INVITACIÓN PRIVADA
INVITACIÓN PRIVADA
PROCESO DE SELECCIÓN N° I.P. 035 -2018
EMPRESA DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ORIENTE “EDESO”
OBJETO
“CONTRATO PARA EL SUMINISTRO, TRANSPORTE, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LA ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE RIONEGRO”
INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
ACTO DE APERTURA
La EMPRESA DE DESARROLLO SOSTENIBLE “XXXXX” cursa invitación a las personas naturales o jurídicas que deseen formular propuesta como personas jurídicas o naturales (individualmente o conformando consorcios o uniones temporales), para la selección del contratista que realice el contrato cuyo objeto es “CONTRATO PARA EL SUMINISTRO, TRANSPORTE, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LA ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE RIONEGRO”.
Los interesados, deberán cumplir con las condiciones y documentos establecidos en esta convocatoria la cual aplica a todos aquellos proveedores que se encuentren inscritos en el registro de proveedores de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente XXXXX con anterioridad a la publicación de la presente invitación publica y que manifiesten interés de participar de acuerdo a lo establecido en la presente invitación.
Con la firma de esta invitación se entenderá surtido el acto de apertura.
P á g i n a 1 | 85
TABLA DE CONTENIDO
1.1 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR 4
1.2 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y SU JUSTIFICACIÓN 4
1.4 IMPUESTOS, DEDUCCIONES Y GASTOS: 8
1.6 GARANTÍAS 9
1.7 CRONOGRAMA GENERAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 10
2.0 REQUISITOS HABILITANTES 11
2.1 REQUISITOS HABILITANTES JURIDICOS 11
2.2 REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS 13
2.3 REQUISITOS HABILITANTES EXPERIENCIA 13
3.0 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 15
3.1 PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 15
3.2 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA 17
3.3 PROPUESTAS PARCIALES Y/O ALTERNATIVAS 17
3.5 FECHA Y LUGAR DE ENTREGA DE LA PROPUESTA 18
4.0 ANÁLISIS, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 18
4.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 18
4.2 TÉRMINO PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 19
4.3 ACLARACIÓNES Y SUBSANABILIDAD 19
4.4 TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN 19
5.0 DESEMPATE, DECLARATORIA DE DESIERTA Y CAUSALES DE RECHAZO 20
5.2 RECHAZO Y ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS 20
5.3 DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA CONTRATACIÓN 21
6.0 CONDICIONES PARTICULARES 21
6.3 PLAZO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: 22
6.4 RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA 22
P á g i n a 2 | 85
ANEXO 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 23
ANEXO 2. EXPECIFICACIONES TECNICAS 24
ANEXO 4. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN 69
ANEXO 5. CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES 70
ANEXO 6. OFICIO DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 71
ANEXO 7. MATRIZ DE RIESGOS 72
P á g i n a 3 | 85
1.0 INFORMACIÓN GENERAL
Al tenor de los artículos 13 y 14 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 93 de la ley 1474 de 2011, en desarrollo y aplicación de los principios de la función administrativa y la contratación estatal, así como de gestión fiscal contemplados en el artículo 209 y 267 de la Constitución Política y demás normas especiales de contratación, especialmente del artículo 93 de la ley 489 de 1998, los actos que expidan las empresas industriales y comerciales del Estado, para el desarrollo de su actividad propia, industrial o comercial de gestión económica se sujetarán a las disposiciones del derecho privado.
Conforme a lo anterior y en consonancia con el Manual de Contratación de la Entidad, adoptado mediante acuerdo 006 de 2016, en su artículo 20, relativo a las modalidades de selección que al tenor indica: “se hará a través de invitación privada” cuando el presupuesto oficial de la contratación sea mayor a 200 SMMLV e inferior a 10.000 SMMLV y así entonces en esos términos particulares, éste proceso se adelantara en estricto cumplimiento de las disposiciones plasmadas en el Manual interno de contratación y en las normas especiales de contratación aplicables a la Entidad, considerando que de conformidad con el artículo 14 de la ley 1150 de 2007 y el artículo 51 del decreto 2474 de 2008, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado que se encuentren en competencia con el sector privado nacional o internacional o desarrollen su actividad en mercados monopolísticos, se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 13 de la misma ley, según la cual, las entidades estatales que por disposición legal cuenten con un régimen contractual excepcional al del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, aplicarán, en desarrollo de su actividad contractual, acorde a su régimen legal especial, los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, mencionado precedentemente y estarán sometidas al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal.
Reforzando los anteriores criterios, es pertinente destacar que cuando la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente –XXXXX- actúa en virtud de encargos o mandatos realizados por entidades públicas que involucran la ejecución de gastos e inversiones con recursos públicos orientados al cumplimiento de los fines estatales y la continua y eficiente prestación de los servicios públicos, requiere de la aplicación de los mecanismos que garanticen el cumplimiento del objeto contractual, y por tanto, la presente invitación privada constituye el proyecto de pliegos de condiciones, siendo solamente un borrador de los documentos asociados a la selección, de manera que su publicación solo tiene por fin que los posibles interesados formulen observaciones que la convocante podrá considerar e incluir en los documentos definitivos. Se entenderá que, si no se presentan observaciones por parte de los proponentes interesados, el presente documento se tendrá por definitivo sin requerir una publicación adicional.
El Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones, deberá entenderse como las condiciones que el proponente tendrá en cuenta para el proceso, al cual, se le podrán hacer las observaciones a que haya lugar en los términos otorgados por la Entidad conforme al cronograma general del proceso, destacando que, en caso de no recibir observación alguna, se tomará como pliego de condiciones definitivo, sin que medie otro acto adicional. Igual suerte tendrá cualquiera de sus anexos y están a disposición de los invitados, o bien en los correos proporcionados en la Inscripción del Registro de Proveedores, o bien en la página web de la Entidad xxx.xxxxx.xxx.xx, así como también será publicado en el Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP I–, siendo en todo caso este último medio, como el idóneo para todos los efectos.
Así las cosas, la publicación de éste documento no tiene ningún efecto vinculante para la convocante, ni la obliga a publicar los documentos definitivos ni a celebrar el respectivo contrato.
P á g i n a 4 | 85
Los interesados, además de estar previamente registrados con anterioridad como proveedores en XXXXX en el término estipulado en el acto de apertura de este proceso, deberán manifestar interés por escrito, con firma rubricada por parte del representante legal y/o persona natural por tratarse de derechos dispositivos y por tanto no serán admisibles las firmas escaneadas o de sello. Dicho escrito debe ser entregado y radicado en las instalaciones de la Entidad desde la publicación de la invitación hasta el término estipulado en el cronograma general del proceso. En caso de que se presenten más de CINCO manifestaciones de interés, la entidad habilitara las CINCO primeras manifestaciones radicadas en el lugar donde se establezca en el cronograma, y en todo caso, deberá entenderse para todos los efectos, que se debe entregar en la sede administrativa de la Entidad.
1.1 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR:
La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente - XXXXX -, pone a disposición de los interesados el proyecto xx xxxxxx de condiciones para la selección del contratista encargado de ejecutar el contrato con el siguiente “CONTRATO PARA EL SUMINISTRO, TRANSPORTE, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LA ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE RIONEGRO”.
ALCANCE Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
El sistema prefabricado deberá haber sido dimensionado conforme los lineamientos del REGLAMENTO DE AGUA Y SANEAMIENTO (RAS) y en su proceso de fabricación dar cumplimiento a la NORMA TÉCNICA NTC COLOMBIANA 5770, 2010-06-16, para sistemas de saneamiento básico prefabricados con materiales plásticos que se aplica a tanques sépticos prefabricados construidos en fábrica con policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U), polietileno (PE), o poliéster reforzado con fibra xx xxxxxx (PRFV) y/o a las demás Normas Técnicas Colombianas - NTC - que hacen referencia a la fabricación de tanques para aguas residuales con otros materiales.
El ordenamiento xx xxxxxxx se concibe actualmente como un “proceso de planificación sistemático, previsivo, continuo e integral” que busca establecer y mantener un equilibrio adecuado entre el aprovechamiento económico de los recursos naturales y su conservación, para mejorar las condiciones de vida de la población. Según los principios orientadores, se trata de un proceso permanente de participación, concertación, planeación, ejecución, seguimiento y ajuste con todos los actores que componen la cuenca.
Tanque cilíndrico horizontal con cabezales semiesféricos, diseñado para recibir la descarga de aguas negras del alcantarillado interno. Está compuesto por DOS compartimentos internos, el primero conforma el tanque séptico y el segundo el filtro anaerobio de flujo ascendente, FAFA. El tanque séptico tiene como objeto retener dichas aguas por un período mayor a veinticuatro horas, con el fin de separar los sólidos de los líquidos, digerir la materia orgánica y almacenar los sólidos digeridos durante el período de retención y permitir a los líquidos clarificados ser descargados para su eliminación final. Se ha complementado el tratamiento del afluente mediante un filtro anaerobio de flujo ascendente que corresponde al segundo compartimento.
Este sistema compacto, permite, durabilidad, agilidad en el proceso de instalación, economía en el consumo de tubería y reducción de la mano de obra. Incluye un manhole superior con tapa reforzada para soportar enterramiento, para tráfico peatonal por cada compartimento. Tabiques divisorios fabricados totalmente en PRFV y accesorios en PVC, para la interconexión entre los tabiques, conexión de la tubería de entrada y salida del tanque y dos uniones PVC presión de drenaje para la purga de lodos.
P á g i n a 5 | 85
PARTICULARES
• Plan de ordenamiento territorial de Rionegro - Antioquia
• Plan de Desarrollo 2016 -2019 “Rionegro Tarea de Todos”
• Plan de Acción Institucional CORNARE 2016-2019Los ítems que aparecen en el formulario de cantidades de obra del presupuesto oficial, se describen en forma concisa y no en detalle, por lo tanto, para la determinación de los precios unitarios y para la ejecución de los trabajos deberán consultarse las especificaciones y normas anteriormente descritas.
GENERALES:
• NORMAS TÉCNICAS COLOMBIANAS -NTC- (vigentes)
• Reglamento Técnico de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS – 2000) o las normas que lo modifiquen o sustituyan y las disposiciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio MVCT, Viceministerio de Agua y Saneamiento, Dirección de Inversiones Estratégicas – DIE, y/o vigentes a la fecha de ejecución de la repotenciación de la PTAR.
