SISTEMA DINÁMICO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE BIODIESEL PARA TRANSPORTES URBANOS.
AYUNTAMIENTO- SERVICIO DE COMPRAS
SISTEMA DINÁMICO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE BIODIESEL PARA TRANSPORTES URBANOS.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Nº de expediente: 40/2010
1ª Objeto del sistema dinámico de contratación (SCD).
Es objeto del presente procedimiento el suministro de biodiesel B-5 y B-30, combustible utilizado por los autobuses del Servicio de Transportes Urbanos, según la relación y características que se detallan en el pliego de prescripciones técnicas.
2ª. Codificación del objeto del contrato.
Código nomenclatura CPV: 09134230-8 Biodiesel.
3ª Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta.
Se pretende articular un sistema dinámico de contratación que se desarrollará de acuerdo con las normas del procedimiento abierto a lo largo de todas sus fases y hasta la adjudicación, que se hará mediante subasta electrónica.
El desarrollo del sistema y la adjudicación de los contratos en el marco de este deberán efectuarse, exclusivamente, por medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
El sistema debe permitir que todo operador económico que desee participar en el mismo pueda hacerlo. Cualquier operador se integrará en el sistema si presenta una oferta indicativa que cumpla con las condiciones aprobadas y con los criterios de selección predeterminados.
Esta técnica pretende, mediante la creación de una lista de empresarios ya aceptados y la posibilidad ofrecida a nuevos licitadores de integrarse en ella, que el ayuntamiento disponga de una gama de ofertas a fin de conseguir el mejor precio.
En una primera fase los interesados presentarán una oferta indicativa que comprenderá los aspectos señalados en los pliegos y que sólo pretende facilitar al órgano de contratación la comprobación de que el producto a suministrar cumple con los requisitos indicados y la empresa la capacidad suficiente para suministrar el producto con garantías. La oferta definitiva para ser contratado se presentará en un momento posterior dentro del desarrollo de una subasta electrónica.
4ª Régimen jurídico del contrato.
Este contrato se rige por el pliego de cláusulas administrativas particulares, por el pliego de prescripciones técnicas, por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público (en adelante L.C.S.P.), por el Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la L.C.S.P. y, por el Reglamento General de la Ley de contratos de las administraciones públicas (en cuanto no se encuentre derogado por estas dos normas) aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
5ª Órgano de contratación y Responsable del Contrato.
El órgano de contratación del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx es la Junta de Gobierno Local según lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda, apartado tercero de la L.C.S.P. Por tanto dicho órgano será el competente para la aprobación del expediente y su adjudicación.
La Junta de Gobierno Local delega en la Concejalía de Economía y Hacienda la aprobación de la adjudicación del suministro mensual y la aprobación del gasto necesario para la misma, a favor de la empresa que oferte el mejor precio en la subasta electrónica que se realice.
El departamento encargado del seguimiento, supervisión y recepción del suministro será el de TRANSPORTES URBANOS. El Jefe de dicho departamento es designado como responsable del contrato a los efectos determinados en el artículo 41 de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 30/2007 de 30 de Octubre (en adelante L.C.S.P.).
La gestión del procedimiento administrativo de admisión y las subastas se realizarán por el SERVICIO de COMPRAS. Su responsable deberá mantener y actualizar la información, tramitar las solicitudes de altas y bajas, realizar los envíos de convocatorias de subastas...etc.
6ª Perfil del contratante
Para acceder al perfil de contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx la dirección es: xxx.xxxxxxxxx.xx . Deberá acudir al apartado “Empresas” y pinchar en “Perfil del Contratante”. En el mismo se publicarán durante toda la
vigencia del sistema las condiciones de participación en el mismo, así como las adjudicaciones de cada licitación realizada.
7ª Presupuesto base de licitación formulado por el órgano de contratación. Crédito presupuestario o rúbrica contable con cargo al que se abonará el precio.
El presupuesto anual previsto asciende a 2.200.000 € (dos millones doscientos mil euros), sin incluir I.V.A.
Existe consignación disponible y suficiente para el suministro del combustible necesario para el mes de diciembre del presente ejercicio (periodo para el que se iniciarán las adjudicaciones por subasta), en la partida 02000.44100.22103, por importe de 180.000 €, con un IVA soportado del 18 % (32.400 €.) con cargo a la partida M011001.
