CONDICIONES GENERALES DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS
CONDICIONES GENERALES DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS
Las presentes condiciones generales de arrendamiento de vehículos son parte integrante del contrato de arriendo y regulan la relación contractual entre Sixt Chile, Mobility Services Chile SpA, rut 00.000.000-0 , domiciliada en Xx. Xxxxxxx xx 0000, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx, cuyo representante legal es el señor Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, rut 00.000.000-0 , en adelante “el arrendador” y el cliente (de ahora en adelante “el arrendatario”), en virtud del cual el primero cede al segundo el uso de un vehículo por el plazo, precio y demás condiciones que se detallan en el contrato de arriendo.
REQUISITOS DE ARRIENDO
1.- Cedula de Identidad o Pasaporte, ambos vigentes al momento de la devolución. 2.- 21 años de edad cumplidos al momento de arrendar el vehículo.
3.- Licencia de conducir válidamente emitida y que lo habilite para conducir el vehículo arrendado. Se aceptan licencias de conducir extranjeras que habiliten al conductor para arrendar el vehículo reservado, y que se encuentre vigente al menos hasta la fecha de devolución del vehículo arrendado. En caso que la licencia de conducir se encuentre en un idioma que sea ilegible para Sixt Chile (árabe, chino, japonés, cirílico, otros), el cliente deberá acompañarla de una licencia de conducir internacional válidamente emitida.
GARANTIA DE ARRIENDO
La garantía de arriendo solamente puede ser dejada con las siguientes tarjetas de crédito: Visa, American Express, Mastercard, Dinners. No se aceptan Visa Electron, tarjetas de débito o cheques para la garantía. El titular de la tarjeta debe estar presente al momento de retirar el vehículo y celebrar el contrato de arriendo.
Las tarjetas Sixt Card Express sólo se aceptan en combinación con una tarjeta de crédito válida.
UTILIZACION DEL VEHICULO
1.- El arrendatario recibe el vehículo detallado en el contrato de arriendo, en correcto estado de funcionamiento y sin deficiencias, con la completa documentación, llaves, Tag, herramientas, accesorios y todo lo detallado en el acta de entrega que el cliente debe firmar. Es obligación del cliente realizar la inspección ocular de las condiciones del automóvil, de su estado y accesorios, el no realizarlo es de exclusiva responsabilidad del arrendatario.
2.-El arrendatario se compromete a utilizar el vehículo y sus accesorios con diligencia y restituirlos en el mismo estado que se entregaron. Asimismo deberá permitir la realización de inspecciones de seguridad que sean procedentes y conducir el vehículo respetando las normas del tránsito.
3.- El arrendatario recibe el vehículo con el estanque lleno de combustible y se obliga a devolverlo en el mismo estado. En caso contrario, se cobrará $ 1.000.- clp más iva por litro de gasolina y $ 750.-clp más iva por litro de Diesel por la diferencia (valor que considera un gasto de administración), monto que será cargado a la garantía dejada por el cliente. En algunas reservas, puede venir incluido en la tarifa el rellenado de un estanque de combustible, cuando el cliente lo solicita en su reserva, agregándolo como adicional, lo que permite la devolución del vehículo sin completar y sin un cargo adicional al ya pagado. En caso de devolver el vehículo con el estanque lleno, no procederá reintegro alguno.
4.- El tipo de combustible se encuentra detallado en la tapa del depósito. En caso que por error, el cliente cargue en el vehículo el combustible incorrecto, la reparación de los daños producidos al vehículo será de cargo del arrendatario.
RESERVAS
1.-Al momento de solicitar una reserva, sólo se confirma la categoría del vehículo, no marcas, no modelos, colores y/o equipamientos específicos, salvo que Sixt Chile expresamente se comprometa por correo electrónico a entregar un requerimiento especial al arrendatario que lo solicite.
2.- Sixt Chile mantendrá la reserva hasta 60 minutos después de la hora convenida, no estando obligado a prestar el servicio en las condiciones pactadas, transcurrido dicho plazo.
3.- Para el caso de las reservas prepagadas se aplicará lo siguiente:
- Previo al inicio del arriendo, con un mínimo de 48 horas, se podrán realizar cambios sujetos a disponibilidad, por los cuales se hará un cargo extra por cada cambio por un monto de CLP 15.000.- con IVA.