• NORMATIVIDAD AMBIENTAL – UPME
La instalación y puesta en funcionamiento del sistema de tratamiento de las aguas residuales domésticas para una vivienda rural, estará conformado por un tanque séptico, prefabricado en poliéster reforzado con Fibra xx Xxxxxx, más el Filtro Anaerobio de Flujo Ascendente (F.A.F.A.), dispuestos de manera integrada, es decir en una sola unidad, con los accesorios internos necesarios para los empalmes de entrada y salida, y sistema de ventilación y manejo de gases, con tapas superiores de fácil remoción que permitan realizar las labores de operación y mantenimiento. A este sistema se deberá conducir la totalidad de las aguas residuales generadas en la vivienda.
El sistema debe tener tanque séptico en dos compartimentos con un volumen útil mínimo de 1500 Litros * y un volumen mínimo del medio filtrante ** que se disponga en el F.A.F.A. de 0.30 m3 y un volumen nominal o total del sistema integrado séptico más F.A.F.A. de mínimo 2000 LITROS.
*Volumen nominal. Es el volumen total del depósito, incluye el volumen útil más el volumen vacío para gases. Volumen útil. Es el volumen destinado para el tratamiento o capacidad real del proceso que garantiza se cumpla el tiempo de retención hidráulico, se dispongan los lodos en el periodo de limpieza y se acumulen los gases.
**Volumen del medio filtrante: El que ocupa el elemento determinado para la práctica de la filtración, (rosetas plásticas, fibras naturales, entre otras).
Las características de calidad del producto en su parte mecánica, dimensional, funcional y estructural DEBERÁN estar conforme la NORMA TÉCNICA NTC COLOMBIANA N° 5770 de 2010-06-16, SISTEMAS DE SANEAMIENTO BÁSICO - TANQUES SÉPTICOS PREFABRICADOS CON MATERIALES PLÁSTICOS.
Los materiales utilizados deben satisfacer los requisitos establecidos en el Anexo B de la NTC 5770. Deben tener estabilizador ultravioleta en cantidad adecuada para dar protección al tanque, de tal forma que les garantice una vida útil no menor a VEINTE (20) años. Este estabilizador debe estar en la mezcla del material.
El sistema deberá haber sido dimensionado conforme los lineamientos del REGLAMENTO DE AGUA Y SANEAMIENTO (RAS - RESOLUCIÓN 330 DE 2017).
El diámetro interior mínimo de las tuberías de entrada y de salida debe ser 100 mm (4 pulgadas).
El diseño hidráulico del equipo, de las tuberías y conexiones internas debe garantizar que durante el funcionamiento normal, no se producirán reflujos, atascos o sobrecargas.
P á g i n a 6 | 85
Cada compartimiento debe tener una tapa de acceso que permita el mantenimiento rutinario, la toma de muestras, la eliminación de Iodos y su limpieza. Estas tapas deben tener una dimensión mínima de 420 mm para las de sección cuadrada o un diámetro mínimo de 420 mm para las de sección circular; No obstante, el sistema podrá tener una única tapa que permita el mantenimiento rutinario, la toma de muestras, la eliminación de Iodos, la limpieza y el mantenimiento de todas las unidades que conforman el sistema.
El medio filtrante debe ser un medio plástico manufacturado o estructuras de fibra natural especialmente elaboradas para tal fin. Debe ser durable, resistente al resquebrajamiento, insoluble, no debe aportar sustancias indeseables al agua tratada ni debe flotarse, en caso de requerir medio de soporte deberá proveerse. Debe ocupar como mínimo el volumen indicado. El proveedor deberá indicar la especificación, el volumen por unidad y el número de unidades de material filtrante que suministra por sistema.
Los tanques sépticos deben resistir las cargas y los esfuerzos resultantes de la manipulación, instalación y utilización, incluyendo la eliminación de Iodos y el mantenimiento, durante toda su vida útil sin perder sus características funcionales y sin que colapse. Se deben considerar las siguientes cargas para el sistema completamente equipado:
a) Cargas debidas al relleno;
b) Cargas hidrostáticas y,
c) Cargas debidas a peatones.
El comportamiento estructural del tanque séptico prefabricado se debe demostrar mediante el ensayo de resistencia al aplastamiento y a la deformación a carga máxima que se realiza de acuerdo con el ANEXO C de la NTC 5770.
El tanque séptico debe ser estanco al agua hasta la parte superior del depósito lo cual se debe demostrar con la prueba de estanqueidad por uno de los métodos que establece el Anexo A de la NTC 5770.
1. Identificación del fabricante y del producto.
2. Tipo de material.
3. Capacidad nominal.
4. Fecha de fabricación.
5. Numero de convenio de CORNARE – GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA – MUNICIPIO DE RIONEGRO.
6. Contrato del municipio.
7. Contrato con la XXXXX
En el caso de que por fuerza mayor la tubería de conexión de la vivienda al tanque séptico deba quedar expuesta, esta deberá estar recubierta con pintura que la proteja de los rayos ultravioleta, con cargo a los costos del contratista.
Apariencia Del Sistema
Todos los sistemas deben estar libre de las siguientes imperfecciones visibles o defectos:
• Arrugamiento.
• Cuarteado.
• Agrietamiento.
• Mala impregnación de la fibra y de adherencia de la resina en los sistemas de P.R.F.V.
• Picaduras o pequeñas cavidades en la superficie ocasionadas por burbujas de aire.
P á g i n a 7 | 85
El sistema instalado debe estar marcado con un material duradero y con letra legible con la siguiente información como mínimo:
Ilustración 1. imagen de referencia del sistema LINEAMIENTOS PARA LA LOCALIZACIÓN DEL SISTEMA SÉPTICO
Se tendrán presentes los lineamientos contenidos en el capítulo E del RAS 2000, la Política de agua potable y saneamiento básico para la zona rural de Colombia y específicamente lo que establece el Plan de Ordenamiento Territorial de Rionegro, en el artículo 300, numerales 2, 6 y 7 y el artículo 324, parágrafo 3, que a continuación se citan:
“Artículo 300. Manejo de Aguas Residuales en la Zona Rural. Para asegurar el óptimo manejo de las aguas residuales en la zona rural, en las parcelaciones, condominios, corredores suburbanos, suelos suburbanos y centros poblados rurales, se establecen las siguientes disposiciones:
2. No se permitirá el vertimiento de aguas residuales o servidas no tratadas de ningún tipo, aún en forma temporal, a los diferentes cuerpos de agua, o suelos de drenaje.
6. En el área mínima requerida para la construcción de sistemas individuales de tratamiento para la disposición final de las aguas residuales, se podrán construir tanques sépticos como tratamiento primario y para el manejo del efluente de los tanques, se podrán utilizar campos de infiltración, cuando las condiciones del suelo, tales como permeabilidad, cohesión, tipología de suelo, lo permitan; de lo contrario, se construirá un filtro anaerobio de flujo ascendente, como tratamiento secundario, y la disposición final se hará por medio xx xxxxx de absorción.
7. Cuando por condiciones de área o tipo de suelo, las soluciones individuales no sean factibles, se podrán construir sistemas múltiples de tratamiento de aguas residuales, compuestos por tanques sépticos, filtros anaerobios de flujo ascendente y sedimentadores, en soluciones dispuestas en paralelo.
P á g i n a 8 | 85
Parágrafo 3º. No se permite la ubicación de caballerizas, porcícolas, avícolas, pozos sépticos o
cualquier otro elemento contaminante a menos de 15.00 m del lindero”.
Lo anterior, se traduce en que al momento de la localización del sistema séptico, deberán respetarse los siguientes retiros:
• El sistema séptico deberá ubicarse mínimo a 30 metros xx xxxxxxx de agua (cuando se trate de quebradas) y a 50 metros a la redonda cuando se trata de nacimientos o afloramientos. Es competencia de la Dirección Operativa de Medio Ambiente la corrección de retiros x xxxxxxx hídricas, previo fundamento técnico de los mismos.
• El sistema séptico deberá ubicarse mínimo a 15 metros del colindante o los colindantes y cuando la distancia a linderos del tanque séptico sea inferior a 15 metros, el beneficiario deberá llevar a la Dirección Operativa de Servicios Públicos certificado u autorización donde el colindante firme y exprese su consentimiento de ubicación inferior al retiro requerido.
• El sistema séptico deberá ubicarse mínimo a 3,5 metros de la vivienda (según Plan de Ordenamiento Territorial-POT) y en caso de limitación de espacio la distancia mínima del sistema de tratamiento a la vivienda es 1,5 metros (según RAS2000, Título E).
• Se recomienda una distancia de mínimo 5 metros de la servidumbre.
• Cuando se colinde con una vía terciaria, el sistema séptico se deberá ubicar a 15metros del eje de la vía.
La Entidad adelanta este proceso con base en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 728 del 24 de septiembre de 2018 expedido por la Unidad Financiera de la EDESO.
Los proponentes deberán realizar todas las evaluaciones y estimaciones que sean necesarias para presentar su oferta sobre la base de un examen cuidadoso de sus características y las propias que resulten necesarias para el desarrollo del objeto contractual, de manera tal que el proponente deberá tener en cuenta el cálculo de los aspectos económicos del proyecto, los cuales deben incluir todos los costos directos e indirectos que implique el cumplimiento del objeto del contrato, con todas las obligaciones y xxxxxxxx de riesgos que emanan del mismo y en general todos los aspectos que puedan incidir en la determinación de las condiciones económicas con las cuales presentarán su oferta.
Si el proponente que resulte adjudicatario ha evaluado incorrectamente o no ha considerado toda la información que pueda influir en la determinación de los costos, no se eximirá de su responsabilidad por la ejecución completa de las obras de conformidad con el contrato, ni le dará derecho a reembolso de costos, ni a reclamaciones o reconocimientos adicionales de ninguna naturaleza.
La Invitación Privada, deberá entenderse como los términos de referencia que el proponente tendrá en cuenta para el proceso, al cual, se le podrán hacer las observaciones a que haya lugar en los términos otorgados por la Entidad conforme al cronograma general del proceso, destacando que, en caso de no recibir observación alguna, se tomará como definitivo, sin que medie otro acto adicional. Iguales suertes tendrán cualquiera de sus anexos y están a disposición de los invitados en el Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP I– xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx .
1.2 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES
Con la presentación de la oferta, el proponente interesado en el proceso, manifiesta que estudió las condiciones plasmadas en el mismo y todos los documentos de la modalidad de selección del contratista, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de
P á g i n a 9 | 85
los trabajos o la prestación del servicio, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente, y que además, se acoge a los preceptos dictados por la Ley aplicable al régimen que rige la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente –XXXXX- y demás normas complementarias.
Todos los documentos de esta Invitación Privada se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en ésta invitación, serán de su exclusiva responsabilidad; en consecuencia, la EDESO no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta. Las versiones que allí aparezcan de los documentos del Proceso de Invitación Privada tienen el carácter de oficiales. No obstante, lo anterior, quien lo desee podrá obtener a su xxxxx las fotocopias pertinentes de los documentos, cuando ellos no tengan carácter de confidenciales conforme a las normas y reglamentos que le sean aplicables.
