Condiciones Generales
Condiciones Generales
de Participación para Expositores
I N D I C E
3. RESERVA DE ESPACIO DE EXPOSICIÓN 4
4. MODALIDADES DE EXPOSICIÓN Y TARIFAS 4
6. CANCEL ACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN 5
7. CANCELACIÓN, APLAZAMIENTO O CAMBIO DE UBICACIÓN 6
8. MODIFICACIÓN DEL ESPACIO DE EXPOSICIÓN 6
10. NORMAS DE CONSTRUCCIÓN Y DECORACIÓN DE STANDS 7
12. NORMATIVA SOBRE RIESGOS LABORALES 9
1.1. Denominación
INFARMA Madrid 2022
Congreso Europeo de Oficina de Farmacia Salón de Medicamentos y Parafarmacia
1.2. Fechas
Martes 22, miércoles 23 y jueves 24 xx xxxxx
de 2022
1.3. Recinto
Feria de Madrid—IFEMA
1.4. Pabellones
1, 3 y 5
1.5. Convocan
Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid Col·legi de Farmacèutics de Barcelona
1.6. Organiza
Secretaría Técnica del Salón INTERALIA
Xxxxxx Xxxxxxxxx, 00—00000 Xxxxxxxxx Tel. x00 000000000—xxxxxx@xxxxxxxxx.xx Secretaría Técnica del Congreso
Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid Santa Xxxxxxxx, 31—00000 Xxxxxx
Tel. x00 000000000—xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx
1. INFORMACIÓN GENERAL
Infarma se convoca bajo el modelo ferial de Congreso y Salón. Todos los expositores del salón son patrocinadores del congreso. La participación en Infarma conlleva inseparablemente la condición de expositor y patrocinador.
Infarma es un salón de carácter profesional y, de acuerdo con la legislación vigente, no está permitida la venta directa de productos con retirada de mercancía.
Con la firma del contrato de participación en Infarma Madrid 2022, el expositor acepta las presentes condiciones y las disposiciones que pueda adoptar el Comité Organizador ante cualquier eventualidad no recogida en estas condiciones.
2. SECTORES DE EXPOSICIÓN
Los productos y servicios que se exponen en Infarma deben corresponder a una de las siguientes categorías:
Productos de venta en la oficina de farmacia | Servicios para la oficina de farmacia |
• Medicamentos no sujetos a prescripción médica | • Distribución mayorista y comercialización |
• Medicamentos sujetos a prescripción médica | • Instalaciones, decoración y vestuario sanitario |
• Medicamentos Genéricos | • Equipos y automatización para la oficina de farmacia |
• Medicamentos homeopáticos | • Asesoría, consultoría y marketing |
• Dermofarmacia | • Productos y utillaje para fórmulas magistrales |
• Complementos alimenticios y nutrición | • Utillaje para la oficina de farmacia |
• Fitoterapia | • Servicios de informática y tecnológicos |
• Productos sanitarios | • Publicaciones y prensa |
• Material de cura, higiene y protección | • Colectivos, asociaciones e instituciones |
• Óptica | |
• Ortopedia | |
• Pediatría, puericultura y maternales |
3. RESERVA DE ESPACIOS DE EXPOSICION
3.1. La reserva de espacios de exposición se tramitará a través de la Secretaría Técnica del Salón.
3.2. Los productos y servicios a exponer deben corresponder a los sectores de exposición que se detallan en estas condiciones.
3.3. Corresponde a la Organización la decisión sobre la admisión de la empresa expositora y de los productos y servicios a exponer en Infarma. La Organización estará facultada para rechazar cualquier solicitud de participación que no se ajuste al objeto y finalidad de Infarma o que sea considerada no aceptable.
3.4. La contratación del espacio de exposición no se considerará firme hasta que el contrato de participación no sea retornado a la empresa expositora debidamente aceptado y firmado por las dos partes. En este contrato se hará constar el espacio, la superficie y la modalidad de participación contratados.
3.5. La firma del contrato de participación supone la suscripción de un contrato de participación para la feria Infarma Madrid 2022 e implica la aceptación de estas condiciones generales de participación para expositores.
