SERVICIO NACIONAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO
SERVICIO NACIONAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Viceministerio xx Xxxxxx y Crédito Público
MODELO DE DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL
APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO
CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR DE LÍNEA: INGENIERO DE SISTEMAS Y 1 ASISTENTE ADMINISTRATIVO
PARA LA DLEGSS
SNPE/SP/05/2016 PRIMERA CONVOCATORIA
(CUCE: 16-0035-03-639107-1-1)
Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 274 de 9 xx xxxx de 2013 X xxxx en base al Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009
de las Normas Básicas del Sistema de Administra de Bienes y Servicios
1
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
PARTE I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
1 NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de Servicios de Consultoría Individual se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC).
2 PROPONENTES ELEGIBLES
En esta convocatoria podrán participar únicamente las personas naturales con capacidad de contratar.
3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
3.1 Consultas escritas sobre el DBC, “No corresponde”.
3.2 Reunión Informativa de Aclaración, “No corresponde”.
4 GARANTÍAS
1.1. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 0181, el proponente, decidirá el tipo de garantía a presentar entre:
a) Boleta de Garantía.
b) Garantía a Primer Requerimiento
c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento.
1.2. De acuerdo con lo establecido en el inciso b) del Artículo 21 del Decreto Supremo Nº 0181, las garantías requeridas para la contratación de Consultores Individuales por Producto son:
a) Garantía de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitará la Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato.
Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la garantía de cumplimiento de contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago.
b) Garantía de Correcta Inversión de Anticipo. En caso de convenirse anticipo, el proponente deberá presentar una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado. El monto total del anticipo no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato. “No corresponde”.
El tratamiento de ejecución y devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato y Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.
1.3. Para Consultorías Individuales de Línea no se realizará retenciones ni se solicitará ninguna garantía.
5 RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
5.1 Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.
5.2 Las causales de descalificación son:
a) Incumplimiento u omisión a la presentación de cualquier Formulario de Declaración Jurada requerido en el presente DBC;
b) Incumplimiento a la Declaración Jurada del Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1).
c) Cuando la propuesta técnica y/o económicano cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
d) Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial.
e) Cuando producto de la revisión de la propuesta económica, existiera una diferencia superior al dos por ciento (2%), entre el monto expresado en numeral con el monto expresado en literal.
f) Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo requerido en el presente DBC.
g) Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta.
h) Cuando el proponente presente dos o más propuestas.
i) Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras.
j) Cuando la propuesta presente errores no subsanables.
k) Si para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalda lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
l) Si para la suscripción del contrato la documentación solicitada, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente hubiese justificado oportunamente el retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito o cuando la causa sea ajena a su voluntad.
m) Cuando el proponente desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato.
La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente.
6 CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES
6.1 Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad los siguientes:
a) Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC.
b) Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma y que no incidan en lavalidez y legalidad de la propuesta presentada.
c) Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente DBC.
d) Cuando el proponente oferte condiciones superiores a las requeridas en los Términos de Referencia, siempre que estas condiciones no afecten el fin para el que fueron requeridas y/o se consideren beneficiosas para la Entidad.
Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considerar otros criterios de subsanabilidad.
Cuando la propuesta contenga errores subsanables, estos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato.
6.2 Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes:
a) La ausencia de cualquier Formulario, solicitado en el presente DBC.
b) La falta de firma del proponente en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
c) La falta de la propuesta técnica o parte de ella.
d) La falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
e) Cuando se presente en fotocopia simpleel Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
7 DECLARATORIA DESIERTA
El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 del Decreto Supremo Nº 0181.
8 CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del Contrato a través de Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 del Decreto Supremo Nº 0181.
9 RESOLUCIONES RECURRIBLES
Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, en procesos de contratación por montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del parágrafo I del Artículo
90 del Decreto Supremo Nº 0181; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII del Título I del Decreto Supremo Nº 0181.
10 DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE
Los documentos que deben presentar los proponentes son:
a) Formulario de Presentación de la Propuesta (Formulario A-1).
b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2).
c) Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), excepto cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo.
d) Formularios de Propuesta Técnica, en base a los Términos de Referencia (Formulario C-1 y Formulario C-2).
11 RECEPCIÓN DE PROPUESTAS
La recepción de propuestas se efectuará en el lugar, fecha y hora límite fijados en el presente DBC.
La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado dirigido a la entidad convocante, citando el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria.
La propuesta deberá tener una validez no menor a treinta (30) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas.
12 APERTURA DE PROPUESTAS
La apertura pública de propuestas se realizará en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC. Se verificarán los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, utilizando el Formulario V-1. Cuando se aplique los Métodosde Selección y Adjudicación de:Calidad, Propuesta Técnica y Costo o Calidad, se dará lectura a los precios ofertados.
El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, suspenderá el acto y recomendará al RPA mediante informe, que la convocatoria sea declarada desierta.
13 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La entidad convocante, de acuerdo con el Artículo 23 del Decreto Supremo Nº 0181, para la evaluación de propuestas, podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación:
a) Presupuesto Fijo;“si aplica”.
b) Calidad, Propuesta Técnica y Costo;
c) Calidad.
14 EVALUACIÓN PRELIMINAR
Concluido el acto de apertura en sesión reservada, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la propuesta, utilizando el Formulario V-1.
15 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO, “No aplica este Método”)
16 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, “No aplica este método”
17 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PRESUPUESTO FIJO, “Si aplica”
Este método se aplicará para la contratación de Servicios de Consultoría Individual de Línea o Por Producto, en el que el presupuesto será determinado por la Entidad, por lo que los proponentes no deberán presentar propuesta económica y en caso de ser presentada la misma no será considerada para efectos de evaluación.
La evaluación de propuestas se realizará de la siguiente forma:
17.1 Evaluación de la Propuesta Técnica
La propuesta técnica contenida en el Formulario C-1, será evaluada aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3.
A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, utilizando el Formulario V-3.
El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de los Formularios C-1 y C-2, utilizando el Formulario V-3.
Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi) no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas.
El Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, recomendará la Adjudicación, de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total (PTi).
18 CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
a) Nómina de los proponentes.
b) Cuadros de Evaluación.
c) Detalle de errores subsanables, cuando corresponda.
d) Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda.
e) Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
f) Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considere pertinentes.
19 ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
19.1 El RPA, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Adjudicación o Declaratoria Desierta.
19.2 En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del Cronograma de Plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma de plazos deberá ser publicado en el SICOES.
Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.
19.3 Para contrataciones con montos mayores a Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el RPA deberá adjudicar o declarar desierta la contratación mediante Resolución, para contrataciones menores a dicho monto la entidad determinará el documento de adjudicación o declaratoria desierta.
19.3.1 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá mínimamente la siguiente información:
a) Nómina de los participantes y precios ofertados por el servicio.
b) Los resultados de la calificación.
c) Causales de descalificación, cuando corresponda.
d) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda.
e) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.
19.4 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 del Decreto Supremo Nº 0181. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. En contrataciones hasta Bs200.000 (Doscientos mil 00/100 Bolivianos), el documento de adjudicación o declaratoria desierta, deberá ser publicado en el SICOES.
20 SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO Y PAGO
20.1 El proponente adjudicado deberá entregar para la suscripción del contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en la Declaración Jurada de Presentación de Propuestas (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre en el Certificado XXXX.
Las entidades públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado xxx XXXX, presentado por el proponente adjudicado, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES.
20.2 La entidad convocante deberá otorgar al proponente adjudicado un plazo no inferior a cuatro (4) días hábiles para la entrega de los documentos requeridos en el presente DBC; si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del tiempo otorgado, el proceso deberá continuar.