Se podrán publicar documentos escaneados o los archivos magnéticos idénticos sin firma, teniendo en cuenta la disponibilidad del servicio de escáner y la urgencia de publicación del documento.
Constituye obligación de los interesados el consultar de manera permanente la dirección electrónica citada precedentemente, especialmente el sistema de compras del SECOP I, sin perjuicio de acercarse a la Entidad en la dirección Xxxxxxx 00 Xx 00-000, vía Fontibón en el Municipio de Rionegro – Antioquia y no será admisible como excusa de desconocimiento o desinformación la omisión de consultar los detalles del proceso bien por sitio Web o bien en el sistema dispuesto por Colombia Compra Eficiente.
El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos o la prestación del servicio objeto de la presente Invitación Privada, no se considerará como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones.
Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que se indica en la tipología de COLOMBIA COMPRA EFICIENTE. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082 de 2015. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
La Invitación Privada Definitiva podrá incluir los temas planteados en las observaciones presentadas, siempre que se estimen relevantes. En todo caso, la aceptación o rechazo de las observaciones se hará de manera motivada, para lo cual se agruparán aquellas de naturaleza común. En caso de no presentarse observación alguna, se entenderá el presente documento como definitivo sin otro requerimiento adicional, tal como se indicaba precedentemente.
Será responsabilidad de los PROPONENTES solicitar por escrito cualquier aclaración que consideren necesaria en relación con la información y/o omisiones en el pliego de condiciones y cualquier inquietud o pregunta que puedan tener al respecto, pues en todo caso, el proponente es quien conoce el estado del arte de su servicio y por tanto tiene una responsabilidad correlativa de poner en evidencia situaciones que no se ajusten a la realidad del sector.
Los PROPONENTES se entenderán notificados, y por lo tanto debidamente informados, de cualquier información adicional, interpretación, aclaración, adenda, modificación y/o cambio efectuado por La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente -XXXXX- mediante la publicación que de ellos haga en su Página Web:
P á g i n a 10 | 85
xxx.xxxxx.xxx.xx y especialmente en el Portal Único de Contratación, xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx sin requerirse ningún procedimiento de comunicación adicional, pero sin perjuicio de la facultad de la XXXXX de enviarlas por Correo Electrónico.
1.3 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Los Proponentes deben suscribir el Compromiso Anticorrupción contenido en el Anexo No 4 en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado Colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, habrá causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
1.4 COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los Documentos del Proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las Ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia a reunión informativa y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el proceso de selección estará a cargo de los interesados y/o Proponentes.
1.5 COMUNICACIONES
Las comunicaciones en el marco del Proceso de Contratación deben hacerse por escrito, por medio físico o electrónico.
La correspondencia física debe ser entregada en la Oficina del Archivo de la XXXXX, en la Xxxxxxx 00 Xx 00- 000, Xxx Xxxxxxxx, en los siguientes horarios: lunes a viernes 8:00 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 5:00 pm. No obstante lo anterior, el Proponente siempre deberá para esos efectos, sujetarse al Cronograma General del Proceso.
La correspondencia electrónica debe ser enviada a la dirección electrónica, correo xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
La comunicación debe contener:
• El número del presente Proceso de Contratación (I.P.034-2018).
• Los datos del remitente que incluyen nombre, dirección física, dirección electrónica y teléfono;
• Identificación de los anexos presentados con la comunicación.
• Las reglas aplicables a la presentación de las Ofertas están en el capítulo 3 del presente documento.
• Las comunicaciones y solicitudes enviadas por canales distintos a los mencionados solamente serán tenidas en cuenta para los propósitos del Proceso de Contratación cuando sean radicadas a través del canal que corresponda. La Entidad responderá las comunicaciones recibidas por escrito enviado a la dirección física o electrónica señalada en la comunicación que responde.
1.6 IDIOMA
Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los Proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en castellano. La Oferta y sus anexos deben ser presentados en idioma castellano. Los documentos con los cuales
P á g i n a 11 | 85
los Proponentes acrediten los requisitos habilitantes de que trata el capítulo 3 que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera.
Para firmar el contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero, la cual deberá ser oficial en los Términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite del Apostille o consularización.
1.7 LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
a. CONSULARIZACIÓN. De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios será autenticada a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
b. APOSTILLA. Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado en el literal (a) anterior, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la Apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la Apostilla está dada en idioma distinto xxx xxxxxxxxxx, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.
c. LEGALIZACIÓN. Los Proponentes provenientes de países signatarios de la Convención de La Haya citada en el literal (b) anterior podrán optar, como procedimiento de legalización de los documentos otorgados en el exterior, por la consularización descrita en el numeral (a) anterior o la Apostilla descrita en el numeral (b) anterior. Los Anexos al presente pliego que deben completar los Interesados, no deberán contar con el procedimiento descrito en los literales (a) o (b) anteriores. La consularización o Apostilla de los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse en original o copia auténtica so pena de tenerse como no presentada.
1.8 POTESTAD DE VERIFICACIÓN
La Entidad se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la totalidad de la información aportada por el Proponente, pudiendo acudir para ello a las fuentes, personas, empresas, Entidades Estatales o aquellos medios que considere necesarios para el cumplimiento de dicha verificación y el proponente con la presentación de su oferta acepta y autoriza que la EDESO pueda consultar bases de datos y datos personales conforme a la ley 1266 de 2008.
P á g i n a 12 | 85
1.9 INFORMACIÓN DEL PROCESO
CONTRATO | OBRA |
OBJETO | “CONTRATO PARA EL SUMINISTRO, TRANSPORTE, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LA ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE RIONEGRO.” |
LUGAR DE EJECUCIÓN | Municipio de Rionegro |
CONTRATANTE | Empresa de Desarrollo Sostenible –XXXXX- |
PLAZO | El plazo de ejecución del contrato será contado a partir de la firma del acta del inicio sin exceder el 30 de diciembre de 2018 |
PROCESO DE SELECCIÓN | Invitación Privada |
VALOR ESTIMADO | MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS ML ($1.328.032.500) |
1.10 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
El valor estimado del contrato es MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS ML ($1.328.032.500) con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 728 del 24 de septiembre de 2018 expedido por la Unidad Financiera de la XXXXX.
El presupuesto incluye los valores correspondientes a todos los impuestos, tasas y contribuciones y demás erogaciones que implique el desarrollo del contrato.
Los proponentes no podrán exceder el valor del presupuesto estimado por la Empresa, adicionalmente ninguno de los valores de los precios unitarios podrá exceder en un CINCO (5%) por ciento del valor de cada ítem publicado en el presupuesto estimado, en tal caso no será tenida en cuenta la propuesta para la presente invitación. El oferente deberá diligenciar los “VALORES UNITARIOS” ajustados al peso, bien sea por exceso o por defecto, de acuerdo con el anexo establecido para el efecto por la EMPRESA DE DESARROLLO SOSTENIBLE –XXXXX-.
1.11 FORMA DE PAGO:
La Entidad pagará el contrato celebrado de la siguiente manera:
1. Anticipo del QUINCE por Ciento (15%) del valor del contrato. Se informa que, para lo anterior, deberá ser abierta una cuenta especial y exclusiva para este contrato que genere rendimientos y se deberá presentar a la entidad para su aprobación el Plan de Inversión del mismo. Nota: El proponente (contratista) podrá renunciar al anticipo manifestando por escrito su decisión ante la secretaria general de la EDESO.
2. Los pagos posteriores mediante actas parciales de avance según cumplimiento del objeto contractual previa autorización de la interventoría y la supervisión del contrato y teniendo en cuenta que se reservará un pago final xxx XXXX POR CIENTO (10%) del valor del contrato para el momento de la liquidación del mismo.
P á g i n a 13 | 85
NOTA: El proponente con la presentación de su propuesta entiende y acepta que XXXXX actúa como mandatario del Municipio de Rionegro y por tanto los pagos estarán sujetos a los desembolsos que haga dicha entidad a la EDESO.
1.12 IMPUESTOS, DEDUCCIONES Y GASTOS:
El proponente debe tener en cuenta todos los gastos e impuestos que puedan afectar sus precios y hayan de causarse por la ejecución del contrato, tales como: Impuesto a la Renta, Industria y Comercio, timbre y publicación, si son del caso; el valor que ocasione la constitución de garantías, así como las deducciones, retenciones y el impuesto al valor agregado IVA sobre la utilidades del contrato, y otras a que haya lugar de acuerdo con las normas vigentes (Reteica, Estampilla Pro-cultura, Estampilla Pro-hospitales, Pro-Adultos).
1.13 APORTES PARAFISCALES:
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO (RETEICA): | 8X 1000 |
ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL: | 1% del valor total del contrato |
RETEFUENTE: | De acuerdo a la condición de cada contratista y a la naturaleza del contrato. |
RETEIVA: | Aplica para contratistas que facturen IVA. |
ESTAMPILLA PRO POLITÉCNICO | 0.6% del valor del contrato |
ESTAMPILLA PRO U. DE A. | 0.6% del valor total del contrato |
NOTA: En cualquier caso, el proponente por ser el ejecutor material del contrato, tendrá a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones que le sean aplicables pese a no encontrarlos expresamente en la presente invitación, siendo su responsabilidad consultarlos y pagarlos y autoriza las deducciones a que haya lugar y de manera expresa con la presentación de su propuesta. Entendiendo por ello en los impuestos que aplica conforme a esta misma tabla. |
En virtud de lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el proponente deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, o equipo de trabajo a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello haya lugar. Si el proponente es persona jurídica, dicho pago deberá acreditarlo mediante certificación expedida por el revisor fiscal cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx acompañada de copia de la tarjeta profesional, o por el representante legal. Si el oferente es directamente quien ejecute el trabajo deberá acreditar el pago de la seguridad social.
Si al momento de presentar la propuesta el oferente interesado no cuenta con seguridad social, éste deberá anexar un certificado donde acredite que de resultar elegido, realizara los pagos correspondientes de acuerdo al presente numeral y los allegará a la entidad al momento de firmar el contrato. En igual sentido, deberá poner a disposición de la Entidad, el listado de trabajadores que usará para desarrollar el objeto social y el contratista con la presentación de su propuesta, acepta y se compromete a cumplir lo establecido en el decreto 1072 de 2015 “sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SIG-SST” y sus normas concordantes, conforme a su actividad y exigirlo a sus contratistas que se encuentren realizando cualquier labor que tenga relación directa con el contrato que se suscriba.
P á g i n a 14 | 85
1.14 GARANTÍAS:
Estas serán expedidas sólo si la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente – XXXXX - considera que son necesarias de acuerdo al objeto del contrato, o en caso de ser una consecuencia del riesgo del proceso de contratación y del sector económico al cual pertenecen los posibles oferentes.
