CONTRATO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CORRESPONSAL SOLIDARIO “NUESTRO JARDÍN”
CONTRATO xxx
CONTRATO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CORRESPONSAL SOLIDARIO “NUESTRO JARDÍN”
En la Ciudad xx Xxxxxx a los días del mes de , comparece por una parte,
LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO JARDÍN AZUAYO LTDA. con RUC No
0190155722001 con domicilio en la ciudad xx Xxxxxx, debidamente representada por el Econ. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx en su calidad de Gerente, a quien en adelante se le denominará LA COOPERATIVA; y, por otra parte, el/la Señor(a/ita) en su calidad de
REPRESENTANTE / PROPIETARIO del comercio con RUC No.
y a quien en adelante se le denominará CORRESPONSAL SOLIDARIO, mismos que convienen en suscribir el presente instrumento, bajo las siguientes condiciones:
PRIMERA: DE LAS PARTES
LA COOPERATIVA es una institución del sistema financiero popular y solidario constituida al amparo de las leyes ecuatorianas y cuyo objeto es realizar las operaciones determinadas en el Código Orgánico Monetario y Financiero y demás cuerpos normativos establecidos en la República del Ecuador.
El CORRESPONSAL SOLIDARIO, por su parte, declara ser una persona natural, debidamente autorizada para prestar sus servicios de , dentro del desarrollo de sus actividades comerciales, el CORRESPONSAL SOLIDARIO señala que cumple con todas las exigencias impuestas por las actividades de su sector, incluyendo las de orden municipal; así como declara que tiene experiencia en el manejo de su negocio y que cuenta con infraestructura para la prestación del servicio de corresponsalía, al que se refiere el presente contrato, en condiciones de seguridad.
Con los antecedentes antes indicados el CORRESPONSAL SOLIDARIO, ha sido seleccionado previamente por LA COOPERATIVA como tal, para prestar los servicios financieros establecidos en este instrumento contractual.
SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
Con las declaraciones expuestas el CORRESPONSAL SOLIDARIO se obliga a prestar, en nombre y representación de LA COOPERATIVA y bajo responsabilidad de esta última a los socios o clientes los siguientes servicios: i) Recibir depósitos o pagar retiros en efectivo; ii) Recaudar el pago de servicios básicos; iii) Pagar bonos y otras subvenciones gubernamentales (costo no imputable al beneficiario); iv) Realizar recaudaciones a nombre de terceros; y v) Otros
servicios que LA COOPERATIVA pueda implementar en el futuro. Quedarán incluidos en el presente contrato, los servicios que por disposición legal se llegaren a autorizar a prestar por medio de CORRESPONSAL SOLIDARIO y que al momento de la suscripción del presente contrato no se encontraren autorizados.
TERCERA: CUPO DE EFECTIVO, LIMITES DE MONTOS, COMISIONES Y TARIFAS POR LAS TRANSACCIONES
El valor del cupo en efectivo asignado al CORRESPONSAL SOLIDARIO es de US $
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
El monto límite y los costos diarios por transacción serán los establecidos en las políticas de la institución que consta expresamente señalado en el documento identificado como Anexo 1 de este contrato, valor que podrá ser modificado por LA COOPERATIVA y notificado a través de los canales que se disponen para el efecto.
La COOPERATIVA reconocerá y pagará al CORRESPONSAL SOLIDARIO mensualmente las comisiones correspondientes por cada tipo y número de transacción exitosa, según se detallan en el Anexo 1.
CUARTA: DE LA OPERACIÓN Y CONCILIACIÓN DE TRANSACCIONES DEL CORRESPONSAL SOLIDARIO
Para facilitar la ejecución del presente contrato, el CORRESPONSAL SOLIDARIO abrirá una cuenta de ahorros para la operación del servicio, en la que se realizarán las conciliaciones necesarias, de acuerdo con la siguiente descripción:
Para la conciliación de los depósitos que se realicen en el local perteneciente al CORRESPONSAL SOLIDARIO, LA COOPERATIVA realizará una nota de débito en la cuenta de ahorros destinada para la operación del servicio por el valor igual al depósito realizado por el socio. En el caso que la cuenta de ahorros del CORRESPONSAL SOLIDARIO no tuviere el saldo suficiente para realizar la nota de débito, LA COOPERATIVA realizará previamente una nota de crédito por el valor que le faltare, cargándole a una cuenta por cobrar creada para el efecto. Al final del día se realizará un cuadre general de la cuenta de ahorros del CORRESPONSAL SOLIDARIO para el cierre de la cuenta por cobrar.
Para la conciliación de los retiros que se realicen en el local perteneciente al CORRESPONSAL SOLIDARIO, LA COOPERATIVA realizará una nota de crédito en la cuenta del CORRESPONSAL SOLIDARIO por el valor igual al retiro realizado por el socio.
