PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, QUE COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO REGIRÁ EL CONCURSO, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO URGENTE, TRAMITADO PARA ADJUDICAR LAS OBRAS DE SOTERRAMIENTO DEL CENTRO DE TRANSFORMACIÓN DENOMINADO...
C.A. MJG/dg.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, QUE COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO REGIRÁ EL CONCURSO, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO URGENTE, TRAMITADO PARA ADJUDICAR LAS OBRAS DE SOTERRAMIENTO DEL CENTRO DE TRANSFORMACIÓN DENOMINADO “RESIDENCIAL ÉBOLI” SITO EN EL PASEO COLONIAL DEL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
I. - DISPOSICIONES GENERALES
1ª.- JUSTIFICACIÓN DEL CONCURSO.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo
75.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que requiere se justifique en el expediente la elección del procedimiento de contratación, la utilización del procedimiento ABIERTO URGENTE y por CONCURSO se fundamenta en los siguientes motivos:
a) Al interés público en la adjudicación de la obra en el plazo más breve posible de tiempo para que puedan ser justificadas las subvenciones recibidas a cuenta por parte de la Comunidad de Madrid, según informe emitido por el Director de Proyectos y Obras Públicas del Ayuntamiento.
b) Permitir a todo empresario capacitado la presentación de proposiciones y adjudicar el contrato al que ofrezca la propuesta más ventajosa en su conjunto.
c) Se trata de una obra para la ejecución de un nuevo Centro de Transformación de 2x630kVA tipo PFS- H subterráneo en sustitución del actual C.T. del tipo caseta, en el Paseo Colonial xx Xxxxx, en la que a la hora de decidir quién ha de ser el adjudicatario deben tenerse en cuenta otros criterios o condicionantes que no sean exclusivamente el precio y que vienen recogidos en el presente Pliego en la cláusula 14ª.
2ª.- OBJETO DEL CONTRATO.
2.1.- El objeto a que este Pliego de cláusulas se refiere es la ejecución de las obras de soterramiento del Centro de Transformación denominado “Residencial Éboli” sito en el Paseo Colonial del municipio xx Xxxxx (MADRID), según proyecto que incluye el estudio básico de seguridad y salud redactado por el Ingeniero Técnico Industrial, X. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
2.2.- El proyecto técnico, planos, pliego de cláusulas técnicas particulares, cuadro de precios, memoria y presupuesto general, así como el estudio de seguridad y salud, revestirán carácter contractual, por lo que serán obligatorias y exigibles al adjudicatario del contrato.
3ª.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y TIPO DE OFERTA.
3.1.- El presupuesto del contrato será aquel al que ascienda la adjudicación sin que ésta pueda exceder, en ningún caso, de 113.436,01 €.
El contratista destinará el 1% del presupuesto real de adjudicación por contrata para inspección, control de calidad y vigilancia de las obras, instalaciones y materiales que se justificarán mediante facturas.
En este importe está incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, los Gastos Generales y el Beneficio Industrial.
4ª.- FINANCIACIÓN DE LAS OBRAS.
En los presupuestos del Ayuntamiento xx Xxxxx, según se ha certificado por la Interventora General del mismo, existe crédito suficiente para hacer frente al pago del precio del contrato.
Las obras objeto del contrato se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 030.434.62304 del Presupuesto General del Ayuntamiento xx Xxxxx para el ejercicio 2005.
5ª.- PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.
5.1.- El plazo de ejecución de las obras será de SEIS (6) MESES que comenzará a contarse desde el día
siguiente a la formalización del Acta de comprobación del replanteo, hecho éste que se producirá dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato administrativo.
5.2.- El adjudicatario vendrá obligado a presentar, en el plazo y con el contenido señalado en el artículo
132 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, un programa de trabajo en el que fijen los plazos parciales de ejecución de las obras según la oferta presentada, siempre que el Órgano de Contratación lo considera conveniente.
