Concurso de Precios Nº 02/2011 Préstamo: BID 899-1/OC-AR (Proyecto Apoyo a la Modernización Tecnológica de Microproductores Rurales)
Concurso de Precios Nº 02/2011
Préstamo: BID 899-1/OC-AR
(Proyecto Apoyo a la Modernización Tecnológica de Microproductores Rurales)
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PROYECTO APOYO A LA MODERNIZACIÓN TECNOLÓGICA DE MICROPRODUCTORES RURALES
PRESTAMO BID N° 899-1/OC-AR
CONCURSO DE PRECIOS Nº 02/2011
BD-RNP-B1-101-B-14/10
1- El presente Concurso de Precios es realizado por la Organización Internacional para las Migraciones – OIM en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales -PROSAP, quien ejecuta el Proyecto Apoyo a la Modernización Tecnológica de Microproductores Rurales financiado parcialmente con fondos provenientes del Contrato xx Xxxxxxxx 899/OC-AR-1, firmado con el Banco Interamericano de Desarrollo. 2 – El Proyecto Apoyo a la Modernización Tecnológica de Microproductores Rurales a través de la Organización Internacional para las Migraciones – OIM lo invita a presentar ofertas para la construcción de 21 invernaderos en COLONIA XXXXX Y XXXXXXXX, RÍO COLORADO, PROVINCIA DE RÍO NEGRO, de acuerdo al Anexo X xxx xxxxxx de bases y Condiciones que forma parte de la presente Carta de Invitación. 3 - Solamente serán tenidas en cuenta las ofertas que sigan los lineamientos incluidos en esta Carta de Invitación y en el Pliego de Bases y Condiciones. 4 - Uds. podrán obtener información adicional en la Unidad Ejecutora de Proyecto, con domicilio en Xxxx 000, 0x piso, Of. ―X‖, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, teléfono / fax 000-0000-0000 / 3587. 5 - Todas las ofertas deberán entregarse en sobre cerrado en la Unidad Ejecutora de Proyecto, con domicilio en Xxxx 000, 0x piso, Of. ―X‖, (0000) Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, hasta las trece (13:00) horas del día 2 xx xxxx de 2011. 6.- La apertura de ofertas tendrá lugar en la Unidad Ejecutora de Proyecto, con domicilio en Xxxx 000, 0x piso, Of. ―X‖, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx a las trece y treinta (13:30) horas del día 2 xx xxxx de 2011. 7 – El Ejecutor no tiene obligación de contratar con alguna de las empresas que hayan presentado ofertas. 8 - Le agradeceremos que mediante Correo electrónico o fax nos comunique dentro de los dos (2) días de recibida esta invitación, si presentará o no oferta. Sin otro particular, saludamos a Uds. atentamente.
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
CONTRATO XX XXXXXXXX BID 899-1/OC-AR
PROGRAMA DE SERVICIOS AGRICOLAS PROVINCIALES - PROSAP
Proyecto: Apoyo a la Modernización Tecnológica de Microproductores Rurales PLIEGO DE CONDICIONES PARA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS CONEXOS CONCURSO DE PRECIOS
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ADQUISICIÓN DE INVERNADEROS
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Glosario
Adquisición: Se refiere a toda contratación de provisión de bienes y servicios conexos que lleve a cabo el Prestatario con motivo de un proyecto parcialmente financiado por el Banco.
Banco: Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
Contratante o Licitante:
Es la entidad que llevará a cabo la adquisición. Esta entidad podrá ser, según el caso, el Prestatario, los Organismos Ejecutores, los Beneficiarios, las Instituciones Financieras Intermedias, u otras que se indiquen en el respectivo Contrato xx Xxxxxxxx.
Proveedor: Empresa que, una vez seleccionada a través del Concurso, proveerá los bienes y servicios que se contraten.
Contrato xx Xxxxxxxx:
Es el documento que firma el Prestatario con el Banco, mediante el cual este último otorga y el primero acepta un préstamo y en el que se establecen los derechos y obligaciones de las partes.
Día: Salvo aclaración expresa, significa día calendario.
Concurso de Precios:
Es un proceso formal y competitivo de adquisiciones mediante el cual se solicitan, reciben y evalúan por lo menos tres ofertas para la adquisición de bienes y servicios conexos.