Cuando el valor acreditado y cargado a la cuenta denominada cuentas por cobrar sea igual al cupo asignado, el CORRESPONSAL SOLIDARIO no podrá realizar transacciones, por lo que
LA COOPERATIVA bloqueará el dispositivo de operación hasta que haya depositado en la cuenta exclusiva para la operación del servicio el valor del cupo acreditado.
Los valores que sean depositados en la cuenta de ahorros exclusiva del CORRESPONSAL SOLIDARIOS serán debitados automáticamente en cuanto se registren ingresos a dicha cuenta.
El CORRESPONSAL SOLIDARIO autoriza a la COOPERATIVA para debitar de su cuenta de ahorros de la que sea titular o de cualquier depósito que este tuviera en la COOPERATIVA, los valores adeudados por este y que tenga su origen en la compensación por la operación a través del CORRESPONSAL SOLIDARIO.
En caso de que el CORRESPONSAL SOLIDARIO no realizare el depósito del valor acreditado en la cuenta por cobrar en un plazo de 72 horas una vez llenado el cupo o cuando la cooperativa lo solicite, LA COOPERATIVA se reserva el derecho de suspender la actividad del CORRESPONSAL SOLIDARIO, ejecutar las acciones legales correspondientes para hacer efectivo el cobro de los valores pendientes, a más de los intereses legales y costos judiciales en las cuales se incluirán honorarios profesionales que se generen, o ejecutar ambas acciones.
QUINTA: OBLIGACIONES DE LA COOPERATIVA
Son obligaciones de LA COOPERATIVA:
1. LA COOPERATIVA es responsable plenamente frente a sus socios o clientes por los servicios financieros prestados por medio del CORRESPONSAL SOLIDARIO, dichos servicios se encuentran detallados en el Anexo 1.
2. Verificar mediante inspección que el Local en donde se prestará el servicio cumpla con todas las instalaciones eléctricas, de seguridad o de otro tipo, necesarias para la instalación de los equipos que LA COOPERATIVA le provea.
3. Proporcionar en calidad y condición de comodato al CORRESPONSAL SOLIDARIO los equipos detallados en el Anexo 2, las características técnicas de los terminales electrónicos se muestran en el Anexo 3, así como también materiales, elementos publicitarios y otros bienes corporales, necesarios para la prestación y realización de las transacciones que efectúen los socios o clientes.
4. Establecer los mecanismos necesarios que permitan identificar que al personal que efectúa la instalación, mantenimiento o desinstalación de los equipos en los establecimientos comerciales sean parte de LA COOPERATIVA o terceros contratados por la misma.
5. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo detallado en el Anexo 4, de los terminales transaccionales detallados en el Anexo 2.
6. Proporcionar al CORRESPONSAL SOLIDARIO el instructivo de operación y la descripción técnica de los equipos situados en las instalaciones del local, los mismos que se encuentran detallados en los Anexos 5 y 3 respectivamente.
7. Brindar capacitación y acompañamiento al CORRESPONSAL SOLIDARIO y/o a las personas que designe para que adquieran las destrezas necesarias para la prestación del servicio.
8. Brindar soporte operativo al CORRESPONSAL SOLIDARIO a fin de solventar cualquier consulta o incidencia que sea generada por los servicios objeto del presente contrato.
9. Monitorear permanentemente al CORRESPONSAL SOLIDARIO a fin de verificar que esté cumpliendo con sus obligaciones, de conformidad con lo establecido en la normativa interna de la Cooperativa.
10. Entregar los factores de autentificación de seguridad al CORRESPONSAL SOLIDARIO,
que le permitirá realizar las transacciones objeto del presente contrato,
11. Asegurar que los sistemas utilizados por el CORRESPONSAL SOLIDARIO cumplan con los principios de seguridad, tanto para el manejo y transmisión de la información; como para la definición de claves de acceso e identificación del CORRESPONSAL SOLIDARIO cumpliendo la normativa que corresponda.
12. Enviar a los socios o clientes notificaciones mediante mensajería de texto, correo electrónico u otros mecanismos reconocidos por el socio o cliente sobre las transacciones realizadas.
13. Abonar mensualmente mediante acreditación a la cuenta N° del CORRESPONSAL SOLIDARIO el valor de las comisiones acordadas por las transacciones realizadas estipuladas en la cláusula tercera del presente contrato, las comisiones se pagarán por las transacciones cuyos comprobantes hayan sido entregados conforme el requerimiento de la cooperativa.
14. LA COOPERATIVA proveerá xx xxxxx fuertes al CORRESPONSALES SOLIDARIOS como medida de seguridad para mitigar los riesgos asociados la custodia de los valores recibidos por las transacciones ejecutadas.
SEXTA: OBLIGACIONES DEL CORRESPONSAL SOLIDARIO
Son obligaciones del CORRESPONSAL SOLIDARIO:
1. Contar con infraestructura física y de recursos humanos adecuada para la prestación de los servicios.
2. Contar con toda la infraestructura eléctrica, o de otro tipo, necesaria para la instalación de los equipos que LA COOPERATIVA le provea.
