ACUERDO ESPECIFICO ENTRE LA ASOCIACIÓN DE ADMINISTRADORES GUBERNAMENTALES Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTIN
ACUERDO ESPECIFICO ENTRE
LA ASOCIACIÓN DE ADMINISTRADORES GUBERNAMENTALES
Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN XXXXXX
Entre la ASOCIACIÓN DE ADMINISTRADORES GUBERNAMENTALES, (en adelante la “AAG”), con domicilio en la xxxxx Xxxxxxxxx 000, 0x xxxx 00 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, xxxxxxxxxxxx en este acto por su Presidenta, AG Mg. Xxxxxxxx XXXXXXX, con DNI 00.000.000, por una parte, y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL XXX XXXXXX, en adelante "UNSAM", Representada en este acto por su Rector Xxxx. Xxxxxx XXXXX con DNI 00.000.000, con domicilio en xxxxx Xxxxxx 0000 xxx xxxxxxx xx Xxxxxxx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx, por la otra, en conjunto, denominadas las PARTES y,
CONSIDERANDO
Que el presente acuerdo se encuentra enmarcado dentro del Convenio Marco suscripto entre la UNSAM y la AAG, las PARTES convienen en suscribir el presente Acuerdo Específico de Prácticas Profesionales Supervisadas, sujeto a las cláusulas y condiciones que a continuación se detallan:
OBJETIVOS:
PRIMERA: Las PARTES se comprometen a instrumentar un sistema de Prácticas Profesionales Supervisadas, entendiéndose como tal a la extensión orgánica del sistema educativo a Instituciones de carácter público o privado, para la realización por parte de los estudiantes de grado y postgrado de la Universidad Nacional de General San Xxxxxx, de prácticas profesionales relacionadas con la educación y formación, de acuerdo a la especialización que reciben.
SEGUNDA: Dar cumplimiento a los preceptos estatutarios de la UNSAM, en cuanto disponen la educación, extensión e investigación universitaria.
TERCERA: Sistematizar y fomentar experiencias que permitan contribuir a una mejor transmisión de conocimientos, complementado los conocimientos teóricos y los programas de estudio con las necesidades reales del medio, posibilitando desarrollar las capacidades de análisis, crítica e inserción en la sociedad.
MODALIDADES:
CUARTA: Las Prácticas Profesionales Supervisadas se realizarán en la sede de la AAG, en horarios compatibles con el posible cursado simultáneo de las carreras por parte de los estudiantes en la UNSAM.
QUINTA: El plazo de las Prácticas Profesionales Supervisadas se fijaré en cada caso en particular, con un plazo mínimo de tres (3) meses siendo posible su renovación hasta un máximo de ocho (8) meses, de mediar acuerdo entre las partes.
SEXTA: Las actividades diarias del practicante se desarrollarán en un período máximo de treinta (30) horas reloj semanales, en horario a convenir.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
SEPTIMA: Suscribir la respectiva Acta de Compromiso de Prácticas Profesionales Supervisadas, conforme se establece en el artículo décimo sexto del presente.
OCTAVA: Xxxxxxx al interesado los conocimientos y recursos necesarios para el cumplimiento de su Práctica Profesional Supervisada y realizar los esfuerzos necesarios para cumplir con los fines de la misma.
NOVENA: La UNSAM contratará un seguro que proteja a los practicantes durante la realización de la Práctica Profesional Supervisada. Dicha contratación deberá acreditarse al comienzo de la Práctica Profesional Supervisada, o dentro de un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días de iniciada la misma. Su incumplimiento será causal de rescisión anticipada de la Práctica Profesional Supervisada.
DÉCIMA: La UNSAM entregará al practicante, una vez concluida la Práctica Profesional Supervisada, un certificado que acredite su participación como tal.
DECIMOPRIMERA: La AAG suscribirá una vez concluida la Práctica Profesional Supervisada una constancia en la que se detallen las características de la misma.
DECIMOSEGUNDA: La UNSAM hará la preselección de los practicantes y la AAG tendrá a su cargo la selección definitiva de los mismos.