Para contrataciones mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el plazo de entrega de documentos, será computable a partir del vencimiento del plazo para la interposición de Recursos Administrativos de Impugnación.
En caso que el proponente adjudicado justifique oportunamente el retraso en la presentación de uno o varios documentos requeridos para la formalización de la contratación, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos.
Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato, su propuesta será descalificada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causa de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 49 del Decreto Supremo Nº 0181.
Si el desistimiento se debe a que la notificación de adjudicación se realizó una vez vencida la validez de la propuesta presentada, corresponderá la descalificación de la propuesta por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido.
Si producto de la revisión efectuada para la formalización de la contratación los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
En los dos casos señalados precedentemente, el RPA deberá autorizar la modificación del Cronograma de Plazos a partir de la fecha de emisión del documento de adjudicación.
En caso de convenirse anticipo el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado.
20.3 Los pagos por el servicio se realizarán previa conformidad de la entidad convocante, entrega de la factura y entrega del comprobante de pago de contribuciones al Sistema Integral de Pensiones.
Para Consultores Individuales por Producto en ausencia de la nota fiscal (factura), la entidad convocante deberá retener los montos de obligaciones tributarias para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.
En los contratos suscritos para servicios de Consultoría Individual de Línea, al encontrarse las personas naturales sujetas al Régimen Complementario de Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), la entidad convocante solicitará el registro en el Servicio de Impuestos Nacionales como contribuyentes directos del RC-IVA, siendo responsabilidad del consultor presentar la declaración jurada trimestral al Servicio de Impuestos Nacionales.
Por otra parte, para servicios de Consultoría Individual de Líneala entidad podrá actuar como agente de retención y pago por contribuciones al Sistema Integral de Pensiones.
21 MODIFICACIONES AL CONTRATO
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse mediante:
a) Contrato Modificatorio paraConsultores IndividualesporProducto:Cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
b) Contrato Modificatorio para Consultores Individuales de Línea: Cuando la Unidad Solicitante requiera ampliar el plazo del servicio de Consultoría Individual de Línea,deberá de manera previa a la conclusión del contrato, realizar una evaluación del cumplimiento de los Términos de Referencia. En base a esta evaluación, la MAE o la autoridad que suscribió el contrato principal podrá tomar la decisión de ampliar o no el Contratodel Consultor.
Esta ampliación podrá realizarse hasta un máximo de dos (2) veces, no debiendo exceder el plazo de cada ampliación al establecido en el contrato principal.
22 CIERRE DEL CONTRATO
Una vez que el Responsable de Recepción o Comisión de Recepción (contraparte) de la entidad emita su conformidad a la prestación del servicio, la Unidad Administrativa, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás estipulaciones del contrato suscrito, a efectos de:
1. Cobro de penalidades (solamente para Consultoría Individual por Producto).
2. Devolución de garantías o devolución de retenciones por concepto de cumplimiento contrato (solamente para Consultoría Individual por Producto).
3. Emisión del Certificado de Cumplimiento de Contrato.
PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
23 CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
A. CONVOCATORIA
Se convoca a la presentación de propuestas para el siguiente proceso:
Entidad convocante : SERVICIO NACIONAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO - SENAPE
6 | 3 | 9 | 1 | 0 | 7 |
Modalidad de Contratación : Apoyo Nacional a la Producción y Empleo
3
0
0 | 0 | 3 | 5 |
CUCE : 1 6 - - -
- 1 - 1
Código interno que la entidad utiliza para Identificar al proceso :
Objeto de la contratación : Método de Selección y Adjudicación :
SNPE/SP/05/2016
CONTRATACION DE CONSULTORES DE LINEA : UN INGENIERO DE SISTEMAS Y UN AUXILIAR ADMINISTTRATIVO PARA LA DLEGSS
X a) Presupuesto Fijo b) Calidad, Propuesta Técnica y Costo
Forma de Adjudicación :
Precio Fijo o Referencial :
La contratación se formalizará
mediante :
Garantía de Cumplimiento de
Contrato :
Organismo Financiador :
c) Calidad
POR ITEMS
ITEM Nº 1, ING. DE SISTEMAS, SUELDO MENSUAL Bs6.994.-
ITEM Nº 2, AUXILIAR ADMINISTRATIVO, SUELDO MENSUAL Bs3.820.-
Contrato
No corresponde
Nombre del Organismo Financiador % de Financiamiento
(de acuerdo al clasificador vigente)
TESORO GENERAL DE LA NACION
100
(*)Aplica sólo para Consultores Individuales de Línea
B. INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC)
Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos:
8:30 - 12:30 Y 14:30 18:30
Horario de atención de la entidad :
Nombre Completo Cargo Dependencia
DAF
Técnico de Adquisiciones
Lic. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx
Encargado de atender consultas :
Edificio xxx XXXXXX, Av. Xxxx Xxxxxxx Xx 00, xxxx Xxxxxxxxxx
Domicilio fijado para el proceso de contratación por la entidad
convocante :
0000000
Teléfono :
0000000
Fax :
Correo electrónico para consultas :
C. CRONOGRAMA DE PLAZOS El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente: |
FECHA HORA # ACTIVIDAD LUGAR Y DIRECCIÓN Día/Mes/Año Hora:Min |
1 Publicación del DBC en el SICOES y la : 11/03/2016 Convocatoria en la Mesa de Partes 2 Consultas Escritas (No son obligatorias) : - 3 Reunión Informativa de Aclaración (No es - obligatoria) Fecha límite de presentación y Apertura de Edificio xxx XXXXXX, 1er. 4 Propuestas : 17/03/2016 10:30 Piso, oficina de Adquisiciones 5 Presentación del Informe de Evaluación y : 23/03/2016 16:00 Edificio xxx XXXXXX, 1er. Recomendación al RPA Piso, DAF. 6 Adjudicación o Declaratoria Desierta : 24/03/2016 7 Notificación de la Adjudicación o Declaratoria 24/03/2016 Desierta: 8 Presentación de documentos para la suscripción : 31/03/2016 del contrato 9 Suscripción de contrato : 01/04/2016 |
Todos los plazos son de cumplimiento obligatorio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB-SABS
24 CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DECONSULTORÍA
ITEM Nº 1
CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA OBJETO DE LA CONSULTORÍA
TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONSULTOR DE LINEA
INGENIERO EN SISTEMAS O PROFESIONAL EN INFORMÁTICA
1. IDENTIFICACIÓN DEL ÁREA ORGANIZACIONAL
DIRECCIÓN | LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL - DLEGSS |
DIRECCIÓN |
2. ANTECEDENTES
EL ARTÍCULO 24 DE LA LEY Nº 211, DE 23 DE DICIEMBRE DE 2011, VIGENTE POR LEY N° 769 DE 17 DE DICIEMBRE DE 2015, ESTABLECE QUE EL PROCESO DE CIERRE Y LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ESTARÁ A CARGO DEL LIQUIDADOR DESIGNADO POR EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, A FIN DE CONCLUIR CON ESTE PROCESO, ES NECESARIO EMITIR INFORMES, NOTAS CARTAS Y ESTADOS FINANCIEROS DE CIERRE, PARA LO CUAL SE REQUIERE DE APOYO EN EL ÁREA DE INFORMÁTICA, TODA VEZ QUE, ES NECESARIO CONTAR CON EL SOPORTE TÉCNICO PARA RESOLVER LOS PROBLEMAS QUE SURGEN EN DICHA ÁREA DE TRABAJO.
