PLIEGO DE CONDICIONES
PLIEGO DE CONDICIONES
Para la adjudicación conjunta del
Contrato de Construcción y Acondicionamiento del Centro de Ensayos para Ascensores de la Fundación PRODINTEC
En Gijón, a diecinueve de noviembre de dos mil doce
Preámbulo
La Fundación PRODINTEC (NIF G-33914557), con domicilio en el Parque Científico y Tecnológico xx Xxxxx, xxxx INTRA, avenida del Jardín Botánico, número 1.345, edificio «Antiguo Xxxxxxxx xx Xxxxxxx», 00000 Xxxxx (XXXXXXXX), Telf. 000 000000, fax 000.000.000, página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx, e-mail xxxx@xxxxxxxxx.xxx y, a los solos efectos de la presente licitación, xxx@xxxxxxxxx.xxx) es una entidad privada sin ánimo de lucro que tiene como principal objetivo y finalidad potenciar la competitividad de las empresas industriales asturianas mediante la aplicación de avances tecnológicos tanto a sus productos como a sus procesos de fabricación.
En el marco de su tarea como Centro Tecnológico, PRODINTEC se ha propuesto llevar a cabo la construcción de nueva planta y el acondicionamiento de un Centro de Ensayos para Ascensores destinado a servir de laboratorio de pruebas en los procesos de innovación y desarrollo tecnológico relacionados con este tipo de equipos o de otros que, por su naturaleza y características, permitan optimizar el aprovechamiento de sus instalaciones.
El Centro de Ensayos para Ascensores de PRODINTEC se construirá en la superficie de la parcela 165 E del Polígono de Roces (Gijón), situada en la confluencia de las calles Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxxxx, sobre la que esta Fundación ostenta un derecho administrativo de concesión demanial.
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El Proyecto cuenta con financiación a cargo de los Fondos FEDER, por lo que su adjudicación se halla sometida a los dictados del vigente Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y a lo prevenido en las Instrucciones Internas de Contratación aprobadas por la Fundación PRODINTEC. A tal efecto y en el justo marco de lo prevenido en esta normativa, PRODINTEC ha recurrido a la convocatoria de un procedimiento abierto para la adjudicación conjunta de los contratos de construcción y equipamiento del Centro de Ensayos, respetando los principios de igualdad, libre competencia, publicidad y transparencia llamados a regir este tipo de procesos y procurando una asignación eficiente de los
fondos públicos aplicados al pago de las prestaciones objeto de contratación; garantizando la adjudicación del contrato empresario que presente la oferta económicamente más ventajosa.
La contratación de las obras de edificación juntamente con el acondicionamiento del Centro de Ensayos se justifica por la vinculación y el carácter complementario de tales prestaciones, así como por razones de coordinación y eficiencia. A los oportunos efectos legales, se admite la prevalencia de la prestación de obra, por su mayor entidad económica.
Condiciones de Contratación
I.- Prestaciones contractuales objeto de adjudicación
1. El presente Pliego de Condiciones regirá el proceso de adjudicación conjunta de los contratos de obra y acondicionamiento del futuro Centro de Ensayos para Ascensores promovido por la Fundación PRODINTEC.
2. Las prestaciones objeto de licitación serán, pues, las obras de edificación del referido inmueble con aportación de materiales, junto con el suministro e instalación de determinados equipos y aparatos destinados al acondicionamiento del edificio o lo que es lo mismo: el edificio construido y acondicionado de conformidad con este Pliego de Condiciones de Contratación y sus especificaciones técnicas anexas, que se incorporarán al Contrato y tendrán carácter vinculante.
3. PRODINTEC ha solicitado y está a punto de obtener del Ayuntamiento xx Xxxxx la preceptiva licencia municipal de obras, cuyo pago asumirá directamente esta Fundación como promotora de tales obras.
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4. Corresponderá a la EMPRESA adjudicataria la tramitación y obtención a su xxxxx de cualesquiera otras licencias, permisos o autorizaciones que pudiera requerir el cumplimiento de las prestaciones objeto de licitación (tales como cierres, casetas, señalización, limpieza viaria, instalación xx xxxx- torre, reposición de aceras, etc.). En particular, la tramitación y obtención ante la Autoridad administrativa competente de las autorizaciones relativas a las instalaciones que así lo requieran, disponiendo al efecto la documentación pertinente (proyectos específicos, certificados de instaladores autorizados, etc).
5. En caso de que la ejecución de las prestaciones objeto de licitación coincida en el tiempo con obras llevadas a cabo en parcelas adyacentes o con los trabajos de urbanización del polígono, la
EMPRESA coordinará adecuadamente su actividad con la desarrollada por las demás empresas y facilitará en la medida de lo posible la labor de estas últimas.
6. La autoría del Proyecto de Ejecución de las obras de edificación del Centro de Ensayos corresponde al arquitecto xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
7. La Dirección y la Dirección de Ejecución de las obras han sido contratadas, juntamente con la proyección, con el estudio «Péon Arquitectos» y estarán a cargo del arquitecto xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx y de la arquitecta técnica xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, respectivamente.
II.- Régimen jurídico de los futuros Contratos
8. Los contratos de obra y compraventa objeto del presente Pliego tendrán naturaleza jurídico-privada y carácter mercantil, quedando su ejecución bajo la salvaguarda de los Jueces y Tribunales del orden jurisdiccional civil.
9. Tales contratos se regirán, en cuanto a su preparación, adjudicación y régimen de modificación, por la Ley de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las normas del Derecho Privado, por el que se regirán en todo caso los efectos y la extinción de los mismos.
10. En consecuencia, se regirán por las Condiciones fijadas en este Pliego y sus Anexos, así como por las disposiciones de los Códigos de Comercio y Civil, los preceptos xx Xxx de Ordenación de la Edificación y demás normas jurídicas específicamente aplicables a la contratación empresarial de obras de construcción de inmuebles y a la compraventa e instalación de equipos.
11. El Contrato a suscribir con la EMPRESA adjudicataria obligará a las partes en todos sus extremos, junto con sus Anexos, debiendo ejecutarse y cumplirse por ellas de conformidad con el postulado general de buena fe, llamado a regir este tipo de relaciones jurídico-negociales, según los términos en que ha sido adoptado, sin tergiversar con interpretaciones arbitrarias el sentido recto, propio y usual de las palabras, ni restringir los efectos que naturalmente se deriven del modo con que los contratantes hubieren explicado su voluntad y contraído sus respectivas obligaciones.
III.- Órgano de Contratación
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12. La competencia para proceder al otorgamiento del Contrato corresponde al Presidente del Patronato y al Director Gerente de la FUNDACIÓN PRODINTEC, actuando mancomunadamente, en el marco de los poderes y las facultades que uno y otro tienen conferidos para representar conjuntamente a la entidad promotora de la licitación.
IV.- Anexos
13. El presente Pliego de Condiciones lleva anexa la documentación y las Especificaciones técnicas necesarias para determinar el contenido de la totalidad de las prestaciones objeto de contratación.
14. Se adjuntan como Anexos al Pliego:
14.1. Anexo I: Memoria del Proyecto de Ejecución de las Obras (Datos generales; Memoria descriptiva y justificativa; Memoria urbanística; Normativa aplicable; Memoria constructiva; Cumplimiento del CTE; Cumplimiento del RSCIEI; Cumplimiento del RITE; y Presupuesto).
14.2. Anexo II: Mediciones y Presupuesto del Proyecto de Ejecución de las Obras (mediciones y presupuesto, cuadro de descompuestos y resumen por capítulos).
14.3. Anexo III: Estudio de Seguridad y Salud (Memoria, Pliego de Condiciones, Mediciones y Presupuesto, Normativa de aplicación; y Planos).
14.4. Anexo IV: Plan de Control de Calidad (Introducción, Control de recepción de productos, equipos y sistemas; Control de ejecución de la obra; y Control de obra terminada), junto a su respectivo Anejo.
14.5. Anexo V: Estudio Geológico y Geotécnico.
14.6. Anexo VI: Manual de Uso, Conservación y Mantenimiento.
14.7. Anexo VII: Planos del Proyecto Básico y de Ejecución de las Obras (Arquitectura; Cimentación y estructura; e Instalaciones).
14.8. Anexo VIII: Pliego General de Condiciones de Obra.
14.9. Anexo IX: Especificaciones Técnicas (Descripción y Presupuesto) del Equipamiento consistente en el suministro, instalación y puesta en marcha de un puente grúa.
14.10. Anexo X: Especificaciones Técnicas (Memoria, Descripción y Presupuesto) relativas a las Instrumentaciones del Centro de Ensayos, así como a la instalación y puesta en funcionamiento de los diversos equipos y aparatos.
14.11. Anexo XI: Cronograma o Plan de Trabajo ordenando los tiempos previstos para la ejecución de las prestaciones de obra, suministro e instalación de equipos.
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14.12. Anexo XII: Especificaciones Técnicas relativas a los capítulos de obra adicionales, susceptibles de ser ofertadas como Mejoras (Cuadro de descompuestos o Mediciones; Presupuesto y Mediciones; Resumen de Presupuesto por capítulos).