3.6. Corresponde a la organización la distribución y adjudicación de stands en la zona de exposición. Esta adjudicación se hará atendiendo a los espacios libres en cada momento, la superficie solicitada por el expositor, la sectorización del salón, las características del espacio solicitado y la fecha de recepción de la solicitud.
3.7. Los expositores no podrán ceder, subarrendar ni otorgar licencias respecto a parte o la totalidad de los derechos sobre su espacio de exposición.
3.8. El expositor debe mantener su stand abierto y con atención durante todo el horario de apertura del certamen.
3.9. La organización nombrará un Comité de Control que comprobará que los productos y servicios expuestos correspondan a la finalidad y objeto de Infarma y que cumplan la legislación y normativa vigente. Los productos, servicios o material promocional que no se ajusten a estos criterios no serán admitidos en Infarma.
3.10. Todos los expositores facilitaran a la organización, un mes antes de la inauguración de Infarma 2022, una relación detallada de productos, servicios y marcas que deseen exponer en el stand.
4. MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN Y TARIFAS
4.1. Sólo suelo
Stand sólo suelo: 420 €/ m2 + IVA
Stands de dos pisos, espacio de exposición en xxxxxxx xxxxxx, 000 €/ m2+ IVA
El espacio mínimo para contratar con la opción sólo suelo son 20 m2. Incluye exclusivamente el espacio de exposición y el expositor se responsabilizará de la construcción de su stand de acuerdo con la normativa recogida en estas condiciones.
La modalidad sólo suelo no incluye los seguros obligatorios, el canon de montaje ni el consumo eléctrico. Estos elementos son de contratación obligatoria y se facturarán a la empresa expositora. Tampoco incluye la limpieza del stand. Los expositores interesados en contratar este servicio lo podrán hacer a través de la Carpeta de Servicios al Expositor.
4.2. Módulos predecorados
Stand Madera: 560€/ m2+ IVA
Stand Modular: 520 €/ m2 + IVA
El espacio mínimo para contratar las opciones stand madera y stand modular son 16 m2. El precio incluye la construcción del stand en estructura xx xxxxxx o modular, rótulo con nombre del expositor, moqueta, iluminación básica, cuadro y consumo eléctrico básicos, limpieza básica y canon de montaje.
4.3. Stand Bienvenida. Solo para nuevos expositores.
Stand Madera 6.720€ + IVA
Stand Modular 6.240€ + IVA
Las modalidades de stand bienvenida son sólo para expositores que participen por primera vez en Infarma. Están sólo disponibles con 12 m2 e incluyen los mismos elementos y condiciones que se detallan para los módulos predecorados.
4.4. Carpeta de servicios: la organización pondrá a disposición de los expositores una carpeta de servicios complementarios a la contratación del stand. El expositor podrá contratar estos servicios a través de la Carpeta de Servicios al Expositor hasta el 20 de febrero de 2022. Se atenderán las solicitudes de servicios complementarios recibidas con posterioridad al 20 de febrero siempre que sea posible prestar el servicio, aplicando un recargo del 25%.
4.5. Pases de expositor: todas las modalidades de participación incluyen 1 pases de expositor por cada 4 m2
contratados. Estos pases serán nominales y el expositor podrá gestionarlos a través del Área del Expositor.
5. CONDICIONES DE PAGO
5.1. Tras la firma del contrato de participación y la adjudicación del espacio de exposición, se facturará al expositor el 50% del importe correspondiente a la reserva del stand. Para mantener la reserva del stand, esta factura debe ser abonada dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de la factura.
5.2. El restante 50% se facturará el 10 de enero de 2022, juntamente con los servicios auxiliares que el expositor hubiera contratado hasta la fecha. Esta segunda factura debe ser abonada dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de la factura.
5.3. En caso de que la contratación del stand sea posterior al 31 de diciembre de 2021, se facturará al expositor el 100% del importe correspondiente tras la firma del contrato. Esta factura debe ser abonada dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de la factura.
5.4. En caso de impago de cualquier factura, la organización podrá cancelar, suspender o continuar el contrato de participación.
5.5. En ningún caso se autorizará la participación de un expositor ni el montaje de su stand si el expositor tiene cantidades pendientes de pago correspondientes a su stand a la fecha prevista de inicio de estos trabajos.