- En caso que el cliente no recoja el vehículo en la fecha y hora convenida, sin efectuar la cancelación anticipada, Sixt Chile retendrá el total del precio prepagado.
- La reserva puede cancelarse o anularse antes del comienzo del arriendo, enviando la solicitud por email. En este caso, la cancelación o anulación deberá solicitarse dentro de 10 días contados desde la contratación del servicio de arriendo y antes de la prestación del mismo. Si la cancelación o anulación se solicita con posterioridad a este plazo, Sixt Chile podrá retener el total del precio arriendo. En todo caso, Sixt Chile estará siempre facultado a retener las sumas correspondientes a servicios que ya se hubieren prestado antes de la cancelación o anulación.
Las cancelaciones o anulaciones deben ser avisadas a Sixt Rent a Car Chile, al email: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx
- Si el cliente no se retracta del contrato y no se presenta el día y/o a la hora reservada, el vehículo será mantenido a disposición por el tiempo establecido en la reserva. Lo anterior no significa que las fechas y horas establecidas originalmente puedan ser alteradas, y el contrato ineludiblemente terminará en la fecha pactada. Además no existirá una devolución de dinero por las horas o días no utilizados.
CONDUCTORES AUTORIZADOS, USOS PERMITIDOS
1.-Al momento de la entrega del vehículo, el arrendatario tendrá que presentar la licencia de conducir válida y vigente para manejar el vehículo arrendado. El vehículo solamente podrá ser conducido por el arrendatario, o por aquellas personas que designe expresamente en el contrato de arrendamiento, para lo cual los conductores adicionales deberán exhibir su documento de identidad, licencia de conducir, así como también deberán entregar sus datos personales para que sean incluidos en el sistema de arriendo. Será de responsabilidad del arrendatario que los conductores adicionales se encuentren con los documentos necesarios que los habiliten a manejar.
2.- El vehículo solamente podrá ser utilizado en caminos y carreteras públicas (caminos que aparezcan en los mapas oficiales). Sólo se permite la conducción por carreteras no asfaltadas, por ejemplo, por la Carretera Austral con vehículos todoterreno (categorías IFAR, PFAR, SQMR, FPMR, FQAR, FFAR, LFAR y XFAR).
Queda expresamente prohibido:
a) Participar con el vehículo en carreras, concursos o desafíos de cualquier naturaleza.
b) Utilizar el vehículo para prácticas de conducción y/o pruebas en ruta.
c) Para el transporte de personas o mercancías mediantes contraprestación.
d) Subarrendar el vehículo.
e) Cometer actos delictivos con el vehículo.
f) Conducir el vehículo bajo los efectos del alcohol, drogas, sicotrópicos o alguna enfermedad que lo incapacite a conducir.
g) Utilizar el vehículo para remolcar a otros vehículos.
h) Continuar utilizando el vehículo a pesar de que este arroje señales de advertencia y/o alarmas que adviertan de un eventual daño.
i) Llevar sustancias tóxicas, inflamables y /o peligrosas.
j) Intervenir, extraer o manipular cualquier parte del vehículo, sin la autorización expresa xx Xxxx Chile.
k) Manipular, remover o desmontar el dispositivo Televia (TAG) del lugar en que fue instalado.
3.- El vehículo no podrá salir del país de manera temporal o definitiva, a menos que Sixt Chile lo autorice para casos excepcionales.
4.- El arrendatario responderá personal y solidariamente por las personas que conduzcan el vehículo durante el período de arriendo, haya sido con o sin su autorización o conocimiento.
5.-Sin perjuicio de la responsabilidad del arrendatario frente a terceros, de concurrir alguna de las circunstancias previstas en los puntos 1 a 3, el arrendador dará por resuelto con efectos inmediatos el contrato, así como reclamar la indemnización de los daños y perjuicios, inclusive el lucro cesante que el incumplimiento de que se trate le haya ocasionado.
CARGOS POR EL ARRIENDO DEL VEHÍCULO
1.- Los cargos por arrendamiento del vehículo son los señalados en el respectivo contrato de arriendo. El cargo mínimo será el de un día de arriendo (24 horas), salvo que se haya convenido una bonificación o precio especial.
