Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION, DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES A TODAS LAS REDES Y ORGANOS DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE INCLUYENDO LOS ORGANISMOS AUTONOMOS Y SOCIEDADES PARTICIPADAS INTEGRAMENTE POR EL AYUNTAMIENTO.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que sobre la base del presente pliego se realice, tendrá por objeto la prestación de los servicios de telecomunicaciones a todas las redes y órganos del Ayuntamiento , incluyendo los organismos autónomos y las sociedades participadas íntegramente por el Ayuntamiento, de acuerdo con las condiciones y especificaciones técnicas que se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas elaborado al efecto, y en el presente pliego, teniendo ambos carácter contractual, y que a efectos de su adjudicación se divide en los siguientes lotes:
Lote 1 | Servicios de voz fija, datos e internet. | Operador único, ofertando servicios de back up de voz asociados a las ubicaciones principales. |
Lote 2 | Servicios de voz y datos en movilidad | Operador único. |
Los licitadores podrán presentar oferta para un sólo lote o presentar oferta a ambos
lotes.
La delimitación, alcance y características de los servicios a prestar, quedan establecidas y detalladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como en los Anexos que integran el mismo.
Codificación en el Vocabulario Común de Contratos de la CE (CPV): 64210000-1 ( Servicios telefónicos y de transmisión de datos) 64212000-5 ( Servicios telefónicos móviles)
La necesidad administrativa a satisfacer con el presente contrato, es facilitar las relaciones tanto internas como externas del Ayuntamiento y los entes dependientes del mismo para llevar a cabo las funciones que les corresponden, para lo cual habrá de disponer de un buen sistema de comunicaciones móviles y fijas.
2.- REGIMEN JURIDICO
El contrato, que con base en este Pliego se realice, tiene carácter administrativo, y se regirá:
- Por las cláusulas contenidas en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y las contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
- Por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- Por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx Xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- Por la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto en el ámbito estatal como de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que resulten aplicables a la misma.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego, excepto en aquellas cuestiones y especificaciones de carácter técnico.
3.- ORGANO CONTRATANTE
El órgano contratante, que actúa en nombre del Ayuntamiento de Portugalete, será la Junta de Gobierno Local, por delegación xxx Xxxxxxx.
El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
4.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del presente contrato será de CUATRO AÑOS, a contar si ello fuera posible desde el día 1 de Julio de 2012 o, en su caso, en la fecha que se establezca en el contrato administrativo que suscriban las partes.
El contrato podrá prorrogarse anualmente por un máximo de otros dos años por mutuo acuerdo entre las partes, previa la solicitud escrita del contratista remitida a la Administración con antelación a la fecha de su vencimiento, y debiendo recaer al efecto acuerdo expreso del órgano de contratación competente.
5.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO.
El presupuesto base de licitación, con inclusión del 18% de IVA , desglosado por anualidades, es el siguiente:
LOTE 1- SERVICIOS DE VOZ FIJA , DATOS E INTERNET
AÑO | TOTAL |
2012 | 102.188,62 € |
2013 | 204.377,23 € |
2014 | 204.377,23 € |
2015 | 204.377,23 € |
2016 | 102.188,62 € |
TOTAL | 817.508,92 € |
LOTE 2- SERVICIOS DE VOZ Y DATOS EN MOVILIDAD
AÑO | TOTAL |
2012 | 16.636,87 € |
2013 | 33.273,73 € |
2014 | 33.273,73 € |
2015 | 33.273,73 € |
2016 | 16.636,87 € |
TOTAL | 133.094,92 € |
De acuerdo con lo anterior, el tipo máximo de licitación ( con inclusión del I.V.A) se establece en la cantidad total de :
LOTE 1- 817.508,92 €
LOTE 2- 133.094,92 €
Los citados importes, podrán ser mejorados a la baja por los licitadores.
Existe la consignación presupuestaria suficiente para hacer frente a las obligaciones derivadas de la ejecución del presente contrato, con cargo a la partida 12.1214.22201 del Presupuesto Municipal del ejercicio 2012.
Respecto del resto de la financiación del contrato, por tratarse de un contrato cuya ejecución comprende varias anualidades, la Corporación Municipal deberá comprometerse a establecer, anualmente y respecto de los ejercicios que resulten afectados durante la ejecución del contrato, la adecuada consignación presupuestaria para hacer frente a las obligaciones económicas que se deriven del presente contrato, con cargo a la partida correspondiente del Presupuesto Municipal, y quedando la adjudicación de contrato sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el ejercicio correspondiente.
Cuando por retraso en la ejecución sobre lo previsto, en su caso, al iniciarse el expediente de contratación, suspensiones autorizadas, prórrogas de los plazos, o por cualquiera otras razones de interés público debidamente justificadas se produjese desajuste entre las anualidades establecidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares integrado en el contrato y las necesidades reales en el orden económico que el normal desarrollo de los servicios exija, el órgano de contratación procederá a reajustar las citadas anualidades según lo dispuesto en el artículo 96 del RGLCAP.
6.- REVISION DE PRECIOS
No procede la revisión de precios durante el plazo de vigencia del contrato.
Si por aplicación de las cláusulas contenidas en el presente pliego se procediera a la prórroga del contrato, el precio del contrato se actualizará mediante la aplicación del 85% del incremento o disminución que experimente el I.P.C., elaborado por el Instituto Nacional de Estadística , correspondiente al año anterior al de la prórroga.
El importe de las revisiones que procedan se hará efectivo, de oficio, mediante el abono o descuento correspondiente en los pagos parciales o, excepcionalmente, en la liquidación del contrato, cuando no hayan podido incluirse en dichos pagos parciales
7.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar, incluidas las posibles prórrogas previstas del mismo y sin incluir el
I.V.A. que deberá soportar la Administración, asciende a la cantidad de 1.208.394,72 €.
La adjudicación de presente contrato de servicios, se llevará a cabo por el procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 16, 109.4º, 157, y 160 del RDL 3/2011, texto Refundido de la LCSP, y tomando como base los criterios de adjudicación que se detallan en el presente pliego.
8.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del RDL 3/2011, texto Refundido de la LCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del RDL 3/2011, texto Refundido de la LCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito este último que será sustituido por la correspondiente clasificación empresarial en los casos que sea exigible de conformidad con lo dispuesto al efecto en dicho texto legal.
Así mismo, en el presente contrato, será necesario que los licitadores se encuentren inscritos en el registro de Operadores de la Comisión xxx Xxxxxxx de Telecomunicaciones, con el fin de acreditar que se encuentran habilitados para la prestación de los servicios objeto del contrato.
Los licitadores deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa., en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 del RDL 3/2011, texto Refundido de la LCSP.
Al margen de acreditar la solvencia técnica por los medios que al efecto se indiquen posteriormente, los licitadores deberán asumir el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente.
