CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES N° 174 DE 2024 CELEBRADO ENTRE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS- UNIDAD SOLIDARIA – Y JUAN FERNANDO ALVAREZ RODRIGUEZ
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES N° 174 DE 2024 CELEBRADO ENTRE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS- UNIDAD SOLIDARIA – Y ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇
NUMERO | 174 DE 2024 |
C.D.P | No. 10824 DEL 23 ▇▇ ▇▇▇▇▇ DE 2024 |
CONTRATANTE | UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS |
IMPUTACION PRESUPUESTAL | Rubro Presupuestal C 3602 1300 9 20307G 3602044 2 ADQUIS. DE BYS - SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA - DESARROLLO DE ASOCIATIVIDAD SOLIDARIA PARA LA PAZ A NIVEL NACIONAL Uso Presupuestal A-02-02-02-008-003-09 OTROS SERVICIOS PROFESIONALES Y TÉCNICOS N.C.P. |
CONTRATISTA | ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ |
C.C. No. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ | |
Identificación: Persona Natural. | |
Dirección: CL 30 C 1 08 IN 5 AP 302 | |
Teléfono: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ | |
CONSIDERACIONES | A. Que, en virtud de lo estipulado en la Carta Magna de Colombia, se promulga la Ley 2294 del 2023, la cual adopta el Plan Nacional de Desarrollo - PND 2022- 2026 "Colombia potencia mundial de la vida". Este plan, en consonancia con los principios de Seguridad humana y justicia social, aboga por la promoción del trabajo digno y decente, destacando la importancia del fortalecimiento de la economía popular y comunitaria, así como de la asociatividad solidaria como pilares fundamentales para la consecución de la paz. B. Que, considerando lo expuesto y tomando en cuenta que la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Unidad Solidaria, conforme al Decreto 4122 de 2011, modificado por el Artículo 85 de la Ley 2294 del 2023, tiene la responsabilidad como entidad estatal de concebir, aprobar, coordinar, ejecutar y fomentar los planes, programas y proyectos relacionados con la economía solidaria, popular, comunitaria y social en concordancia con la Agenda de Asociatividad Solidaria para la Paz - AASP, la cual busca alinearse con los objetivos del PND 2022-2026. Esta agenda, delineada a través de 12 directrices estratégicas, tiene como objetivo llevar a cabo acciones a nivel territorial en colaboración con comunidades, organizaciones, entidades territoriales, el gobierno nacional, el sector privado y la cooperación internacional. El propósito es promover la coordinación con todos los sectores estatales, promover y estimular la economía social, solidaria, popular y comunitaria para la inclusión social y productiva de varios grupos, incluyendo mujeres, población en proceso de reintegración, víctimas del conflicto armado, comunidades étnicas, jóvenes, personas con discapacidad, emprendedor es autónomos, campesinos y campesinas, entre otros. Esto se logrará fortaleciendo las capacidades asociativas, solidarias y productivas, contribuyendo así al fortalecimiento del tejido social, la sostenibilidad económica y ambiental de las organizaciones, generando ingresos, mejorando las condiciones de vida, dinamizando la economía local y promoviendo la asociatividad territorial para avanzar hacia la paz total. C. Que, en la misma línea, la Unidad Solidaria ha diseñado el Programa de Asociatividad Solidaria - PASO y el Sistema de Educación para la Asociatividad Solidaria - SEAS, con el fin de implementar la Agenda de Asociatividad Solidaria para la Paz - AASP, que comprende: (i) El Programa de Asociatividad Solidaria – PASO: Establece la ruta para el fomento de Territorios Asociativos Solidarios, diseñada para reconocer las prácticas colectivas solidarias presentes en los territorios, desde el contexto |
comunitario con abordaje de los enfoques diferenciales; e incentiva el trabajo asociativo solidario de las organizaciones, la articulación interinstitucional y las redes, como actores determinantes para el desarrollo territorial. Esta herramienta cuenta con cinco (5) momentos que no necesariamente son lineales. (ii) Sistema de Educación para la Asociatividad Solidaria – SEAS: Plantea procesos de formación que fomentan el reconocimiento de las economías solidarias, sociales, populares y comunitarias, para la transformación social, la articulación y la consolidación de territorios asociativos, con base en cinco unidades conceptuales y una apuesta pedagógica llamada Saberes Propios. Con las cinco Unidades Conceptuales y los Saberes Propios, la Unidad Solidaria se ha propuesto el desarrollo de procesos pedagógicos que expandan las prácticas del sector asociativo solidario, teniendo en cuenta las dinámicas territoriales, la creación y práctica de diferentes modelos de desarrollo, la gobernanza ejercida por comunidades y pueblos, las relaciones laborales y la asociatividad entre las organizaciones y su relación con el