CÓDIGO DE CONDUCTA PARA
CÓDIGO DE CONDUCTA PARA
PROVEEDORES O CONTRATISTAS DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA
DIVISIÓN DE SERVICIOS LOGÍSTICOS
CÓDIGO: VA-SL-MA-03 VERSIÓN: 01 / 23-ENE-2023
Código de conducta para proveedores o contratistas
de la Universidad de Antioquia
Contenido
4.1 Acuerdos laborales y protección a los trabajadores 3
4.1.2 Respeto a la asociación y libertad sindical 3
4.1.3 Cumplimiento de obligaciones laborales 3
4.1.4 Salud y seguridad en el trabajo 4
4.1.5 Prohibición de trabajo infantil 4
4.1.6 Igualdad y no discriminación 4
4.2.1 Sustancias químicas y materiales peligrosos 5
4.2.2 Aguas residuales y residuos sólidos 5
4.2.3 Emisiones atmosféricas 5
4.2.4 Residuos mínimos, máximos reciclaje 5
4.3 Ética y buenas prácticas 6
4.3.1 Lucha contra la corrupción, el lavado de activos y la financiación del terrorismo. 6
4.3.2 Integridad en los negocios 6
4.3.3 Competencia justa y xxxx 6
4.3.4 Gestión de conflictos de intereses 7
4.3.5 Manejo adecuado de regalos y atenciones 7
4.4 Cumplimiento de normas tributarias 7
5. Sanción de actos incorrectos 8
6. Reporte de actos indebidos 8
Código de conducta para proveedores o contratistas
de la Universidad de Antioquia
CÓDIGO DE CONDUCTA PARA PROVEEDORES O CONTRATISTAS DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA
1. Introducción
En la Universidad de Antioquia, se tiene el compromiso de actuar con ética, rectitud, lealtad y honestidad en los procesos contractuales en la búsqueda del cumplimiento de los fines esenciales del Estado y los intereses universitarios, evitando en todo caso actuar con desviación o abuso de poder, en procura de establecer relaciones comerciales transparentes, objetivas e imparciales, donde los participantes se comprometen a trabajar para desarrollar prácticas que permitan contribuir al desarrollo sostenible del entorno y la creación de valor para los involucrados.
La política de responsabilidad social de la Universidad, los documentos que la complementan y los referentes que la guían, se constituyen en la declaración de la Universidad a sus grupos de interés sobre los impactos que pueden esperar a partir de su ejercicio misional y su relación con los entornos siempre desde el principio de la corresponsabilidad.
En ese sentido, el propósito de este documento es reiterar el compromiso de la Universidad de Antioquia con los estándares éticos y transmitir con claridad a todos sus proveedores o contratistas las expectativas Institucionales frente a la conducta que deben mantener durante las negociaciones y relaciones contractuales.
2. Objeto
Complementar las disposiciones contractuales convenidas con nuestros proveedores o contratistas en el Acuerdo Superior 419 de 2014, reglamentado por la Resolución Rectoral 39475 de 2014, para actuar en el marco de la legalidad, el cumplimiento de los deberes y obligaciones que le corresponde a cada cual, sin el ánimo y predisposición de inferir daños, cuyas actuaciones deberán estar presididas por las reglas sobre administración de bienes públicos y por los mandatos y postulados que gobiernan una conducta ajustada a la ética, la Constitución Política y la ley.
En caso de que haya discrepancias entre el Código de Conducta para proveedores o contratistas y una disposición de un contrato específico, la segunda tendrá prevalencia.
3. Alcance
La adopción de iniciativas voluntarias, en las que se promueven temas de responsabilidad social, derechos humanos, seguridad y salud en el trabajo, gestión ambiental y anticorrupción y el
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propósito de la Universidad de Antioquia enfocado en la sostenibilidad, respaldan la formalización de éste código de conducta para sus proveedores o contratistas.