No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieren participado en la elaboración de las especificaciones técnicas a que se refiere el presente contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
Los que contraten con la Administración, podrán hacerlo por sí o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 59 del RDL 3/2011, texto Refundido de la LCSP.
9.- PROPOSICIONES, DOCUMENTACION Y PLAZO DE PRESENTACION
La presentación de proposiciones presume, por parte del licitador, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, de las especificaciones xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación del trabajo objeto de la licitación.
En caso de renuncia o desistimiento por parte de la Administración a celebrar el contrato, una vez presentada las ofertas , se compensará a cada uno de los licitadores por los gastos en que hubiese incurrido. Ello no obstante, esta indemnización no superará en ningún caso el límite de 1.000 €.
Las proposiciones para tomar parte en la presente licitación, se presentarán en el Servicio de Contratación y Compras del Ayuntamiento de Portugalete, Paseo de la Canilla s/n, de 8,00 a 14,00 horas, durante el plazo máximo de cincuenta y dos (52) días naturales, a contar desde el día de la fecha del envío del anuncio de licitación al Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), y ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo 143 de la LCSP, en relación con los supuestos en que es posible reducir el citado plazo hasta un máximo de 40 días, en tres sobres cerrados (A, B y C) con la documentación que luego se indica. Durante dicho plazo podrá ser examinado el expediente por las personas interesadas en la licitación. Si el día en que finalice el
plazo de presentación de proposiciones fuere xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se consideraran como inhábiles a dichos efectos.
La presentación podrá realizarse mediante entrega en las oficinas que se indiquen en el anuncio de licitación, bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado. También podrá realizarse mediante envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, telex o telegrama, la remisión de la proposición. Dicha comunicación podrá también realizarse por correo electrónico, si bien este medio sólo será válido si existe constancia de su transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición . Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otras empresas, si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal.
En el anverso de cada uno de los sobres deberá figurar la leyenda:
PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACION PARA LA CONTRATACION DE LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN EL
Asimismo en el exterior del sobre se hará constar:
-Nombre de la licitadora
- Cif
-Dirección de correo postal
-Dirección de correo electrónico
-Teléfono
En cada uno de los sobres se relacionará ,en hoja independiente y a modo de índice, el contenido de la documentación incluida en el mismo.
SOBRE "A".- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Se presentará un único sobre, con independencia de los lotes a los que se concurra, y contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 146 del RDL 3/2011, texto Refundido de la LCSP, la siguiente documentación :
Aquellas licitadoras que se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas, regulado por el Decreto 223/86, de 14 de octubre, por el que se aprueban los Registros de Contratos y Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como en el Registro de Contratistas del Estado, podrán presentar en el sobre "A": copia autenticada del certificado expedido por el letrado responsable del Registro, que deberá ir acompañado de una declaración responsable, en la que se asegure la validez y vigencia de los datos aportados al Registro, de tal manera que estarán eximidos de tener que aportar y acreditar los documentos y circunstancias señalados en los puntos a), b), c), d), e) y f); y además, el resto de la documentación que se señala a continuación y que no se encuentre excluida por lo dispuesto en este apartado.
Aquellos otros que no figure inscritos, en el Registro mencionado, deberán acompañar en el
sobre "A" los siguientes documentos:
a).- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, no caducado, de la persona que presenta la proposición en nombre propio o como apoderado.
b).- Cuando la licitadora sea una persona física deberá acreditar documentalmente que dispone de una organización con elementos personales y materiales afectados de modo per- xxxxxxx a tal empresa.
c).- Si se tratara de una persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizara mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en e que constarán las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
d).- Cuando la licitadora no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, apoderamiento bastante para representar a la persona o entidad en cuyo nombre concurra.. Dicho poder notarial deberá estar debidamente inscrito, en su caso, en el Registro mercantil.
e).- Documentación acreditativa, de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en los puntos a),b),c),d),e),g),h),j)y k) del artículo 60 del RDL 3/2011, texto Refundido de la LCSP. Dicha acreditación podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa según los casos y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado (ANEXO II).
f).- Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Dicha acreditación se realizará mediante la presentación de certificaciones expedidas, a tal efecto, por las Haciendas que correspondan (Hacienda Estatal y Haciendas Forales) impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
Dichas certificaciones podrán ser sustituidas, si lo previsto en el párrafo precedente no fuere posible, por una declaración responsable en tal sentido (ANEXO III). En tal supuesto, el propuesto como adjudicataria, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles y, en cualquier caso, previo a la adjudicación, deberá acreditar el cumplimiento de dichas circunstancias por cualquiera de las formas previstas anteriormente. En caso de que no cumplimentara tal obligación quedará automáticamente excluido, siendo sustituido en su situación por otro licitadora que hubiese realizado la siguiente proposición más ventajosa entre las presentadas
g).- En el caso de que la licitadora se encuentre afectado por las disposiciones vigentes en materia de incompatibilidades del personal y altos cargos al servicio de la Administración (Ley 53/1984 de 26 de Diciembre, Ley 32/1983 de 20 de Diciembre de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx y D. 219/1984 de 19 xx Xxxxx del Gobierno Xxxxx), deberá presentar una declaración jurada de que la actividad objeto del contrato es compatible con la o las que desempeñe, de que tiene solicitada la concesión de la compatibilidad y su sometimiento a la normativa de incompatibilidades de la contratación administrativa.
h).- La solvencia económica financiera y técnica y profesional, se acreditará, mediante la certificación que acredite la clasificación del licitador en:
XXXX 0 | XXXX 0 | |
Xxxxx | X | X |
Subgrupo | 4 | 4 |
Categoría: | B | A |
i).- Deberán acreditar fehacientemente la inscripción en el Registro de Operadores de la Comisión xxx Xxxxxxx de Telecomunicaciones , así como los apartados en los que figura inscrita.
j).- Para las empresas extranjeras la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
k).- Cuando varios empresarios acudan a una licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresarios, cada uno de los que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar y su solvencia conforme a lo establecido en las cláusulas anteriores. Igualmente, deberán presentar un escrito de proposición en el que se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y el nombramiento del representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir
las obligaciones que se deriven del contrato. Solo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública.
SOBRE "B".- CRITERIOS PONDERABLES EN FUNCION DE UN JUICIO DE VALOR
Se deberán presentar tantos sobres como lotes a los que se presente, y deberá incluirse la siguiente documentación:
Contendrá los documentos necesarios que permitan valorar la oferta de acuerdo con los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor, indicados en la cláusula 11 del presente pliego administrativo, así como toda aquella documentación técnica que se exige en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Toda la documentación técnica a incluir en este sobre “B”, deberá además presentarse en soporte electrónico (CD, DVD). La estructura de ficheros presentada en soporte electrónico será exactamente igual que la presentada en formato papel. En caso de existencia de diferencias entre ambos formatos, sólo se tendrá en cuenta el documento formato papel a fin de realizar la valoración técnica correspondiente.