5.3.- El Acta de comprobación del replanteo y los plazos parciales que puedan fijarse al aprobar el programa de trabajo, con los efectos que en esta aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a todos los efectos previsto en la legislación vigente.
II. - DE LAS CLÁUSULAS ESPECIFICADAS DE LICITACIÓN
6ª.- FORMA DE ADJUDICACIÓN.
6.1.- Teniendo en cuenta la justificación señalada en la cláusula 1ª de este Pliego de cláusulas y en base a lo dispuesto en los artículos 71, 73.2 y 85 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la adjudicación de las obras se hará por CONCURSO PÚBLICO con procedimiento de adjudicación ABIERTO URGENTE.
6.2.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
78.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el anuncio de licitación se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”. A efectos puramente informativos, el Órgano de Contratación podrá anunciar la licitación en los medios de comunicación que considere convenientes.
7ª.- CLASIFICACIÓN DE CONTRATISTAS.
Conforme a lo establecido en el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y dado que el Presupuesto anual del contrato es menor de 120.202,42 €, no se exige clasificación del contratista.
8ª.- CAPACIDAD.
Podrán presentar proposiciones, por sí mismos o por medio de representantes, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan capacidad para ello en los términos previstos en el artículo 15 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y no se encuentren incluidas en ninguno de los supuestos de prohibición para contratar con las Administraciones Públicas recogidos en el artículo 20 del Texto Refundido citado anteriormente.
9ª.- GARANTÍA PROVISIONAL.
Para optar a la adjudicación del contrato, los licitadores deberán de acreditar la consignación previa de la garantía provisional por importe de 2.268,72 € que se constituirá de cualquiera de las formas previstas en el artículo 35.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y se depositará en la Tesorería General del Ayuntamiento xx Xxxxx, siendo su horario de 9 a 13 horas y de lunes a viernes.
10ª.- EXPOSICIÓN SIMULTÁNEA XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DEL ANUNCIO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Conforme al párrafo 2º del art. 122 del RDL 781/86, de 18 xx xxxxx, la exposición xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y del anuncio para la presentación de proposiciones (de licitación) se realizará en unidad de acto, pudiéndose presentar reclamaciones contra el Pliego durante los 8 días hábiles siguientes a la publicación del anuncio.
Si dentro de tal plazo se produjeran reclamaciones contra el Pliego, se suspenderá la licitación y el plazo para la presentación de proposiciones, reanudándose el que reste a partir del día siguiente al de la resolución de aquellas.
11ª.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
11.1.- Las proposiciones serán secretas y se presentarán en las Dependencias Municipales, en horario
de 9 a 15 horas, y de lunes a viernes dentro del plazo que se señale en el anuncio de licitación, que será de TRECE (13) DÍAS naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
A efectos de finalización de plazo el sábado será señalado día inhábil considerándose último día para presentar las proposiciones el día siguiente hábil posterior.
11.2.- Las proposiciones se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxx, y se titularán “Proposición para tomar parte en el concurso por procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las obras de soterramiento del Centro de Transformación denominado “Residencial Éboli” sito en el Paseo Colonial del municipio xx Xxxxx (MADRID)” constando el nombre del licitador y se presentarán en un sobre en cuyo interior figurarán otros dos sobres cerrados, pudiendo ser lacrados y precintados denominados: El SOBRE “A” titulado “Documentos generales para tomar parte en el concurso por procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las obras de soterramiento del Centro de Transformación denominado “Residencial Éboli” sito en el Paseo Colonial del municipio xx Xxxxx (MADRID)” y el SOBRE “B” titulado “Proposición económica y técnica para tomar parte en el concurso por procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las obras de soterramiento del Centro de Transformación denominado “Residencial Éboli” sito en el Paseo Colonial del municipio xx Xxxxx (MADRID)”.
11.3.- Cada licitador sólo podrá presentar una proposición.
No se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente.
La infracción de estas condiciones dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones presentadas por el licitador afectado.