El proponente favorecido con la adjudicación otorgará a favor de LA XXXXX y del MUNICIPIO DE RIONEGRO, garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, mediante la cual se garantizarán los riesgos, por los valores y vigencias, que se señalan en el contrato, y se obliga a constituirlas dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato; de no hacerlo en este término, sin causa justificada, se hará acreedor a una multa equivalente al medio por ciento (0.5 %) del valor del contrato por cada día xx xxxx.
La garantía se mantendrá vigente durante la vigencia y liquidación del contrato y se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado. La garantía se entenderá vigente hasta la liquidación del contrato garantizado y la prolongación de sus efectos y, tratándose de pólizas, no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.
De conformidad con lo establecido en la Decreto 1082 de 2015, el contratista se obliga a constituir, a favor del municipio de MEDELLÍN y XXXXX, una garantía única de cumplimiento así:
Amparos a cubrirse con las garantías
SI | NO | MONTO Y VIGENCIA | |
X | DIEZ Por Ciento (10%) del presupuesto oficial y vigencia hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento. | ||
X | |||
Buen manejo y correcta inversión del anticipo. | X | Por el 100% del monto de anticipo y vigencia igual al plazo contractual. | |
Pago anticipado | X | ||
Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal. | X | Por el 20% del valor total del contrato y vigencia igual al Plazo del contrato y Seis (6) meses más. | |
Por el 10 % del valor total del contrato y vigencia igual al plazo del contrato más tres (3) años. | |||
Estabilidad de la obra | X | Por el 30% del valor total de contrato y vigencia igual a cinco (5) años a partir de la fecha de recibo de la obra. | |
Calidad de los bienes y equipos suministrados | X | Por el 10% del valor total del contrato y vigencia igual al plazo contractual y seis meses más. | |
Calidad del Servicio | X | ||
3.0 RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL | X | Por 300 S.M.M.L.V. para contratos cuyo valor sea Superior a mil quinientos (1.500) S.M.M.L.V. y vigencia igual al plazo del contrato. |
1.15 CRONOGRAMA GENERAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
P á g i n a 15 | 85
Para este proceso de contratación de Invitación privada se estipulan las siguientes fechas, las cuales los interesados deberán tener presente. Cualquier cambio en el cronograma establecido será informado a través de la página de la Entidad y al Correo de los proponentes mientras se habilita la Empresa en el portal de Colombia Compra Eficiente SECOP.
TABLA 2 – CRONOGRAMA
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR |
Invitación a los Oferentes | Desde el 08 de octubre de 2018 | xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx SECOP |
Manifestación de interés | Hasta el 10 de octubre de 2018 a la 12:00 del día | Carrera 54Nro. 56.162 vía Fontibón del Municipio de Rionegro. |
Fecha límite para formular observaciones al texto definitivo. | Hasta el 10 de octubre de 2018 a las 12:00 del día. | Correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx / Carrera 54Nro. 56.162 vía Fontibón del Municipio de Rionegro. |
Respuesta observaciones a la invitación | El 11 de octubre de 2018 | xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx SECOP |
Plazo para presentar la propuesta / Acta de recepción de propuestas y apertura de sobres | Hasta 12 de octubre de 2018 a las 11:00 a.m. | Xxxxxxx 54Nro. 56.162 vía Fontibón del Municipio de Rionegro. |
Verificación de requisitos habilitantes, Informe de evaluación de las Ofertas y Traslado a los proponentes. | El 16 de octubre de 2018 | xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx SECOP |
Subsanabilidad y presentación de observaciones al informe de evaluación de las Ofertas. | Hasta 18 de octubre de 2018 a las 15:00 | Correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx / Carrera 54Nro. 56.162 vía Fontibón del Municipio de Rionegro. . |
Respuesta a observaciones, adjudicación. | 19 de octubre de 2018 | Correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx / Carrera 54Nro. 56.162 vía Fontibón del Municipio de Rionegro. |
2.0 REQUISITOS HABILITANTES
2.1 REQUISITOS HABILITANTES JURIDICOS
Capacidad jurídica:
P á g i n a 16 | 85
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse.
La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente – XXXXX también revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios y el certificado de antecedentes judiciales para verificar que no haya sanciones inscritas.
Los oferentes que se presenten en calidad de consorcio o unión temporal, deberán cumplir además con los siguientes requisitos:
a) Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos, y responderán solidariamente frente a la XXXXX, por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. De igual manera, deberán indicar su porcentaje de participación y anexar el poder que designa el representante legal del consorcio o de la unión temporal.
b) Los Consorcios o Uniones Temporales deberán acreditar que su duración no será inferior al plazo exigido en los amparos de calidad del servicio y en todo caso, hasta la liquidación definitiva según la minuta del contrato, y a partir de la entrega de propuestas. En el caso de Unión Temporal, deberán establecerse los términos y extensión de la participación de cada integrante en la ejecución del objeto contratado, los cuales no podrán ser modificados sin la autorización previa de la XXXXX
c) Los integrantes del consorcio o unión temporal no podrán ceder su participación en los mismos a terceros, sin previa autorización escrita de la XXXXX. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.
d) El mínimo porcentaje de participación para un consorciado o unido temporalmente es del treinta por ciento (30%). Se advierte a los consorciados o unidos temporalmente, que cuando sobrevenga inhabilidad o incompatibilidad a uno de sus miembros, con anterioridad a la adjudicación del contrato, se entenderá, para todos los efectos, que la propuesta fue presentada exclusivamente por el o los miembros no inhabilitados y para la evaluación de la oferta solo se tendrán en cuenta la capacidad residual de contratación, la experiencia, la capacidad financiera y los requisitos jurídicos que cumplan los miembros no inhabilitados, debiendo sustituir la garantía de seriedad de oferta por otra donde ellos figuren como exclusivos tomadores de la misma, dentro del término establecido para el efecto, a menos que manifiesten su voluntad de no continuar adelante en el proceso de selección caso en el cual podrán retirar su propuesta.
Además, se advierte que, cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga a uno de sus miembros con posterioridad a la adjudicación del contrato, se entenderá, para todos los efectos, que renuncia a su ejecución, debiendo cederlo a un tercero que reúna los requisitos y calidades exigidos, previa aprobación escrita de la XXXXX, obligándose a sustituir la garantía única Contractual por otra donde figuren como exclusivos tomadores los miembros no inhabilitados y el cesionario de los derechos y obligaciones del inhabilitado.
Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio, el cual deberá acreditar más de 5 años de constituida, además haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación o por la entidad que tenga la competencia para expedir dicho certificado, en el cual
P á g i n a 17 | 85
conste su existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directo que lo faculta.
Para personas naturales el objeto se verificará con el RUT, cuya actividad principal debe ser consecuente con el objeto del contrato no obstante y conforme al Manual Interno de Contratación, cuando la cuantía supere los TRES MIL SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES (3.000 S.M.M.L.V) el proponente deberá estar
inscrito en el Registro Único de Proponentes -RUP- conforme lo dispuesto en el artículo décimo de dicha codificación interna.
2.2. REQUISITOS HABILITANTES
2.2.1. EXPERIENCIA GENERAL
La experiencia general del proponente se calificará como que “CUMPLE” si el proponente como persona jurídica acredita hasta máximo con 3 contratos ejecutados en los últimos 5 años que hayan sido celebrados con entidades públicas o privadas, cuyo objeto tenga relación directa con el objeto del presente proceso de selección, contratos estos que sumados los valores de los mismos sean igual o mayor al 50% del valor oficial estimado fijado por la entidad, calculado en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.
El oferente además de lo anterior deberá certificar que cuenta con la disponibilidad inmediata de los 300 sistemas prefabricados, los cuales deberán haber sido fabricados cumpliendo con los lineamientos técnicos señalados en las especificaciones técnicas.
Esta experiencia acreditada se solicita con el propósito de verificar que el oferente cuente con capacidad técnica y financiera para el desarrollo del contrato, que se garantice la efectiva prestación del servicio, al igual que corroborar que el proponente tenga capacidad de contratación y ejecución.
Igualmente, esta experiencia acreditada relacionada se precisa por cuanto es marco de referencia de la eventual calidad de los resultados que el contratista seleccionado se encuentre actualizado en los últimos desarrollos regulatorios de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, que valga resaltar, son constantes, como las Resoluciónes N° 1063 de 2016, N° 825 de 2017, N° 330 de 2017, N° 672
de 2015, entre otras, y Decretos N° 1077 de 2015, N° 302 de 2000, N° 3050 de 2013, N° 229 de 2002, entre otros. Especialmente se solicita esta experiencia dada las modificaciones introducidas por la Resolución CRA 330 de 2017 “Por la cual se adopta el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS) y se derogan las Resoluciones números 1096 de 2000, 0424 de 2001, 0668 de 2003, 1459 de 2005, 1447 de 2005 y 2320 de 2009” que el contratista seleccionado tendrá como especial marco de referencia.
2.2.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA
UNO (1) de los contratos, acreditados para la experiencia general, deberá haber incluido efectivamente dentro de su alcance el suministro, instalación y puesta en funcionamiento de mínimamente una planta de tratamiento aguas residuales (P.T.A.R.) para un caudal de diseño superior o igual a CINCO (5 l/s) Litros por segundo. Para
P á g i n a 18 | 85
verificar estos requisitos, en caso de no estar de manera explícita en la certificación aportada, el proponente deberá adjuntar adicionalmente, copia de la última acta o documento idóneo y contractualmente hábil, debidamente firmado por la Entidad Contratante, de donde se extraerá la información necesaria para validar el cumplimiento de este requisito.
Para la experiencia específica, no se acepta la experiencia proveniente de Ofertas Mercantiles, ni los contratos en que los proponentes certifiquen experiencia de ejecución de proyectos en los cuales ellos mismos: son los propietarios y/o compren y/o diseñen y/o construyan y/o vendan.
Para los consorcios o uniones temporales, la experiencia aportada por cualquiera de los asociados, será ponderada de acuerdo al porcentaje de participación que ostente en la forma asociativa que conforme. Si la propuesta es presentada en Consorcio o Unión Temporal u otra forma asociativa, al menos uno de los conformantes deberá cumplir con la exigencia de la experiencia especifica.
ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA: Se acreditará la experiencia requerida así:
a. Los Contratos suscritos con entidades públicas podrán acreditarse mediante certificación expedida por la entidad contratante contratante y/o copia del acta de recibo final y/o acta de liquidación, en la cual sea posible verificar: el objeto, valor, plazo, fecha de inicio y terminación del contrato.
b. Los contratos suscritos bajo el régimen de derecho privado, el oferente deberá anexar a la propuesta: Certificación expedida por el contratante y/o recibo final y/o acta de liquidación donde se exprese como mínimo: el objeto, valor, fecha de inicio y fecha de terminación del contrato.
