CARPAS 4915
CARPAS 4915
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
INDICE
I. ELEMENTOS DEL CONTRATO.
1. Régimen jurídico del contrato.
2. Objeto del contrato.
3. Presupuesto de licitación y precio del contrato.
4. Existencia del crédito.
5. Plazo de ejecución.
6. Capacidad y solvencia del empresario para contratar.
6.1. Aptitud y Capacidad.
6.2. Solvencia.
7. Perfil del contratante.
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
8. Procedimiento de adjudicación y tramitación del expediente.
9. Presentación de las proposiciones o solicitudes.
9.1. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones.
9.2. Forma de presentación de las proposiciones.
9.2.1. Sobre nº 1: Titulo: Documentación acreditativa de los requisitos previos.
9.2.1.1. Carpeta 1: Documentación General.
9.2.1.2. Carpeta 2: Documentación Técnica.
9.2.2. Sobre n° 2. Título: Documentación relativa a los aspectos que van a ser objeto de negociación.
10. Selección del contratista y adjudicación.
10.1. Recepción de documentación.
10.2. Certificación, calificación de documentos e invitación a presentar ofertas.
10.3. Negociación del contrato.
10.4. Documentación previa a la adjudicación del contrato.
10.5. Adjudicación del contrato.
11. Perfección y formalización del contrato.
III.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
12. Responsable del contrato.
13. Ejecución del contrato y obligaciones específicas del contratista.
14. Entrega de bienes.
15. Obligaciones laborales, sociales y económicas del contratista.
16. Seguros.
17. Plazos y penalidades.
18. Abono del precio.
19. Recepción.
20. Modificación del contrato.
21. Resolución del contrato.
IV. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS.
22. Prerrogativas de la Administración.
23. Jurisdicción competente.
24. Recurso especial en materia de contratación.
V. ANEXOS.
ANEXO I: OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO ANEXO II: ESPECIFICACIONES DEL SUMINISTRO.
Anexo III-A: Solvencia económica y financiera.
Anexo III-B: Declaración responsable de tener capacidad para contratar.
ANEXO IV: SOBRE Nº 1- CARPETA 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. Solvencia técnica.
ANEXO V: SOBRE Nº 2 Documentación relativa a los aspectos que serán objeto de negociación.
ANEXO VI: MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA
Anexo VII-A: Aspectos objeto de negociación. Criterios de adjudicación y umbral mínimo de puntuación para continuar en el procedimiento selectivo.
Anexo VII-B: Parámetros objetivos para considerar una oferta anormal o desproporcionada.
I. ELEMENTOS DEL CONTRATO.
1. Régimen jurídico del contrato.
El contrato a que se refiere el presente pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP); por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público; por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP); supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el pliego de prescripciones técnicas y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego de cláusulas administrativas cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas particulares en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
2. Objeto del contrato.
El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la realización del suministro a que se refiere el anexo I.
En el anexo II se detallan las unidades e importes de los bienes a suministrar.
Las especificaciones técnicas de los bienes quedan descritas de forma expresa en el pliego de prescripciones técnicas.
El suministro incluye la distribución, montaje, instalación y puesta en marcha, en caso de ser necesario, de los bienes objeto de esta contratación, de conformidad con los destinos que se especifican en el correspondiente pliego de prescripciones técnicas.
En el anexo I se indicará si el contrato está o no sujeto a regulación armonizada y los códigos CPV y CPA.
3. Presupuesto de licitación y precio del contrato.
El presupuesto máximo de licitación del contrato será el que se indique en el anexo I, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido.
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
En caso de que el valor estimado del contrato conforme a las previsiones del artículo 88 del TRLCSP no coincida con el presupuesto de licitación, se hará constar tal circunstancia en el anexo I, motivándolo adecuadamente.
El precio del presente contrato podrá ser objeto de revisión, de conformidad con los artículos 89 a 94 y D.T.2ª del TRLCSP a cuyos efectos se aplicará la fórmula o índices oficiales recogidos en el anexo I, donde igualmente se especificará si los precios son o no revisables. En el supuesto de que no lo fuesen, solo se modificará dicha circunstancia por la prórroga del plazo de la ejecución del contrato por causa imputable a la Administración o por casos de fuerza mayor, entendiendo por tal los así establecidos en el artículo 231 de la LCSP.
El número de unidades a adquirir podrá aumentarse con respecto a las indicadas en el anexo II, caso de obtenerse un precio inferior al presupuestado como consecuencia de la baja ofrecida por los licitadores hasta agotar dicho presupuesto.
En el contrato de arrendamiento, las cantidades que, en su caso, debe satisfacer la Administración en concepto de canon de mantenimiento, se fijarán separadamente de las constitutivas del precio del arriendo.
En el anexo I, podrá establecerse que el pago del precio total de los bienes a suministrar, cuando por razones técnicas o económicas debidamente justificadas en el expediente lo aconsejen, podrá consistir parte en dinero y parte en la entrega de otros bienes de la misma clase, sin que, en ningún caso, el importe de éstos pueda superar el 50 por 100 del precio total. En el anexo II se incluirá la relación de los citados bienes.
En el anexo I se establecerá igualmente la posibilidad de incluir cláusulas de variación de precios en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento, así como penalizaciones por incumplimiento de cláusulas contractuales, de conformidad con lo establecido en el artículo 87.4 del TRLCSP.
4. Existencia de crédito.
Existe el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Administración del contrato a que se refiere el presente pliego.
En el anexo I se indica el concepto presupuestario con cargo al cual se abonará el contrato.
5. Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución del contrato, así como los plazos parciales para las sucesivas entregas, que en su caso pudieran establecerse, serán los fijados en el anexo I, y comenzará a contar a partir del día siguiente al de la firma del contrato. En dicho anexo se indicará igualmente la posibilidad o no de prórroga del contrato .Dicha prórroga se acordará expresamente por el órgano de contratación y será obligatoria para el contratista , conforme al artículo 23 del T.R.L.C.S.P.
6. Capacidad y solvencia del empresario para contratar.
6.1. Aptitud y capacidad.
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el art. 60 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 74, 75 y 77 del TRLCSP.
Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 del TRLCSP, respectivamente.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de ser adjudicatarios del contrato.
No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
6.2 Solvencia.
a) Para celebrar contratos de suministros cuyo valor estimado sea superior a 35.000 € , los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se especifican en las cláusulas 9.2.1.1.d) y 9.2.1.2.a) xxx xxxxxx. Asimismo se indicará la documentación requerida para acreditar las mismas.
En el anexo I del presente PCAP se indicará si para los contratos de suministro, cuyo valor estimado sea inferior a 35.000€ , resulta necesario acreditar solvencia económica , financiera y técnica. O profesional.
Para acreditar la solvencia necesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, debiendo aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en el que se contenga además la aceptación expresa de los efectos señalados en el art. 1257 del Código Civil por la empresa que presta su solvencia. En el caso de que el
referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia de aquello a lo que se comprometió con la empresa contratista.
b) En el anexo IV podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
Asimismo se indicará si los candidatos o licitadores, además de acreditar su solvencia deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, tienen el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP para el caso de que se incumplan para el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria.
El órgano de contratación podrá exigir, en el anexo I, la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en los artículos 80 y 81 del TRLCSP.
La Mesa, o el órgano de contratación, podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o requerirle para la presentación de otros complementarios.
7. Perfil de contratante.
En el perfil de contratante del órgano de contratación se publicará la adjudicación del contrato, el plazo en que deba efectuarse la formalización, la formalización del contrato, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del TRLCSP.
El acceso público al perfil de contratante se efectuará a través del Portal del Ayuntamiento de Benalmádena indicado en el anexo I del presente pliego.
Se dará publicidad a través del Perfil del Contratante, a los requerimientos de subsanaciones respecto de la documentación presentada por los licitadores o para justificar ofertas con valores anormales o desproporcionados y a las convocatorias de la Mesa de Contratación cuyas sesiones sean públicas.
II- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
8. Procedimiento de adjudicación y tramitación del expediente
El contrato de suministro se adjudicará mediante procedimiento negociado, con o sin publicidad, de acuerdo con los distintos supuestos contemplados en los artículos 170 y 173 del TRLCSP. El supuesto concreto se especificará en el anexo I, en el que también se establecerá la posibilidad de incluir variantes o mejoras.
En el anexo I se indicará el tipo de tramitación del expediente, ordinaria o urgente, a los efectos previstos en la normativa contractual.
Así, el procedimiento negociado será objeto de publicidad en los casos previstos en el artículo 177 de la LCSP, en los que será posible la presentación de ofertas en concurrencia por cualquier empresario interesado. En los restantes supuestos, no será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, mediante la consulta, al menos a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible.
En el anexo VII-A se determinarán los aspectos económicos y técnicos que, en su caso, hayan de ser objeto de negociación con las empresas.
Los órganos de contratación y el contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información a que se refiere el artículo 140 del TRLCSP.
