataria adquiere la condición de Entidad Encargada del Tratamiento y la Mancomunidad de Responsable del Fichero, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 12 de la LOPD.
Así pues, la Entidad Encargada del Tratamiento, se verá obligada a:
- Utilizar dichos datos única y exclusivamente para la ejecución del contrato y a llevar a cabo el tratamiento conforme a las especificaciones dadas por el Responsable del Fichero.
- Velar para que los datos sean adecuados, pertinentes y no excesivos, garantizando su exactitud y su periódica actualización.
- No ceder ni comunicar a tercera partes a las que tenga acceso para la prestación del servicio, sin la previa autorización de la Entidad Responsable.
- La Entidad Responsable del Fichero a la finalización del servicio decidirá si la Entidad Encargada del Tratamiento devuelve o destruye los datos.
- Mantener y cumplir durante y con posterioridad a la finalización del contrato, el deber xx xxxxxxx profesional recogido en el art. 10 de la LOPD.
-.La Entidad Encargada del Tratamiento estará obligada a adoptar las medidas de seguridad necesarias dispuestas en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, tanto técnicas, como organizativas que garanticen la protección de los datos personales objeto de tratamiento conforme el art. 9 de la LOPD y de acuerdo al nivel de seguridad de los datos tratados.
25.-JURISDICCION COMPETENTE
Las cuestiones controvertidas que puedan derivarse del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso
administrativa, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por los artículos 40 a 49 del TRLCSP, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Xxxxx, a 17 de febrero de 2015
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA A QUE SE AJUSTARAN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITADORES
D con
domicilio en.......................................................................................CP , D.N.I.
nº........................, teléfono e-
mail.......................................................................
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de.......................................................................................................................
con domicilio
en..........................................................................................................................
CP..........................., teléfono........................................., y D.N.I. o C.I.F. (según se trate
de persona física o jurídica) nº........................................), enterado del procedimiento abierto convocado por ,
para la contratación de..........................................................................................................................
..................................................................................................................declaro:
1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio de € IVA incluido.
2º) Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
..3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En..............................., a...............de.......................................de 20......
Firma