3. OBJETIVO GENERAL
EL OBJETIVO PRINCIPAL DE ESTA CONSULTORÍA, ES EL DE ADMINISTRAR LOS SISTEMAS Y SERVICIOS COMPUTACIONALES, ADEMÁS DE DESARROLLAR LAS APLICACIONES REQUERIDAS POR LA DIRECCIÓN DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL - DLEGSS Y BRINDAR EL SOPORTE TÉCNICO A NIVEL DE HARDWARE EN LA DLEGSS.
4. OBJETIVO ESPECÍFICO
1. DESARROLLAR LOS MÓDULOS ASIGNADOS BAJO SUPERVISIÓN DEL ÁREA DE SISTEMAS XXX XXXXXX, Y DE ACUERDO AL POA XXX XXXXXX.
2. ADMINISTRAR TODOS LOS SISTEMAS IMPLEMENTADOS POR EL ÁREA DE SISTEMA EN LA DIRECCIÓN.
3. ADMINISTRAR SERVICIOS EN PLATAFORMA LINUX Y WINDOWS IMPLEMENTADOS EN LA DIRECCIÓN.
4. ADMINISTRAR LOS SERVICIOS DE RED Y OTROS SERVICIOS DE LA DIRECCIÓN.
5. REALIZAR PRUEBAS DEL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SISTEMAS IMPLEMENTADOS EN LA DIRECCIÓN.
6. DESARROLLAR APLICACIONES REQUERIDAS POR LA DLEGSS, BAJO LA SUPERVISIÓN DEL ÁREA DE SISTEMAS.
7. REALIZAR MODIFICACIONES EN LOS SISTEMAS IMPLEMENTADOS CUANDO ASÍ SE LO REQUIERA, BAJO LA SUPERVISIÓN DEL ÁREA DE SISTEMAS.
8. SOPORTE TÉCNICO DE HARDWARE.
9. SOPORTE TÉCNICO DE SOFTWARE.
10. PREPARAR LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA LAS DEMOSTRACIONES DE SISTEMAS.
11. ELABORAR INFORMES, REFERENTES AL TRABAJO REALIZADO.
12. ELABORAR MANUALES TÉCNICOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS.
13. OTRAS TAREAS ENCOMENDADAS POR LA DLEGSS Y EL ÁREA DE SISTEMAS.
5. ALCANCE DEL TRABAJO
ADMINISTRAR LOS SISTEMAS Y SERVICIOS COMPUTACIONALES, ADEMÁS DE DESARROLLAR LAS APLICACIONES REQUERIDAS POR LA DIRECCIÓN DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL - DLEGSS Y BRINDAR EL SOPORTE TÉCNICO A NIVEL DE HARDWARE EN LA DLEGSS AL 100 %.
6. ENFOQUE
PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DESCRITOS, SE REQUIERE LA CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR:
⮚ PROFESIONAL LICENCIADO EN INFORMÁTICA, INGENIERÍA DE SISTEMAS O RAMAS AFINES.
⮚ EXPERIENCIA GENERAL MÍNIMO DE 1 AÑO A PARTIR DE LA EMISION DEL TÍTULO PROFESIONAL.
⮚ EXPERIENCIA ESPECÍFICA DE TRABAJO EN ADMINISTRACIÓN, DESARROLLO Y SOPORTE
TÉCNICO MÍNIMA DE 1 AÑO. CONOCIMIENTOS NECESARIOS.
• CONOCIMIENTOS ESTABLES EN ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE CORREO, PÁGINA WEB Y DNS EN SISTEMAS OPERATIVOS LINUX Y WINDOWS CON DOCUMENTOS QUE CERTIFIQUEN.
• CONOCIMIENTO EN PROGRAMACIÓN EN JAVA, PHP Y OTRAS PLATAFORMAS; NECESARIO CON DOCUMENTOS QUE CERTIFIQUEN.
• CONOCIMIENTO EN DISEÑO Y ADMINISTRACIÓN DE BASE DE DATOS EN POSTGRESQL Y MYSQL NECESARIO CON DOCUMENTO QUE CERTIFIQUE.
• CONOCIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE REDES.
• CONOCIMIENTO DE HARDWARE (SOPORTE TÉCNICO A NIVEL DE HARDWARE)
• CONOCIMIENTO DE SOFTWARE (SOPORTE TÉCNICO DE SOFTWARE WINDOWS, OFFICE Y OTROS).
• OTROS CONOCIMIENTOS EN HERRAMIENTAS DE PROGRAMACIÓN.
OTRAS ACTIVIDADES RELACIONADAS A LA CONSULTORÍA
• CAPACIDAD DE TRABAJO EN EQUIPO.
• DISPONIBILIDAD DE TRABAJAR BAJO PRESIÓN.
7. SUPERVISIÓN
LA SUPERVISÓN DEL TRABAJO DE CONSULTORÍA, ESTARÁ A CARGO DEL ENCARGADO DEL ÁREA DE SISTEMAS DEL SERVICIO NACIONAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO, POR CUENTA DEL DIRECTOR DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
8. DESCRIPCIÓN NORMAS OPERATIVAS DEL PUESTO
1. LEY 1178 DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROLES GUBERNAMENTALES Y SUS REGLAMENTOS
2. LEY 2027 (ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PÚBLICO)
3. NORMAS BÁSICAS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
9. METODOLOGÍA Y RESULTADOS
DESCRIPCIÓN METODOLOGÍA | RESULTADOS |
1. DESARROLLAR LOS MÓDULOS ASIGNADOS BAJO SUPERVISIÓN DEL ÁREA DE SISTEMAS XXX XXXXXX, Y DE ACUERDO AL POA XXX XXXXXX | |
2. ADMINISTRAR TODOS LOS SISTEMAS IMPLEMENTADOS POR EL ÁREA DE SISTEMAS EN LA DIRECCIÓN. | |
3. ADMINISTRAR SERVICIOS EN PLATAFORMA LINUX Y WINDOWS IMPLEMENTADOS EN LA DIRECCIÓN. | |
4. ADMINISTRAR LOS SERVICIOS DE RED, CORREO ELECTRÓNICO Y OTROS SERVICIOS. | |
5. REALIZAR PRUEBAS DEL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SISTEMAS IMPLEMENTADO EN LA DIRECCIÓN | |
6. DESARROLLAR APLICACIONES REQUERIDAS POR LA DLEGSS, BAJO LA SUPERVISIÓN DEL ÁREA DE SISTEMAS. | DEBERÁ EMITIR UN INFORME MENSUAL SOBRE EL AVANCE DEL TRABAJO EFECTUADO |
7. REALIZAR MODIFICACIONES EN LOS SISTEMAS IMPLEMENTADOS CUANDO ASÍ SE LO REQUIERA, BAJO LA SUPERVISIÓN DEL ÁREA DE SISTEMAS. | |
8. SOPORTE TÉCNICO DE HARDWARE. | |
9. SOPORTE TÉCNICO DE SOFTWARE. | |
10. PREPARAR LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA LAS DEMOSTRACIONES DE SISTEMAS. | |
11. ELABORAR INFORMES, REFERENTES AL TRABAJO REALIZADO. | |
12. ELABORAR MANUALES TÉCNICOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS. | |
13. OTRAS TAREAS ENCOMENDADAS POR LA DLEGSS Y EL ÁREA DE SISTEMAS. |
10. CUMPLIMIENTO Y NORMATIVA VIGENTE
EL CONSULTOR O LA CONSULTORA DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMATIVA VIGENTE COMO SER DECRETO SUPREMO N° 28565 DE 22 DE DICIEMBRE DE 2005 Y OTRAS NORMATIVAS QUE TENGAN RELACIÓN CON LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORES.