Se recomienda la presentación de un único fichero, numerado y paginado de forma idéntica a la documentación formato papel.
Los formatos aceptados son: doc., xls.,ppt.,jpg.,bmp. y pdf. Es responsabilidad de los licitadores que al documentación presentada esté libre de virus.
SOBRE "C" CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA.
Se deberán presentar tantos sobres como lotes a los que se presente, y deberá incluirse la siguiente documentación:
a) Oferta económica :
- Anexo I.A- Precio fijo de tarifa Plana por la provisión del servicio por el tiempo de duración del contrato ( 4 años)
- Anexo I.B- Precios unitarios de los servicios solicitados de manera individual
b) Mejora de los volúmenes planteados por el pliego.
Dada la naturaleza del presente contrato, no se admite la introducción de variantes o alternativas en las proposiciones.
Notas aclaratorias sobre la presentación de la documentación:
- La licitadora podrá presentar la documentación exigida en original o copia de la misma. En caso de presentar copia, si resultara su oferta la más ventajosa, con carácter previo a la adjudicación del contrato y como requisito exigible para la misma, deberá presentar la documentación original a efectos de llevar a cabo la comprobación y compulsa de la misma. En caso de detectarse falsedad de las copias presentadas, no procederá la adjudicación del contrato a favor el licitador que hubiera incurrido en falsedad, y la Administración podrá efectuar la adjudicación al licitador siguiente por el orden en que hubiesen quedado las ofertas. Sin perjuicio de que la Administración inicie las actuaciones que procedan para detectar la posible comisión de un delito o falta por parte de la licitadora
- Transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios, en el supuesto de que estos no hayan procedido a solicitar su devolución y retirada.
- La Administración podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso del contrato la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres "A" y "B", entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la licitadora puede ser causa de resolución del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la fianza constituida o, en su caso, indemnización por el valor de aquélla si no se ha constituido, debiendo indemnizar, además, a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
10.- APERTURA DE PROPOSICIONES
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación designada al efecto examinará, con carácter previo y acto no público, el contenido del sobre “A”, y calificará los documentos presentados por licitadoras en tiempo y forma.
La no presentación de alguno de los documentos exigidos o la presentación de los mismos en forma distinta a la requerida podrá dar lugar a la no admisión definitiva por la Mesa de Contratación. Únicamente se podrán conceder tres días hábiles para la subsanación de defectos que se deban a errores materiales o de hecho. Igualmente en idéntico plazo, la Mesa puede solicitar a los licitadores aclaraciones sobre términos que a juicio de la Mesa no estén lo suficientemente claros y puedan dar lugar a diversas interpretaciones.
La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del sobre “A” y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, se reunirá en acto público para proceder a la apertura de la documentación aportada en el sobre “B. ”. El acto público se celebrará en las dependencias municipales, en el día y hora que previamente se haya señalado y el cual se informará a los licitadores a través del perfil de contratante del Ayuntamiento y
mediante e-mail a la dirección de correo electrónico que los mismos hayan señalado en su proposición Si lo estima oportuno, la Mesa de Contratación acordará la remisión de la documentación obrante en los mismos al Departamento promotor del expediente para el estudio de las proposiciones en relación con los criterios evaluables mediante un juicio de valor y emisión de informe al respecto.
Una vez realizadas estas actuaciones, y recibido y conocido el informe o informes solicitados, se celebrará el acto público de apertura de las proposiciones presentadas en el sobre “C”. El acto público se celebrará en las dependencias municipales, en el día y hora que previamente se haya señalado y el cual se informará a los licitadores a través del perfil de contratante del Ayuntamiento y mediante e-mail a la dirección de correo electrónico que los mismos hayan señalado en su proposición.
En el citado acto público se dará a conocer el resultado de la evaluación de los criterios evaluables mediante un juicio de valor de las proposiciones admitidas.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta o las que varíen substancialmente el modelo establecido.
La Mesa de contratación, si lo estima oportuno, acordará la remisión de la documentación obrante en el sobre “C” al Departamento promotor del expediente para el estudio de las proposiciones en relación con los criterios cuantificables por fórmulas y emisión de informe al respecto.
Reunida nuevamente la Mesa de Contratación y efectuada la lectura de los informes emitidos teniendo en cuenta lo anteriormente expresado, la Mesa elevará las proposiciones, el Acta, la propuesta de adjudicación y el resto de la documentación técnica aportada junto con las observaciones que estime pertinentes al Organo de Contratación competente para adjudicar el contrato. En aquellos casos en los que la Mesa de Contratación lo considere necesario, podrá encomendar nuevamente la realización de cuantos informes técnicos precise en orden a la adjudicación de la contratación.
La Administración se reserva la facultad de verificar el contenido de la oferta, previamente a la adjudicación del contrato.
11.- CRITERIOS DE ADJUDICACION
CRITERIOS PONDERABLES EN FUNCION DE JUICIO DE VALOR | |
VALORACIÓN PUNTUACIÓN | |
Memoria técnica | 25 |
Plan de migración de servicios | 5 |
Servicios de valor añadido y otras mejoras | 5 |
TOTAL | 35 |
CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA | |
VALORACIÓN PUNTUACIÓN | |
Precio | 60 |
Tarifa plana por la provisión del servicio de manera global | 55 |
Tarifas individuales por los servicios solicitados | 5 |
Mejora de los volúmenes planteados por el pliego | 5 |
TOTAL | 65 |
Tarifa plana: peso 55 puntos. Se considera el volumen global de datos, altas de puntos, incidencias de mantenimiento y minutos que consume el Ayuntamiento de Portugalete, así como todo tipo de mensajes cortos (SMS, MMS, etc) en el caso de la telefonía móvil, cuotas y/o penalizaciones asociadas en caso de suspender algún servicio actualmente en vigor, a lo largo del contrato, mejorado por la oferta técnica si procede, así como cualquier otro coste asociado, y se ofertara un precio fijo para la provisión de dicho volumen en el tiempo de duración del contrato, que en cualquier caso no podrá superar el precio total de licitación.
Tarifas individuales: peso 5 puntos como máximo. Los licitadores presentaran una lista de precios de los servicios solicitados en el presente pliego de manera individual (según Anexo), especificando el precio de alta, upgrade (se considera upgrade el paso del servicio a uno de calidad inmediatamente superior, mejorando servicios asociados o velocidad o cualquier otro concepto. Dicho upgrade se pagara una sola vez y se integrara en la tarifa plana) y de prestación del servicio (aplicable tan sólo cuando se superen los volúmenes de tarifa plana). Cada servicio se valorara con un máximo de 0,05 puntos, representando en este valor la prestación del servicio el 60 % de la puntuación, el upgrade el 25 % y el alta un 15 %.