2.- Las tarifas establecidas por Sixt Chile son flexibles y pueden sufrir cambios sin previo aviso, salvo para acuerdos corporativos con plazos definidos de vigencia y para reservas confirmadas, en cuyo caso se respetarán los valores establecidos para el periodo de arriendo definido en la reserva.
3.- El arrendador se reserva la posibilidad de modificar los cargos y descuentos que contengan un manifiesto error o que provengan de datos incorrectos aportados por el arrendatario.
4.- En el precio del arriendo del vehículo, no están incluidos los costos tales como gasolina, costos de entrega o devolución en domicilio, u otros. Respecto de los adicionales, tales como sillas de bebé, sistemas de navegación u otros, éstos se cobrarán en base a las tarifas vigentes al momento de la reserva.
Por pérdida o daño del equipo portátil GPS se cobrará un valor de reposición de $60.000.- CLP más IVA.
5. El arrendatario podrá devolver el vehículo en la misma sucursal de recogida o en otra distinta, lo que no implica un costo adicional siempre que se encuentre dentro de la misma ciudad.
Las sucursales disponibles para la entrega y/o retiro del vehículo son las siguientes:
Oficinas | Ciudad |
Xx. Xxxxxxx xx 0000, Xxxxxxxx | Xxxxxxxx |
Av. La Dehesa nº 265, Lo Barnechea | Santiago |
Apto. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx s/n, Pudahuel | Santiago |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx 0000, Hotel Radisson | Concepción |
El arrendatario también podrá solicitar la entrega y/o retiro del vehículo en su domicilio u otro lugar que acuerden mutuamente (previa confirmación de factibilidad por parte del arrendador), lo que tendrá un costo adicional para el arrendatario, dependiendo del lugar donde se haga la entrega o retiro.
En la ciudad de Santiago, se cobrará un valor de $5.034.- CLP más IVA por cada servicio solicitado, para las comunas de Lo Barnechea, Vitacura, Las Condes, Providencia, La Reina, Ñuñoa y Santiago. Se cobrará un valor de $8.395.- CLP más IVA por cada servicio solicitado, para el resto de las comunas incluidas dentro del radio Xxxxxxx Xxxxxxxx. Para comunas fuera del radio Xxxxxxx Xxxxxxxx u otras ciudades de Chile, contactar a las oficinas Sixt.
Para entregas y/o retiros fuera del horario establecido de las oficinas, se cobrará $16.807.- más IVA CLP por cada servicio solicitado.
6.-Salvo acuerdo escrito en contrario, el arrendatario deberá reintegrar, de conformidad a los precios fijados por Sixt Chile, al arrendador los costos de devolución producidos por retornar el vehículo en una región distinta a la de la oficina de origen.
7.- El arrendatario autoriza expresamente y en forma irrevocable al arrendador a debitar de su tarjeta de crédito o imputar contra las garantías que hubiesen otorgado, todos los costos de colocación y cualquier otra suma debida en función de lo pactado en el contrato, incluyendo a título enunciativo:
- el monto reclamado por multas y/o sanciones emanadas de la autoridad competente.
- el monto resultante de los daños y faltantes (cualquiera sea su origen, ocultos o no).
- los cargos generados por entrega fuera de horario, aun cuando la no restricción no fuere por su culpa o dolo.
El arrendatario presta también su conformidad para debitar los costos administrativos y/o profesionales que tales incumplimientos le ocasionen al arrendador.
VENCIMIENTO, CONDICIONES DE PAGO, GARANTÍAS
1.- El precio del arriendo, así como cualquier otro servicio adicional contratado, vencen y son pagaderos al inicio o al término del contrato de arriendo. En arriendos mensuales, el contrato vencerá el mismo día del mes siguiente.
2.- En relación a las reservas de tarifa prepago, el precio del arriendo así como los demás adicionales convenidos, serán pagaderos al momento de realizar la reserva y se cargarán a la tarjeta de crédito que el arrendatario informó como medio de pago.
