ANEXO - DISPOSICIÓN N° 135/DGTALET/17
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 135/DGTALET/17
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PART ICULARES
Contratación Directa por Exclusividad para la provisión de un procesamiento de datos socio-demográficos de usuarios de telefonía celular en la Ciudad Autónoma de Bue nos Aire s
Artículo 1º.- OBJET O DE LACONTRAT ACIÓN
El objeto de la presente contratación de Telefónica Móviles Argentina SA CUIT 30- 67881435-7, que brinda un procesamiento de datos el cual consiste en la contabilización de residentes y turistas nacionales e internacionales en 166 zonas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (distinguiendo por franja horaria, grupo etario y género), cuyo objetivo principal sea identificar los patrones de movilidad de los residentes y turistas. A partir de este servicio se buscará identificar perfiles de preferencias turísticas de acuerdo al origen de los visitantes, sus horarios de movilidad y principales comportamientos durante los días de la semana y, asimismo, brindará información sobre el potencial económico de los diferentes barrios de la Ciudad. Estos abordajes serán posibles gracias a la recolección de datos a partir de de la generación de eventos derivados de la señalización móvil de los usuarios de teléfonos celulares, los cuales son anonimizados y agregados.
Artículo 2º.- MODALIDAD DE CONTRAT ACIÓN
Siendo Telefónica Móviles Argentina SA CUIT 30-67881435-7 la única organización que brinda dicho servicio de procesamiento de datos, por las razones ya aludidas, es que corresponde efectuar su contratación de conformidad con el inciso 5º del artículo 28 de la Ley 2.095 y sus modificatorias;
Que, en orden a justificar la procedencia del esquema de contratación aludido, resulta que el artículo 28 de la Ley 2.095, y sus modificatorias, en su apartado 5º, dispone que corresponde
efectuar Contratación Directa “Cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes”.
Artículo 3º.- DESCRIPCIÓN
La presente contratación consiste en la provisión de un servicio de procesamiento de datos que consiste en la contabilización de personas residentes y turistas en diferentes xxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Dicha contabilización permite la obtención de patrones de comportamiento y el relevamiento de zonas de atracción a partir de la información recolectada derivada de eventos producidos por el intercambio de señales entre las antenas y los teléfonos móviles. Se estipula una actualización mensual del servicio que brinde datos de 2015, 2016 y 2017 contados a partir de la adjudicación de la presente, el cual deberá contar con las especificaciones expresadas en el Artículo 4° del presente pliego.
Artículo 4º.- DET ALLE
La oferta técnica debe abarcar los servicios y prestaciones contractuales. A su vez, deberá incluir un completo informe técnico que especifique la metodología utilizada, el proceso de obtención de datos, la estructura del universo y/o diseño de la muestra (si aplicase), la frecuencia de actualización de datos y todos los niveles de desagregación requeridos de la información solicitada, a saber: contabilización de personas en base a una propuesta de 166 divisiones geográficas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, abierta por:
- Xxxxxx xxxxxxx (intervalos de 60 minutos)
- Día de la semana
- Mes
- Año
- Origen (distinguiendo residentes de turistas y, en ese caso, provincia de procedencia y país de procedencia -distinción válida para turistas extranjeros-).
- Género
- Rango etario
- Categoría (residente o turista)
CARACTERÍSTICAS DE LA BASE DE DATOS: la contabilización del número de personas en una estructura geográfica (definida previamente por el Xxxx xx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx) deberá contener información socio-demográfica de los usuarios de teléfonos celulares cuyos eventos queden registrados en la red de datos local durante intervalos de una hora por día de la semana, mes y año. Estos registros deberán definir el origen de la persona,
distinguiendo entre residentes y turistas, y en el último caso, proveer datos de provincia de origen y país, su rango etario y género.
Debido a que en el mercado de telecomunicaciones existen empresas competidoras y, en consecuencia, la obtención de registros de eventos comprenderá únicamente a la compañía proveedora de información, el oferente deberá indicar en forma precisa y detallada la metodología de contabilización de usuarios, la dimensión del universo, la estructura de la muestra y, además, el método de extrapolación de datos (si lo hubiere).