En el procedimiento negociado con publicidad, el órgano de contratación estará asistido por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para informar sobre la valoración de las ofertas. En el procedimiento negociado en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la Mesa de Contratación será potestativa para el órgano de contratación. En su caso, se especificará en el anexo I.
Dicha Mesa estará presidida por: El Alcalde-Presidente, D. Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx quien podrá delegar en los Tenientes xx Xxxxxxx :
1. X. Xxxxxxxxx . Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
2. Xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx
3. Xx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
4. X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
5. D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
6. X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
7. Xx Xxx Xx Xxxxxxxx Xxxxxx
8. Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxx
Formarán parte de la misma como vocales, el Interventor, D. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, quien podrá ser sustituido por Xxx. Xx xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx; la Vicesecretaria Dña. Xxxxx X. Xxxxxx Xxxxxxxx, quien podrá ser sustituida por X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxx o por X. Xxxxxx San Xxxxxx Xxxxxx y el Técnico Municipal D. , quien podrá ser sustituido por
. Será Secretaria de la Mesa, la Jefa de la Sección de Contratación, Dña. Xxxxxx Xxxx-Xxxx Xxxxxxx quien podrá ser sustituida por el funcionario X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxx.
9. Presentación de las proposiciones o solicitudes.
Cuando se acuda al procedimiento negociado por concurrir las circunstancias previstas en el artículo
177.1 y 2 del TRLCSP, el órgano de contratación anunciará la licitación del contrato en los correspondientes boletines oficiales, así como en el perfil de contratante.
En los contratos cuyo valor estimado sea superior a 60.000 euros e inferior a 100.000 euros, la publicación en el perfil de contratante del órgano de contratación sustituirá a la que debe efectuarse en el Boletín Oficial del Estado o en el Boletín Oficial de la Provincia.
En los restantes supuestos no será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia de al menos tres empresas capacitadas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición o solicitud, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de la proposición o solicitud de participación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna.
9.1. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones.
Las proposiciones, así como en su caso las solicitudes de participación, junto con la documentación preceptiva, se presentarán, dentro del plazo señalado en el anexo I, en la Sección de Contratación del Ayuntamiento, en horario de 10 a 14 horas.
Cuando las proposiciones o solicitudes se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al órgano de contratación, en el mismo día, mediante télex, telegrama o fax remitido al número de la Sección de Contratación 952579908. También podrá anunciarse por correo electrónico a la dirección (xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx). Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición ni la solicitud si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la proposición o solicitud, ésta en ningún caso será admitida.
9.2. Forma de presentación de las proposiciones
En aquellos casos en que el contrato de suministro se adjudique, según lo especificado en el anexo I, por procedimiento negociado con publicidad, los licitadores presentarán, dentro del plazo señalado en el anexo I, solicitud de participación, acompañada del sobre señalado con el número 1, firmado y cerrado, de forma que se garantice el secreto de su contenido.
El órgano de contratación, una vez comprobada la personalidad y solvencia de los solicitantes seleccionará a los que deban pasar a la siguiente fase, a los que invitará, simultáneamente y por escrito, a presentar sus proposiciones, en los sobres n° 2 firmados y cerrados, dentro del plazo que se señale en la propia invitación. Dicha invitación contendrá indicación del lugar, día y hora de la apertura de proposiciones.
En aquellos casos en que el contrato de suministro se adjudique, según lo especificado en el anexo I, por el procedimiento negociado sin publicidad, los licitadores presentarán la documentación comprendida en los sobres n° l y 2 en el plazo que se le indique en la invitación, por la Administración.
Toda la documentación de las proposiciones o solicitudes presentadas deberá venir en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, siguiendo la numeración que se especifica en las cláusulas 9.2.1 y 9.2.2.
La proposición económica y técnica se ajustará a los aspectos objeto de negociación que se contienen en el anexo VII-A.
Tanto en los casos de procedimiento negociado con publicidad como en los negociados sin publicidad, en cada uno de los sobres cerrados figurará externamente el nombre del licitador y, en su caso, del representante, domicilio social, teléfono, correo electrónico y fax a efectos de comunicaciones, así como el título del suministro, e incluirá la documentación que a continuación se indica:
9.2.1. Sobre nº l. Titulo: Documentación acreditativa de los requisitos previos.
Los documentos que se relacionan a continuación podrán aportarse en original o mediante copias que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente, a excepción de aquellos documentos que acrediten, en su caso la constitución de la garantía provisional, que deberán ser, en todo caso originales.
En las uniones temporales de empresarios, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia en los términos previstos en el artículo 59 del TRLCSP, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos así como que asumen el compromiso de constituirse y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración.
La aportación del certificado expedido por los Registros Oficiales previstos en el art. 83 del TRLCSP, acompañada de una declaración expresa responsable emitida por el licitador o sus representantes con facultades que figuren en el Registro, relativo a la no alteración de los datos que constan en el mismo, podrá sustituir a los documentos acreditativos de personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económico financiera y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que consten en el mismo.
Los referidos certificados podrán ser expedidos electrónicamente.
Los documentos a incorporar en este sobre se aportarán separados en dos carpetas, ordenados tal como se indica a continuación:
9.2.1.1. Carpeta 1: Documentación General.
En esta carpeta se incorporarán los siguientes documentos:
a) Documento justificativo, en su caso, de haber constituido la garantía provisional a favor del órgano de contratación.
Esta documentación sólo se aportará en los casos y por la cuantía en que así se indique expresamente en el anexo I.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96.1 del TRLCSP, y conforme a los modelos establecidos en los anexos III, IV, V y VI del R.G.L.C.A.P.
1. Si se constituye la garantía mediante aval, prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, deberá aportarse el documento original.
2. Si se constituye la garantía mediante seguro de caución, celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo, deberá aportarse el original del certificado del contrato.
En ambos casos se estará a lo previsto en el art. 58 del R.G.L.C.A.P. a los efectos de los poderes incluidos en dichos avales o seguros de caución.
3. Si se constituye en valores de Deuda Pública, deberán aportarse los certificados de inmovilización de los valores anotados.
4. En caso de constituirse en efectivo, deberá depositarse en la Caja Municipal.
Cuando así se prevea en el anexo I, la garantía que eventualmente deba prestarse podrá constituirse mediante retención en el precio.
La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el caso en que así se prevea en el citado anexo.
Los licitadores que tuvieran constituida una garantía global conforme a lo establecido en el artículo
98 del TRLCSP deberán aportar certificación expedida por la Caja Municipal comprensiva de la existencia de la garantía global y de la suficiencia de la misma.
En el caso de las uniones temporales de empresarios las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas que concurran agrupadas, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
Las sociedades cooperativas andaluzas sólo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de las garantías que hubieren de constituir, conforme al artículo 116.6 de la Ley 14/2011, de 23 de Diciembre de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas de los licitadores hasta la adjudicación del contrato. Para el licitador que resulte adjudicatario, la garantía responderá también del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la cláusula 10.4 conforme al segundo párrafo del artículo 135.2 del TRLCSP.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva.
Si algún licitador retira su proposición injustificadamente, antes de la adjudicación, o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva o, por causa imputable al mismo no pudiese formalizarse el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional.
En el caso de ofertas consideradas desproporcionadas o anormales, la falta de contestación a la solicitud de información a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP o el reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, tendrán la consideración de retirada injustificada de la proposición.
b) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador.
l. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2. Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del documento nacional de identidad, o en su caso, el documento que haga sus veces.
3. Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copia compulsada del certificado que acredita las condiciones de aptitud profesional.
4. En cuanto a las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
La capacidad de las mismas se acreditará por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con lo establecido en el art. 9 y anexo 1.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
5. Los demás empresarios extranjeros deberán justificar mediante informe, en la forma recogida en el artículo 55 del TRLCSP, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
La acreditación de su capacidad de obrar se instrumentará a través de informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en los términos y condiciones del art. 10 del R.G.L.C.A.P.
c) Documentos acreditativos de la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder de representación, bastanteado por los Servicios Jurídicos de la Corporación, previo abono de la tasa prevista en la Ordenanza Fiscal en vigor.
Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto, no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
d) Documentos que acreditan la solvencia económica y financiera.
La justificación de la solvencia económica y financiera se acreditará por los medios previstos en el artículo 75 del TRLCSP.
Tanto los medios para justificar la solvencia como los criterios de selección se especificarán para cada contrato en el anexo III-A.
e) Empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, aportarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
f) Declaración responsable.
Asimismo, los licitadores deberán presentar una declaración responsable que incluya los siguientes extremos:
- Tener capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente al Estado y al Ayuntamiento de Benalmádena, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante Unión Temporal de Empresarios, en los términos del art. 56 del T.R.L.C.S.P.
La referida declaración se acreditará conforme al modelo establecido en el anexo III B.
g) Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo.
A los efectos de la aplicación de la regla prevista en el artículo 86.1 del RGLCAP, los licitadores deberán presentar relación de las empresas pertenecientes al mismo grupo o encontrarse en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, con indicación de los que se presentan a licitación.
En caso de no pertenecer a ningún grupo, deberá aportar declaración en tal sentido.
h) Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental.