3. Implementar toda seguridad a fin de que el efectivo que recibe de los socios o clientes esté debidamente custodiado.
4. Cumplir con los procedimientos operativos y políticas de seguridad descritas en el Anexo 5, así como las relacionadas con la prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento de delitos.
5. Procesar en presencia de los socios o clientes las transacciones solicitadas y entregar su respectivo comprobante, de acuerdo con lo indicado en el Instructivo de Operación:
Transaccional Corresponsales Solidarios, el mismo que es entregado al
CORRESPONSAL SOLIDARIO y sobre el cual recibirá capacitación.
6. Ordenar, archivar por fecha y conservar en óptimas condiciones todos los comprobantes de las transacciones realizadas en las instalaciones del CORRESPONSAL SOLIDARIO y entregarlos en la Oficina asignada.
7. Mantener toda la información a la que tenga acceso en sigilo y reserva, con carácter confidencial, asumiendo las sanciones penales y civiles a que dieran lugar.
8. Permitir las revisiones que LA COOPERATIVA disponga de los procedimientos que realiza en la atención de las transacciones a los socios o clientes.
9. Permitir y dar las facilidades para que funcionarios de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria realicen las verificaciones y controles que consideren pertinentes, previa notificación de LA COOPERATIVA.
10. Xxxxxxx un servicio de calidad a los socios o clientes, para ello LA COOPERATIVA capacitará al CORRESPONSAL SOLIDARIO o al personal que éste considere pertinente a fin de asegurar la calidad en la atención.
11. Dar un uso apropiado a los equipos, muebles y demás materiales proporcionados por LA COOPERATIVA, así como velar por la seguridad de estos y entregar de manera inmediata a la cooperativa una vez que termine la relación contractual.
12. Comunicar a LA COOPERATIVA de manera inmediata, de cualquier situación relativa a la seguridad o al inadecuado o mal funcionamiento de los equipos y el sistema, brindando la colaboración y ayuda necesaria para que LA COOPERATIVA lleve a cabo el mantenimiento preventivo y correctivo.
13. No alterar las características de los equipos y demás materiales proporcionados por LA COOPERATIVA, los mismos que deberán conservar la identidad de LA COOPERATIVA, por lo cual el CORRESPONSAL SOLIDARIO debe evitar realizar publicidad alrededor de ellos que de alguna manera pueda inducir al error de los socios o clientes en el uso del servicio.
14. No utilizar, insertar o permitir instalar dispositivos de copiado de información electrónica o alterar los equipos entregados, ya sea por quienes trabajen en el establecimiento o por terceros.
15. Mantener en la cuenta los fondos requeridos de acuerdo con lo establecido en este contrato.
16. Devolver los equipos detallados en el Anexo 2, cuyas características técnicas de los terminales electrónicos se muestran en el Anexo 3, así como también materiales, elementos publicitarios y otros bienes corporales, que se entregaron necesarios para la prestación y realización de las transacciones que efectúen los socios o clientes.
17. Cumplir en debida forma con las indicaciones dadas por LA COOPERATIVA sobre el manejo del efectivo y los servicios financieros que se realicen a través del CORRESPONSAL SOLIDARIO.
18. Suministrar a LA COOPERATIVA la información que le fuere solicitada en relación con la actividad del corresponsal. Cumplir con las obligaciones tributarias que le sean aplicables con el fin de que el servicio no se vea afectado.
19. Entregar la factura en un plazo máximo de tres meses una vez solicitado por la cooperativa para el cobro de comisiones e incentivos, de no cumplir con la entrega en el plazo establecido el corresponsal perderá el derecho al cobro de las comisiones e incentivos.
SEPTIMA: RESPONSABILIDAD DE USO
El CORRESPONSAL SOLIDARIO será responsable frente a LA COOPERATIVA por las obligaciones que adquiere en virtud del contrato y por tanto responderá a ésta por lo daños y perjuicios que le ocasione a LA COOPERATIVA y que sean consecuencia de incumplimiento del contrato, o de dolo, negligencia, fallas o errores en la prestación de los servicios imputables al CORRESPONSAL SOLIDARIO, o por actos deshonestos o fraudulentos de sus empleados o de terceros, perdida o hurto de los dineros y/o equipos que se encuentran en el establecimiento comercial del CORRESPONSAL SOLIDARIO y demás riesgos inherentes a la operación propia y como CORRESPONSAL SOLIDARIO de LA COOPERATIVA.
Queda prohibido al CORRESPONSAL SOLIDARIO:
- Cobrar a los socios o clientes, por su cuenta, cualquier cargo para su beneficio por las transacciones realizadas en el corresponsal.
- Recibir dinero y no realizar el registro respectivo de la transacción en el sistema del corresponsal.
- Prestar un servicio ineficiente a los socios o clientes.
- Registrar transacciones de manera incorrecta.
- Realizar fraudes.