ÁMBITO GEOGRÁFICO: la contabilización de usuarios de telefonía tendrá lugar en toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual será dividida en 166 estructuras geográficas definidas por el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las zonas propuestas estarán sujetas a subdivisiones a partir de información obtenida por el Ente de Turismo de Buenos Aires (si fuese necesario) de forma tal de obtener información de unidades geográficas particulares sobre las que se requieran hacer análisis específicos. La zonificación será provista por el Ente de Turismo de Buenos Aires y deberá ser avalada por el proveedor según sus parámetros metodológicos, que deberán garantizar representatividad urbana, anonimidad de los datos e indicadores robustos que permitan ser extrapolados al universo.
FECHA DE ENTREGA DE LOS DATOS: el proveedor deberá entregar los datos requeridos de los años 2015, 2016 y 2017 (hasta la fecha correspondiente) en el formato preestablecido anteriormente, en una entrega única y luego se estipulará un cronograma de actualización mensual hasta completar el año 2017.
ANÁLISIS Y ENTREGA DE INFORMES: el proveedor deberá hacer entrega a la Dirección General Inteligencia de Mercados y Observatorio dependiente del Xxxx xx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx de:
1. Una base de datos que contenga los requerimientos de datos anteriormente especificados.
2. Una ficha metodológica con todas las consideraciones, supuestos y definiciones de las variables que integran la base de datos entregada por el proveedor. La ficha metodológica puede entregarse inicialmente y deberá ser actualizada toda vez que la metodología de contabilización de personas y las variables sufran modificaciones conceptuales que impliquen cambios en las definiciones y en las métricas de las variables.
PROPIEDAD DE LAS BASES DE DATOS Y FORMULARIOS Y ACCESO A LAS MISMAS:
1- Entrega a la Dirección General Inteligencia de Mercados y Observatorio de la totalidad de las bases cuya utilización y disposición podrá ser extendida exclusivamente al resto del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx previo requerimiento formal y consideración de los objetivos y fines del proyecto de otra área gubernamental.
2- Entrega a la Dirección General Inteligencia de Mercados y Observatorio de la ficha técnica que contenga todas las especificidades metodológicas y conceptuales de la información entregada en la base de datos cuya utilización y disposición será extendida exclusivamente al resto del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx previo requerimiento formal y consideración de los objetivos y fines del proyecto de otra área gubernamental.
INFORMES Y PAGOS: la entrega de los informes y la forma de pago será bajo entrega una facturación única y total, al momento de la entrega de los datos.
EXPLOTACIÓN DE LOS RESULTADOS: los resultados de la investigación serán de uso exclusivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el proveedor no podrá hacer uso de dicha información. Asimismo, el proveedor no podrá realizar campañas de comunicación relacionadas a este proyecto sin previo consentimiento y aprobación del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5º.- CONSULT A, ADQUISICIÓN Y VALOR XXX XXXXXX
El pliego es gratuito y podrá ser consultado u obtenido a través del Sistema Electrónico “Buenos Aires Compras” (BAC), donde se encontrará disponible en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. En las contrataciones electrónicas (BAC), sólo el proveedor que haya ingresado en BAC y se haya acreditado para la adquisición xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares pasará a tener condición de oferente dentro del procedimiento de selección.
Artículo 6°.- IMPUGNACIÓN XXX XXXXXX
La impugnación xxx xxxxxx podrá ser recibida, previo depósito de la garantía pertinente, hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas, y tramita por cuerda separada. Siendo que el presente procedimiento tramita mediante BAC, la impugnación xxx xxxxxx será efectuada por dicha vía hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y hora fijada para la Apertura de las Ofertas, y se tramitará en forma paralela al desarrollo del procedimiento sin interrumpir el trámite de la contratación. Solo tiene derecho a impugnar el pliego el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de
registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC.
Artículo 7 º.- PERFIL DEL PROVEEDOR
Teniendo en consideración la especificidad de la prestación a contratar, se estima oportuna y conveniente la previsión de un perfil estimativo del oferente, de cara a una mejor satisfacción del interés público comprometido en la ejecución de la encomienda. En ese sentido, los oferentes que se presenten a la compulsa deberán ser personas jurídicas, universidades o consultoras especializadas en telecomunicaciones con vasta experiencia en diseño metodológico y deberán contar con las herramientas necesarias que exige el tratamiento grandes bases de datos.
El oferente deberá contar con suficientes recursos económicos, técnicos y profesionales para poder realizar las tareas previstas en el Artículo 4°.
Artículo 8 º.- INSCRIPCIÓN
Los interesados en participar deberán estar inscriptos en BUENOS AIRES COMPRAS (BAC), dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE HACIENDA. La inscripción debe ser iniciada por el interesado a través del sitio de Internet, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado BAC.