En los casos en que así se señale en el anexo I, los licitadores presentarán los certificados a que se refieren los artículos 80 y 81 del TRLCSP, relativos al cumplimiento por el empresario de las normas de garantía de la calidad, así como de las normas de gestión medioambiental.
i) Documento de compromiso conforme a la cláusula 6.2.
En caso de que en el anexo IV se exija el compromiso de dedicación o adscripción de los medios personales o materiales suficientes para la ejecución del contrato, conforme a la cláusula 6.2 deberá aportarse documento acreditativo del compromiso por el licitador de tal circunstancia.
9.2.1.2. Carpeta 2: Documentación técnica.
En esta carpeta se Incorporarán los siguientes documentos:
a) Documentos que acreditan la solvencia técnica.
La justificación de la solvencia se acreditará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 77 del TRLCSP.
Tanto los medios para justificar la solvencia como los criterios de selección se especificarán en el anexo IV.
En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades conforme a la cláusula
6.2 de este pliego, deberá presentar certificado, emitido por el órgano de dirección de la citada empresa, acreditativo de tal circunstancia.
b) Subcontratación.
En caso de que así se exija en el anexo I, se indicará la parte del contrato que se tenga previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
Asimismo, si así se establece en el anexo I ,podrá imponerse al contratista la subcontratación con terceros no vinculados al mismo, de determinadas partes de la prestación que no excedan en su conjunto del 50% del presupuesto del contrato.
Si así se indica en el anexo I, la documentación indicada en los anteriores apartados 9.2.1.1.b, 9.2.1.1.c, 9.2.1.1.d, 9.2.1.1.e, 9.2.1.1.f, 9.2.1.1.h, 9.2.1.1.i y 9.2.1.2 se sustituirán
por la declaración responsable que a continuación se inserta, junto con la justificación, en caso de ser exigida, de la constitución de la garantía provisional , en su caso, el documento que el art. 59.2 del TRLCSP exige a las empresas que concurran en UTE, previsto en el párrafo 2º de la cláusula 9.2.1. del presente PCAP y la relación de empresas pertenecientes al grupo o declaración de no pertenencia a grupo, conforme a la cláusula 9.2.1.g.
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. ................................................. con residencia en ......................... C/ .....................Nº ............
con D.N.I. nº.........................., teléfono ....................... fax..........................e-mail ;
enterado de los requisitos y condiciones exigidos para la adjudicación del contrato denominado “ ”. En nombre propio o en representación de
...................................... C.I.F.........................., declara responsablemente que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Ayuntamiento de Benalmádena, obligándose a aportar los documentos integrantes del sobre nº 1 del PCAP, cuando la Administración le requiera para ello.
En ......................................... a....... de........................ de ...........................
(lugar, fecha y firma)
El órgano de contratación requerirá, únicamente al licitador que presente mejor oferta a cuyo favor recaiga propuesta de adjudicación, la aportación de los documentos inicialmente sustituidos por la anterior declaración responsable, previstas en las cláusulas 9.2.1. y 9.2.2. del presente PCAP, a cuyo efecto le otorgará el plazo xx xxxx días hábiles.
9.2.2. Sobre nº 2. Titulo: Documentación relativa a los aspectos que serán objeto de negociación.
Este sobre incluirá la documentación que se indica en el anexo V y se presentará perfectamente clasificada por apartados y siguiendo la misma estructura que se contiene en el citado anexo.
Sólo se podrán tomar en consideración las variantes o mejoras que se hayan previsto expresamente en el pliego. En este caso se precisará en el anexo I sobre qué elementos y en qué condiciones queda autorizada su presentación.
La proposición económica, debidamente firmada y fechada, deberá ajustarse al modelo oficial que figura como anexo VI.
En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En la oferta económica se entenderán incluidos a todos los efectos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
Cada licitador solamente podrá presentar una Proposición, no siendo admitidas las proposiciones económicas por importe superior al presupuesto previamente aprobado.
Cuando el pago del precio total de los bienes a suministrar, consista parte en dinero y parte en la entrega de bienes de la misma clase, la valoración de éstos deberá consignarse expresamente por los empresarios en sus ofertas.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letras, prevalecerá la consignada en letras.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para la oferta.
10. Selección del contratista y adjudicación.
10.1. Recepción de documentación.
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, por funcionario de la Sección de Contratación se expedirá certificado donde se relacionen las proposiciones recibidas, las presentadas por correo con los requisitos de la cláusula 9.1 pero aún no recibidas o, en su caso, sobre la ausencia de licitadores que, junto con los sobres, remitirá a la Secretaría de la Mesa de contratación designada por el órgano de contratación. Caso de no constituirse Mesa, en procedimiento negociado sin publicidad, dicho certificado se remitirá al órgano de contratación.
10.2. Certificación, calificación de documentos e invitación a presentar ofertas.
En procedimientos negociados con publicidad o sin publicidad en los que se haya acordado la actuación xx Xxxx de contratación, una vez recibidos los sobres por la Secretaría de la Mesa de Contratación, junto con el certificado de la persona encargada de la Sección de Contratación, se reunirá la misma, para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesados y lo hará público a través del perfil de contratante del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Posteriormente se reunirá la Mesa de Contratación para proponer la admisión o rechazo de los solicitantes.
En los procedimientos negociados con publicidad, el órgano de contratación , una vez comprobada la personalidad y solvencia de los solicitantes, seleccionará a los mismos y los invitará simultáneamente y por escrito a presentar sus proposiciones conforme a lo previsto en los artículos 165 y 166 del T.R.L.C.S.P. La fecha de apertura pública de los Sobres nº 2 se anunciará en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento.
De tratarse de un procedimiento negociado sin publicidad en el que no se haya acordado la constitución xx Xxxx de Contratación, los trámites indicados de calificación documental y subsanación se efectuarán previa y directamente por la Sección de Contratación, quien igualmente podrá solicitar los informes que estime pertinentes a los efectos de la adjudicación.
10.3. Negociación del contrato.
En el anexo VII-A se establecerán los criterios de adjudicación sobre los que versarán los aspectos económicos y técnicos objeto de negociación.
Cuando sólo se utilice un criterio de adjudicación, éste ha de ser, necesariamente, el del precio más bajo.
Si así se establece en el anexo VII-A el procedimiento negociado se podrá articular en fases sucesivas, a fin de reducir progresivamente el número de ofertas a negociar mediante la aplicación de los criterios de
adjudicación, indicándose el umbral mínimo de puntuación necesario para continuar en el proceso selectivo.
El órgano de contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los aspectos económicos y técnicos objeto de negociación con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa.
La negociación se articulará en dos fases:
En una primera fase el órgano de contratación evaluará las proposiciones recibidas y comunicará a cada candidato a través de la dirección de correo electrónico o fax facilitados en sus sobres, en que posición se encuentra, especificando las puntuaciones totales y parciales obtenidas por todas las proposiciones admitidas, sin que en ningún caso pueda divulgarse la identidad de los candidatos.
En una segunda fase el órgano de contratación invitará a las tres primeras clasificadas a presentar, en un plazo no superior a dos días, una segunda oferta que mejore la primera. Las nuevas puntuaciones obtenidas serán comunicadas a los candidatos que hayan sido invitados a presentar una segunda proposición.
En el procedimiento se tiene que facilitar la misma información a todos los candidatos. En ningún caso se proporcionará información particular que pueda suponer alguna ventaja para algún candidato en detrimento de los otros.
De todas las actuaciones que se lleven a cabo durante la negociación hay que dejar constancia en el expediente.
De existir igualdad entre las proposiciones, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio. De persistir la igualdad, la misma se dirimirá por sorteo.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se actuará conforme al artículo 152 del TRLCSP, siendo el plazo de justificación de ofertas no superior a 5 días hábiles. A tal fin, en el anexo VII-B podrán incluirse los parámetros objetivos en función de los cuales se presumirá que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de valores anormales o desproporcionados.
10.4 Documentación previa a la adjudicación del contrato.
Finalizada la negociación, una vez valorados los criterios de adjudicación de conformidad con el anexo VII A, el órgano de contratación, clasificará las proposiciones que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, por orden decreciente atendiendo a los criterios de adjudicación y requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
10.4.1. Supuesto en el que el anexo I contemple que la aportación inicial de la documentación acreditativa de los requisitos previos del sobre nº 1 se sustituya por una declaración responsable.
10.4.1.1. Deberá presentar la totalidad de la documentación exigida en la cláusula 9.2.1.1. y
9.2.1.2. del presente PCAP que no hubiese sido aportada previamente en el sobre nº 1. Dicha documentación será examinada por la Mesa de Contratación. Si la misma no se hubiese presentado, la Mesa, procederá a la exclusión del licitador del procedimiento de adjudicación.
Si el licitador presenta la documentación y la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la misma, lo comunicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesados y lo hará público a través del perfil de contratante del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación.
Si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación, será excluido del procedimiento de adjudicación.