11.4.- Durante el plazo de presentación de proposiciones los interesados podrán examinar y consultar, en el Departamento de Contratación del Ayuntamiento xx Xxxxx, el expediente de contratación y solicitar cuantas aclaraciones consideren convenientes.
11.5.- Todos los documentos que formen parte de la proposición, es decir, la documentación general, la oferta
económica y la memoria técnica deberán estar redactados en castellano.
12ª.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
12.1.- La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional, por parte del empresario, del contenido xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas y técnicas particulares sin salvedad alguna.
12.2.- En el SOBRE “A”, titulado “Documentos generales para tomar parte en el concurso por procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las obras de soterramiento del Centro de Transformación denominado “Residencial Éboli” sito en el Paseo Colonial del municipio xx Xxxxx (MADRID)”, se hará constar el nombre del licitador y se incluirá la siguiente documentación administrativa:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes:
(a) Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada, o Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica así mismo por original o fotocopia compulsada.
(b) Poder Bastanteado por el Sr. Secretario del Ayuntamiento xx Xxxxx, cuando se actúe por representación y presentación de fotocopia compulsada del D.N.I. de quien actúa por representación.
Con carácter previo y para proceder al Bastanteo de Poder, los licitadores deberán aportar una declaración responsable de que el poder se encuentra en vigor y no ha sido revocado.
(c) En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar
la representación de la unión entre la Administración.
2. Resguardo acreditativo de la constitución de la garantía provisional debidamente ingresado en la Caja de la Corporación.
3. Declaración responsable del licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas según el modelo del Anexo II.
4. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera acreditados por uno o varios de los medios señalados en el art. 16 del Texto Refundido de la L.C.A.P.
5. Para las empresas extranjeras, una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por la disposición vigente, así como no tener deuda alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxx (MADRID).
Sin perjuicio de que quien resulte adjudicatario deberá presentar en el plazo de CINCO (5) días desde dicha propuesta de adjudicación Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social que acredite la inscripción de la empresa y hallarse al corriente de las cuotas de la Seguridad Social del personal que trabaje a su servicio (por original o fotocopia compulsada), Certificado de la Delegación de Hacienda correspondiente que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias conforme establece el artículo 20 f) del Real Decreto Legislativo 2/2000 (por original o fotocopia compulsada), y Certificado de la Intervención de Fondos del Ayuntamiento xx Xxxxx de que no exista deuda alguna con este Ayuntamiento (por original o fotocopia compulsada).
7. Declaración responsable por la que el licitador se obliga al cumplimiento de todas las disposiciones y normativas vigentes sobre riesgos laborales.
8. Declaración por la que el licitador se obliga al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes sobre Protección a la Industria Nacional, Legislación Social, Estatutos de los Trabajadores y demás normas sobre la materia.
9. Declaración responsable firmada por el licitador en la que se comprometa a suscribir seguro de responsabilidad civil, que cubra todos los accidentes, daños o perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato, según se señala en la cláusula 18ª.
10. Escrito firmado por el licitador en el que conste la dirección, el número de teléfono y de fax, y la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos que sean precisos realizar durante el procedimiento selectivo.
12.3.- En el SOBRE “B” titulado “Proposición económica y técnica para tomar parte en el concurso por procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las obras de soterramiento del Centro de Transformación denominado “Residencial Éboli” sito en el Paseo Colonial del municipio xx Xxxxx (MADRID)”, se hará constar el nombre del licitador y se incluirá la siguiente documentación:
1. Proposición económica formulada estrictamente conforme al modelo que figura como Anexo I a este Xxxxxx.
No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas o expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras que puedan inducir a duda racional sobre su contenido ni aquellas en las que la cantidad expresada en letra y en número sea diferente.
2. Memoria técnica relativa a las siguientes cuestiones:
(a) Declaración indicando los equipos mecánicos, medios auxiliares y medios materiales que la empresa dispondrá para la ejecución de las obras que se sacan a concurso, indicando si son en propiedad o se acudirá a la subcontratación o alquiler.