3.- El arrendatario dejará en su tarjeta de crédito, válidamente emitida y vigente al menos hasta el término del contrato de arriendo, un monto que corresponde al valor total del arriendo más una garantía por un monto fijo, de acuerdo a la categoría de vehículo reservado según el siguiente detalle.
Categorías | garantía CLP |
ECMR, CDMR, CLAR, IDMR, IDAR | 400.000 |
ILAR, IFAR, SDAR, SFAR, PFAR, SVAR, STAR, SQMR, FPMR, FQAR | 500.000 |
PDAR, XDAR | 700.000 |
FFAR, LFAR, XFAR | 1.000.000 |
Lo anterior se realiza para cubrir cualquier extra o situación adicional.
4.-La presente garantía asegurará cualquier obligación o responsabilidad del arrendatario frente al arrendador. Este último queda autorizado para aplicar el importe de la garantía a dichas responsabilidades, sin perjuicio de la posibilidad de reclamar aquellas que excedan del importe de la garantía.
5.- Salvo que las partes convengan otra cosa, el precio del arriendo, la garantía y todos los demás cargos se realizarán en la tarjeta de crédito que el arrendatario comunique.
6.- El arrendatario podrá exigir el desglose de los conceptos cobrados, disponiendo de un plazo de 30 días desde la recepción de la factura (para impugnar los costos).
7.-En los casos en que una cuenta corporativa cuente con crédito, la factura deberá ser pagada a los 30 días de la fecha de recepción por parte de la empresa. La empresa incurrirá en xxxx al día siguiente del vencimiento de la obligación de pago correspondiente, sin que sea necesario requerimiento alguno. En caso xx xxxx, podrá exigirse un interés calculado sobre la base del interés legal.
SEGUROS
1.- El vehículo arrendado cuenta con una cobertura CDW (Collision Damage Waiver) que cubre al vehículo en caso de daños propios, robo, incendio y daños por fuerza mayor. Mediante la contratación de la cobertura CDW es posible limitar la responsabilidad del vehículo a los siguientes deducibles por cada evento ocurrido.
- En caso de colisión, el deducible es de UF 10 más IVA para todas las categorías, salvo para los convertibles, que aplica un deducible de UF 20 más IVA (grupos STAR, FTAR y PTAR).
- En caso de volcamiento el deducible es UF 20 más IVA para todas las categorías.
- En caso de robo el deducible es de UF 30 más IVA para todas las categorías.
En caso de que el arrendatario haya causado daño al vehículo arrendado y daño tanto a bienes de terceros como a terceros, el arrendador responderá según las siguientes coberturas:
- Daño al vehículo arrendado hasta el valor comercial.
- Responsabilidad civil por daño emergente hasta UF 1.000.-
- Responsabilidad civil por daño moral hasta UF 1.000.-
- Responsabilidad civil por lucro cesante hasta UF 1.000.-
En caso que los daños hayan superado los topes descritos, el arrendatario deberá responder directamente por los montos que excedan esos topes. El arrendador se reserva el derecho de ejercer todas las acciones legales contra el arrendatario para el reembolso de los gastos en que se haya incurrido y que no se encuentren cubiertos por la Póliza.
2.- La cobertura CDW se encuentra incluida en el precio de arriendo, sin embargo el arrendatario puede reducir el deducible por colisión de UF 10 más IVA a UF 6 más IVA mediante la contratación de una cobertura diaria que permite esta reducción (Cobertura TOP COVER), con excepción de los vehículos convertibles, en que el deducible se reducirá a UF 10 más IVA (grupos STAR, FTAR y PTAR).
3.- Si el arrendatario declina o no contra la cobertura CDW, es responsable de todos los desperfectos y daños producidos en el vehículo de arriendo y responde hasta la cuantía íntegra del valor del vehículo y por todos aquellos daños producidos a otros vehículos o terceros. Adicionalmente al monto dejado en garantía por el arriendo del vehículo, el cliente deberá dejar una carta de declinación expresa del seguro y deberá dejar una garantía adicional por el valor total del automóvil.
4.- Se excluye de la cobertura CDW, rotura de neumáticos o cualquier daño producido a estos.