Oferente: Es toda Empresa que presenta una oferta. Otros sinónimos son: licitador, postulante, proponente, postor.
Pliego de Condiciones:
También llamado documento de adquisición, es el conjunto de documentos emitidos para el llamado a Concurso que especifican detalladamente los bienes y servicios cuya contratación se licita, determinan el trámite a seguir en el procedimiento de licitación y establecen las condiciones del Contrato a celebrar.
Por escrito: En En estos documentos de adquisición el término ―por escrito‖ significa una comunicación escrita con prueba de recepción.
Prestatario: Se utiliza para referirse al país o entidad que toma prestado del Banco.
Protesta: Es todo reclamo, objeción, impugnación rechazo u otra manifestación de disconformidad presentado por escrito por un Oferente durante cualquier etapa cumplida del proceso del Concurso, ya sea ante alguna autoridad competente del país donde se lleve a cabo la adquisición o directamente ante el Banco.
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CONDICIONES DEL CONCURSO DE PRECIOS Nº 02/2011
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1. FUENTES DE RECURSOS El Proyecto Apoyo a la Modernización Tecnológica de Microproductores Rurales a través de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), en adelante el Comprador, mediante la firma de un Convenio Xxxxx Xxxxxxxxxxx, ha obtenido financiamiento en el Programa de Servicios Agrícolas Provinciales - PROSAP, financiado parcialmente con recursos provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en adelante EL BANCO. Consecuentemente todos los bienes a ser ofrecidos en el presente concurso deberán cumplir con los requisitos de origen de bienes del Banco, de conformidad con lo establecido en el Anexo III. 2. CARACTERISTICAS DEL PROCEDIMENTO El sistema utilizado para la contratación de las obras será el de Concurso de Precios por invitación. Al momento de la adjudicación deberá contarse con un mínimo de 3 cotizaciones aceptables para cada lote. El Contratante podrá exceptuarse del cumplimiento de este requerimiento únicamente con acuerdo previo del Banco. 3. SOLICITUD DE COTIZACIÓN El Ejecutor invita a presentar ofertas para la construcción de las obras de acuerdo con lo indicado en los ANEXOS I, II y III, que forman parte del presente llamado. Las ofertas deberán formularse en el Formulario ANEXO II (Continuación), estar inicialadas en todas sus fojas y entregadas bajo sobre cerrado. Se deberá adjuntar a la oferta copia actualizada de Constancia de Inscripción ante AFIP (CUIT). La facturación se regirá por lo dispuesto por la Resolución Nº 3815/94 de la Dirección General Impositiva, que se adjunta como ANEXO V. 4. LUGAR Y FECHA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS Las ofertas deberán entregarse en sobre cerrado en la oficina de la Unidad Ejecutora de Proyecto, con domicilio en Xxxx 000, 0x piso, Of. ―X‖, (0000) Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, hasta las trece (13) horas del día 2 xx xxxx de 2011. 5. VALIDEZ DE LA OFERTA La oferta tendrá validez por el término de cuarenta y cinco (45) días corridos a contar de la fecha de presentación de las ofertas.
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6. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
El Oferente deberá incluir como parte de su oferta, una garantía de mantenimiento de oferta en su versión original por los siguientes montos:
Lote 1: $ 11.375.- (pesos once mil trescientos setenta y cinco)
Lote 2: $ 875.- (pesos ochocientos setenta y cinco)
Lote 3: $ 1.540.- (pesos mil quinientos cuarenta)
La Garantía de Mantenimiento de Oferta tendrá Validez por el término de cuarenta y cinco (45) días, a contar desde la fecha de presentación de las Ofertas.
6.1 - Forma de constitución de las garantías: a. Seguro de Caución mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, extendidas a favor del organismo contratante. 7. PRORROGA En circunstancias excepcionales, y antes de la expiración del período de validez de ofertas, el comprador podrá solicitar a los oferentes prorrogar dicho período. La solicitud y las respuestas se harán por escrito. La garantía de mantenimiento de oferta deberá prorrogarse también por un período equivalente. Los oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les ejecute su garantía, perdiendo validez sus ofertas. A los oferentes que accedan a la prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas. 8. APERTURA DE OFERTAS En el lugar, fecha y hora especificados en la Carta de Invitación se abrirán los sobres con las cotizaciones, con la presencia de los responsables que el Ejecutor designe y los representantes de las empresas invitadas que deseen participar, labrándose un acta a tal efecto, en la que deberá constar:
a. Nómina de los responsables designados por el Ejecutor b. Monto de las ofertas recibidas. c. Toda otra circunstancia relacionada con el acto, que el funcionario responsable
estime oportuno consignar.
