PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO PUBLICO DENOMINADO "PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR PARA MENORES Y SUS FAMILIAS EN SITUACIÓN DE RUPTURA DE LA CONVIVENCIA FAMILIAR PARA XXXXXX XX XXXXXXX Y SU ÁREA DE INFLUENCIA1”.
I.-CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBE REUNIR LA ENTIDAD
1.- Estar inscrita en el Registro de Entidades de Acción Social y cumplir el resto de los requisitos que con carácter general se establecen en la normativa de la Comunidad, y en especial, la referida a centros y servicios de bienestar social, en consonancia con lo dispuesto en el Decreto 91/1990, de 26 de Octubre, relativo al régimen de autorización de Servicios y Centros de Acción Social y Servicios Sociales y la Orden 612/1990, de 6 de Noviembre que lo desarrolló.
2. Suscribir, a su cargo, un contrato de seguro para la cobertura de los riesgos, de responsabilidad civil por los daños que puedan sufrir cualesquiera personas -tanto terceros como los propios menores atendidos en el Centro y el personal de la entidad- en si mismas o en sus bienes y que deriven del funcionamiento del Centro y sus instalaciones y actividades, incluidos los actos de los menores mientras se encuentran bajo su custodia y del personal de la entidad, disponiendo de un mes, desde la fecha de la firma del contrato para aportar la correspondiente póliza de seguro.
II.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS SERVICIOS A PRESTAR
El Servicio contemplado en el presente Xxxxxx se prestará de conformidad con las características técnicas que se señala n a continuación y de acuerdo con el régimen de utilización y las particularidades técnicas de su definición que se establecen en el Proyecto de Explotación.
A) Recursos materiales
El servicio contará con:
1.- Un local aportado por el Instituto Madri leño del Menor y la Familia para el desarrollo del servicio. La ENTIDAD hará constar en sitio visible en el acceso a los Servicios donde se encuentran los beneficiarios atendidos por cuenta del INSTITUTO, la indicación de "Unidad Concertada con el INSTITUTO MADRILEÑO DEL MENOR Y LA FAMILIA", los gastos de esta identificación serán por cuenta del Instituto Madrileño del Menor y la Familia.
1 Área correspondiente a la Zona de Servicios Sociales denominada 4.02. Medio-Este, según el Decreto 109/98, de 18 xx xxxxx, de Zonificación de Servicios Sociales.
2.-Irá por cuenta de la entidad el mobiliario adecuado y material lúdico y educativo para diferentes edades.
3.- Otros materiales necesarios para el desarrollo del proyecto, como fax, teléfono, soporte informático con conexión ADSL, menaje, etc. Este material irá por cuenta de la entidad adjudicataria.
B) Recursos humanos
Para la realización del servicio a contratar, la Entidad que resulte adjudicataria deberá contar con el personal necesario, con la adecuada preparación técnica y experiencia acreditada en trabajo con familias, mediación familiar u orientación familiar para apoyar a los menores y las familias, y, como mínimo, contará con :
- Un coordinador, titulado superior, licenciado en Psicología, o Psicopedagogía con conocimientos de Derecho, a jornada completa.
- Un titulado superior, licenciado en Psicología, a jornada completa .
- Un técnico de grado medio, Diplomado en Trabajo Social, a jornada completa.
- Un técnico de grado medio, Diplomado en Educación Social, a jornada completa.
- Un auxiliar administrativo a media jornada.
El servicio tendrá un horario de atención al público de 30 horas semanales que comprenderán como mínimo dos tardes a la semana (siendo una de ellas la xxx xxxxxxx) y los sábados y domingos en jornada continuada de mañana y tarde. Las demás horas semanales hasta completar su jornada la dedicarán a coordinación interna y a cuantas labores de organización y coordinación del Servicio sean necesarias, que al tratarse de gestiones con Juzgados y Centros de Servicios Sociales preferentemente, deberán realizarse en horario de mañana. La Entidad adjudicataria tendrá que tener en cuenta para el horario de apertura los puentes, comienzos y finales de vacaciones xx Xxxxxxx, Semana Santa y Verano.
A efectos de este contrato se entiende por jornada completa 37 horas semanales y por media jornada 18,5 horas semanales.