11. PROPIEDAD INTELECTUAL
EL MATERIAL PRODUCIDO BAJO LOS TÉRMINOS DE ESTE CONTRATO, TALES COMO ESCRITOS, GRÁFICOS, MEDIOS MAGNÉTICOS, PROGRAMA FUENTE, PROGRAMAS DE COMPUTACIÓN Y DEMÁS DOCUMENTOS GENERADOS POR EL CONSULTOR EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES, PASARÁ A SER PROPIEDAD XXX XXXXXX, EL MISMO QUE TENDRÁ LOS DERECHOS EXCLUSIVOS PARA PUBLICAR O DIFUNDIR LOS DOCUMENTOS QUE SE ORIGINEN EN ESTA CONSULTORÍA.
12. PERIODO DE CONTRATACIÓN
EL CONTRATO DE LA CONSULTORIA TENDRA UNA DURACIÓN DESDE LA FIRMA DEL CONTRATO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016.
13. LUGAR DE TRABAJO
EL CONSULTOR O LA CONSULTORA DESARROLLARÁ SUS ACTIVIDADES EN LAS OFICINAS DE LA DIRECCIÓN DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, UBICADOS EN LA XXXXX XXXXX Xx 000, 0xx. PISO DEL EDIFICIO LITORAL.
14. MONTO Y MODALIDAD DE PAGO
MONTO MENSUAL Bs6.994.00 (SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS).
15. FORMA DE PAGO
EL PAGO SE REALIZARÁ MEDIANTE DEPÓSITOS MENSUAL DE Bs6.994.00.- A LA CUENTA BANCARIA DEL CONSULTOR O LA CONSULTORA REGISTRADO EN EL SIGMA, CONTRA ENTREGA DEL INFORME DE ACTIVIDADES Y PREVIA CONFORMIDAD DEL SUPERVISOR DE LA CONSULTORÍA.
16. PAGO DE IMPUESTOS Y APORTE AFP
EL CONSULTOR O LA CONSULTORA SERÁ RESPONSABLE POR EL PAGO DE LOS IMPUESTOS ASÍ COMO POR LOS APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES SEGÚN ESTABLECE LA LEY N° 065 Y SU REGLAMENTO. EL SERVICIO NACIONAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO EXIGIRÁ EL COMPROBANTE DE LAS CONTRIBUCIONES ANTES DE EFECTUAR LOS PAGOS ESTABLECIDOS EN EL CONTRATO.
EL CONSULTOR O LA CONSULTORA PREVIO AL PAGO DE HONORARIOS DEBE PRESENTAR EN FOTOCOPIA SIMPLE DE LO SIGUIENTE:
⮚ DECLARACIÓN JURADA TRIMESTRAL (FORMULARIO RC - IVA) POR LOS HONORARIOS PERCIBIDOS
⮚ FORMULARIO DE APORTE A LA AFP POR LOS HONORARIOS A PERCIBIR.
17. CANTIDAD DE CONSULTORES
UN (1) CONSULTOR
18. INFORME FINAL DE CONCLUSIÓN DE SERVICIOS
EL CONSULTOR O LA CONSULTORA A LA FINALIZACIÓN DE SU CONTRATO, ENTREGARÁ UN INFORME FINAL APROBADO POR LA CONTRAPARTE, QUE GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA.
4. 20. REQUISITOS
20.1. Nivel de estudios requeridos para desempeñar el puesto
ESTUDIOS REQUERIDOS | ÁREA ESPECIFICA | TÍTULO |
Profesional Licenciado en Informática, y/o Ingeniería de Sistemas o Ramas Anexas | Sistemas | Provisión Nacional |
20.2. Experiencia laboral previa requerida para desempeñar el puesto
ÁREA DE EXPERIENCIA - SISTEMAS | TIEMPO MÍNIMO DE SERVICIOS RECOMENDABLE | PUESTO |
-CONOCIMIENTOS ESTABLES EN ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE CORREO, PÁGINA WEB Y DNS EN SISTEMAS OPERATIVOS LINUX Y WINDOWS CON DOCUMENTOS QUE CERTIFIQUEN. | ||
- CONOCIMIENTO EN PROGRAMACIÓN EN JAVA, PHP Y OTRAS PLATAFORMAS; NECESARIO CON DOCUMENTOS QUE CERTIFIQUEN. | ||
-CONOCIMIENTO EN DISEÑO Y ADMINISTRACIÓN DE BASE DE DATOS EN POSTGRESQL Y MYSQL NECESARIO CON DOCUMENTO QUE CERTIFIQUE. -CONOCIMIENTO EN ADMINISTRADORES DE REDES. | 1 AÑO | Ingeniero en Sistemas o Profesional en Informática |
-CONOCIMIENTO DE HARDWARE (SOPORTE TÉCNICO A NIVEL DE HARDWARE) | ||
-CONOCIMIENTO DE SOFTWARE (SOPORTE TÉCNICO DE SOFTWARE WINDOWS, OFFICE Y OTROS). | ||
-OTROS CONOCIMIENTOS EN HERRAMIENTAS DE PROGRAMACIÓN. |
21. METODOLOGÍA DE CALIFICACIÓN
PONDERACIÓN DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN BASADO EN PRESUPUESTO FIJO
FACTORES | PUNTAJE / 100 |
FORMACIÓN ACADÉMICA: Profesional Licenciado en Informática, Ingeniero de Sistemas o Ramas Anexas. CONOCIMIENTOS (Deseable) ⮚ Ley Nº 1178, de administración y control gubernamental. ⮚ Conocimiento sobre la Responsabilidad por la Función Pública. ⮚ Otros conocimientos (Deseable) ⮚ Manejo de paquetes de aplicación Windows Vista e Internet. EXPERIENCIA Trabajo en Administración, Desarrollo y Soporte Técnico (mínimo 1 año) | 20 |
EVALUACIÓN TÉCNICA – EXÁMEN | 60 |
ENTREVISTA | 20 |
TOTAL | 100 |
NOTA: Conforme a los resultados obtenidos según los criterios de evaluación, se determinará la contratación del mismo, debiendo ser el puntaje mínimo de aprobación de 70 puntos.
ITEM Nº 2
TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONSULTOR DE LINEA – UN ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1. IDENTIFICACIÓN DEL ÁREA ORGANIZACIONAL
DIRECCIÓN | LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL - DLEGSS |
SECRETARIA DE DIRECCIÓN |
2. ANTECEDENTES
EL ARTÍCULO 24 DE LA LEY Nº 211, DE 23 DE DICIEMBRE DE 2011, VIGENTE POR LEY N° 769 DE 17 DE DICIEMBRE DE 2015, ESTABLECE QUE EL PROCESO DE CIERRE Y LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ESTARÁ A CARGO DEL LIQUIDADOR DESIGNADO POR EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, PARA ESTA TAREA ES NECESARIO CONTAR CON LA DEBIDA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA, EN VIRTUD A LA MAGNITUD DE LAS TAREAS Y PERSONAL QUE SE REQUIERE PARA EJECUTARLAS.
3. OBJETIVO GENERAL
REALIZAR LA DIGITALIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERADA EN LA GESTIÓN 2015 Y 2016; ASIMISMO, COADYUVAR OPERATIVAMENTE EN LA ASISTENCIA SECRETARIAL, CON LAS DIVERSAS TAREAS ADMINISTRATIVAS QUE REQUIERA EL DIRECTOR Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA DIRECCIÓN DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
4. OBJETIVO ESPECÍFICO
1. REALIZAR LA DIGITALIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERADA EN LA GESTIÓN 2015 y 2016, DE LA DIRECCIÓN DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
2. COADYUVAR EN LA BUSQUEDA FÍSICA DE DOCUMENTACIÓN EN EL ARCHIVO DE DESPACHO DE LA DIRECCIÓN DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL – DLEGSS, A REQUERIMIENTO DEL DIRECTOR Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS.