Mejora de los volúmenes planteados por el pliego: peso 5 puntos. Los licitadores mejoraran el volumen global de datos (30 %), altas de puntos (15 %), incidencias de mantenimiento (15
%) y minutos (40 %) que consume el Ayuntamiento de Portugalete a lo largo de un año. Entre paréntesis se indica el peso que tiene cada ítem en la valoración final.
Para las valoraciones de precio se utilizará la siguiente fórmula:
Puntos oferta= (Valor económico mínimo ofertado/Valor económico oferta)*Puntos máximos a otorgar.
Para las valoraciones del resto de ítems valorables por formula y los servicios de valor añadido seleccionados, se utilizara la siguiente fórmula:
Puntos oferta= (Valor ofertado/Valor máximo)*Puntos máximos a otorgar
En cualquier caso, todos los valores se redondearan al segundo decimal.
Se considerará que la oferta contiene valores anormales o desproporcionados con respecto a cada uno de los ítems relativos al precio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 152 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando la oferta a valorar, suponga valores de desvíos inferiores al 40 % de la media de las propuestas de dicho ítem .
La puntuación conjunta máxima alcanzable por cada por cada concursante será de 100 puntos. La ponderación de los criterios de adjudicación reseñada se considerará como máxima para cada uno de los criterios señalados, valor que podrá ser reducido a tenor del grado en que concurra el criterio correspondiente.
12.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA MÁS VENTAJOSA.
A la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, será requerido para acreditar, en el plazo máximo de
10 días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, los siguientes extremos:
- Certificación positiva expedida por la Hacienda Xxxxx correspondiente, y/o en su caso, por la agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
- Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o en su caso, el alta en la Mutua correspondiente.
- Alta referida al ejercicio corriente o el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentará declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto y señalará el supuesto de exención . ( Anexo V)
- Resguardo de la garantía definitiva. ( Anexo IV)
- Si el adjudicatario hubiera presentado copia de la documentación original a la que se refiere la cláusula 9 del presente pliego, y las citadas copias no están compulsadas, deberá presentar la documentación original a efectos de efectuar la comprobación y compulsa de la misma.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento dentro del plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a requerir, por el orden en que hubieran quedado las ofertas, al siguiente licitador.
13. ADJUDICACIÓN
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquél en que el licitador hubiera presentado la documentación adecuada a que se refiere la cláusula anterior, el órgano de contratación deberá dictar resolución de adjudicación del contrato. La misma se publicará en el perfil del contratante y se notificará a todos los licitadores.
Cuando no proceda la adjudicación, por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, la Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 159.2º del RDL 3/2011, texto Refundido de la LCSP, se procederá a recabar la documentación establecida en la cláusula anterior al siguiente licitador, por el orden en que hubieran quedado las ofertas.
14. OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Para proceder a la formalización del contrato, el licitador deberá aportar los siguientes documentos:
- Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución.
-Acreditación de haber satisfecho el importe correspondiente a los gastos de publicidad de la licitación en Boletines Oficiales y, en su caso, en los medios de prensa diaria, sin perjuicio de la obligación de abonar también los que por este concepto se generen con posterioridad a la formalización del contrato o, en su caso, en el momento en que sea requerido al efecto por la Administración hasta un importe de 1.500 €.
- Certificado de la Entidad Aseguradora , conforme al modelo que figura como Anexo nº VI al presente pliego, que confirme el cumplimiento de las condiciones de seguro previstas a continuación , por la póliza suscrita por el contratista, así como encontrarse al corriente en el pago de la prima. Junto a este certificado, se deberá aportar copia de la póliza o pólizas. En la póliza se detallará la actividad objeto de los trabajos realizados y deberá estar vigente durante el periodo de ejecución del contrato y plazo de garantía del mismo .
Condiciones del Seguro:
• Se contratará una póliza de Responsabilidad Civil con los siguientes límites y coberturas:
- Responsabilidad Civil de Explotación con un límite no inferior a 300.000 euros y franquicia máxima de 5.000 euros
- Responsabilidad Civil Post Trabajos con un límite no inferior a 300.000 euros y franquicia máxima de 5.000 euros
- Responsabilidad Civil Patronal con un límite no inferior a 300.000 euros y franquicia máxima de 5.000 euros
- Sublímite por víctima Responsabilidad Civil Patronal no inferior a 150.000 euros
- Defensa y fianzas civiles incluido
- Se incluirá en la póliza de Responsabilidad Civil al Ayuntamiento de Portugalete como asegurado adicional.
En todo caso serán soportados por el Adjudicatario los daños y perjuicios en la cuantía de la franquicia y en lo que superen los límites que se establezcan en las distintas pólizas de seguro
El adjudicatario deberá mantener como mínimo las coberturas siguientes:
- Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para todos los vehículos que sean utilizados en la ejecución del contrato y están sujetos a la ley de Responsabilidad Civil y seguro en la circulación de vehículos de motor.
- Las empresas adjudicatarias y subcontratistas, deberán tener dados de alta en la Seguridad Social a todas las personas que intervengan en la ejecución del contrato, así como cumplir con las exigencias de seguros de Vida y Accidentes que determinen los convenios sectoriales a los que pertenezcan.
15. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La formalización del contrato no podrá realizarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación del contrato a los licitadores y candidatos.
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. Al mismo se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas.
No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
16.- EJECUCION DEL CONTRATO
Los servicios objeto del presente Xxxxxx comenzarán a prestarse desde la fecha que la Administración determine en el contrato administrativo que suscriban las partes, que si fuera posible, será el día 1 de Julio de 2012.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Xxxxxx y, en su caso, a las especificaciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, al resto de la documentación obrante en el expediente de contratación incoado al efecto, y en todo caso, según las instrucciones que, por escrito, en ejecución o interpretación de los mismos, dieran los representantes de la Administración.
La Administración podrá rechazar cualquier elemento que considere inadecuado para la prestación del servicio, con el derecho del contratista a reclamar frente a tal resolución ante la Administración en el plazo xx xxxx días, contados a partir de la notificación que se le haga por escrito.
17.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA ADJUDICATARIA
1.- El adjudicatario está obligado a:
a) Prestar el servicio con la continuidad convenida y de acuerdo con lo dispuesto en el presente Xxxxxx y en el de Prescripciones Técnicas, así como de acuerdo con las ordenes que pudieran ser dictadas posteriormente por la Administración.
b) Facilitar al Ayuntamiento, al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación o persona en quien delegue y a los técnicos por aquel designados, cuantas aclaraciones o ampliaciones a las proposiciones presentadas le exijan para una mejor comprensión de las mismas.
c) Realizar el cumplimiento total de los servicios contratados, con independencia de las circunstancias internas o externas de la entidad adjudicataria, debiendo aportar para su realización, los medios materiales y humanos necesarios para la correcta realización del servicio. Asimismo, contará con las reservas de material y herramientas necesarias para que no se produzcan paralizaciones o interrupciones en la prestación del servicio.