Si cumple los requisitos se verificará como que cumple y continuará en el proceso de calificación. No se aceptan ofertas mercantiles, ni se aceptan subcontratos.
Para efectos de la experiencia acreditada no se aceptarán subcontratos.
Cuando el proponente individual o integrante de un consorcio o unión temporal sea una filial o subordinada de una sociedad controlante, se tendrá en cuenta la experiencia propia y no la de la controlante, ni viceversa.
Si los contratos fueron ejecutados bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, el monto que debe informar el proponente será el correspondiente al porcentaje de participación que hubiere tenido en los mismos. Sin embargo, de lo anterior, en tratándose de las cantidades de obra ejecutadas, será válido el 100% de las mismas.
En el evento en que dos o más proponentes aporten una misma información y ésta presente inconsistencias, se solicitará la aclaración respectiva a cada uno de ellos y sólo se tendrá en cuenta aquella que esté demostrada.
2.2.3. INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA
La capacidad financiera también llamada ratios financieras o indicadores financieros, son coeficientes o razones que proporcionan unidades contables y financieras de medida y comparación, a través de las cuales, la relación
P á g i n a 19 | 85
(por división) entre sí de dos datos financieros directos, permiten analizar el estado actual o pasado de una organización, en función a niveles óptimos definidos para ella.
La capacidad financiera requerida en un Proceso de Contratación debe ser adecuada y proporcional a la naturaleza y al valor del contrato. En consecuencia, la Entidad Estatal debe establecer los requisitos de capacidad financiera con base en su conocimiento del sector relativo al objeto del Proceso de Contratación y de los posibles oferentes.
Para la verificación de la Capacidad Financiera (CF), se hará con base en la información financiera suministrada por el proponente, la cual solo se podrá acreditar allegando el Certificado de Inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP) o con los Estados Financieros con fecha xx xxxxx igual o posterior al 31 de diciembre de 2017.
De acuerdo con el análisis del sector elaborado minuciosamente con empresas representantes del sector, para este proceso de suministro, transporte, instalación y puesta en marcha de sistemas de tratamiento de aguas residuales en la zona rural del municipio de Rionegro”. Se exigirá la acreditación de los siguientes indicadores:
CAPACIDAD FINANCIERA.
ÍNDICE LIQUIDEZ: Activo corriente sobre pasivo corriente.
Se considerará Hábil el proponente que presente un Índice de Liquidez Mayor o Igual a 1.4
La liquidez de una organización es juzgada por la capacidad que tiene para saldar las obligaciones a corto plazo que se han adquirido a medida que éstas se vencen. Se refieren no solamente a las finanzas totales de la empresa, sino a su habilidad para convertir en efectivo determinados activos y pasivos corrientes.
Es de entender que entre mayor sea el resultado, mayor es la solvencia y la capacidad de pago que tiene la empresa; esto significa, el respaldo de las obligaciones a corto plazo con que la empresa cuenta, por lo tanto, para este proceso se requiere que sea mayor o igual a 1.4
INDICE DE
LIQUIDEZ
56,65
51,39
40,90
26,23
11,48
3,50
1
3,56
2
4,15
5,21
3
4
5
6
7
8
9
EL NIVEL DE ENDEUDAMIENTO: Pasivo total sobre activo total.
P á g i n a 20 | 85
Se considerará HÁBIL el proponente que presente un NIVEL DE ENDUEDAMIENTO Menor o igual al 0.65
El nivel de endeudamiento señala la proporción en la cual participan los acreedores sobre el valor total de la empresa. Así mismo, sirve para identificar el riesgo asumido por dichos acreedores, el riesgo de los propietarios del ente económico y la conveniencia o inconveniencia del nivel de endeudamiento presentado. Altos índices de endeudamiento sólo pueden ser admitidos cuando la tasa de rendimiento de los activos totales es superior al costo promedio de la financiación.
Si el nivel de endeudamiento es mayor, la empresa se desarrolla mayormente con capital ajeno, queriendo decir que existe mayor grado de dependencia financiera con acreedores externos, por lo tanto, se requiere que este indicador sea menor o igual a 0.65
Razón de cobertura de interés: Utilidad operacional / gastos de intereses
Se considerará HÁBIL el proponente que presente una razón de cobertura de interés igual o superior a 1.5 veces
La razón de cobertura de interés mide la capacidad que tiene la empresa para cubrir el costo financiero de sus pasivos (intereses) y el abono del capital de sus deudas. Es decir, establece una relación entre las utilidades operacionales de la empresa y sus gastos financieros.
ENDEUDAMIENTO
RAZON DE COBERTURA
DE INTERES
COMPARATIVOS
804,07
360,23
0,16
Cabe señalar, que estos indicadores pueden ser indeterminados, debido a que muchas veces las empresas no presentan obligaciones financieras, es decir, no tienen gastos de intereses durante un periodo determinado, por tal motivo teniendo en cuenta la naturaleza del contrato se recomienda en este estudio que este indicador sea Mayor o Igual a 1.50 VECES. Y de presentarse esta eventual particularidad el proponente cumple, siempre y cuando presente rentabilidad.
50,25 0,30 | 20,5923 | 0,23 | 0,2020 | 0,00 | 0,00 | 15,47 | 44,14 0,01 | 0,02 |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 |
Capital de trabajo: Activo corriente – Pasivo corriente
P á g i n a 21 | 85
Se considerará HÁBIL el proponente que presente un capital de trabajo igual o superior al veinte (20%) del valor del presupuesto oficial.
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Para la verificación de la Capacidad Organizacional (CO) se tomará la información contenida en el Registro Único de Proponentes RUP.
Para la evaluación de la capacidad organizacional, se tendrán en cuanta los siguientes índices:
Rentabilidad sobre los activos: Utilidad operacional sobre activos totales
Se considerará HÁBIL el proponente que presente una rentabilidad sobre los activos igual o superior a 0.05.
Rentabilidad sobre el patrimonio: Utilidad operacional sobre el patrimonio
Se considerará HÁBIL el proponente que presente una rentabilidad sobre el patrimonio igual o superior a 0.10.
En caso de Uniones Temporales y Consorcios los anteriores indicadores (Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional) se calcularán con base en la suma aritmética ponderada por la participación de cada uno de los integrantes, para cada una de las cuentas con las cuales se calcula el indicador financiero
NOTA: Para verificar los requisitos de las empresas no inscritas en EL RUP es necesario para acreditar la capacidad financiera y la capacidad organizacional utilizar los certificados suscritos por el representante legal y el revisor fiscal o auditor del proponente, y si el proponente no está obligado a tener revisor fiscal, por su contador, y estar acompañado de los estados financieros auditados de diciembre 31 de 2017.
Para tal efecto Colombia Compra Eficiente sugiere el certificado contenido en el Anexo 2 del manual de contratación.
COMPARATIVOS
2,50
2,00
1,50
1,00
0,50
0,00
1,80
1,60
1,40
1,20
1,00
0,80
0,60
0,40
0,20
0,00
1 2 3 4 5 6 7 8 9
RENTABILIDAD DEL
PATRIMONIO
RENTABILIDAD DEL ACTIVO
2.3 CONDICIONES O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
P á g i n a 22 | 85
Serán las contempladas en los anexos DOS.
3.0. CRITERIOS DE PONDERACIÓN O CALIFICACIÓN
La Entidad Contratante debe evaluar las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección 2.0 REQUISITOS HABILITANTES
En la evaluación de las Ofertas la Entidad Contratante realizará la ponderación del factor Económico y el técnico de acuerdo a los siguientes criterios de calificación:
FACTORES DE EVALUACIÓN | CALIFICACIÓN | ||
Precio | 600 | ||
Calidad | Equipo profesional | 300 | |
Estímulo a la Industria Nacional | 100 | ||
PUNTAJE MÁXIMO TOTAL | 1000 | ||
SANCIONES Y MULTAS | Desde -50 |
3.1 PRECIO (600 PUNTOS)
PRECIO BASE
El puntaje asignado será en número entero con máximo dos cifras decimales. Los proponentes deberán presentar el valor de la propuesta ajustada al peso.
En caso de que el valor por ítem ofertado por el proponente sea superior al 105% (calculado en pesos) del valor del ítem del presupuesto oficial, una vez hecha la corrección aritmética, se rechazará la propuesta.
Para establecer el valor en pesos del CIENTO CINCO POR CIENTO (105%) del valor unitario (costo directo) de cada ítem del presupuesto oficial, se utilizará el sistema de REDONDEO ajustando los valores resultantes al PESO, bien sea por exceso o por defecto, es decir, si las cifras decimales son iguales o superiores a CINCUENTA (50) se ajustarán por exceso, si son inferiores a CINCUENTA (50) se ajustarán por defecto. El sistema de redondeo se aplicará utilizando la fórmula de Excel:
=REDONDEAR (VALOR UNITARIO DEL PRESUPUESTO OFICIAL*1,05;0).
Para el cálculo de este factor, inicialmente se tendrá en cuenta los siguientes pasos:
1) Se realizarán las operaciones aritméticas las cuales serán verificadas directamente del formulario de la propuesta económica multiplicándolo por la columna de cantidad del ítem y tomando el valor TOTAL de la
P á g i n a 23 | 85
propuesta a costo directo en entero con aproximación por exceso o por defecto al peso redondeando a cero cifras decimales.
2) Si la corrección de las propuestas supera por encima o por debajo el valor inicial propuesto TOTAL (antes de corrección), en el uno por ciento (1.0%) incluido este porcentaje, se eliminan, y no se tendrán en cuenta para la evaluación.
PB = A0 × P0 + Aa × Pa
3) Realizado los pasos anteriores, a las propuestas que queden, se aplicará la siguiente fórmula: El precio base se determinará de la siguiente forma:
Donde:
2 1
A0 =
× ≤ 0.5
N + 1 1 − D
P0 = Costo directo del presupuesto oficial Aa = 1 − A0
N = Numero de propuestas evaluables
D =
Pa =
S
Pa
∑ Pi N
Pi = Costo directo de cada propuesta evaluable
2 ∑(Pi − Pa)2
S = √
N
Se identificarán las propuestas cuyo costo directo corregido sea mayor al ciento cinco por ciento (105%) del precio base (PB) y las que su costo directo corregido sea menor al noventa y cinco por ciento (95%) del precio base (PB).
A las propuestas que estén por fuera del rango comprendido entre el noventa y cinco por ciento (95%) y el ciento cinco por ciento (105%) del precio base (PB) se les asignará cero (0) puntos en este criterio de evaluación.