8ª Duración del sistema y articulación del mismo. Adjudicación por subasta electrónica.
El Sistema dinámico de Contratación (en adelante SDC) para el suministro de biodiesel tendrá una duración de 4 años. Desde el momento de su publicación (que se realizará en el DOUE y en el BOE) cualquier profesional o empresa que reúna los requisitos exigidos, podrá solicitar su admisión al sistema sin que exista un plazo límite de admisión de ofertas.
Desde la publicación del anuncio y hasta la expiración del sistema, se ofrecerá acceso sin restricción, directo y completo, por medios electrónicos, informáticos y telemáticos, a los pliegos y a la documentación complementaria.
Los admitidos al SDC se podrán dar de baja del mismo en cualquier momento con la remisión de una carta por medios electrónicos manifestando su voluntad de darse de baja.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx resolverá la admisión o no admisión al SDC en el plazo máximo de 15 días desde la presentación de la solicitud acompañada de la documentación exigida. El acuerdo deberá ser adoptado por la Junta de Gobierno Local, con propuesta de la Mesa de Contratación reunida al efecto. Dicho acuerdo deberá ser comunicado en el plazo de 2 días desde que se evalúe la oferta.
El hecho de ser admitido al SDC de suministro de carburantes implica únicamente el derecho a recibir por medios telemáticos las licitaciones de subastas que se vayan convocando, sin que exista ninguna obligación de participar.
Todos los empresarios admitidos al sistema serán invitados a presentar oferta que se articulará mediante su participación en una subasta electrónica. Se les concederá un plazo suficiente (artículo 186.3 de la LCSP).
De acuerdo a lo señalado por el Servicio de Transportes Urbanos se realizará una subasta mensual. Pudiendo realizarse con lapsos de tiempo diferentes (inferiores o superiores al mes) dependiendo de las necesidades del suministro en cuestión. La cantidad aproximada que se solicitará será de 70.000 litros de Biodiesel B-5 y 120.000 litros de Biodiesel B-30. La cantidad exacta de uno y otro combustible dependerá de las necesidades en función de la flota de autobuses existente en cada momento.
La adjudicación se realizará a quien oferte el mejor precio para el total de los dos combustibles necesarios. Existen actualmente en la flota de autobuses unidades que consumen de un combustible y otras de otro. En función de la disponibilidad diaria de vehículos por averías y otras causas se pude dar lugar a variaciones de las cantidades de cada tipo de biodiesel, por lo que en la petición de precios deberá ser considerada la mejor oferta en su conjunto global.
Se invitará simultáneamente, por medios electrónicos a todos los empresarios admitidos, con la información pertinente para la conexión al dispositivos electrónico utilizado y precisará la fecha y hora de comienzo (entre la fecha de envío y el comienzo han de transcurrir dos días hábiles), los valores de precios y cuantías sobre los que realizar las pujas a la baja, la baja mínima, y el la forma de cierre de la subasta. Durante la subasta los licitadores podrán ver las pujas que se realizan y su clasificación en cada momento. Así como el resultado final del proceso y la identidad del adjudicatario una vez finalizado el mismo.
Adjudicación al mejor postor. El resultado de la subasta se trasladará a una Resolución que además dispondrá el gasto a favor xxx xxxxxxx adjudicatario. La Junta de Gobierno Local, delega en la Concejalía de Economía y Hacienda la aprobación de dicha adjudicación y la Aprobación del gasto correspondiente.
La adjudicación deberá anunciarse dentro de los cuarenta y ocho días siguientes a la adjudicación en el perfil de contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. No obstante estos anuncios podrán agruparse trimestralmente.
9ª Criterios de adjudicación y de evaluación de las ofertas.
El suministro se adjudicará exclusivamente en función del precio, adjudicándose por subasta electrónica a quien realice la oferta más económica.
10ª Documentación con carácter contractual.
Tendrá carácter contractual además de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, la oferta del empresario adjudicatario.
11ª Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato.
