CONTRATO DE TRABAJO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
CONTRATO DE TRABAJO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
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CON REDUCCIÓN CUOTAS S.S. |
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SIN REDUCCIÓN CUOTAS S.S. |
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DATOS DE LA EMPRESA |
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CIF/NIF/NIE |
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CÓDIGO DE CONTRATO |
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D./DÑA. |
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NIF./NIE |
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EN CONCEPTO (1) |
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NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA |
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DOMICILIO SOCIAL |
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PAIS |
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MUNICIPIO |
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C. POSTAL |
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DATOS DE LA CUENTA DE COTIZACIÓN |
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RÉGIMEN |
COD. PROV. NÚMERO DIG. CONTR. |
ACTIVIDAD ECONÓMICA |
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DATOS DEL CENTRO DE TRABAJO |
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PAIS |
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MUNICIPIO |
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DATOS DEL/DE LA TRABAJADOR/A |
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D./DÑA. |
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NIF./NIE |
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FECHA DE NACIMIENTO |
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Nº AFILIACIÓN S.S. |
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NIVEL FORMATIVO |
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NACIONALIDAD |
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MUNICIPIO DEL DOMICILIO |
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PAIS DOMICILIO |
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Con la asistencia legal, en su caso, de D./Dña. con N.I.F/N.I.E , en calidad de (2)
DECLARAN
PRIMERA: Que el presente contrato se acoge a la reducción de cuotas a la Seguridad Social contemplada en el art. 3 de la ley 3/2012, de 10 de febrero.
SI NO
SEGUNDA: Que el/la trabajador/a no tiene cualificación profesional, reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, requerida para concertar un contrato en prácticas (Título universitario o de formación profesional de grado medio o superior del sistema educativo o certificado de profesionalidad)
TERCERA: Que el/la trabajador/a es:
Mayor de 16 y menor de 30 años
Trabajador/a con discapacidad (sin límite de edad) (3)
Alumnos/as participantes en un proyecto de empleo y formación al amparo de lo previsto en el artículo 10.4 b) del Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxxx aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de noviembre. (4)
Trabajadores/as en situación de exclusión social (Sin límite de edad)
CUARTA: Que el/la trabajador/a no ha estado vinculado a ésta o distinta empresa, para una actividad laboral u ocupación objeto de la misma cualificación profesional, con otro contrato para la formación y el aprendizaje que haya agotado su duración.
QUINTA: Que el/la trabajador/a no ha desempeñado el puesto de trabajo correspondiente a este contrato en esta empresa por tiempo superior a 12 meses
SEXTA: Que la empresa tiene centros de trabajo en: Una Comunidad Autónoma Varias CCAA
SÉPTIMA: Que el contrato se celebra a jornada completa. Que reúnen los requisitos exigidos para la celebración del presente contrato y en consecuencia acuerdan formalizarlo con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA: El contrato tiene por objeto la cualificación profesional en régimen de alternancia de:
Actividad laboral (5) , CNO , incluido en el grupo profesional (6) , de acuerdo con el sistema de clasificación vigente en la empresa, en el centro de trabajo ubicado en (calle, nº y localidad)
Actividad formativa en los términos recogidos en el Anexo I a este contrato. Dicho Anexo deberá suscribirse simultánea a este contrato.
SEGUNDA: La jornada será de: (7) 1º año 2º y 3º año / El total de horas de trabajo efectivo del contrato será (7) el 1º año de horas y el 2º y 3º año / , que representan un (7) por ciento el 1º año y por ciento el 2º y 3º año / de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo de . El tiempo de trabajo efectivo se prestará (8) el 1º año y el 2º y 3º año /
TERCERA: La duración del presente contrato será de (9) y se extenderá desde hasta (10). Se establece un período de prueba de (11)
CUARTA: El/la trabajador/a percibirá por la prestación de sus servicios una retribución, proporcional al tiempo efectivo, de (12) euros brutos (13)
QUINTA: La duración de las vacaciones anuales será de (14)
SEXTA: La empresa se obliga a proporcionar trabajo efectivo relacionado con las actividades formativas y a facilitar la asistencia a las mismas. El/la trabajador/a se compromete a prestar el trabajo efectivo y a recibir la formación relacionada.
