CONVENIO POR EL QUE SE CONCEDE Y CANALIZA UNA SUBVENCIÓN NOMINATIVA, PREVISTA EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA PARA EL EJERCICIO 2021, AL AYUNTAMIENTO DE MALPARTIDA DE CORNEJA PARA LA ACTUACIÓN CONSISTENTE EN “PLAZA...
XXXXX XXXXXXXXX, XXXXX (1 de 2)
Tercero
Fecha Firma: 24/01/2022
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CONVENIO POR EL QUE SE CONCEDE Y CANALIZA UNA SUBVENCIÓN NOMINATIVA, PREVISTA EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX PARA EL EJERCICIO 2021, AL AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXXXX XX XXXXXXX PARA LA ACTUACIÓN CONSISTENTE EN “XXXXX XXX XXXXXX 0x XXXX”
Xx Xxxxx, XXXXXXXX
De una parte: D. XXXXX XXXXX XXXXXXXXX, en nombre y representación del Ayuntamiento de XXXXXXXXXX XX XXXXXXX.
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX (2 de 2)
Presidente
Fecha Firma: 24/01/2022
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CONVENIO
Número: 2022-0007 Fecha: 24/01/2022
Y de otra: D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Presidente de la Diputación Provincial xx Xxxxx, en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 34.1 b de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las bases de régimen local y el artículo 61 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que le atribuye respectivamente la representación de la Diputación Provincial y la suscripción de documentos.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y MANIFIESTAN
PRIMERO: Que la actuación consistente en “Plaza del pueblo 3ª Fase” es competencia municipal del Ayuntamiento de XXXXXXXXXX XX XXXXXXX y necesaria para el interés general de dicho municipio.
SEGUNDO: Que las diputaciones, tal y como recoge el artículo 36 de la ley 7/1985, reguladora de las bases de régimen local, tienen entre sus competencias la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión.
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TERCERO: Que el Presupuesto de la Diputación Provincial xx Xxxxx para el ejercicio 2021, recoge un crédito nominativo, por importe de 15000 € destinado al Ayuntamiento de XXXXXXXXXX XX XXXXXXX en la aplicación presupuestaria 1532/76207 para la actuación consistente en “Plaza del pueblo 3ª Fase”.
CUARTO: Que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, posibilitan y regulan la concesión de subvenciones nominativas previstas en los Presupuestos Generales de la Diputación Provincial.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO:
El presente Convenio tiene por objeto la concesión de una subvención nominativa prevista en el Presupuesto General de la Diputación Provincial para el ejercicio 2021 a favor del Ayuntamiento de XXXXXXXXXX XX XXXXXXX, para la realización de la actuación consistente en “Plaza del pueblo 3ª Fase”, por un importe de 15000 €.
La presente subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que, en su caso, el beneficiario pueda recibir, para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que el resto de las subvenciones junto con la otorgada por la Diputación Provincial xx Xxxxx no supere el 100% del proyecto o la actividad.
SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
La Diputación Provincial xx Xxxxx se compromete a:
Aportar la cantidad de 15000 € al Ayuntamiento de XXXXXXXXXX XX XXXXXXX para la realización de la actuación consistente en “Plaza del pueblo 3ª Fase”, con cargo a la partida 1532/76207 del ejercicio 2021.
El Ayuntamiento de XXXXXXXXXX XX XXXXXXX se compromete a:
CONVENIO
Número: 2022-0007 Fecha: 24/01/2022
a) Aplicar los fondos recibidos a los gastos correspondientes a la ejecución de la actuación objeto de la subvención y de este Convenio.
b) Proporcionar a la Diputación la información que reclame en relación con el presente Convenio.
c) Presentar en plazo la justificación de la actuación subvencionada conforme a lo exigido en este Convenio.
d) Cumplir todo lo derivado de las cláusulas de este Convenio.
e) Reintegrar las cantidades percibidas, junto con el interés de demora correspondiente, en caso de incumplimiento de las obligaciones anteriores.
TERCERA.- GASTOS SUBVENCIONABLES:
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Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada objeto de este Convenio, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo de ejecución señalado. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor xx xxxxxxx.
CUARTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo de ejecución de la actuación subvencionada, para ser objeto de la subvención, es el comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 28 de febrero de 2022. No serán objeto de subvención las facturas que tengan fecha posterior a tal plazo de ejecución.
Previa solicitud del Ayuntamiento realizada al menos quince días antes del fin del plazo de ejecución, éste podrá ser prorrogado por acuerdo del órgano concedente de la subvención, en cuyo caso también se prorrogará el plazo de justificación y la vigencia del Convenio.