Estado. D. Que, desde la Agenda de Asociatividad Solidaria para la Paz, se destaca la importancia de desarrollar programas educativos que promuevan la asociatividad solidaria en la educación formal e informal, así como en la educación para el trabajo y el desarrollo humano. Este enfoque se alinea con el objetivo de transversalizar las competencias de solidaridad y asociatividad en el sistema educativo colombiano, fortaleciendo la formación en economía social, solidaria, popular y comunitaria. A través de estos programas, se busca inculcar valores de cooperación, solidaridad y trabajo en equipo en los estudiantes, preparándolos para ser ciudadanos comprometidos con la construcción de una sociedad más justa, equitativa y sostenible. La implementación de estas iniciativas educativas contribuirá al fortalecimiento de la cultura solidaria y al fomento de la paz en Colombia. E. Que, desde el grupo de educación e investigación, en cumplimiento de las funciones de liderar y promover espacios de discusión, fortalecimiento y generación de conocimientos, así como desarrollar jornadas para la promoción de la cultura de la asociatividad solidaria, se ha identificado la necesidad de elaborar iniciativas o proyectos de política pública en articulación con las diferentes dependencias de la Unidad. Estos proyectos buscan impulsar el desarrollo del sector solidario y ser presentados al Ministerio de Trabajo siguiendo las Directrices de la Dirección Nacional de Organizaciones Solidarias. Asimismo, se pretende fomentar y fortalecer la investigación en el sector solidario mediante la gestión de redes y proyectos de investigación que sirvan como insumo para la planificación y como fuente de conocimiento para organizaciones públicas y privadas, investigadores y la ciudadanía en gen eral. En este contexto, se ha planteado la necesidad de desarrollar procesos de investigación y diseño de planes, programas y proyectos que faciliten la articulación de la educación popular, social y solidaria, con el objetivo de fortalecer la promoción de la cultura de la asociatividad solidaria en diferentes ámbitos educativos y sociales. F. Que, en el contexto de la contratación, se busca que el profesional aporte valor agregado a la Unidad Solidaria mediante la complementariedad de los programas existentes, incorporando elementos clave de internacionalización, investigación y consolidación de redes académicas. Estos aportes permitirán enriquecer las iniciativas educativas actuales, alineándolas con las agendas internacionales del fomento de la economía solidaria. Además, se orientará la metodología e instrumentos necesarios para formular el Plan Decenal de la Economía Solidaria Popular, lo cual implicará un enfoque estratégico para el desarrollo sostenible de la economía solidaria en línea con las directrices nacionales e internacionales. G. Que, por lo anterior y atendiendo que en la actualidad la entidad no |
dispone del personal suficiente para cumplir a cabalidad con la demanda de actividades necesarias para obtener el propósito señalado, el Director Nacional de la Unidad Administrativa como representante legal de la misma, invoca lo enunciado en el Decreto 2209 de 1998, Artículo 1 que modificó el artículo 3 del decreto 1737 de 1998, y que a su tenor literal enuncia: “Los contratos de prestación de servicios con personas naturales o jurídicas, sólo se podrán celebrar cuando no exista personal de planta con capacidad para realizar las actividades que se contratarán. Se entiende que no existe personal de planta en el respectivo organismo entidad ente público o persona jurídica, es imposible atender la actividad con personal de planta, porque de acuerdo con los manuales específicos, no existe personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar la prestación del servicio, o cuando el desarrollo de la actividad requiere un grado de especialización que implica la contratación del servicio, o cuando aun existiendo personal en la planta, éste no sea suficiente, la inexistencia de personal suficiente (…)”. H. Que, teniendo en cuenta la inexistencia del personal suficiente en la planta de personal certificado por la dirección nacional y la coordinación del grupo de gestión humana, en virtud de lo establecido en el artículo 1 del Decreto 2209 de 1998 que modificó el artículo 3 del decreto 1737 de 1998; se requiere un profesional en el (los) siguiente(s) núcleo(s) básico(s) del conocimiento: Economía, ciencia política, relaciones internacionales y administración y título de posgrado en la modalidad de maestría o doctorado en áreas relacionadas con el pregrado. I. Que, en consecuencia, dentro de las excepciones establecidas en las circulares conjuntas No ▇▇▇-▇▇▇▇-▇▇▇▇ y ▇▇▇-▇▇▇▇, se tienen por excepción, entre otras, los Contratos de prestación de servicios celebrados con personas jurídicas y aquellos que impliquen actividades no vinculadas a funciones permanentes financiados con recursos de proyectos de inversión. En el caso concreto, la presente contratación se realiza con recursos de inversión no corresponde a una actividad permanente de la entidad, toda vez que este segundo año del proceso de territorialización cuenta con productos y actividades concretas, mientras se surten los respectivos procesos de formalización y creación de estructuras administrativas consolidadas para la operación. Siendo así las partes acuerdan: | |