4. Reglas de conducta
La Universidad de Antioquia espera que los proveedores o contratistas apliquen y actúen en todo momento y ocasión los siguientes lineamientos de conducta:
4.1 Acuerdos laborales y protección a los trabajadores
Nuestros proveedores o contratistas protegerán y fomentarán los valores consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), propenderán por el respeto del individuo sin distinción alguna y en ningún momento se beneficiarán de abusos o violaciones de Derechos Humanos llevados a cabo por otras personas u organizaciones. En virtud de esto, acogerán como mínimo las siguientes notas distintivas:
4.1.1 Trato rudo o inhumano
Los proveedores o contratistas de la Universidad de Antioquia, deberán adoptar todas las medidas para tratar a sus empleados o contratistas con respeto y garantizar que no sean objeto de maltrato, amenazas o cualquier tipo de trato inhumano, incluido el castigo corporal, el abuso físico o verbal, acoso sexual u otras formas de abuso o intimidación. Nuestros proveedores o contratistas se abstendrán de aprovecharse de cualquier forma de trabajo forzado, esclavitud o trata de personas, asegurando a sus empleados la libertad para dejar voluntariamente o terminar su contrato de trabajo.
4.1.2 Respeto a la asociación y libertad sindical
La Universidad de Antioquia, respeta y reconoce el derecho de establecer negociaciones colectivas, así como el de afiliarse o crear sindicatos sin sufrir discriminación, intimidación o acoso, por lo que espera que sus Proveedores o contratistas reconozcan que los trabajadores pueden ejercer libremente, sin distinción alguna, el derecho de sindicalizarse, promover y defender sus intereses y negociar colectivamente, y protejan a esos trabajadores contra toda acción discriminatoria u otra forma de discriminación relacionada con el ejercicio del derecho de sindicalizarse.
Los proveedores o contratistas deberán asegurar que los salarios se pagan en moneda de curso legal, respetar los límites a la jornada de trabajo, el régimen de horas extra, vacaciones y descansos,
4.1.3 Cumplimiento de obligaciones laborales
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compensen a los trabajadores con salarios justos y acordes con los mínimos establecidos y reconozcan y paguen oportunamente las prestaciones sociales y demás obligaciones laborales definidas por el Ministerio de Trabajo y la legislación aplicable y vigente.
4.1.4 Salud y seguridad en el trabajo
La Universidad de Antioquia promueve el trabajo seguro, saludable, decente e incorpora en sus labores la prevención de los riesgos, las enfermedades y accidentes en el desarrollo de sus actividades laborales, por lo tanto, espera que sus proveedores o contratistas aseguren los lugares de trabajo, la maquinaria, el equipo y los procesos que estén bajo su control sean seguros y no presenten riesgos para la salud; a fin de prevenir, en la medida en que sea razonablemente viable, el riesgo de accidentes o de efectos adversos sobre la salud de sus empleados y/o contratistas.
Los proveedores o contratistas deberán también implementar y colaborar en el control y cumplimiento de los protocolos de bioseguridad de la Universidad de Antioquia para la prevención de la propagación de cualquier virus o enfermedad, propagación de epidemias, pandemias o sindemias, así como de los protocolos y normas que expidan las autoridades competentes.
4.1.5 Prohibición de trabajo infantil
La Universidad de Antioquia, consciente de su rol formativo y protector de la niñez, rechaza la participación de menores de edad en la fabricación, operación o suministro de los bienes o servicios contratados. Por lo tanto, espera de los proveedores o contratistas se abstengan de emplear a quien no haya alcanzado la edad mínima de empleo de acuerdo con la ley que resulte aplicable y que además cumplan en todo momento con lo consagrado sobre las prohibiciones de trabajo infantil y peores formas de trabajo infantil.
4.1.6 Igualdad y no discriminación
Nuestros proveedores o contratistas deberán rechazar cualquier forma de discriminación y promover la igualdad de oportunidades sin considerar, creencias religiosas, etnia, género, edad, orientación sexual, nacionalidad, inclinación política o estado civil.
