LICITACION PÚBLICA 15/2015
XXXXXXXX Xx. 00/0000
“MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE COMPUTADORAS DE ESCRITORIO, PORTATILES, ESCÁNERES Y UPS CENTRALES XXXXX XXXXX INCLUYENDO LOS REPUESTOS DE PARTES”
LICITACION PÚBLICA 15/2015
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL PARQUE INFORMATICO”
Nosotros: XXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX, mayor de edad, empleada, de este domicilio, portadora de mi Documento Único de Identidad número
y Número de Identificación Tributaria
; que en el transcurso del presente instrumento me denominaré “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE O ASAMBLEA LEGISLATIVA” y XXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX, mayor de edad, Ejecutiva de ventas, de este domicilio, portadora
de mi Documento Único de Identidad número Número de Identificación Tributaria
y
, actuando en calidad de Directora Vicepresidente y
Representante Legal de la Sociedad GBM DE EL XXXXXXXX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse GBM DE EL XXXXXXXX, S.A. DE C.V., de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria
y Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios número
; que en el transcurso del presente instrumento me denominaré “LA CONTRATISTA” convenimos en celebrar el presente contrato de “MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE COMPUTADORAS DE ESCRITORIO, PORTATILES, ESCANER Y UPS CENTRALES
XXXXX XXXXX INCLUYENDO LOS REPUESTOS DE PARTES”, conforme a las cláusulas que a continuación se especifican: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. LA CONTRATISTA se compromete por el precio indicado, a proporcionar servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para un aproximado de: 900 computadoras de escritorio, 190 computadoras portátiles, 60 computadoras todo en uno, 20 escáneres y 4 ups centrales xxxxx Xxxxx. A efecto de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE podrá realizar todas las
gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesarias a efectos de salvaguardar los intereses que persigue. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente contrato los documentos siguientes: a) Las bases de Licitación Pública número LP – quince / dos mil quince; b) La oferta y sus documentos; c) El Acuerdo de adjudicación número ciento tres de fecha dieciséis xx xxxxx de dos mil quince; d) El Acuerdo de nombramiento de Administradores de Contrato número ciento cuatro de fecha dieciséis xx xxxxx de dos mil quince; e) Las resoluciones modificativas si las hubiere y f) Las Garantías. En caso de incongruencia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. TERCERA: PLAZO. El plazo para la ejecución total del servicio será desde la firma del contrato hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil quince. CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del servicio es por un monto total de TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE 40/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($35,479.40), el cual
incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), según detalle siguiente:
COMPONENTE A:
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE COMPUTADORAS DE ESCRITORIO, PORTÁTILES Y ESCÁNERES
No. | ACTIVIDADES | Precios con IVA (US$) | ||
REPUESTOS | MANO DE OBRA | TOTAL | ||
1 | Mantenimiento preventivo y correctivo de computadoras de escritorio, portátiles y escáneres | N/A | $19,376.62 | $19,376.62 |
Diecinueve mil trescientos setenta y seis 62/100 US dólares | $19,376.62 |
COMPONENTE D:
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE UPS CENTRALES XXXXX XXXXX INCLUYENDO LOS REPUESTOS DE PARTES
No. | ACTIVIDADES | Precios con IVA (US$) | ||
REPUESTOS | MANO DE OBRA (Incluye cambio de Partes y 2 mantenimientos preventivos) | TOTAL | ||
1 | Mantenimiento Preventivo – Correctivo Edificio de Comisiones, (1) UPS Powerware 9330 (30Kva) | N/A | $2,174.25 | $2,174.25 |
2 | Mantenimiento Preventivo – Correctivo Salón Azul, (2) UPS Powerware 9355 (40 Kva) | N/A | $12,635.62 | $12,635.62 |
3 | Mantenimiento Preventivo – Correctivo Unidad de Sistemas, (1) UPS Powerware 9170 (15Kva) | N/A | $1,292.91 | $1,292.91 |
Dieciséis mil ciento dos 78/100 US Dólares | $16,102.78 |
Xxxxx xxxxx será pagado por la INSTITUCIÓN CONTRATANTE por medio de 6 pagos mensuales distribuidos de la siguiente manera: los primeros 5 pagos por un monto de CINCO MIL NOVECIENTOS TRECE 23/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($5,913.23) cada uno