Entregar el suministro SEMANALMENTE en la cantidad proporcional a la del producto contratado en el mes en los depósitos situados en las instalaciones del SERVICIO DE TRANSPORTES URBANOS, mediante vehículos expresamente autorizados para el suministro de carburantes, y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. El plazo máximo para cada entrega será de 24 horas desde la petición realizada por el responsable en el seguimiento del contrato, del servicio de Transportes Urbanos.
Serán por cuenta del adjudicatario los gastos de entrega y transporte hasta el lugar convenido.
Garantizar la uniformidad del suministro, la uniformidad en la calidad del producto biodiesel, así como los componentes que lo conforman, gasóleo y esteres (Fame) por separado y que cumplirán como mínimo la legislación española y europea vigente en cada momento en España.
12ª Equipo electrónico utilizado y especificaciones técnicas de conexión. Firma electrónica.
El equipo informático del licitador deberá satisfacer los siguientes requerimientos mínimos:
Conexión xx xxxxx ancha de mínimo 512 Kb.
Navegador Internet Explorer 7 o superior, Firefox 3 o superior.
La empresa deberá contar con:
Certificado digital de Representación Legal de Persona Jurídica, que se utilizará en la firma electrónica, vigente, no revocado y emitido por alguna de las Autoridades de Certificación admitidas por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. El certificado debe encontrarse instalado en la máquina o navegador Web y habilitado para firmar digitalmente o tener un lector de tarjetas criptográficas, en el caso de que el certificado digital reconocido esté instalado en este soporte. Este certificado, además de no estar caducado ni revocado, deberá cumplir con la norma
UIT X.509. Este certificado digital será adquirido directamente por el Licitador.
13ª Contratista. Capacidad. Condiciones genéricas.
Podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar conforme a lo señalado en el artículo 49 de la L.C.S.P., y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que sea exigible, se encuentren debidamente clasificadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad
o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.
Tendrán capacidad para contratar con el sector público, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea y las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea de acuerdo conforme a los requisitos determinados en la L.C.S.P. y concretados en cuanto a la documentación a presentar en la cláusula siguiente.
Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
14ª Forma y lugar de presentación de la instancia de admisión al sistema. Documentos a presentar por los candidatos o licitadores, oferta indicativa.
Forma y Lugar de presentación.
La solicitud firmada electrónicamente y la documentación requerida se presentará a través del Registro Telemático de Entrada del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. Cumplimentando el modelo que figure como “Solicitud de participación en sistema dinámico de contratación”.
La documentación para las licitaciones se acompañará a la solicitud indicada anteriormente y se presentará igualmente firmada electrónicamente por el
apoderado representante de la persona jurídica o por el empresario-persona física. La documentación que deberá presentarse es la siguiente:
Primero- Documentación acreditativa de la CAPACIDAD Y SOLVENCIA:
1. Copia o fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte del licitador o, en su caso, de la persona que lo representara, debidamente legalizada o mediante compulsa administrativa. En caso de tratarse de una persona jurídica, fotocopia debidamente legalizada o mediante compulsa administrativa del CIF de la empresa.
2. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Las empresas extranjeras deberán aportar asimismo una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del acuerdo marco, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Todos los documentos indicados en este apartado y los anteriores deberán presentarse traducidos a la lengua castellana.
3. En el caso de que el firmante de la proposición no sea la misma persona que ha de obligarse, poder notarial justificativo de las facultades con las que comparece, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, que para las Sociedades Mercantiles podrá ser sustituido por Certificado del citado Registro, mediante la que se acredite la inscripción y alcance del poder que ostenta, excepto cuando se trate de un poder especial, singular y específico para este acto según lo establecido en el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
4. Declaración responsable del licitador o su representante legal de que ni la empresa ni sus administradores o representantes se hallan incursos en prohibición de contratar conforme al artículo 49 de la Ley 30/2007 de
30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Esta declaración, presentada conforme al modelo incluido en el Anexo I.
La presentación de la documentación acreditativa de la personalidad, capacidad de obrar y representación del licitador (puntos 1, 2 y 3 del presente apartado) podrá realizarse mediante certificación de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, estatal o de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Dicho acuerdo deberá acompañarse de una declaración responsable del licitador o su representante relativa a que los datos aportados no han sufrido variación alguna.
5. Certificaciones administrativas expedidas por los órganos competentes, acreditativas de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (incluido el certificado expedido por la Oficina Municipal de Recaudación) y con la Seguridad Social.