10.4.1.2. Asimismo deberá presentar la documentación que a continuación se indica, que podrá ser expedida, si así se indica en el anexo I, por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. La falta de aportación de esta documentación en el plazo xx xxxx días hábiles se considerará retirada injustificada de la proposición por la persona licitadora, lo que supondrá su exclusión del procedimiento de adjudicación y la incautación de la garantía provisional que, en su caso, se hubiese constituido. La documentación a presentar es la siguiente:
a) Obligaciones tributarias.
a.1 Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de Noviembre, por el que se desarrolla parcialmente, la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
a.2. Certificación positiva expedida por el Ayuntamiento de Benalmádena, a petición del interesado, justificativa de la no existencia de deudas de naturaleza tributaria municipal.
b) Obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
Las circunstancias establecidas en las letras a.1) y b) anteriores podrán también acreditarse mediante la aportación del certificado expedido por los Registros Oficiales previstos en el art. 83 del TRLCSP, siempre que acrediten los anteriores extremos, tal como se indica en la cláusula 9.2.1.
c) Impuesto sobre Actividades Económicas.
Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
d) Garantía definitiva.
Resguardo acreditativo de la constitución, en la Caja Municipal, de una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición del órgano de contratación.
Cuando así se prevea en el Anexo I, la garantía podrá constituirse mediante retención del precio en la forma y condiciones previstas en dicho Anexo.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de ésta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
Las Sociedades Cooperativas Andaluzas sólo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de las garantías que hubieren de constituir conforme al artículo 116.6 de la Ley 14/2011, de 23 de Diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
Cuando así se indique en el anexo I y de conformidad con el artículo 95.2 del TRLCSP, se podrá exigir una garantía complementaria de hasta un 5% del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10% del precio del contrato.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido el vencimiento del plazo de garantía señalado en el anexo I y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del contratista.
e) Otra Documentación.
Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP, que le reclame el órgano de contratación.
10.4.2. Supuesto en el que el anexo I no contemple que la aportación inicial de la documentación acreditativa de los requisitos previos del sobre 1 se sustituya por una declaración responsable de la persona licitadora.
Deberá presentar la documentación señalada en el apartado anterior 10.4.1.2., que podrá ser expedida, si así se indica en el anexo I, por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. La falta de aportación de esta documentación en el plazo xx xxxx días hábiles se considerará retirada injustificada de la proposición por la persona licitadora, lo que supondrá su exclusión del procedimiento de adjudicación y la incautación de la garantía provisional que, en su caso, se hubiese constituido.
En los supuestos de los apartados 10.4.1 y 10.4.2 de esta cláusula, si la persona licitadora es excluida del procedimiento de adjudicación, se procederá a solicitar la misma documentación a la persona licitadora siguiente por el orden decreciente de puntuación en que hayan quedado clasificadas las ofertas, y así se procederá sucesivamente hasta que se presente correctamente la documentación exigida.
10.5. Adjudicación del contrato.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación indicada en el apartado anterior.
La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato. Dicha adjudicación se notificará a los candidatos y simultáneamente se publicará en el Perfil de Contratante, en los términos del artículo 151 del TRLCSP.
El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
11. Perfección y formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará con su formalización.
Antes de la formalización del contrato, cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresas, deberá aportar la escritura pública de constitución de la unión, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
Asimismo, antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar haber abonado el importe total de los anuncios de licitación y, en su caso, el de la publicación en otros medios de difusión dentro de los límites máximos de posible repercusión establecidos en el anexo I.
El contrato, si no es susceptible de recurso especial en materia de contratación, conforme al artículo 40 del TRLCSP, se formalizará en documento administrativo, dentro del plazo de quince días
hábiles (u ocho en expedientes urgentes), a contar desde el siguiente al del recibo de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, se estará a los plazos establecidos en el artículo 156.3 del TRLCSP.
La propuesta de mejora aceptada, en su caso, por el órgano de contratación en la adjudicación formará parte del contrato, debiendo, a tal efecto, recogerse expresamente en el mismo.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando, por causas imputables al contratista, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que en su caso se hubiese exigido.
Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por el adjudicatario el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas.
III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
12. Responsable del contrato.
El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada al ente, organismo o entidad contratante o ajena a él. Dicho responsable se determina en el anexo I.
La designación o no del responsable, y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución del objeto del contrato, salvo que las deficiencias sean debidas a orden directa del mismo.
El responsable y sus colaboradores, acompañados por el delegado del contratista, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el suministro.
El contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a la Administración asistencia profesional en las reuniones explicativas o de información, que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
13. Ejecución del contrato y obligaciones específicas.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
En el Anexo I se establecen, en su caso, obligaciones específicas del contratista.
14. Entrega de bienes.
El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el anexo I y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas.
El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra.
Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas del suministro, debiendo, igualmente, proceder el contratista, en su caso, a la retirada de los bienes entregados como pago de parte del precio.
Los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido, serán de cuenta del contratista salvo pacto en contrario.
15. Obligaciones laborales, sociales y económicas del contratista.
El personal adscrito al suministro dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
El contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.
Asimismo el contratista estará obligado a observar el cumplimiento de lo previsto en el Decreto 293/2009 de 7 de Julio por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
Corresponderá y será de cargo del contratista:
a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del suministro.
b) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede, y los de materiales, personal, transporte, entrega y retirada de los bienes hasta el lugar y destino convenido, montaje, puesta en funcionamiento o uso y posterior asistencia técnica de los bienes que
en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse.
c) Las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del suministro contratado, con el límite del 1% del precio total del contrato.
d) La indemnización de los daños que se causen tanto a la Administración como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Administración.
e) Toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en la fabricación del suministro, debiendo indemnizar a la Administración todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma.
16. Seguros.
El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, en los términos que, en su caso, se indique en el pliego de prescripciones técnicas.
17. Plazos y penalidades.
1. El contratista queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su realización en el anexo I, así como de los plazos parciales señalados en el citado anexo.
0.Xx constitución en xxxx por el contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación.
Si llegado al término de cualquiera de los plazos parciales o del final, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 212 del TRLCSP, por la resolución del contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de las penalidades establecidas en el citado artículo. En el anexo I podrán establecerse otras penalidades distintas a las previstas en el mencionado artículo 212 del T.R.L.C.S.P., atendiendo las especiales características del contrato y si ello se considera necesario para su correcta ejecución
En el caso de que el contrato incluyera cláusulas de revisión de precios y el incumplimiento del plazo fuera imputable al contratista, se procederá en la forma y en los términos previstos en el artículo 93 del TRLCSP.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Administración por daños y perjuicios originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP.
3. El anexo I podrá Incluir penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las obligaciones esenciales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme a los artículos 64 y 118.1 del TRLCSP. Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento, y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
4. Para la imposición de este tipo de penalidades se sustanciará un procedimiento en el que necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones al contratista. Dichas penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación a propuesta del responsable del contrato, si se hubiese designado éste y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que en concepto de pago parcial o total, deban abonarse al contratista o sobre la garantía constituida, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
18. Abono del precio.
El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
El pago del precio se realizará, según se indique en el anexo I, de una sola vez a la entrega de los bienes o mediante pagos parciales.
El pago del precio se efectuará previa presentación de factura, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se presente para el cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno. Las facturas se presentarán en el Registro del Negociado de Facturas de la Intervención Municipal, órgano encargado de la tramitación de las mismas.
Cuando se hubieren entregado bienes como pago de parte del precio se estará a lo establecido en la cláusula 3 de este pliego.
La Administración tendrá la obligación de abonar el precio, conforme a lo previsto en el art. 216 del TRLCSP, rigiéndose asimismo por este precepto y por el artículo 217 del TRLCSP, las demoras en el pago por la Administración. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el Registro indicado en el presente P.C.A.P.,en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de la entrega efectiva las mercancías.
El contratista tendrá derecho también a percibir abonos a cuenta por el importe de operaciones preparatorias de la ejecución del contrato y que estén comprendidas en el objeto del mismo, siempre que se hayan detallado en el Anexo I las especificaciones a que se refieren el art. 216 del TRLCSP y debiéndose asegurar dichos pagos, mediante la prestación de garantía.
Para la transmisión de derechos de cobro, se estará a lo previsto en el art. 218 del T.R.L.C.S.P.
19. Recepción.
La recepción se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los artículos 222 y 292 del TRLCSP.
En todo caso la recepción exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción o conformidad, dentro del mes siguiente a la entrega, salvo que en el anexo I se indique un plazo distinto.
Si los bienes no se hayan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
El plazo de garantía del presente contrato será el fijado en el anexo I, y comenzará a contar desde la fecha de recepción o conformidad. Si durante dicho plazo se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en los artículos 100.d y 298 del TRLCSP.
Transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades, se devolverá o cancelará la garantía constituida de conformidad con lo establecido en el artículo 102 del TRLCSP.
20. Modificación del contrato.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en el Título V del Libro I del TRLCSP y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del citado Texto.