14.13. Anexo XIII: Modelos (A y B) de avales bancarios a utilizar para la formalización de las garantías por pago anticipado y correcta ejecución de las prestaciones contractuales.
15. De igual modo, acompaña al Pliego (Anexo XIV) el Formulario que habrán de cumplimentar las Empresas licitadoras con los datos de identificación y la información básica a proporcionar sobre cada una de ellas.
V.- Publicación en el Perfil del Contratante
16. Este Pliego permanecerá colgado y accesible al público en el «Perfil del Contratante» de la página Web de PRODINTEC xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxx/xxxxx.xxxx, desde el día de su fecha hasta el momento en que se proceda a la adjudicación definitiva del contrato.
17. Los interesados en tomar parte en el procedimiento podrán dirigirse a PRODINTEC presencialmente o a través del e-mail (xxx@xxxxxxxxx.xxx) y solicitar la entrega inmediata en las instalaciones de esta última de una copia electrónica de la Documentación anexa o el envío de la misma en un plazo seis (6) días, a contar de la recepción de la solicitud.
18. La solicitud de la documentación deberá plantearse por los candidatos con la antelación suficiente para la elaboración de su respectiva Proposición y, en todo caso, antes de los seis (6) días previos a la expiración del plazo fijado para la presentación de las Proposiciones.
19. El momento de interposición de la solicitud de documentación no afectará al cómputo del plazo de presentación de Proposiciones ni lo interrumpirá.
20. Los candidatos podrán solicitar por escrito a la Fundación PRODINTEC las aclaraciones o la información adicional que estimen oportuna sobre los Pliegos y la Documentación complementaria, dentro de los veinte (20) primeros días del plazo y PRODINTEC se la proporcionará al menos seis
(6) días antes de la expiración del plazo fijado para la presentación de las Proposiciones.
21. La Fundación PRODINTEC tratará por igual a todos los licitadores sin incurrir en ningún tipo de discriminación, ajustando en todo su actuación al principio de transparencia y a lo prevenido en la legislación sobre contratos del sector público.
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VI.- Presupuesto Base de Licitación
22. El Presupuesto Base de Licitación será de novecientos diecisiete mil novecientos treinta euros con noventa y siete céntimos (917.930,97 €), al que se añadirá la suma correspondiente al impuesto que venga en aplicación.
23. Dicho presupuesto incluye la totalidad de las prestaciones objeto de contratación y resulta de la suma de las siguientes cantidades:
23.1. Ochocientos cincuenta y dos mil ochocientos noventa y siete euros con veintisiete céntimos (852.897,27 €) corresponden al presupuesto de ejecución de las obras de edificación del inmueble destinado a Centro de Ensayos para Ascensores.
23.2. Veintitrés mil doscientos veintitrés euros con noventa y seis céntimos (23.223,96 €) por el suministro, instalación y puesta en marcha del Equipamiento del Centro de Ensayos, consistente en un puente grúa.
23.3. Cuarenta y un mil ochocientos nueve euros con setenta y cuatro céntimos (41.809,74 €) por el suministro, instalación y puesta en marcha de los aparatos que integran el Instrumental del Centro de Ensayos.
24. El Presupuesto Base de Licitación constituye el importe máximo de cualquier propuesta económica realizada en el marco de este procedimiento.
VII.- Duración del Contrato
25. Las obras de edificación del Centro de Ensayos para Ascensores objeto de adjudicación deberán estar totalmente ejecutadas y los trabajos de acondicionamiento concluidos en el plazo de nueve (9) meses a contar desde el replanteo. El cumplimiento de los plazos constituye una condición esencial de los contratos objeto de licitación.
26. El replanteo se formalizará mediante la extensión por las partes de la correspondiente Acta, dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la firma del Contrato. El incumplimiento de este plazo dará derecho en todo caso a PRODINTEC a instar la resolución del Contrato.
27. Las prestaciones de obra, suministro e instalación se ajustarán en todo lo posible al orden cronológico propuesto por la EMPRESA adjudicataria o, en su defecto, al Cronograma o Plan de Trabajo que figura en el Anexo XI de este Pliego.
VIII.- Procedimiento de adjudicación del Contrato
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28. El Contrato se adjudicará por los trámites ordinarios del procedimiento abierto, preservando los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, de acuerdo con lo establecido en el texto vigente de la Ley de Contratos del Sector Público y las Instrucciones Internas de Contratación aprobadas por la Fundación PRODINTEC.
IX.- Criterios de adjudicación y de evaluación de las Proposiciones
29. Las prestaciones de obra con aportación de materiales y suministro objeto de este Pliego de Condiciones serán adjudicadas a la EMPRESA licitadora que presente la Proposición económicamente más ventajosa.
30. La determinación de la Proposición económicamente más ventajosa se llevará a cabo mediante la aplicación ponderada de los siguientes criterios:
30.1. El precio de licitación ofertado, que representará ochenta y cinco (85) puntos de la totalidad de cien (100) a asignar.
30.2. El compromiso de ejecución a coste cero de la mejora correspondiente al capítulo de obra adicional relativo al ELEVADOR SERVICIO TORRE, conforme a las Especificaciones Técnicas contenidas en el Anexo XII xxx Xxxxxx, que supondrá diez (10) puntos del total.
30.3. El compromiso de ejecución a coste cero de la mejora correspondiente al capítulo de obra adicional relativo a SEGURIDAD EN PRUEBAS, conforme a las Especificaciones Técnicas contenidas en el Anexo XII, que representará cinco (5) puntos del total.
31. La ponderación del criterio fijado en el apartado 30.1 (precio de licitación) resultará de la aplicación de la siguiente fórmula:
P = M * PV / MP
«P»: Puntuación resultante.
«M»: Máxima puntuación.
«PV»: Propuesta de rebaja a valorar.
«MP»: Mejor propuesta de rebaja presentada.
La mejor propuesta presentada recibirá la máxima puntuación.
32. La xxxxxxxx como Mejora de los capítulos de obra adicionales referidos en los apartados 30.2 y 30.3, de plena conformidad en todo caso con las especificaciones técnicas contenidas en el Anexo XII, conferirá a la EMPRESA licitadora la totalidad de la puntuación asignada a cada uno de ellos.
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33. La oferta de los capítulos de obra adicionales constitutivos de Mejora, deberá llevarse a cabo de forma concatenada y atendiendo al orden marcado por su numeración, de manera que no se podrá asumir por una EMPRESA licitadora la ejecución del segundo (30.3) sin la previa xxxxxxxx del primero (30.2).
34. La infracción de la regla anterior comportará la inadmisión de la Oferta de Mejora indebidamente presentada.
35. Se considerará con valores anormales y desproporcionados la Oferta económica o de Mejora que plantee una baja excediendo en diez (10) unidades porcentuales de la baja media del total de las ofertas presentadas.
36. En caso de empate, se preferirá la Proposición presentada por la EMPRESA licitadora que tenga un mayor número de trabajadores con discapacidad y cumpla los demás requisitos contemplados en la disposición adicional cuarta del texto vigente de la Ley de Contratos del Sector Público.
X.- Requisitos de las empresas licitadoras
37. Podrán concurrir a este contrato los empresarios, ya sean personas naturales o jurídicas, de nacionalidad española o extranjera que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen incursos en prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Tratándose de sociedades, su objeto social incluirá necesariamente el contenido de las prestaciones objeto de contratación.
38. La EMPRESA de nacionalidad extranjera deberá cumplir los requisitos previstos en el Capítulo II del Título II (Libro I) la Ley de Contratos del Sector Público.
39. La EMPRESA deberá hallarse legalmente constituida y estar en posesión de las licencias o autorizaciones exigidas para el desarrollo de las actividades objeto de la presente licitación.
40. Podrán concurrir, asimismo, Uniones de Empresas constituidas temporalmente a tal fin, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta la adjudicación del Contrato objeto de licitación. Los Empresarios que concurran agrupados en Uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la Agrupación, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones derivados del Contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las Uniones temporales de Empresas se extenderá a todo el periodo de vigencia del Contrato.
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41. La EMPRESA licitadora no deberá hallarse incursa en ninguna de las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 60 de la vigente Ley de Contratos del Sector Público.
42. Solvencia patrimonial.
42.1. La EMPRESA adjudicataria deberá contar con medios y recursos patrimoniales suficientes para el efectivo cumplimiento de las prestaciones objeto de contratación y la xxxxxxxx de los riesgos consiguientes.
42.2. Tratándose de una sociedad o entidad asimilada, la EMPRESA deberá contar con un capital social suficiente y adecuado a las actividades que constituyen su objeto.
42.3. El cumplimiento de este requisito exigirá, además, que la EMPRESA disponga, según su último balance, aprobado y depositado en el Registro Mercantil, de una cifra de fondos propios superior al cincuenta por cien (50%) del presupuesto base de licitación.
42.4. Las EMPRESAS que concurran en UTE acumularán sus valores a efectos del cumplimiento de los límites fijados en el apartado anterior.
42.5. La EMPRESA habrá de tener contratado, asimismo, un seguro de responsabilidad civil que cubra suficientemente las responsabilidades legales y contractuales en que pueda incurrir como contratista de las obras y suministradora de los equipos objeto de licitación.