(b) Organigrama del equipo humano que estará adscrito a la obra, especificando su dedicación a la misma, cometido a desempeñar y departamentos técnicos de la empresa que se dedicarán a apoyo de la obra. Asimismo se adjuntará el currículo profesional del personal técnico con especial indicación de la experiencia del mismo en obras similares a la del presente Xxxxxx.
(c) Experiencia de la empresa en obras similares a las que se refiere el presente Xxxxxx, aportando certificados de obra de buena ejecución.
(d) Compromisos especiales y mejoras a las prescripciones mínimas que los licitadores estimen incluir en su plica, y que sean valorables en cuanto al concurso.
(e) Plan de obra.
13ª.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
13.1.- En el Concurso la adjudicación recaerá en el ofertante que en conjunto haga la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma y sin perjuicio del derecho de la Administración a declararlo desierto.
13.2.- El acto de apertura de plicas tendrá lugar ante la Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación estará integrada por los miembros que constituyen la Mesa de Contratación para todos los procedimientos de contratación, aprobada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 17 xx xxxxx de 2004.
13.3.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el SOBRE “A”, el día siguiente hábil a la finalización del plazo para presentación de proposiciones (a estos efectos el sábado será considerado inhábil).
Si la Mesa de Contratación observara defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a 3 días para que el licitador lo subsane. Si la documentación contuviese defectos substanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Los defectos subsanables o insubsanables apreciados serán publicados en el tablón de anuncios de esta Entidad, a efectos de la notificación prevista en el art.
59 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27 de Noviembre de 1992), comenzando, en su caso, el cómputo del plazo concedido para la subsanación de los defectos calificados como tales, el día inmediatamente posterior.
13.4.- Actuación de la Mesa de Contratación.
El acto de apertura de plicas tendrá lugar el QUINTO
(5) DÍA hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de plicas, a las 14 horas, considerándose inhábil el sábado, en cuanto al día de apertura, trasladándose en este caso la misma al día hábil siguiente.
La Mesa iniciará su actuación dando cuenta del resultado de la calificación de documentación general presentada por los licitadores en el SOBRE “A”, indicando los licitadores excluidos y las causas de exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que se recogerían en el Acta.
Cualquier asistente, a propia petición podrá examinar la documentación presentada, que a tal efecto señale.
A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del SOBRE “B” y dará lectura a la proposición económica formulada por cada uno de los licitadores.
Terminado el acto público de apertura de plicas, la Mesa elevará el Acta correspondiente, en la que se recogerán las observaciones que estime pertinentes, así como la documentación administrativa, propuestas económicas y las memorias técnicas respectivas, remitiendo toda esta documentación a los Servicios Técnicos Municipales para que por aquellos se emitan los correspondientes informes técnicos acerca de la mayor o menor ventaja de las proposiciones presentadas. En virtud de lo establecido en el artículo 81 apartado 2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la Mesa de Contratación podrá solicitar antes de formular su propuesta tantos informes técnicos consideren precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
13.5.- Evacuado el correspondiente informe por los Servicios Técnicos Municipales, se procederá por la Mesa de Contratación, reunida a tal efecto a formular la propuesta que estime pertinente que elevará al Órgano de Contratación que haya de efectuar la adjudicación.
14ª.- CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso ponderados en virtud de lo establecido en el art. 86.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, serán los siguientes:
1.- CAPACIDAD TÉCNICA DE LA EMPRESA. Se valorará
como máximo hasta 30 puntos, repartidos de la siguiente manera:
1.1.- Hasta 10 puntos, se valorará los equipos mecánicos, medios auxiliares, medios materiales que la empresa señale como adscritos a la obra que se saca a concurso. Se indicará asimismo si son en propiedad o deberán acudir a la subcontratación o el alquiler.