5.6. El importe de los servicios auxiliares realizados durante la feria, y de toda cantidad que estuviera pendiente de pago, deberá ser abonado antes de la finalización de la feria. En caso contrario la organización no autorizará la salida del material expuesto xxx xxxxxxx.
6. CANCELACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN
6.1. Los expositores que habiendo contratado un stand renuncien a participar en Infarma Madrid 2022 deberán comunicar por escrito esta cancelación a la organización.
6.2. La cancelación de la participación por parte del expositor no supondrá el abono por parte de la organización de las cantidades facturadas hasta la fecha de la cancelación. Si un expositor comunica su cancelación antes del 31 de diciembre de 2021, quedará obligado al pago del 50% del importe correspondiente a su stand. Si un expositor comunica su cancelación a partir del 1 de enero de 2022, quedará obligado al pago del 100% del importe correspondiente a su stand.
6.3. La cancelación de la participación en Infarma Madrid 2022 implicará la renuncia a cualquier elemento de comunicación, visibilidad o patrocinio que el expositor hubiera contratado, quedando el expositor obligado al pago íntegro de las cantidades correspondientes a estos elementos.
6.4. Se considerará que un expositor renuncia a participar en Infarma Madrid 2022 cuando no haya ocupado el espacio contratado antes de las 12 horas del día previo al inicio de la feria. Esta renuncia no implicará ningún tipo de reembolso.
6.5. En caso de cancelación o renuncia a participar por parte del expositor, la organización podrá disponer del espacio de exposición para adjudicarlo a otro expositor o para destinarlo a los fines que considere oportunos. Esta reasignación del espacio no eximirá en ningún caso al expositor de la obligatoriedad de pagar la totalidad del stand contratado.
6.6. Si bien la organización ha hecho todo lo posible para garantizar que las especificaciones de los planos y otro material comercial de Infarma Madrid 2022 sean precisas, no ofrece ninguna garantía a este efecto y no tendrá ninguna responsabilidad respecto a cualquier inexactitud en estos documentos. Estas inexactitudes no serán consideradas motivo suficiente para la cancelación de la reserva por parte del Expositor.
7. CANCELACIÓN, APLAZAMIENTO O CAMBIO DE UBICACIÓN
7.1. La organización podrá en cualquier momento y según su criterio cancelar, posponer o cambiar la ubicación de Infarma Madrid 2022.
7.2. En caso de cancelación de Infarma Madrid 2022 por causas de fuerza mayor no imputables a la organización, la participación del expositor y todas las cantidades que hubiera abonado hasta la fecha se trasladarán a la próxima edición de Infarma que pueda celebrarse cuando las condiciones lo permitan.
7.3. En caso de aplazamiento, cambio de fechas o cambio de ubicación, el acuerdo de participación entre el organizador y el expositor quedará vigente para las nuevas fechas y/o ubicación.
7.4. En cualquier caso de cancelación, aplazamiento o cambio de ubicación, la organización queda exonerada de la responsabilidad sobre los daños y perjuicios ocasionados al expositor, no pudiendo éste demandar a la organización por las pérdidas sufridas por esta causa.
8. MODIFICACIÓN DEL ESPACIO DE EXPOSICIÓN
8.1. En interés del certamen, la organización se reserva la facultad de modificar o cambiar el stand adjudicado a un expositor, sin que el expositor pueda por ello exigir ninguna compensación
8.2. Si el expositor solicitara una reducción del espacio de exposición, se le adjudicara una nueva ubicación entre los espacios disponibles en ese momento. Si la solicitud se hace a partir del 10 de enero de 2022, la reducción del espacio no supondrá el abono de las cantidades facturadas, quedando el expositor obligado al pago íntegro del stand inicialmente contratado.
8.3. El expositor podrá modificar su modalidad de participación entre las opciones sólo suelo, stand madera y stand modular hasta el 30 de enero.
9. MONTAJE Y DESMONTAJE
9.1. Montaje
Jueves 17 xx xxxxx x xxxxxxx 20 xx xxxxx, de 8.30 a 20.30 horas. Lunes 21 xx xxxxx, de 8.30 a 21.30 horas.
Los stands predecorados estarán disponibles el lunes 21 xx xxxxx a partir de las 10:00 horas.
No se permitirá el inicio del montaje de los stands de aquellos expositores que tengan pagos pendientes relacionados con su participación en Infarma Madrid 2022.