43. Solvencia técnica.
43.1. La EMPRESA deberá tener experiencia en la contratación y ejecución de obras con estructuras metálicas xx xxxxx atornilladas y soldadas. El cumplimiento de este requisito exige su participación y la de su equipo directivo en la ejecución de obras análogas o similares, durante los últimos diez (10) años.
43.2. Asimismo, habrá de tener experiencia en la construcción de edificaciones destinadas a usos industriales o tecnológicos.
43.3. La EMPRESA deberá contar con personal y medios materiales adecuados para la ejecución de este tipo de obras. El responsable técnico y el resto del personal ocupado en la obra deberán poseer las competencias profesionales adecuadas oportunas para el desarrollo de sus funciones.
43.4. La maquinaria y los medios materiales utilizados habrán de ser adecuados para la ejecución de los trabajos y hallarse debidamente homologados.
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43.5. Indicación, en su caso, del nombre y las características de la empresa o empresas con solvencia técnica a las que la EMPRESA recurrirá para proceder a la ejecución de las prestaciones objeto de contratación.
43.6. La EMPRESA habrá de aplicar las medidas de gestión medioambiental adecuadas, cumpliendo en todo caso las exigencias legales y reglamentarias.
44. La EMPRESA deberá cumplir las obligaciones que le imponen las normas en materia laboral, de seguridad social y medioambiental, así como hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
XI.- Proposiciones
45. La Proposición de cada EMPRESA licitadora deberá ajustarse al contenido del presente Pliego de Condiciones de Contratación, así como a las Especificaciones Técnicas incluidas en sus Anexos.
46. La presentación de una Proposición supone el conocimiento y la aceptación incondicionada por la EMPRESA licitadora de la totalidad de las cláusulas que componen los documentos señalados en el apartado anterior, sin salvedad o reserva alguna.
47. Cada licitador podrá presentar solamente una Proposición y no podrá suscribir ninguna propuesta en Unión temporal con otros si participa individualmente; ni figurar en más de una Unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar al rechazo automático de la Proposición o Proposiciones presentadas con posterioridad en el tiempo.
48. La EMPRESA presentará su Proposición agrupada en tres (3) Sobres, señalados respectivamente con las letras A, B y C, cerrados y sellados, garantizando su carácter estanco.
49. En el exterior de cada uno de los sobres figurará el nombre de la EMPRESA licitadora, junto a su domicilio social, dirección electrónica, teléfono y fax, a efectos de comunicaciones.
50. Toda la documentación se presentará en lengua castellana o traducida de forma oficial a esta lengua.
51. La documentación se entregará tanto en papel como en formato CD-ROM no modificable. En caso de discrepancia entre el contenido de ambas versiones, se considerará como válida la formulada en papel.
52. Las Proposiciones se presentarán en mano o por correo en la sede de Fundación PRODINTEC, situada en el Parque Científico y Tecnológico xx Xxxxx, xxxx INTRA, avenida del Jardín Botánico, número 1.345, edificio «Antiguo Xxxxxxxx xx Xxxxxxx», 00000 XXXXX (Xxxxxxxx); antes del día 17 de diciembre de 2012, a las 14:00 horas.
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53. En caso de presentación por correo, el interesado deberá acreditar –mediante el pertinente resguardo– la fecha y hora en que procedió a despacharla en la oficina de Correos y anunciar ese mismo día a la Fundación PRODINTEC, por fax, télex o telegrama, el envío postal de su Proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida ninguna Proposición recibida en PRODINTEC fuera de plazo.
54. La entrega de la documentación a una EMPRESA de mensajería no equivale a la presentación en las oficinas de Correos, por lo que la Proposición así remitida deberá ser recibida en la sede de PRODINTEC antes de la finalización del plazo indicado.
55. La documentación de la Proposición se presentará en tres (3) sobres distintos, con el contenido y requisitos que se establecen en los apartados siguientes y necesariamente en el orden que se establece a continuación:
55.1. Sobre A o «Documentación Empresarial»:
55.1.1. La Proposición deberá estar suscrita por un representante de la EMPRESA debidamente apoderado al efecto.
55.1.2. Formulario debidamente cumplimentado con los datos que figuran en el modelo incluido en el Anexo XIV. Tales datos se incorporarán al fichero de empresas de PRODINTEC, comprometiéndose esta última a dar a los mismos el tratamiento de reserva y confidencialidad que merezcan, de acuerdo con la Ley y las indicaciones recibidas de la EMPRESA.
55.1.3. Documento acreditativo (copia) del poder de representación de quien suscribe la Proposición.
55.1.4. Copia del DNI del firmante de la Proposición.
55.1.5. Cuando se trate de personas jurídicas, escritura de constitución (copia) así como de sus principales modificaciones, incluyendo el texto vigente de los estatutos sociales y dejando constancia de su preceptiva inscripción registral.
55.1.6. Declaración de aceptación expresa del contenido del presente Pliego de Condiciones de Contratación.
55.1.7. Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones legales de contratar, y en especial de las previstas en el en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
55.1.8. Memoria de solvencia económica y financiera, incluyendo:
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55.1.8.1. Copia de la declaración del impuesto de sociedades (o, en su caso, de la renta de las personas físicas) de la EMPRESA correspondiente a los dos (2) últimos ejercicios.
55.1.8.2. Copia de la declaración resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido (modelos 390 ó 392) de los dos (2) últimos ejercicios.
55.1.8.3. Copia de las cuentas anuales depositadas por la EMPRESA conforme a lo preceptivo, en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda, relativas a los últimos dos (2) ejercicios.
55.1.8.4. Copia de su póliza de seguro de responsabilidad civil y justificante de pago de la prima del periodo en curso.
55.1.8.5. Certificaciones oficiales acreditativas de que la EMPRESA se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
55.1.9. Memoria acreditativa de la solvencia técnica y experiencia profesional de la EMPRESA en trabajos similares, incluyendo al menos los siguientes datos y documentos:
55.1.9.1. Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos diez (10) años, avaladas las más importantes por certificados de buena ejecución, indicando su importe, fecha y lugar de ejecución. En su caso, la misma información referida a la empresa o empresas con las que se subcontratará la ejecución de las obras.
55.1.9.2. Tratándose de una EMPRESA clasificada se acreditará la clasificación obtenida y sus niveles.
55.1.9.3. Indicación de la plantilla media anual de la EMPRESA y sus categorías, acompañada de la pertinente documentación justificativa.
55.1.9.4. Indicación del personal técnico o los equipos que la EMPRESA ocupará en la ejecución de las prestaciones objeto de contratación, así como de las personas responsables del control de calidad.
55.1.9.5. Acreditación de la titulación académica y profesional del empresario y de los directivos de la empresa, así como del responsable o responsables que colocarán al frente de las obras.
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55.1.9.6. Relación de maquinaria y medios materiales que la EMPRESA se propone destinar a la ejecución de la obra, adjuntando copia de la documentación acreditativa pertinente.
55.1.9.7. Relación de medidas de gestión medioambiental que la EMPRESA se compromete a aplicar durante la ejecución del Contrato.
55.1.10. En su caso, documentación justificativa del número de trabajadores discapacitados con que la EMPRESA cuenta en plantilla.
55.1.11. Tratándose de una Unión Temporal de Empresas esta documentación empresarial deberá venir referida a cada EMPRESA licitadora.
55.1.12. CD-ROM incluyendo una copia en formato electrónico no modificable de la documentación correspondiente a este Sobre.
55.2. Sobre B o de «Mejoras»:
55.2.1. Mejoras ofertadas, en su caso, por la EMPRESA de conformidad con lo prevenido en este Pliego y sus Especificaciones Técnicas anexas.
55.2.2. Por este orden y de forma concatenada:
55.2.2.1. Mejora consistente en la xxxxxxxx x xxxxx xxxx y sin cargo adicional del capítulo de obra relativo al ELEVADOR SERVICIO TORRE (descrita en el Anexo XII).
55.2.2.2. Mejora consistente en la xxxxxxxx x xxxxx xxxx y sin cargo adicional del capítulo de obra relativo a SEGURIDAD EN PRUEBAS (descrita en el Anexo XII). Su xxxxxxxx exige la de la anterior.
55.2.3. En este Sobre, la EMPRESA incluirá, en su caso, el Cronograma o Plan de Trabajo específico propuesto por la misma para la ejecución de las prestaciones objeto de licitación.
55.2.4. CD-ROM incluyendo una copia en formato electrónico no modificable de la documentación correspondiente a este Sobre.
55.3. Sobre C o de la «Oferta Económica»:
55.3.1. Documento conteniendo la Oferta Económica presentada, debidamente suscrito por el Empresario o su representante.
55.3.2. Tratándose de una Unión temporal de Empresas, la oferta deberá estar firmada por cada uno de los empresarios agrupados.
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55.3.3. En la Oferta Económica se indicará el importe total de la contraprestación aceptada por la EMPRESA licitadora y, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
55.3.4. La rebaja del Presupuesto Base de Licitación ofertada por la EMPRESA adoptará necesariamente la forma de un único porcentaje, que se aplicará sobre
todas y cada una de las partidas y descompuestos que figuran desglosados en el Proyecto de Edificación y en las Especificaciones Técnicas relativas al equipamiento (puente grúa) y la instrumentación destinados al acondicionamiento del Edificio.