En su caso, en el anexo I se especificará la posibilidad de modificar el contrato, con sus condiciones, alcance, límites, procedimiento y demás requisitos previstos en el art. 106 y 108 del TRLCSP.
Ni el contratista ni el responsable del contrato podrán introducir o ejecutar modificación alguna en el objeto del contrato sin la debida aprobación previa y, en su caso, del presupuesto correspondiente por el órgano de contratación. Las modificaciones que no estén debidamente autorizadas por la Administración originarán responsabilidad en el contratista, el cual estará obligado a rehacer la parte de los mismos que resulte afectada por aquéllas sin abono alguno.
Cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato de suministro acordadas conforme a lo establecido en el artículo 219 y en el título V del libro I del TRLCSP, se produzca aumento, reducción o supresión de las unidades de bienes que integran el suministro o la sustitución de unos bienes por otros siempre que los mismos estén comprendidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas.
21. Resolución del contrato.
Son causas de resolución del contrato las previstas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP, así como el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los párrafos 3° y 4° de la cláusula 12 del presente pliego, la incursión del contratista durante las vigencia del contrato en alguna de las prohibiciones recogidas en la normativa vigente, u otras que se establezcan en el anexo I.
El Contratista estará obligado a comunicar al Ayuntamiento de Benalmádena la declaración de concurso o de insolvencia, o de cualquier otra circunstancia que implique la prohibición de
contratar del contratista adoptados durante la vigencia del contrato, lo que efectuará en el plazo máximo de 10 días naturales desde que tal situación se haya producido.
El acaecimiento de cualquiera de las causas, en los términos establecidos , facultará al órgano de contratación para dar por resuelto el contrato, con la indemnización de daños y perjuicios y demás efectos que procedan conforme a la normativa aplicable .El importe de la garantía responderá de todo ello , en cuanto alcance ,y sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda de la garantía incautada, en su caso.
En caso de que se inicie expediente de resolución del contrato por imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactado, o por la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público, de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, podrá iniciarse el procedimiento para la adjudicación del nuevo contrato, si bien la adjudicación de éste quedará condicionada a la terminación del expediente de resolución. Hasta que se formalice el nuevo contrato, el contratista quedará obligado , en la forma y con el alcance que determine el órgano de contratación, a adoptar las medidas necesarias por razones de seguridad , o indispensables para evitar un grave trastorno al servicio público, de conformidad con lo establecido en el apartado 6 del artículo 225 del TRLCSP.
IV- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS.
22. Prerrogativas de la Administración.
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe jurídico de los órganos competentes en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, serán inmediatamente ejecutivos.
23. Jurisdicción competente.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación.
24. Recurso especial en materia de contratación.
Serán susceptibles de recurso especial, siempre que se trate de un contrato sujeto a regulación armonizada, los acuerdos de adjudicación , los pliegos reguladores de la licitación en los que establezcan las características de la prestación, los anuncios de licitación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento antecedente, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determine la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzca indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos.
No serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos de los órganos de contratación dictados en relación con las modificaciones contractuales no previstas en el Pliego que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105 a 107 del TRLCSP, sea preciso realizar unan vez adjudicados los contratos tanto si acuerdan como si no la resolución y la celebración de nueva licitación.
La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP.
Contra la resolución del recurso solo procederá la interposición de recurso contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
ANEXO I
CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO
Expediente: 49/2015 Organo de contratación: CONCEJALIA DE HACIENDA | Localidad: Benalmádena |
Objeto del contrato: SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas obrante en el expediente. | |
Código CPV: 39522100-8 | Código CPA: 13.92.22 |
Posibilidad de ofertar por lotes: SI |
Presupuesto máximo de licitación (IVA excluido): 59.991,00.-€. IVA : 12.598,11.-€. Desglosado de la siguiente forma: LOTE 1 Alquiler y montaje de 1 Carpa de forma poligonal: Precio 8.540,00 € + 1.793,40 € (21 % IVA) = 10.333,40 € IVA INCLUIDO. Alquiler y montaje de escenario profesional Layher: Precio 3.400,00 € + 714,00 € (21 % IVA) = 4.114,00 € IVA INCLUIDO. Alquiler y montaje de 3 módulos de camerinos: Precio 1.125,00 € + 236,25 € (21 % IVA) = 1.361,25 € IVA INCLUIDO. Alquiler y montaje de 2 baños químicos: Precio 800,00 € + 168,00 €(21 % IVA) = 968,00 € IVA INCLUIDO. Total LOTE 1 13.865,00 € + 2.911,65 € (21% IVA) = 16.776,65 € IVA INCLUIDO. |
LOTE 2 A) Feria San Xxxx Xxxxxxxx y montaje de 2 carpas de dimensiones 15 x 20 mts Precio 3.660,00 € + 768,60 €(21 % IVA) = 4.428,60 € IVA INCLUIDO. Xxxxxxxx y montaje de 4 carpas de dimensiones 12 x 15 mts Precio 4.392,00 €+ 922,32 €(21 % IVA) = 5.314,32 € IVA INCLUIDO. Alquiler y montaje de 4 carpas de dimensiones 10 x 20 mts, Precio 4.800,00 € + 1.008,00 €(21 % IVA) = 5.808,00 € IVA INCLUIDO. Alquiler y montaje de 2 jaimas de dimensiones 5 x 5 mts Precio 440 €+ 92,40 €(21 % IVA) = 532.40 € IVA INCLUIDO. Alquiler y montaje de 100 mts lineales xx xxxxxx Precio 700 € +147,00 €(21 % IVA) = 847,00 € IVA INCLUIDO. Xxxxxxxx y montaje de 7 jaimas rígidas de 5 x 5 mts. Precio 1.540 €+ 323,40 €(21 % IVA) = 1.863,40 € IVA INCLUIDO. B)Veladilla xxx Xxxxxx Xxxxxxxx y montaje de 2 jaimas rígidas de 5 x 5 mts Precio 440,00 €+ 92,40 €(21 % IVA) ) = 532.40 € IVA INCLUIDO. Alquiler y montaje de 1 baño químicos Precio 300,00 € + 63,00 €(21 % IVA) = 363,00 € IVA INCLUIDO. Total LOTE 2 16.272,00 + 3.417,12 € (21%) = 19.689,12 € IVA INCLUIDO. LOTE 3 A)Xxxxxxx Xxxxxx de la Xxxx Alquiler y montaje de 1 carpa de dimensiones 15 x 25 mts. Precio 2.287,00 + 480,27 €(21 % IVA) = 2.767,27 € IVA INCLUIDO. Xxxxxxxx y montaje de 3 jaimas rígidas de dimensiones 5 x 5 mts. Precio 660,00 + 138,60 €(21 % IVA) = 798,60 € IVA INCLUIDO. B)Xxxxx Xxxxxx de la Xxxx Alquiler y montaje de 10 jaimas rígidas de dimensiones 5 x 5 mts, sin anclaje al suelo.(Partidos Políticos y Asociaciones). Precio 2.200,00 € + 462,00 €(21 % IVA) = 2.662,00 € IVA INCLUIDO. Alquiler y montaje de 1 carpa de dimensiones 8 x 10 mts, con estructura a dos aguas. (Juventud). Precio 500,00 + 105,00 €(21 % IVA) = 605,00 € IVA INCLUIDO. Alquiler y montaje de 1 carpa de dimensiones 10 x 25 mts, con estructura a dos aguas.(Ferias de Día). Precio 1.525,00 € + 320,25 €(21 % IVA) = 1.845,25 € IVA INCLUIDO. |