- Operar cuando se presente una falla de comunicación que impida que las transacciones se puedan realizar en línea con LA COOPERATIVA.
- Ceder el contrato total o parcialmente, sin la expresa aceptación de LA COOPERATIVA
- No puede prestar servicios financieros por cuenta propia.
- No podrá realizar procedimientos que alteren el registro de las transacciones ordenadas por el socio o clientes.
- No podrá realizar el fraccionamiento de las transacciones como mecanismos para beneficiarse en el pago de comisiones e incentivos.
- Ofrecer o prestar el dinero correspondiente a las transacciones del CORRESPONSAL SOLIDARIO a favor de los socios o clientes.
- Conocer y/o compartir claves personales de socios o clientes; y
- Compartir la clave de acceso u otros factores de autenticación al sistema operativo del corresponsal solidario con terceras personas.
En caso de que el CORRESPONSAL SOLIDARIO realice transacciones que no vayan en concordancia con lo dispuesto por LA COOPERATIVA, responderá legalmente frente a LA COOPERATIVA por dichas acciones.
OCTAVA: RIESGOS INHERENTES POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS
LA COOPERATIVA
Para la adecuada prestación de los servicios financieros a través del CORRESPONSAL SOLIDARIO, realizará las siguientes acciones para mitigar los riesgos que podrían efectuarse, tales como:
- Definir políticas, manuales, procesos y procedimientos para la prevención xx xxxxxx de activos, detallados en el Anexo 5.
- Definir en sus procesos y sistemas los controles que se ejecutarán cuando el CORRESPONSAL SOLIDARIO llegue a los límites de efectivo autorizados, los mismos que contemplarán el bloqueo del servicio o el inicio de acciones legales para la recuperación de los valores.
- Contratar los seguros que considere pertinentes para el normal funcionamiento del servicio en las instalaciones del local perteneciente al CORRESPONSAL SOLIDARIO.
- Proveer xx xxxxx fuertes a los Corresponsales Solidarios como medida de seguridad para la custodia de los valores recibidos por las transacciones ejecutadas.
NOVENA: HORARIO DE PRESTACIÓN Y CONDICIONES DEL SERVICIO.
El CORRESPONSAL SOLIDARIO prestará los servicios a los socios o clientes dentro del horario de atención al público que tenga establecido con posibilidad de modificar éste libremente, siendo suficiente para ello que comunique a la COOPERATIVA dicho horario de atención.
DECIMA: ATENCION DE CONSULTAS Y PRESENTAR RECLAMOS
Cuando el CORRESPONSAL SOLIDARIO tenga conocimiento de un reclamo, denuncia, demanda y/o acción de cualquier naturaleza, judicial, policial, administrativa, etc. que pueda interponerse en relación con las transacciones realizadas por su intermedio, deberá comunicar a la persona encargada de dar trámite a quejas y reclamos de la Agencia o Sucursal a la cual se encuentra adscrita el CORRESPONSAL SOLIDARIO. Los hechos referidos deberán ser comunicados en un término no mayor a 48 horas, contadas desde que se tuvo conocimiento del hecho.
También podrá efectuar esta comunicación a través de la pagina web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx, al correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx, al teléfono (00)- 0000000 mediante los formularios de quejas y reclamos.
DÉCIMA PRIMERA: PUBLICIDAD
Los paneles entregados por LA COOPERATIVA que puedan mantenerse en el establecimiento mostrarán en forma inequívoca su condición de CORRESPONSAL SOLIDARIO; donde constan los servicios autorizados a brindar, los límites en cuanto a monto por transacción, o tipo de transacción; y la tarifa que cobra LA COOPERATIVA por cada uno de los servicios que se ofrecen por medio del CORRESPONSAL SOLIDARIO.
Además, el CORRESPONSAL SOLIDARIO, autoriza la instalación de letreros y señalética de
LA COOPERATIVA en el local donde funciona el servicio de corresponsal.
DÉCIMA SEGUNDA: SEGUROS
LA COOPERATIVA, como parte de la implementación del proceso de Corresponsalía Solidaria, contratará las pólizas de seguros de incendio y líneas aliadas, robo, transporte de dinero, y demás pertinentes para el normal funcionamiento del servicio en las instalaciones del local perteneciente al CORRESPONSAL SOLIDARIO.
Las pólizas que contrate LA COOPERATIVA cubrirán solo los valores definidos para el normal funcionamiento del servicio en las instalaciones del CORRESPONSAL SOLIDARIO.
Los valores por robo en caso de que el mismo sea en el local y/o por transporte de dinero estarán sujetos a lo dispuesto en la tabla denominada “Tabla de Valores Asegurados”, la cual se incorpora como Anexo 6 a este contrato.
Dicha tabla puede ser susceptible de modificación, siendo necesaria para ello la notificación respectiva que se incorporará al presente contrato.
DÉCIMA TERCERA: VIGENCIA DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá una duración indefinida para el tema de operatividad y entrará en vigencia a partir de la suscripción del mismo.