55.3.5. La Oferta Económica que plantee una rebaja en el Presupuesto Base de Licitación incluirá en un lugar destacado el porcentaje exacto de reducción que represente el precio ofertado respecto al importe total del Presupuesto Base de Licitación, esto es novecientos diecisiete mil novecientos treinta euros con noventa y siete céntimos (917.930,97 €).
55.3.6. CD-ROM incluyendo una copia en formato electrónico no modificable de la documentación correspondiente a este Sobre.
56. El contenido de la Proposición deberá ser totalmente veraz. La EMPRESA licitadora será la única responsable de las consecuencias que la falta, reticencia o inexactitud de la información exigida puedan generar en el análisis y la valoración de su Proposición.
57. Los datos incluidos en las Proposiciones servirán de base en el proceso de selección de la EMPRESA para la ejecución de las obras objeto del presente Pliego.
58. La ausencia de documentación exigible podrá dar lugar a la exclusión de la EMPRESA licitadora.
59. La documentación aportada deberá ser clara, comprensible y suficiente para el análisis y valoración de la Proposición, a tenor de los criterios establecidos en este Pliego.
60. En cualquier momento, una vez examinado el contenido de su Proposición, PRODINTEC podrá exigir a la EMPRESA licitadora que aclare, amplíe o acredite los extremos y circunstancias que figuran en la misma.
61. PRODINTEC velará por la confidencialidad de los datos sensibles contenidos en las Proposiciones aportadas por las EMPRESAS licitadoras.
XII.- Proceso de adjudicación
62. Mesa de contratación.
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62.1. La Mesa de Contratación estará formada por las siguientes personas:
62.1.1. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx (que la presidirá).
62.1.2. D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx (actuando como secretario).
62.1.3. D. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Arquitecto redactor del Proyecto de Ejecución.
63. Examen de la documentación acreditativa de los requisitos de capacidad y solvencia de los licitadores.
63.1. La Mesa de Contratación se reunirá el jueves 20 de diciembre de 2012 a las 10:00 horas y, en sesión pública, procederá a la apertura de los Sobres (A) relativos a la «Documentación Empresarial»; retirándose, acto seguido, para llevar a cabo el análisis y la calificación de los documentos presentados por las EMPRESAS licitadoras.
63.2. Una vez analizada la documentación los miembros de la Mesa de Contratación procederán a su calificación y decidirán si las EMPRESAS licitadoras cumplen o no los requisitos de capacidad y solvencia establecidos en el Pliego, para concluir finalmente qué Proposiciones se admiten (de forma o no condicional) y cuáles quedan excluidas de la licitación (indicando en este caso las razones de su exclusión).
63.3. Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo pondrá en conocimiento de los interesados verbalmente y por escrito, mediante la remisión de un fax al número indicado en el sobre, concediéndoles un plazo de dos (2) días hábiles para que procedan a la subsanación de los defectos u omisiones. Una vez notificado, el documento o documentos de subsanación deberán ser entregados por el licitador en mano, antes de que concluya dicho plazo, en la sede de PRODINTEC.
63.4. La Mesa de Contratación también podrá recabar de cada EMPRESA licitadora aclaraciones sobre los certificados o documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, conforme al sistema establecido en el párrafo anterior.
64. Valoración de Proposiciones y formulación de la propuesta de adjudicación.
64.1. A las 11:00 horas del propio jueves 20 de diciembre de 2012, tras hacer pública la lista de EMPRESAS admitidas y excluidas de la licitación, la Mesa de Contratación constituida en la sede de PRODINTEC, procederá en sesión pública a la apertura de los Sobres (B) de
«Mejoras» presentados por las EMPRESAS admitidas a licitación, leyendo en voz alta su contenido; retirándose, acto seguido, para llevar a cabo su valoración.
64.2. Acto seguido, en nueva sesión pública y tras hacer pública la valoración ponderada de las
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«Mejoras» propuestas por las EMPRESAS licitadoras, la Mesa de Contratación abrirá los Sobres (C) relativos a la «Oferta económica» y leerá en voz alta su contenido. A continuación, procederá a aplicar a la Oferta presentada por cada licitadora la fórmula de ponderación establecida al efecto en este Pliego.
64.3. Una vez sumadas las puntaciones obtenidas por cada EMPRESA, la Mesa de Contratación remitirá toda la documentación al Órgano de Contratación junto con su Propuesta de Adjudicación del Contrato.
65. Adjudicación del Contrato.
65.1. Las Proposiciones presentadas se ordenarán de mayor o menor en razón a la puntación obtenida y el Contrato se adjudicará por el Órgano de Contratación a la EMPRESA licitadora que hubiera presentado la Proposición económicamente más ventajosa.
65.2. En el supuesto de que la Proposición económicamente más ventajosa presente valores anormales o desproporcionados, se dará audiencia a la EMPRESA proponente para que justifique la valoración de su oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación.
65.3. Si se estimase que dicha Oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, procederá a adjudicar provisionalmente las obras a la EMPRESA que hubiera presentado la siguiente Proposición económicamente más ventajosa; a no ser que, por resultar igualmente anormal o desproporcionada, deba ser sometida a su vez al examen previsto en el apartado anterior, resolviéndose lo que en Derecho proceda.
65.4. La adjudicación se publicará en el «Perfil de Contratante» de la página Web de PRODINTEC.
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65.5. El Órgano de Contratación podrá renunciar a la celebración del Contrato objeto de licitación, justificando adecuadamente su decisión, en cualquier momento antes de proceder a la adjudicación. También podrá desistir del procedimiento cuando aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las normas reguladoras del proceso de adjudicación. En tales casos, PRODINTEC compensará a los licitadores admitidos por los gastos justificados en que hubiesen incurrido, hasta un máximo de trescientos (300) euros.
66. Documentación a presentar por el adjudicatario.
66.1. El licitador propuesto como adjudicatario dispondrá de cinco (5) días hábiles para aportar la documentación original pertinente, contados desde el día siguiente al de publicación de la adjudicación provisional en el «Perfil del contratante» de la página Web de PRODINTEC.
66.2. De no haberla incluido en su «Documentación empresarial», el adjudicatario hará entrega a PRODINTEC de la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
66.3. Cuando así lo soliciten las EMPRESAS partícipes, PRODINTEC las informará acerca de la valoración de sus respectivas Proposiciones y de los motivos que han determinado la adjudicación del Contrato, así como de las principales características de la Proposición económicamente más ventajosa.
XIII. Perfección y forma del Contrato
67. El presente Pliego de Condiciones de Contratación y sus Anexos integrarán el contenido del Contrato de construcción y acondicionamiento del Centro de Ensayos para Ascensores promovido por PRODINTEC, a suscribir por esta Fundación con la EMPRESA adjudicataria.
68. El contenido de su Oferta Económica, así como las mejoras y demás compromisos asumidos por la EMPRESA en su Proposición vincularán en todo caso a la misma y se adjuntarán al Contrato, en la medida en que puedan resultar más beneficiosas para los intereses de PRODINTEC que las presentes Condiciones de Contratación y las Especificaciones Técnicas anexas, siempre que sean asumidas también por el Órgano de Contratación.
69. El Contrato se formalizará en documento privado, dentro de los siete (7) días siguientes a la adjudicación.
70. Cuando el adjudicatario se niegue a firmar el Contrato o rechace el cumplimiento xxx Xxxxxx, PRODINTEC podrá revocar su decisión inicial y proceder a una nueva adjudicación del Contrato en favor de la licitadora que hubiera presentado la siguiente Proposición económicamente más ventajosa.
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71. La negativa a firmar el Contrato o el rechazo xxx Xxxxxx constituyen supuestos de desistimiento y PRODINTEC se reserva la potestad de exigir como penalización a la EMPRESA responsable una suma equivalente a la diferencia entre el precio ofertado por la misma y el ofertado por la que resulte finalmente adjudicataria del Contrato, además de la indemnización que pudiera corresponderle por la totalidad de los demás daños y perjuicios causados.
72. La EMPRESA adjudicataria podrá solicitar que el Contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En este caso, la misma deberá proporcionar al Órgano de Contratación una copia notarial autorizada de la escritura en el plazo de veinte (20) días naturales desde su otorgamiento.
73. En el caso de que el Contrato fuera adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, dentro del plazo previsto para la formalización del Contrato y como condición para su firma, las EMPRESAS adjudicatarias deberán hacer entrega al Órgano de Contratación, copia notarial autorizada de la escritura pública de constitución de la UTE y copia autenticada del Número de Identificación Fiscal asignado a la misma.
XIV. Contenido del Contrato
74. La EMPRESA adjudicataria se compromete a ejecutar las obras de primer establecimiento relativas a la construcción del edificio destinado a Centro de Ensayos para Ascensores, así como al acondicionamiento y equipamiento del mismo, de conformidad con lo prevenido en este Pliego de Condiciones de Contratación y con arreglo en todo a las Especificaciones Técnicas anexas.
75. Las prestaciones de obra y acondicionamiento objeto de contratación comprenderán los capítulos y suministros relacionados en el Pliego y especificados en sus Anexos, comprometiéndose la EMPRESA contratista a desarrollar los trabajos y aportar los medios y materiales necesarios para su compleja ejecución.