Alquiler y montaje de 800 sillas y 200 mesas xx xxxxxx, ambas plegables “Tipo Feria”.(Caseta Municipal) Precio 1.500,00 € + 315,00 €(21 % IVA) = 1.815,00 € IVA INCLUIDO Total LOTE 3 8.672,00 + 1.821,12 € (21%)= 10.493,12 € IVA INCLUIDO. LOTE 4 A) Semana Santa-El Paso Alquiler y montaje de 4 gradas con un total de 1.114 asientos Precio 4.400,00 € + 924 €(21 % IVA) = 5.324,00 € IVA INCLUIDO B) Feria de las Ciencias Alquiler y montaje de 10 jaimas rígidas, de dimensiones 5 x 5 mts Precio 2.200,00 € + 462 €(21 % IVA) = 2.662,00 € IVA INCLUIDO. C) Fiesta Internacional de los derechos del Niño Alquiler y montaje de10 carpas de 3x3 metros Precio 600 + 126,00 €(21 % IVA) = 726,00 € IVA INCLUIDO D) Navidad Internacional Alquiler y montaje de 20 carpas de 3x3 metros. Precio 1.200 + 252,00 €(21 % IVA) = 1.452,00 € IVA INCLUIDO Total LOTE 4 8.400,00 + 1.764,00 (21%) 10.164,00 € IVA INCLUIDO. LOTE 5 A) Navidad y Carnaval Xxxxxx de la Miel Alquiler y montaje de 1 Carpa de forma poligonal Precio 6.832,00 + 1.434,72 € (21 % IVA) = 8.266.72 € IVA INCLUIDO. Navidad y Carnaval Benalmádena Pueblo Alquiler y montaje de 1 carpa de dimensiones 10 x 25 mts. Precio 3.050,00 + 640,50 € (21 % IVA) €= 3.690,50 IVA INCLUIDO. B) Carnaval Xxxxxx de la Miel Alquiler de un sobre escenario, pasarela moqueta y faldón Precio 2.900,00 € + 609 € (21 % IVA) = 3.509,00 € IVA INCLUIDO. Total LOTE 5 12.782,00 € + 2.684,22 € (21%) 15.466,22 € IVA INCLUIDO. TOTAL LOTES 1, 2, 3, 4 Y 5: 59.991,00 € + 12.598,11 €(21 %IVA) = 72.589,11€ IVA INCLUIDO |
Concepto presupuestario: |
Valor estimado: 59.991,00.-€ |
Revisión del precio: NO |
Variación de precios en función de cumplimiento de plazos/rendimiento/penalizaciones por incumplimientos de cláusulas contractuales: NO (Indicar los objetivos de plazo, rendimiento y las penalizaciones, en su caso): |
Forma de pago: TRAS LA FINALIZACION DE CADA EVENTO. |
Plazo de ejecución: TODAS LAS CARPAS E INFRAESTRUCTURAS DEBERAN ESTAR INSTALADAS EN LAS DISTINTAS ZONAS DEL MUNICIPIO Y ENTREGADAS ANTES DE LAS FECHAS QUE SE DETALLAN A CONTINUACIÓN CON TODOS LOS REQUISITOS EN REGLA: − Feria y Fiestas de Xxx Xxxx 0000: LOTE nº 1 Recinto Xxxxxx xx Xxxxxx de la Miel, Montaje entre el 15 y el 18 xx xxxxx de 2016 y desmontaje el 30 xx xxxxx de 2016, excepto los baños químicos que se instalarán el 24 xx xxxxx y se desinstalarán el 30 xx xxxxx de 0000 x Feria y Fiestas de Xxx Xxxx 0000 x Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx 0000: LOTE nº 2 A Recinto Xxxxxx xx Xxxxxx de la Miel, Montaje entre el 15 y el 18 xx xxxxx de 2016 y desmontaje el 30 xx xxxxx de 2016 LOTE nº 2 B Parking de las Palmeras-Puerto Deportivo. Montaje el 00 xx xxxxx x xxxxxxxxxx xx 00 xx xxxxx xx 0000. − Feria y Fiestas Xxxxxx xx xx Xxxx 0000: LOTE nº 3 A Parque Rústico Casablanca, Montaje del 3 xx xxxxxx al 4 xx xxxxxx de 2016 y desmontaje el 8 xx xxxxxx de 2016. LOTE nº 3 B Recinto Ferial Los Xxxxxxx, Montaje el 9 xx xxxxxx de 2016 y desmontaje el 16 xx xxxxxx de 2016. − Semana Xxxxx-Xx Xxxx 0000: LOTE nº 4 A Parque Xxxxxxx Xxxxxxx, Montaje el 22 marzo de 2016 y desmontaje el 26 xx xxxxx de 2016. − Feria de las Ciencias 2016: LOTE nº 0 X Xxxxx xx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx el 20 abril de 2016 y desmontaje el 22 xx xxxxx de 2016. − Fiesta Internacional de los derechos del Niño 2016: LOTE nº 0 X Xxxxx xx Xxxxxx Xxx, Xxxxxxx el 20 de noviembre de 2016 a las 08:00 horas y desmontaje el 20 de noviembre de 2016 a las 22:00 horas |
− Navidad Internacional 2016: LOTE nº 4 D Plaza de la Mezquita, Montaje el 9 de diciembre de 2016 a las 08:00 horas y desmontaje el 10 de diciembre de 2016 a las 23:00 horas. − Navidad 2016 y Carnaval 2017: LOTE nº 5 A Plaza de la Xxxxxxxx xx Xxxxxx de la Miel y Plaza xxx Xxxxxxxx, Montaje el 5 de diciembre de 2016 y desmontaje 6 xx xxxxx de febrero de 2017. LOTE nº 5 B Plaza de la Xxxxxxxx xx Xxxxxx de la Miel, Montaje el 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xxxxxxxxxx 0 xx xxxxx xx 0000. NOTA: Se entiende por día de montaje, la finalización del mismo y su correspondiente entrega. |
Lugar de entrega: BENALMADENA CONFORME AL PPTP. |
Entrega de otros bienes de la misma clase como pago de parte del precio: NO (Especificar en su caso) |
Sujeto a regulación armonizada: NO |
Procedimiento de adjudicación: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD A TENOR DE LA CUANTIA. |
Constitución xx Xxxx de Contratación: NO |
Tramitación del expediente: ORDINARIA. |
Variantes o mejoras (artículo 147 TRLCSP) : SOLO SE ADMITEN MEJORAS EN CUANTO AL PRECIO Y EN CUANTO A LA POSIBILIDAD DE OFERTAR LA REALIZACIÓN DE 10 LONAS PARA LAS CASETAS MUNICIPALES SERIGRAFIADAS DE 5 METROS X 1 METRO, CON LA IMPRESIÓN QUE EL AYUNTAMIENTO ESTIME OPORTUNO. |
Plazo de presentación de solicitudes de participación, junto con sobres nº 1 y 2, en procedimientos negociados sin publicidad: DIEZ DÍAS NATURALES desde la invitación efectuada por la Administración. |
Posibilidad de sustituir por la declaración responsable que se inserta en la cláusula 9.2.1 in fine, la documentación requerida en los apartados 9.2.1.1.b, 9.2.1.1.c, 9.2.1.1.d, 9.2.1.1.e, 9.2.1.1.f, 9.2.1.1.h, 9.2.1.1.i y 9.2.1.2 del presente PCAP : SI |
Garantías: Acreditación por medios electrónicos, informáticos o telemáticos: NO |
Provisional: DISPENSADA |
Definitiva: 5% DEL PRESUPUESTO DE ADJUDICACION |
Garantía mediante retención en el precio: SI En caso afirmativo: Forma: mediante retención en el primer o varios pagos que se efectúen, hasta alcanzar el importe de la fianza. Condiciones: el contratista deberá presentar solicitud para que se le retenga del pago dicha garantía. |
Plazo de garantía: COINCIDENTE CON EL PLAZO CONTRACTUAL Y TRAS EL CORRECTO DESMONTAJE DE TODAS LAS INSTALACIONES. |
Precio más bajo como único criterio de adjudicación: NO |
Presentación de certificado de asistencia técnica: NO |
Presentación de certificados expedidos por organismos independientes acreditativos del cumplimiento de normas de garantía de la calidad o de gestión medioambiental: NO |
Acreditación de la documentación previa a la adjudicación mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos: SI |
Penalidades distintas a las previstas en el art. 212 del T.R.L.C.S.P.: NO |
Penalidades por cumplimiento defectuoso: NO |
-Subcontratación permitida: SI -Obligación de indicar en su oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, con indicación de importe y perfil empresarial: SI -Obligación del contratista de subcontratar con terceros no vinculados al mismo partes de la prestación, que sin exceder del 50% del presupuesto del contrato, gocen de sustantividad propia, siendo susceptible de realización separada. NO |
Responsable del contrato: D. XXXXXX XXXXXXXXX |
Condiciones en que se permiten abonos a cuenta por operaciones preparatorias |
Plazo distinto al previsto en el art. 222.2 del T.R.L.C.S.P. para efectuar la recepción |
Otras causas específicas de resolución contractual |
OTRAS OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA : Los adjudicatarios deberán presentar póliza de seguros de responsabilidad civil y daños a terceros, con entidad de reconocida solvencia, por cuantía suficiente para hacer frente a las responsabilidades que se pudieran ocasionar, cubriendo el referido seguro de responsabilidad civil, una cuantía mínima de siniestro según lo establecido en el Decreto de la Junta de Andalucía 109/2005, de 26 abril por el que se regula los requisitos de los contratos de seguro de obligación de responsabilidad civil. Los adjudicatarios estarán obligados a la corrección inmediata de los defectos o irregularidades que se detecten en esas inspecciones. Los adjudicatarios deberán aportar los proyectos y la documentación del fabricante que acrediten las características técnicas solicitadas y el cumplimiento de las exigencias del Código Técnico de Edificación. Una vez efectuado el montaje de las mismas, tendrán que aportar Certificados redactados por un Técnico Titulado competente y visado por su Colegio Oficial, indicando que, las condiciones de Seguridad de las Carpas, son adecuadas y cumplen la legislación vigente que les afectan para permitir su utilización destinada a actividades recreativas de carácter ocasional o extraordinario. |
Previsión expresa de la posibilidad de modificar el contrato, condiciones, alcance, límites, procedimiento y demás circunstancias previstas en los arts. 106 y 108 del TRLCSP. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
ANEXO II
ESPECIFICACIONES DEL SUMINISTRO
LOTE nº 1: Caseta Municipal Feria de San Xxxx.