El presente contrato podrá darse por terminado de forma anticipada, por las siguientes causas:
- Por mutuo acuerdo de las partes.
- Por incumplimiento de una o más cláusulas del contrato que afecte la prestación del servicio o a las partes.
- Por inobservancia reiterada del procedimiento establecido en el Instructivo de Operación Transaccional Corresponsales Solidarios
- Por falta de pago del CORRESPONSAL SOLIDARIO de las Cuentas por Cobrar adeudadas a LA COOPERATIVA; por lo que el CORRESPONSAL SOLIDARIO en el máximo de 72 horas deberá cancelar el valor pendiente, caso contrario se declarará de plazo vencido.
La terminación del contrato podrá ser unilateral, para lo cual cualquiera de las partes deberá comunicar por escrito por lo menos con 30 días de anticipación la decisión de terminar con la relación contractual, salvo en los casos de suspensión o bloqueo establecidos en este contrato.
En caso de terminación del contrato, el Corresponsal Solidario se obliga a permitir a la Cooperativa, el retiro de todos los avisos, publicidad, señalética e infraestructura suministrada para la operación de corresponsalía, así como la entrega inmediata de los equipos.
DÉCIMA CUARTA: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
LA COOPERATIVA designa como administrador del contrato a Responsable de la Sucursal o Agencia o quien le sustituya legalmente, persona con quien el CORRESPONSAL SOLIDARIO, deberá canalizar y coordinar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contractuales aquí convenidas, el Administrador será el encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones administrativas, operativas, normas legales y compromisos contractuales por parte del CORRESPONSAL SOLIDARIO, durante toda la vigencia del contrato.
DÉCIMA QUINTA: CONSIDERACIONES NO PREVISTAS
Los procedimientos operativos, así como cualquier otro asunto no previsto expresamente en el presente contrato y sus anexos, serán fijados por LA COOPERATIVA e informados al CORRESPONSAL SOLIDARIO por escrito y que serán parte integrante del presente contrato.
DÉCIMA SEXTA: CONFIDENCIALIDAD
El CORRESPONSAL SOLIDARIO se obliga a mantener en sigilo y reserva, con carácter confidencial, toda información obtenida por cualquier medio, fuente, modo, o lugar, derivados del presente contrato.
En consecuencia, el CORRESPONSAL SOLIDARIO se obliga a emplear mecanismos adecuados para mantener la información de manera confidencial y privada y a protegerla para
evitar su divulgación, ejerciendo el mismo grado de control que utilizaría para proteger la información confidencial de su propiedad.
El CORRESPONSAL SOLIDARIO debe limitar el acceso a dicha información confidencial a cualquiera de sus empleados, funcionarios, ejecutivos, accionistas, socios, directores, asesores y/o consultores o representantes que en forma razonable le llegaren a solicitar acceso a la información confidencial, haciéndoles partícipes y obligados solidarios con aquella, respecto de sus obligaciones de confidencialidad.
Ninguna información que fuere otorgada al CORRESPONSAL SOLIDARIO podrá ser copiada o reproducida en forma alguna para proporcionar a terceros, a no ser que existiera autorización previa y escrita concedida por LA COOPERATIVA o autoridad judicial competente.
Esta obligación de no revelar la información confidencial estará vigente por término indefinido, aun después de terminada la relación contractual.
DÉCIMA SEPTIMA: PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
En virtud de que el CORRESPONSAL SOLIDARIO (encargado del tratamiento de datos) va a acceder y tratar datos personales de responsabilidad de la COOPERATIVA (responsable del tratamiento de datos) como parte del objeto del presente contrato; las Partes a efectos de cumplir con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (en adelante, la “LOPDP”) declaran lo siguiente:
17.1.- Deber de reserva.
El CORRESPONSAL SOLIDARIO se compromete a guardar la más estricta reserva y confidencialidad sobre los Datos Personales, considerados como tales a los establecidos en la LOPDP, a los que accede con motivo de la prestación de los servicios y/o en virtud de cualquier contrato o acuerdo que puedan suscribir para ejecutar la misma. En este sentido, cumplirá adecuadamente y en todo momento las disposiciones contenidas en la LOPDP y en cualquier otra norma sobre la materia, vigente en Ecuador.
EL CORRESPONSAL SOLIDARIO declara contar con las medidas pertinentes, para garantizar la seguridad de los Datos Personales y los derechos de los Titulares atendiendo al riesgo existente.
17.2.- Tratamiento conforme.