La Apertura de las Ofertas será realizada por el Contratante quien registrará en un Acta los nombres de todos los Oferentes, los Precios cotizados en cada Oferta, los descuentos, las notificaciones de retiro, sustitución o modificación de las Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, de ser requerida y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado.
Las Ofertas que no sean abiertas, leídas en voz alta durante la Apertura y registradas en el Acta de Apertura de las Ofertas no podrán ser consideradas por el Contratante para su Evaluación y Comparación de Precios, sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los Oferentes que las han remitido.
En el acto de apertura no se rechazará ninguna oferta, salvo las presentadas después del plazo limite establecido.
9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
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El Contratante verificará si las ofertas que haya determinado se ajustan a las condiciones xxx xxxxxx y si contienen errores aritméticos. Los errores que se encuentren se corregirán de la siguiente manera:
a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y en palabras prevalecerán los indicados en palabras; y
b) cuando haya una diferencia entre el total de un ítem o renglón y el valor que se obtenga multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario que se haya indicado, a menos que a criterio del Comprador fuera evidente un error en la colocación de la coma que separa los decimales, en cuyo caso prevalecerá el precio total del ítem o renglón que se hubiera indicado y se corregirá el precio unitario.
El Comprador ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes expresado para la corrección de errores y; el nuevo monto se considerará obligatorio para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido de la oferta, el Comprador rechazará la oferta y ejecutará la garantía de mantenimiento de oferta Una vez determinadas las ofertas que se ajusten sustancialmente a los documentos del concurso, se procederá a su evaluación y comparación. 10. DERECHO DEL CONTRATANTE El Contratante tiene el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el Concurso de Precios y rechazar todas las ofertas sin incurrir por ello en responsabilidad alguna hacia el/los Oferente/s afectado/s por esta acción, no teniendo obligación de comunicar los motivos del rechazo o anulación. 11. ADJUDICACIÓN La adjudicación se realizará a aquella oferta que cumpliendo con todos los requisitos solicitados por pliego sea la que resulte de precio más bajo para el Comprador. 12. NOTIFICACIÓN El Comprador notificará a los participantes de un modo fehaciente por escrito (fax u otro medio apropiado) el resultado del Concurso. 13. ORDEN DE COMPRA Una vez efectuada la notificación que se indica en la cláusula anterior, se notificará al Adjudicatario que pase a retirar la orden de compra. Se extenderá en original y duplicado; el primero quedará en poder del Adjudicatario, el cual entregará al comprador la copia debidamente firmada, con lo cual quedará constituido el acuerdo entre las partes.
Garantía de Cumplimiento de Contrato: El adjudicatario deberá constituir una Garantía de Cumplimiento, por el 5 % del valor del contrato y en la moneda del mismo. La garantía se deberá presentar dentro de los 7 días (siete días) de notificada la adjudicación. El plazo de vigencia de la garantía se extenderá desde la fecha de su constitución hasta la liquidación final del Contrato.
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El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con respecto a esta Garantía podrá ser considerada como causal de rescisión del Contrato por culpa del Oferente. Podrá constituirse mediante seguro de caución extendido a favor del Organismo contratante, de conformidad en un todo con la forma de pólizas aprobadas e indicadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación. La devolución de las Garantías se efectuará dentro de los 30 (treinta) días hábiles a contar desde el momento en que la misma quede liberada. 14. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El plazo de ejecución será contado a partir de la fecha de la firma de la orden de compra, de acuerdo al siguiente detalle:
Lote 1 – Provisión de Materiales y Construcción de 21 Invernaderos: dentro de los 45 días de la firma de la orden de compra
Lote 2 – Provisión de Materiales y Perforación para toma de Agua: deberán iniciarse a los 30 días de firmada la orden de compra y su finalización no deberá superar los 45 días de firmada la orden de compra.