4.2 Gestión ambiental
La Universidad de Antioquia, propende por el mejoramiento continuo de las condiciones ambientales en las instalaciones de la Universidad, procurando así el bienestar de la comunidad mediante el cumplimiento responsable de las disposiciones legales, relacionadas con el buen
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manejo de los espacios verdes, el uso eficiente de los recursos, el reciclaje y reutilización de los materiales, y el tratamiento y disposición adecuada de los residuos, con énfasis en la construcción sostenible y economía circular, para mitigar el impacto de cambio climático, agua y biodiversidad y emisiones controladas.
4.2.1 Sustancias químicas y materiales peligrosos
Los proveedores o contratistas de la Universidad de Antioquia deberán localizar y gestionar las sustancias y otros materiales que representen un peligro al ser vertidos en el medio ambiente a fin que se manipulen, trasladen, almacenen, reciclen o reutilicen y eliminen en condiciones de seguridad y protección para el medio ambiente; cumpliendo, en todas sus operaciones y procesos, los estándares, la legislación ambiental colombiana vigente y los convenios nacionales e internacionales pertinentes.
4.2.2 Aguas residuales y residuos sólidos
Los proveedores o contratistas de la Universidad de Antioquia deberán abstenerse de realizar conexiones o vertimientos de aguas residuales a sumideros de aguas lluvias o la conexión temporal o definitiva de las mismas a las redes de las sedes de la Universidad, sin la autorización previa y escrita del Proceso de Gestión Ambiental o quien sea el responsable de la Gestión Ambiental en la Universidad. Para ello, nuestros proveedores o contratistas deben contar con un proceso o prácticas adecuadas para la administración, control, tratamiento y disposición de residuos sólidos y/o peligrosos.
4.2.3 Emisiones atmosféricas
Los proveedores o contratistas de la Universidad de Antioquia, deberán controlar y manipular adecuadamente los residuos y reducir las emisiones resultantes de sus operaciones, por lo tanto, siempre y cuando aplique se deberán describir las características y se deberá hacer un seguimiento de las sustancias químicas orgánicas volátiles, aerosoles, corrosivos, partículas, sustancias químicas que reducen la capa de ozono y subproductos de la combustión que se generan en las operaciones y se emiten a la atmósfera, que deberán controlarse y tratarse adecuadamente antes de la emisión a la atmósfera.
4.2.4 Residuos mínimos, máximos reciclaje
Nuestros proveedores o contratistas deberán procurar al máximo la reducción o eliminación de los residuos y los derroches de materiales de todo tipo, incluidos los de agua y energía, ya sea en su origen o mediante prácticas como la modificación de los procesos de producción y mantenimiento, y los procesos de las instalaciones o la sustitución, la conservación, el reciclaje y la reutilización de materiales.
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4.3 Ética y buenas prácticas
En la Universidad de Antioquia nos comprometemos por convicción, con la formulación y ejecución de acciones y buenas prácticas orientadas a brindar transparencia en sus actuaciones y a establecer mecanismos que permitan prevenir y controlar riesgos que lesionen gravemente el desarrollo de una Institución, una región o un país.
4.3.1 Lucha contra la corrupción, el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
La Universidad de Antioquia rechaza la corrupción, el soborno, el lavado de activos, la financiación del terrorismo o cualquier otra conducta asociada a estos. Por lo anterior, los proveedores o contratistas deberán adoptar mecanismos para la prevención de la corrupción, el soborno, el lavado de activos y la financiación del terrorismo y deberán tener una postura xx xxxx tolerancias a este tipo de actuaciones.
La Universidad de Antioquia no establecerá relaciones contractuales (como empleador, contratante o contratista, cliente o proveedor) con personas naturales o jurídicas que se encuentren en las listas restrictivas nacionales e internacionales utilizadas por la Institución o vinculados en procesos disciplinarios o fiscales por LA/FT.