El CORRESPONSAL SOLIDARIO se compromete a utilizar los Datos Personales estrictamente para dar cumplimiento a la finalidad para la que se le da acceso, esto es, la eventual y/o actual Prestación de Servicios y el cumplimiento de cualquier ulterior contrato que ejecute la misma; no comunicándolos, ni siquiera para su conservación, a otras personas. El CORRESPONSAL SOLIDARIO tratará los Datos Personales conforme las siguientes obligaciones o instrucciones:
i. Tratar únicamente las siguientes tipologías de datos personales: número de identidad, nombres y apellidos, y cualquier otro dato personal requerido para la debida ejecución del servicio contratado.
ii. Es de responsabilidad de CORRESPONSAL SOLIDARIO colaborar con la información que la COOPERATIVA requiera sobre los tratamientos de datos llevados a cabo por CORRESPONSAL SOLIDARIO.
iii. Devolver los Datos Personales una vez finalizada la Prestación de los Servicios o el cumplimiento de cualquier ulterior contrato que ejecute la misma, así como cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal. La devolución,
en su caso, de los Datos Personales por parte del CORRESPONSAL SOLIDARIO se llevará a cabo en el plazo máximo de cinco días contados desde la fecha del requerimiento, en el formato y en los soportes utilizados en ese momento para almacenar dichos datos.
iv. En el caso de que el CORRESPONSAL SOLIDARIO sufra cualquier clase de destrucción, pérdida, revelación, alteración, acceso ilícito o cualquier otro tipo de brecha de seguridad que afecte a los Datos Personales, se compromete a notificar este
incidente a la COOPERATIVA de manera inmediata o hasta dentro del término de dos
(2) días a la Sucursal o Agencia que este adscrita desde que tuviera conocimiento del incidente con toda la información suficiente para conocer los detalles del incidente.
17.3.- Ejercicio de derechos del afectado.
En el caso de que los afectados cuyos datos se encuentren en las bases de datos de titularidad de la COOPERATIVA ejercitasen cualesquiera de los derechos que les reconoce la normativa vigente ante el CORRESPONSAL SOLIDARIO, éste deberá dar traslado de la solicitud a la COOPERATIVA en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas desde la recepción de la solicitud.
En general, el CORRESPONSAL SOLIDARIO se compromete a realizar cuantas actuaciones sean necesarias para asistir a la COOPERATIVA en el debido cumplimiento de sus obligaciones relativas a la atención de derechos de los afectados.
17.4. Responsabilidad
La COOPERATIVA declara y garantiza que los datos personales que entrega al CORRESPONSAL SOLIDARIO para la prestación de los servicios objeto del presente contrato han sido recopilados de acuerdo con el marco legal. Es responsabilidad de la COOPERATIVA obtener la autorización e informar debidamente al titular de los datos sobre el traspaso o transferencia que haga de los mismos, así como informarle respecto del tratamiento, uso, finalidades, tipos de datos y/o demás obligaciones derivados del tratamiento de datos conforme la LOPDP.
DÉCIMA OCTAVA: DECLARACIÓN
El CORRESPONSAL SOLIDARIO declara:
1. Que reconoce que los dineros destinados para el giro de su negocio, de la prestación de los servicios a través del CORRESPONSAL SOLIDARIO, así como su capital son de origen y pertenecen a actividades lícitas, y no tienen vinculación con actividades relacionadas con el cultivo, producción, fabricación, almacenamiento, narcolavado, transporte o tráfico ilícito de sustancias estupefacientes o psicotrópicas sancionadas por la Ley de Detección y Erradicación del Delito xx Xxxxxx de Activos y Financiamiento de Delitos, en consecuencia libera a LA COOPERATIVA, de cualquier responsabilidad que pudiera resultar de esta asociación comercial, por esta razón autoriza a proporcionar información que requieran las autoridades competentes, así como la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y la Unidad de Análisis Financiero Económico UAFE.
2. Que es responsable frente a LA COOPERATIVA, por cualquier queja, demanda o acción legal proveniente de la venta de bienes y/o servicios y realización de transacciones financieras no autorizadas, ilícitas o fraudulentas e indemnizará a LA COOPERATIVA, por las pérdidas, costos, gastos, multas y honorarios de abogados en que se incurriese por tal motivo. Este derecho a indemnización perdurará aún después de la terminación de este contrato, por el lapso de siete años. LA COOPERATIVA notificará al CORRESPONSAL SOLIDARIO sobre los hechos que dieren lugar a reparación a cargo de éste y aportará los soportes correspondientes para que el CORRESPONSAL SOLIDARIO se pronuncie y proceda a pagar los valores en un término de 15 días. En caso de que, transcurrido este término, el CORRESPONSAL SOLIDARIO no hubiese efectuado el pago ni hubiese presentado explicaciones satisfactorias, LA COOPERATIVA iniciará las acciones legales correspondientes.
3. Las partes acuerdan que EL CORRESPONSAL SOLIDARIO dará las facilidades necesarias para que la Unidad de Auditoría Interna u otra área que LA COOPERATIVA designe, así como, como los Auditores Externos y la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria “SEPS”, realicen cuantas veces sean necesarias, la revisión, seguimiento y/o control, del objeto que por este contrato corresponda.
No obstante, lo anterior, LA COOPERATIVA sigue siendo responsable frente al socio o clientes por los servicios prestados por medio del establecimiento.