Lote 3 – Provisión de Materiales y Colocación de Sistema xx Xxxxx en 21 invernáculos: deberán iniciarse a los 30 días de firmada la orden de compra y su finalización no deberá superar los 45 días de firmada la orden de compra. Para el caso de incumplimiento de los plazos establecidos para inicio ó finalización de obra, se aplicará al contratista una multa equivalente a dos décimas por mil (0,2 %o) del precio del contrato por cada mil pesos del monto contractual, por cada día de atraso de la obra hasta un máximo del 5 % del monto del contrato y podrá ser deducida de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato si esta se hubiera solicitado.
El contratante tendrá derecho a rescindir el contrato cuando el monto de multas aplicadas supere el 5 % del precio del contrato.
14.1 El Contratista expedirá el certificado de recepción definitiva en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles a partir de la fecha de terminación.
14.3 La verificación de la correcta ejecución de los trabajos será llevada a cabo por el Tutor Junior, y será conformada por el Tutor Senior y el Coordinador Ejecutivo de la Unidad Provincial de Asistencia Técnica (UPAT).
14.4 En el caso de que el Contratante constate defectos en la ejecución, el Contratista
deberá solucionar los mismos en un plazo menor a los siete (7) días contados a partir de la notificación que el Contratante le haga.
15. FACTURACIÓN Y PAGO El Contratista certificará los trabajos en relación con el porcentaje alcanzado de la obra mediante la documentación que el Contratante le solicite, de acuerdo a la siguiente descripción:
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LOTE 1 Porcentaje de pago Equivalencia en % de
ejecución de la obra Actividad considerada
25 % 25 % Posteado 25 % 50 % Techado 50 % 100 % Polietileno
LOTE 2 Porcentaje de pago Equivalencia en % de
ejecución de la obra Actividad considerada
100 % 100 % Perforación
LOTE 3 Porcentaje de pago Equivalencia en % de
ejecución de la obra Actividad considerada
100 % 100 % Provisión e Instalación de Equipo xx Xxxxx para la totalidad de los 21 invernáculos
El Contratante abonará la factura dentro de los siete (7) días de la fecha de entrega. 16. RESCISION DEL CONTRATO El Contratante tendrá derecho a rescindir el Contrato cuando el Proveedor:
a. Obre con dolo, culpa grave o reiterada negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
b. A juicio del Contratante ha empleado prácticas corruptas o fraudulentas al competir por o en la ejecución del Contrato.
c. No avance en la ejecución de los trabajos, superándose el tope de monto de multa establecido.
17. IMPUESTOS Y DERECHOS El pago de todos los impuestos, derechos de licencia, etc. que graven los bienes objeto de la Orden de Compra hasta el momento de la entrega será a cargo del Proveedor. 18. PRORROGA DE JURISDICCION Se deja establecido que cualquier contienda que surja de la contratación propiciada, así como también sobre la interpretación de cláusulas contractuales y/o del presente documento, serán dirimidas en la Justicia Ordinaria de la Provincia de Río Negro renunciando el proveedor a cualquier otro fuero o jurisdicción.
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ANEXOS
I. Lista de Bienes y Especificaciones Técnicas II. Formularios de Oferta y Lista de Precios III. Elegibilidad para el Suministro de Bienes y Servicios IV. Cláusula de fraude y corrupción V. Resolución DGI 3815/94
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ANEXO I
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CONCURSO DE PRECIOS Nº 02/2011
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CONSTRUCCIÓN DE 21 INVERNADEROS EN COLONIA XXXXX Y XXXXXXXX, RÍO COLORADO, PROVINCIA DE RÍO NEGRO.