3. ORGANIZAR LA DOCUMENTACIÓN GENERADA EN LOS ARCHIVOS DE LA DIRECCIÓN DE LA DLEGSS.
4. DISTRIBUIR LA CORRESPONDENCIA DERIVADA Y CORREGIDA A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA DLEGSS.
5. EFECTUAR OTRAS FUNCIONES DE ACUERDO A REQUERIMIENTO DEL DIRECTOR DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDA SOCIAL. 6. CUMPLIR CON LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS POR LA INSTITUCIÓN. 5. ALCANCE DEL TRABAJO 7. REALIZAR LA DIGITALIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERADA EN LA GESTIÓN 2015 y 2016, AL 100 %, DE LA DLEGSS Y COLABORAR ADMINISTRATIVAMENTE. 8. 6. ENFOQUE PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DESCRITOS, SE REQUIERE LA CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR DE LÍNEA. 7. SUPERVISIÓN LA EJECUCIÓN DEL TRABAJO Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ESTARÁ SUPERVISADO POR EL DIRECTOR DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE LA DIRECCIÓN DE LA DLEGSS. 8. DESCRIPCIÓN NORMAS OPERATIVAS DEL PUESTO 5. LEY 1178 DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROLES GUBERNAMENTALES Y SUS REGLAMENTOS 6. LEY 2027 (ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PÚBLICO) 9. METODOLOGÍA Y RESULTADOS | |||
DESCRIPCIÓN METODOLOGÍA | RESULTADOS | ||
1. REALIZAR LA DIGITALIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERADA EN LA GESTIÓN 2015 y 2016, DE LA DIRECCIÓN DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. | |||
2. COADYUVAR EN LA BÚSQUEDA FISICA DE DOCUMENTACIÓN EN EL ARCHIVO DE DESPACHO DE LA DIRECCIÓN DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL – DLEGSS, A REQUERIMIENTO DEL DIRECTOR Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS. | DEBERÁ EMITIR UN INFORME MENSUAL SOBRE EL AVANCE DEL TRABAJO EFECTUADO | ||
3. ORGANIZAR LA DOCUMENTACIÓN GENERADA EN LOS ARCHIVOS DE LA DIRECCIÓN DE LA DLEGSS. | |||
4. DISTRIBUIR LA CORRESPONDENCIA DERIVADA Y CORREGIDA A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA DLEGSS. |
5. EFECTUAR OTRAS FUNCIONES DE ACUERDO A REQUERIMIENTO DEL DIRECTOR DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. 6. CUMPLIR CON LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS POR LA INSTITUCIÓN | DEBERÁ EMITIR UN INFORME MENSUAL SOBRE EL AVANCE DEL TRABAJO EFECTUADO | ||
10. CUMPLIMIENTO Y NORMATIVA VIGENTE EL CONSULTOR O LA CONSULTORA DEBERA CUMPLIR CON LA NORMATIVA VIGENTE COMO SER DECRETO SUPREMO N° 28565 DE 22 DE DICIEMBRE DE 2005 Y OTRAS NORMATIVAS QUE TENGAN RELACIÓN CON LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORES. 11. PERIODO DE CONTRATACIÓN EL CONTRATO DE LA CONSULTORIA TENDRA UNA DURACIÓN DESDE LA FIRMA DEL CONTRATO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016. 12. LUGAR DE TRABAJO EL CONSULTOR O LA CONSULTORA DESARROLLARA SUS ACTIVIDADES EN LAS OFICINAS DE LA DIRECCIÓN DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, UBICADOS EN LA XXXXX XXXXX Xx 000, 0xx. PISO DEL EDIFICIO LITORAL. 13. MONTO Y MODALIDAD DE PAGO MONTO MENSUAL Bs3.820.00 (TRES MIL OCHOCIENTOSVEINTE 00/100 BOLIVIANOS). 14. FORMA DE PAGO EL PAGO SE REALIZARÁ MEDIANTE DEPÓSITOS MENSUAL DE Bs3.820.00.- A LA CUENTA BANCARIA DEL CONSULTOR O LA CONSULTORA REGISTRADO EN EL SIGMA. 15. CANTIDAD DE CONSULTORES UN CONSULTOR 15.1PAGO DE IMPUESTOS Y APORTE AFP EL CONSULTOR O LA CONSULTORA SERÁ RESPONSABLE POR EL PAGO DE LOS IMPUESTOS ASÍ COMO POR LOS APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES SEGÚN ESTABLECE LA LEY N° 065 Y SU REGLAMENTO. EL SERVICIO NACIONAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO EXIGIRÁ EL |
COMPROBANTE DE LAS CONTRIBUCIONES ANTES DE EFECTUAR LOS PAGOS ESTABLECIDOS EN EL CONTRATO.
EL CONSULTOR O LA CONSULTORA PREVIO AL PAGO DE HONORARIOS DEBE PRESENTAR EN FOTOCOPIA SIMPLE DE LO SIGUIENTE:
⮚ DECLARACIÓN JURADA TRIMESTRAL (FORMULARIO RC - IVA) POR LOS HONORARIOS PERCIBIDOS
⮚ FORMULARIO DE APORTE A LA AFP POR LOS HONORARIOS A PERCIBIR.
16. INFORME FINAL DE CONCLUSIÓN DE SERVICIOS
EL CONSULTOR O LA CONSULTORA A LA FINALIZACIÓN DE SU CONTRATO, ENTREGARÁ UN INFORME FINAL APROBADO POR LA CONTRAPARTE, QUE GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA.
17. REQUISITOS
17.1. Nivel de estudios requeridos para desempeñar el puesto
ESTUDIOS REQUERIDOS | ÁREA ESPECIFICA | TÍTULO |
Conocimientos de secretariado | Secretaria Ejecutiva | Certificado |
Deseable Ley Nº1178 | Certificado |
17.2. Experiencia laboral previa requerida para desempeñar el puesto
ÁREA DE EXPERIENCIA ARCHIVO | TIEMPO MÍNIMO DE SERVICIOS RECOMENDABLE | PUESTO |
Secretaria Ejecutiva (Deseable) | 6 meses (Deseable) | Asistente administrativo (Deseable) |
17.3. Conocimientos de paquetes de computación:
MANEJO DE OFFICE Y OTROS.
FACTORES | PUNTAJE / 100 |
FORMACIÓN ACADÉMICA: Conocimiento de Secretariado Ejecutivo ; 6 meses de experiencia general como asistente y/o auxiliar (Deseable) CONOCIMIENTOS (Deseable) ⮚ Ley Nº 1178, de administración y control gubernamental. ⮚ Conocimiento sobre la Responsabilidad por la Función Pública. ⮚ Otros conocimientos (Deseable) ⮚ Manejo de paquetes de aplicación Windows, Office. | 20 |
EVALUACIÓN TÉCNICA – EXÁMEN | 60 |
ENTREVISTA | 20 |
TOTAL | 100 |
17. METODOLOGÍA DE CALIFICACIÓN
PONDERACIÓN DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN BASADO EN PRESUPUESTO FIJO
NOTA: Conforme a los resultados obtenidos según los criterios de evaluación, se determinará la contratación del mismo, debiendo ser el puntaje mínimo de aprobación de 70 puntos.
.