DÉCIMA NOVENA: EXCLUSIÓN DEL VÍNCULO LABORAL
LA COOPERATIVA y el CORRESPONSAL SOLIDARIO dejan expresa constancia que el presente contrato por su naturaleza comercial no implica vínculos laborales entre los empleados
de las partes. El CORRESPONSAL SOLIDARIO será el único y directo responsable de las personas que contrata para la operación de su establecimiento, incluyendo las del presente contrato y asumirá el pago de los salarios, prestaciones sociales, afiliación al IESS, riesgos laborales y demás obligaciones laborales propias de los empleadores.
VIGESIMA: NOTIFICACIONES
Todas las comunicaciones y/o citaciones entre la COOPERATIVA y EL CORRESPONSAL SOLIDARIO que apliquen en cumplimiento de este contrato serán formuladas por escrito a las siguientes direcciones:
CORRESPONSAL SOLIDARIO:
País: ………………………..
Provincia: ……………………
Ciudad: ………………………..
Dirección: ……………………….
Teléfono: …………………………..
E-mail de contacto: ………………
LA COOPERATIVA:
País: ECUADOR
Provincia: ……………………
Ciudad: ………………………..
Dirección: ……………………….
Teléfono: …………………………..
E-mail de contacto: ………………
Cualquier cambio de dirección deberá ser notificado por escrito a la otra parte para que surta sus efectos legales; de lo contrario, no tendrán validez los avisos efectuados a las direcciones antes indicadas.
VIGESIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y JURISDICCION
En caso de cualquier disputa, controversia o reclamo que se derive de este Contrato o que guarde relación con éste, incluso sobre la violación, terminación o invalidez del mismo, cualquiera
de las partes podrá entregar a la otra aviso escrito formal (a través de los correos electrónicos establecidos en este contrato) indicando que se ha suscitado una controversia, sin que la realización de esta notificación pueda entenderse como una limitación o condicionamiento de ningún modo del derecho que le asiste a la COOPERATIVA, para declarar unilateralmente la terminación del contrato.
Negociación: las partes intentarán de buena fe resolver la controversia a través de negociación amigable, durante un periodo de 30 días contados a partir de la fecha de notificación de la controversia.
En el caso de no resolver las controversias, señalan como domicilio judicial la ciudad a la que pertenezca la oficina del Administrador del Contrato, y se someten de modo expreso a la jurisdicción y competencia de los jueces competentes de dicha ciudad en el Ecuador y al trámite xx xxx respectivo.
VIGESIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN Y RATIFICACIÓN
Las partes contratantes aceptan las estipulaciones de este contrato por considerarlas convenientes a sus intereses, y declaran que se entienden incorporadas al mismo, todas las disposiciones legales que le sean aplicables debido a su naturaleza.
Libre y voluntariamente, previo el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos exigidos por leyes de la materia, los contratantes para constancia, en unidad de acto suscriben el presente instrumento, en tres ejemplares de igual tenor y valor.
Econ. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx
GERENTE CORRESPONSAL SOLIDARIO COAC JARDÍN AZUAYO
Departamento Jurídico
TABLA DE VALORES POR TRANSACCIÓN
Montos de Transacción diarios por socio
SERVICIO | Monto Máximo |
Depósitos | USD 200,00 |
Retiros | USD 200,00 |
Recaudaciones a nombre de Terceros | USD 200,00 |
Recaudación de servicios básicos | USD 200,00 |
Pago de bonos y otras subvenciones gubernamentales | USD 200,00 |
Tarifas por transacción
Tipo de Transacción | Costos para socios de Jardín Azuayo o clientes | Comisiones a Corresponsales Solidarios |
Depósitos | USD 0.00 | USD 0.15 |
Retiros | USD 0.22* | USD 0.15 |
Recaudaciones a nombre de Terceros | USD 0.27* | USD 0.15 |
Recaudación de servicios básicos | USD 0.27* | USD 0.15 |
Pago de bonos y otras subvenciones gubernamentales | USD 0.00 | USD 0.25 |
*A los costos se les agregara el valor por concepto de IVA.
ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE UTILITARIOS DEL SERVICIO: CORRESPONSALES SOLIDARIOS
Siendo las h del día de de , reunidos en el local
del CORRESPONSAL
SOLIDARIO , ubicado en la provincia de
, en el cantón , en las calles , por un lado LA COOPERATIVA y en calidad de contraparte el(la) representante del Corresponsal Solidario el(la) (Sr.a,ita)
. Se procedió al levantamiento de la Presente Acta de Entrega- Recepción de los siguientes bienes y necesarios para el funcionamiento del servicio de Corresponsales Solidarios de LA COOPERATIVA de Ahorro y Crédito Jardín Azuayo.