Para las propuestas que queden dentro del rango 95% y 105% del PB, tomando éste porcentaje con máximo dos (2) cifras decimales, los (600) puntos, serán asignados así:
Propuestas cuyo costo directo esté comprendido entre el noventa y cinco y el noventa y ocho por ciento (95%
- 98%) del precio base (PB), tendrá un puntaje comprendido entre (0% y 60%) del puntaje máximo asignado, utilizando una relación lineal.
P á g i n a 24 | 85
Propuestas cuyo costo directo esté comprendido entre el noventa y ocho, y el ciento por ciento (98% - 100%) del precio base (PB), tendrán un puntaje comprendido entre (60% y 100%) del puntaje máximo asignado utilizando una relación lineal.
Propuestas cuyo costo directo sea igual al ciento por ciento (100%) del precio base (PB), tendrán el ciento por ciento (100%), del puntaje máximo asignado.
Propuestas cuyo costo directo esté comprendido entre el ciento por ciento y el ciento dos por ciento (100% - 102%) del precio base (PB), tendrán un puntaje comprendido entre el (100% y 60%) del puntaje máximo asignado utilizando una relación lineal.
Propuestas cuyo costo directo esté comprendido entre el ciento dos por ciento y el ciento cinco por ciento (102%
- 105%) del precio base (PB), tendrán un puntaje comprendido entre (60% y 0%) del puntaje máximo asignado utilizando una relación lineal.
3.2 FACTOR TECNICO
3.2.1 FACTOR CALIDAD (300 PUNTOS)
Se asignará máximo 300 puntos al oferente que presente dentro de su propuesta al siguiente equipo de trabajo:
3.2.1.1 UN DIRECTOR (150 PUNTOS)
General: Xxxxxx xxxx (10) años de graduado como ingeniero sanitario. dicho termino se contará desde la expedición de la tarjeta profesional.
Especifica: Mínimo DOS (02) certificados en dirección, de proyectos de saneamiento básico.
El proponente que cumpla con toda la experiencia general y especifica se le otorgaran 150 puntos; al proponente que no cumpla con la totalidad de los requisitos exigidos se le calificara con 0 puntos.
3.2.1.2 DOS RESIDENTES DE OBRA (150 PUNTOS).
GENERAL: Mínimo UN (01) año de experiencia general en la residencia, supervisión o coordinación de proyectos de Ingeniería y Construcción. dicho termino se contará desde la expedición de la tarjeta profesional.
ESPECÍFICA: Xxxxxx relacionar la experiencia como residente o auxiliar de obra con Xxxxxx DOS (02) contratos.
El proponente que cumpla con toda la experiencia general y especifica se le otorgaran 150 puntos; al proponente que no cumpla con la totalidad de los requisitos exigidos se le calificara con 0 puntos.
El proponente que cumpla con toda la experiencia general y especifica del director y residentes de obra se le otorgaran 300 puntos; al proponente que no cumpla con la totalidad de los requisitos exigidos se le calificara con 0 puntos.
P á g i n a 25 | 85
Se requiere que el oferente presente en su propuesta la documentación requerida del equipo de trabajo solicitado:
• Hoja de vida.
• Copia de la tarjeta profesional.
• Copia del diploma o acta de grado.
• Certificaciones laborales, para acreditar la experiencia laboral.
• El proponente deberá contar con el consentimiento del personal profesional propuesto, para lo cual deberá adjuntar a la hija de vida, la carta de intención suscrita por el profesional.
• Demas documentación que permita valorar el cumplimiento de los perfiles aquí solicitados.
En el caso que el proponente sea quien certifique la experiencia del personal propuesto, deberá anexar copia de los contratos que suscribieron con el profesional y que respalden los certificados aportados.
En caso de que la certificación aportada para acreditar la experiencia del equipo profesional tenga fecha de expedición anterior a la fecha de terminación del contrato que está siendo certificado, se tomara para efecto de valorar la experiencia la fecha de expedición de la certificación aportada y no el tiempo que falte por ejecutar el contrato.
Todos los certificados relacionados para acreditar la experiencia relacionada acreditada, la ejecución de Ítems representativos, y la experiencia general y especifica del equipo de trabajo, deberán contener como mínimo la siguiente información:
• Número del contrato, cuando aplique.
• Nombre o razón social de la empresa o persona contratante
• Objeto del contrato o cargo y/o actividades desempeñadas.
• Plazo y ejecución del contrato o tiempo de vinculación
• Fecha de iniciación del contrato o de ingreso
• Fecha de recibo a satisfacción y/o terminación del contrato o de retiro.
• Nombre y firma de la persona habilitada para expedir la certificación, representante legal y/o contador y/o revisor fiscal.
Teniendo en cuenta que en Colombia se ha reglamentado la Tarjeta Profesional para algunas profesiones como un requisito necesario e indispensable para ejercer la profesión, acorde con lo establecido en el artículo 26 de nuestra Constitución Nacional, que señala: "ARTICULO 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad"
Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social. Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de éstos deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles".
P á g i n a 26 | 85
Lo anterior indica que, para las profesiones requeridas en el presente proceso de selección, la tarjeta, matrícula o inscripción profesional y su respectiva vigencia se exigirá de acuerdo con las siguientes normas, las que las modifiquen, adicionen o deroguen:
Ingenierías, profesiones afines (arquitecto constructor) y profesionales auxiliares: De conformidad con la Ley 842 de 2003 y sus decretos reglamentarios.
Entidad que expide la tarjeta profesional: Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA).
Arquitectura: De conformidad con la Ley 435 de 1998 y sus decretos reglamentarios. Entidad que expide la tarjeta profesional: Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares.
NOTA: Será obligación del proponente para cada uno de los profesionales propuestos para el equipo de trabajo, verificar y acreditar, si es del caso, que éstos cumplen con los requisitos de la tarjeta profesional y el certificado de vigencia de esta.
El proponente deberá mantener el personal ofrecido durante el tiempo de ejecución del contrato; no obstante, si por alguna circunstancia se requiere efectuar algún cambio en el personal propuesto se deberá realizar considerando que el profesional que reemplazará al ya presentado debe tener perfil y experiencia igual o superior. Tal modificación podrá realizarse previa aprobación por parte de la interventoría. La no observancia de este requisito se considerará como incumplimiento del contrato.
3.2.3. Apoyo a la industria nacional (100 PUNTOS)
En seguimiento a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003 paa apoyar la industria nacional, a través del sistema de compras y contratación pública en la evaluación de las Ofertas:
a.) Las Ofertas de bienes y servicios nacionales recibirán un puntaje de cien (100) puntos y
b.) Las Ofertas de bienes y servicios extranjeros que incorporen servicios profesionales, técnicos y operativos nacionales recibirán un puntaje de cincuenta (50) puntos.
3.2.4 SANCIONES Y MULTAS (100 PUNTOS)
Si el proponente, incluidos los miembros de consorcios y uniones temporales, registra multas o sanciones en firme, que le hubieren sido impuestas dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre de este proceso contractual, se disminuirá el puntaje total obtenido, así:
Por una (1) multa o sanción, se restarán cincuenta (50) puntos. Por dos (2) multas o sanciones, se restarán setenta (70) puntos. Por tres (3) multas o sanciones, se restarán cien (100) puntos.
Por cuatro (4) o más multas o sanciones, se restarán doscientos (200) puntos. Por cada declaratoria de incumplimiento, se restarán doscientos (200) puntos.
La información sobre multas o sanciones será obtenida del Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio y/o de cualquier registro oficial que lleve las Entidades del Orden Regional, Nacional y Municipal que oficialmente acrediten dichas multas o sanciones.
P á g i n a 27 | 85
En el caso de propuestas presentadas por cualquier forma asociativa, se restará la totalidad del puntaje por multas o sanciones que registren cualquiera de los que conforme la asociación.
En el evento que la sanción o multa haya sido impuesta a un consorcio del que hizo parte uno de los proponentes del presente proceso, o cualquier forma asociativa donde cada uno de los miembros que la conforman respondan solidariamente por el contrato generador de la multa o la sanción, se aplicara lo estipulado en cuanto a la reducción de los puntajes por las sanciones o multas para el proponente que hizo o haga parte de la asociación.
3.0 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
3.1 Preparación y presentación de la propuesta:
Los Proponentes deben presentar sus Ofertas por escrito, con los formatos contenidos en los Anexos, en la fecha establecida en el Cronograma al que se refiere la presente invitación, y acompañadas de los documentos solicitados en esta sección, así como de la garantía de seriedad de la Oferta.
a) Las propuestas deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en la presente invitación.
b) Los proponentes presentarán precios unitarios y valores parciales para cada ítem, de acuerdo con las cantidades estimadas que aparecen en el formulario de la propuesta y deberán discriminar su AU. Se entiende que los precios que ofrezcan los proponentes se refieren al pago de los servicios debidamente terminados, de acuerdo con las especificaciones, detalles y métodos, establecidos en la invitación.
c) En la propuesta no podrán fijarse condiciones económicas y de contratación artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación del contrato; en caso de hacerlo, la XXXXX requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor de lo ofertado. Oídas las explicaciones, el comité evaluador recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso. En caso de ser favorecida la propuesta el proponente responderá por ello sin lugar a indemnización alguna. Lo anterior en consonancia con la Sentencia CE SIII E 17783 DE 2008 que indica que: ii) Igualmente habrá lugar a descalificar la oferta cuando los ofrecimientos hechos, cotejados con los precios xxx xxxxxxx resulten artificialmente bajos, circunstancia que puede llevar a la Administración a afrontar inconvenientes por futuras reclamaciones del contratista y en el peor de los casos a la inejecución del proyecto por imposibilidad de ejecutarlo con el presupuesto ofrecido. Al respecto debe precisarse, que no obstante que el precio de la oferta es un factor importante en la evaluación de los ofrecimientos hechos, no es el único, como tampoco puede admitirse que siempre la oferta del menor valor es la más conveniente a los intereses y finalidades que busca la Administración (artículo 29, Ley 80 de 1993, también lo consagra el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007). (...)»
(…) Precio artificialmente bajo. «(...) Es aquel que resulta artificioso o falso, disimulado, muy reducido o disminuido, pero además, que no encuentre sustentación o fundamento alguno en su estructuración dentro del tráfico comercial en el cual se desarrolla el negocio, es decir, que dicho precio no pueda ser justificado y por lo tanto, la Administración estaría imposibilitada para admitirlo, so pena de incurrir en violación de los principios de transparencia, equilibrio e imparcialidad que gobiernan la actividad contractual y como parte de ella, el procedimiento de la licitación. (...)»