TUTORES
DECIMOTERCERA: Cada practicante contará con dos tutores de Práctica Profesional Supervisada. La AAG designará un tutor que tendrá a cargo la inserción del practicante, la evaluación y supervisión de las tareas que desempeñe. La UNSAM designará otro tutor o docente, en correspondencia con el perfil solicitado para el practicante, quien tendrá a su cargo el seguimiento del proceso de enseñanza-aprendizaje y la organización y control general de la Práctica Profesional Supervisada, comprobando el cumplimiento del Plan de Trabajo aprobado entre la AAG y la Unidad Académica y que formará parte del Acta de Compromiso de la Práctica Profesional Supervisada. La designación del Tutor por parte de la UNSAM la realizará él/la Director/a de la carrera correspondiente y no tendrá vinculación laboral con la AAG.
OBLIGACION DE LOS TUTORES
DECIMOCUARTA: Es obligación de los Tutores Académicos elevar periódicamente un informe a efecto de una evaluación global del Sistema:
Informes de carácter reservado ante la Unidad Académica y a él/la Profesor/a a cargo de las Prácticas en el caso que corresponda, con la evaluación del desarrollo de las prácticas. Estos informes se confeccionarán en tres ejemplares: uno para la AAG, uno para la UNSAM y otro para él/la Profesor/a a cargo de la Práctica.
Informe acerca del desenvolvimiento de cada practicante en particular, con su evaluación, el que se agregará a los antecedentes del interesado.
ACTA COMPROMISO DE ESTUDIOS
DECIMOQUINTA: En cada caso se suscribirá un Acta Compromiso de Práctica Profesional Supervisada, según modelo que conforma el Anexo I del presente Convenio específico.
DECIMOSEXTA: Se suscribirá un Acta Compromiso de Práctica Profesional Supervisada que firmarán la Unidad Académica, la AAG y el practicante, siendo refrendada por él/la Profesor/a a cargo de la Práctica. El Acta Compromiso de Práctica Profesional Supervisada se realizará en cuatro ejemplares, uno para el practicante, otro para la UNSAM, el tercero para él/la Profesor/a a cargo de la práctica, y el cuarto para la AAG.
DECIMOSEPTIMA: El Acta Compromiso de Práctica Profesional Supervisada, podrá ser rescindida por cualquiera de las PARTES:
Con justa causa, en caso de incumplimiento de sus obligaciones, por parte del practicante, así como la ejecución de actos u omisiones que atenten contra la letra y/x xxxxxxxx y/o principios que regulan las Prácticas Profesionales Supervisadas y los objetivos que las mismas persiguen.
Sin justa causa, previa notificación fehaciente a la otra parte con treinta (30) días de anticipación. En caso de una rescisión de esta índole, los trabajos en ejecución deberán continuar hasta su finalización.
Cuando los objetivos planteados en el plan de tareas para la práctica profesional hayan sido cumplidos.
Las rescisiones no generarán para el comisionado derecho a indemnización alguna por ningún concepto.
PRACTICANTE
DÉCIMOCTAVA: El practicante presentará periódicamente, de acuerdo con lo establecido en cada caso, un informe de la práctica y al término de la misma realizará un informe final, el que será evaluado y refrendado por el Tutor Docente.
DECIMONOVENA: El practicante deberá ajustarse a las normas y reglamentos de la AAG, en un todo de acuerdo con la legislación vigente, y deberá ejecutar sus obligaciones con puntualidad, asistencia regular, dedicación y excelente presentación.
VIGESIMA: El practicante deberá considerar información confidencial todo lo que reciba o llegue a su conocimiento con motivo del desarrollo de su práctica en la AAG. La no observación comprobada de esta cláusula, será motivo suficiente por parte de la AAG para solicitar la rescisión de la Práctica Profesional supervisada que la vincula con el practicante.
VIGESIMOPRIMERA: El practicante quedará sometido a la potestad de la UNSAM durante el transcurso de la Práctica Profesional Supervisada, teniendo en cuenta que, se consideran las instalaciones de la AAG como extensión del ámbito de aprendizaje.