PARTE III ANEXO 1
0 | 0 | 3 | 5 |
FORMULARIO A-1 PRESENTACIÓN DE PROPUESTA
1. DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN |
CUCE: 1 6 - - 0 3 - - 1 - 1 Señalar el objeto de la Contratación que aparece en la convocatoria: |
2. PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA (en días calendario): |
(El proponente debe registrar la validez de su propuesta.) |
I.- De las Condiciones del Proceso
a) Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0181, NB-SABS y el presente DBC.
b) Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación.
c) Declaro que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 del Decreto Supremo Nº 0181, para participar en el proceso de contratación.
d) Xxxxxxx y garantizo haber examinado el DBC, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato.
e) Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados por la entidad convocante al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas.
f) Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes (no aplica para Consultoría Individual de Línea).
g) Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta.
h) Xxxxxx a sola firma de este documento, que todos los formularios presentados se tienen por suscritos.
i) Comprometo mi inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX) una vez presentada mi propuesta a la entidad convocante (excepto para aquellos proponentes que ya se encuentren inscritos en el XXXX).
j) Me comprometo a denunciar por escrito ante la MAE de la entidad convocante, cualquier tipo de presión o intento de extorsión de parte de los servidores públicos de la entidad convocante o de otras personas, para que se asuman las acciones legales y administrativas correspondientes.
II.- De la Presentación de Documentos
En caso de ser adjudicado, para la suscripción de contrato, se presentará la siguiente documentación, en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado xx XXXX:
a) Certificadode XXXX que respalde la información declarada en su propuesta.
b) Fotocopia simple del Carnet de Identidad.
c) La documentación que respalde la información declarada en los Formulario C-1 y C-2 con relación a su formación y experiencia.
(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)
FORMULARIO A-2
DECLARACIÓN JURADA DE IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE |
Nombre del proponente : Cédula de Identidad o Número de : Número CI/NIT Fecha de expedición NIT Identificación Tributaria (Valido y Activo) Día Mes Año
Domicilio: : Teléfonos : |
3. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES /COMUNICACIONES |
Fax : (solo si tiene) Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía Correo Electrónico : |
(Este Formulario no es aplicable para el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde no es necesaria la presentación de propuesta económica. En caso de que el proponente presente propuesta económica y éste fuese adjudicado, se procederá a pagar el monto del presupuesto fijo establecido por la entidad.)
Nº | DETALLE DEL SERVICIO | MONTONUMERAL EN Bs | MONTO LITERAL EN Bs |
1 |
F
.ORMULARIO Nº B-1
DECLARACIÓN JURADA DE PROPUESTA ECONÓMICA
ITEM Nº 1
FORMULARIO C-1 FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
(Condiciones mínimas requeridas por la entidad)
1. CONDICIONES MÍNIMAS SOLICITADAS POR LA ENTIDAD. (*) | |||||
A. Formación PROFESIONAL LICENCIADO EN INFORMÁTICA, : INGENIERÍA DE SISTEMAS O RAMAS ANEXAS. B. Cursos LEY Nº 1178, DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL GUBERNAMENTAL. CONOCIMIENTO SOBRE LA RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA. OTROS CONOCIMEINTOS : MANEJO DE PAQUETES DE APLICACIÓN WINDOWS VISTA E INTERNET. C. Experiencia General : 1 AÑO A PARTIR DE LA OBTENCIÓN DEL TITULO PROFESIONAL D. Experiencia Específica TRABAJO EN ADMINISTRACIÓN, DESARROLLO Y : SOPORTE TÉCNICO (MÍNIMO 1 AÑO) | |||||
2. CONDICIONES MÍNIMAS PRESENTADAS POR EL PROPONENTE. (**) | |||||
A. FORMACIÓN | |||||
Nº | Institución | Fecha del documento que avala la formación | Grado de instrucción | Documento, certificado u otros | |
1 | |||||
2 | |||||
N | |||||
B. CURSOS (ESPECIALIZACIÓN, SEMINARIOS, CAPACITACIONES, ENTRE OTROS) | |||||
Nº | Institución | Fecha del documento que avala el curso | Nombre del Curso | Duración en Horas Académicas | |
1 | |||||
2 | |||||
C. EXPERIENCIA GENERAL | |||||
N° | Institución, Empresa o Lugar de Trabajo | Objeto del Trabajo | Cargo Ocupado | Tiempo Trabajado | |
Años | Meses | ||||
1 | |||||
2 | |||||
D. EXPERIENCIA ESPECÍFICAS | |||||
N° | Institución, Empresa o Lugar de Trabajo | Objeto del trabajo | Cargo Ocupado | Tiempo Trabajado | |
Años | Meses | ||||
1 | |||||
2 |
(*)El Proponente debe presentar su propuesta de acuerdo con las condiciones mínimas solicitadas por la entidad.
ITEM Nº 2
FORMULARIO C-1 FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
(Condiciones mínimas requeridas por la entidad)
1. CONDICIONES MÍNIMAS SOLICITADAS POR LA ENTIDAD. (*) | |||||
A. Formación CONOCIMIENTO DE SECRETARIADO EJECUTIVO : (CERTIFICADO) B. Cursos LEY Nº 1178, DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL : GUBERNAMENTAL (CERTIFICADO) C. Experiencia General 6 MESES DE EXPERIENCIA GENERAL COMO ASISTENTE Y/O : AUXILIAR D. Experiencia Específica : | |||||
2. CONDICIONES MÍNIMAS PRESENTADAS POR EL PROPONENTE. (**) | |||||
A. FORMACIÓN | |||||
Nº | Institución | Fecha del documento que avala la formación | Grado de instrucción | Documento, certificado u otros | |
1 | |||||
2 | |||||
N | |||||
B. CURSOS (ESPECIALIZACIÓN, SEMINARIOS, CAPACITACIONES, ENTRE OTROS) | |||||
Nº | Institución | Fecha del documento que avala el curso | Nombre del Curso | Duración en Horas Académicas | |
1 | |||||
2 | |||||
C. EXPERIENCIA GENERAL | |||||
N° | Institución, Empresa o Lugar de Trabajo | Objeto del Trabajo | Cargo Ocupado | Tiempo Trabajado | |
Años | Meses | ||||
1 | |||||
2 | |||||
D. EXPERIENCIA ESPECÍFICAS | |||||
N° | Institución, Empresa o Lugar de Trabajo | Objeto del trabajo | Cargo Ocupado | Tiempo Trabajado | |
Años | Meses | ||||
1 | |||||
2 |
(*)El Proponente debe presentar su propuesta de acuerdo con las condiciones mínimas solicitadas por la entidad.
FORMULARIO C-2 FORMACIÓN Y EXPERIENCIA ADICIONAL
1. CONDICIONES ADICIONALES SOLICITADAS POR LA ENTIDAD. (*) | |||||
A. Formación Definir formación adicional a la requerida Puntaje: Complementaria : en el formulario C-1 (**) a.1 = [definir puntaje] Definir formación adicional a la requerida en el formulario C-1 a.2 = [definir puntaje] B. Experiencia Definir experiencia especifica adicional a Específica : la requerida en el formulario C-1 Puntaje: b.2 = [definir puntaje] Definir experiencia especifica adicional a la requerida en el formulario C-1 b.2 = [definir puntaje] | |||||
2. CONDICIONES ADICIONALES PRESENTADAS POR EL PROPONENTE. (***) | |||||
A. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA | |||||
Nº | Institución Educativa | Fechas de emisión del título | Grado | Título | |
B. EXPERIENCIA ESPECÍFICAS | |||||
N° | Institución, Empresa o Lugar de Trabajo | Objeto del trabajo | Cargo Ocupado | Tiempo Trabajado | |
Años | Meses | ||||
1 | |||||
2 | |||||
N |
(*)La Entidad deberá definir las condiciones adicionales a la propuesta presentada, respecto a la formación y a la experiencia específica (por ejemplo la entidad si ha establecido como una condición mínima la formación de licenciatura, en la formación complementaría puede solicitarse un nivel de maestría).