6. La solvencia económica y financiera: Declaración jurada (firmada por el representante de la empresa) sobre al volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato relativa al ejercicio económico cerrado anterior a la presentación de la solicitud, que deberá ser superior en diez veces al importe anual previsto (2.200.000 €) de consumo de combustible.
7. Solvencia técnica:
a. Descripción de las instalaciones técnicas. En concreto la empresa deberá contar con:
i. Planta de mezcla autorizada y homologada para efectuar la mezcla en los diferentes porcentajes que sean exigidos por el Servicio Municipal de Transportes Urbanos xx Xxxxxxxxx (SMTU) de gasóleo y ésteres para la obtención final del biodiesel.
ii. Laboratorio interno homologado que certifique el cumplimiento de las especificaciones requeridas en la legislación vigente en España de los productos componentes del biodiesel y del producto final (retirada de dos muestras por cada 200.000 litros de suministro y al menos una vez al mes, para su cotejo con las características del producto suministrado, quedando una de las muestras en poder del S.M.T.U.)
iii. Posibilidad de adaptación y desarrollo de nuevos componentes para la mejora de la calidad del producto a suministrar.
iv. Deberá disponer de depósitos de almacenamiento de los componentes del biodiesel en territorio español suficientes para el suministro mensual de 200.000 a 400.000 litros de producto final.
b. Indicación de personal técnico o unidades técnicas integradas o que estén a disposición de la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. En concreto la empresa deberá contar con una flota de vehículos destinados al suministro de productos petrolíferos y que deberá contar con al menos cinco unidades para Cantabria.
c. Deberá tener autorización legal para operar como Operador de Productos Petrolíferos en todo el territorio nacional de España, tanto de los productos componente del biodiesel como del producto final.
Para justificar el cumplimiento de cada uno de los requisitos de solvencia se presentarán los documentos que lo acrediten.
Téngase en cuenta que para acreditar la solvencia el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
De acuerdo con las circunstancias concurrentes en este contrato y de conformidad con lo determinado en el artículo 91 de la L.C.S.P., no se exige la presentación garantía provisional.
Segundo- OFERTA INDICATIVA, contendrá:
Relación de los productos a suministrar: Biodiesel B-5 y Biodiesel B-30.
Se incluirá una descripción del producto suficiente, que permita el análisis del cumplimiento de las características definidas en el pliego de prescripciones técnicas.
15ª Mesa de contratación. Examen de las solicitudes de admisión al sistema.
La Mesa de Contratación estará presidida por el Excmo. Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue, actuará como secretario un funcionario del Servicio de Compras y como vocales: el Sr. Interventor General o funcionario de Intervención en quien delegue, el Director Jurídico o letrado municipal que le sustituya, el Sr. Concejal del Área a la que va destinado el objeto contractual y el Director de Transportes Urbanos.
Previa constitución de la Mesa de Contratación, la misma calificará los documentos presentados electrónicamente en el plazo de 15 días desde su presentación.
Si la Mesa observare defectos u omisiones de carácter subsanable en la documentación presentada lo comunicará para que, en el plazo de tres días hábiles se corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación.
De conformidad con lo señalado en el artículo 22 del Reglamento General de Contratación el órgano y la Mesa de Contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días, sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas.
La Mesa podrá solicitar la entrega física de alguno de los documentos solicitados cuando por medios telemáticos no quede suficientemente acreditada su autenticidad.
La Mesa, una vez calificada la documentación y subsanados en su caso los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas según los dispuesto en este pliego respecto de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y las causas de su rechazo.
Asimismo analizará si la oferta indicativa cumple con las prescripciones técnicas establecidas para lo cual podrá solicitar los informes técnicos que estime necesarios.
16ª Garantía definitiva a presentar por el empresario admitido en el sistema dinámico de contratación.
Publicada la admisión en le sistema, publicación que se realizará en el perfil de contratante, página web institucional del Ayuntamiento; y con anterioridad a la formalización del contrato se concederá al adjudicatario un plazo de 15 días hábiles para presentar la GARANTÍA DEFINITIVA: El adjudicatario presentará una garantía, cuantificada en un tanto alzado, de 10.000 €. (La cantidad no se puede preestablecer por cuanto no se sabe con antelación la cuantía a adjudicar o si va a ser adjudicatario o no).