No. Dispositivo | Marca | Modelo | Serie | Fecha de Entrega | Fecha de instalación |
Activos de promoción proporcionado por LA COOPERATIVA al CORRESPONSAL SOLIDARIO
Código | Descripción | Cantidad |
DECLARACIONES:
El (La) representante del CORRESPONSAL SOLIDARIO, declara que recibe los bienes y recursos objeto de esta Acta en buenas condiciones de funcionamiento. La Cooperativa declara que entrega todos y cada uno de los bienes sin excepción.
Por la Cooperativa Por el Comercio
Nombre: Cédula:
Nombre: Cédula:
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS TERMINALES ELECTRÓNICOS
CNB PT7003 | MARCAR |
Procesador Quad core A53 | |
Sistema operativo Android 5.1 | |
Memoria 1GB DDR3 | |
Almacenamiento del dispositivo 8GB EMMC | |
Pantalla LCD 7-inch,1280*800 IPS | |
Touch Panel Capactive Panel | |
Red 2G, 3G, 4G(LTE) | |
Wifi WIFI802.11b/g/n 2.4G/5.8G | |
GPS | |
Bluetooth 4.0 | |
Camera 5Mp | |
Battería 7.4V 4000MAH | |
Impresora térmica de 58mm | |
Lector de Chip ISO7816 | |
Lector Contactless | |
Puerto ethernet - accesorio | |
Magnetic stripe card 1 / 2 / 3 track, two-way card. | |
Certificaciones: Cumple con EMV L1, L2, estándar CE, FCC y EMC. | |
ZCS Z90 | MARCAR |
RAMRAM:1GB Flash:8GB | |
Sistema operativo: Android 7,1 | |
RAMRAM:1GB Flash:8GB | |
Almacenado extendido | |
Pantalla táctil de 5,0 pulgadas | |
Pantalla táctil: Pantalla táctil capacitiva, admite firma electrónica | |
ComunicaciónRed 3G y 4G; Comunicación WiFi; Punto caliente; Comunicación Bluetooth | |
Interfaz USB: Micro USB OTG, compatible con los estándares USB 2,0 HS, | |
GPSGPS incorporado | |
Comunicación Bluetooth | |
Cámara: cámara de 5 megapíxeles | |
Batería de litio: mAh 2800, 7,4 V | |
Impresora: Impresora térmica de alta velocidad integrada |
Tarjeta IC de PC, de |
Lector de tarjetas sin contacto |
Batería de litio: mAh 2800, 7,4 V |
Tamaño 191mm × 80mm × 46mm |
Certificación: PCI,EMV L1 y L2,CE,FCC |
NEW9220 | MARCAR |
Quad core+Security CPU | |
Android 10x | |
1GB RAM +8GB ROM | |
5,5 HD 720x1280 Pilexs | |
Magnetic card reader | |
4G,Wifi, GPS, Bluetooth | |
GPS, Beidou | |
camara front: 0,3 MP | |
battery: rechargeable Li-ion 7.2v/2600mAh | |
Input: 100-240v AC | |
PCI PTS 6x, EMV LEVEL16,2 | |
Paper Width: 58mm | |
Tamaño: 192x84x63,5 |
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO
El servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos tienen las siguientes consideraciones:
- Podrán ser realizados por personal de LA COOPERATIVA o por terceros contratados por LA COOPERATIVA y comunicados al CORRESPONSAL SOLIDARIO.
- EL CORRESPONSAL SOLIDARIO brindará todas las facilidades del caso en términos de acceso, compañía de los funcionarios a cargo de los equipos y soporte en el caso de requerir algún nivel de comunicación o trámite documentario.
- LA COOPERATIVA comunicará con la debida anticipación la fecha de realización del mantenimiento preventivo.
- El servicio de mantenimiento correctivo cubrirá el servicio y los componentes de los equipos o de sus partes siempre que se trate de un deterioro normal, LA COOPERATIVA no cubrirá partes de los equipos que se hayan dañado por mal uso o descuido de los bienes por parte del CORRESPONSAL SOLIDARIO.
PROCEDIMIENTOS
NOTA: Se adjunta el acta de entrega del Instructivo que detalla los procedimientos que hace referencia el presente anexo que están descritos en el documento de INSTRUCTIVO DE OPERACIÓN: TRANSACCIONAL CORRESPONSALES SOLIDARIOS; MANUAL DE PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DE DELITOS INCLUIDO EL TERRORISMO.
FECHA:
ACTA ENTREGA - RECEPCIÓN
Mediante la presente acta se hace la entrega del instructivo: Transaccional Corresponsales Solidarios del aplicativo de corresponsal solidario “Nuestro Jardín” al socio corresponsal:
Nombre:
Cédula:
Localidad:
El documento es entregando de forma:
1. Física ( )
2. Digital ( )
Por la Cooperativa Por el Comercio
Nombre: Nombre:
Cédula: Cédula:
TABLA DE VALORES ASEGURADOS
Valores asegurados
SEGURO | VALOR ASEGURADO |
Robo en el local | Valor del cupo |
Transporte | Valor del cupo |
* Máximo hasta $5.000,00