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LOTE 1
PROVISIÓN DE MATERIALES Y CONSTRUCCIÓN DE 21 INVERNADEROS
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA UN (1) INVERNADERO Estructura (suelo referencia)
La estructura presenta simetría longitudinal y transversal. La cuadrícula de replanteo será de 3,75 x 2,50 m. Ancho: tomado desde el xxx xxxxxxx xx xxx xxxxxxxxxx 00 m
Largo: tomado desde el xxx xxxxxxx xx xxx xxxxxxxxxx 00 m
Viga frontal y posterior: a 2,2 m
Altura solera: 2,20 m
Altura cumbrera intermedia: 2,70
Altura cumbrera central: 3,20 m Separación entre columnas laterales, intermedias y cumbrera: 2,50 m Separación entre columnas vista frontal: 3,75 m
Ángulo de caída: 7 30´
Altura del zócalo: 0,70 m
Sistema de apertura y sujeción xx xxxxxxxx: de alambre
Entrada: una (1) – ubicación frontal – de 0,70 m de ancho x 2,20 m de altura
Apertura máxima para ventilación: 1,50 m
Techo:
Tirantes cada 0,625 [m].
Xxxxxxxxx xx xxxxxxxxx x 00 con ménsula de refuerzo. Elementos estructurales: Madera:
- Columnas de eucalipto colorado, tratado, de sección cuadrada de 3‖ x 3‖ x 3[m], 3‖ x 3‖ (Poste Lateral) x 3.5 [m] (Poste Intermedio) y 3‖ x 3‖ x 4[m] (Poste Central). Protección con pintura asfáltica x xxxx hasta 1 m, para empotramiento a 0,80 m.
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- Vigas Laterales (Lineal Lateral, Intermedio y Central) de eucalipto saligna, de sección cuadrada de 3‖ x 3‖ x 4[m], sin tratamiento.
- Vigas Frontales y Posteriores (Lineal de Cabecera) de eucalipto saligna, sin tratamiento, de sección rectangular de 3‖ x 2‖ x 4[m].
- Tirantes (Alfajías Transversal) de eucalipto saligna, sin tratamiento, de sección cuadrada de 2‖ x 2‖ x 4[m].
- Tapajuntas de eucalipto saligna, sin tratamiento, de sección rectangular de ½ ―x 3‖ x 4[m].
- Patillas de eucalipto saligna, sin tratamiento, de sección rectangular de 1‖ x 3‖ x 0.8 [m].
- Refuerzo de eucalipto saligna, tratado, de sección cuadrada de 2‖ x 2‖ x 2[m].
Acero:
- Clavos punta París de 2 ½ ―de longitud para ajuste de polietileno (tapajuntas).
- Clavos punta París de 4‖ para empatillado.
- Alambre Nº 12 galvanizado, para ataduras tipo manea doble. Polietileno:
- Para techo: tipo XD3 de 4,20 m de ancho de 150 micrones de espesor, rollo continuo.
- Para zócalo: tipo XD2 de 1 m de ancho (para canaleta de 0.4 m) de 200 micrones (difiere en el plano) de espesor, rollo continuo.
- Para cortinas: tipo XD2 de 2,20 m (difiere en el plano) de ancho de 150 micrones de espesor, rollo continuo.
LOTE 2
PROVISIÓN DE MATERIALES Y PERFORACIÓN PARA TOMA DE AGUA
CENTRO DE BOMBEO - (COMÚN PARA LOS 21 INVERNADEROS)
Perforación primaria a 60 m de profundidad con diámetro xxx xxxxxxx de 8 ½‖.
Encamisado xx xxxx a 30 m con caños de PVC de 125 mm de ø x 5,5 mm de espesor (tipo Amanco), cementado.
Xxxx filtro de 4 ½‖ de ø (tipo Tigre) reforzado, engravado con 1-2 mm.
Bomba sumergible de 7,5 HP de 380 v – 15 m 3 /h a 30 mca con 40 m de cable.
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- Tablero eléctrico con llave térmica, contador y protección térmica. - Xxxx de salida de bomba de 2‖ de ø con centradores cada 6 m, con curva de salida
con unión doble de polipropileno. - Xxxxx xx xxxxx inoxidable de 2‖ de ø x 0,15 m de largo, más cupla galvanizada de 2‖,
entre la salida de bomba y el primer tramo galvanizado para evitar soldadura entre ambos.
- Tapa de 6‖ de ø con grampa maestra de sostén de cañería.
Manómetro inoxidable con glicerina, rango hasta 0-4 bares.
Filtro de anillas con entrada y salida de 3‖ de ø de 130 mesh de 120 micrones.