SÉPTIMA: El presente contrato se extinguirá por la expiración del tiempo convenido, incluido en su caso, el de la/s prórroga/s que se pueda acordar (15).
OCTAVA: A la finalización del presente contrato, la cualificación o competencia profesional adquirida será objeto de acreditación en los términos previstos en el artículo 11.2.e) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
NOVENA: En lo no previsto en este contrato, se estará a la legislación vigente que resulte de aplicación y, particularmente, a lo dispuesto en el art. 11.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), en el R.D. 1529/2012, de 0 xx xxxxxxxxx (XXX xx 0 xx xxxxxxxxx) x xx xx Xxxxx ESS/2518/2013, de 26 de diciembre (BOE de 11 de enero de 2014), modificada por la Orden ESS/41/2015, de 12 de enero (BOE de 24 de enero) . Asimismo, le será de aplicación lo dispuesto en el Convenio Colectivo de .
DÉCIMA: El contenido del presente contrato se comunicará al Servicio Público de Empleo de en el plazo de 10 días siguientes a su concertación.
UNDÉCIMA: El/la empresario/a comunicará el fin de la relación laboral al Servicio Público de Empleo de en el plazo de los 10 días siguientes a su terminación.
DUODÉCIMA: PROTECCIÓN DE DATOS. Los datos consignados en el presente contrato tendrán la protección derivada de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre.
CLÁUSULAS ADICIONALES
PRIMERA: El presente contrato se celebra para la ejecución del Taller de Empleo “ “, con nº expediente , y está financiado por la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Y para que conste, se extiende este contrato por triplicado ejemplar en el lugar y fecha a continuación indicados, firmando las partes interesadas.
En , a de de 20
El/la trabajador/a El/la representante de la Empresa El/la representante legal del/de la menor, si procede
Director/a Gerente, etc.
Padre, madre, tutor/a o persona o institución que le tenga a su cargo.
Se aportará la certificación que acredite al trabajador/a la condición de personas con discapacidad expedido por el Organismo Oficial correspondiente.
En estos proyectos se incluyen las Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo, así como los proyectos de empleo y formación de las CCAA.
Indicar el puesto de trabajo y ocupación según Clasificación Nacional de Ocupaciones vinculados a la formación. Las funciones pueden ser todas las del grupo profesional o solamente alguna de ellas.
Señalar el grupo profesional y la categoría o nivel profesional que corresponda, según el sistema de clasificación profesional vigente en las empresas.
La jornada y el total de horas de trabajo efectivo se puede expresar en horas al día, semana, mes o año, siempre que en ambos casos se utilice la misma referencia. Máximo 75% de la jornada prevista en el convenio o, en su defecto, de la jornada máxima legal, en el primer año de contrato y el 85% en el segundo y tercer año.
Indicar los días de trabajo efectivo y el horario.
Mínimo un año, máximo tres años. Por convenio colectivo, la duración no podrá ser inferior a 6 meses.
Las situaciones de I.T., riesgo de embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, interrumpirán el cómputo de la duración del contrato, excepto en los supuestos celebrados con trabajadores/as en situación de exclusión social por empresas de inserción (sin límite de edad).
De establecerse período de prueba, se estará a lo dispuesto en convenio colectivo. En ningún caso podrá exceder de dos meses.
La fijada en convenio colectivo, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Semanales, mensuales o anuales
Mínimo: 30 días naturales.
Se pueden celebrar hasta 2 prórrogas sin que la duración de las mismas sea inferior a 6 meses y la duración total del contrato no pueda exceder de 3 años.