La fianza se constituirá en cualquiera de las formas señaladas en el art. 84 la
L.C.S.P. y de acuerdo con los modelos que al efecto se señalan en los anexos al presente pliego. Y responderá de los conceptos y en la forma que señalan los arts. 85 a 90 de la L.C.S.P.
17ª Formalización del contrato.
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la admisión en el sistema, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
En dicho contrato el empresario se obligará al suministro del combustible en las condiciones acordadas para el supuesto de que resulte adjudicatario del mismo en la subasta electrónica.
18ª Régimen de los pagos del precio.
El pago se realizará mediante factura que relacionará los productos suministrados y los precios que se oferten. Se presentará por triplicado en el Registro de Facturas del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx y será conformada por Transportes Urbanos.
19ª Obligaciones de los empresarios admitidos durante la vigencia del sistema.
La documentación enunciada en los puntos 1, 2 y 3 de la cláusula 14ª (apartado de CAPACIDAD y SOLVENCIA) relativa a la personalidad jurídica del empresario deberá ser actualizada por el mismo si se producen modificaciones y durante el periodo de vigencia del SDC y las certificaciones del punto 5 deberán actualizarse una vez finalizada su vigencia.
El cumplimiento de las condiciones de participación y solvencia económica y técnica deberá mantenerse durante toda la vigencia del SDC. Si existiesen dudas por el órgano de contratación sobre la continuación en el cumplimiento de las condiciones establecidas referentes a la solvencia económica y técnica, solicitará su acreditación al empresario, quien deberá contestar en el plazo de 15 días hábiles. La Junta de Gobierno Local adoptará, con propuesta de la Mesa de Contratación reunida al efecto, acuerdo sobre la continuación o no del contratista en el sistema.
20ª Penalidades.
El contratista estará obligado a cumplir los plazos fijados en el contrato.
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora en el cumplimiento del plazo de entrega o este hubiere quedado incumplido, el órgano de contratación podrá optar indistintamente por la resolución del contrato con pérdida de fianza o por la imposición de las penalidades establecidas en el artículo 196 de la L.C.S.P., con la ampliación del plazo que se estime necesario para la realización del suministro.
Cada vez que las penalidades por demora por incumplimiento de los plazos alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de
contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
La constitución xx xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte del Ayuntamiento. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había asignado, se concederá por un plazo que será por lo menos igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiera otro menor.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de los pagos.
21ª Recepción del contrato.
Realizada normalmente la entrega, la administración procederá a efectuar la comprobación de los bienes suministrados y su adecuación a las prescripciones establecidas y a fin al que estén destinados pudiendo ordenar o realizar, ensayos y pruebas de funcionamiento que considere pertinentes y sean necesarios para dicha comprobación.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto.
En cualquier caso la entrega se deberá constatar mediante albarán o documento en el que conste la misma y se adjuntará a la factura correspondiente.
22ª Plazo de garantía del suministro o servicio contratado.
Será de SEIS MESES para cada suministro mensual, frente a posibles daños que generara un combustible defectuoso en los autobuses municipales.
23ª Gastos de publicidad.
La participación en el sistema será totalmente gratuita para el empresario.
24ª Prerrogativas de la administración. Modificación del contrato y tramitación de incidencias.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la
L.C.S.P. el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
Una vez perfeccionado el contrato, este podrá modificarse cuando existan razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato y se realizarán de acuerdo con las normas y los límites establecidos en el artículo 202 de la L.C.S.P.
Con carácter general, salvo lo establecido en la L.C.S.P. para casos específicamente tratados, cuantas incidencias surjan entre la Administración y el empresario en la ejecución de un contrato de suministro, por las diferencias en la interpretación de lo convenido o por la necesidad de modificar las condiciones contractuales, se tramitarán mediante expediente contradictorio, que comprenderá preceptivamente las actuaciones siguientes:
1) Propuesta del funcionario encargado de la supervisión del suministro, o petición del empresario.
2) Audiencia del empresario o informe del citado funcionario, a evacuar en ambos casos en el plazo de 5 días.