Caudalímetro de 2‖ de ø de 50 m 3 /h
Venturi para ferti-riego.
LOTE 3
PROVISIÓN DE MATERIALES Y COLOCACIÓN DE SISTEMA XX XXXXX EN 21 INVERNÁCULOS
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA UN (1) INVERNADERO
SISTEMA XX XXXXX POR GOTEO Fuente de agua: subterránea Estructura del Sistema xx Xxxxx:
Longitud de cinta de goteo: 50 m – colocada cada 0,6 m
Longitud de cabezales: 15 m
Distancia entre conectores iniciales: 0,30 m Elementos Estructurales:
- Cinta de goteo de 16 mm de ø, de 150 micrones de espesor, con gotero inserto cada 0,30 m de 1.1 l/h a 1 bar de presión, autocompensado.
- Tapón para cinta de goteo de 16 mm de ø.
- Empalme conector inicial en 16 mm de ø.
- Conector inicial de 16 mm de ø.
- Tubo PVC soldable o Polietileno de baja densidad de 1 ½‖ K6 (cabezales xx xxxxx).
- Codo para PVC soldable de 1 ½‖ K6.
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- Válvula esférica de 32 mm.
- Tee para PVC soldable con reducción de 2‖ a 1 ½‖ K6.
- Codo 90 para tubo de PVC soldable con reducción de 2‖ a 1 ½‖ K6.
- Tubo de PVC soldable de 2‖ K6.
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ANEXO II
MODELO DE FORMULARIO DE OFERTA Y LISTA DE PRECIOS CONCURSO DE PRECIOS Nº 02/2011
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PARA EL SUMINISTRO DE CONSTRUCCIÓN DE 21 INVERNADEROS EN COLONIA XXXXX Y XXXXXXXX, RÍO COLORADO, PROVINCIA DE RÍO NEGRO.
FECHA DE APERTURA 02/05/2011 Sr. ......................................... De nuestra consideración: Tras haber examinado los documentos del concurso, inclusive los anexos números I, II y III, de los cuales acusamos recibo por la presente, el (los) suscrito (s) ofrecemos ejecutar los siguientes trabajos..………………............. (descripción de los trabajos) de conformidad con esas condiciones y especificaciones por la suma de ..................................................... ($.......................). Convenimos en mantener esta oferta por un período de ............................. (......) días a partir de la fecha fijada para la presentación de ofertas, según la cláusula 5 de las Condiciones del presente llamado; la oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de que expire el período indicado. Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a realizar los trabajos dentro de los plazos estipulados en el Anexo I del presente llamado, en días corridos contados a partir de la fecha de la Orden de Compra. Entendemos que Uds. no están obligados a aceptar la oferta más baja ni cualquier otra de las que reciban.
Debidamente autorizado para firmar en nombre de ....................................................................... (de acuerdo con documentación probatoria adjunta)
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ANEXO III
ELEGIBILIDADES PARA EL SUMINISTRO DE BIENES y SERVICIOS CONEXOS
Banco Interamericano de Desarrollo III-1) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios: A) Nacionalidad a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos: es ciudadano de un país miembro; o ha establecido su domicilio en un país miembro como residente ―bona fide‖ y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país. b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos: esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco. Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos. B) Origen de los Bienes Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde éste fue empacado y embarcado con destino al comprador.
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Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como ―hecho en la Unión Europea‖, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea. El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos C) Origen de los Servicios El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
III-2) Países Elegibles
a) Países Prestatarios:
(i) Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Ecuador, El Xxxxxxxx, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
b) Países no Prestatarios:
(i) Alemania, Austria, Bélgica, Canadá, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Xxxxxxx, Xxxxxx, Italia, Japón, Noruega, Países Bajos, Portugal, Xxxxx Unido, Republica xx Xxxxx, República Popular de China, Suecia y Suiza.