OBJETO | Prestar servicios profesionales para adelantar acciones dirigidas a fortalecer capacidades que contribuyan con la promoción y fomento de programas de educación solidaria que la entidad desarrolle. |
PLAZO | El tiempo de ejecución del contrato será HASTA EL 24 DE DICIEMBRE DE 2024, contados a partir de la expedición del registro presupuestal, aprobación de la garantía única y conforme a la fecha de iniciación que registre la plataforma SECOP II. |
VALOR | Para todos los efectos fiscales y legales, el valor total del presente contrato corresponde a la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($60.000.000) M/CTE |
FORMA DE PAGO | LA UNIDAD SOLIDARIA, pagará al CONTRATISTA el valor total del presente contrato, de la siguiente forma: Un primer pago por el valor VEINTE MILLONES DE PESOS ($20.000.000) contados a partir del inicio del contrato hasta el último día del tercer mes de ejecución, previo cumplimiento de los requisitos de iniciación y avance de ejecución del 33% de cumplimiento de obligaciones contractuales, previa presentación de informe y recibo a satisfacción por parte del supervisor, soporte de pago por concepto de aportes al Sistema de Seguridad Social y presentación de cuenta de cobro o factura según corresponda. Un segundo pago por el valor de VEINTE MILLONES DE PESOS ($20.000.000), previo cumplimiento de obligaciones y avance de ejecución contractual del 66%, al último día del sexto mes de ejecución, previa presentación de informe y recibo a satisfacción por parte del supervisor, soporte de pago por concepto de aportes al Sistema de Seguridad Social y presentación de cuenta de cobro o factura según corresponda. Un último pago por el valor del saldo al cumplimiento y ejecución del 100% de las actividades, obligaciones y terminación del contrato, previa presentación de informe y recibo a satisfacción por parte del supervisor, soporte de pago por concepto de aportes al Sistema de Seguridad Social y presentación de cuenta de cobro o factura según corresponda. Nota 1: Cada uno de los pagos está sujeto a previo visto bueno y cumplido a satisfacción por parte del supervisor, presentación de informes de supervisión y de ejecución, presentación de factura o cuenta de cobro según corresponda y demás soportes jurídicos y financieros necesarios para la realización del mismo y entrega de los productos esperados. Nota 2: El desembolso del presente contrato se encuentra sujeto a PAC del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Nota 3: En caso de que exista alguna situación relacionada con la determinación de la base de retención en la fuente, el contratista deberá reportar oportunamente la novedad para que se tenga en cuenta en el pago. Parágrafo Los gastos de desplazamiento dentro del departamento base asignado estarán a cargo del contratista. En ciertos casos la Unidad Solidaria, durante la ejecución del contrato y previa autorización del Director Nacional u Ordenador del Gasto, podrá reconocer estos gastos dentro y/o fuera de la región asignada, de conformidad con la regulación interna. Así mismo, el contratista deberá presentar informe y legalización de gastos de viaje dentro los tres (3) días hábiles siguientes a la culminación del desplazamiento reconocido por la Unidad Solidaria, so pena de los requerimientos correspondientes. |
SUPERVISOR | La supervisión estará a cargo de ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, profesional de la Dirección Técnica de Desarrollo, o de quien designe el Ordenador del Gasto. |
VIABILIDAD JURIDICA | La modalidad de selección del contratista corresponde a la consagrada en el literal H numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con lo enunciado en el artículo 2.2.1.2.1.4.9. Del decreto 1082 de 2015. Contratación Directa, Contrato de prestación de servicios profesionales. |
DOMICILIO | El domicilio contractual es la ciudad de Bogotá. D.C. |
LUGAR DE EJECUCIÓN | El lugar de ejecución es en ciudad de Bogotá. D.C. |
DISPOSICIONES APLICABLES | Al presente contrato le son aplicables las disposiciones contractuales vigentes, el literal H numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con lo enunciado en el artículo 2.2.1.2.1.4.9. Del decreto 1082 de 2015. Contratación Directa. Contrato de prestación de servicios profesionales. Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones de la Entidad Estatal (…) |
PROHIBICIONES DE CESION | EL CONTRATISTA no podrá ceder a ningún título el presente |