VIGESIMOSEGUNDA: La situación de Práctica Profesional Supervisada no generará relación jurídica laboral alguna, ni da lugar a ningún otro vínculo para los practicantes más allá del ya existente entre cada uno y la UNSAM, no generándose relación jurídica alguna con la AAG, siendo la misma de carácter voluntario y ad-honorem.
VIGESIMOTERCERA: En toda circunstancia o hecho que tenga relación con el presente instrumento las PARTES mantendrán la individualidad y autonomía de sus respectivas estructuras técnicas y administrativas y asumirán particularmente en consecuencia, las responsabilidades consiguientes.
VIGESIMOSCUARTA: Si como consecuencia de los trabajos realizados en el presente convenio específico, se obtuviesen resultados que permitan el depósito de derechos de propiedad intelectual, las PARTES acuerdan que la propiedad será compartida por ambas Instituciones en partes iguales. En caso de difusión de resultados se deberá respetar las pautas de utilización del logotipo, isótipo y nombre de la UNSAM.
VIGESIMOQUINTA: Los resultados parciales o definitivos que se obtengan en virtud del presente Convenio específico podrán ser publicados de común acuerdo, dejándose constancia en las publicaciones de la participación de cada una de las PARTES. En cualquier caso, toda publicación o documento relacionado con este instrumento y producido en forma unilateral, hará siempre referencia al presente convenio específico firmado. Las PARTES deberán manifestar claramente la colaboración prestada por la otra sin que ello signifique responsabilidad alguna para ésta respecto al contenido de la publicación o documento.
VIGESIMOSEXTA: Los resultados que se logren como consecuencia de los trabajos realizados en virtud del presente convenio específico y que pudieran ser utilizados comercialmente o constituir fuentes de recursos económicos, serán motivo de un nuevo convenio.
PLAZO DE DURACION Y RESCISION:
VIGÉSIMOSEPTIMA: El plazo de vigencia del presente convenio específico será de dos (2) años, prorrogándose automáticamente por igual período, excepto que una de las partes se manifieste en contrario.
VIGÉSIMOCTAVA: Este convenio específico podrá ser rescindido por parte de la AAG o por la UNSAM, notificando previamente, en forma fehaciente, a la contraparte con una antelación no menor de treinta (30) días sin perjuicio de lo cual, todos los trabajos en los que se encuentre el practicante continuaran hasta la finalización de los mismos.
CONTROVERSIAS Y JURISDICCION:
VIGESIMONOVENA: Las partes se comprometen a resolver en forma directa y amistosa entre ellos y por las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y discrepancias que pudieran originarse en el planteamiento y ejecución de las actividades, y en caso de contienda judicial se someten a la jurisdicción y competencia de la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
TRIGESIMA: A todos los efectos legales las partes fijan como domicilios la UNSAM constituye domicilio en xxxxx Xxxxxx 0000 xxx xxxxxxx xx Xxxxxxx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx, para las comunicaciones y notificaciones vinculadas con el desarrollo y aplicación del presente Acuerdo Específico. Asimismo, la AAG constituye domicilio en xxxxx Xxxxxxxxx 000, 0x xxxx 00 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
En prueba de conformidad y aceptación se suscriben dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Buenos Aires, a los ......... días del mes de ...............de 2019.
ACTA COMPROMISO DE PRÁCTICA PROFESIONAL SUPERVISADA
Entre
la ASOCIACIÓN DE ADMINISTRADORES
GUBERNAMENTALES, (en adelante la
“AAG”), con domicilio en la xxxxx Xxxxxxxxx 000, 0x xxxx 00 xx
xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, representado en este acto por
representada en este acto por su Presidenta, AG Mg. Xxxxxxxx XXXXXXX,
con DNI 00.000.000, por una parte, y la
UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL XXX XXXXXX, en
adelante la
"UNSAM",
Representada en este acto
por su Rector Cdor. Xxxxxx XXXXX con DNI 00.000.000, con domicilio en
xxxxx Xxxxxx 0000 xxx xxxxxxx xx Xxxxxxx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx
Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx y por el Sr. Decano
del
, por la otra, y el
Señor , estudiante de la UNSAM, Documento
Nacional de Identidad Nº …………………….,
en adelante, el ¨PRACTICANTE¨ por la otra, suscriben la presente
ACTA COMPROMISO DE PRÁCTICA PROFESIONAL SUPERVISADA, según las
cláusulas que a continuación se expresan:
La presente Práctica Profesional Supervisada corresponde a la nota de solicitud de él/la Profesor/a a cargo de las Prácticas Profesionales de la carrera de ………………………...