Alquiler y Montaje 1 carpa poligonal, 1 escenario, 3 módulos de camerinos y 2 baños químicos, donde se ubicarán la Caseta Municipal y las actuaciones durante la Feria y Fiestas de Xxx Xxxx xx Xxxxxx xx xx Xxxx 0000.
− Alquiler y montaje de 1 Carpa de forma xxxxxxxxx xx xxxxx 00 x 00 x. xx xxxxxxx por 50 m. de fondo (Caseta Municipal).
− Alquiler y montaje de escenario profesional Layher o similar, de 12 m. de fondo por 14 de boca con una escalera y una rampa para la carga y descarga, además de dos alas de 4 m2 con sus correspondientes andamios, con faldón para cubrir el escenario y tela negra para cubrir los andamios.
− Alquiler y montaje de 3 módulos de camerinos de 4x2 m. con aire acondicionado, dos diáfanos y uno con baño.
− Alquiler y montaje de 2 baños químicos para minusválidos, incluyendo 6 días de limpieza y mantenimiento.
LOTE nº 2: Casetas para la Feria de San Xxxx xx Xxxxxx de la Miel y la Veladilla xxx Xxxxxx
Alquiler y Montaje de 10 carpas, 11 jaimas, 100 metros xx xxxxxx y un baño químico donde se ubicarán las Casetas de la Feria San Xxxx xx Xxxxxx de la Miel y la caseta Municipal en la Veladilla xxx Xxxxxx todas para 2016.
A) Feria San Xxxx
− Alquiler y montaje de 2 carpas de dimensiones 15 x 20 m., con estructura a dos aguas.
− Alquiler y montaje de 4 carpas de dimensiones 12 x 15 m., con estructura a dos aguas.
− Alquiler y montaje de 4 carpas de dimensiones 10 x 20 m., con estructura a dos aguas.
− Alquiler y montaje de 2 jaimas de dimensiones 5 x 5 m. (entradas Caseta Oficial).
− Alquiler y montaje de 100 m. lineales xx xxxxxx o barandilla (hierro o madera) para los porches de las Casetas.
− Alquiler y montaje de 7 jaimas rígidas de 5 x 5 m. (ubicación en C/ Seguidillas)
B) Veladilla xxx Xxxxxx
− Alquiler y montaje de 2 jaimas rígidas de 5 x 5 m.(Caseta Municipal).
− Alquiler y montaje de 1 baño químico para minusválidos, incluyendo 2 días de limpieza y mantenimiento. (Caseta Municipal).
LOTE nº 3: Casetas para la Romería, Feria de Día y Xxxxx Xxxxxx de la Xxxx de Benalmádena Pueblo.
Alquiler y Montaje de 3 carpas, 13 jaimas, 800 sillas y 200 mesas donde se ubicarán la Caseta Oficial para la Romería, Juventud, Feria de día, durante la Feria y Fiestas Xxxxxx xx xx Xxxx 0000.
X) Xxxxxxx
− Alquiler y montaje de 1 carpa de dimensiones 15 x 25 m., con estructura a dos aguas (Caseta Municipal Romería).
− Alquiler y montaje de 3 jaimas rígidas de dimensiones 5 x 5 m. (Caseta Municipal Romería).
B) Feria
− Alquiler y montaje de 10 jaimas rígidas de dimensiones 5 x 5 m., sin anclaje al suelo (Caseta Municipal).
− Alquiler y montaje de 1 carpa de dimensiones 8 x 10 m., con estructura a dos aguas (Caseta de la Juventud).
− Alquiler y montaje de 1 carpa de dimensiones 10 x 25 m., con estructura a dos aguas (Feria de Día Plaza xxx Xxxxxxxx).
− Alquiler y montaje de 800 sillas y 200 mesas xx xxxxxx, ambas plegables “Tipo Feria” (Caseta Municipal).
LOTE nº 4: Semana Santa, Feria de las Ciencias, Día Internacional de los Derechos del Niño y Navidad Internacional.
Alquiler y Montaje de 4 gradas, 30 carpas de 3x3 metros y 10 jaimas de 5x5 metros con motivo de la realización de la Semana Santa, Feria de las Ciencias, El Día Internacional de los Derechos del Niño y la Navidad Internacional 2016, en el Parque Xxxxxxx Xxxxxxx de Benalmádena Pueblo, la Plaza de la Mezquita y en la Plaza de Pueblo Xxx xx Xxxxxx de la Miel:
A) Semana Santa-El Paso
− Alquiler y montaje de 4 gradas con un total de 1.114 asientos , a instalar en el Parque Xxxxxxx Xxxxxxx.
B) Feria de las Ciencias
− Alquiler y montaje de 10 jaimas rígidas, de dimensiones 5 x 5 m., sin anclar al suelo (Feria de las Ciencias-Plaza de la Mezquita).
C) Fiesta Internacional de los Derechos del Niño
− Alquiler y montaje de10 carpas profesionales, plegables y homologadas de 3x3 m. sin anclar al suelo (Fiesta Internacional de los Derechos del Niño-Plaza Pueblo Sol).
D) Navidad Internacional
− Alquiler y montaje de 20 carpas profesionales, plegables y homologadas de 3x3 m. sin anclar al suelo (Navidad Internacional-Plaza de la Mezquita).
LOTE nº 5: Carpas para NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017.
Alquiler y Montaje de 2 carpas y 1 escenario, donde se ubicarán la zona de ocio para la Navidad 2016 y el Carnaval 2017.
A) Navidad 2016 y Carnaval 2017 de Arroyo de la Miel y Benalmádena Pueblo.
− Alquiler y montaje de 1 Carpa de forma xxxxxxxxx xx 00 x 00 x. xx xxxxxxx por 00 x. xx xxxxx (Xxxxx xx xx Xxxxxxxx).
− Alquiler y montaje de 1 carpa de dimensiones 10 x 25 m., con estructura a dos aguas (Plaza xxx Xxxxxxxx).
B) Carnaval Xxxxxx de la Miel.
− Alquiler y montaje de un sobre escenario de dimensiones 14 x 8 m. y 0,40 m. de altura, con rampa de 4 x 6 m., más una pasarela de 4 x 12 m. y 1,40 m. de altura. Además se suministrará e instalará 184 m2 de moqueta ignífuga a elegir entre un mínimo de 20 colores, plastificada que servirá para cubrir toda la infraestructura, incluyendo un faldón en color negro, en el escenario de la Plaza de la Xxxxxxxx xx Xxxxxx de la Miel.
NOTA: Las medidas y cantidad de las Carpas podrán tener una tolerancia de +/-10%. Además podrán ser reubicadas en otro espacio, siempre y cuando se informe a la empresa adjudicataria con al menos 10 días de antelación al montaje.
Características técnicas de las Carpas:
− Aluminio extrudido en continuo a alta presión en frío, aleación 6082 T6 y/ó 6061 T6 lacado o anonizado a 15 micras.
− Piezas de unión fabricadas de aluminio o acero con tratamiento de protección de galvanizado en caliente según norma UNE EN ISO 1461:1999.
− Estructura auto-portante sin mástiles centrales.
− Cables de arriostramiento xx xxxxx con alma textil recubierto y protegido con P.V.C. transparente..
− Tornillería xx xxxxx con protección de zincado calibrada en frío según norma DIN. Calidad
8.8 ó superior.
− Lonas laterales compuestas de dos piezas de 2.5 mts unidas por cierre de ollados y cuerdas, movibles lateralmente a modo xx xxxxxxx.
− Protección solar total (tejido opaco).
− Lonas fortalecidas y pretensadas en su fabricación horizontal y verticalmente cuyo espesor del revestimiento e hilatura interior será de mayor calidad que otros tejidos convencionales.
− Tejido de poliéster recubierto de PVC a una cara impermeable e ignifugo con calificación M2 según norma UE 23 - 727:90 o norma EN 13501 – 1:2002.
Características técnicas de las jaimas rígidas de 5x5 metros:
− Perfil cuadrado de 65 Mm. X 65 Mm. mínimo, anclajes y piezas de unión en hierro zincado.
− Estructura de aluminio anodizado, aleación 6005 T6 y piezas de unión en aluminio inyectado.
− Diseño de acuerdo con normas internacionales de construcción.
− Cerramientos con techo y laterales xx xxxx de poliéster de PVC con resistencia a la lluvia con impermeabilidad total.
− Lonas de techo tensadas verticalmente con barra tensora y carracas.
− Protección solar total (tejido opaco).
− Lonas fortalecidas y pretensadas en su fabricación horizontal y verticalmente cuyo espesor del revestimiento e hilatura interior será de mayor calidad que otros tejidos convencionales.
− Excelente comportamiento al desgarro y a la suciedad.
− Reacción contra el fuego.
− Tejido de poliéster recubierto de PVC a una cara impermeable e ignifugo con calificación M2 según norma UE 23 - 727:90 o norma EN 13501 – 1:2002.
Características técnicas de las carpas plegables de 3x3 metros:
− Perfil hexagonal mínimo de 41 X 41 X 2 Mm. , anclajes y piezas de unión de aluminio.