4.3.2 Integridad en los negocios
Los proveedores o contratistas de la Universidad deberán garantizar que, al momento de establecer relaciones comerciales, no están en ninguna de estas situaciones: (i) Cesación de pagos; (ii) Concurso de acreedores; (iii) Embargos judiciales; (iv) En disolución o en liquidación, (v) no ha realizado ni realizará, ni participará en actividades engañosas, deshonestas o fraudulentas. Estas actividades no solo son poco éticas, sino que también suponen una infracción de la ley.
4.3.3 Competencia justa y xxxx
La Universidad de Antioquia promueve y hace respetar el régimen de promoción de la competencia y de prácticas comerciales restrictivas, contenido en la Ley 155 de 1959 (Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre prácticas comerciales restrictivas), el Decreto 2153 de 1992 (Por el cual se reestructura la Superintendencia de Industria y Comercio y se dictan otras disposiciones) y la Ley 1340 de 2009 (Por medio de la cual se dictan normas en materia de protección de la competencia), Ley 256 de 1996 (por la cual se dictan normas sobre competencia desleal), entre otras; por lo tanto, nuestros proveedores o contratistas se comprometen a cumplir con todas las leyes sobre competencia justa, xxxx y antimonopolio, aplicables a su negocio, en los términos establecidos en las normas aplicables, que no participan ni participarán en ninguna actividad orientada a restringir el
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comercio o promover la negativa a realizar negocios con clientes, miembros o Proveedores o contratistas en Colombia.
4.3.4 Gestión de conflictos de intereses
Para la Universidad de Antioquia, las causales de conflicto de interés para los servidores públicos son las previstas en la Constitución Política, en la ley, en los Estatutos Universitarios y se presenta cuando exista interés privado del servidor público, de su cónyuge o compañero permanente o parientes suyos dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único civil, o su socio o socios de hecho o de derecho, que puedan confundirse o verse patrocinados o beneficiados por la actuación oficial en los ámbitos administrativo, académico, contractual, de investigación o de extensión del servidor público, o en detrimento del interés general institucional que debe guiar su proceder.
Cuando nuestros proveedores o contratistas se encuentren frente a un conflicto de intereses, debe comunicarlo oportunamente a la Universidad de Antioquia, describiendo la situación de manera completa, detallada y suministrando toda la información que sea relevante para que se emitan recomendaciones sobre la adecuada administración del conflicto. Para tal fin, podrá informar la situación a los correos electrónicos xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx o xxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
4.3.5 Manejo adecuado de regalos y atenciones
La Universidad de Antioquia tiene una política de “tolerancia cero” frente a conductas que, en el relacionamiento con proveedores o contratistas, puedan dar lugar a cohechos, sobornos o cualquier tipo de prebendas para sus servidores públicos y, por tanto, no acepta regalos ni ofertas de atenciones sociales. Los servidores públicos de la Universidad de Antioquia no aceptarán invitaciones a eventos deportivos o culturales, ofertas de vacaciones ni ningún tipo de viaje recreativo, ofertas de transporte ni invitaciones a almuerzos o cenas y espera que sus proveedores o contratistas no ofrezcan a los funcionarios prestaciones tales como bienes o servicios gratuitos, ofertas de trabajo u oportunidades de compra con el fin de que influyan a su favor en las actividades comerciales con la Universidad.
4.4 Cumplimiento de normas tributarias
La Universidad de Antioquia aplica al interior de sus operaciones las políticas contables, de acuerdo con el marco normativo para entidades de gobierno, conforme a los requerimientos de la Resolución 533 de 2015 de la Contaduría General de la Nación, y sus modificaciones, que contribuya a lograr una información financiera con las características fundamentales de relevancia y representación fiel, establecidas en el Régimen de Contabilidad Pública, tal como lo exige la Resolución 193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación.
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Por lo anterior, NO participamos en operaciones cuya eficacia tributaria se fundamente en hechos y asunciones que son inconsistentes con la realidad comercial. Nuestros proveedores o contratistas deben cumplir con las obligaciones tributarias de acuerdo con la legislación aplicable.