contrato a persona natural o jurídica alguna, sin consentimiento previo de la Unidad Solidaria, el cual deberá constar por escrito. | |
MULTAS | En caso de que EL CONTRATISTA se constituya en ▇▇▇▇ o incumpla injustificada y parcialmente alguna de las obligaciones que asume en virtud del presente contrato, la Unidad Solidaria podrá imponerle, mediante resolución motivada, multas sucesivas por el 0.5% del valor total del contrato sin exceder el 10% del valor de este y sin perjuicio de hacer efectiva la cláusula penal, o de la declaratoria de caducidad del contrato. |
CLAUSULA PENAL | En caso de incumplimiento injustificado definitivo o parcial del objeto del contrato o definitivo de cualquiera de las obligaciones contraídas en el contrato o declaratoria de caducidad, EL CONTRATISTA conviene en pagar a la Unidad Solidaria, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, suma que la Unidad hará efectiva mediante el cobro de los saldos que adeude al contratista, si los hubiere, para lo cual se entiende expresamente autorizada con la suscripción del presente contrato; si esto no fuere posible se cobrará por vía judicial. La aplicación de la cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios causados y no cubiertos en su totalidad por el monto establecido como tasación anticipada de los mismos. Igualmente, la aplicación de la cláusula penal no exime a la contratista del cumplimiento de la obligación principal. |
INEXISTENCIA DE RELACION LABORAL | El presente contrato no genera relación laboral alguna con EL CONTRATISTA, y en consecuencia tampoco el pago de prestaciones sociales, ningún tipo de emolumentos diferentes al valor acordado en el presente documento. Las partes declaran que el presente contrato corresponde a los de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, y que por lo tanto la Unidad Solidaria no adquiere relación laboral alguna, por lo que EL CONTRATISTA no podrá exigir a la Unidad, el pago de salarios, prestaciones sociales, e indemnizaciones laborales por razón de la ejecución del mismo, puesto que la contratista realiza las actividades contractuales de manera autónoma e independiente sin subordinación laboral con la Unidad Solidaria. |
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES | EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad del juramento que no se halla incurso en las inhabilidades e incompatibilidades consagradas por la ley para contratar, y especialmente en las previstas en el artículo 8°de la Ley 80 de 1993, en la ley 1150 de 2007 y demás disposiciones vigentes. EL CONTRATISTA se compromete a informar a la Unidad Solidaria, las causales de incompatibilidad o inhabilidad que le sobrevengan durante el término de ejecución del contrato. |
VEEDURIA CIUDADANA | El presente contrato está dispuesto a la vigilancia y control ciudadano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993. |
DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO | Forman parte del presente contrato como documentos, los estudios previos, constancia emitida por el ordenador del gasto de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias sobre la idoneidad y experiencia para ejecutar el objeto del presente contrato, en virtud de lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del decreto 1082 de 2015; certificación expedida por el Director Nacional de la Unidad Solidaria en la cual se enuncia que el personal de planta, no es suficiente para el desarrollo de las actividades a contratar, amparado en lo que establece el artículo 3 del decreto 1737 de 1998 modificado por el artículo 1 del decreto 2209 del mismo año; y los documentos anexos del contratista y constancia de registro de inscripción en el SECOP II. |
INDENMIDAD | EL CONTRATISTA mantendrá indemne a LA UNIDAD SOLIDARIA, contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o bienes, ocasionados por él o su personal, durante la ejecución del objeto y obligaciones del contrato. |
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA | EL CONTRATISTA responderá civil y penalmente tanto por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato como |
por los hechos u omisiones que le fueren imputables y que causen daño o perjuicio a la UNIDAD SOLIDARIA. | |
NOTIFICACIÓN | Con la suscripción del presente documento, EL CONTRATISTA autoriza expresamente que se le envíen las notificaciones que surjan por cualquier motivo en la ejecución del mismo, al igual que para los requerimientos extrajudicial y judicial. Según lo ordenado por el numeral 1 del artículo 67 de la ley 1437 de 2011. |