1.2.- Hasta 10 puntos, se valorará el equipo humano, es decir, la relación de personal que se compromete la empresa a adscribir a la obra; especificando su dedicación a la misma y adjuntando el currículo profesional del personal técnico con especial indicación de la experiencia del mismo en obras similares a las que son objeto del presente contrato. Se adjuntará organigrama del personal adscrito a la obra indicando como mínimo titulación, cometido a desempeñar y departamentos técnicos de la empresa que se dedicarán a apoyo de la obra.
2.- OFERTA ECONÓMICA. Se valorará como máximo hasta
30 puntos, mediante una regla de tres sencilla proporcional al porcentaje de baja. Se le asignará la máxima puntuación a la mayor baja.
Se calcularán los porcentajes de baja, y se aplicará la siguiente fórmula:
O x PM
P = -------------
BM
P = Puntos.
O = Porcentaje de baja ofertada. PM = Máxima puntuación.
BM = Mayor porcentaje de baja.
3.- MEJORAS. Se valorará como máximo hasta 20 puntos aquellas actuaciones que permitan realizar mejoras en la realización de las obras y que sean acordes con la mejora del entorno y estas tendrán que ver con los acabados finales de las obras.
3.1.- Demolición de los centros de transformación a soterrar y gestión de los residuos que se generen, se valorará hasta 5 puntos.
3.2.- Reposición de la zona que ocupa el C.T. a demoler. Se premiarán iniciativas que prevean la creación de nuevas zonas ajardinadas (totalmente acabadas) en los casos que sea posible. El acabado será en todo caso previa aprobación del Ayuntamiento xx Xxxxx, se valorará hasta 5 puntos.
3.3.- Retranqueo y puesta en marcha de posibles instalaciones anexas a las casetas de los C.T., a un lugar adecuado, se valorará hasta 5 puntos.
3.4.- Cualquier otra mejora, se valorará hasta 5 puntos.
4.- PLAN DE OBRA. Se valorará como máximo hasta 10 puntos el plazo de ejecución de la obra, teniéndose en cuenta no solamente la reducción del mismo sino la adecuación y viabilidad de este plazo con el plan de obra que aporte el licitador.
15ª.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA.
El Órgano de Contratación, recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evacuados los informes técnicos correspondientes, dictará alternativamente, dentro de los tres meses siguientes a la apertura de proposiciones económicas, resolución motivada adjudicando el contrato a la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso.
La adjudicación definitiva, una vez acordada, cualquiera que sea el procedimiento seguido y la forma de contratación empleada, será notificada a los participantes en la licitación y, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, siempre y cuando el importe de la adjudicación sea igual o superior a 60.101,21 €, o
en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid dentro de los 48 días siguientes a aquella.
16ª.- RETIRADA DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS LICITADORES.
Transcurrido UN (1) MES desde la notificación de la adjudicación del concurso mediante procedimiento abierto urgente, los licitadores que no hayan sido adjudicatarios deberán retirar la documentación aportada, señalándose que si en dicho plazo no fuera retirada se procederá a la destrucción de la misma por este Ayuntamiento.
III. - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
17ª.- GARANTÍA DEFINITIVA.
17.1.- Con carácter previo a la formalización del contrato y en el plazo máximo de SIETE (7) DÍAS naturales, contados desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, en aplicación a lo previsto en el art. 71 apartado b) del Texto Refundido de la L.C.A.P. relativo a reducción de plazos a la mitad, el adjudicatario constituirá, en la Tesorería General del Ayuntamiento xx Xxxxx, una garantía definitiva que será del 4% del importe de adjudicación.
17.2.- La garantía definitiva se constituirá por cualquiera de los medios previstos en el artículo 36 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas e ingresado en la Caja de la Corporación del Ayuntamiento xx Xxxxx y en el horario señalado en la cláusula 9ª.