5.- Se excluyen de la cobertura del seguro, siendo por lo tanto plena responsabilidad del arrendatario, los daños a las personas y cosas que el mismo ocasionare, mediando dolo o culpa.
6.- Quedará excluida de cobertura en caso de siniestros cuando el conductor del vehículo no fuese el autorizado a conducir, no estuviese en posesión de una licencia de conducir vigente o infringiendo algunas de las cláusulas detalladas en las condiciones generales de arrendamiento y las normas del tránsito.
7.- De haberse contratado los seguros descritos anteriormente y habiéndose producido un siniestro, el arrendatario solamente responderá frente al arrendador por el valor de la franquicia y/o deducible, salvo que:
- Perjuicios que el arrendatario o aquellas personas por las que deba responder causen dolo o negligencia grave.
- En los casos en que el arrendatario no entregue el parte del accidente o el de los daños o si bien lo entregue, pero de manera tardía o incompleta o que consigne hechos y datos falsos de los mismos.
- Por perjuicios que se ocasionen al arrendador en caso de omisión del deber xx xxxxxxx o por la omisión de la obligación de recabar la presencia policial prevista, salvo que dichos daños se hubiesen ocasionado sin mediar dolo o negligencia grave del arrendatario.
-Casos en que el causante del daño sea un conductor no autorizado según lo informado en los párrafos precedentes.
La limitación de la responsabilidad contractual mencionada en este punto solamente tendrá vigencia mientras esté vigente el contrato de arrendamiento.
8.- El cliente puede contratar la cobertura “Protección Neumáticos y Parabrisas”, la que cubre los daños producidos durante el arriendo a ambas partes del vehículo. El valor es de $ 10.420.- más iva por día de arriendo, con un tope máximo mensual de $ 156.302.- más iva. Esta protección excluye la cobertura a neumáticos por daños producidos por mal uso, especialmente el desgaste a causa de participación en carreras clandestinas o no autorizadas. En caso que ocurra un daño durante el arriendo y el cliente tenga contratada ésta cobertura, deberá siempre realizar la declaración jurada simple, para activarla.
ACCIDENTE-ROBO-OBLIGACION DE DENUNCIA
1.- En caso de accidente, robo, incendio y/o daños producidos por la naturaleza y en general en cualquier supuesto daño, deberá el arrendatario hacer todo cuanto sea procedente para proteger los intereses del arrendador.
2.- Es obligación por parte del arrendatario hacer la constancia y/o denuncia policial de manera inmediata al accidente, siniestro o robo, así como tomar la mayor cantidad de antecedentes de lo sucedido, especialmente si hay un tercero involucrado. Posterior a ello, la información debe ser enviada a la brevedad a las oficinas xx Xxxx Chile donde deberá complementar la información rellenando el formulario de declaración de siniestro. Si el arrendatario se negase a realizar éste trámite, independiente si la culpa es de él o de un tercero, no hay ningún tipo de cobertura por parte de la Compañía de Seguros y los costos asociados deberán ser asumidos por el arrendatario.
Cuando producto de un siniestro el vehículo arrendado sufre un daño, el cual fue causado por otro vehículo o un tercero, que ha sido claramente identificado y se hayan realizado todo los trámites pertinentes para lograr la activación del seguro, el arrendatario es responsable por los pagos de los deducibles por colisión, robo y volcamiento detallados en el punto 1.-
RESPONSABILIDAD DEL ARRENDADOR
1.-Sixt Chile no responderá por la sustracción de objetos depositados al interior del vehículo mientras el vehículo se encuentre en arriendo. Tampoco responderá cuando producto de un accidente se puedan haber perdido o dañado estos objetos.
2.-En caso de siniestro del vehículo, esto no implica automáticamente una obligación del arrendador para entregar un vehículo de reemplazo. En el caso que esto ocurra se entregará un vehículo que se encuentre disponible.
RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO
1.- El arrendatario recibe el vehículo en correcto estado de mantenimiento, y conservación, con todo su equipamiento y con los detalles de carrocería que se consignan en el Acta de Entrega que el cliente firma al retirar el vehículo. El cliente se compromete a devolverlo en las mismas condiciones, con todos sus accesorios, partes y piezas. El arrendatario es responsable frente al arrendador por cualquier daño o robo del vehículo así como en general, perjuicios por incumplimientos contractuales, salvo las limitaciones de responsabilidad que el mismo contrate, además de aplicar las disposiciones legales vigentes en lo no regulado en estas disposiciones.