9.2. Desmontaje
Jueves 24 xx xxxxx, de 18.30 a 21.30 horas.
Viernes 25 xx xxxxx y sábado 26 xx xxxxx, de 8.30 a 21.30 horas.
El jueves 24 xx xxxxx se permitirá únicamente la retirada de materiales y mercancías del stand, pero no de los elementos estructurales del mismo. El 24 xx xxxxx no se permitirá el acceso de vehículos al interior de los pabellones.
9.3. No se permitirá la entrada o salida de materiales desde las 9:30 horas del 22 xx xxxxx hasta las 18:30 horas del jueves 24 xx xxxxx. Específicamente, queda terminantemente prohibido iniciar el desmontaje de los stands antes de las 18:30 horas del jueves 24 xx xxxxx.
9.4. El acceso x Xxxxx de Madrid y al interior de los pabellones se efectuará por las puertas indicadas a este efecto. El acceso al interior de los pabellones se realizará exclusivamente para efectuar la descarga de los materiales. Los vehículos no podrán permanecer estacionados dentro de los pabellones ni en las zonas adyacentes.
9.5. Durante todo el evento, y específicamente durante el montaje y desmontaje, queda prohibida la colocación de materiales en el espacio de exposición de otros expositores y en los pasillos, debiendo quedar estos libres para la circulación de personas y mercancías.
9.6. Después de las 21:30 horas xxx xxxxxx 26 xx xxxxx, los stands que no se hayan desmontado y los objetos y materiales que permanezcan en el recinto ferial serán retirados por los servicios de limpieza de IFEMA. El coste originado por estas acciones será facturado al expositor, no haciéndose responsable la organización del destino del material desalojado.
9.7. Actividades no permitidas durante el montaje y construcción de los stands:
• Afectar las instalaciones del pabellón, ni a ningún elemento estructural del mismo.
• La pulverización de pinturas en el interior del pabellón.
• Depositar o exponer materias peligrosas, inflamables, explosivas, insalubres, que desprendan olores desagradables y que puedan ocasionar molestias a otros expositores o al público visitante.
• Perforar los pavimentos ni fijar en ellos moquetas o elementos de construcción con cola de contacto o similares, debiendo fijarse tales elementos con cinta adhesiva xx xxxxx cara, o bien, fijarse en las tarimas instaladas al efecto por el expositor, o por cualquier otro medio siempre independiente del pavimento. Tampoco se podrá pintar, agujerear ni hacer xxxxx de ninguna clase.
• Perforar, clavar, taladrar o colocar cualquier tipo de fijación en las paredes. Tampoco se podrá pintar, fijar tacos ni hacer xxxxx de ninguna clase.
• El uso de globos inflados con gases ligeros como elemento decorativo de stands. Su utilización está permitida, previa consulta con la Dirección de Servicios Feriales de IFEMA, cuando los mismos estén anclados a un elemento estructural del stand o se rellenen con gases pesados inofensivos que impidan su ascensión.
• Realizar cualquier tipo de montaje en aquellas zonas definidas como pasillos de la feria.
• Dirigir los focos hacia el exterior del stand.
• Utilizar las canaletas de servicios de pabellones para el paso de cableado o cualquier otro tipo de instalación.
• La instalación de antenas parabólicas o de cualquier otro tipo. En caso de necesidad de instalación de algún elemento de este tipo se deberá solicitar la autorización correspondiente, comprometiéndose el expositor por escrito al desmontaje de los elementos una vez terminado el certamen.
• La utilización de confeti o cualquier elemento similar.
• Realizar actividades que impliquen pirotecnia.
• Adherir cualquier elemento a las paredes.
9.8. El Reglamento General de Participación de Expositores de IFEMA se considerará de obligada aplicación para todos aquellos aspectos del montaje, construcción y decoración de stands que no hubieran sido específicamente detalladas en los puntos anteriores.
9.9. Los daños producidos a las instalaciones feriales con motivo del montaje, instalación o desmontaje de los stands serán a cargo del expositor.
9.10. Todas las empresas decoradoras deberán dejar limpio y expedito el espacio en el que hayan construido el stand, disponiendo para ello de los días de desmontaje previstos. En el caso de que finalizado el desmontaje las empresas decoradoras dejen residuos o escombros, los costes derivados de su retirada se facturarán al expositor de acuerdo con la Tasa de Desescombro según la tarifa oficial vigente de IFEMA para 2022.