y un último pago por la cantidad de CINCO MIL NOVECIENTOS TRECE 25/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($5,913.25), todos los pagos serán avalados por los administradores de contrato según el cumplimiento de la programación entregada a la contratista por parte de dichos administradores y se harán efectivos en un plazo no menor de sesenta días contados a partir de la presentación en la Gerencia de Administración y Finanzas de la factura en duplicado de consumidor final, copia del contrato firmado por ambas partes y copia del acta de recepción parcial o final del servicio. Para que la contratante pueda hacer efectivo el pago, la contratista deberá presentar un número de cuenta del Banco de su elección, en la que se realizará el depósito de la cantidad a cancelar por la factura presentada para cobro. Debido a que la Asamblea Legislativa ha sido designada Agente de Retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios por el Ministerio de Hacienda, según Resolución Número doce mil trescientos uno - NEX - dos mil ciento setenta y ocho - dos mil siete, de fecha cuatro de diciembre de dos mil siete en aplicación al artículo ciento sesenta y dos del Código Tributario, se retendrá el uno por ciento, como anticipo al pago que causa este impuesto, en toda factura igual o mayor a cien dólares de los Estados Unidos de América, debiendo la institución contratante entregarle a la contratista la respectiva constancia de retención para los efectos de la declaración de IVA de la Contratista. QUINTA: LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. LA CONTRATISTA se obliga a prestar el servicio objeto del presente contrato en las instalaciones de la Asamblea Legislativa ubicada en Xxxxxxx Legislativo, Centro de Gobierno, San Xxxxxxxx; Biblioteca ubicada en Calle La Mascota, Colonia Maquilishuat, edificio setecientos setenta, San Xxxxxxxx; Edificio Anexo ubicado en Tercera Calle Poniente y Novena Avenida Norte, número quinientos treinta y dos, San Xxxxxxxx y oficinas departamentales ubicadas en las ciudades de Chalatenango Sexta Xxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xx Xxxxx; San Xxxxxx diecisiete Avenida Sur y calle Los Naranjos, número mil uno, colonia Xxxxxx Xxxxxx xxxxxxx Xxx xxx xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx Xx Xxx; Santa Xxx Quinta
Avenida Sur y Tercera Calle Oriente; San Xxxxxxx Séptima Avenida Sur y Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx xxxxxxxx x xxx, Xxxxxx Xxx Xxxx xx Xxxx; Xx Xxx Xxxxx Xx. Xxxxxxx Xxxx, xxxxxx xxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xx Xxxxxx; Ahuachapán Quinta Calle Oriente y Avenida Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, local cuatro guión dos; La Unión Calle a Conchagua, número once, Barrio San Xxxxxxx, a cien metros de la carretera Panamericana, entrada al municipio de La Unión; Sonsonate Boulevard Las Palmeras, kilometro sesenta y cuatro, carretera a San Xxxxxxxx y Usulután Octava Avenida Norte y Sexta Calle Oriente, número cuarenta y siete, Barrio La Parroquia, de acuerdo a la demanda o la programación que proporcionen los administradores de contrato. SEXTA: GARANTÍAS: Garantía de Cumplimiento de Contrato: Para garantizar las obligaciones emanadas del presente contrato LA CONTRATISTA se obliga a presentar en un plazo no mayor de cinco días hábiles posteriores al recibo de este contrato suscrito por ambas partes, una garantía por un monto de XXXX XXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXX 00/000 XXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXX XX XXXXXXX ($3,547.94) equivalente al diez por
ciento del valor total del contrato, para asegurar que cumplirá con todas las cláusulas establecidas en este contrato y que el servicio será brindado a entera satisfacción. Esta garantía se incrementará en la misma proporción en que el valor del contrato llegase a aumentar y deberá permanecer vigente por un plazo igual al plazo contractual más noventa días. La no presentación de esta garantía en el plazo indicado, dará lugar a la aplicación del literal a) del Artículo 94 de la LACAP y se entenderá que la contratista ha desistido de su oferta. Se aceptarán como garantías: Fianzas o Garantías bancarias emitidas por una Institución Bancaria, Sociedades de Seguro y Afianzadoras Nacionales y Extranjeras, Sociedades de Garantías Recíprocas, siempre y cuando su emisión de garantías lo hicieren por medio de alguna de las instituciones del Sistema Financiero y deberán otorgarse con calidad de solidaria, irrevocables y ser de ejecución inmediata como garantía a primer requerimiento. SÉPTIMA: COMPROMISO PRESUPUESTARIO. LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE hace