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ANEXO IV
CORRUPCIÓN Y PRÁCTICAS FRAUDULENTAS El Banco exige que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de una donación y el Contratante), así como los Proponentes, contratistas y consultores que participen en proyectos con financiamiento del Banco, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación o de ejecución de un contrato. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas corruptivas y que se transcriben a continuación, constituyen las más comunes, pero estas acciones pueden no ser exhaustivas. Por esta razón, el Banco actuará frente a cualquier hecho similar o reclamación que se considere corrupto, conforme al procedimiento establecido. (a) ―Soborno‖ (―Cohecho‖). Consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar indebidamente
cualquier cosa de valor capaz de influir en las decisiones que deban tomar funcionarios públicos o privados quienes actúen en relación con el proceso de licitación o de contratación de consultores o durante la ejecución del contrato correspondiente.
(b) ―Extorsión‖ o ―Coacción‖. Consiste en el hecho de amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de su familia, en su persona, honra, o bienes, un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante el proceso de licitación o de contratación de consultores o durante la ejecución del contrato correspondiente, ya sea que el objetivo se hubiese o no logrado.
(d) ―Fraude‖. Consiste en la tergiversación de datos o hechos con el objeto de influir sobre el proceso de una licitación o de contratación de consultores o ejecución del contrato, en perjuicio del Prestatario y de otros participantes.
(e) ―Colusión‖. Consiste en las acciones entre Proponentes destinadas a que se obtengan precios de licitación a niveles artificiales, no competitivos, capaces de privar al Prestatario de los beneficios de una competencia libre y abierta.
Si se comprueba, de acuerdo con el procedimiento administrativo del Banco, que un funcionario público o privado, quien actúe en su lugar, y/o el participante o Adjudicatario propuesto en un proceso de adquisición llevado a cabo con motivo de un financiamiento del Banco, ha incurrido en prácticas corruptivas, el Banco: (a) Rechazará cualquier propuesta de adjudicación relacionada con el proceso de
adquisición o contratación de que se trate; y/o
(b) Declarará a una firma y/o al personal de ésta directamente involucrado en las prácticas corruptivas, no elegibles para ser Adjudicatarios o ser contratados en el futuro con motivo de un financiamiento del Banco. La inhibición que establezca el Banco podrá ser temporal o permanente; y/o
(c) Cancelará, y/o acelerará el repago de la porción xxx xxxxxxxx destinado a un contrato,
cuando exista evidencia que representantes del Prestatario o de un Beneficiario del
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préstamo o donación han incurrido en prácticas corruptivas, sin que el Prestatario o Beneficiario haya tomado las acciones adecuadas para corregir esta situación, en un plazo razonable para el Banco y de conformidad con las garantías de debido proceso establecidas en la legislación del país prestatario.
El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en proyectos financiados por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco todo acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos.
Fraude y corrupción comprenden actos de: (a) práctica corruptiva; (b) práctica fraudulenta; (c) práctica coercitiva, y (d) práctica colusoria. Las definiciones que se transcriben a continuación corresponden a los tipos más comunes de fraude y corrupción, pero no son exhaustivas.
Por esta razón, el Banco también adoptará medidas en caso de hechos o denuncias similares relacionadas con supuestos actos de fraude y corrupción, aunque no estén especificados en la lista siguiente. El Banco aplicará en todos los casos los procedimientos establecidos en la Subcláusula 3.1 (c).
(a) El Banco define las expresiones que se indica a continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y circunstancias, que engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar las acciones de una parte, y
(iv) Un a práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte;
(b) Si se comprueba que, de conformidad con los procedimientos administrativos del Banco, cualquier firma, entidad o persona actuando como oferente o participando en un proyecto financiado por el Banco incluyendo, entre otros, prestatarios, oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios, organismos ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes) ha cometido un acto de fraude o corrupción, el Banco podrá:
(i) decidir no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato o de un contrato adjudicado para la adquisición de bienes o la contratación de obras financiadas por el Banco;
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(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que existe evidencia suficiente para comprobar el hallazgo de que un empleado, agente o representante del Gobierno Nacional o Provincial de la República Argentina, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido un acto de fraude o corrupción;
(iii) cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Gobierno Nacional o Provincial de la República Argentina o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas en un plazo que el Banco considere razonable y de conformidad con las garantías de debido proceso establecidas en la legislación de la República Argentina;
(iv) emitir una amonestación en el formato de una carta formal de censura a la conducta de la firma, entidad o individuo;
(v) declarar a una persona, entidad o firma inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que se le adjudiquen o participe en contratos bajo proyectos financiados por el Banco, excepto bajo aquellas condiciones que el Banco considere apropiadas;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o
(vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de otras sanciones.