QUINTA.- PAGO DE LA SUBVENCIÓN:
El pago se efectuará con carácter anticipado, una vez que el Convenio haya quedado suscrito por ambas partes, lo que tendrá lugar previa acreditación por el beneficiario de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
SEXTA.- PLAZO DE JUSTIFICACIÓN:
El beneficiario deberá presentar antes del 1 xx xxxxx de 2022 la justificación relativa a la actuación subvencionada.
Previa solicitud del Ayuntamiento realizada al menos quince días antes del fin del plazo de justificación, éste podrá ser prorrogado por acuerdo del órgano concedente de la subvención, en cuyo caso también se prorrogará la vigencia del Convenio.
SÉPTIMA.- JUSTIFICACIÓN:
El beneficiario deberá presentar en el plazo de justificación al área de Cooperación Económica e Infraestructuras de la Diputación Provincial xx Xxxxx, la justificación de la actuación subvencionada, debiendo contener los siguientes extremos:
CONVENIO
Número: 2022-0007 Fecha: 24/01/2022
1. Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
2. Facturas originales del gasto subvencionado o copia compulsada de las mismas en la que figuren desglosadas las unidades de obra, las mediciones y los importes parciales. Las facturas deberán tener en todo caso fecha anterior al fin del plazo de ejecución.
3. Certificado de aprobación de las facturas por el órgano competente en fecha anterior al fin del plazo de justificación.
4. Acreditación del pago a la empresa mediante copia del resguardo bancario. El pago de las facturas deberá haberse realizado con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.
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5. Certificado de no haber percibido otras subvenciones para la misma finalidad o, en su caso, una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.3 del Reglamento de la Ley de Subvenciones (Real Decreto 887/2006), transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado la misma ante el órgano administrativo competente, éste requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de quince días sea presentada, so pena de reintegro de la subvención en caso contrario. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este párrafo llevará consigo las responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones. La presentación de la justificación en el plazo adicional establecido en este párrafo no eximirá al beneficiario de las sanciones que, conforme a la Ley General de Subvenciones, correspondan.
Una vez presentada la documentación justificativa, el Servicio de Cooperación Económica e Infraestructuras estudiará la misma y formulará propuesta de aprobación de la justificación o del reintegro que, en su caso, corresponda, que podrá ser total o parcial, en función de los gastos justificados correctamente conforme a lo previsto en este Convenio y en la normativa aplicable.
OCTAVA.- REINTEGRO
Procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas en todos los casos previstos en este Convenio y en la Ley General de Subvenciones y su normativa de desarrollo, conforme al procedimiento en ella establecido.
La obligación de reintegro incluirá en todo caso el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el deudor ingrese el reintegro si es anterior a ésta.
NOVENA.- MODIFICACIÓN:
Por acuerdo expreso de ambas partes y por causa debidamente justificada, el Convenio podrá ser objeto de modificación por medio de Adenda, previa solicitud de una de las partes realizada al menos con un mes de antelación a la finalización del plazo de ejecución.
DÉCIMA.- VIGENCIA DEL CONVENIO
El presente Xxxxxxxx extenderá su vigencia desde su firma hasta el día 1 xx xxxxx de 2022, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes efectuada con anterioridad, en cuyo caso procederá el reintegro de las cantidades percibidas.
CONVENIO
Número: 2022-0007 Fecha: 24/01/2022
UNDÉCIMA.- PUBLICIDAD
En toda la publicidad y difusión que se realice sobre los programas y actuaciones derivados del presente Convenio se hará constar expresamente que dichas actividades han sido subvencionadas por la Diputación Provincial xx Xxxxx.
DUODÉCIMA.- NATURALEZA
En lo no previsto en este convenio se estará a lo dispuesto, para las subvenciones nominativas, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/ 2006, de 21 de julio.
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El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y está excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. No obstante, los principios de dicha ley sí serán de aplicación para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse, tal y como establece el artículo 4.2 del mencionado texto legal.
Asimismo, este Convenio de colaboración no generará, en ningún caso, relación laboral alguna entre Diputación Provincial xx Xxxxx y los profesionales que lleven a cabo la ejecución de las actividades que constituyen su objeto.
DÉCIMO TERCERA.- JURISDICCIÓN
Dada la naturaleza administrativa de este convenio, las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del mismo, serán sometidas a la jurisdicción contencioso- administrativa, por lo que ambas partes se someten a los juzgados y tribunales del orden jurisdiccional contencioso- administrativo citado.
En prueba de conformidad, firman el presente documento por duplicado.
Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx. Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.