5. Sanción de actos incorrectos
Si un proveedor o contratista de la Universidad de Antioquia no adopta medidas para prevenir los actos de explotación o abusos sexuales, no investiga los que se denuncien o no adopta medidas correctivas cuando se produzcan actos de ese tipo, tiene participación o está vinculado en procesos disciplinarios o fiscales por LA/FT, o tolera algún tipo de trato rudo o inhumano, coacción o castigo corporal, a alguien de esa manera e incumple alguno de los lineamientos de este código, la situación será puesta en conocimiento de la autoridad competente.
6. Reporte de actos indebidos
En caso de tener conocimiento de algún acto contrario a lo establecido en este código o la ley y normativa de la Universidad de Antioquia, las personas pueden denunciar, dirigiéndose al correo: xxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, Universidad de Antioquia. Calle 67 N° 53-108, Oficina 16-204, teléfono 000-00-00, Medellín o a través del canal de Peticiones, Quejas y Reclamos y Sugerencias (PQRS) del Portal Universitario: xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxx
7. Nota de cambio
▪ No aplica a la primera versión del documento.
8. Bibliografía
▪ Constitución Política de Colombia.
▪ Decreto 410 de 1971 Código de Comercio de Colombia.
▪ Acuerdo Superior 419 del 2014 (Estatuto General de Contratación de la UdeA.)
▪ Acuerdo Superior 475 del 2021 (Política de Seguridad y Salud en el Trabajo de la UdeA.)
▪ Acuerdo Superior 463 del 2019 (Adopta la Política de Responsabilidad Social la UdeA.)
▪ Acuerdo Superior 351 del 2018 (Por la cual se establece la política ambiental de la UdeA.)
▪ Acuerdo Superior 395 de 2011 (Por el cual se regula el conflicto de intereses del servidor público en la Universidad de Antioquia).
▪ Ley 1474 de 2011 (Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.)
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▪ Ley 1918 de 2018 (Por medio de la cual se establece el régimen de inhabilidades a quienes hayan sido condenados por delitos sexuales cometidos contra menores, se crea el registro de inhabilidades y se dictan otras disposiciones.)
▪ Resolución Rectoral 49054 de 2022 por la cual se actualiza el Manual de políticas contables de la UdeA VA-GF-MA-01versión: 02 / 30-jun-2022.
▪ Declaración Universal de Derechos Humanos y se enuncian en el Pacto Mundial de las Naciones Unidas véase (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx/Xxxxxx/xxxxx_xxxxxx/xxxxx.xxxx).
▪ El Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, 1948 (Núm. 87) y el Convenio sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, 1949 (Núm. 98).
▪ El Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930 (núm. 29) y su Protocolo de 2014 y el Convenio sobre la Abolición del Trabajo Forzoso, 1957 (Núm. 105).
▪ El Convenio sobre la Edad Mínima, 1973 (Núm. 138) y el Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, 1999 (Núm. 182); y la Convención sobre los Derechos del Niño.
▪ El Convenio sobre Igualdad de Remuneración, 1951 (Núm. 100) y el Convenio sobre la Discriminación (Empleo y Ocupación), 1958 (núm. 111).
▪ El Convenio sobre la Protección xxx Xxxxxxx, 1949 (Núm. 95) y el Convenio sobre las Cláusulas de Trabajo (Contratos Celebrados por las Autoridades Públicas), 1949 (Núm. 94); y en una serie de convenios relativos al tiempo de trabajo (véase xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxxx-xxxxxx- standards/working-time/lang--es/index.htm).
▪ Estos principios se enuncian en los convenios, recomendaciones y repertorios de recomendaciones prácticas de la OIT (véase xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxxx-xxxxxx- standards/occupational-safety-and-health/lang--es/index.htm).
Elaboró: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Profesional Especializado 3 División de Servicios Logísticos | Revisó: Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Profesional especializado 3 División de arquitectura de procesos | Aprobó: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Jefe División de Servicios Logísticos |
Fecha: 16-ENE-2023 | Fecha: 18-ENE-2023 | Fecha: 23-ENE-2023 |