P á g i n a 28 | 85
d) En el sobre se hará constar el nombre del proponente y su dirección comercial, y se dirigirá tal como aparece en la portada de esta Invitación.
e) La oferta que prepare el proponente, la correspondencia y los documentos relativos a ella que intercambien el proponente y la XXXXX, deberán redactarse en idioma español.
f) El proponente presentará su oferta únicamente en pesos colombianos y sin cifras decimales, es decir que las mismas se deberán presentar en números enteros.
g) Los posibles proponentes podrán presentar su propuesta, en la dirección Carrera 54 Nro. 56.162 vía Fontibón del Municipio de Rionegro, hasta antes del vencimiento del plazo determinado en el cronograma, previa radicación o registro de entrega donde constara la fecha y hora de la misma. La XXXXX, no se hará responsable de las moras que puedan presentarse en el proceso de radicación de propuestas y por tanto, se recomienda venir con tiempo suficiente para dicho trámite.
h) Posteriormente se realizará el informe de evaluación de las propuestas y se elevara el acta correspondiente. La propuesta se entregará en ORIGINAL Y COPIA en sobre sellado, así como también deberán aportar la información en medio magnético (CD o USB), especialmente conteniendo el presupuesto en formato Excel. Dicha información deberá contener los datos referenciados en el anexo N° 2, 5 y 6; el proponente al momento de entregar su propuesta deberá entregar un oficio remisorio aparte para la constancia de recibido por parte de la XXXXX.
j) La omisión de cualquiera de los ítem de actividades a ejecutar y/o precios unitarios si correspondiere del formulario de cantidades, dará lugar a la no aceptación de la propuesta, y no será responsabilidad de La XXXXX las omisiones del proponente.
3.2 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
La propuesta debe ser presentada en original, en el sitio, hora y fecha indicada, y debe incluir la siguiente información:
a) Carta de presentación de la propuesta, firmada por el representante legal de la firma cuando es persona jurídica o por el proponente cuando es persona natural. (Anexo 1). Se recuerda que debe entregarse también en medio digital la propuesta, preferiblemente en USB.
b) Certificado de Existencia y Representación Legal para personas jurídicas de la cámara de comercio de su jurisdicción, expedido dentro de los treinta (30) días calendario anterior a la fecha de presentación de la propuesta o fotocopia de la cédula para personas Naturales o registro mercantil.
c) Fotocopia de la cedula de ciudadanía de la persona natural y del representante legal para personas jurídicas.
d) Registro Único Tributario (RUT), actualizado, y expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, de conformidad con la resolución 139 de 2012.
e) Certificados de antecedentes disciplinarios, fiscales y judiciales del contratista, (actualizados y vigentes).
f) Certificado de inhabilidades e incompatibilidades.
g) Propuesta económica, anexo 3. Los proponentes deberán dar precios unitarios para todos y cada uno de los ítems, el valor total neto de la propuesta y plazo de ejecución, debidamente firmado por el proponente.
h) Certificados de experiencia y/o idoneidad requeridos por la entidad.
i) Póliza de seriedad de la oferta.
P á g i n a 29 | 85
3.3 PROPUESTAS PARCIALES Y/O ALTERNATIVAS
No se admiten propuestas parciales, alternativas o condicionales, es decir el proponente deberá ofertar la totalidad de los ítems y en las condiciones requeridas.
3.4 PROPONENTES ELEGIBLES:
Este proceso de contratación bajo la modalidad de invitación privada, estará disponible a todas las personas naturales o jurídicas, que cumplan con los requisitos habilitantes solicitados en la presente invitación y conforme al Manual interno de Contratación, se encuentren inscritas en el Registro de Proveedores de la Entidad a la fecha indicada en el acto de apertura de la presente invitación.
Cada proponente presentará solo una oferta, ya sea como persona natural o como persona jurídica. El proponente que presente o participe en más de una oferta será rechazado.
3.5 FECHA Y LUGAR DE ENTREGA DE LA PROPUESTA:
Las propuestas podrán presentarse hasta antes del vencimiento del plazo establecido por la entidad, que se encuentra definido en el cronograma general, de conformidad con la hora legal colombiana que será consultada al momento del cierre, en la dirección Carrera 54Nro. 56.162 vía Fontibón del Municipio de Rionegro. Las propuestas extemporáneas no serán recibidas, en caso de insistencia del proponente, se le recibirá su propuesta pero no será abierto el sobre por cuanto es claro que no podrá participar en el presente proceso.
Las ofertas deberán ser entregadas en la Carrera 54 Nro. 56-.162 vía Fontibón sede de la XXXXX, en un sobre que contenga la propuesta en original y la copia, cuyo recibo quedará consignado en la certificación dada por el encargado de recibirlas y se establecerá la fecha y hora para efectos de relación de propuestas en la que además constará el nombre de la persona que entrega la propuesta y la constancia de entrega. La realización del trámite ante la referida oficina es responsabilidad del proponente, por tanto las filas y demás serán responsabilidad exclusiva del proponente.
La EDESO no se hace responsable de ofertas enviadas por correo, ni por correo electrónico, ni entregadas en dirección o dependencia diferente a la establecida en la presente invitación.
NO SE ADMITEN PROPUESTAS ENVIADAS POR CORREO ELECTRÓNICO.
3.6 CORRESPONDENCIA:
Los proponente podran presentar observaciones, solicitudes e inquietudes a traves del correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx, división Jurídica de la EDESO, cuya respuestas serán publicadas o bien en los correos electrónicos de los proponentes, o bien en la WEB de la Entidad pero en todo caso, será en el Secop xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en lo pertinente, entendiéndose aquellos medios como los canales de comunicación entre proponentes y la entidad.
P á g i n a 30 | 85
4.0 ANÁLISIS, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
4.1 Criterios de evaluación de las propuestas:
Para determinar el valor de cada propuesta se tendrá en cuenta los siguientes pasos:
a) Se realizarán operaciones aritméticas multiplicando la columna de cantidad del ítem por el valor unitario y tomando el valor total de la propuesta en entero con aproximación por exceso o por defecto ajustadas al peso, es decir, sin cifras decimales.
b) Si la corrección de las propuestas supera por encima o por debajo el valor inicial presupuesto (antes de corrección), en el UNO por ciento (1%), se eliminan y no se tendrán en cuenta para la evaluación.
4.2 Término para la evaluación de las propuestas:
Una vez recibidas las propuestas, se procederá a efectuar la verificación jurídica, técnica y de experiencia que se hubieren solicitado en la presente invitación de la propuesta que haya ofertado el menor precio y se procederá a la calificación de los requisitos que otorguen puntaje y, de cumplir con los criterios establecidos, tendrá la calidad de “ADMISIBLE”
La XXXXX efectuará la evaluación de las propuestas dentro del plazo señalado en el cronograma. XXXXX podrá solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que estime necesarias. Cuando la XXXXX considere que el plazo de evaluación no garantiza el deber de selección objetiva, podrá prorrogarlo.
4.3 Aclaraciones y subsanabilidad:
La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” podrá solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que estime necesarias, según lo determina el literal b del artículo 19 del Manual de Contratación concordante con el numeral 7º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Sin embargo los proponentes con sus aclaraciones no podrán modificar ni mejorar su propuesta so pena de incurrir en causal de rechazo legal.
De igual forma los proponentes de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y la Circular No. 13 del 13 xx xxxxx de 2014 de la Agencia Nacional de Contratación Colombia Compra Eficiente, podrán subsanar los documentos que no otorguen puntaje, durante el plazo de traslado del informe de evaluación o hasta antes de la adjudicación.
4.4 Traslado del informe de evaluación:
El término de traslado del informe de evaluación, será el establecido en el cronograma general de la invitación, en todo caso dicho término no podrá ser inferior a un (2) días hábiles de conformidad con el manual interno de contratación.
En este periodo los proponentes podrán presentar observaciones y subsanar los requisitos y criterios a los que haya lugar.
P á g i n a 31 | 85
El proponente no podrá estar incurso en el régimen de inhabilidades e incompatibilidades para celebrar contratos con el estado según la Ley 80 de 1993.
4.5 Adjudicación:
Una vez surtida la etapa de evaluación de las propuestas y dirimido los posibles desempates, causales de rechazo y/o declaratoria de desierta (numeral 5.0) se procederá a la adjudicación del proceso de contratación conforme al informe de evaluación expedido para el efecto y se procederá a elaborar la respectiva minuta del contrato, proceso que en todo caso no será superior a dos días hábiles, y el proponente solo dispone de tres días máximo para suscribir el contrato; en caso de superar el termino previsto se procederá a aplicar multas sucesivas previstas en la ley y se hará efectiva la póliza de seriedad de la oferta.
Si finalmente solo se presenta una oferta, esta será aceptada siempre que satisfaga las necesidades y provenga de un oferente habilitado. La entidad se reserva el derecho de que en este último evento se pueda conformar el grupo con nuevos invitados.
5.0 DESEMPATE, DECLARATORIA DE DESIERTA Y CAUSALES DE RECHAZO
5.1 Criterios de desempate
Guardando los principios de contratación pública y en consonancia con el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015, en caso de empate por cualquier motivo en dos o más ofertas, la EDESO, hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en la presente invitación.
Si persiste el empate, la Entidad utilizará las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
a. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
b. Preferir las ofertas presentadas por una Mipyme nacional.
c. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal.
d. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
e. De persistir el empate se hará un sorteo con BALOTA.
La Calidad de Mipyme, la Entidad la evaluará y verificará del Registro Único de Proponentes, el cual debe ser no solo actualizado, sino que debe corresponder con la información exigida y ya en firme del estado de cada Empresa que se presente y en los cortes establecidos por la ley para la rendición de esa información ante las respectivas Cámaras de Comercio.