La plantilla de personal deberá contar con el visto bueno del INSTITUTO. Cualquier cambio que se produzca en la plantilla de personal deberá ser comunicado al INSTITUTO, antes de que se produzca, para su aprobación.
El personal contratado dependerá exclusivamente de la Entidad adjudicataria, la cual tiene todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empleador del mismo, siendo el INSTITUTO, ajeno a las relaciones laborales que por tal motivo se generen.
C) Seguimiento y Supervisión
Para facilitar la comunicación, el estudio de las propuestas que las partes consideren oportunas y en definitiva, la evaluación continua del funcionamiento del servicio, se crea una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes del INSTITUTO y otros dos de la Entidad adjudicataria, uno de los cuales será necesariamente el Coordinador del Servicio.
La Comisión deberá constituirse en el plazo de 10 días desde la firma del contrato y se reunirá con carácter ordinario semestralmente, y con carácter extraordinario las veces que se considere necesario para cumplir sus cometidos. De cada reunión se levantará Acta de los acuerdos. No obstante la coordinación y el seguimiento serán continuos a lo largo del año con el objeto de desempeñar con diligencia las obligaciones que se contraen con este contrato y, más en concreto, la gestión de las altas y bajas e incidencias que se produzcan en el programa.
La entidad adjudicataria deberá presentar informes semestrales y anuales sobre el desarrollo y gestión del servicio.
El INSTITUTO podrá solicitar informes específicos o puntuales sobre temas relacionados con la ejecución del servicio.
La entidad no podrá realizar ninguna actividad de difusión del objeto del contrato sin previo conocimiento y consentimiento del IMMF, el cual será dado por el responsable del contrato.
III. PRECIO
Se contratará un Servicio de Punto de Encuentro para atención de menores y sus familias residentes en la zona objeto del presente contrato .
El INSTITUTO abonará a la Entidad adjudicataria el precio, IVA incluido, correspondiente a cada mes natural de prestación del servicio, prorrateándose por días los periodos de tiempo inferiores a un mes.
El importe máximo total a abonar como consecuencia de este contrato en el periodo de ejecución inicial (de 1 noviembre de 2006 hasta el 31 de octubre de 2007) será de 119.363,08 € IVA incluido.
Madrid, a 00 xx xxxx xx 0000 XX XXXXXXXXXX GENERAL DEL IMMF
Fdo.- Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxxx Pastor
CONFORME
EL CONTRATISTA
ANEXO I
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LAS ENTIDADES
1.- Proyecto Técnico y calendario de actuaciones
2.- Relación del personal vinculado al Programa con indicación de:
a) Apellidos, nombre, nº de D.N.I. y nº de Seguridad Social.
b) Titulaciones y funciones a desempeñar dentro del Programa.
c) Currículum Vitae
La acreditación de la experiencia profesional, en la misma categoría a la que se opta, se realizará mediante fotocopia debidamente compulsada del contrato de trabajo o certificación original de la empresa o entidad justificativa de la experiencia manifestada, debiéndose acompañar de certificación original de cotizaciones a la Seguridad Social en los que conste expresamente los periodos y grupo de cotización.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente compulsada de la certificación, titulo o diploma correspondiente.
d) Antigüedad en la Entidad
e) Vinculación jurídica con la Entidad, con indicación del tipo de contrato.
f) Número de horas semanales de dedicación al Proyecto con indicación de las funciones a desempeñar dentro del Programa y porcentaje de las mismas en relación al nº de horas estipulado en el contrato.
PROYECTO DE EXPLOTACIÓN
CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO PUBLICO DENOMINADO "PUNTO DE ENCUENTRO PARA MENORES Y SUS FAMILIAS EN SITUACIÓN DE RUPTURA DE LA CONVIVENCIA FAMILIAR PARA XXXXXX XX XXXXXXX Y SU ÁREA DE INFLUENCIA2”.
I.- ESTUDIO ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO
El INSTITUTO abonará a la Entidad ADJUDICATARIA correspondiente a cada mes natural de prestación del Servicio, prorrateándose por días los periodos de tiempo inferiores a un mes. En este precio se incluyen todos los gastos derivados de los servicios cuya prestación se considera obligatoria para la Entidad ADJUDICATARIA y cualquier otro gasto, tasa, tributo o impuesto así como los seguros que deba contratar la Entidad para ejecutar el contrato.