76. PRODINTEC se obliga a abonar a la EMPRESA el precio o contraprestación que se estipulen en el Contrato a suscribir por las partes.
77. La ejecución de las obras y el acondicionamiento del inmueble se ajustarán a las Especificaciones Técnicas contenidas en los Anexos relativos a cada una de las prestaciones objeto de contratación así como a la normativa relativa a los procesos de construcción y equipamiento de este tipo de edificios de uso industrial.
78. Construcción del edificio.
78.1. Serán objeto de licitación y de contrato las partidas de obra contenidas en el Proyecto y descritas en sus Especificaciones Técnicas. A saber:
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78.1.1. «Movimientos de tierras» (Capítulo 01 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.2. «Red de saneamiento horizontal» (Capítulo 02 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.3. «Cimentaciones y soleras» (Capítulo 03 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.4. «Estructuras» (Capítulo 04 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.5. «Albañilería» (Capítulo 05 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.6. «Cerramientos y divisiones» (Capítulo 06 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.7. «Cubiertas» (Capítulo 07 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.8. «Aislamiento e impermeabilización» (Capítulo 08 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.9. «Solados, alicatados y falsos techos» (Capítulo 09 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.10. «Revestimientos y pinturas» (Capítulo 10 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
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78.1.11. «Carpintería, cerrajería y vidriería (Capítulo 11 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.12. «Electricidad / Puesta Tierra» (Capítulo 12 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.13. «Iluminación / emergencia / señalización» (Capítulo 13 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.14. «ACS. Fontanería y aparatos sanitarios» (Capítulo 14 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.15. «Ventilación» (Capitulo 15 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.16. «Protección contra incendios» (Capitulo 16 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.17. «Mobiliario y equipamiento» (Capítulo 17 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.18. «Gestión de residuos» (Capítulo 18 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.19. «Control de calidad» (Capítulo 19 del Proyecto de Ejecución): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
78.1.20. «Seguridad y salud» (Capítulo 20 del Proyecto de Ejecución y Estudio Básico de Seguridad y Salud): la EMPRESA contratista llevará a cabo los trabajos necesarios para la ejecución de este capítulo de obras, siguiendo en todo las Especificaciones Técnicas anexas.
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79. Acondicionamiento del edificio.
79.1. La EMPRESA adjudicataria se compromete asimismo, a acondicionar el Centro de Ensayos dotándolo de equipos y aparatos adecuados para el desarrollo de las actividades tecnológicas que habrán de llevarse a cabo en el mismo.
79.2. En su virtud, la adjudicataria procederá al suministro del equipamiento y la instrumentación descritos en las Especificaciones Técnicas anexas, así como al montaje e instalación de los diversos equipos y aparatos; y a hacer entrega de los mismos y transmitir su propiedad a PRODINTEC.
79.3. Equipamiento (Puente grúa).
79.3.1. El Centro de Ensayos estará equipado con un Xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xx xxxx xx xx xxxxx xx xxxxxxx.
79.3.2. La EMPRESA se hará cargo del suministro y montaje de este equipamiento, con arreglo a las Especificaciones Técnicas del Anexo IX.
79.3.3. El Puente grúa tendrá las características y los componentes que descritos en dicho Anexo.
79.3.4. El montaje xxx Xxxxxx grúa se llevará a cabo por la EMPRESA ateniéndose en todo a las Especificaciones Técnicas anexas y a las pautas de instalación propias de este tipo equipamientos.
79.4. Instrumentación.
79.4.1. El Centro de Ensayos estará dotado de medios e instrumentación adecuados para su buen funcionamiento.
79.4.2. La EMPRESA se obliga a suministrar e instalar los aparatos o medios descritos en las Especificaciones Técnicas del Anexo X.
79.4.3. La EMPRESA no podrá sustituir los aparatos o medios descritos en tales Especificaciones por otros equivalentes sin contar con la previa aprobación de PRODINTEC, que podrá oponerse a la sustitución por razones fundadas de orden técnico.
79.4.4. Básicamente se trata de los siguientes instrumentos de medición:
74.4.3.1. Equipos para medir y registrar presión e intensidad sonora en diferentes puntos de la instalación.
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74.4.3.2. Equipos para medir y registrar vibraciones en diferentes puntos de la instalación.
74.4.3.3. Equipos para medir y registrar aceleraciones y velocidades.
74.4.3.4. Equipos para medición de parámetros eléctricos y electrónicos.
79.4.5. La finalidad de estos instrumentos es la realización, entre otras, de las pruebas de medición que figuran en las Especificaciones Técnicas anexas.
79.4.6. Los equipos y aparatos objeto de suministro se agrupan en los siguientes capítulos, de conformidad con las Especificaciones Técnicas anexas:
79.4.6.1. Ruido y vibraciones.
79.4.6.2. Sistema de adquisición de datos.
79.4.6.3. Deformaciones.
79.4.6.4. Humedad y temperatura.
79.4.6.5. Visión.
79.4.6.6. Comunicaciones.
79.4.7. La instalación y puesta en funcionamiento de la instrumentación se llevará a cabo de conformidad con las Especificaciones Técnicas anexas y tomando en consideración la naturaleza, características y función de cada equipo.
79.5. Condiciones de entrega.
79.5.1. El equipamiento y la instrumentación así como los trabajos dirigidos a su respectivo montaje e instalación deben ser en todo conformes con las Especificaciones Técnicas relativas a uno y otro.
79.5.2. PRODINTEC se reserva el derecho a examinar o hacer examinar la conformidad de los equipos y aparatos objeto de suministro, antes y después de proceder a su montaje e instalación. La EMPRESA informará inmediatamente a PRODINTEC de cualquier incidencia que pudiera afectar al estado y conformidad con el contrato de aquéllos.
79.5.3. Junto con los equipos y aparatos, la EMPRESA hará entrega a PRODINTEC de la documentación técnica y de funcionamiento relativa a cada uno de ellos. La EMPRESA se compromete expresamente a proporcionar a esta Fundación, sin cargo adicional alguno, cualquier aclaración, certificado o documentación técnica que obre en su poder relativa a la mercancía entregada.
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79.5.4. Los productos deberán ser puestos a disposición de PRODINTEC por la EMPRESA montados e instalados en el Centro de Ensayos y en buen estado de funcionamiento, conforme a la índole y finalidad de los mismos.
79.5.5. La puesta a disposición de PRODINTEC por la EMPRESA de los equipos e instrumentos tendrá lugar a la finalización de las obras de edificación del Centro de Ensayos.
79.5.6. Con carácter previo a la entrega, durante el periodo de recepción de las obras de edificación, PRODINTEC podrá llevar a cabo las pruebas y ensayos que estime convenientes dirigidos a verificar el buen funcionamiento del equipamiento y la instrumentación del Centro de Ensayos.
79.5.7. Serán de cuenta de la EMPRESA todos los gastos del transporte, manipulación, conservación y mantenimiento de los productos hasta su entrega a PRODINTEC.
79.5.8. La entrega a PRODINTEC de tales equipos e instalaciones se llevará a cabo coincidiendo con la recepción definitiva de las obras de edificación del inmueble al que van destinados.
79.5.9. Hasta ese momento, la EMPRESA asumirá los riesgos de pérdida o daño de los equipos y aparatos a destinados al acondicionamiento del Centro de Ensayos.
79.5.10. Los equipos y aparatos objeto de suministro serán entregados por la EMPRESA libres de cualesquiera derechos o pretensiones de terceros, incluidos los derivados de derechos de propiedad intelectual e industrial.
79.5.11. La EMPRESA se obliga a transmitir a PRODINTEC la propiedad de los equipos y aparatos en el momento de la entrega de los mismos.
79.6. Garantías de conformidad.
79.6.1. La EMPRESA garantiza a PRODINTEC la total conformidad del equipamiento y la instrumentación con este Pliego y sus Especificaciones Técnicas anexas.
79.6.2. A estos efectos y dentro del ámbito de sus relaciones, la EMPRESA confiere a PRODINTEC los mismos derechos y garantías que la legislación vigente confiere a los consumidores y usuarios.
79.6.3. En caso de falta de conformidad de los aparatos y equipos objeto de suministro, PRODINTEC podrá exigir a la EMPRESA la reparación de los productos defectuosos o la sustitución de los mismos por otros, sin cargo adicional alguno.
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79.6.4. Cuando la EMPRESA no procediere a la subsanación de las deficiencias observadas en el cumplimiento de sus prestaciones, PRODINTEC podrá instar la resolución del Contrato o exigir una rebaja del precio, proporcional a la pérdida de valor experimentada por los materiales o equipos defectuosos.
79.6.5. La EMPRESA cederá a PRODINTEC cualesquiera derechos o pretensiones que pudieran corresponderle frente al fabricante o vendedor de los equipos y aparatos utilizados para el acondicionamiento del Centro de Ensayos, como consecuencia de la falta de conformidad de los mismos.
79.6.6. Los equipos y aparatos de naturaleza duradera suministrados por la EMPRESA contarán con un servicio técnico de postventa y dispondrán de piezas de recambio durante todo su periodo de vida útil.