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar el objeto del contrato y en consecuencia deberá cumplir con las obligaciones que se describen a continuación: 1. Ejecutar idónea y oportunamente el objeto de contrato. 2. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales y evitando las dilaciones que pudieran presentarse. 3. Atender los requerimientos hechos por el supervisor y en caso de no ser posible, emitir por escrito una explicación que fundamente este hecho. 4. Cumplir a cabalidad el objeto contratado desde las especificaciones trazadas y definidas por el supervisor del mismo. 5. Anexar las certificaciones de cumplimiento del servicio de pago de los aportes realizados al sistema de seguridad social integral, en calidad de cotizante independiente, entendiendo que la base de cotización no podrá ser inferior al 40% del valor total del contrato. 6. Confidencialidad. La contratista en virtud de la suscripción del presente contrato se compromete a: 6.1. Manejar de manera confidencial la información que como tal sea presentada, entregada y toda aquella que se genere en torno a ella como fruto de la presentación de sus servicios. 6.2. Guardar confidencialidad sobre esa información y no emplearla en beneficio propio o de terceros mientras conserve sus características de confidencialidad o mientras sea manejada como un secreto empresarial o comercial. 6.3. Informar inmediatamente, al supervisor del contrato sobre cualquier circunstancia presentada en el desarrollo de su trabajo. 6.4. Colaborar con la mayor diligencia en la documentación y declaración de lo hallado y mantener sobre todo ello los compromisos de confidencialidad requeridos y necesarios. Parágrafo. El desconocimiento de los compromisos descritos por la contratista, pueden conllevar demandas civiles y penales según lo señalan las leyes colombianas. 7. Contar con la disponibilidad necesaria para el desarrollo de las actividades que desarrollan el objeto del contrato. 8. Certificar por medio escrito bajo la gravedad del juramento ante la Unidad Solidaria al inicio del contrato si está obligada a presentar declaración ▇▇ ▇▇▇▇▇ por el año inmediatamente anterior y la categoría según la clasificación cedular de acuerdo con lo establecido en el artículo 330 del estatuto tributario y sus decretos reglamentarios vigentes, con los documentos para el primer pago. 9. Mantener activa la cuenta bancaria que reporta para que la Unidad Solidaria realice los pagos. 10. Remitir a la Unidad Administrativa el RUT cuando la información consignada en el documento inicial se modifique. 11. Mantener actualizada la información del Registro Único Tributario. 12. Certificar por medio escrito bajo la gravedad de juramento ante la Unidad Solidaria para cada pago que los documentos soporte del pago de seguridad social (salud, pensión y ARL) corresponden a los ingresos provenientes del presente contrato. 13. Presentar el examen médico ocupacional vigente. 14. Cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Laborales: 14.1 Procurar el cuidado integral de su salud. 14.2 Informar al contratante la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 14.3 Participar en las actividades de Prevención y Promoción organizadas por los contratantes, los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigías Ocupacionales o la Administradora de Riesgos Laborales. 14.4. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. 14.5. Informar oportunamente a los contratantes toda novedad derivada del contrato. 15. Dar cumplimiento a la propuesta y realizar todas las actividades tendientes al cumplimiento del objeto del contrato, propuesta que hace parte integral del presente documento. 16. Radicar la cuenta de cobro a más tardar dentro de los 05 días calendarios siguientes al vencimiento del periodo correspondiente. 17. Atender los contenidos temáticos, metodología y herramientas a aplicar en el desarrollo de la atención al ciudadano. 18. Responder por los recursos físicos, tecnológicos y bienes que le sean asignados de la Unidad Solidaria en los territorios. 19. Suscribir el acta de inicio del contrato. OBLIGACIONES ESPECIFICAS DE EL CONTRATISTA: 1. Elaborar cronograma mensual de actividades 2. Gestionar el desarrollo de encuentros de economía solidaria, popular, comunitaria y social, nacional e internacionalmente, que nos permitan conocer y dar a conocer experiencias de educación solidaria y del sector. 3. Adelantar formación para el fortalecimiento de capacidades investigativas al grupo de educación e investigación de la Unidad Solidaria, mediante la realización de un seminario de investigación en economías alternativas y para la vida. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ se debe componer de al menos de un ciclo formativo de 24 horas lectivas, 24 horas de taller participativo, 24 horas de acompañamiento a la redacción de la memoria institucional de aportes a la investigación por parte de los funcionarios a la entidad. 4. Realizar un documento de análisis y propuesta de la información estadística que debe incluir el sistema de información que la Unidad solidaria está definiendo. 5. Fortalecer una red universitaria de Economía Solidaria. 