constar que el importe económico del presente contrato será aplicado a la asignación presupuestaria correspondiente del presupuesto general vigente. OCTAVA: ADMINISTRACIÓN. En la relación administrativa del presente contrato el enlace entre la Asamblea Legislativa y el Contratista, serán las siguientes personas: Ing. Xxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx, para el COMPONENTE A: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE COMPUTADORAS DE ESCRITORIO, PORTÁTILES
Y ESCÁNERES e Ing. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx para el COMPONENTE D: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE UPS CENTRALES XXXXX XXXXX INCLUYENDO LOS REPUESTOS DE
PARTES, ambos de la Unidad de Sistemas; quienes tendrán la responsabilidad de verificar el cumplimiento del presente contrato en los aspectos técnicos, administrativos y financieros y además deberán: a) Verificar el cumplimiento de las cláusulas contractuales; b) Conformar y
mantener actualizado el expediente de seguimiento de la ejecución del contrato, remitiendo copias a la UACI, de todos los documentos. En el expediente se documentará todo hecho relevante, en cuanto a las actuaciones y documentación relacionada con informes de cumplimiento de contrato, modificaciones y actas de recepción; c) Informar oportunamente sobre la ejecución de los contratos a la UACI y a la Unidad responsable de efectuar los pagos; d) Solicitar al contratista, en caso de incrementos en el monto o prórroga en el plazo del contrato, la actualización de la garantía correspondiente; y e) Elaborar y suscribir conjuntamente con el contratista las actas de recepción provisionales, parciales o definitivas del servicio contratado y todas las obligaciones establecidas en la LACAP y su Reglamento. NOVENA: PROHIBICIONES. Queda expresamente prohibido a LA CONTRATISTA traspasar o ceder a cualquier título, los derechos y obligaciones emanados del presente contrato, así como subcontratar. La trasgresión de esta disposición además de las causales comprendidas en el Artículo Noventa y Cuatro de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, dará lugar a la caducidad del contrato procediéndose a hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. DÉCIMA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA: COMPONENTE A: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE COMPUTADORAS DE ESCRITORIO, PORTÁTILES Y ESCÁNERES: COMPUTADORAS PORTATILES: 1) Verificar el estado y
condiciones antes de efectuar el mantenimiento de las computadoras portátiles; 2) Realizar pruebas de funcionamiento de todos los dispositivos y periféricos de las computadoras portátiles; 3) Chequear el voltaje xx xxxxxxx de poder de las computadoras portátiles; 4) Revisar el estado de los cables y conectores de las computadoras portátiles; 5) Realizar limpieza externa de las computadoras portátiles; 6) Lubricar y realizar limpieza de los componentes y conectores internos de las computadoras portátiles que no cuentan con garantía; 7) Revisar el estado de la batería de las computadoras portátiles; 8) Realizar limpieza lógica (vaciado de la cache del equipo, eliminación de archivos temporales y verificación del buen funcionamiento de del antivirus) de las computadoras portátiles; 9) Revisar el inventario de software instalado en las computadoras portátiles; 10) Realizar revisión y diagnóstico de disco duro interno de las computadoras portátiles; 11) Realizar estandarización de nombre de equipo según lineamentos, de las computadoras portátiles; MONITOR: 12) Realizar ajustes de linealidad, foco, brillo y contraste de los monitores; 13) Realizar la revisión de cables y conectores de los monitores; 14) Realizar limpieza general de los monitores interna y externa. La limpieza interna aplica únicamente a los monitores que no cuentan con garantía; TECLADO Y MOUSE: 15) Realizar limpieza externa e interna, revisión del sistema de teclas. La limpieza interna aplica únicamente a los teclados que no cuenten con garantía; 16) Realizar limpieza externa e interna del mouse. La limpieza interna aplica únicamente a los mouses que no
cuenten con garantía; 17) Ordenar los cables de conexión de periféricos y eléctricos; ESCÁNERES:
18) Verificar el estado y condiciones de la operación antes de efectuar el mantenimiento; 19) Chequear el voltaje de fuente de poder; 20) Comprobar el buen funcionamiento electrónico y mecánico del equipo, utilizando herramientas de diagnóstico; 21) Revisar los cables y conectores de los escáneres; 22) Realizar la lubricación y limpieza interna y externa del equipo (partes mecánicas, de transmisión, engranajes, rodillos y conectores) con químicos especiales. La lubricación y limpieza interna aplica únicamente a los escáneres que no cuentan con garantía; COBERTURA: 23) Brindar cobertura de al menos 45 horas semanales, considerando el horario de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:00 p.m. Xxxxxxx que puede modificarse de acuerdo a las necesidades y criterio del administrador de contrato; REPORTES: 24) Presentar informes digitales y físicos de los mantenimientos y diagnósticos realizados, con las firmas de aceptación y conformidad del servicio recibido por parte del usuario de la Asamblea Legislativa; MATERIALES A UTILIZAR: 25) Utilizar para la ejecución del mantenimiento materiales de la mejor calidad para garantizar la vida útil de los equipos; CONSIDERACIONES DEL SERVICIO: 26) El servicio considera la mano de obra necesaria cuando aplique para la reinstalación o reconfiguración del sistema operativo, traslado de equipos y reemplazo de partes. Siempre y cuando La Asamblea Legislativa proporcione dichas partes y el transporte para realizar los traslados; 27) El servicio incluye la mano de obra para la instalación y/o configuración de partes y software (tarjetas, fuentes de poder, memoria, discos duros, sistema operativo, etc.) en todos los equipos cubiertos por el contrato de servicio, sin cargo adicional para la Asamblea Legislativa, cuando estos resulten dañados o cuando así sea requerido. Las partes y el software y/o medios de instalación deben de ser proveído por la Asamblea Legislativa; 28) Proporcionar asistencia de soporte personalizado en caso de cambio de configuración o actualización de versión de software, despliegue o implementación de paquetes, configuraciones, políticas, problemas de hardware independientemente de la fecha y hora que sean programados. El transporte debe de ser proporcionado, si aplica, por la Asamblea Legislativa a fin de dar el servicio oportunamente; 29) En el caso de los mantenimientos preventivos y correctivos de las sedes departamentales, el transporte correrá por cuenta de La Asamblea Legislativa; 30) Garantizar la permanencia en sitio de 4 técnicos con no menos de 2 años de experiencia en mantenimiento preventivo y correctivo de equipos informáticos, 31) En caso que el equipo sea irreparable debido a que la falla es muy severa, el costo de la reparación sea elevado, no existan repuestos disponibles o estos no sean fácilmente obtenibles, se deberá justificar con un diagnostico valido integrado en el informe respectivo; 32) El mantenimiento preventivo debe realizarse cada 6 meses, en una planificación acordada con la Unidad de Sistemas y 33) Si en la ejecución del mantenimiento
preventivo/correctivo el equipo se daña por mala manipulación o por negligencia del técnico, el costo de la reparación o sustitución será absorbido por la contratista. Para determinar el nivel de responsabilidad se deberá especificar la persona para este fin. La contratista no se hace responsable por la pérdida de información al realizar mantenimientos sobre los equipos contratados en este mantenimiento. Es responsabilidad de la Asamblea Legislativa mantener los respectivos Backup de sus equipos. Si fuese el caso que los técnicos llegaren a dañar un equipo, la contratista reparará o sustituirá por un equipo equivalente o superior al equipo dañado; COMPONENTE D: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE UPS CENTRALES XXXXX XXXXX INCLUYENDO LOS REPUESTOS DE PARTES Y BATERIAS: MANTENIMIENTO PREVENTIVO: 1)
Realizar en sus rutinas de mantenimiento preventivo inspección y limpieza del sistema UPS, para evitar acumulación de polvo y otros materiales extraños; 2) Verificar de forma mensual el buen funcionamiento de medidores, interruptores y focos pilotos; 3) Realizar verificación del voltaje y frecuencia de salida apropiados del inversor; 4) Realizar verificación de una ventilación adecuada de todas las unidades del sistema; 5) Realizar revisión y limpieza de los conectores de baterías; 6) Inspeccionar la carga y voltaje apropiado de baterías; 7) Hacer revisión de los log y configuración de administración remota, corregir o actualizar de ser necesario con previa autorización de la Unidad de Sistemas; 8) Hacer revisión del nivel de carga del banco de baterías, revisión de tarjetas de controladores y revisión de etapas de potencia; 9) Revisar bypass externo y revisión del cable de alimentación del equipo incluyendo protección térmica o termo-magnética; 10) Realizar inspección del voltaje total de la D.C. para el sistema de UPS; 11) Hacer limpieza general de banco de baterías;