En el caso de que se compruebe que el adjudicatario no cumple a satisfacción el objeto del contrato con los medios personales y materiales ofertados, vendrá obligado a aumentar a su xxxxx dichos medios para que el Servicio se preste eficientemente en toda su extensión.
d) Nombrar, si el Ayuntamiento lo solicita, un representante coordinador con capacidad para ostentar la representación del contratista.
e) Hacer frente al pago de cuantos gastos e impuestos se deriven, tanto de la actividad que realice para la ejecución del servicio como los dimanantes de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.
f) Cumplir las disposiciones vigentes o que se dicten durante el periodo de vigencia del contrato en materia laboral, previsión, Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo con respecto al personal a su cargo que se adscriba a la presentación del servicio contratado quedando exonerado el Ayuntamiento del incumplimiento de las citadas obligaciones legales, asumiendo la entidad adjudicataria su condición de empresario.
g) A prestar los servicios extraordinarios que se le soliciten
h) En general, a cumplir todas las obligaciones que se establecen en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el de Prescripciones Técnicas que rigen el presente contrato.
2.- El adjudicatario tendrá derecho a:
a) Al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato adjudicado, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes dadas por escrito por la Administración.
18.- PERSONAL AFECTO AL SERVICIO
Durante el plazo de vigencia del contrato, el Ayuntamiento no tendrá relación jurídica, laboral ni de otra índole, con el personal que adscriba la empresa adjudicataria para la ejecución del contrato.
El contratista deberá adscribir a la prestación de los servicios objeto del presente contrato, los medios humanos necesarios para su ejecución, de acuerdo con lo establecido al efecto en el Pliego de Prescripciones Técnicas que, junto con el presente Xxxxxx, ha de regir el contrato.
19.- OBLIGACIONES LABORALES DE LA CONTRATISTA
La contratista está obligada, bajo su exclusiva responsabilidad, al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de Seguridad e Higiene en el trabajo y en materia fiscal, respecto del personal que adscriba al cumplimiento del objeto contractual, y en especial deberá estar al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social correspondiente a las personas a su cargo, así como en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a su actividad.
Todas las personas que colaboren con la adjudicataria en la prestación del objeto de presente contrato, dependerán exclusivamente de éste, y por tanto, sin relación contractual de ningún tipo (ni laboral, ni administrativa – mercantil, o civil), con esta Administración. En
consecuencia en ningún caso ni circunstancia el contrato supondrá relación laboral habitual entre la Administración y la contratista o el personal de ella dependiente, siendo por ello irresponsable esta Entidad Local de los daños que pudieran ocasionarse a terceros por las acciones u omisiones derivadas de la ejecución del contrato por el personal adscrito al servicio por la contratista.
El adjudicatario, cumplirá con lo establecido en el procedimiento municipal de coordinación de actividades empresariales.
20.- FACULTAD DE INSPECCION
El Ayuntamiento ejercerá la facultad de dirección e inspección del servicio a través del Area de Nuevas Tecnologías y Comunicación , pudiendo dictar instrucciones a la contratista, que serán de obligado cumplimiento para éste, siempre que no supongan modificaciones no autorizadas de la prestación, y no se opongan a las condiciones acordadas en el presente contrato, ni a las disposiciones de la legislación vigente.
21.- TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS
1.- Hasta que tenga lugar la recepción del contrato, el contratista responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le de derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.
2.- El contratista quedará exento de responsabilidad cuando el trabajo defectuoso o mal ejecutado sea consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración.
3.- Si se advierten vicios o defectos en la ejecución de los trabajos objeto del contrato, la Administración podrá recusar los que estime no satisfactorios.
4.- La recusación se realizará siempre por escrito motivado y el contratista tendrá derecho a reclamar ante la Administración en el plazo xx xxxx días contados a partir de la notificación por parte de la Administración del referido escrito.
22.- CESION Y SUBCONTRATACION DEL CONTRATO
No se admitirá la cesión del contrato y en caso de producirse será causa de resolución del mismo, con excepción de lo previsto en el artículo 226 del RDL 3/2011, texto Refundido de la LCSP.
Si el contratista tuviera necesidad de subcontratar partes específicas de su trabajo, lo pondrá en conocimiento de la Administración con anterioridad y por escrito, expresando con claridad
las condiciones técnicas del subcontrato. Esta última se reserva el derecho de admitir o no esta subcontratación, fijar sus límites dentro de lo previsto en la normativa aplicable, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 227 del citado texto legal.
En cualquier caso, la responsabilidad del contratista frente a la Administración por la totalidad de las prestaciones concertadas, no se modificará ni aún en caso de que se acepte la subcontratación de prestaciones accesorias.
23.- FINALIZACION DEL CONTRATO Y PLAZO DE GARANTIA
Una vez finalizada la prestación objeto del presente contrato, de conformidad con las condiciones establecidas para la misma, se procederá, conforme a lo previsto en el artículo
222 del RDL 3/2011, ya citado ,a su conformidad, levantándose la correspondiente acta.
El plazo de garantía se establece en TRES MESES a contar desde la fecha de conformidad de los trabajos.
24.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCION DEL CONTRATO
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del RDL 3/2011 de 14 de Noviembre, A tal fin, el adjudicatario deberá disponer o, en su caso, contratar una póliza de responsabilidad civil en las condiciones establecidas en el presente pliego.
25.- PENALIDADES
Podrán imponerse penalidades por los cumplimientos defectuosos e incumplimientos contemplados en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como por las causas descritas en el pliego de prescripciones técnicas, aplicándose las penalizaciones previstas en dicho pliego .
26.- ABONO PRECIO CONTRATO
El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas, a los servicios extraordinarios prestados y a las órdenes dadas por escrito por la Administración.
El precio del contrato establecido se abonará al contratista, por mensualidades vencidas, previa la presentación de las facturas correspondientes al mes de que se trate, emitidas conforme se establece en el pliego de prescripciones técnicas y tras la conformidad de las mismas por parte de los Servicios Municipales
En su caso, del importe de esta factura se deducirán las cantidades correspondientes por la falta de prestación o realización incompleta de los servicios y sanciones impuestas. En cualquier caso, el adjudicatario extenderá facturas exclusivamente por los servicios que preste efectivamente, de acuerdo con la oferta aprobada.