18ª.- DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
18.1.- Cumplidos los requisitos señalados en las cláusulas anteriores, y dentro del plazo máximo de QUINCE
(15) DÍAS naturales, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, en aplicación a lo previsto en el art. 71 apartado b) del Texto Refundido de la L.C.A.P. relativo a reducción de plazos a la mitad, se formalizará el contrato de obras en documento administrativo dando fe de ello el Secretario General del Ayuntamiento xx Xxxxx.
El adjudicatario vendrá obligado a presentar seguro de responsabilidad civil, que cubra todos los accidentes, daños o perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato, con un mínimo de indemnización por siniestro de 601.012,10 €.
18.2.- El contrato podrá elevarse a escritura pública cuando lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
18.3.- A tenor de lo establecido en el art. 71.2 apartado c) la Corporación podrá ordenar el comienzo de la ejecución del contrato aunque no se haya formalizado éste siempre que haya constituido la garantía definitiva correspondiente.
18.4.- La falta de formalización del contrato producirá las consecuencias previstas en el artículo
54.3. del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
19ª.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
19.1.- El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá para lo no establecido en este Pliego, por la Ley 7/1985, de 2 xx Xxxxx; por el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx; por el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no contradiga la legislación anterior; y por las demás normas de derecho administrativo.
19.2.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución a efectos de este contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los requisitos establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción.
19.3.- Las discrepancias o contradicciones que pudieran surgir entre el Pliego de cláusulas económico administrativas y el Pliego de cláusulas técnicas se resolverán conforme a lo establecido en el primero de los Pliegos.
19.4.- Todos los plazos señalados en este Pliego, salvo que expresamente se diga otra cosa, se entienden referidos a días naturales.
IV. - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
20ª.- ABONOS AL CONTRATISTA.
El importe de las obras ejecutadas se acreditará mensualmente al contratista por medio de certificaciones expedidas por la Dirección Técnica. A tal fin serán expedidas por la Dirección Técnica las Certificaciones, que se presentarán por el contratista en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxx.
21ª.- TRANSMISIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO.
21.1.- Los contratistas podrán ceder, en los términos previstos en la legislación vigente, los derechos de cobro que tengan frente al Ayuntamiento xx Xxxxx y que deriven de la ejecución del contrato.
21.2.- Para que la cesión del derecho de cobro tenga plena efectividad frente al Ayuntamiento xx Xxxxx se deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que la certificación objeto de cesión haya sido aprobada por la Comisión de Gobierno.
b) Que, con posterioridad a la fecha de aprobación, se comunique al Ayuntamiento xx Xxxxx, mediante escrito presentado en el Registro General de la misma firmado por el cedente y el cesionario, la cesión efectuada con indicación expresa del importe a que asciende la misma y los datos que identifiquen al cedente y al cesionario.
21.3.- Una vez que el Ayuntamiento xx Xxxxx tenga conocimiento de la cesión, la orden de pago se expedirá a favor del cesionario. Antes de que la cesión se ponga en conocimiento del Ayuntamiento xx Xxxxx, las órdenes de pago expedidas a nombre del contratista surtirán efectos liberatorios.
21.4.- La cesión del derecho hecha cumpliendo los requisitos establecidos en este Pliego no impide que el Ayuntamiento xx Xxxxx pueda oponer al cesionario las
excepciones al pago y los medios de defensa que tuviera el cedente.
22ª.- SUBCONTRATACIÓN.
Se permite al adjudicatario concertar con terceros la ejecución parcial del contrato hasta un máximo del 50 por 100 del presupuesto.
Para que la subcontratación tenga efectos frente al Ayuntamiento xx Xxxxx deberá de cumplir los requisitos señalados en el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
23ª.- OBLIGACIONES Y GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA.
23.1.- El contratista está obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato así como de sus plazos parciales, en caso de que se hubieren establecido. Si llegado el término de cualquiera de dichos plazos, parciales o final, el contratista hubiere incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, el Órgano de Contratación podrá optar, indistintamente, en la forma y condiciones previstas en el art. 95 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por la resolución del contrato con pérdida de garantía, o por la imposición de las penalidades establecidas en el art. 95.3 del Texto Refundido citado, en su grado máximo.