(**) La entidad deberá definir la puntuación para la formación y experiencia específica, pudiendo establecer rangos. La suma de los puntajes asignados para las condiciones adicionales deberá ser 35 puntos.
(***)El proponente deberá ofertar condiciones adicionales solicitadas en el presente Formulario.
MODELO DE CONTRATO
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL DE LINEA: ……….
SNPE/CO/DJ-……-UAJ/2016
Conste por el presente Contrato Administrativo para la prestación de servicios de consultoría, que celebran por una parte el Servicio Nacional de Patrimonio del Estado – SENAPE, con NIT 1019655024, con domicilio en Av. Xxxx Xxxxxxx N° 94 de la zona de Miraflores de la ciudad de La Paz, representado legalmente por el Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, mayor de edad y hábil por derecho, Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA) xxx XXXXXX, designado mediante Resolución Administrativa SNPE/RA/DGE-000/2014, de fecha – enero de 2014, en calidad de Director Administrativo Financiero, con Cédula de identidad Nº 0000000 L.P., que en adelante se denominará la ENTIDAD; y, por otra parte, (registrar las Generales xx Xxx del proponente adjudicado), que en adelante se denominará el CONSULTOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato Administrativo, al tenor de las siguientes clausulas:
CLÁUSULA PRIMERA.- (ANTECEDENTES)
La ENTIDAD, en proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el Documento Base de Contratación (DBC), para la Contratación de Servicios de Consultoría Individual de Línea, en la Modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE), convocó en fecha a personas naturales con capacidad de contratar con el
Estado, a presentar propuestas en el proceso de contratación con Código Único de Contratación Estatal (CUCE) , en base a lo solicitado en el
DBC.
Concluido el proceso de evaluación de propuestas, el Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA), en base al Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación N° 01/2014, emitido por la Comisión de Calificación, resolvió adjudicar la contratación del Servicio de Consultoría Individualde Línea (señalar el nombre del proponente adjudicado), al cumplir su propuesta con todos los requisitos solicitados en el DBC.
CLÁUSULA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE)
El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones:
a) Constitución Política del Estado.
b) Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.
c) Decreto Supremo Nº 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios – NB-SABS y sus modificaciones.
d) Ley del Presupuesto General del Estado aprobado para la gestión y su reglamentación.
e) Otras disposiciones relacionadas.
CLÁUSULA TERCERA.- (OBJETO)
El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de (describir de forma detallada el servicio de consultoría a realizar que se constituye en el objeto del contrato), que en adelante se denominará la CONSULTORÍA, para (establecer la causa de la contratación), provistos por el CONSULTOR de conformidad con el DBC y Propuesta Adjudicada, con estricta y absoluta sujeción al presente Contrato.
CLÁUSULA CUARTA.- (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO)
Forman parte del presente contrato, los siguientes documentos:
a) Documento Base de Contratación.
b) Propuesta Adjudicada.
c) Documento de Adjudicación.
d) Certificado xxx XXXX.
e) Fotocopia de Carnet de Identidad.
f) Otros Documentos específicos de acuerdo al objeto de la contratación. (La ENTIDAD, detallará, cuando corresponda, los documentos específicos necesarios para el contrato).
CLÁUSULA QUINTA.- (ACTIVIDADES DE LA CONSULTORIA) CLAUSULA SEXTA (OBLIGACIONES DE LAS PARTES)
Las partes contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presente contrato.
Por su parte, el CONSULTOR se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Realizar la prestación del SERVICIO objeto del presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el DBC, así como las condiciones de su propuesta.
2. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato.
3. (Otras obligaciones que la entidad considere pertinente de acuerdo al objeto de contratación.)
Por su parte, la ENTIDAD se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
(Seleccionar estas obligaciones en caso de Consultores Individuales de Línea)
1. Apoyar la Consultoría proporcionando la información necesaria, apoyo logístico referente a condiciones de trabajo e insumos.
2. Dar conformidad al servicio de CONSULTORÍA, en un plazo no mayor de 5 días hábiles computables a partir de la recepción de informe.
3. Realizar el pago de la CONSULTORÍA en un plazo no mayor de 10 días hábiles computables a partir de la emisión de la conformidad a favor del Consultor.
4. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- (PLAZO Y VIGENCIA) (Considerar esta redacción en el caso de que la prestación del servicio sea por un plazo determinado)
El plazo para la prestación de la CONSULTORIA, tendrá una duración
de (establecer el plazo en días calendario, numeral y litera),
computables a partir (Seleccionar una de las siguientes opciones):
a) del día siguiente hábil de la suscripción del contrato.
CLÁUSULA OCTAVA.- (COMPROMISO)
A la suscripción del contrato, el CONSULTOR se compromete a su fiel cumplimiento del contrato en todas sus partes. En este sentido el CONSULTOR no está obligado a presentar una Garantía de Cumplimiento de Contrato, ni la Entidad a realizar la retención de los pagos parciales por concepto de Garantía de Cumplimiento de Contrato; sin embargo, en caso de que el CONSULTOR, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, se tendrá al mismo como impedido de participar en los procesos de contrataciones del Estado, en el marco del artículo 43 del Decreto Supremo Nº 0181.
CLÁUSULA NOVENA.- (DE LOS APORTES AL SISTEMA INTEGRAL DE PENSIONES -SIP)
LA CONSULTORA, de conformidad al “Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley Nº 065, de Pensiones en Materia de Contribuciones y Gestión de Cobro de Contribuciones en xxxx”, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0778 de fecha 26 de enero de 2011, deberá efectuar de forma mensual la Contribución al Sistema Integral de Pensiones – SIP por los siguientes conceptos:
a) Cotización Mensual | 10% |
b) Aporte Solidario del Asegurado | 0,50% |
c) Prima por Riesgo Común | 1,71% |
d) Prima por Riesgo Laboral | 1,71% |
e) Comisión | 0,50% |
f) Aporte Nacional Solidario de Dependientes (1%, 5%, y 10%), si correspondiera.
g)
CLÁUSULA DECIMA.- (LUGAR DE PRESTACION DE SERVICIOS) El CONSULTOR
realizará la CONSULTORÍA, objeto del presente contrato en
(señalar el lugar o lugares donde realizará la consultoría
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA.- (DEL MONTO, MONEDA Y FORMA DE PAGO) (El
monto, moneda y forma de pago será elaborada por la entidad CONTRATANTE conforme a los Términos de Referencia establecidos en el DBC).
La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago.
CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA.- (OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR) CLÁUSULA DECIMATERCERA.- (DEL HORARIO DE FUNICIONES)
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- (SANCIONES POR RETRASOS, INOBSERVANCIA EN EL
REGISTRO DE ASISTENCIA Y ABANDONO DE FUNCIONES)
EL (LA) CONSULTOR (A) en caso de retrasos en su asistencia será sancionada de la siguiente manera:
a) SANCIONES POR RETRASOS:
a.1. EL (LA) CONSULTOR (A)tendrá 5 minutos de tolerancia después de la hora fijada para su ingreso, pasado ese límite se registra los minutos de atraso, acumulándose los mismos en un cómputo mensual.
a.2. Los minutos de atraso acumulados por EL (LA) CONSULTOR (A)en el mes, serán sancionados de acuerdo a la siguiente tabla:
MINUTOS DE ATRASO ACUMULADOS EN EL MES
A. MINUTOS | B. SANCIONES |
31 a 45 Minutos | Medio día de honorarios |
46 a 60 Minutos | Un día de honorarios |
61 a 90 Minutos | Dos días de honorarios |
91 a 120 Minutos | Tres días de honorarios |
121 Minutos adelante, primera vez | Cuatro días de honorarios |
121 Minutos adelante, segunda vez | Diez días de honorarios |
b) SANCIONES POR FALTA Y ABANDONO DE FUNICONES:
b.1. EL (LA) CONSULTOR (A)en caso de no asistir a prestar EL SERVICIO o que haya registrado su asistencia pasados los treinta minutos de la hora fijada para el ingreso, incurrirá en falta.