12) Realizar verificación del aislamiento y buena condición de las conexiones; 13) Verificar el buen funcionamiento y ajuste de los módulos electrónicos del sistema UPS, de acuerdo a lo recomendado por el fabricante; 14) Programar en conjunto con la Unidad de Sistemas de la Asamblea Legislativa 2 rutinas de mantenimiento preventivo en el período de vigencia del contrato; MANTENIMIENTO CORRECTIVO: 15) Rectificar, mejorar o reparar los equipos UPS cuando estos hubiesen sufrido algún daño y procederá siempre que la institución lo solicite a la contratista mediante cualquier medio de comunicación escrita. En el contrato se incluyen todos los repuestos originales requeridos para la reparación de un equipo que necesite mantenimiento correctivo y la mano de obra respectiva, incluyendo cambio de baterías; CERTIFICACIÓN: 16) Hacer las correcciones, si aplica, para certificar las fases de alimentación de cada uno de los equipos garantizando el suministro y funcionamiento óptimo de los mismos; GENERALIDADES: 17) Atender toda solicitud de servicio de mantenimiento correctivo hecha por la institución contratante en un lapso de tiempo no mayor a 2 horas en el área central, en la modalidad 24x7; 18) Utilizar materiales de la mejor calidad para no afectar la salud de
los empleados de la institución; 19) Poseer un stock de partes local para soportar la xxxxx XXXXX;
20) Poseer un centro de atención de llamados 24x7 para poder reportar cualquier incidente con el servicio a ofertar, teléfono 0000-0000 y correo electrónico xxxxxxx@xxx.xxx y 21) Cualquier otra obligación que derive de este instrumento y demás documentos contractuales. DECIMA. PRIMERA: RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATANTE: 1) Brindar los accesos necesarios a Oficinas Centrales, anexos y departamentales o donde se encuentren los equipos a los que se les dará mantenimiento;
2) Mantener los backup actualizados; 3) Acatar las recomendaciones del personal técnico de la contratista; 4) Durante todo el proceso, es exclusiva responsabilidad de la contratante, el contar con respaldo de las configuraciones y datos de los equipos; 5) Brindar transporte al personal de la contratista, cuando aplique de conformidad a lo establecido en la cláusula que antecede y 6) Cualquier otra obligación que derive de este instrumento y demás documentos contractuales. DECIMA SEGUNDA: MULTA POR XXXX Y CADUCIDAD DEL CONTRATO. En caso xx xxxx en el cumplimiento del presente contrato por parte de LA CONTRATISTA, se aplicará lo dispuesto en el artículo ochenta y cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración pública, sin perjuicio de declarar la caducidad del contrato. DÉCIMA TERCERA: TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes podrán acordar la extinción de las obligaciones que emanan de este contrato en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato. DÉCIMA CUARTA: MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA. De común acuerdo el presente contrato podrá ser modificado o prorrogado en su plazo de conformidad a la Ley. En tales casos, la INSTITUCIÓN CONTRATANTE emitirá la correspondiente resolución la cual se relacionará en el instrumento modificatorio, debiendo ser firmada por el presidente de la Asamblea Legislativa y la Contratista. Además LA CONTRATISTA deberá entregar la ampliación de la garantía de cumplimiento de contrato. DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Para resolver las diferencias o conflictos que surgieren durante la ejecución del presente contrato se estará a lo dispuesto en el Título VIII, Capítulo I de la LACAP. DÉCIMA SEXTA: JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para los efectos jurisdiccionales de este contrato las partes se someten a la legislación vigente de la República de El Xxxxxxxx cuya aplicación se realizará de conformidad a lo establecido en el artículo cinco de la LACAP. Asimismo, señalan como domicilio especial el de esta ciudad a la competencia de cuyos tribunales se someten. DÉCIMA SÉPTIMA: NOTIFICACIONES. Las notificaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de su recepción en las direcciones que a continuación se indican: LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE: Xxxxxxx Legislativo, Centro de Gobierno, San Xxxxxxxx y LA CONTRATISTA: Xxxxx Xxxx Xxxxx, xxxxxx 000,
xxxxxxx Xxx Xxxxxx, Xxx Xxxxxxxx. En fe de lo cual firmamos este contrato en la ciudad de San Xxxxxxxx, uno de julio de dos mil quince.