2.- El cliente y/ o arrendatario responderá sin limitación por cualquier infracción que pueda cometer durante el arriendo, especialmente por infracciones de tránsito. El arrendatario exonera a Sixt Chile respecto de cualquier sanción, multa, tasa, recargo y en general de todo tipo de costo que se le imponga por éste concepto. El arrendatario autoriza a Sixt Chile a cargar a su tarjeta de crédito, cualquier multa de tránsito que llegue con posterioridad al arriendo.
El arrendador aplicará un cargo de tramitación de multas de tráfico al arrendatario, cuyo monto es de $10.000.- CLP más IVA para cada multa tramitada.
3.- No quedará cubierto por la contratación de seguros adicionales los daños que se ocasionaran al interior del vehículo como rotura de partes y piezas, rotura xx xxxxx, daño a las pantallas y accesorios, así como tampoco la pérdida de la llave del vehículo, las que serán de cargo del arrendatario.
4.- No está autorizado a colocar remolque o hacer alguna modificación al vehículo para instalar un accesorio, sin la previa autorización xx Xxxx Chile, caso contrario los daños ocasionados al vehículo serán de cuenta y cargo del arrendatario.
5.- Los cargos de reparación y/ o reposición de accesorios, de los que deba responder el arrendatario, vendrán acompañados del costo recibido por parte de cada proveedor, sin un recargo adicional por parte xx Xxxx Chile.
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO
1.- El contrato de arrendamiento, tendrá la duración inicialmente pactada, al final de la cual el cliente deberá devolver el vehículo a Sixt Chile. No obstante lo anterior, el arriendo podrá ser prorrogado, siempre y cuando el
arrendatario lo comunique a algunas de las oficinas xx Xxxx Chile, antes del término del contrato. En caso que el arriendo se extienda por un período superior a 30 días, la extensión del contrato deberá realizarse de manera personal en las oficinas xx Xxxx Chile, cancelando el primer mes de arriendo y renovando la garantía en su tarjeta de crédito.
2.-El arrendatario está obligado a entregar el vehículo, inclusive las llaves, documentación y todos sus accesorios, en el mismo estado que se entregaron, en el lugar convenido y en la fecha indicada en el contrato de arriendo. La devolución debe efectuarse en el horario normal de atención de las oficinas xx Xxxx Chile.
3.- En caso que el cliente no solicite la extensión del arriendo y no devuelva en el vehículo en el plazo señalado en el contrato, según los puntos anteriores, Sixt Chile ejercerá las acciones legales necesarias para recuperar el vehículo a la brevedad.
4.- La tarifa detallada en el contrato aplicará para el período especificado en el arriendo, en caso de retraso no pactado, se cobrará de acuerdo a la tarifa vigente del momento del vencimiento del periodo especificado en el arriendo.
5.- En caso de que faltare alguno de los accesorios y/o documentos del vehículo (no cubiertos por el seguro), el arrendador estará facultado a cobrar la reposición del mismo y a traspasar el costo respectivo al cliente.
MEDIOS DE PAGO
Los medios de pago para el arriendo del vehículo son: tarjeta de débito, tarjetas de crédito (Visa, American Express, MasterCard, Diners Club), efectivo. En los casos en que el cliente realice su reserva por internet y tome una oferta con una tarifa que se deba prepagar en el sitio web, solamente se aceptará como medio de pago las tarjetas de crédito antes mencionadas.
RESOLUCION DEL CONTRATO
1.-Sixt Chile tendrá derecho a resolver el contrato de arriendo con efectos inmediatos, en el caso que el arrendatario demore más de siete días el pago de los montos adeudados así como las siguientes causales:
a) En caso que el arrendatario utilice el vehículo en un modo no adecuado a su destino o cause daños al mismo de forma dolosa o negligente. También se considera causal de término inmediato del contrato el no avisar al arrendador la falta de mantenimiento o revisiones que el vehículo requiera.
b) Infringir las normas legales vigentes en materia de tránsito, así como también cualquiera de las cláusulas de éste documento.
c) El arrendador puede terminar anticipadamente un contrato de arriendo cuando exista una elevada siniestralidad por parte del arrendatario, lo que evaluará SIXT caso a caso en relación al número de siniestros y/o la cuantía de los mismos.