− Estructura de aluminio anodizado, aleación 6005T6 y piezas de unión en aluminio inyectado..
− Tejido de poliéster recubierto de PVC a una cara impermeable e ignifugo con calificación M2 según norma UE 23 - 727:90 o norma EN 13501 – 1:2002
− Protección solar total (tejido opaco).
− Durabilidad de los colores según certificado ISO.
− Impermeable según certificado ISO.
− Resistencia al viento certificada ISO
Características técnicas del escenario:
− Plataforma-escenario construido en estructura modular metálica sistema
“LAYHER” o similar, suelo en bastidor metálico y panel xx xxxxxx, con un acabado xx xxxxxx fenólica de color negro con las medidas stándar cumpliendo normas de C.E.E.
· Estructura: Apuntalamiento Sistema “LAYHER”o similar.
· Resistencia: 750 A 1.000 Kg./M2.
· Tarima Escenario.-: Tablero “Wisa Trans” antideslizante o similar.
Medidas: 14 M. Frente X 12 M. De Fondo, más dos alas de 2x2 metros y andamiaje.
· Altura escenario- 1,60 Metros máximo
· Dotado xx xxxxxxxx de acceso y rampa de carga y descarga
· Faldón Perimetral y lonas de los andamios, en tela color negro.
Características técnicas de las gradas:
Tribuna metálica desmontable para utilizarla temporalmente, al aire libre o en interior. Recomendada para eventos de pequeña envergadura (504 espectadores al aire libre en cada cuerpo xx xxxxxxx). Densidad alta de aforo (3,6 espectadores /m2).
Módulos de asientos: 5 plazas por fila (2,25 metros).
• Módulos xx xxxxxxxx: 2 plazas de asiento en última fila (0,96 metros).
Construcción en filas
• de 3, 4, 5 filas con barandas, creciendo en múltiplos de 5 filas.
• otras composiciones, rogamos consultar.
La estructura metálica de las tribunas (xxxxxx, pilares, crucetas y cerchas) se realiza en perfil xx xxxxx laminado en frío S275, que posteriormente, se galvaniza en caliente a 450º.
La superficie de pasillos y escaleras, con tarimas de polipropileno, es antideslizante y ranurada para facilitar la limpieza y el drenaje de líquidos.
Todas las tribunas con barandas llevan husillos, que permiten regular la altura de los pilares para adaptar la grada a los desniveles del terreno de hasta 200 mm.
Tipo de asiento: asiento corrido sin respaldo. Fabricados en polipropileno copolímero transformado mediante moldeo por inyección. Superficie acabada en brillo y desagües centrales.
Resistencia a la luz: Aditivado antiUV, según Xxxxx EN 13200/4. Dimensiones
Fondo fila: 63 cm / Altura fila: 20 cm Densidad de ocupación: 3,60 p/m2
Opciones de instalación: Permite alternar módulos de asiento (m) y escaleras (e), en cualquier orden, sin límite de tamaño. La disposición lineal recomendada es (2m-e-4m...-e-4m-e-2m). Para cuerpos pequeños puede ser (2m-e-2m) o equivalente.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
ANEXO III-A
9.2.1.1. SOBRE 1 - CARPETA 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL.
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (9.2.1.1.d)
Medios de acreditación:
• Mediante la declaración relativa a la cifra anual de negocios de suministros en el curso de los tres últimos ejercicios concluidos.
Criterios para determinar la solvencia:
Se considerará que el licitador ostenta solvencia económica y financiera si cumple con el siguiente criterio:
• Que de la declaración relativa en la cifra global de negocios de suministros resulte que la de mayor importe de los tres últimos años concluidos, deberá ser al menos de 89.986,50.-€ (una vez y media el valor estimado del contrato).
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
ANEXO lll-B
9.2.1.1. SOBRE 1 - CARPETA 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR (9.2.1.1.f)
D.
con residencia en provincia xx
xxxxx nº
según Documento Nacional de Identidad n° en nombre, propio o de la empresa
que representa, declara y manifiesta al órgano de contratación, bajo su personal responsabilidad:
-Tener plena capacidad de obrar, hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
- No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
- No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante Unión Temporal de Empresarios.
(Lugar, fecha y firma del proponente)
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
ANEXO IV
9.2.1.2. SOBRE 1 - CARPETA 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. SOLVENCIA TÉCNICA (9.2.1.2. a)
MEDIOS. Relación de los principales suministros efectuados durante los últimos cinco años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
CRITERIOS DE SELECCION: El licitador acreditará ostentar solvencia técnica o profesional si la empresa ha efectuado, durante el año de mayor ejecución de los cinco años citados, un importe mínimo de 41.993,70.- € ( 70% del valor estimado del contrato) ( sin incluir impuestos), en suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (el cómputo final de los cinco años coincidirá con el último día de admisión de ofertas)
OTROS REQUISITOS:
- Nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: NO
- Compromiso de dedicación de los medios personales y materiales suficientes para la ejecución : NO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
ANEXO V
9.2.2. SOBRE 2 – DOCUMENTOS RELATIVOS A LOS ASPECTOS OBJETO DE NEGOCIACION
Este Sobre nº 2 contendrá la siguiente documentación:
1. Proposición económica, conforme al anexo VI del presente PCAP.
2. Documento suscrito por el licitador en el que se oferte, en su caso, la mejora consistente en la realización de 10 lonas para las Casetas Municipales serigrafiadas de 5 m. x 1 m., con la impresión que el Ayuntamiento estime oportuno.
3.
Especificaciones técnicas
esquemas.
de todos los productos ofertados, incluyendo fotografías x
XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
ANEXO VI
– PROPOSICION ECONOMICA.
D.
con residencia en provincia xx
xxxxx n°
según Documento Nacional de Identidad n° , teléfono , fax y e.mail
enterado de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas particulares, los cuales asume en su integridad, referidos al contrato de suministro denominado:
Se compromete, (en nombre propio o de la empresa que representa) a ejecutar la prestación con estricta sujeción a los requisitos exigidos, de acuerdo con las condiciones ofertadas, por la cantidad de (en letra y número)
Euros, IVA excluido.
A esta cantidad le corresponde un IVA de Euros, por lo que el importe total, IVA incluido asciende a la cantidad de
Euros.
Dicho importe incluye además todos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos contemplados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el contrato.
El desglose de dicha oferta es el siguiente:
Lote nº Denominación artículo Número de unidades Importe total en euros
(Especificar el precio de todos los elementos incluidos en los lotes por los que se opta).
(Lugar, fecha y firma del proponente)
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
ANEXO Vll-A
10.4. ASPECTOS OBJETO DE NEGOCIACIÓN.
Precio y oferta, en su caso de 10 lonas para las Casetas Municipales serigrafiadas de 5 metros x 1 metro, con la impresión que el Ayuntamiento estime oportuno.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
- Mejor oferta económica 90 puntos sobre 100
Se aplicará el baremo utilizando la siguiente fórmula:
Puntuación (A-B)X90
(A-C)
A = Presupuesto de licitación por lote.
B = Oferta de la empresa objeto de la puntuación C = Oferta más ventajosa
- Realizar 10 lonas para las Casetas Municipales serigrafiadas de 5 metros x 1 metro, con la impresión que el Ayuntamiento estime oportuno.................................................... 10 puntos sobre 100.
UMBRAL MINIMO DE PUNTUACIÓN PARA CONTINUAR EN EL PROCESO SELECTIVO
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
ANEXO Vll-B
10.5. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
PARÁMETROS OBJETIVOS PARA CONSIDERAR UNA OFERTA ANORMAL O DESPROPORCIONADA.
RESOLUCIÓN APROBATORIA
Incoado e instruido el expediente de contratación referente al SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CARPAS E INFRAESTRUCTURAS PARA LA SEMANA SANTA, FERIA DE LAS CIENCIAS, XXXXX XX XXXXXX DE LA MIEL, VELADILLA XXX XXXXXX, FERIA DE BENALMADENA PUEBLO, DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NAVIDAD INTERNACIONAL, NAVIDAD 2016 Y CARNAVAL 2017 DE BENALMADENA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, (nº expediente
49/2015) constando en el mismo los documentos reseñados en el art. 105 del T.R.L.C.S.P., resuelvo aprobar el referido expediente con carácter ORDIARIO, con los documentos que lo conforman, el pliego de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, la apertura del procedimiento de adjudicación, la aprobación del gasto que el expediente comporta y la designación, como responsable del contrato a D. XXXXXX XXXXXXXXX, todo ello conforme a lo previsto en los artículos 110 y concordantes del T.R.L.C.S.P.
Dése copia de la presente Resolución a la Secretaría General, al Sr. Interventor, al responsable del contrato y al Jefe de la Sección de Contratación.
Lo manda y firma el Sr. Concejal Delegado de Hacienda, en Benalmádena a
EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA, LA VICESECRETARIA,
(Dictada por Delegación de la Alcaldesa, conforme al art. 13 de la Ley 30/92)