10. NORMAS DE CONSTRUCCIÓN Y DECORACIÓN DE STANDS
Los expositores que opten por la modalidad Sólo Suelo deberán construir su stand de acuerdo con las siguientes normas de construcción y montaje de stands.
10.1. Los expositores que opten por la modalidad sólo suelo deben enviar a la organización los planos técnicos de planta y alzado para su visado y aprobación antes del 22 de febrero de 2022. Los planos y el proyecto del stand deberán ajustarse a la normas de construcción y decoración de stands definidas en este apartado.
10.2. La organización podrá exigir, si la envergadura del montaje así lo requiere, que el diseño sea firmado por un técnico superior competente y visado por el colegio oficial correspondiente. Este requisito será siempre obligatorio en los stands con segunda planta .
10.3. En caso de que el expositor desee utilizar la estructura de cubierta del pabellón para colgar cualquier elemento decorativo, deberá solicitar previamente autorización a IFEMA.
10.4. No se permite la unión de stands o islas situados a ambos lados de un pasillo, ya sea mediante la unificación de la moqueta, de estructuras aéreas, iluminación, etc. aunque estos pertenezcan a la misma empresa o grupo de empresas.
10.5. El diseño y decoración de todos los stands deberán corresponderse con el proyecto y planos autorizados .
10.6. Todos los montajes de los stands deben cumplir el apartado DB-SIA del Código Técnico de Edificación y deben incluir, como mínimo, las paredes medianas con las paredes del pabellón o con los stands adyacentes. Estas paredes deben tener una altura mínima de 2,50 metros.
10.7. Altura máxima de stands en pabellones: la altura máxima permitida de cualquier elemento en las paredes colindantes con las paredes del pabellón o con los stands colindantes es de 4 metros. En las paredes colindantes con el pasillo se podrá elevar un elemento puntual en el perímetro hasta una altura máxima de 6 metros. En ningún caso puede elevarse un elemento en las medianas con los stands vecinos. Sólo retranqueándose un mínimo de 1 metro, podrá elevarse cualquier elemento hasta una altura máxima de 6 metros .
10.8. Altura máxima de stands en núcleos de conexión: la altura máxima permitida para cualquier elemento del stand es de 4 metros.
10.9. En islas compartidas, los elementos colindantes con stands vecinos deben estar retranqueados un mínimo de 1 metro respecto al perímetro con el stand colindante.
10.10. No se permite el cierre total de una pared lateral colindante con un pasillo, debiendo quedar abierto y accesible como mínimo un 25% de la misma. Sólo se podrá cerrar el 100% de una pared lateral con paredes o elementos que no superen 1,25 metros de altura.
Para poder cerrar totalmente una pared lateral colindante con un pasillo con elementos de altura superior a 1,25 metros, deberá existir una distancia mínima de 1.5 metros entre la pared y el pasillo.
10.11. Se permiten los elementos que sobresalgan del perímetro del stand como máximo 40 centímetros sólo si están situados a una altura mínima de 2,5 metros.
10.12. Las partes posteriores de todos los elementos decorativos que queden a la vista del público deberán ser convenientemente cubiertos o terminados .
10.13. Se permitirá el revestimiento de los pilares situados dentro del propio stand hasta una altura máxima de 5 metros. Si existen elementos de seguridad o servicios (BIES, extintores, pulsadores de incendios, señalización de seguridad…) éstos no podrán cubrirse y deberán quedar siempre visibles y accesibles .
10.14. El diseño de un stand en ningún caso deberá obstaculizar el acceso a las arquetas de conexiones situadas en los pavimentos de los pabellones que deberán estar registrables y accesibles en todo momento .
10.15. En caso necesario las arquetas de servicios situadas dentro de un stand podrán ser utilizadas para dar servicio a los stands colindantes.
10.16. Los stands construidos sobre tarima de altura igual o superior a 1,9 centímetros deberán contar con al menos una rampa de al menos 1,20 metros de anchura, para permitir el acceso de personas con movilidad reducida.