El importe de las penalidades y su pago no excluye la indemnización de daños y perjuicios que puedan exigirse al contratista conforme a la legislación vigente.
Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el art. 96.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En todo caso la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte del Ayuntamiento xx Xxxxx.
23.2.- Serán de cuenta del contratista el abono de los anuncios que deriven de la licitación, incluso los que se hagan en medios de comunicación.
23.3.- Serán además de cuenta del contratista todos los gastos que se deriven de la formalización del contrato.
23.4.- El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia de Seguridad Social e Higiene en el trabajo, respecto a las obras objeto de contrato, sin que en caso de incumplimiento, pueda derivarse responsabilidad para el Ayuntamiento xx Xxxxx.
23.5.- El contratista vendrá obligado a indemnizar todos los daños ocasionados a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución de las obras, a tal fin el adjudicatario vendrá obligado a presentar seguro de responsabilidad civil hasta un límite de siniestro de 601.012,10 € sin franquicia y ello sin perjuicio de que el Ayuntamiento pueda ejecutar la garantía definitiva.
24ª.- IMPUESTOS.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en los presupuestos de adjudicación se entendería comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, incluido el I.V.A. sin que, por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
V. - EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
25ª.- DIRECCIÓN DE LAS OBRAS.
El Ayuntamiento xx Xxxxx, a través de la Dirección Técnica de la obra, efectuará la inspección, control y vigilancia de las mismas.
26ª.- COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO.
En el plazo xxxxxx xx XXXX (10) DÍAS desde la formalización del contrato se realizará la comprobación del replanteo de las obras con los requisitos establecidos en el artículo 142 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este plazo podrá reducirse cuando existan razones de urgencia apreciadas por el Órgano de Contratación.
27ª.- PROGRAMA DE TRABAJO.
El contratista deberá de cumplir lo establecido a este respecto en el art. 132 del Reglamento General de Contratación, y en la cláusula 5ª de este Pliego.
28ª.- SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS.
El contratista está obligado a instalar, a su xxxxx, la señalización precisa que la legislación vigente exige sobre señalizaciones y acceso de obras, siendo responsable de todas las consecuencias derivadas a la omisión de esta señalización y de forma muy especial la señalización exigida en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
El contratista vendrá obligado a instalar en la obra un cartel o poste de obra que contenga la denominación e importe de la misma, las Administraciones actuantes y las aportaciones de cada una de ellas y la denominación de la empresa adjudicataria. El tamaño, material y diseño de los postes o carteles serán establecidos por la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional de la Comunidad de Madrid. El cartel o poste deberá ser mantenido hasta la recepción de las obras por el Ayuntamiento.
VI. - MODIFICACIONES DEL CONTRATO
29ª.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO DE OBRAS.
Las modificaciones al contrato de obras se regirán por lo establecido en el artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y por las disposiciones del Reglamento General de Contratación.
VII. - CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
30ª.- RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA OBRA.
La recepción y liquidación de la obra se hará conforme a lo establecido en los artículos 147 y 148 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Podrán recepcionarse aquellas partes de la obra, que ejecutadas en su plazo inicial, sean susceptibles de servir al uso o al servicio de que se trata.
31ª.- PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía será de UN (1) AÑO a partir de la recepción, ya sea parcial o total.
Durante el plazo de garantía el contratista estará obligado, y a su xxxxx, a la conservación de las obras así como a la subsanación de todas las deficiencias que surjan y que no sean debidas a culpa de Ayuntamiento xx Xxxxx o a motivos de fuerza mayor.
32ª.- CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.
La devolución y cancelación de la garantía definitiva se producirá en los términos previstos en el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, previa solicitud por escrito del contratista, y siempre que haya transcurrido el plazo de garantía de un año.
33ª.- LIBRO DE VISITAS.