XXX.XXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX----------ILEGIBLE------------PRESIDENTA---------SELLO ASAMBLEA LEGISLATIVA-----------XXX. XXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX-------------ILEGIBLE----------------------------
CONTRATISTA--------------------------------------------SELLO CONTRATISTA----------------------------------ILEGIBLE----------------
SELLO NOTARIO”””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””
c
En la ciudad de San Xxxxxxxx, a las ocho horas del día uno de julio de dos mil quince. Ante mí, XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX, Notario, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, comparecen las señoras: XXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX, de cincuenta y nueve años de edad, empleada, del domicilio de San Xxxxxxxx, departamento de San Xxxxxxxx, persona a quien conozco e identifico por medio de su
Documento Único de Identidad número Identificación Tributaria
, con número de
, actuando en mi carácter de presidenta y representante legal de la ASAMBLEA LEGISLATIVA, del domicilio de San Xxxxxxxx, departamento de San Xxxxxxxx, con Número de Identificación Tributaria
, de cuya personería doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista: a) Decreto Legislativo número uno, de fecha catorce xx xxxx del año dos mil quince, por medio del cual se declaró instalada la Asamblea Legislativa que fungirá durante el periodo legislativo dos mil quince dos mil dieciocho, publicado en el Diario Oficial número ciento tres Tomo número cuatrocientos siete de fecha nueve xx xxxxx de dos mil quince, b) Decreto Legislativo número setecientos cincuenta y seis de fecha veintiocho de julio del año dos mil cinco, por medio del cual se aprobó el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa, publicado en el Diario Oficial número ciento noventa y ocho, Tomo número trescientos sesenta y nueve de fecha veinticinco de octubre del año dos mil cinco; el cual en su artículo
once, establece que la Junta Directiva estará integrada por una Presidencia, Vicepresidencias y Secretarías, de conformidad con el protocolo de entendimiento que acordarán los grupos parlamentarios, al inicio del respectivo período legislativo, y que sus integrantes podrán durar en su cargo todo el periodo legislativo; y en el artículo trece dispone que el Presidente de la Asamblea es su representante legal y como tal, de acuerdo a lo prescrito en el número dos de dicho artículo, el Presidente ejerce la representación judicial y extrajudicial de la Asamblea Legislativa; c) Acuerdo Legislativo número uno de fecha catorce xx xxxx de dos mil quince, por medio del cual la Asamblea Legislativa de la República de El Xxxxxxxx, de conformidad a lo establecido en el artículo once de su Reglamento Interior y al Protocolo de Entendimiento, acordó integrar a la Junta Directiva, nombrando como Presidenta de la misma a la Diputada XXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX como Presidenta de la Asamblea Legislativa y por consiguiente de la Junta Directiva; d) Versión taquigráfica de la sesión de instalación, celebrada el uno y catorce xx xxxx de dos mil quince, en la cual consta que XXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX rindió la protesta constitucional como Presidenta de la Asamblea Legislativa, para el periodo comprendido del catorce xx xxxx de dos mil quince al siete de noviembre de dos mil dieciséis y e) Acuerdo de Junta Directiva número uno de fecha quince xx xxxx de dos mil quince, mediante el cual la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa, autorizó a la señora Presidenta de la institución, de conformidad a los artículos dieciocho inciso quinto de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y trece numeral tres del Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa, para firmar todos los contratos derivados de procesos de adquisición y contratación independientemente de su monto; que en el transcurso del presente instrumento se denominará “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE O ASAMBLEA LEGISLATIVA” y XXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX, de
cincuenta y dos años de edad, Ejecutiva de ventas, de este domicilio, persona a quien no conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número
, con Número de Identificación Tributaria