3) Informe, en su caso de la Asesoría Jurídica y de la Intervención General, a evacuar en el mismo plazo señalado en el caso anterior.
4) Resolución del órgano o autoridad que haya celebrado el contrato y subsiguiente notificación al empresario.
Salvo que por motivo de interés público se justifique, la tramitación de incidencias no determinará la paralización del suministro.
25ª Jurisdicción.
Las cuestiones o diferencias que surjan en la adjudicación o en la formalización y ejecución del contrato serán resueltas por el órgano de contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser impugnados mediante recurso contencioso administrativo, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por el artículo 37 de la Ley, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992.
ANEXO I
DECLARACION EXPRESA ARTÍCULO 49 DE LA VIGENTE LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
Xxx …………………………………………………………………… con DNI…………………. en representación de la empresa
……………………………………..
DECLARA
Igualmente declara que los administradores y representantes de la citada empresa no se encuentran incursos en los casos de excepción que, con relación a los mismos, establece el citado artículo 49.
Asimismo declara que la citada empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes en los términos determinados por los artículos 13 y 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Y para que conste y surta efectos ante el procedimiento para el suministro de
......................., firmo la presente en
Localidad……………………………, día ………. Mes …………………….de 20....
Firma del declarante:
Fdo. El Apoderado
(imprescindible firma electrónica válida)
ANEXO II
Modelo de garantía mediante valores anotados (con inscripción).
Xxx (nombre y apellidos), NIF.............................., en representación de la
empresa..................................., con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida......................, código postal............, localidad....................
PIGNORA a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Emisión (entidad
Número valores
emisora), clase Código valor Referencia del
de valor y fecha de emisión
Registro
Valor de Valor realización de nominal los valores a unitario la fecha de
inscripción
En virtud de lo dispuesto por la Ley de Contratos del Sector Público, para responder de las
obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF/CIF......................, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida........................................, código postal.............., localidad. ,
por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
(Nombre o razón social del pignorante) (firma/s). Con mi intervención, el Notario. (firma).
Don ..., con DNI ..., en representación de ..... (entidad adherida encargada del registro contable), certifica la inscripción de la prenda,
(fecha).
(firma).
ANEXO III
Modelo de garantía mediante pignoración de participaciones de fondos de
inversión
Xxx (nombre y apellidos), NIF....................... en representación de , , con
domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la
calle/plaza/avenida......................., código posta..................l, localidad.............................
PIGNORA a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx las siguientes participaciones, de las cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Identificación del fondo de inversión,
Número de nombre y número de
Valor
Entidad liquidativo a Valor
participación
registro administrativo de la CNMV
Entidad gestora
depositaria la fecha de
inscripción
total
En virtud de lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF/CIF...................., con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida........................., código postal..................., localidad....................., por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, y en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. La entidad gestora del fondo se compromete a mantener la prenda sobre las participaciones señaladas, no reembolsando, en ningún caso, al partícipe el valor de las participaciones mientras subsista la prenda, así como a proceder al reembolso de las participaciones a favor de la Tesorería Municipal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
(Nombre o razón social del pignorante) (firma/s). Con mi intervención, el Notario (firma).
Don..., con DNI..., en representación de (entidad gestora del fondo), certifica la constitución de la prenda sobre las participaciones indicadas.
(fecha).
(firma).
ANEXO IV
Modelo de aval
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a: (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF, en virtud de lo dispuesto por la Ley de Contratos del Sector Público, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, por importe de: (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la por la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad) (firma de los apoderados)
Bastanteo de poderes por la Asesoría Jurídica municipal Provincia Fecha Número o código
ANEXO V
Modelo de certificado de seguro de caución
Certificado número (1) (en adelante, asegurador), con domicilio en, calle, y NIF, debidamente representado por don (2), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA A (3), NIF, en concepto de tomador del seguro, ante (4), en adelante asegurado, hasta el importe de (en letras y en cifras) (5), en los términos y condiciones establecidos en de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6), en concepto de garantía (7), para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, en los términos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (4), o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
Lugar y fecha Firma: Asegurador.
Bastanteo de poderes por la Asesoría Jurídica municipal Provincia Fecha Número o código
Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Órgano de contratación.
(5) Importe, en letra, por el que se constituye el seguro.
(6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
(7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etcétera.