Stands con segunda planta
10.17. Los expositores que presenten un proyecto de stand que incluya una segunda planta deberán presentar a la organización un certificado o un proyecto con su dirección de obra correspondiente y firmado por un técnico competente, que deberá ser visado por el colegio oficial correspondiente. En el proyecto deberán especificarse las dimensiones, la carga de uso y el aforo, siendo responsabilidad exclusiva del expositor el cumplimiento de los límites establecidos.
10.18. Barandillas y protección en cambios de nivel se diseñarán según la normativa vigente y, en concreto, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Código Técnico de Edificación.
10.19. Los huecos y cambios de nivel abiertos directamente al exterior a una altura sobre el suelo superior a 50 centímetros y los resaltes del pavimento estarán protegidos por un peto o barandilla de 95 centímetros de altura, Con los mismos criterios serán protegidos los perímetros exteriores de los voladizos en segundas plantas .
10.20. En estas construcciones se requerirá la siguiente documentación: memoria descriptiva, proyecto estructural de cálculo estático, evaluación de riesgos y medidas preventivas asume.
Retirada de escombros
10.21. Todas las empresas decoradoras deberán dejar limpio y expedito el espacio en el que hayan construido el stand, disponiendo para ello de los días de montaje y desmontaje previstos para cada salón. En caso de que una vez finalizados los periodos indicados las empresas decoradoras dejen residuos o escombros, éstas deberán abonar las Tasas de Desescombro según tarifa oficial vigente de IFEMA para 2022.
11. CONTENIDO DE LOS STANDS
11.1. Todos los productos y servicios en exposición deben pertenecer a los sectores de exposición detallados en estas condiciones. La Comisión de Control podrá limitar e impedir la exposición de los productos, servicios o elementos publicitarios que no se adecúen a estas condiciones y/o a la legislación vigente.
11.2. Los stands deben estar atendidos en todo momento por el personal del propio expositor.
11.3. El expositor es responsable de mantener su stand en perfecto orden y condición durante todo el certamen.
11.4. Todos los elementos del stand, artículos en exposición y elementos promocionales deben estar situados dentro del perímetro del stand. La organización se reserva el derecho de retirar los elementos que obstruyan los pasillos y zonas comunes.
11.5. El uso de sistemas de amplificación de sonido está limitado a un volumen máximo de 60 decibelios.
11.6. En ningún caso se permitirá la realización de actividades y/o espectáculos en los pasillos y zonas comunes sin la autorización expresa de la organización.
11.7. Cualquier utilización en el stand por parte del expositor de cualquier contenido que esté sujeto a propiedad intelectual, deberá contar con la autorización de la entidad de gestión de derechos de autor correspondiente. El expositor debe gestionar esta autorización y será considerado único responsable en caso de reproducciones de obras sin la autorización del autor.
12. NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
12.1. Todas las personas que participen en los montajes y desmontajes de INFARMA deberán llevar casco protector homologado, chaleco reflectante y calzado de seguridad.
No se permitirá el acceso a los pabellones de nadie que no porte el equipamiento descrito. Esto implica a montadores, personal de organización, expositores, proveedores y cualquier persona que tenga que atravesar, permanecer o trabajar en los pabellones durante los periodos de montaje y desmontaje.
Este equipamiento es el mínimo requerido, lo que no excluye el uso de otros elementos de protección en función de las tareas específicas a realizar (labores de pintura, soldado, etc.).
12.2. De acuerdo con la vigente normativa sobre instalaciones en locales con riesgo de incendio o explosión, se prohíbe absolutamente en los trabajos de montaje, desmontaje y decoración de stands, la utilización de colas de impacto o cualquier otro producto que, por evaporación u otra causa, pueda producir de forma continua, intermitente o periódica, concentraciones peligrosas, aun en el caso de que estén localizadas, de gases o vapores combustibles.
12.3. En el montaje de stands, los elementos de decoración deberán cumplir las mismas características que los de construcción, no pudiendo llevar ningún tipo de material o producto que sea fácilmente combustible como paja, viruta xx xxxxxx, viruta de papel, serrín, turba, hojas secas, etc.
12.4. En ninguna circunstancia se admitirá el uso o transporte dentro del pabellón de gasolina, acetileno, petróleo o cualquier otro material inflamable. El uso de aparatos de calefacción individuales también queda prohibido.