27.- DEVOLUCION GARANTIA
La garantía definitiva se devolverá, si no existe responsabilidad pendiente en contra de la adjudicataria, una vez recepcionados de conformidad y liquidados por parte de la Administración el trabajo o las prestaciones objeto del contratista y finalizado el período de garantía, mediante acuerdo del órgano competente, y de conformidad en lo dispuesto en el artículo 102 del RDL 3/2011, texto Refundido de la LCSP
28.- MODIFICACIÓN
El contrato podrá ser modificado cuando concurran algunas de las circunstancias y con los límites previsto en el artículo 107 del Texto Refundido de la ley de Contratos del Sector Público, RDL 3/2011, de 14 de Noviembre.
29.- RESOLUCION DEL CONTRATO
Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la ley de contratos, RDL 3/2001, de 14 de Noviembre.
Además de las establecidas en la legalidad vigente, serán causas de resolución:
a) El incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones del contrato, en los términos establecidos en el mismo, y en particular el incumplimiento de las determinaciones contenidas en su oferta, especialmente las ponderadas en su momento para efectuar la adjudicación del contrato.
b) El incumplimiento de los plazos previstos para iniciar la prestación de los servicios.
c) El incumplimiento de las órdenes del Ayuntamiento dictadas en ejecución de las potestades atribuidas por el ordenamiento jurídico o por los Pliegos aprobados.
d) La cesión del contrato que no cumplan las obligaciones establecidas en la legalidad vigente
e) Las establecidas en el pliego de prescripciones técnicas por incumplimiento de los niveles de servicio y asociadas al plan de migración.
La resolución del contrato se acordará por la Corporación, previa instrucción del correspondiente expediente con trámite de audiencia al interesado y determinará el cese de la prestación del servicio, la incautación de los elementos de la Empresa afectos al servicio, para asegurar la prestación del mismo, y la convocatoria de licitación para adjudicar nuevamente la contrato.
A la extinción del presente contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Administración contratante.
30.- SUSPENSIÓN DEL TRABAJO OBJETO DEL CONTRATO
Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 216.5 del RDL 3/2011 de 14 de Noviembre, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista, en su caso, los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se cifrarán con arreglo a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 309 del RDL 3/2011 de 14 de Noviembre.
.
31.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Con carácter general será de aplicación lo previsto en el artículo 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Y en especial , el adjudicatario se obliga a guardar las más absoluta confidencialidad respecto a terceros de todos los datos a los que tenga acceso o conocimiento como consecuencia de los servicios prestados, o cualquier otra información que por su propia naturaleza debe ser tratada como confidencial.
Por ello, tendrá la obligación de guardar sigilo sobre el contenido del contrato así como sobre los datos o antecedentes que , no siendo públicos o notorios, estén relacionados con su objeto , y se comprometen a no dar información y datos proporcionados por el Ayuntamiento ningún uso que no esté previsto en el pliego de prescripciones técnicas.
En el caso de que la presente contratación implicare el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional
26 del Texto Refundido de la ley de contratos del Sector Público ( RDL 3/2011), en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
32.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION COMPETENTE
Corresponden al órgano de contratación las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público , acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
El Ayuntamiento ostenta en concreto las siguientes facultades:
- Ordenar discrecionalmente los servicios adjudicados para implantar la modificaciones que aconseje el interés público y, en concreto, las variaciones de naturaleza, cantidad, tiempo y lugar de las prestaciones del servicio, sin perjuicio de las incidencias económicas que de ello se deriven.
- Imponer al adjudicatario las penalidades previstas en el presente pliego.
Los acuerdos dictados al efecto, que serán adoptados con audiencia de la contratista y previo conforme del Servicio Jurídico correspondiente, serán inmediatamente ejecutivos.
Contra dichos acuerdos podrán interponerse los recursos administrativos que procedan, a tenor de lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El recurso contencioso-administrativo habrá de interponerse conforme a lo previsto al efecto en la 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción, y con renuncia expresa a cualquier otro fuero que a las partes pudiera corresponder.
33. - RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACION
Por tratarse de un contrato de servicios sujeto a regulación armonizada, contra las decisiones relacionadas en el artículo 40 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público que se adopten en los procedimientos para su adjudicación cabe interponer recurso especial en materia de contratación, de carácter potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso- administrativo. Contra el resto de decisiones el régimen de recursos es el establecido en la LRJ-PAC.
Portugalete, a 19 xx Xxxxx de 2012
.....................................
ANEXO I.A ( LOTE 1)
CONTRATO DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES A TODAS LAS REDES Y ORGANOS DEL AYUNTAMIENTO PORTUGALETE INCLUYENDO LOS ORGANISMOS AUTONOMOS Y SOCIEDADES PARTICIPADAS INTEGRAMENTE POR EL AYUNTAMIENTO
Datos de la empresa
Razón social
CIF
Domicilio Teléfono
Fax e-mail
Apellidos, nombre y DNI del firmante Relación que une al firmante con el
licitador
Desglose de los importes LOTE 1
Concepto | Precio | |
PRECIO BASE | Precio servicio tarifa plana como operador | |
IVA | ||
PRECIO TOTAL LOTE 1 | € |
FIRMA
El abajo firmante, en virtud de la representación que ostenta, se compromete, en nombre de su representado, a la ejecución del contrato señalado , en la cantidad referida en el apartado PRECIO TOTAL DE LA OFERTA.
En [ ], a [ ] de [ ] de 2012
ANEXO I.A ( LOTE 2)
CONTRATO DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES A TODAS LAS REDES Y ORGANOS DEL AYUNTAMIENTO PORTUGALETE INCLUYENDO LOS ORGANISMOS AUTONOMOS Y SOCIEDADES PARTICIPADAS INTEGRAMENTE POR EL AYUNTAMIENTO
Datos de la empresa
Razón social
CIF
Domicilio Teléfono
Fax e-mail
Apellidos, nombre y DNI del firmante Relación que une al firmante con el
licitador
Desglose de los importes LOTE 2
Concepto | Precio | |
PRECIO BASE | Precio servicio tarifa plana como operador | |
IVA | ||
PRECIO TOTAL LOTE 2 | € |
FIRMA
El abajo firmante, en virtud de la representación que ostenta, se compromete, en nombre de su representado, a la ejecución del contrato XXXXXX, en la cantidad referida en el apartado PRECIO TOTAL DE LA OFERTA.