El importe máximo total a abonar como consecuencia de este contrato en el periodo de ejecución inicial (de 1 de noviembre de 2006 a 31 de octubre de 2007) será de 119.363,08 € IVA incluido. En caso de prórroga, la fórmula o sistema de revisión será: IPC con respecto a la fecha final del plazo de presentación de ofertas, según lo previsto en el Pliego de Cláusula Administrativas Particulares.
II.- DEFINICIÓN Y RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN DEL SERVICIO
Definición del Servicio
El Punto de Encuentro para menores y sus familias en situación de ruptura de la convivencia familiar se define como “lugar que permite el encuentro entre el menor y los miembros de su familia con derecho a visitas, en él cuentan con el apoyo de profesionales para facilitar la relación paterno filial y garantizar la seguridad y bienestar del menor”.
Régimen de utilización del Servicio
1) El servicio se dirige a familias de la Comunidad de Madrid que presenten dificultades para cumplir el régimen de visitas y que residan preferentemente en el municipio de Xxxxxx xx Xxxxxxx y su área de influencia, correspondiente a la Zona de Servicios Sociales denominada 4.02. Medio-Este atendiendo al Decreto 109/98, del 18 xx xxxxx, por el que se aprueba la actualización de la zonificación de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. Serán derivadas al INSTITUTO MADRILEÑO DEL MENOR Y LA FAMILIA - en adelante, el INSTITUTO- por los Juzgados (de Familia o Primera Instancia o Instrucción) o por la Comisión de Tutela del Menor, o por los Servicios Sociales, previo informe de derivación.
2 Área correspondiente a la Zona de Servicios Sociales denominada 4.02. Medio-Este, según el Decreto 109/98, de 18 xx xxxxx, de Zonificación de Servicios Sociales.
2) En general serán niños procedentes de familias en las que el progenitor que ejerce la custodia no favorece los encuentros entre el niño y el otro progenitor y la familia de éste. También se podrá hacer uso de este servicio para atender aquellos casos en los que las circunstancias personales del progenitor que ejerce el derecho a visitas hacen aconsejable la supervisión de los encuentros.
3) Las familias accederán al recurso derivadas por el INSTITUTO (Servicio de Infancia y Adolescencia).
4) Las solicitudes de prestación del servicio se dirigirán al Servicio de Infancia y Adolescencia pudiendo llegar tanto de los Juzgados como de la Comisión de Tutela del Menor o de los Servicios Sociales.
5) Las bajas también requerirán, para su aprobación, el visto bueno del INSTITUTO previa comunicación motivada.
III.- PARTICULARIDADES TÉCNICAS DE LA DEFINICIÓN DEL SERVICIO
A) OBJETIVOS DEL SERVICIO
El Punto de Encuentro tiene como objetivos generales:
1.- Favorecer el cumplimiento del derecho fundamental del menor a mantener la relación con sus familiares después de una separación, estableciendo los vínculos necesarios para su buen desarrollo psíquico, afectivo y emocional.
2.- Contener los conflictos entre los progenitores en el contexto de las visitas y prevenir los episodios de violencia.
3.- Xxxxxx a los padres para que sean capaces de mantener una adecuada relación con sus hijos de forma autónoma, sin necesidad de apoyo institucional.
B) USUARIOS DEL PUNTO DE ENCUENTRO
El Servicio está dirigido a aquellas familias que presenten dificultades para cumplir el régimen de visitas por alguno de los siguientes motivos:
- Conflictos entre ambos progenitores.
- Circunstancias personales que hacen aconsejable la supervisión de las visitas.
- Rechazo del régimen de visitas por parte del menor.
- Dificultades en casos de acogimiento familiar con familia extensa.
C) ACTIVIDADES Y METODOLOGÍA
Las actividades programadas y la metodología utilizada deben estar adecuadas a los objetivos diseñados y a la población atendida.
En el Punto de Encuentro Familiar se realizarán tres tipos de intervención:
- Entrega y recogida de menores: cumplimiento del régimen de visitas mediante la entrega y recogida del menor en el Punto de Encuentro Familiar, bajo la supervisión y control del equipo técnico del mismo.