80. Capítulos de obra adicionales asumidos en régimen de Mejora.
80.1. La xxxxxxxx por la EMPRESA de las obras adicionales configuradas como Mejora constituirá a la misma en la obligación de llevarlas a cabo junto con el resto de las prestaciones objeto de este Pliego y de conformidad con sus Especificaciones Técnicas anexas.
80.2. Constituyen obras susceptibles de ser asumidas como Mejora las siguientes:
80.2.1. Mejora 1: ejecución del capítulo de obra relativo al ELEVADOR SERVICIO TORRE con aportación de materiales, conforme a las Especificaciones Técnicas contenidas en el Anexo XII xxx Xxxxxx.
80.2.2. Mejora 2: ejecución del capítulo de obra relativo a la SEGURIDAD EN PRUEBAS con aportación de materiales conforme a las Especificaciones Técnicas contenidas en el Anexo XII.
80.3. El compromiso empresarial de ejecutar las obras constitutivas de Mejora no comportará el pago por PRODINTEC de ningún tipo de contraprestación.
80.4. Se considera que los precios atribuidos a estas obras en las Especificaciones Técnicas relativas a las mismas tienen carácter meramente orientativo y que el coste real de su ejecución no incidirá de ningún modo en el cumplimiento de la obligación de llevarlas a cabo que, en su caso, asuma la EMPRESA.
80.5. Las pautas de Control de Calidad y las exigencias de Seguridad y Salud, así como los costes correspondientes a una y otra, se extenderán en todo caso a las obras asumidas por la EMPRESA en régimen de Mejora.
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80.6. Los costes de ejecución de las obras ofertadas en régimen de Mejora incluirá las partidas correspondientes a los apartados de Control de Calidad y Seguridad y Salud.
81. Ejecución de las prestaciones de obra (incluidas en su caso las de Mejora) y acondicionamiento.
81.1. La EMPRESA adjudicataria se obliga a ejecutar las prestaciones objeto de contratación (incluidas, en su caso, las obras asumidas en régimen de Mejora) de plena conformidad
con las Condiciones fijadas en este Pliego y sus Especificaciones Técnicas anexas, así como ateniéndose a las instrucciones impartidas por PRODINTEC y la Dirección Facultativa.
81.2. La EMPRESA se someterá en la ejecución de dichas prestaciones a lo establecido en la normativa ordenadora de ese tipo de actividades y, en particular, a la legislación sobre riesgos laborales y defensa del medio ambiente, así como a las prescripciones del Código Técnico de la Edificación y la subcontratación en el sector de la construcción, cuyas prescripciones declara conocer y se obliga a cumplir.
81.3. La EMPRESA contratista mantendrá informada, en todo momento, a PRODINTEC acerca de la marcha de los trabajos de obra y acondicionamiento, poniendo en su conocimiento, de forma inmediata, cualquier circunstancia que pudiera alterar el normal desarrollo del Contrato.
81.4. Durante la ejecución, PRODINTEC podrá recabar de la EMPRESA contratista todo tipo de información acerca del estado de sus prestaciones contractuales.
81.5. La EMPRESA aplicará al efectivo cumplimiento de sus prestaciones contractuales medios personales y materiales adecuados y suficientes. En consecuencia, habrá de:
81.5.1. Recurrir a la utilización de maquinaria apropiada así como a la colaboración de personal competente y debidamente cualificado para la ejecución de los trabajos.
81.5.2. Proveerse de materiales, equipos y aparatos conformes con lo prevenido en este Pliego y sus Especificaciones Técnicas anexas.
81.5.3. Asumir directamente los riesgos, obligaciones y responsabilidades propios del desarrollo de las correspondientes actividades.
81.5.4. Ejercer directamente las potestades de dirección y organización de cuantos colaboradores ocupe en las tareas contratadas.
81.6. La EMPRESA contratista designará a un profesional debidamente cualificado como Jefe de Operaciones, que deberá estar adscrito permanentemente a la misma y en contacto permanente con la Dirección Facultativa. Corresponderán al Jefe de Operaciones las siguientes funciones:
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81.6.1. Disponer y controlar el correcto desarrollo de las labores de construcción y acondicionamiento del edificio con los medios y recursos disponibles, atendiendo a las directrices impartidas por la Dirección Facultativa, en el marco de lo
establecido en este Pliego y las Especificaciones Técnicas contenidas en sus Anexos.
81.6.2. Coordinar a los trabajadores autónomos o empresas subcontratadas por la adjudicataria que, eventualmente, colaboren en la ejecución de las diversas prestaciones contractuales.
81.6.3. Actuar como interlocutor entre la EMPRESA, sus operarios y la Dirección Facultativa.
81.7. El Centro de Ensayos deberá estar totalmente edificado y debidamente acondicionado antes del transcurso del plazo establecido en el Contrato.
81.8. La EMPRESA se ajustará en la ejecución de sus prestaciones al Cronograma o Plan de Trabajo incluido en su Proposición y, en su defecto, al que se recoge en el Anexo XI de este Pliego.
81.9. La EMPRESA ejecutará las obras y trabajos directamente por sí con los medios de su establecimiento, aunque también podrá recurrir a la subcontratación de terceros para llevarlas a cabo, bajo su responsabilidad y asumiendo las faltas de éstos como si fueran propias.
81.9.1. Cuando la EMPRESA decida subcontratar la ejecución de sus prestaciones, en todo o en parte, con terceros deberá informar de ello, previamente y por escrito, a PRODINTEC a través de su Dirección Facultativa.
81.9.2. La subcontratación de trabajos de construcción con otras empresas vendrá sometida al régimen de la Ley 36/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción y su reglamentación de desarrollo.
81.10. A la finalización de las obras, la EMPRESA emitirá y entregará a PRODINTEC los boletines y certificados de instalación relativos a los sistemas, aparatos y equipamientos que así lo requieran; de plena conformidad y cumpliendo con las exigencias de la normativa reguladora de la puesta en funcionamiento de tales sistemas, aparatos y equipamientos, así como las buenas prácticas observadas por los empresarios de la edificación.
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81.11. Seguimiento de los trabajos.
81.11.1. PRODINTEC y su Dirección Facultativa podrán supervisar en todo momento el desarrollo de los trabajos y realizar, cuando lo consideren oportuno, visitas de
inspección para cerciorarse del cumplimiento por parte de la EMPRESA de las prestaciones asumidas.
81.11.2. PRODINTEC podrá exigir a la EMPRESA, en cualquier momento, la sustitución del Jefe o responsable de Operaciones o la de aquellas subcontratas u operarios que no considere idóneos para la ejecución de los trabajos contratados, mediante informe debidamente motivado.
81.12. Certificaciones de ejecución.
81.12.1. Mensualmente, la EMPRESA procederá a la emisión por escrito de las correspondientes certificaciones, incluyendo las unidades de obra y tareas de acondicionamiento efectivamente ejecutadas, así como sus mediciones y propuesta de valoración con arreglo a las partidas del Presupuesto adoptado por las partes en el Contrato.
81.12.2. Las certificaciones relativas a la obra y equipamiento (puente grúa) emitidas por la EMPRESA vendrán sometidas al control de la Dirección Facultativa y deberán contar con la expresa aprobación de ésta; mientras que las relativas a la instrumentación deberán contar con la conformidad del personal técnico de PRODINTEC.
82. Recepción de las obras y entrega definitiva del equipamiento y la instrumentación.
82.1. Una vez terminadas las obras de edificación (incluidas en su caso las constitutivas de Mejora) y el acondicionamiento del Centro de Ensayos para Ascensores, la EMPRESA lo pondrá inmediatamente en conocimiento de PRODINTEC, que procederá junto a la Dirección Facultativa a verificar la conformidad con el Contrato de los trabajos de obra ejecutados, los materiales utilizados en la construcción y el buen funcionamiento de su equipamiento e instrumentación.
82.2. PRODINTEC dispondrá de un (1) mes, a contar desde la completa ejecución de las prestaciones contractuales a cargo de la EMPRESA para proceder a la recepción definitiva del edificio acondicionado.
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82.3. Durante este periodo, PRODINTEC podrá llevar a cabo –por sí o por medio de otros– las oportunas comprobaciones en orden a verificar la correcta ejecución de las obras de edificación.
82.4. Coincidiendo con dicho periodo y antes de proceder a su aceptación definitiva, PRODINTEC podrá realizar, asimismo, pruebas de ensayo dirigidas a comprobar el buen
funcionamiento del equipamiento y la instrumentación destinados al acondicionamiento del edificio.
82.5. El cómputo del plazo de ejecución del Contrato se interrumpirá tras la comunicación por la EMPRESA a PRODINTEC de la finalización de los trabajos y durante el periodo de recepción y ensayo.
82.6. En caso de que las obras y el acondicionamiento resulten conformes con el Contrato y cumplan sus Especificaciones Técnicas anexas, PRODINTEC habrá de proceder a la recepción del edificio.
82.7. La recepción del Centro de Ensayos se formalizará por escrito, mediante la extensión por las partes de la correspondiente Acta de Recepción que será suscrita además por la Dirección Facultativa.
82.8. El Acta de Recepción podrá incluir, en su caso, reservas escritas dejando constancia de las faltas o defectos apreciados y condicionar a la subsanación de los mismos dentro del plazo establecido al efecto la recepción definitiva del edificio por parte de PRODINTEC.