(c) El Banco ha establecido procedimientos administrativos para casos de denuncias de fraude y corrupción dentro del proceso de adquisiciones o la ejecución de un contrato financiado por el Banco, los cuales están disponibles en el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx). Para tales propósitos cualquier denuncia deberá ser presentada a la Oficina de Integridad Institucional del Banco (OII), para realizar la correspondiente investigación. Las denuncias podrán ser presentadas confidencial o anónimamente.
(d) Los pagos estarán expresamente condicionados a que la participación de los Oferentes en el proceso de ejecución del Contrato se haya llevado de acuerdo con las políticas del Banco aplicables en materia de fraude y corrupción que se describen en esta Subcláusula 3.1.
(e) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas en el literal b) de esta Cláusula podrá hacerse de forma pública o privada, de acuerdo con las políticas del Banco.
El Banco tendrá el derecho a exigir que en los contratos financiados con un préstamo o donación del Banco, se incluya una disposición que exija que los Oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios permitan al Banco revisar sus cuentas y registros y cualquier otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Para estos efectos, el Banco tendrá el derecho a exigir que se incluya en contratos financiados con un préstamo del Banco una disposición que requiera que los Oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios:
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(i) conserven todos los documentos y registros relacionados con los proyectos financiados por el Banco por un período de tres (3) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y
(ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de fraude o corrupción, y pongan a disposición del Banco los empleados o agentes de los oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco para responder las consultas provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente designado para la revisión o auditoría de los documentos.
Si el Oferente, proveedor, contratista, subcontratista, consultor o concesionario incumple el requerimiento del Banco o de cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el Oferente, proveedor, contratista, subcontratista, consultor o concesionario.
Los Oferentes deberán declarar y garantizar que:
(a) han leído y entendido la prohibición sobre actos de fraude y corrupción dispuesta por el Banco y se obligan a observar las normas pertinentes;
(b) no han incurrido en ninguna infracción de las políticas sobre fraude y corrupción descritas en este Xxxxxx;
(c) no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de contratación o negociación del contrato o cumplimiento del contrato;
(d) ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco, ni han sido declarados culpables de delitos vinculados con fraude o corrupción;
(e) ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con fraude o corrupción;
(f) han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con el contrato o el contrato financiado por el Banco;
(g) reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de cualquiera o de un conjunto de medidas que se describen en la Subcláusula 3.1 (b).
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ANEXO V
Dirección General Impositiva
IMPUESTOS
Resolución General 3815/94
Impuesto al Valor Agregado. Organización Internacional para las Migraciones. Compras, locaciones y prestaciones de servicios. Reintegro del impuesto. Resolución General 3349. Su aplicación.
Bs. As., 6/4/94
VISTO el Convenio entre la República Argentina y la Organización Internacional para las Migraciones, aprobado por la Ley N° 24.001, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo VI del referido convenio, acuerda a la citada organización el goce de todos los privilegios reconocidos por el Gobierno, de acuerdo al régimen establecido por la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas y por la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados, en cuanto sus normas les fueran aplicables en atención a la naturaleza específica de sus funciones.
Que atento las inquietudes puestas de manifiesto por la Entidad citada en el Visto, en relación al impuesto al valor agregado que grava las compras, locaciones y prestaciones de servicios, efectuadas en el mercado interno, resulta aconsejable instrumentar idéntico mecanismo de reintegro al previsto para el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (P.N.U.D.), dispuesto mediante Resolución Xxxxxxx Xx 0000.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Asesoría Legal.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1° — A los fines del reintegro del impuesto al valor agregado establecido por el último párrafo incorporado por el punto 21) del artículo 1° de la Ley N° 23.871 al artículo 41 de la Ley N° 23.349, artículo 1° y sus modificaciones, en lo relativo a la Organización Internacional para las Migraciones, será de aplicación a su respecto el procedimiento dispuesto por la Resolución General N° 3349.
A tales efectos, deberá considerarse que las disposiciones contenidas en la referida norma resultan aplicables en iguales condiciones, al citado organismo internacional.
Art. 2° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Xxxxxxx Xxxxxx.