-Visita supervisada: visitas supervisadas por un profesional que está presente durante la misma. Esta visita tiene una duración máxima de 2 horas por razones técnicas y organizativas, ya que una duración superior en esas condiciones se considera negativa y contraproducente para los objetivos de la intervención.
- Visita: Los menores pasan con sus familiares no custodios un tiempo sin necesidad de presencia o supervisión directa de un profesional. Al igual que la visita anterior su duración máxima es de dos horas.
La intervención que realiza el equipo técnico de este Servicio, va encaminada a facilitar la vinculación entre los niños y los padres u otros miembros de la familia , estableciendo un contexto de acuerdos y responsabilidad parental compartida que posibilite la relación entre ellos de forma autónoma y normalizada. Todo ello con la intención última de favorecer el interés superior del menor.
D) CALENDARIO Y HORARIO DE ACTIVIDADES
El Punto de Encuentro tendrá un horario de atención al público de 30 horas semanales que comprenderán como mínimo dos tardes a la semana (una de las cuales debe ser la xxx xxxxxxx) y los sábados y domingos en jornada continuada de mañana y tarde. La Entidad adjudicataria tendrá que tener en cuenta para el horario de apertura los puentes, comienzos y finales de vacaciones xx Xxxxxxx, Semana Santa y Verano.
Por otra parte, se realizarán cuantas actividades organizativas y de coordinación sean necesarias con los Juzgados, Servicios Sociales, y el propio INSTITUTO en horario de mañana.
E) OBLIGACIONES EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
* De la Entidad ADJUDICATARIA
1. Aportar el equipamiento necesario,tanto el mobiliario adecuado y el material lúdico y educativo, como los demás medios materiales (telefonía, limpieza y otros servicios vinculados a la actividad), necesarios para el desarrollo del Servicio.
2. Realizar la acogida de los usuarios derivados del INSTITUTO. La Entidad llevará un registro sistemático de todas las visitas, teniendo la información disponible en cualquier momento a requerimiento del INSTITUTO. Además se informará trimestralmente de la evolución de las familias usuarias del servicio, a la Administración Pública que inicialmente haya derivado el caso.
3. Poner a disposición de los usuarios un buzón de reclamaciones y sugerencias. La información que se obtenga de la utilización de estos buzones se comunicará periódicamente al INSTITUTO y será objeto de elaboración en la Comisión de Seguimiento.
4. Elaborar y proponer al INSTITUTO un formulario de Encuesta de satisfacción de Usuarios que será aplicado periódicamente según instrucciones de dicho INSTITUTO. La información derivada de la Encuesta será objeto de trabajo por parte de la Comisión de Seguimiento.
5. Establecer un programa de intervención individual para cada familia y recoger y custodiar todos los datos referidos al caso, garantizando en todo momento la confidencialidad y el derecho a la intimidad.
6. Establecer la coordinación precisa y necesaria y facilitar al INSTITUTO aquellos informes que sobre la familia atendida se soliciten.
7. Elaborar la programación anual, así como las memorias semestral y anual de acuerdo con el modelo que para ello facilite este INSTITUTO.
8. Participar en los seminarios, mesas de trabajo y actuaciones de formación que proponga el INSTITUTO, en relación con el objeto de este contrato.
* Del INSTITUTO
1. Aportar un local adecuado para la prestación del Servicio.
2. Abonar los servicios contratados y dar la conformidad a las facturaciones mensuales presentadas por la Entidad.
3. Facilitar el correcto desarrollo y ejecución de los contenidos especificados en el contrato y dar el visto bueno, en su caso, a cualquier cambio que pueda producirse en la plantilla de personal respecto a la ofertada.
4. Aprobar la planificación y programación anual del centro, así como las modificaciones que puedan producirse.
5. Aprobar las propuestas de baja de los casos realizadas por la entidad.
6. Realizar el seguimiento y supervisión del trabajo realizado por la Entidad y apoyarla técnicamente en cualquier aspecto relacionado con la ejecución del Servicio.
7. Facilitar la coordinación con otras instituciones.
8. Aportar los soportes documentales para la elaboración de la memoria anual
9. Convocar, elaborar el orden del día y levantar acta de las Comisiones de Seguimiento.
CONFORME Madrid, 10 xx xxxx de 2006
EL CONTRATISTA LA SECRETARIA GENERAL DEL IMMF
Fdo.- Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxxx
Pastor