12.5. Una vez inaugurado el Salón, no está permitido circular con ningún tipo de vehículo, incluidas bicicletas, patines, patinetes…, por el interior de los pabellones y la avenida.
12.6. En el caso de que se observe inminente peligro para personas o cosas, se deberá interrumpir el suministro de la instalación eléctrica donde se produzca el mismo. Las conexiones o desconexiones de las acometidas eléctricas de los stands se efectuarán siempre por personal de los servicios técnicos del pabellón, quedando absolutamente prohibido el acceso a las cajas de acometida de la red general a cualquier otra persona.
12.7. La exhibición y demostración de los productos expuestos se autorizará con la condición de no ofrecer ningún peligro para el público visitante ni producir molestias a otros expositores, así como tampoco originar daños al pabellón.
12.8. Los expositores de INFARMA Madrid 2022 deberán cumplir toda la normativa aplicable y, especialmente las normas de seguridad establecidas por las legislaciones estatal, autonómica y local, incluida la vigente Ley de Riesgos Laborales, así como las Normas Generales de Participación específicas de IFEMA. Cada expositor será responsable del cumplimiento de estas normas en el marco de su stand, en el pabellón y en el Recinto Ferial.
13. SEGURIDAD
13.1. Durante los períodos de montaje, celebración y desmontaje, IFEMA se encarga de la vigilancia general de los
En ningún caso se trata de una seguridad dirigida a los bienes objeto de exposición, ni a los bienes particulares de cada expositor, por lo que la Organización, IFEMA, INTERALIA e INFARMA no se hacen responsables de los bienes particulares propiedad de los expositores, sus empleados o dependientes.
La Organización, IFEMA, INTERALIA e INFARMA tampoco se responsabilizan, en consecuencia, del robo o hurto de los materiales y objetos depositados en los stands, ni de los daños que puedan sufrir estos durante los períodos de montaje, celebración y desmontaje. No obstante, la Organización prestará su apoyo para la resolución o tramitación de la correspondiente denuncia.
Cada expositor se responsabiliza de aquellos objetos de valor que pueda haber en su stand, debiendo cuidar de los mismos durante el período de montaje, las horas de abertura al público y el período de desmontaje.
La Organización, IFEMA, INTERALIA e INFARMA no se encargan de la vigilancia de los stands, por lo que en el caso de que un expositor desee un servicio de vigilancia de su stand, puede contratar tal servicio o llevarlo a cabo con sus propios medios.
Si un expositor desea ocuparse él mismo de la vigilancia de su stand deberá solicitar, con un mínimo de 72h de antelación, al Departamento de Seguridad de IFEMA, a través de la Secretaría Técnica de INFARMA Madrid 2022, la correspondiente autorización.
13.2. La Organización establecerá durante las horas de visita un sistema de vigilancia y orden en todo el pabellón. Un servicio idéntico se efectuará por las noches. Los expositores realizarán la vigilancia de sus stands durante las horas de visita al público, estando prohibido en las restantes horas la permanencia en los stands del personal de estos que sólo podrá levantarse en caso de obtener autorización especial de la dirección de INFARMA, por razones muy justificadas y en la forma en que se determine.
13.3. La vigilancia general terminará una vez clausurado el Salón; a partir de este momento cada participante será responsable de la seguridad de sus productos e instalaciones, sin perjuicio de que la Organización mantenga la vigilancia durante unos días más.
13.4. Tanto el personal de los servicios técnicos como el de vigilancia efectuarán cuantas visitas de inspección sean necesarias para asegurarse de que las normas de seguridad y vigilancia sean cumplidas por todos los expositores, y en cualquier momento podrán tomar las medidas convenientes para evitar accidentes o situaciones que puedan dañar a personas o cosas.
14. SEGUROS
14.1. La Organización de INFARMA asegura a todos los expositores contra los riesgos de Incendio y Explosión, mediante una póliza colectiva que cubre la totalidad de las instalaciones y objetos del pabellón. Cada expositor estará obligado a abonar la correspondiente prima.
14.2. Igualmente es obligatorio, a través de una póliza colectiva que INTERALIA facturará al expositor, el seguro de Responsabilidad Civil por accidentes causados a terceros.