b.2. LA CONSULTORA,re registra su asistencia y no se constituya a su lugar de trabajo o abandone sus funciones sin autorización, se considerá como falta. La falta o abandono de funciones será pasible a las siguientes sanciones, según corresponda
FALTA ABANDONO DE FUNCIONES | SANCIONES |
Falta por medio día | Un día de honorarios |
Falta por un día | Dos días de honorarios |
Falta por dos días continuos o cuatro discontinuos en un mes | Diez días de honorarios |
Falta por tres días continuos o cinco discontinuos en un mes | Resolución del Contrato |
c) INCUMPLIMIENTO AL REGISTRO DE ASISTENCIA:
En caso de no registrar su asistencia se procederá con las siguientes sanciones:
INCUMPLIMIENTO AL REGISTRO DE ASISTENCIA | 1. SANCIONES |
Primera vez | Un día de honorarios |
Segunda vez | Dos días de honorarios |
Tercera vez | Tres días de honorarios |
CLÁUSULA DECIMA QUINTA .- RESPONSABILIDAD POR EL MANEJO DE BIENES). El
consultor es responsable por el debido uso, custodia, preservación y solicitud de servicios de mantenimiento de los bienes que les fueren asignados, de acuerdo normativa legal vigente.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- (ESTIPULACIÓN SOBRE IMPUESTOS)
Correrá por cuenta del CONSULTOR, en el marco de la relación contractual, el pago de todos los impuestos vigentes en el país a la fecha de suscripción del presente contrato.
En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia, implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el CONSULTOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO)
La modificación al contrato podrá realizarse hasta un máximo de dos (2) veces, no debiendo exceder el plazo de cada modificación al establecido en el presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 89 del Decreto Supremo N° 0181.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTABA.- (CESIÓN)
El CONSULTOR no podrá transferir parcial ni totalmente las obligaciones contraídas en el presente Contrato, siendo de su entera responsabilidad la ejecución y cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- (CONFIDENCIALIDAD)
Los materiales producidos por el CONSULTOR, así como la información a la que este tuviere acceso, durante o después de la ejecución presente contrato, tendrá carácter confidencial, quedando expresamente prohibida su divulgación a terceros, exceptuando los casos en que la Entidad emita un pronunciamiento escrito estableciendo lo contrario.
Así mismo el CONSULTOR reconoce que la ENTIDAD es el único propietario de los productos y documentos producidos en la CONSULTORÍA, producto del presente Contrato.
CLÁUSULA VIGESIMA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO)
Se dará por terminado el vínculo contractual por una de las siguientes causales:
1. Por Cumplimiento del objeto de Contrato:
Tanto la ENTIDAD como el CONSULTOR darán por terminado el presente Contrato, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas contenidas en el mismo, lo cual se hará constar por escrito.
2. Por Resolución del contrato:
2.1 A requerimiento de la ENTIDAD, por causa atribuible al CONSULTOR:
a) Por incumplimiento en la realización de la CONSULTORÍA en el plazo establecido.
b) Por suspensión en la provisión de la CONSULTORÍA sin justificación.
c) Por incumplimiento del objeto de contratación de la CONSULTORÍA en lo referente a los términos de referencia.
2.2 A requerimiento del CONSULTOR, por causales atribuibles a la ENTIDAD:
a) Si apartándose del objeto del Contrato, la ENTIDAD pretende efectuar modificaciones a los términos de referencia.
b) Por incumplimiento en los pagos por más de sesenta (60) días calendario computados a partir de la fecha en la que debía efectivizarse el pago.
c) Por instrucciones injustificadas emanadas por la ENTIDAD para la suspensión del servicio por más de treinta (30) días calendario.
2.3 Por causa de fuerza mayor o caso fortuito:
Si se presentaran situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que imposibiliten la ejecución del contrato o vayan contra los intereses del Estado, se podrá resolver el contrato.
2.4 Por acuerdo entre partes
Precederá cuando ambas partes otorguen su consentimiento con el objetivo de terminar con la Relación contractual, bajo las siguientes condiciones:
a) Que la voluntad del Consultor, sea libre y plena;
b) Que la voluntad de la Entidad, se otorgue cuando haya inexistencia de causa de resolución imputable al Consultor;
c) Que la voluntad de la Entidad, se otorgue cuando existan razones de interés público u otras circunstancias de carácter excepcional que hagan innecesaria o inconveniente la permanencia del contrato.
d) Que exista un beneficio mutuo entre las partes.
2.5 Procedimiento de Resolución por causas atribuibles a las partes o por fuerza mayor o caso fortuito.
De ocurrir una de las causas anteriormente señaladas, cualquiera de las partes deberá notificar a la otra su intención de resolver el CONTRATO, estableciendo en forma clara y específica la causa en la que se funda.
La primera notificación de intención de resolución del CONTRATO, deberá ser cursada en un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores al hecho generador de la resolución del contrato, especificando la causal
de resolución, que deberá ser efectuada mediante carta dirigida a la ENTIDAD o al PROVEEDOR según corresponda.
Si la causal argumentada es subsanada, no prosigue la resolución. Empero, si no existe solución a la conclusión en el plazo de (señalar el plazo para subsanar las observaciones), se debe cursar una segunda carta comunicando que la resolución se ha hecho efectiva.
Cuando se efectúe la resolución del contrato se procederá a una liquidación de saldos deudores y acreedores de ambas partes, efectuándose los pagos a que hubiere lugar, conforme la evaluación del grado de cumplimiento de los términos de referencia.
2.6 Procedimiento de Resolución por mutuo acuerdo.
Cuando se efectúe la resolución por mutuo acuerdo, ambas partes deberán suscribir un documento de Resolución de Contrato por mutuo acuerdo, el cual deberá contener la siguiente información: partes suscribientes, antecedentes, condiciones para la Resolución de Contrato por acuerdo mutuo (establecidas en el numeral 2.4 de la presente cláusula), objeto del documento, alcances de la Resolución, inexistencia de obligación y conformidad de las partes.
Cuando se efectúe la resolución por acuerdo mutuo se procederá a una liquidación de saldos deudores y acreedores de ambas partes, efectuándose los pagos a que hubiere lugar, conforme la evaluación del grado de cumplimiento de los términos de referencia. Asimismo, no procederá la ejecución de garantía de cumplimiento de contrato, ni la ejecución de las retenciones por concepto de garantía de cumplimiento de contrato, tampoco procederá la publicación del CONSULTOR en el SICOES como impedido de participar en procesos de contratación.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- (SITUACION JURIDICA)
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS)
En caso surgir dudas sobre los derechos y obligaciones de las partes durante la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a los términos y condiciones del contrato, Documento Base de Contratación, propuesta adjudicada, sometidas a la Jurisdicción Coactiva Fiscal.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- (CONSENTIMIENTO)
En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, firmamos el presente Contrato en cuatro ejemplares de un mismo tenor y validez el/la señor(a) (registrar el nombre de la MAE o del funcionario a quien se delega la competencia y responsabilidad para la suscripción del Contrato, y la
Resolución correspondiente o documento de nombramiento), en representación
legal de la ENTIDAD, y el/la señor(a) (registrar el nombre de la
persona natural adjudicada) como Consultor contratado.
Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado en idioma español.
La Paz, …de de 2016
(Registrar el nombre y cargo (Registrar el nombre del del Funcionario habilitado) Consultor)
para la firma del contrato)