6. Orientar la metodología e instrumentos para formular el plan decenal para la economía social, solidaria y popular compromiso de la Unidad Solidaria en las bases del Plan Nacional de Desarrollo. GARANTÍA: En virtud del análisis de riesgos, el contratista deberá constituir una garantía única que ampare las obligaciones que se deriven del contrato, con una entidad Bancaria o una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, a favor de la Unidad Solidaria identificada con NIT. 899999050-8, consistente en una póliza que ampare: -Cumplimiento del contrato por el 10% del valor total de este y con una vigencia igual al término de duración del mismo y cuatro (04) meses más. PARAGRAFO: El CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento no estar incurso inhabilidad o incompatibilidad o conflicto de intereses para contratar con el Estado, de que tratan el artículo 8, 9 y 10 de la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones aplicables vigentes. PRODUCTOS: 1. Elaborar Plan de Trabajo, así como el cronograma | |
mensual de actividades 2. Un (1) encuentro nacional y un encuentro Internacional apoyados, de economía solidaria, popular, comunitaria y social, que nos permitan conocer y dar a conocer experiencias de educación solidaria y del sector. 3. Un (1) seminario para el fortalecimiento de capacidades investigativas al grupo de educación e investigación de la Unidad Solidaria, de investigación en economías alternativas y para la vida. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ se debe componer de al menos de un ciclo formativo de 24 horas lectivas, 24 horas de taller participativo, 24 horas de acompañamiento a la redacción de la memoria institucional de aportes a la investigación por parte de los funcionarios a la entidad y el desarrollo de un evento nacional de reconocimiento a experiencias de investigación en economía solidaria. 4. (1) documento de análisis y propuesta de lo que debe incluir el sistema de información de la economía solidaria, popular, comunitaria y social. 7. 1 red universitaria de Economía Solidaria, fortalecida 5. Un (1) documento de lineamientos metodológicos e instrumentos para formular el Plan Decenal de la Economía Solidaria Popular. 6. Presentar de manera mensual avances de las actividades productos e informes con el pago de seguridad social. 7. Presentar de manera mensual avances de las actividades productos e informes con el pago de seguridad social. 8. Presentar Trimestral mente informe con soportes del desarrollo del objeto contractual. INDICADORES: 1. Número de informes elaborados. 2. Número de investigaciones acompañadas 3. Número de encuentros acompañados OBLIGACIONES DE LA UNIDAD SOLIDARIA: 1. Tramitar para que se efectúen los pagos acordados a la contratista producto del contrato. 2. Ejercer supervisión sobre el desarrollo del objeto del contrato, de cuya actividad será responsable en adscripción de funciones el supervisor quien tendrán responsabilidad disciplinaria, penal y fiscal por sus acciones u omisiones en el desarrollo de sus funciones de acuerdo con lo consagrado en resolución interna y la Ley 1474 de 2011. 3. Impartir las instrucciones necesarias, sugerencias y requerimientos para la adecuada, normal y total ejecución del contrato, lo cual hará el supervisor. 4. Entregar la información requerida para el desarrollo del contrato. Para el efecto, el supervisor del contrato tramitará el cumplido a satisfacción de acuerdo con la forma de pago. Lo anterior al desarrollo y ejecución de las actividades asignadas para cada periodo previo visto bueno y/o cumplido a satisfacción por parte del supervisor, presentación de factura o cuenta de cobro según corresponda adjuntando certificación que acredite pago de aportes relativos al Sistema de seguridad Social integral (pensión, salud y ARL) de acuerdo en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 y al Sistema de Riesgos Laborales en virtud de lo consagrado en el numeral 1 literal a) del artículo 13 de la Ley 1562 de 2012. Para el efecto, el supervisor del contrato tramitará el cumplido a satisfacción de acuerdo con la forma de pago. 5. Suscribir el acta de inicio del contrato, a través del supervisor. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: De conformidad con el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, este contrato se entiende perfeccionado cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y este se eleve a escrito. Por lo tanto, este contrato se entiende perfeccionado con las firmas de las partes a través de la Plataforma SECOP II, así mismo, atendiendo lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, para su ejecución se requiere: Por parte del contratista: Constituir la garantía única. Por parte de la entidad: La existencia de la disponibilidad presupuestal, expedición de registro presupuestal, aprobación de la garantía única. De conformidad con el artículo 223 del Decreto Nacional 019 de 2012, el presente contrato se publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II.