83. Seguridad y salud de las personas en la obra
83.1. La seguridad y salud en la obra respetará en todo las Especificaciones Técnicas del Estudio de Seguridad y Salud que acompaña a este Pliego como Anexo III, así como al resto de la normativa aplicable, atendiendo a la naturaleza y características de los trabajos de obra.
83.2. El Estudio de Seguridad y Salud incluye el presupuesto específico de los gastos de seguridad y salud relativos a la totalidad de las obras a ejecutar en el marco de este Pliego, aunque sus partidas se hallan también incluidas en el presupuesto general y, por consiguiente, han sido tenidas en cuenta al calcular el Presupuesto Base de Licitación.
84. Interpretación y eventual modificación de las Condiciones de Contratación o sus Especificaciones Técnicas anexas.
84.1. La interpretación de las presentes Condiciones de Contratación y de las Especificaciones Técnicas contenidas en sus Anexos corresponderá a PRODINTEC.
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84.2. En caso necesario, podrán introducirse modificaciones al presente Pliego de Condiciones, así como a sus Especificaciones Técnicas anexas o al Contrato que vayan a suscribir las partes, con el consentimiento de ambas.
84.3. Cualquier alteración de las Condiciones de Contratación o de las Especificaciones Técnicas y demás documentación anexa deberá ser previamente sometida a la aprobación expresa y por escrito de PRODINTEC.
84.4. El incumplimiento por la EMPRESA del requisito anterior la constituirá en responsable frente a PRODINTEC y en ningún caso dará derecho a la misma a exigir un aumento de contraprestación.
84.5. PRODINTEC no asumirá ningún gasto o coste adicional frente a la EMPRESA como consecuencia de las prestaciones contratadas, que previamente no hubiera asumido y aprobado por escrito.
84.6. De suscitarse cualquier tipo de disputa entre ellas acerca de la entidad de las obras o el coste adicional de una modificación, las partes podrán proceder de común acuerdo a la designación de un experto independiente, para que resuelva lo que mejor proceda y ponga fin a la disputa.
84.7. A falta de acuerdo acerca de la variación del precio a que diera lugar la adopción por las partes de un modificado de obra, PRODINTEC se reserva la facultad de instar la resolución unilateral del Contrato, abonando a la EMPRESA el importe de las prestaciones ejecutadas hasta ese momento. Corresponde a la Dirección facultativa determinar la entidad de lo ejecutado.
XV.- Régimen de contraprestación o pago del precio
85. El precio o remuneración a percibir por la EMPRESA por la totalidad de las prestaciones objeto de licitación (incluidas en su caso las obras constitutivas de Mejora) será el pactado por las partes en el Contrato, de conformidad con las condiciones de este Pliego.
86. La ejecución por la EMPRESA de los capítulos de obra adicional constitutivos de Mejora no dará lugar al pago de ningún tipo de contraprestación a cargo de PRODINTEC, considerándose su retribución incluida en el importe de las obras de edificación.
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87. Atendiendo al tiempo de duración de la relación, las condiciones económicas estipuladas en el Contrato no estarán sujetas a ningún tipo de revisión como consecuencia de la eventual variación de los precios xx xxxxxxx de las diferentes partidas.
88. El importe final de las obras de edificación objeto de licitación se ajustará, al alza o a la baja, en función de las unidades de obra efectivamente ejecutadas por la EMPRESA, atendiendo a las
mediciones reales certificadas y aprobadas por la Dirección Facultativa, conforme a los parámetros que figuran en el Presupuesto adoptado por las partes en el Contrato.
89. El importe total del precio a percibir por la EMPRESA en virtud de las prestaciones relativas al acondicionamiento del edificio será el presupuestado contractualmente.
90. El abono por PRODINTEC de las sumas correspondientes al precio de la obra y demás prestaciones contractuales se realizará con arreglo a las condiciones que se indican a continuación:
90.1. Dentro de los sesenta (60) días siguientes a la recepción por PRODINTEC de la factura correspondiente al importe de cada certificación mensual de obra debidamente aprobada por la Dirección Facultativa.
90.2. Dentro de los sesenta (60) días siguientes a la recepción por PRODINTEC de la factura correspondiente al importe de las certificaciones relativas al equipamiento y la instrumentación, debidamente aprobadas por la Dirección Facultativa o, en su caso, el propio personal técnico de PRODINTEC.
90.3. Dentro de los sesenta (60) días siguientes a la recepción por PRODINTEC de la factura correspondiente al importe de la certificación final debidamente aprobada por la Dirección Facultativa.
90.4. Tales pagos se llevarán a cabo por PRODINTEC mediante transferencia a la cuenta bancaria designada al efecto por la EMPRESA adjudicataria.
XVI.- Garantías por pago anticipado y correcta ejecución de las prestaciones contractuales
91. Garantía por pago anticipado.
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91.1. A la firma del Contrato de obra, la EMPRESA adjudicataria hará entrega a PRODINTEC de un aval bancario a primera demanda otorgado con esa misma fecha a favor de PRODINTEC por una entidad de crédito legalmente autorizada para operar en España. Junto al documento de aval se hará entrega también a PRODINTEC de una copia simple de la escritura pública de poder expresando las facultades del representante o representantes de la entidad de crédito avalista.
91.2. La finalidad de este aval bancario es servir de garantía a PRODINTEC por las cantidades abonadas en concepto de precio con anterioridad a la recepción de las obras de edificación y a la entrega definitiva de los equipos y aparatos destinados al acondicionamiento del edificio.
91.3. El texto del aval bancario por pago anticipado se ajustará rigurosamente al modelo A del Anexo XIII de este Pliego.
91.4. Este aval bancario se emitirá por una suma igual al precio total (IVA incluido) de las prestaciones objeto de contratación y se irá activando progresivamente, a medida en que se vayan efectuando por PRODINTEC pagos parciales a cuenta del precio, mediante las pertinentes transferencias de fondos a la cuenta bancaria indicada al efecto por la EMPRESA y alcanzará en cada momento a la cuantía acumulada de dichos pagos.
91.5. El aval bancario tendrá una vigencia de dieciocho (18) meses a contar desde su fecha de emisión.
91.6. Una vez recibida la obra por PRODINTEC y efectuada la entrega definitiva a la misma del equipamiento y la instrumentación, tras haberse procedido a la verificación de su conformidad con el Contrato y anexos, esta Fundación devolverá a la EMPRESA el documento de aval bancario por pago anticipado.
92. Garantía de correcta ejecución de las prestaciones contractuales.
92.1. En el momento de la recepción por PRODINTEC del edificio debidamente acondicionado y de la entrega definitiva a esta última de los diversos elementos de equipamiento e instrumentación, la EMPRESA hará entrega a PRODINTEC de un segundo aval bancario garantizando la conformidad con el Contrato de las prestaciones ejecutadas, otorgado a favor de esta última por una entidad de crédito debidamente autorizada. Además del documento de aval, se entregará también a PRODINTEC una copia simple de la escritura pública de poder expresando las facultades del representante o representantes de la entidad de crédito avalista que suscriban en su nombre dicho aval.
92.2. La entrega por la EMPRESA del aval de correcta ejecución de sus prestaciones contractuales es condición necesaria para el pago de la certificación final así como para la devolución por parte de PRODINTEC del aval bancario garantizando el pago anticipado del precio.
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92.3. El objeto y finalidad de este segundo aval es garantizar la conformidad con el Contrato de la totalidad de las prestaciones llevadas a cabo por la EMPRESA. Ello incluye tanto las obras y materiales de edificación del Centro de Ensayos para Ascensores (incluidas en su caso las constitutivas de Mejora) como el equipamiento y la instrumentación destinados a su acondicionamiento.
92.4. El texto de este segundo aval o de correcta ejecución se ajustará en todo al modelo B del Anexo XIII de este Pliego.
92.5. Este aval se emitirá por un importe de trescientos mil (300.000) euros.
92.6. El plazo de vigencia del aval garantizando la correcta ejecución de la obra será de treinta y seis meses (36) meses, contados desde su fecha. Transcurrido dicho plazo y agotada la garantía, esta Fundación devolverá el documento de aval a la EMPRESA.
XVII.- Régimen de incumplimiento: responsabilidad, causas de resolución y penalidades
93. Incumplimiento.
93.1. La falta de cumplimiento grave o el incumplimiento reiterado, por cualquiera de las partes, de las obligaciones asumidas en virtud del Contrato dará derecho a la otra a optar entre exigirle el cumplimiento de lo pactado, siendo éste posible, o instar la resolución de dicho Contrato.
93.2. Se reputa grave todo incumplimiento que produzca una distorsión importante en la actividad habitual de la otra parte o le cause un perjuicio sustancial en sus relaciones con terceros.
93.3. En particular, se considerará grave el incumplimiento por la EMPRESA de los plazos previstos para la ejecución de la obra, siempre que exceda en más de dos (2) meses del calendario propuesto en el Cronograma o Plan de Trabajo anexo al Contrato para las diversas prestaciones y capítulos de obra; o de la fecha prevista para la ejecución de la totalidad de las prestaciones contratadas.