Artículo 9°.- PRERROGATIVA DEL GCABA
Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo con relación al monto estimado de la contratación podrá solicitarse una mejora en el precio de la oferta. Por aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y economía previstos tanto en la Ley N°
2.095 de Compras y Contrataciones, como en la Ley N° 70 de Administración Financiera, ante la negativa del oferente de mejorar el precio, queda a criterio de la Comisión de Evaluación de Ofertas proseguir con la preadjudicación debiendo justificar tal situación.
Articulo 10°.- ADJUDICACIÓN- CRITERIOS DE EVALUACIÓN- NOTIFICACIÓN
Sin perjuicio de los requerimientos inherentes al perfil del oferente que fueran plasmados en el Artículo 8° del presente pliego, el Órgano Contratante podrá discernir la adjudicación de la presente contratación en cabeza del oferente que hubiere formulado la propuesta más conveniente. A tal fin, contará con facultades suficientes para adoptar dicha decisión con discrecionalidad, siempre y cuando enmarque su proceder dentro de parámetros elementales de razonabilidad y extreme la motivación del acto administrativo en que la adjudicación se concrete.
En ese sentido, deberán tenerse en consideración como criterios elementales de ponderación: los antecedentes de los oferentes, lo que incluye, entre otros, solvencia patrimonial y experiencia en la prestación de servicios de similares características que el que aquí contrata; la experiencia en diseño metodológico; la adaptación al objeto y tema; la propuesta técnica; la inclusión de herramientas innovadoras; el equipo de profesionales que formará parte del proyecto, tanto en la coordinación como en el trabajo de campo; y el precio.
La adjudicación se notificará fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes de los 7 (siete) días de emitido el acto administrativo. Siendo que el presente, será notificado por dicha vía al adjudicatario y al resto de los oferentes. El mismo será publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el plazo de 1 (un) día.
Artículo 11.- PERFECCIONAMIENT O DEL CONTRAT O
El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la orden de compra al adjudicatario. Siendo que el presente procedimiento tramita mediante BAC, el contrato se perfecciona con la notificación efectuada por dicha vía de la orden de compra al adjudicatario, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta.
Artículo 12.- DECISIÒN DE DEJAR SIN EFECT O EL PROCEDIMIENT O
El Órgano Contratante puede dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
Artículo 13.- ENTREGA Y PLAZOS
Artículo 14.- FORMADE PAGO
A los efectos de la cancelación del saldo del precio, será condición sine qua non que la prestación que constituye el objeto de la contratación se haya realizado en forma satisfactoria y que, por ende, se haya emitido el correspondiente PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA (PRD) certificando dicha circunstancia. Cumplimentado que fuera dicho recaudo, procederá el pago dentro de los TREINTA (30) días hábiles desde la presentación de la pertinente factura conforme lo dispuesto por el artículo 116 del Decreto N° 95/2014 aprobatorio de la
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 135/DGTALET/17 (continuación)
reglamentación de la Ley N° 2095 y su modificatoria de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y por el artículo 28 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición DGCC N° 396/2014.
Artículo 15.- PART E DE RECEPCIÓN DEFINIT IVA
Expresada que sea la conformidad con los servicios realizados por parte de la Dirección General Inteligencia de Mercados y Observatorio dependiente del Ente de Turismo de la Ciudad de este organismo, se procederá a emitir el correspondiente PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA.
Articulo 16.- CUENTA BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
El adjudicatario deberá obligatoriamente abrir una Cuenta Corriente ó Caja de Ahorro en la Casa Central ó en Cualquier sucursal del Banco de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los efectos de poder acreditar en la misma los pagos que le correspondan.
Artículo 17.- GARANTÍAS SOLICITADAS
Los oferentes deberán cumplimentar con la presentación de las siguientes garantías:
17.1.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
El monto de garantía de mantenimiento no podrá ser inferior al 5% del monto total ofertado. La forma de constitución de la misma se realizará de conformidad con lo establecido en el Artículo
17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
17.2.- GARANTÍA DE EJECUCIÓN DE CONTRATO
El monto de garantía de ejecución de contrato no podrá ser inferior al 10% del monto total adjudicado. La forma de constitución de la misma se realizará de conformidad con lo establecido en el Artículo 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Artículo 18.- VALOR XXX XXXXXX
Sin valor
FIN DEL ANEXO