14.3. El seguro contra Xxxx, Xxxxx y/o Expoliación será opcional y deberá ser cubierto directamente por el propio expositor.
14.4. El expositor deberá asegurar directamente contra accidentes de trabajo al personal de sus stands y a los técnicos que intervengan en el montaje y desmontaje.
14.5. La Organización de INFARMA e INTERALIA, Ferias Profesionales y Congresos, S.A. declinan su responsabilidad por cualquier otro riesgo que, con motivo de la participación en el Congreso-Salón, puedan correr los expositores, sus empleados y técnicos, así como sus instalaciones y mercancías expuestas.
14.6. Todas las pólizas caducarán tres días después de clausurado INFARMA Madrid 2022.
15. PUBLICIDAD
15.1. La publicidad de cada expositor deberá limitarse al marco de su stand. Queda prohibida la distribución de folletos o la exhibición de carteles u otras formas gráficas o visuales fuera del espacio adjudicado a cada expositor, en los pasillos del pabellón y en los terrenos xxx Xxxxxxx Ferial, excepto si existe un acuerdo previo y por escrito con la Organización de INFARMA Madrid 2022. Esta publicidad respetará estrictamente el criterio de el Comité de Control
respecto a los productos a exponer (apartados 3.9, 3.10 y 11.1 de las presentes Condiciones Generales de Participación para Expositores).
15.2. Cualquier publicidad que ofenda las costumbres o las ordenanzas legales, o que tenga carácter político o ideológico, está absolutamente prohibida en el recinto de la exposición.
15.3. La publicidad por medio de altavoces, así como la exhibición de audiovisuales sonorizados necesitan autorización especial de la Organización. Máximo 60 decibelios.
15.4. No está autorizada en ningún caso la realización de actividades y/o espectáculos audiovisuales por los pasillos y zonas comunes.
15.5. También se prohíbe la publicidad de terceros. Todo artículo exhibido que no sea del propio expositor, o de sus empresas representadas, deberá ser autorizado por escrito por la Organización de INFARMA Madrid 2022 para su exhibición y publicidad.
La Organización podrá prohibir la distribución de publicidad que haya dado lugar a reclamaciones y retener ese material hasta la finalización del certamen.
Los medios publicitarios ópticos, móviles o acústicos necesitan autorización previa y sólo se utilizarán en la medida en que no causen molestias a los vecinos del stand.
15.6. En el exterior del pabellón hay una serie limitada de espacios adecuados para colocar carteles publicitarios. IFEMA tiene concedida la exclusiva de explotación a una compañía de publicidad exterior.
Esta publicidad respetará estrictamente el criterio de la Comité de Control respecto a los productos a exponer (apartados 3.9, 9.10 y 11.1 de las presentes Condiciones Generales de Participación para Expositores).
16. PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de la LOPD 15/1999 y la LSSICE 34/2002 se informa que los datos de carácter personal que voluntariamente faciliten todos los participantes (expositores, visitantes, congresistas, ponentes, proveedores…), serán incorporados a un fichero automatizado propiedad de INFARMA y gestionado por Interalia Ferias Profesionales y Congresos, S.A. Estos datos, incluido el correo electrónico y las imágenes que se pudieran captar en el interior xxx xxxxxxx ferial, podrán ser utilizados para las comunicaciones informativas o promocionales de las actividades organizadas por INFARMA. Asimismo, se le informa de que sus datos pueden ser facilitados, con obligación de confidencialidad, a empresas colaboradoras de INFARMA. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando un correo electrónico a xxxxxx@xxxxxxxxx.xx.
La organización se reserva el derecho a fotografiar y filmar a los asistentes, a los stands y a los productos en exposición y a utilizar estos contenidos exclusivamente para la promoción, publicidad y notas de prensa de Infarma.
17. CONFORMIDAD
Con la firma del Contrato de Participación, el expositor acepta y se compromete a cumplir estas Condiciones Generales de Participación para Expositores de INFARMA Madrid 2022. Estas condiciones se consideran parte integrante del Contrato de Participación, así como el Reglamento y Normas de Participación de IFEMA, de aplicación general para los certámenes celebrados en sus recintos feriales.
Para todo cuanto no esté previsto en estas Condiciones de Participación para Expositores, la organización dictará la norma correspondiente y su decisión deberá ser acatada por los expositores.