, actuando en calidad de Directora Vicepresidente y Representante Legal de la sociedad GBM DE EL XXXXXXXX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse GBM DE EL XXXXXXXX, S.A. DE C.V., de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria
y Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios número
; cuya personería Doy fe de ser legitima y suficiente por haber tenido a la vista la documentación siguiente: a) Copia certificada por notario de la Escritura Pública de Modificación de la sociedad e incorporación íntegra del nuevo Texto del Pacto Social, otorgada en esta ciudad, a las diez horas del día veinte xx xxxx de dos mil once, ante los oficios xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, inscrita en el Registro de Comercio, al número Treinta del Libro Dos Mil Setecientos Cuarenta y Cinco del Registro de
Sociedades, el xxxxx xx xxxxx de dos mil once, de la cual consta que su denominación, naturaleza y domicilio son los indicados, que su plazo es indeterminado, que entre su finalidad esta la realización de actos como el presente, que la administración de la sociedad está confiada a una Junta Directiva integrada por no menos seis ni más de nueve Directores Propietarios, quienes duraran en funciones tres años y pueden ser reelectos; que la representación judicial y extrajudicial corresponden al Director Presidente y al Director Vicepresidente de la Junta Directiva, en forma conjunta o separada, y previo acuerdo general o especial de la Junta Directiva podrán celebrar toda clase de actos y contratos; b) Copia certificada por notario de la Credencial de Elección de Junta Directiva, expedida por el Secretario de la Junta General de Accionistas de la Sociedad, el día doce de noviembre de dos mil catorce, en la cual consta que en el punto primero de la Junta General de Accionistas celebrada a las nueve horas del día treinta de octubre de dos mil catorce, se acordó elegir a la nueva Junta Directiva para el periodo de tres años, habiendo elegido a la xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx como Directora Vicepresidente; credencial inscrita en el Registro de Comercio al número VEINTIDÓS, del Libro TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA del Registro de Sociedades, el veintisiete de noviembre de dos mil catorce y c) Fotocopia Certificada por notario del punto único del acta número CINCUENTA Y TRES de Junta Directiva de la sociedad GBM DE EL XXXXXXXX, S.A. DE C.V. celebrada el día siete de diciembre de dos mil catorce; en al cual autorizaron de forma general a la Directora Vicepresidenta xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, para que en nombre de la sociedad pueda otorgar toda clase de actos, contratos y licitaciones, contraer todo tipo de obligaciones, firmar documentos, representar a la sociedad ante todos los Órganos del Gobierno y entes privados entre otras cosas; que en el transcurso del presente instrumento se denominará “LA CONTRATISTA”, y ME DICEN: Que en esta misma ciudad y fecha han celebrado un contrato de “MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE COMPUTADORAS DE ESCRITORIO, PORTATILES, ESCANER Y UPS CENTRALES XXXXX XXXXX INCLUYENDO LOS REPUESTOS DE PARTES”,
el cual me presentan para darle categoría de instrumento público y acordaron que se regiría por las cláusulas que a continuación se detallan: “PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. LA CONTRATISTA se compromete por el precio indicado, a proporcionar servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para un aproximado de: novecientas computadoras de escritorio, ciento noventa computadoras portátiles, sesenta computadoras todo en uno, veinte escáneres y cuatro ups centrales xxxxx Xxxxx. A efecto de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesarias a efectos de salvaguardar los intereses que persigue. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente contrato los documentos siguientes: a) Las bases de Licitación Pública número LP – quince / dos mil quince; b) La oferta y sus documentos; c) El Acuerdo de