93.4. Cuando el incumplimiento fuera imputable a una de las partes, la otra tendrá derecho, además, a exigirle una indemnización por los daños y perjuicios causados, con arreglo a lo estipulado en el Contrato.
93.5. Ninguna de las partes tendrá que responder a la otra de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse o cuyas consecuencias fueran inevitables.
94. Resolución del Contrato.
94.1. La resolución del Contrato liberará a ambas partes de sus obligaciones, salvo la indemnización de daños y perjuicios a que pudiera haber lugar. La resolución no afectará al régimen de resolución de controversias ni a las estipulaciones en que se regule la posición de las partes en caso de resolución.
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94.2. Cuando el incumplimiento afectara sólo a una parte de las prestaciones asumidas por los contratantes, los efectos de la resolución podrán limitarse a la parte incumplida, siempre que exista equilibrio entre las prestaciones efectivamente cumplidas por los contratantes y que la prestación satisfecha por la incumplidora reporte utilidad a la otra parte contratante.
95. Supuestos de responsabilidad.
95.1. El incumplimiento por la EMPRESA de sus obligaciones contractuales cuando fuera debida a causas imputables a la misma constituirá a aquélla en responsable frente a PRODINTEC y dará derecho a esta última a exigirle, además de la devolución del precio, el pago de la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios causados.
95.2. Los plazos estipulados en el Contrato serán fatales y no se reconocerán términos xx xxxxxx o cortesía. El contratante que incurriera en xxxx o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones quedará responsable frente a la otra parte, sin necesidad de ningún tipo de intimación.
95.3. La xxxx o retraso en la ejecución de las obras y el acondicionamiento del edificio imputables a la EMPRESA darán derecho a PRODINTEC a reclamarle las siguientes sumas en concepto xx xxxx indemnizatoria:
95.3.1. Por retrasos de uno (1) a quince (15) días: tres mil (3.000) euros por cada día o fracción menor que exceda del plazo estipulado en el Contrato.
95.3.2. A contar del decimosexto (16º) día y hasta la efectiva terminación de la obra o la resolución del Contrato llevada a cabo por PRODINTEC: seis mil (6.000) euros por cada día o fracción menor de retraso.
95.3.3. Para el cómputo de estos plazos no se excluyen los días inhábiles.
96. La EMPRESA responderá frente a PRODINTEC por cualquier falta de conformidad con el Contrato y sus Especificaciones Técnicas de las obras de edificación ejecutadas y los materiales empleados, así como del equipamiento e instrumentación destinados al acondicionamiento de edificio.
97. Se considerará falta de conformidad todo defecto grave que impida o dificulte la utilización y el aprovechamiento por parte de PRODINTEC tanto del inmueble como de los equipos y aparatos destinados a su acondicionamiento, con arreglo a los fines y el destino de cada uno de ellos.
98. En cuanto hubieran sido detectadas, la EMPRESA deberá proceder a la inmediata subsanación de las faltas de conformidad de sus prestaciones contractuales. La subsanación de tales defectos no la eximirá de responsabilidad por retraso.
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99. Cuando persista, la falta de conformidad de las prestaciones constituirá un supuesto de incumplimiento total del Contrato y se equiparará a la falta de ejecución.
100. PRODINTEC queda expresamente autorizada para liquidar los daños y perjuicios que le cause la infracción por parte de la EMPRESA de las obligaciones asumidas y proceder directamente a su
compensación de las cantidades pendientes de pago, así como del importe de los avales bancarios otorgados como garantía de pago anticipado y correcta ejecución del Contrato.
XVIII.- Información sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, protección del medioambiente y condiciones laborales
101. Riesgos laborales.
101.1. En tanto que contratista, la EMPRESA se compromete frente a PRODINTEC a cumplir durante el tiempo de vigencia de su relación contractual todas aquellas obligaciones en materia de salud y seguridad de los trabajadores que le impone la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, su reglamento de desarrollo y la normativa relativa.
101.2. El incumplimiento por parte de la EMPRESA de la referida normativa dará derecho a PRODINTEC a resolver el contrato así como a repetir inmediatamente frente a aquélla cualquier daño o sanción que pudiera derivarse para ella de dicha infracción, bien sea mediante su compensación con las cantidades pendientes de pago o la ejecución de los avales otorgados a su favor.
101.3. La EMPRESA adoptará las medidas oportunas para que las personas que ocupare en la operación reciban la información exigible para preservar su salud y seguridad con ocasión de los trabajos llevados a cabo para PRODINTEC.
101.4. Como contratista, la EMPRESA se obliga a aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la LPRL y a desarrollar las tareas previstas en el artículo 10 del RD 1627/1997, así como a cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el preceptivo Plan de Seguridad y Salud.
101.5. Durante la ejecución de los trabajos de obra, la EMPRESA CONTRATISTA cumplirá bajo su propia responsabilidad la normativa de prevención de riesgos laborales, adoptando las medidas de coordinación de actividades empresariales exigidas por el artículo 24 de la LPRL y las reglas de mínimos establecidas en el anexo IV del RD 1627/1997.
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101.6. La EMPRESA dispondrá el empleo por los operarios que ocupare en la ejecución de sus obligaciones contractuales las preceptivas prendas de trabajo, así como la utilización por los mismos de equipos e instrumental debidamente homologados al efecto.
102. Régimen tributario y Seguridad Social
102.1. La EMPRESA deberá hallarse al corriente en los pagos a las Administraciones Tributarias y a la Seguridad Social o, en su caso, Mutua laboral. Antes del inicio de las obras, deberá hacer entrega a PRODINTEC de una certificación oficial acreditativa de esa situación.
102.2. En el supuesto de que PRODINTEC se viera obligada a abonar alguna cantidad por efecto de la responsabilidad derivada del incumplimiento por parte de la EMPRESA de la normativa tributaria o en materia de Seguridad Social, podrá repercutir inmediatamente las sumas abonadas, deduciendo su importe de las cantidades pendientes de pago o de las garantías otorgadas a su favor.
103. Condiciones en materia laboral.
103.1. La EMPRESA se responsabiliza en todo momento de la actividad de las personas que ocupare en la ejecución de sus obligaciones contractuales, que permanecerán en todo momento sometidas a su poder de organización y dirección.
103.2. La persona designada como director o encargado de las operaciones deberá mantener informada en todo momento a PRODINTEC de sus actuaciones al frente de los trabajos.
103.3. La EMPRESA se hará cargo del pago directo de los salarios, cargas sociales, dietas de viaje, seguros y cualesquiera otros gastos del personal que ocupare en la ejecución de sus prestaciones contractuales.
103.4. En el supuesto de que PRODINTEC se viera obligada a abonar alguna cantidad por efecto de la responsabilidad solidaria derivada del incumplimiento por parte de la EMPRESA de la normativa laboral, fiscal o medioambiental, podrá repercutir inmediatamente las sumas abonadas, deduciendo su importe de las cantidades pendientes de pago o ejecutando los avales otorgados a su favor.
104. Respeto al medio ambiente.
104.1. La EMPRESA garantizará a PRODINTEC la adopción de técnicas de producción respetuosas con la conservación del medio ambiente.
104.2. La EMPRESA se compromete a respetar en todo los dictados de la normativa relativa a la defensa del medio ambiente, asumiendo directamente las responsabilidades en que pudiera incurrir en caso de incumplimiento.
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105. Los organismos de los que los licitadores pueden obtener la información pertinente sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, en su caso, la protección del medio ambiente y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables a los trabajos efectuados son:
105.1. Fiscalidad: Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Asturias: x/ 00 xx xxxxx, 0, 00000 Xxxxxx y Ente de Servicios Tributarios del Principado xx Xxxxxxxx: c/Hermanos Pidal, nº 0-0, xxxxxx xxxxx, 00000 Xxxxxx.
105.2. Medio ambiente: Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras: c/Xxxxxxx Xxxxxx, nº 2, Planta 4ª, 00000 Xxxxxx
105.3. Disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales: Consejería de Industria y Empleo: Plaza de España, 1 – Planta 2ª, 00000 Xxxxxx e Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales: Xxxx. xx Xx Xxxxxx, xx 000, 00000 Xxxxxx.
XIX.- Confidencialidad
106. La EMPRESA se abstendrá de difundir y divulgar aquellos datos e informaciones de carácter privado o confidencial a los que haya podido tener acceso con motivo u ocasión de los trabajos realizados y garantiza a PRODINTEC que tampoco lo harán los auxiliares y colaboradores que ocupare en el cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del Contrato. La comisión de estos actos, además de hacer incurrir al culpable en las responsabilidades (civiles y penales) a que hubiere lugar, dará derecho a PRODINTEC a exigir a la EMPRESA la correspondiente indemnización por todos los daños y perjuicios causados.
XX.- Jurisdicción: sumisión expresa
107. Las partes se comprometen a tratar de resolver amigablemente las controversias que pudieran suscitarse con motivo u ocasión del futuro Contrato, elevando en su caso la disputa a sus respectivos órganos de gobierno.
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108. A falta de acuerdo, las partes someterán cualquier controversia derivada de la interpretación y aplicación del presente Pliego y del futuro Contrato a los Juzgados xx Xxxxx, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.