El Constructor conservará en la obra a disposición de la Dirección Facultativa el libro de Ordenes y Asistencias a que se refiere la Orden de 9-VI-1971. La Dirección Facultativa deberá consignar en el mencionado libro todas las visitas, incidencias y órdenes, que considere convenientes para la correcta interpretación y ejecución del Proyecto.
El Constructor y la Dirección Facultativa, conjuntamente levantarán acta en la que recogerán todas las instrucciones y decisiones que se adopten en orden al desarrollo de la obra. No serán obligatorias para el Constructor más instrucciones u órdenes de las que se le den por escrito o se consignen en el libro de órdenes.
Las órdenes de la Dirección Facultativa serán inmediatamente ejecutivas. Asimismo, de cualquier orden dada se dará cuenta de la misma al Concejal delegado de Obras.
En Pinto, a 15 xx xxxxx de 2005
LA ALCALDESA EN FUNCIONES EL SECRETARIO
(MODELO DE PROPOSICIÓN)
D. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
mayor de edad, vecino de . . . . . . . . . . . . . . .
con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
titular del DNI nº . . . . . . . . . . . . . expedido con
fecha . . . . . . . . . . . . , en nombre propio (o en
representación de . . . . . . . . . . . . . . . . .
vecino de . . . . . . . . . . . . . . con domicilio en
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
(conforme acredito con Poder Bastanteado) enterado del concurso, mediante procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las obras de soterramiento del Centro de Transformación denominado “Residencial Éboli” sito en el Xxxxx Xxxxxxxx xxx xxxxxxxxx xx Xxxxx (XXXXXX), se compromete a realizarlo en el precio de . .
. . . . . . . . . . . . . . . . € (EN LETRA Y NÚMERO),
incluido I.V.A., que supone un tanto por ciento de rebaja del . . . . . . % (EN LETRA Y NÚMERO).
Asimismo aporto toda la documentación exigida en el Pliego de cláusulas administrativas particulares, respondiendo personalmente de su autenticidad.
. . . . . . . , a . . de . . . . . de 200. . (FIRMA DEL PROPONENTE)
(MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE)
D. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , mayor de
xxxx, con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . ., calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . , nº . . . . . . . . . y NIF nº
. . . . . . . . . . . . . . . , (En el caso de actuar en representación como apoderado de . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ,
con domicilio en ,
calle nº
. . . . . . . CIF o NIF )
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que no se halla incurso (caso de actuar en representación: Que ni la empresa a la que representa, ni los administradores de la misma se hallan incursos) en ninguna de las circunstancias que determinan la prohibición para contratar con la Administración, a que se refiere el art. 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 390/96, de 18 xx Xxxx.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el Ayuntamiento xx Xxxxx, expido y firmo la presente declaración en Pinto, (Madrid), a . . . . . . . . . . . .
de . . . . . . . . . . . de 2 . . . . . .
(MODELO DE AVAL)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca). . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . NIF . . . . . . . . . . con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en . . . . .
. . . . . . . . . . . . en la calle/plaza/avenida . . . .
. . . . . . . . . . C.P. . . . . y en su nombre (nombre y
apellidos de los apoderados). . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
AVALA
a:(nombre y apellidos o razón social del avalado). . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . en
virtud de lo dispuesto por el art. 46 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para responder de las obligaciones derivadas del contrato de las obras de soterramiento del Centro de Transformación denominado “Residencial Éboli” sito en el Paseo Colonial xx Xxxxx (MADRID), por importe de cantidad de remate de (en letra). . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . € (en cifra). . . . . . . . . .
. . . . .
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja del Ayuntamiento xx Xxxxx (MADRID) con sujeción a los términos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y en sus normas de desarrollo.
. . . . . . . . . . . . . . . .(lugar y fecha)
. . . . . . . . . (razón social de la entidad)
. . . . . . . . . . .(firma de los Apoderados)
Verificación de la representación por la Asesoría jurídica de la CGD o Abogacía del Estado
Provincia: Fecha: Nº Código: