Este documento es un Anexo del Contrato de Préstamo al Toque que mantiene el ASEGURADO con el CONTRATANTE.
SOLICITUD / CERTIFICADO SEGURO DESGRAVAMEN PREMIER PRÉSTAMO AL TOQUE BBVA
Este documento es un Anexo del Contrato xx Xxxxxxxx al Toque que mantiene el ASEGURADO con el CONTRATANTE.
Código SBS: VI0507400419 – Soles
Adecuado a la Ley Nº29946 y sus normas reglamentarias DESGRAVAMEN BÁSICO Póliza Soles N°:
PRÉSTAMO AL TOQUE: 5143910
FECHA DE INICIO DE VIGENCIA | FECHA DE FIN DE VIGENCIA * | IMPORTE DE LA PRIMA | FORMA DE PAGO |
Ver en el cronograma | |||
MONEDA | MONTO XXX XXXXXXXX (Máximo S/ 100,000) | PÓLIZA N° | |
MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO | SALDO INSOLUTO |
Este seguro presenta cargas y obligaciones a cargo del Asegurado, cuyo incumplimiento podría acarrear la pérdida de derechos indemnizatorios.
(*)La vigencia es mensual de renovación automática, y su fin de vigencia será como máximo hasta la fecha de cancelación del crédito o la fecha en que el ASEGURADO alcance la edad límite de permanencia, lo que ocurra primero. Adicionalmente, la vigencia de Certificado de seguro culminará en caso de que la póliza matriz del seguro de Desgravamen contratado por BBVA x Xxxxx Xxxxxxx, llegue a su fin o sea resuelta.
PRIMA: |
La prima mensual de este seguro será la resultante de aplicar la tasa comercial total indicada en la primera página del presente documento sobre el saldo insoluto del crédito. La prima neta mensual será determinada según las declaraciones mensuales que efectúe la ENTIDAD FINANCIERA que otorgó el crédito.
TASA COMERCIAL TOTAL | INDIVIDUAL | MANCOMUNAD O |
Sin Periodo xx Xxxxxx | 0.6323%o | 1.1742%o |
Con Periodo xx Xxxxxx | 0.9031%o | 1.6777%o |
COMISIÓN DEL COMERCIALIZADOR |
- Porcentaje de comisión calculada sobre la prima comercial. |
DATOS DE LA ASEGURADORA | ||
Aseguradora | : | Xxxxx Xxxxxxx y Reaseguros RUC: 20100041953 |
Dirección | : | Xxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxxx 0 Xxxxxxxx: Xxx Xxxxxx |
Xxxxxxxxx | : | Lima Departamento: Lima |
Teléfono | : | 000-0000 Fax: 000-0000 |
Página web | : | xxx.xxxxx.xxx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx |
DATOS DEL CONTRATANTE / ENTIDAD FINANCIERA / COMERCIALIZADOR | ||
Razón Social Dirección Teléfono | : : : | BBVA Perú RUC: 20100130204 Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx, Xxxx (00)000-0000 |
DATOS DEL ASEGURADO. Relación con el CONTRATANTE: Económica. | ||
Son los consignados en el Contrato xxx Xxxxxxxx al Toque que mantiene el ASEGURADO con el CONTRATANTE . | ||
DATOS DEL BENEFICIARIO | ||
1. Para las coberturas de Fallecimiento, Invalidez total y permanente por enfermedad, Invalidez total y permanente por accidente: EL BENEFICIARIO será la ENTIDAD FINANCIERA, para cuyo caso LA ASEGURADORA le pagará directamente a la ENTIDAD FINANCIERA el importe del saldo insoluto xxx xxxxxxxx a la fecha de fallecimiento, invalidez total y permanente por enfermedad, invalidez total y permanente por accidente del ASEGURADO Relación de la ENTIDAD FINANCIERA (BENEFICIARIO) con el ASEGURADO: Económica. | ||
INTERÉS ASEGURADO: Cancelación de la suma asegurada en caso se produzca alguno de los riesgos cubiertos. | ||
SUMA ASEGURADA MÁXIMA: Hasta S/ 100,000 por Asegurado. | ||
COBERTURAS (RIESGOS CUBIERTOS) Y SUMAS ASEGURADAS | ||
1. Fallecimiento: Fin de la vida del ASEGURADO por cualquier causa, a excepción de lo indicado como EXCLUSIONES en la presente Solicitud / Certificado. 2. Invalidez total y permanente por accidente. Se considera Invalidez Total y Permanente causada por Accidente, el hecho que el ASEGURADO antes de cumplir la edad límite de permanencia, sufra una pérdida o disminución de su fuerza física o intelectual definitiva e irreversible (no se considera factores complementarios utilizados en el Sistema Privado de Pensiones) que le produzca una Invalidez Total y Permanente por Accidente. Se considerará configurada la cobertura de Invalidez Total y Permanente por Accidente cuando se presenten las siguientes situaciones: (a) Estado absoluto e incurable de alienación mental que no permitiera al ASEGURADO realizar ningún trabajo u ocupación por el resto de su vida, (b) Lesión incurable de la médula espinal que determinase la invalidez total y permanente, (c) Pérdida total de la visión bilateral, (d) Pérdida completa por amputación o pérdida completa de la función de los dos brazos o de ambas manos, (e) Pérdida completa por amputación o pérdida completa de la función de las dos piernas o de ambos pies, (f) Pérdida completa por amputación o pérdida completa de la función de un brazo y de una pierna o de una mano y una pierna y (g) Pérdida completa por amputación o pérdida completa de la función de una mano y de un pie o de un brazo y un pie. Por pérdida total se entiende a la amputación o la inhabilitación funcional total y definitiva del órgano o miembro lesionados. La indemnización de lesiones que sin estar comprendidas en los literales “x xx x”, xxxxxxxxxxxxx una invalidez permanente, será fijada en proporción a la disminución de la capacidad funcional total, teniendo en cuenta, de ser posible, su comparación con la de los casos previstos, y sin tomar en consideración la profesión del ASEGURADO ni otros factores complementarios utilizados por comisiones médicas especificas del Sistema Privado de Pensiones. La cobertura de la Invalidez Total y Permanente por accidente se extiende hasta la edad de 75 años (74 años y 364 días). Definición de Accidente: Todo suceso violento, súbito, imprevisto, involuntario, y fortuito, causado por agentes externos, que causa o da lugar a daños o lesiones en el XXXXXXXXX.Xx se consideran como accidentes las siguientes situaciones, ni sus consecuencias, ni los eventos o sucesos que se produzcan por o como consecuencias de: ataques cardíacos, epilépticos, enfermedades vasculares, trastornos mentales, desvanecimientos o sonambulismo. |
3. Invalidez total y permanente por enfermedad. Se considera Invalidez Total y Permanente causada por Enfermedad, el hecho que el ASEGURADO antes de cumplir la edad límite de permanencia, sufra una pérdida o disminución de su fuerza física o intelectual (no se consideran factores complementarios utilizados en el Sistema Privado de Pensiones) que le produzca una Invalidez Total y Permanente por Enfermedad. La cobertura de la Invalidez Total y Permanente por enfermedad se extiende hasta la edad de 74 años y 364 días. IMPORTANTE: Se deja constancia que el CONTRATANTE y/o ASEGURADO no podrá contratar la presente Póliza, en varias oportunidades, de manera tal que la suma asegurada de las mismas (en conjunto) superen el importe total de US$ 1,000,000 (Un millón y 00/100 Dólares Americanos). En caso que el CONTRATANTE / ASEGURADO, contrate varias Pólizas de Xxxxxx, por la cantidad de créditos que mantenga frente a la ENTIDAD FINANCIERA, la responsabilidad xx XXXXX para otorgar las coberturas de fallecimiento e invalidez total y permanente de la totalidad de los seguros de desgravamen, es hasta el límite máximo descrito precedentemente por el ASEGURADO. Por tanto, en caso que la suma total a indemnizar supere el importe antes indicado, RIMAC procederá a devolver las primas en forma proporcional al importe que no será reconocido. El presente seguro no cubre intereses de ningún tipo. La suma asegurada se pagará en Dólares Americanos o Soles según la moneda del crédito otorgado por la ENTIDAD FINANCIERA. Se considerará el Tipo de Cambio que se encuentre vigente el día en que se realice el pago de la cobertura. En caso el seguro considere adicionalmente las coberturas de Invalidez total y permanente por enfermedad, Invalidez total y permanente por accidente, se deberá considerar que las coberturas de Fallecimiento, Invalidez total y permanente por enfermedad, Invalidez total y permanente por accidente son excluyentes entre sí. |
CARACTERÍSTICAS DEL SEGURO MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO: |
Seguro de Desgravamen cubre el saldo insoluto del crédito contraído con el CONTRATANTE. |
ASEGURADO |
Persona natural cuyo nombre y demás datos de identificación constan en las Condiciones Particulares o Certificado de Seguro, según corresponda, y cuya vida se asegura en la presente Póliza, para lo cual debe cumplir con los requisitos de edad y condiciones de asegurabilidad establecidos en este certificado. El Asegurado es quien mantiene saldos deudores derivados de créditos otorgados por la ENTIDAD FINANCIERA . |
FALLECIMIENTO A CONSECUENCIA DE ENFERMEDADES PREEXISTENTES (PREEXISTENCIAS): |
Cualquier lesión, enfermedad, dolencia o condición de alteración del estado de salud del ASEGURADO, diagnosticadas por un profesional médico o conocidas por el Contratante o ASEGURADO, con anterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la Solicitud Certificado y que como consecuencia de esta lesión, enfermedad, dolencia o condición de alteración del estado de salud, se produzca el fallecimiento o invalidez total y permanente (en sus dos modalidades) del ASEGURADO. Es obligación del ASEGURADO declarar las preexistencias. La Solicitud Certificado de Desgravamen no cubre ningún riesgo cubierto que se produzca a consecuencia de una enfermedad preexistente del ASEGURADO. El ASEGURADO declara y reconoce no haber padecido las afecciones o trastornos siguientes: a. Tuberculosis, neumonía, enfisema o silicosis. b. Hipertensión arterial, lesión o debilidad del corazón e infartos. c. Epilepsia, parálisis o enfermedad mental. d. Enfermedad xxx xxxx, hígado, riñones o páncreas. e. Leucemia, diabetes mellitus, hepatitis B o meningitis. f. SIDA/ HIV. g. Cáncer o tumores malignos. h. Cualquier enfermedad grave y/o crónica grave no indicada anteriormente. |
DECLARACION PERSONAL DE SALUD (DPS) |
Declaración jurada otorgada en forma veraz, completa y exacta que debe realizar el ASEGURADO, respecto de su estado de salud. La Declaración Personal de Salud, deberá realizarse en los formatos o documentos que sean provistos por RIMAC, y formarán parte de la SOLICITUD CERTIFICADO de Seguro. De acuerdo a las condiciones xxx xxxxxxxx, la presentación de una DPS de parte del ASEGURADO puede ser obligatoria como requisito para la aceptación del riesgo por parte xx XXXXX. De ser el caso y como resultado de la evaluación de la DPS, el seguro podrá ser aceptado o rechazado por RIMAC. Una declaración falsa de parte del ASEGURADO no generará obligaciones por parte xx XXXXX. CONDICIÓN ESPECIAL: El ASEGURADO se compromete a facilitar x XXXXX el acceso a la información complementaria que pudiera ser necesaria para los efectos de verificar la autenticidad y veracidad de la Declaración Personal de Salud realizada. |
EDADES DEL ASEGURADO |
Podrán asegurarse bajo la presente Póliza, las personas naturales que sean incorporados como tal en la SOLICITUD CERTIFICADO, y cuya edad se encuentre dentro del rango siguiente: Para las coberturas Fallecimiento: La edad máxima de ingreso es 74 años y 364 días. La edad máxima de permanencia es 79 años y 364 días. Para las coberturas Invalidez total y permanente por accidente e Invalidez total y permanente por enfermedad: La edad máxima de ingreso es 74 años y 364 días. La edad máxima de permanencia es 74 años y 364 días. Se deja constancia que, en caso que el ASEGURADO sea incorporado como tal en la Solicitud Certificado de Seguro, mediante la emisión de la SOLICITUD CERTIFICADO de Seguro correspondiente, una vez superada la edad máxima de ingreso para la cobertura de Invalidez Total y Permanente, la presente SOLICITUD CERTIFICADO solo brindará la cobertura de Fallecimiento, conforme a los términos y condiciones establecidas para la misma. |
VIGENCIA DEL SEGURO |
La vigencia es mensual de renovación automática, y su fin de vigencia será como máximo hasta la fecha de la cancelación del monto total xxx xxxxxxxx ó la fecha en que el ASEGURADO alcance la edad limite de permanencia, lo que ocurra primero, siendo requisito que el ASEGURADO se encuentre en todo momento al día en el pago de sus primas. En caso que el ASEGURADO haya completado y firmado una DPS o haya requerido exámenes médicos, y estos no cumplan con los requisitos para la aprobación automática brindada por RIMAC a la ENTIDAD FINANCIERA, RIMAC deberá aprobar el Seguro de Desgravamen para que tenga cobertura efectiva. Se debe tener en cuenta que ningún siniestro producido con anterioridad a la fecha de inicio de vigencia tendrá cobertura bajo la presente SOLICITUD CERTIFICADO de Seguro. Asimismo, no tendrán cobertura los siniestros a consecuencia de un accidente ocurrido antes del inicio de vigencia del seguro. En caso que el diagnóstico de la enfermedad que cause la muerte del Asegurado se determine con anterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la presente SOLICITUD CERTIFICADO de Seguro, no tendrá cobertura, sin perjuicio de que el siniestro se haya producido dentro del periodo de vigencia. CONDICIÓN ESPECIAL: Si bien EL ASEGURADO o en su caso el beneficiario, es el responsable de proporcionar toda la documentación e información necesarias en caso de solicitud de cobertura, con la suscripción del presente documento, EL ASEGURADO brinda su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para que RIMAC y/o la ENTIDAD FINANCIERA, esta última en su calidad de Beneficiario de la SOLICITUD CERTIFICADO de Seguro y solo con la finalidad de gestionar la solicitud de cobertura, pueda solicitar a la clínica, centro médico, hospital, o cualquier otro establecimiento que preste servicios en salud, así como a los médicos tratantes, la exhibición y entrega de su historia clínica y cualquier información complementaria que se encuentre en poder de éstos a fin de solicitar o evaluar la cobertura del presente seguro, según como corresponda. Asimismo, el ASEGURADO faculta y autoriza, a dichos establecimientos de salud, a que haga entrega de información x XXXXX y/o la ENTIDAD FINANCIERA, según corresponda. |
EXCLUSIONES |
Las siguientes exclusiones aplican a las siguientes coberturas de la presente SOLICITUD CERTIFICADO de seguro: Fallecimiento, Invalidez total y permanente por enfermedad, Invalidez total y permanente por accidente RIMAC estará eximida de cualquier obligación, en caso de que el |
siniestro del (os) ASEGURADO (s) ocurra en las siguientes circunstancias:
a) Suicidio, auto mutilación o autolesión, salvo que hubiesen transcurrido al menos dos (2) años completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro de Vida Desgravamen.
b) Pena de muerte o participación activa en cualquier acto delictivo o en actos violatorios xx xxxxx o reglamentos; duelo concertado, servicio militar; así como en huelgas, motín, conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y terrorismo.
c) Por acto delictivo contra el ASEGURADO cometido en calidad de autor o cómplice por el Beneficiario o heredero.
d) Guerra, invasión u operaciones bélicas (al margen de que exista o no declaración xx xxxxxx), actos hostiles de entidades soberanas o del gobierno, guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, conmoción civil que adquiera las proporciones de un levantamiento, poder militar o usurpado, xxx xxxxxxx o confiscación por orden de un Gobierno o autoridad pública.
e) Detonación nuclear, reacción, radiación nuclear o contaminación radiactiva; independientemente de la forma en que se haya ocasionado la detonación nuclear, reacción, radiación nuclear o contaminación radiactiva. Cualquier evento que haya sido causado por reactor nuclear o contaminación radioactiva.
f) Accidente aéreo y marítimo de cualquier clase, en el cual el ASEGURADO se encuentre en calidad de pasajero en medios de transporte no comerciales. No aplica la exclusión para vuelos y/o viajes comerciales sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros sujeto a itinerario.
g) Operaciones o viajes submarinos.
h) Participación como conductor, copiloto o acompañante, en carreras o entrenamiento para carreras, de automóviles, bicicletas, motocicletas, motonetas, trimotos, cuatrimotos, motocicletas náuticas, lanchas a motor, avionetas, de caballos, inmersión submarina, artes marciales, escalamiento y caminata de montaña, paracaidismo, parapente, ala delta, aeronaves ultraligeras, esquí acuático y sobre nieve, caza submarina, salto desde puentes o puntos elevados al vacío, boxeo y caza de fieras; salvo que sean declarados en la Solicitud de Seguro o durante su vigencia y aceptados expresamente por RIMAC en las Condiciones Particulares de la Póliza previo pago de la extra prima correspondiente.
i) Realización de alguna de las siguientes actividades o deportes riesgosos: inmersión submarina, artes marciales, escalamiento y caminata de montaña, paracaidismo, parapente, ala delta, aeronaves ultraligeras, esquí acuático y sobre nieve, caza submarina, salto desde puentes o puntos elevados al vacío, boxeo y caza de fieras; salvo que sean declarados en la Solicitud de Seguro o durante su vigencia y aceptados expresamente por RIMAC en las Condiciones Particulares de la Póliza previo pago de la extra prima correspondiente.
j) Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA).
k) Accidente o fallecimiento producido como consecuencia de la influencia de droga o alucinógenos (en cualquier grado) o bajo la influencia del alcohol (en grado igual o superior a
0.50 gramos de alcohol por litro de sangre). Para efectos de esta exclusión, siempre y cuando el siniestro se haya producido como consecuencia de un accidente de tránsito y que el ASEGURADO haya estado conduciendo el vehículo. En caso de accidente de tránsito se presume la influencia de alcohol o drogas si el asegurado o beneficiario se niegan a someterse al examen toxicológico y/o de alcoholemia.
l) RIMAC no otorgará cobertura al Asegurado en los casos que el siniestro se produzca, directa o indirectamente por las actividades y/u oficios y/o profesiones que se detallan a continuación: tripulante, piloto de vuelos comerciales y no comerciales, xxxxxx xxxxxxxx, chofer de camiones, tráiler, volquete y maquinarias pesadas, ingeniero civil, obreros de construcción, trabajadores de minas, ingeniero electricista, policía, serenazgo, jefe de seguridad, ingeniero petrolero, mecánico, militar, arqueólogo, operador de planta de gas, miembro de las fuerzas armadas o que realice actividades militares, reportero periodista, carpintero, técnico radiólogo, ingeniero químico, bombero, guardaespaldas, buzo, corredor de vehículos motorizados, guía de turismo en rutas desconocidas, escaladas, alpinismo y montañismo, actividades en general con uso de explosivos; salvo que el Asegurado las hubiese declarado x XXXXX en el momento de la contratación, y ésta última haya decidido aceptar el riesgo por medio de una comunicación escrita en la cual se detallará si corresponde una sobreprima.
m) Situaciones y/o condiciones médicas y/o enfermedades pre-existentes a la fecha de inicio de vigencia del seguro.
n) Enfermedades infecto contagiosas.
o) Enfermedades con características de plagas.
Exclusiones aplicables a la cobertura de Invalidez total y permanente por enfermedad: Adicional a las indicadas previamente, aplican:
a) Abuso de alcohol o de drogas.
b) Tratamientos médicos en general, incluyendo tratamientos estéticos, fisioterapéuticos, quirúrgicos o anestésicos.
DEDUCIBLES / FRANQUICIAS O SIMILARES: No Aplican |
CRONOGRAMA, LUGAR Y FORMA DE PAGO DE LA PRIMA |
Mensualmente todas las primas deberán pagarse por intermedio del CONTRATANTE x XXXXX, sin necesidad de requerimiento previo. Forma: El pago de la prima es mensual, conforme al cronograma de pago del crédito. Fecha de vencimiento de pago de la prima: 30 días desde el inicio de vigencia y/o renovación. Para el caso de créditos la fecha de vencimiento para el pago de la prima será la que figura en el cronograma de pagos del crédito; salvo que el comercializador haya otorgado un periodo xx xxxxxx al asegurado. Interés Moratorio: No aplica |
DERECHO DE RESOLVER LA SOLICITUD CERTIFICADO DE SEGURO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA |
Cuando así lo decida el ASEGURADO y sin necesidad de una justificación. Para ello debe de enviar una comunicación por escrito x XXXXX o solicitarlo por cualquiera de los medios que usó para contratar la presente SOLICITUD CERTIFICADO de Seguro. Esta quedará resuelta a los treinta (30) días siguientes. RIMAC tiene derecho a conservar y/o cobrar las primas por el período de vigencia transcurrido. En el caso que se hayan pagado primas por adelantado, tendrás derecho a que se te reembolse la prima por el período de vigencia que no ha transcurrido. Este reembolso se realizará en un plazo máximo de 30 días contados desde la fecha de la resolución. |
AVISO DE SINIESTRO: Aplica a todas las coberturas de la presente Solicitud / Certificado |
El siniestro será comunicado x XXXXX dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que se tenga conocimiento de la ocurrencia del siniestro o del beneficio, según corresponda. Sin perjuicio de ello, el aviso de siniestro comunicado al comercializador del seguro indicado en las condiciones particulares del presente documento o certificado de seguro, tendrá los mismos efectos como si hubiera sido presentado x XXXXX pudiendo recibir el Comercializador los documentos descritos para la atención del siniestro. El incumplimiento del plazo antes señalado, no será motivo para que sea rechazado el siniestro, sin embargo RIMAC podrá reducir la indemnización hasta la concurrencia del perjuicio ocasionado cuando se haya afectado la posibilidad de verificar o determinar las circunstancias del siniestro, con excepción de lo dispuesto en los párrafos siguientes del presente artículo. Cuando se pruebe la falta de culpa en el incumplimiento del aviso, o éste se deba por caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho, no se aplicará la reducción de la indemnización. El dolo en que se incurra en el incumplimiento de los plazos para comunicar el siniestro libera de responsabilidad x XXXXX. En caso de culpa inexcusable, que origine el incumplimiento de los plazos para comunicar el siniestro, no se pierde el derecho a ser indemnizado si la falta de aviso no afectó la posibilidad de verificar o determinar las circunstancias del siniestro, o si se demuestra que RIMAC ha tenido conocimiento del siniestro o de sus circunstancias por otro medio. |
SOLICITUD DE COBERTURA |
Para atender las solicitudes de cobertura se deberá entregar x XXXXX, en cualquiera de sus plataformas de atención al cliente en Lima o provincias (lugares autorizados para solicitar la atención del siniestro cuyas direcciones se encuentran detalladas en el resumen del presente condicionado o certificado de seguros) los siguientes documentos en original o en copia legalizada salvo que se indique lo contrario. En el caso de los seguros colectivos o grupales, la misma documentación también podrá ser entregada en las oficinas de la ENTIDAD FINANCIERA que otorgó el crédito al ASEGURADO (Aplica a todas las coberturas de la presente Solicitud / Certificado). Para las coberturas Fallecimiento: • Copia Certificada de la Partida de defunción expedida por XXXXXX del ASEGURADO y/o su cónyuge conviviente asegurado bajo la presente SOLICITUD CERTIFICADO. • Certificado médico de defunción del ASEGURADO. • Copia de la Historia Clínica foliada y fedateada del ASEGURADO. • Estado de cuenta xxx xxxxxxxx a la fecha del siniestro. En caso de fallecimiento a consecuencia de un accidente, se deberán presentar todos estos documentos adicionales a los detallados en caso de Fallecimiento. |
• Original o Copia Certificada del Atestado policial completo o diligencias fiscales, según corresponda, en caso de haberse realizado. • Original o Copia Certificada del Protocolo de Necropsia completo, en caso de haberse realizado. • Original o Copia Certificada del Análisis toxicológico con resultados de alcoholemia y toxinas, en caso de haberse realizado. • Original o Copia Certificada del Dosaje etílico en caso de tratarse de accidente de tránsito, en caso de haberse realizado. En caso de muerte presunta, ésta deberá acreditarse conforme a la ley vigente. Se deberá entregar x XXXXX, la resolución judicial de muerte presunta junto con la correspondiente partida de defunción. El pronunciamiento xx XXXXX se encontrará suspendido hasta la recepción de la resolución judicial de muerte presunta y partida de defunción. En caso de Invalidez total y permanente por enfermedad: • Copia simple del documento de identidad del ASEGURADO • Dictamen de Invalidez emitido por la Comisión Médica de Essalud o el Ministerio de Salud (MINSA) o EPS o la Comisión Médica correspondiente de las Fuerzas Armadas o Policiales si corresponde. • Copia de la Historia Clínica foliada y fedateada de todos los centros médicos donde se atendió antes y durante la enfermedad que generó la Invalidez Permanente Total. • Estado de cuenta xxx xxxxxxxx a la fecha del siniestro. En caso de Invalidez total y permanente por accidente: • Copia simple del documento de identidad del ASEGURADO • Historia Clínica foliada y fedateada de todos los centros médicos que le brindaron atención a consecuencia del accidente que generó la Invalidez Permanente Total e Informes Médicos sobre atenciones y/o tratamientos relacionados al accidente y estado de Invalidez. • Atestado policial o diligencias fiscales según corresponda, Análisis toxicológico con resultados de alcoholemia y toxinas y el Dosaje etílico en caso de tratarse de accidente de tránsito. • Estado de cuenta xxx xxxxxxxx a la fecha del siniestro. Sobre los documentos para presentar la solicitud de cualquiera de las coberturas: • El listado anterior muestra la documentación mínima que debe ser presentada para solicitar la cobertura en caso de siniestro. RIMAC se reserva el derecho de solicitar informes, declaraciones, certificados médicos y demás documentos adicionales referidos a la comprobación del siniestro, siempre que sean necesarios para la evaluación de su cobertura. • No serán procedentes las solicitudes de devolución de documentos sea que se apruebe o rechace la cobertura. Todo documento de procedencia extranjera, debe ser visado por el CONSULADO PERUANO en el país de expedición, y ratificado en el Perú por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. Si el documento estuviera redactado en idioma distinto al español, se deberá adjuntar una TRADUCCION OFICIAL del mismo. |
PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN: Aplica a todas las coberturas de la presente Solicitud / Certificado |
Dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de haber recibido la totalidad de la documentación y/o cumplir con los requisitos exigidos en la SOLICITUD CERTIFICADO para que se produzca la liquidación del Siniestro, RIMAC evaluará y se pronunciará aceptando o rechazando el pago de la indemnización (cobertura). Dentro de los primeros 20 días RIMAC podrá solicitar aclaraciones o precisiones sobre la documentación e información presentada o podrá solicitar la prórroga del plazo original al Asegurado, y en caso éste último no acepte la prórroga solicitada, podrá solicitarlo a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, conforme lo establecido en los Artículos 11° y 12° del Reglamento de Gestión y Pago de Siniestros (Resolución SBS N° 3202-2013). En caso que RIMAC no se pronuncie dentro del plazo de treinta (30) días a que se refiere el primer párrafo del precedente numeral, se entenderá que el Siniestro ha quedado consentido salvo que se presente una solicitud de prórroga del plazo con que cuenta RIMAC para consentir o rechazar el siniestro. Cuando RIMAC requiera un plazo adicional para realizar nuevas investigaciones u obtener evidencias relacionadas con el Siniestro, o la adecuada determinación de la indemnización o prestación a su cargo, podrá solicitar al ASEGURADO o BENEFICIARIO o HEREDERO, según corresponda, la extensión del plazo antes señalado. |
Si no hubiera acuerdo, RIMAC solicitará a la Superintendencia la prórroga del plazo para el consentimiento de Siniestros de acuerdo al procedimiento 91º establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca Seguros y AFP. La presentación de la solicitud de prórroga efectuada a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP debe comunicarse al ASEGURADO o BENEFICIARIO o HEREDERO, según corresponda, dentro de los tres (3) días siguientes de iniciado el procedimiento administrativo. Asimismo, el pronunciamiento de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP deberá comunicarse al ASEGURADO o BENEFICIARIO o HEREDERO, según corresponda, en el mismo plazo antes señalado, contado a partir de la fecha en que RIMAC haya tomado conocimiento del pronunciamiento correspondiente. Una vez consentido el siniestro, RIMAC cuenta con el plazo de treinta (30) días para proceder. Para efectos de la evaluación de la documentación presentada, el ASEGURADO autoriza a cualquier médico, hospital, clínica, compañía de seguros u otra institución o persona que tenga conocimiento o registros de su persona o salud, para que pueda entregar directamente cualquier información solicitada por RIMAC, incluyendo la referida al VIH/SIDA. |
MEDIOS HABILITADOS POR LA ASEGURADORA PARA PRESENTAR RECLAMOS |
Con la finalidad de expresar algún incumplimiento, irregularidad o deficiencia en la satisfacción de un interés particular o servicio, se podrá presentar el reclamo de manera gratuita en las modalidades que se detallan a continuación: Verbal: Vía Presencial Vía Telefónica a través de las Plataformas de Atención en Lima y Provincias y Escrito: Mediante carta dirigida x Xxxxx Seguros o a través de la página web o correo electrónico. Central de Consultas y Reclamos: (00) 000-0000 |
OBLIGACIÓN DE INFORMAR SOBRE AGRAVACIÓN DEL RIESGO ASEGURADO |
Dentro de la vigencia del contrato de seguro, el asegurado se encuentra obligado a informar x XXXXX los hechos o circunstancias que puedan agravar el riesgo asegurado. |
INFORMACIÓN ADICIONAL |
• Con el presente documento se confirma la exactitud y veracidad de las declaraciones expresadas en el mismo, indicando el Asegurado que cualquier declaración inexacta y/o reticente donde medie dolo o culpa inexcusable, respecto de circunstancias conocidas por él y que hubiesen impedido el Contrato de Seguro o modificado sus condiciones si RIMAC hubiese sido informada del verdadero estado del riesgo, podría acarrear la Nulidad del presente Contrato de Seguro. • La emisión de la presente Solicitud – Certificado de Xxxxxx, supone la conformidad de las declaraciones efectuadas en ella por el Asegurado en los términos estipulados por RIMAC, en tanto éste haya proporcionado información veraz. El Asegurado autoriza a LA ENTIDAD FINANCIERA, el envío/entrega de la Solicitud Certificado, Póliza o cualquier otro documento o información relacionada a este Contrato de Seguro, de manera física o electrónica al correo electrónico indicado en el presente documento. -A la firma de este documento (Solicitud Certificado), el Asegurado declara haber recibido el Certificado de Xxxxxx, toda vez que, la aceptación de la solicitud del seguro se evidencia con la emisión de esta Solicitud Certificado de Seguro, la que deberá efectuarse dentro del plazo de quince (15) días calendario de presentada la mencionada solicitud del seguro si no media rechazo previo. El Asegurado podrá solicitar x XXXXX copia de la póliza de seguro de grupo, en cuyo caso RIMAC emitirá la copia de la Póliza correspondiente, debiendo entregarla dentro del plazo de quince (15) días calendario de recibida la solicitud. RIMAC es responsable frente al Contratante y/o Asegurado de la cobertura contratada y de todos los errores u omisiones en que incurra el Comercializador; sin perjuicio de las responsabilidades y obligaciones que le corresponden. RIMAC es responsable de todos los errores u omisiones en que incurra el Comercializador. En el caso de Bancaseguros se aplicará lo previsto en el Reglamento de Gestión de Conducta xx Xxxxxxx del Sistema Financiero, aprobado por la Resolución SBS N° 3274-2017. Las comunicaciones cursadas por los Contratantes, Asegurados o Beneficiarios al Comercializador, sobre aspectos relacionados con el seguro contratado, tendrán los mismos efectos que si hubieran sido presentadas x XXXXX. Los pagos efectuados por los Contratantes, o terceros encargados del pago, al comercializador, se considerarán abonados x XXXXX. |
- RIMAC, a través de su portal web, pone a disposición del Contratante y Asegurado la totalidad de las condiciones de la Póliza. Por lo que el Asegurado firma la presente Solicitud – Certificado de Seguro, en señal de haber tomado conocimiento de la totalidad de las condiciones de la Póliza, a través del portal web de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP´s y del portal web xx XXXXX, encontrándose conforme con dichas condiciones.
El Asegurado autoriza que toda comunicación relacionada con la presente Solicitud Certificado, que
- deba serle entregada, sea dirigida al Contratante.
Envío del Certificado de Seguro por medios electrónicos
a. En caso de contratación presencial:
El Asegurado mediante la firma del presente documento, manifiesta su aceptación expresa para que las comunicaciones relacionadas a la SOLICITUD CERTIFICADO, puedan ser remitidas a la dirección de correo electrónico que ha sido consignada en el presente documento.
En caso el Asegurado no pueda abrir los archivos adjuntos o modifique su dirección de correo electrónico, deberá informar dichas situaciones a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx, o comunicándose al 411-3000. Asimismo, se compromete a mantener activa su cuenta de correo electrónico, abrir y leer detenidamente las comunicaciones electrónicas y sus archivos adjuntos, revisar sus bandejas de correo electrónico, inclusive las bandejas de entrada y de correos no deseados, así como revisar la política de filtro o bloqueo de su proveedor de servicio de correo electrónico, todo aquello con el objeto de utilizar este medio de comunicación electrónica de manera sencilla y eficiente, para los fines propuestos.
b. En caso de contratación a través del Portal Web de BBVA:
El Asegurado brindó su conformidad y aceptación a los términos y condiciones establecidos
en este Certificado de Seguro, a través de los canales puestos a su disposición disposición (Banca por Internet y Banca Mobile con su número de tarjeta y contraseña de Banca por Internet y/o cajeros automáticos (ATM) con su Tarjeta y clave de Tarjeta).
RESUMEN SEGURO DE DESGRAVAMEN INFORMACIÓN GENERAL
1. Datos de la empresa aseguradora: RIMAC SEGUROS Y REASEGUROS
Oficina Principal:
Plataformas de Atención al Cliente: Lima:
Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx 0000, Xxx Xxxxxx. Xx. Xxx Xxxxxxxx 000, Xxx Xxxxxx.
Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx 000, Xxxxxxxxxx. Telf. 000-0000
Arequipa:
Xxxxxx. Xxxxx 000, Xxx. Xxxxxxxxx. Telf. (054)-381700
Huancayo:
Xxxxx Xxxxxx 000, Xxxxxxxx. Telf. (064)-223233
T r u j i l l o :
Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xx 000 Xxxxxxx X-0000 y A-1006 - Mall Aventura Plaza,
Urbanización El Ingenio, provincia xx Xxxxxxxx, departamento de La Libertad.
Telf. (044)-485200
Chiclayo:
Xx. Xxxxxxxxx 000, Xxx. Xxxxxxx. Telf. (074)- 481400
Piura: Xxxxx Xxxxxxxx 000. Xxxx. (000)-000000
Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx : (00) 000-0000
Central de Emergencias y Asistencias : Lima: (00) 000-0000 Provincias: 0-800-4-1111
Correo Electrónico : xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
2. Denominación del Producto:
SEGURO DE DESGRAVAMEN
3. Lugar y Forma de Pago de la Prima:
Mensualmente todas las primas deberán pagarse por intermedio de la Entidad Financiera x XXXXX, sin necesidad de requerimiento previo.
4. Lugares autorizados por RIMAC para solicitar la cobertura del seguro:
Plataformas de Atención al cliente listadas en el punto 1 de este resumen. En el caso de los seguros colectivos o grupales, la misma documentación también podrá ser entregada en las oficinas de la ENTIDAD FINANCIERA que otorgó el crédito al ASEGURADO.
5. Medios habilitados por RIMAC para presentar reclamos:
Con la finalidad de expresar algún incumplimiento, irregularidad o deficiencia en la satisfacción de un interés particular, se podrá presentar el reclamo de manera gratuita en las modalidades que se detallan a continuación:
Verbal: Presencial o Vía Telefónica a través de las Plataformas de Atención en Lima y Provincias y Central de Consultas. (Punto 1 de este resumen)
Escrito: Mediante carta dirigida x Xxxxx Xxxxxxx o a través de la página web o correo electrónico. (Punto 1 de este resumen).
6. Instancias habilitadas para presentar reclamos y/o denuncias: Defensoría del Asegurado:
Lima:(00) 000-0000
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx 000 Xxxx 0, Xxx Xxxxxx, Xxxx
Indecopi:
xxx.xxxxxxxx.xxx.xx Lima: (00) 000-0000
Telf. gratuito de Provincias: 0-800-4-4040
SEDE CENTRAL LIMA SUR: Xxxxx xx xx Xxxxx 000, Xxx Xxxxx, Xxxx.
SEDE LIMA NORTE: Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxxx, Xxx Xxxxxx, Xxxx.
Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS):
XXXX: Xxx Xxxxxxxx 000, Xxx Xxxxxx
Teléfono (000) 000-0000 | Fax: (000) 000-0000
AREQUIPA: Xxx Xxxxx 000, Xxx. Xxxxx. XXXXX: Prócer Xxxxxx 101, Urb. Club Xxxx.
Consultas y Denuncias : (000) 000-0000 / 000-0000
7. Obligación de informar sobre agravación del riesgo asegurado:
Dentro de la vigencia del contrato de seguro, el asegurado se encuentra obligado a informar x XXXXX los hechos o circunstancias que agraven el riesgo asegurado.
LEY 29733 - LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SU REGLAMENTO
Uso y tratamiento de Datos Personales
Conforme a lo establecido en la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales (la “Ley”) y en el Decreto Supremo 003-2013/JUS - Reglamento de la Ley (el “Reglamento”), doy mi consentimiento libre, previo, informado, expreso e inequívoco, para que Rimac Seguros y Reaseguros (en adelante, RIMAC) realice el tratamiento de los datos personales que le proporcione de forma física o digital (los “Datos Personales”), con la finalidad de ejecutar cualquier relación contractual que mantengo y/o mantendré con la misma, así como para fines estadísticos y/o analíticos, y/o de comportamiento del cliente y/o para que evalúen la calidad del producto o servicio brindado. Declaro conocer mi derecho a revocar este consentimiento en cualquier momento. Autorizo para los fines señalados, que RIMAC pueda realizar un tratamiento por encargo a terceros de mis Datos Personales, pudiendo transferirlos a nivel nacional y/o internacional a las empresas subsidiarias, filiales, asociadas, afiliadas o miembros del Grupo Económico al cual pertenece RIMAC, además de otras empresas cuyo listado completo se encuentra en la página web xxx.xxxxx.xxx, sujetándose a las mismas obligaciones y medidas de seguridad, técnicas y legales. Declaro haber sido informado que conforme a la Ley y el Reglamento, mientras dure mi relación contractual con RIMAC y hasta por 10 años de culminada la misma, mis Datos Personales se almacenarán en el banco de datos de Clientes de titularidad xx XXXXX, con domicilio en Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx Xxxxxx, Xxxx, estando además inscrito en el Registro Nacional de Protección de Datos Personales con la denominación “Clientes” con código XXXXX-XXX Xx 0000. Declaro conocer mi derecho a solicitar el acceso a mis Datos Personales y conocer su tratamiento, así como a solicitar su actualización, inclusión, rectificación, cancelación y supresión, pudiendo oponerme a su uso o divulgación, enviando una comunicación al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx. Teniendo a salvo además el ejercicio de la tutela de mis derechos ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales en vía de reclamación o al Poder Judicial para la acción de hábeas data.
CONTRATACIÓN POR CANALES DIGITALES
El Asegurado brindó su conformidad y aceptación a los términos y condiciones establecidos en este Certificado de Seguro, a través de los canales puestos a su disposición (como son: Banca por Internet, con su clave de acceso y clave SMS, entre otros), o de forma presencial con su firma.
La firma electrónica del Asegurado ya sea física u obtenida por medios electrónicos o comercialización a distancia tales como: (huella dactilar, ingreso de claves o contraseñas, grabación de voz, entre otros) que integra este certificado que se utiliza para la contratación del presente seguro, confirma la exactitud y veracidad de sus declaraciones expresadas, indicando que cualquier declaración inexacta y/o reticente donde medie dolo o culpa inexcusable, respecto de circunstancias conocidas por él y que hubiesen impedido que el presente Contrato de Seguro surta efectos legales o modificado sus condiciones si RIMAC hubiese sido informada del verdadero estado del riesgo, hará que se proceda a la nulidad del presente Certificado de Seguro.
Fecha de emisión:
XXXXXX XXXXXX XXX
Vicepresidenta División Seguros Personales
Rímac Seguros y Reaseguros
ASEGURADO TITULAR 1
ASEGURADO TITULAR 2