La Práctica Profesional Supervisada se llevará a cabo en sede de la AAG, Xxxxxxxxx 000, 0x xxxx 00 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
El plazo durante el cual se desarrollará la Práctica Profesional Supervisada será de tres (3) meses, contados a partir del día ___de_____________de 20___.
El día y horarios durante el cual se desarrollará la Práctica Profesional Supervisada será los días……………………………………………………………………………….., en el horario de…..a…….
El plan de trabajo para el desarrollo de la Práctica Profesional Supervisada será el siguiente:
La AAG designa como Tutor a …………………… y la UNSAM a ………………………...
El practicante conoce y acepta las condiciones establecidas en el presente Convenio específico firmado entre la UNSAM y la AAG.
El practicante se compromete a cumplir todas las obligaciones que surgen de la normativa mencionada con toda diligencia técnica y ética que sus labores requieran y para las que fue seleccionado, asimismo, en caso de resolver, sin justa causa, el abandono de la Práctica Profesional Supervisada, deberá dar aviso de acuerdo a lo establecido en el presente Convenio, con un mínimo de treinta (30) días de anticipación.
El practicante se obliga, según lo estipulado en el presente Xxxxxxxx, a considerar confidencial toda la información que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con todas las actividades a las que tenga acceso en la AAG.
El practicante conoce y acepta que en caso de incumplimiento total, parcial o defectuoso de las obligaciones cuyo cumplimiento son inherentes al presente Convenio, será sancionado conforme lo establezcan las autoridades de la UNSAM.
La UNSAM presenta Póliza de Xxxxxx contratada en la compañía: …….…………………………………… a nombre del practicante Sr. …………………………..
El ejercicio de la Práctica Profesional Supervisada no generará relación jurídica laboral, ni da lugar a ningún otro vínculo para los practicantes más allá del ya existente entre cada uno y la UNSAM, no generándose relación jurídica alguna con la AAG, siendo la misma de carácter voluntario y ad-honorem.
La rescisión del Protocolo de Práctica Profesional Supervisada no generará para EL PRACTICANTE ni para la UNSAM derecho a indemnización alguna por ningún concepto.
En la ciudad de ………………., a los ………………….. días del mes de ………………. de dos mil ……………, se firman …………. ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
SOLICITUD DE ADMISION PARA PERSONAL EN PRÁCTICAS PROFESIONALES SUPERVISADAS
Fecha: ................/................/20.......
Datos del practicante:
Apellido y Nombre:
Dirección: CP: Localidad:
Documento de Identidad: Tipo: Nº:
Fecha de Nacimiento: Estado Civil: Obra social:
Grupo sanguíneo: Dona sangre?:
Observaciones de salud:
Estudios/ Títulos:
Datos familiares:
Apellido y Nombre: Relación:
Dirección: Teléfono:
Datos de la Institución de Procedencia:
Facultad / Universidad:
Teléfono:
Dirección:
Profesor/ Técnico/ Persona Responsable:
Datos de la Práctica Profesional Supervisada:
Área: Departamento:
Duración: Desde: ...../....../...... Hasta:..../....../.......
Frecuencia:
Objetivo de la Práctica Profesional Supervisada:
Tareas a Desarrollar:
Técnico Responsable:
Observaciones:
Datos del Seguro:
______________________ _______________ __________________
V.B. Técnico Responsable V.B. Coord. Area V.B. Coord. Práctica
__________________ _______________
V.B. Sección Personal V.B. Dirección
7