En [ ], a [ ] de [ ] de 2012
ANEXO I.B( LOTE 1)
CONTRATO DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES A TODAS LAS REDES Y ORGANOS DEL AYUNTAMIENTO PORTUGALETE INCLUYENDO LOS ORGANISMOS AUTONOMOS Y SOCIEDADES PARTICIPADAS INTEGRAMENTE POR EL AYUNTAMIENTO
Datos de la empresa
Razón social
CIF
Domicilio Teléfono
Fax e-mail
Apellidos, nombre y DNI del firmante Relación que une al firmante con el
licitador
LISTADO DE PRECIOS UNITARIOS POR SERVICIO
SERVICIO | ALTA (€) | UPGRADE (€) | PRESTACIÓN SERVICIO (€/MES) |
AVERIA CABLEADO O PTO RED | |||
MODIFICACIÓN CABLEADO O PTO RED | |||
LINEA ANALÓGICA | |||
LÍNEA DE ENLACE | |||
MARCACIÓN MULTIFRECUENCIA | |||
LLAMADA EN ESPERA | |||
LLAMADA A TRES | |||
DESVIO INMEDIATO | |||
LLAMADA SIN MARCACIÓN | |||
MARCACIÓN ABREVIADA |
SIGAME | |||
DESVIOS | |||
INFORMACIÓN CAMBIO DE NÚMERO | |||
REPITICIÓN MARCACIÓN | |||
SERVICIO XX XXXXX | |||
RDSI BASICO | |||
RDSI PRIMARIO | |||
MARCACIÓN DIRECTA | |||
PRESENTACIÓN/RESTRICCIÓN USUARIO ENTRANTE/LLAMANTE | |||
PORTABILIDAD TERMINAL | |||
SEÑALIZACIÓN CLASE 1 | |||
SEÑALIZACIÓN CLASE 3 | |||
NUMERACIÓN MULTIPLE | |||
GRUPO CERRADO USUARIOS | |||
SUBDIRECCIONAMIENTO | |||
GRUPO SALTO/CAPTURA | |||
INFORMACIÓN TARIFICACIÓN | |||
COBRO REVERTIDO | |||
PAGO COMPARTIDO | |||
NUMERO UNIVERSAL | |||
SELECCIÓN AREA | |||
IDENTIFICACIÓN LLAMANTE | |||
ACCESO RESTRINGIDO | |||
MULTIDESTINO HORA/ORIGEN | |||
DESVIOS ALTERNATIVOS HORA/ORIGEN | |||
LOCUCIONES PERSONALIZADAS | |||
MARCACIÓN ABREVIADA | |||
TRANSFERENCIA LLAMADAS | |||
DESVIO LLAMADAS | |||
MENSAJERIA INSTANTANEA | |||
CONTROL PRESENCIA | |||
CIRCUITOS ANALOGICOS 2 HILOS (ORDINARIO) | |||
CIRCUITOS ANALOGICOS 4 HILOS (ORDINARIO) | |||
CIRCUITOS ANALOGICOS 2 HILOS (ESPECIAL) | |||
CIRCUITOS ANALOGICOS 4 HILOS (ESPECIAL) |
CIRCUITOS DIGITALES 200 bps | |||
CIRCUITOS DIGITALES 300 bps | |||
CIRCUITOS DIGITALES 1200 bps | |||
CIRCUITOS DIGITALES 2400 bps | |||
CIRCUITOS DIGITALES 4800 bps | |||
CIRCUITOS DIGITALES 9600 bps | |||
CIRCUITOS DIGITALES 19200 bps | |||
CIRCUITOS DIGITALES 64 Kbps | |||
CIRCUITOS DIGITALES Nx64 Kbps | |||
CIRCUITOS DIGITALES 2 Mbps | |||
CIRCUITOS DIGITALES 34 Mbps | |||
CIRCUITOS DIGITALES 155 Mbps | |||
CIRCUITOS DIGITALES 622 Mbps | |||
ADSL O SIMILAR 1 Mbps | |||
ADSL O SIMILAR 2 Mbps | |||
ADSL O SIMILAR 4 Mbps | |||
ADSL O SIMILAR 6 Mbps | |||
ADSL O SIMILAR 8 Mbps | |||
ADSL O SIMILAR 10 Mbps | |||
ADSL O SIMILAR 12 Mbps | |||
FRAME RELAY CAUDAL GARANTIZADO 8 Kbps | |||
FRAME RELAY CAUDAL GARANTIZADO 16 Kbps | |||
FRAME RELAY CAUDAL GARANTIZADO 32 Kbps | |||
FRAME RELAY CAUDAL GARANTIZADO 64 Kbps | |||
FRAME RELAY CAUDAL GARANTIZADO 96 Kbps | |||
FRAME RELAY CAUDAL GARANTIZADO 128 Kbps | |||
FRAME RELAY CAUDAL GARANTIZADO 256 Kbps | |||
FRAME RELAY CAUDAL GARANTIZADO 512 Kbps |
FRAME RELAY CAUDAL GARANTIZADO 1024 Kbps | |||
FRAME RELAY CAUDAL GARANTIZADO 1536 Kbps | |||
FRAME RELAY CAUDAL GARANTIZADO 1984 Kbps | |||
ATM 2 Mbps | |||
ATM 34 Mbps | |||
ATM 155 Mbps | |||
ATM 622 Mbps | |||
MPLS 2 Mbps | |||
MPLS 10 Mbps | |||
MPLS 100 Mbps | |||
INTERNET RTC | |||
INTERNET RDSI | |||
INTERNET ADSL | |||
INTERNET FRAME RELAY | |||
INTERNET ATM | |||
INTERNET MPLS | |||
HOT SPOT WIFI | |||
CENTRALITA DIGITAL PROGRAMABLE | |||
TERMINAL DIGITAL | |||
TERMINAL ANALÓGICO |
FIRMA
El abajo firmante, en virtud de la representación que ostenta, se compromete, en nombre de su representado, a cumplir con los precios unitarios presentados en la presente OFERTA.
En [ ], a [ ] de [ ] de 2012
ANEXO I.B( LOTE 2)
CONTRATO DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES A TODAS LAS REDES Y ORGANOS DEL AYUNTAMIENTO PORTUGALETE INCLUYENDO LOS ORGANISMOS AUTONOMOS Y SOCIEDADES PARTICIPADAS INTEGRAMENTE POR EL AYUNTAMIENTO
Datos de la empresa
Razón social
CIF
Domicilio Teléfono
Fax e-mail
Apellidos, nombre y DNI del firmante Relación que une al firmante con el
licitador
LISTADO DE PRECIOS UNITARIOS POR SERVICIO
SERVICIO | ALTA (€) | UPGRADE (€) | PRESTACIÓN SERVICIO (€/MES) |
LINEA TELEFONIA BÁSICA | |||
TRANSMISIÓN DATOS ASINCRONA | |||
TRANSMISIÓN DATOS SINCRONA | |||
FACSIMIL | |||
SMS | |||
MMS | |||
MENSAJE CORTO RADIODIFUNDIDO |
SERVICIO TRANSMISIÓN DATOS 3G O SUPERIOR | |||
OCULTACIÓN IDENTIDAD | |||
TRANSFERENCIA LLAMADAS | |||
IDENTIFICACIÓN LLAMADAS MALICIOSAS | |||
DESVIO DE LLAMADAS | |||
BUZÓN DE VOZ | |||
BUZÓN DE FAX | |||
TRANSFERENCIA LLAMADAS | |||
BUSQUEDA MOVIL | |||
LLAMADA EN ESPERA | |||
RETENCIÓN LLAMADA | |||
CONFERENCIA A TRES | |||
MULTICONFERENCIA | |||
GRUPO CERRADO USUARIOS Y SERVICIOS ASOCIADOS SEGÚN PPT | |||
MEJORA TERMINAL | |||
ACTUALIZACIÓN SW |
FIRMA
El abajo firmante, en virtud de la representación que ostenta, se compromete, en nombre de su representado, a cumplir con los precios unitarios presentados en la presente OFERTA.