DERECHO A RETRACTO
Se acepta derecho a retracto: Ya sea que el arrendatario haya prepagado el servicio de arriendo o no, podrá ejercer derecho a retracto y, en consecuencia, poner término al contrato, siempre que lo haga dentro de los 10 días siguientes a la contratación del servicio, y, en todo caso, antes de que comience el plazo del arriendo. En este caso, el arrendador deberá solicitar la cancelación a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx
En caso de que el arrendatario no ejerza este derecho dentro del plazo recién indicado, Sixt Chile estará facultado para retener el total del precio arriendo. En todo caso, Sixt Chile estará siempre facultado a retener las sumas correspondientes a servicios que ya se hubieren prestado antes de la cancelación o anulación.
COMUNICACIONES ELECTRONICAS
En caso de cualquier consulta, duda o reclamo, Sixt Chile tiene a disposición de sus clientes el siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx o también puede comunicarse al siguiente número telefónico: x00000000000.
Sixt Chile no solicita datos personales ni financieros a través de e-mail o a través de otro medio escrito.
COMO CONTRATAR SERVICIOS A TRAVES DE XXXX.XX
Para contratar nuestros servicios a través del sitio web xxx.xxxx.xx , deberá seguir los siguientes pasos:
b) Colocar el lugar, fecha y hora, tanto de la entrega como de la devolución del vehículo y luego hacer “cick” en el botón “determinar precio”.
c) Buscar la categoría de vehículo deseada y presionar el botón “Elija un vehículo”.
d) En la sección “Seleccionar Tarifa y Extras” el cliente podrá agregar adicionales y ver el precio total a pagar, así como también podrá conocer los Términos y Condiciones Generales de Arriendo (costado izquierdo del sitio). Para gestionar la reserva debe hacer click en “Acepta Tarifa y condiciones”.
e) Datos: se deberá completar los datos personales así como la información de vuelo ( en caso de que aplique) y luego hacer click en “ reservar ahora”
f) Finalmente recibirá un número de confirmación con algunas recomendaciones para agilizar el proceso de arriendo y en el correo electrónico informado, recibirá un documento en pdf con todos los detalles.
CONDICIONES ADICIONALES
1.- Newsletters: el arrendatario acepta recibir información xx Xxxx Chile y la red internacional a su correo electrónico que registra al reservar. En todo momento el arrendatario puede desinscribirse para no continuar recibiendo esta información.
2. Televía: el arrendatario deberá informar por escrito al Arrendador de la pérdida, hurto o robo del dispositivo TAG. Este dispositivo no está cubierto por los seguros o coberturas que puedan contratarse, siendo de
responsabilidad del Arrendatario su reposición, debiendo en los casos descritos pagar su costo al Arrendador, que es valorizado en la cantidad de UTM 3.
3. Reparaciones: el arrendador realizará las reparaciones en los talleres oficiales y/o autorizados por la marca.
4. Moneda: el valor de la UF (Unidad de Fomento) será consultada diariamente en la página Web del Servicio de Impuestos Internos, para hacer la conversión a pesos chilenos (CLP), para los contratos que aplique.
5. Asistencia en Ruta: El vehículo cuenta con servicio de asistencia 24 horas en caso de choque o panne.
6. En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 4 de la ley 19.628, el arrendatario autoriza expresamente al arrendador, para informar a un banco de datos personales la xxxx o incumplimiento de las obligaciones pecuniarias del arriendo expresadas en este contrato.
7. Para el caso de personas o empresas extranjeras no es posible descontar el impuesto IVA del valor de arriendo.
8. Notificación: Para todos los efectos derivados del presente contrato, de las acciones que puedan derivar de él o del uso del vehículo que se da en arriendo, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago, Chile y se someten desde ya a la jurisdicción de sus tribunales de Justicia, renunciado para este efectos a cualquier fuero o privilegio que les asistiere.