adjudicación número ciento tres de fecha dieciséis xx xxxxx de dos mil quince; d) El Acuerdo de nombramiento de Administradores de Contrato número ciento cuatro de fecha dieciséis xx xxxxx de dos mil quince; e) Las resoluciones modificativas si las hubiere y f) Las Garantías. En caso de incongruencia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. TERCERA: PLAZO. El plazo para la ejecución total del servicio será desde la firma del contrato hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil quince. CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del servicio es por un monto total de TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, el cual incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), según detalle definido en la cláusula cuarta del contrato que se auténtica. Xxxxx xxxxx será pagado por la INSTITUCIÓN CONTRATANTE por medio de 6 pagos mensuales distribuidos de la siguiente manera: los primeros cinco pagos por un monto de CINCO MIL NOVECIENTOS TRECE PUNTO VEINTITRÉS DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA cada uno y un último pago por la cantidad de CINCO MIL NOVECIENTOS TRECE PUNTO VEINTICINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, todos los pagos
serán avalados por los administradores de contrato según el cumplimiento de la programación entregada a la contratista por parte de dichos administradores y se harán efectivos en un plazo no menor de sesenta días contados a partir de la presentación en la Gerencia de Administración y Finanzas de la factura en duplicado de consumidor final, copia del contrato firmado por ambas partes y copia del acta de recepción parcial o final del servicio. Para que la contratante pueda hacer efectivo el pago, la contratista deberá presentar un número de cuenta del Banco de su elección, en la que se realizará el depósito de la cantidad a cancelar por la factura presentada para cobro. Debido a que la Asamblea Legislativa ha sido designada Agente de Retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios por el Ministerio de Hacienda, según Resolución Número doce mil trescientos uno - NEX - dos mil ciento setenta y ocho - dos mil siete, de fecha cuatro de diciembre de dos mil siete en aplicación al artículo ciento sesenta y dos del Código Tributario, se retendrá el uno por ciento, como anticipo al pago que causa este impuesto, en toda factura igual o mayor a cien dólares de los Estados Unidos de América, debiendo la institución contratante entregarle a la contratista la respectiva constancia de retención para los efectos de la declaración de IVA de la Contratista. QUINTA: LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. LA CONTRATISTA se obliga a prestar el servicio objeto del presente contrato en las instalaciones de la Asamblea Legislativa ubicada en Xxxxxxx Legislativo, Centro de Gobierno, San Xxxxxxxx; Biblioteca ubicada en Calle La Mascota, Colonia Maquilishuat, edificio setecientos setenta, San Xxxxxxxx;
Edificio Anexo ubicado en Tercera Calle Poniente y Novena Avenida Norte, número quinientos treinta y dos, San Xxxxxxxx y oficinas departamentales ubicadas en las ciudades de Chalatenango Sexta Xxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xx Xxxxx; San Xxxxxx diecisiete Avenida Sur y calle Los Naranjos, número mil uno, colonia Xxxxxx Xxxxxx xxxxxxx Xxx xxx xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx Xx Xxx; Santa Xxx Quinta Avenida Sur y Tercera Calle Oriente; San Xxxxxxx Séptima Avenida Sur y Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx xxxxxxxx x xxx, Xxxxxx Xxx Xxxx xx Xxxx; Xx Xxx Xxxxx Xx. Xxxxxxx Xxxx, xxxxxx xxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xx Xxxxxx; Ahuachapán Quinta Calle Oriente y Avenida Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, local cuatro guión dos; La Unión Calle a Conchagua, número once, Barrio San Xxxxxxx, a cien metros de la carretera Panamericana, entrada al municipio de La Unión; Sonsonate Boulevard Las Palmeras, kilometro sesenta y cuatro, carretera a San Xxxxxxxx y Usulután Octava Avenida Norte y Sexta Calle Oriente, número cuarenta y siete, Barrio La Parroquia, de acuerdo a la demanda o la programación que proporcionen los administradores de contrato”. Dicho contrato contiene otras cláusulas que por estar claramente detalladas en el mismo, se omite relacionarlas, no obstante los comparecientes las reconocen. Así se expresaron los otorgantes, y yo, la Notario, DOY FE: Que las firmas puestas en el documento por los comparecientes, son AUTÉNTICAS, así como las calidades en las que comparecen y que expliqué a los comparecientes los efectos legales de la presente acta notarial que consta de tres hojas útiles, y leída que les fue por mí, íntegramente, en un solo acto sin interrupción, ratificaron su contenido y firmamos. DOY FE.