En [ ], a [ ] de [ ] de 2012
ANEXO II
D. (1)......................................................................... con domicilio en calle
........................................................................... n° , en nombre propio o en representación de
la empresa (2)................................................................... como (3 ) ............................ de la
misma, con domicilio en ............................... calle ................................................................. ....
nº ........ y C.I.F. ..................................
DECLARO QUE:
Ni el firmante, ni la Sociedad Mercantil a la que en su caso representa, sin las personas que integran los Organos de Gobierno de la Sociedad, se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración, enumeradas en el artículo artículo 60 del RDL 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y que asimismo cumple con la normativa para instalación y funcionamiento de la misma.
En consecuencia, la presente tiene carácter de declaración responsable otorgada ante el Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Portugalete, responsabilizándose de los perjuicios que pudieran derivarse de la incorrección o falsedad de la misma.
En Portugalete, a ....... de de 2012
Fdo.:
D.N.I.:
(1) Caso de tratarse de una unión temporal de empresas, se estará a lo dispuesto en el artículo 48 de la LCSP.
(2) Táchese lo que no proceda.
(3) Gerente, Director, Representante legal.
ANEXO III
D (1).............................................................................., con domicilio en calle
.......................................................... n° , en nombre propio o en representación de la empresa
(2) ........................................... como (3) ............................... de la misma, con domicilio en
......................... calle ............................................................... n° ..... y C.I.F.
........................………
DECLARA BAJO JURAMENTO, responsabilizándose de las consecuencias que pudieran derivarse que, siendo licitador en el contrato para ..-
.............................................................................................................................................................
.......................................................................................................................................……….está
facultado para contratar con la Administración, ya que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y sociales impuestas por la legislación vigente.
Se compromete a presentar los documentos precisos que demuestran el cumplimiento de tales obligaciones en el plazo de 5 días naturales, a contar a partir del siguiente en que reciba la noti- ficación del oportuno requerimiento.
En Portugalete, a ..... de de 2012
Fdo.:
D.N.I.:
(1 ) Caso de tratarse de una unión temporal de empresas, se estará a lo dispuesto en el artículo 48 de la LCSP.
(2) Táchese lo que no proceda.
(3) Gerente, Director, Representante Legal.
A N E X O IV
MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
..........................................................................., N.I.F. ............... con domicilio (a efectos de
notificaciones) en ................................. en la calle C.P.
.................... y en su nombre (nombre y apellidos de una o varias de las personas Apoderadas)
..................con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación efectuada al dorso del presente documento.
A V A L A
A (1): (nombre y apellidos o razón social del o la avalada)........................................................................, N. I. F en virtud de lo
dispuesto el RDL 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de Contratos del Sector Público, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado indicando claramente que se refiere a la garantía provisional)
.........................................................……………………………………………………………
……………………………………………. ante el Ayuntamiento de la Noble Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx por importe de: (en letra)…………………………………………………………
…………………………………………………..……………...................................... euros (en cifra y con dos decimales como máximo) euros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de Portugalete y con sujeción a los términos previstos en los textos legales anteriormente citados.
El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Portugalete, o quién en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el RDL 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
(Lugar y fecha) ......................................................
(razón social de la entidad) ...................................
(firma de la/s persona/s apoderada/s) .....................................
(1).- En el caso de uniones temporales de empresarios:
- deberán especificarse las razones sociales y NIF de las empresas participantes.
- las garantías podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal).
Modelo de declaración Impuesto sobre Actividades Económicas
D. .......................................................................................... con domicilio en
................................, y D.N.I. nº .............................................. en nombre propio o como
......................... (señalar las facultades de representación: administrador/a único, apoderado/a...) en representación de la empresa con
domicilio social en ..................................................., y C.I.F nº ...............................
DECLARA, BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1.- Que, según la normativa vigente de aplicación en materia de tributación local y, concretamente la que rige el Impuesto sobre Actividades Económicas, está obligado a presentar declaración de alta en la matrícula de este impuesto en los siguientes epígrafes, no habiéndose dado de baja en el día de la fecha en el siguiente Epígrafe:
2.- Que: (señalar la alternativa correspondiente)
Está obligado al pago del impuesto y adjunta la/s copia/s del/de los último/s recibo/s de pago cotejado/s.
Se encuentra en el supuesto de exención del art. 5.1 g) recogido en el Texto Refundido de la Xxxxx Xxxxx 6/1989, de 30 xx xxxxx, del I.A.E.
(Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad, durante los dos primeros períodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle la misma).
Se encuentra en el supuesto de exención del art. 5.1 h) recogido en el Texto Refundido de la Xxxxx Xxxxx 6/1989, de 30 xx xxxxx, del I.A.E.
(Los sujetos pasivos que tengan un volumen de operaciones inferior a 2.000.000 de euros).
Y para que conste a los efectos oportunos, firma la presente declaración responsable, en Portugalete a ............ de .................................. de .................. .
Fdo.:
Sello de la empresa:
CERTIFICADO ENTIDAD ASEGURADORA
( Entidad de Seguros ) .........................................., con oficina en , número
de CIF.........................., e inscrita en el Registro Mercantil de ......................
CERTIFICA:
Que la empresa ............................con domicilio social en y
CIF........................., tiene contratada una cobertura de seguro/os de ....................( indíquese los seguros señalados en el pliego) , con las garantías y límites recogidos en el Pliego de cláusulas administrativas particulares que rigen la contratación de ( señalase el contrato al que licitan) aprobado por el Ayuntamiento de Portugalete.
Que dentro de las condiciones y términos de la póliza, se considera asegurado adicional al Ayuntamiento de Portugalete .
Que la citada cobertura está garantizada mediante póliza nº .......... ( adjuntar copia de la póliza), que se encuentra en vigor y al corriente de pago.
Emitido en ..........a.........de de 2012
Firma: ( Por la Compañía de Seguros)