P á g i n a 32 | 85
5.2 Rechazo y eliminación de propuestas:
La XXXXX rechazará y eliminará las propuestas, sin evaluarlas, en cualquiera de los siguientes casos:
a) Cuando el proponente no posea la capacidad jurídica para presentar la oferta.
b) Cuando uno de los costos directos de los precios unitarios se encuentre un 5% o más por encima del planteado por la Empresa en el presupuesto estimado.
c) Las propuestas cuyo valor corregido exceda el presupuesto oficial.
d) Cuando la propuesta fuere presentada por una persona natural o jurídica que haya intervenido, directa o indirectamente, en los estudios o participado en la elaboración de los diseños o pliegos de condiciones o por las firmas cuyos socios o personal a su servicio hayan tenido tal intervención.
e) Cuando un oferente tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que licite; se incluye aquí el caso de propuestas que corresponden a Sociedades que tengan socios comunes, excepto las Sociedades Anónimas. Cuando un integrante de un consorcio forma parte de otro consorcio y/o unión temporal. Cuando un proponente forme parte de otro consorcio y presente propuesta individual. En tales casos se eliminarán todas las propuestas en las que participe una misma persona.
f) Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponda al objeto del presente proceso de selección.
g) Cuando la propuesta sea presentada por consorcio, unión temporal o cualquier modalidad asociativa prevista en la Ley, la propuesta será rechazada cuando ninguno de sus miembros o integrantes dentro de su objeto social o actividad mercantil tengan relación con el objeto contractual.
h) Cuando se modifique y/o mejore la propuesta por el proponente ante una solicitud de aclaración.
i) Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influenciar o presionar en el estudio y evaluación de las propuestas o en la adjudicación del contrato.
j) Cuando una vez requerido el proponente para la subsanación o aclaración de la propuesta éste no aporte los documentos en el tiempo estimado por la entidad para tal fin.
k) Cuando sea extemporánea, es decir, si se presenta después de la fecha y hora fijada para el cierre del proceso de selección de mínima cuantía.
l) Cuando la propuesta siendo total haya sido presentada en forma parcial, incompleta, alternativa o subordinada al cumplimiento de cualquier condición, cuando aplique.
m) Cuando el comité evaluador recomiende el rechazo de la propuesta como consecuencia de que el proponente presente precios artificiosamente bajos.
n) Cuando el proponente no suministre los documentos solicitados en el numeral 3.2. del presente pliego.
o) Cuando el proponente no cumpla totalmente con la experiencia general y especifica solicitada en el numeral 2.2.1. y 2.2.2. del presente pliego.
p) Cuando el proponente no cumpla con todos los indicadores financieros contemplados en el numeral
2.2.3. del presente pliego.
5.3 Declaratoria de desierta de la contratación:
La Contratación se entenderá desierta dentro del término establecido para la adjudicación del contrato, cuando se tipifique algunas de las causales previstas en la Ley, el aviso de invitación y se haga imposible la escogencia objetiva del contratista.
P á g i n a 33 | 85
La toma de esta decisión puede realizarse en cualquiera de los siguientes casos:
1. Cuando ninguna de las propuestas cumpla con lo exigido en la presente invitación.
2. Cuando no se presente propuesta alguna.
3. En general por causas o motivos que impidan la escogencia objetiva.
6.0 CONDICIONES PARTICULARES
6.1 Plazo:
El plazo de ejecución del contrato será contado a partir de la firma del acta del inicio sin exceder el 30 de diciembre de 2018.
6.2 Prorrogas al plazo:
Si como consecuencia de la realización de actividades extras o adicionales de cualquier clase, o por circunstancias de fuerza mayor y/o especiales de cualquier naturaleza el contratista requiere una prórroga al término de duración del contrato, así se lo hará saber por escrito motivado al supervisor y/o interventor, quien una vez estudie las razones y hechos que fundamentan dicha solicitud deberá determinar, si hay lugar a ella.
6.3 Plazo para la liquidación del contrato:
El contrato deberá ser liquidado dentro de un plazo no superior a cuatro (4) meses después del recibo a satisfacción. Si el contratista no suscribe el acta de liquidación, XXXXX podrá realizar la liquidación de manera unilateral.
6.4 Responsabilidades del contratista:
El contratista adquiere entre otras las siguientes obligaciones con la suscripción del contrato:
• Acreditar por escrito la disponibilidad inmediata de los 300 sistemas prefabricados, los cuales deben ser fabricados cumpliendo los lineamientos técnicos señalados en las especificaciones técnicas.
• Cumplir con el objeto del presente contrato y las especificaciones técnicas mínimas descritas en este documento, los pliegos de condiciones, fichas técnicas, la propuesta presentada, y demás documentos que complementen el proceso de selección, los cuales para todos los efectos forman parte integral del futuro contrato.
• Constituir las respectivas garantías para amparar los riesgos del futuro contrato.
• Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y entrabamientos que puedan presentarse y en general se obliga a cumplir con lo establecido en el Manual interno de contratación de la EDESO, la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios.
• Suscribir el Acta de Inicio, Acta de Liquidación del contrato y las modificaciones a las que hubiera lugar.
P á g i n a 34 | 85
• Realizar los actos necesarios y tomar las medidas conducentes para el debido y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y la ejecución del contrato.
• El CONTRATISTA asumirá el pago de los impuestos, gravámenes, aportes parafiscales y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas.
• El CONTRATISTA deberá aportar certificación expedida por el revisor fiscal cuando exista de acuerdo con los requerimientos de la ley o por el Representante Legal del cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral (sistemas de salud, pensiones y riesgos profesionales), y aportes a la Cajas de Compensación Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje e ICBF, cuando a ello hubiere lugar, obligación que deberá adjuntarse al informe del interventor y deberá ser verificada por éste.
• Informar oportunamente al supervisor y al organismo contratante, durante la ejecución del contrato las variaciones que se presenten al régimen de imposición por IVA u otras cargas tributarias en atención a los bienes o servicios contratados o al régimen tributario del contratista.
• Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato.
• Entregar los informes de actividades, entregables y/o facturas para el cobro de manera oportuna para efectuar los trámites correspondientes.
• Desarrollar el objeto contractual conforme a las actividades presentadas en el alcance contractual del presente Estudio Previo.
• El contratista seleccionado se sujetará, en lo no escrito en este documento, la minuta del contrato y demás documentos integrantes del presente proceso de contratación, especialmente a la Resolución CRA 330 de 2017 “Por la cual se adopta el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS) y se derogan las Resoluciones números 1096 de 2000, 0424 de 2001, 0668 de 2003, 1459 de 2005, 1447 de 2005 y 2320 de 2009”, las demás normas concordantes, y/o que la modifiquen y/o sustituyan.
• El contratista seleccionado deberá mantener durante la ejecución del contrato y con la dedicación exigida el personal ofrecido y aprobado por EDESO. El personal sólo podrá ser reemplazado, previa autorización xx XXXXX, por uno de iguales o superiores calidades.
• El contratista seleccionado deberá aportar Plan de Trabajo y Cronograma de Actividades al momento de
iniciar la ejecución del objeto contractual, mediante el cual garantice mínimo ocho (8) frentes de trabajo diarios y la ejecución de un (1) pozo diario por cada frente, es decir ocho (8) pozos diarios mínimo.
• El contratista seleccionado deberá pagar todos los impuestos de orden nacional, departamental y municipal, tasas o contribuciones que se encuentren vigentes o se establezcan durante el período contractual.
• El contratista seleccionado deberá cumplir con las normas y reglamentaciones que sean expedidas por las autoridades nacionales y municipales competentes.
• El contratista seleccionado no podrá ceder el contrato, todo o en parte, sin la previa autorización expresa por parte de la EDESO.
• El contratista seleccionado deberá asumir el pago de las obligaciones laborales surgidas con los trabajadores contratados para cumplir el objeto del contrato.
• El contratista seleccionado deberá acatar las órdenes que la Interventoría y Supervisión impartan durante
el desarrollo del contrato y que tengan motivación en el cumplimiento del objeto del contrato. El Contratista deberá observar lealtad y buena fe en sus actuaciones durante las diferentes etapas del contrato y evitará dilaciones y obstrucciones al logro de los objetivos de la contratación.
• El contratista seleccionado deberá solicitar oportunamente la ampliación del plazo y/o el monto de las garantías cuando se requiera, debido a la prórroga, adición o modificación del contrato.
• El contratista seleccionado deberá suscribir con la Interventoría las actas de vecindad y actas de reuniones y socializaciones.
• El contratista seleccionado deberá estudiar y recomendar los cambios que se consideren convenientes o necesarios en las especificaciones, y someterlos a consideración de la Interventoría y la supervisión de la EDESO.
P á g i n a 35 | 85
• El contratista seleccionado deberá adoptar las medidas necesarias para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones administrativas, técnicas, económicas, legales, financieras, XXXX y ambientales existentes al momento del ofrecimiento y de la celebración del contrato de obra.
• El contratista seleccionado deberá verificar que el personal contratado para la ejecución del contrato sea idóneo garantizando la debida y satisfactoria ejecución del objeto contractual y que a este personal le sean reconocidos oportunamente sus derechos de acuerdo con la legislación aplicable. En caso de que los profesionales hayan obtenido los títulos en el extranjero deberán aportar la convalidación del pensum académico y los apostilles exigidos por la legislación.
• Aportar todo su conocimiento y experiencia para desarrollar adecuadamente el objeto del contrato de conformidad con lo requerido por el contratante, recomendando los materiales más adecuados para el buen desarrollo de la Entidad.
• Aportar oportunamente a la XXXXX, los insumos y maquinaría solicitados en la invitación y conforme a la propuesta formal presentada por el contratista.
• El contratista seleccionado deberá cumplir con lo dispuesto en toda la normatividad aplicable (Legal,
Ambiental, Financiera, de seguridad, Técnica), exigible para la ejecución del contrato, y a las cuales se hace mención en diferentes partes de estos estudios previos.
• El contratista deberá incluir los costos de mantenimiento correctivo y preventivo de los equipos, adicionalmente el personal profesional, técnico y operativo necesario para prestar el servicio, incluidas las prestaciones sociales xx xxx, los recargos por trabajos nocturnos, costos de desplazamiento, alimentación, alojamiento, dotación, y elementos de seguridad.
• El contratista seleccionado deberá actuar oportunamente, de tal manera que no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
• Participar y hacer los informes de rendición de cuentas sobre el avance de los productos, actividades y obligaciones contractuales cuando la Secretaria de Hábitat lo requiera.
• Destinar los recursos aportados por el municipio, por CORNARE y por la Gobernación de Antioquia exclusivamente para el desarrollo del objeto del presente contrato.
• Mantener registros fotográficos y documentos de todas sus actividades.
• Mantener póliza de responsabilidad civil extracontractual o en su defecto se obligará a constituirla una vez adjudicado el contrato, estar x xxx y salvo con impuestos y multas y en general tener los permisos y seguros al día.
• El contratista seleccionado se obliga a velar por la correcta socialización del proyecto con las entidades involucradas y la comunidad.
• El contratista seleccionado se obliga a verificar el control sobre la protección de los cuerpos de agua y redes de alcantarillado, que se relacionen con la ejecución del objeto contractual.
• El contratista seleccionado se obliga a cotejar con la Interventoría los planos generados, y la información
que esta requiera.
• El contratista seleccionado se obliga a gestionar los recursos físicos, técnicos y presupuestales necesarios para el cabal cumplimiento del objeto del contrato.
• El contratista seleccionado se obliga a entregar informes de avance físico y financiero de la ejecución contractual.
• El contratista seleccionado se obliga a convocar a la comunidad a reuniones de socialización durante la ejecución de las actividades propias del proyecto.
• El contratista seleccionado se obliga a suministrar al Interventor y la supervisión de la EDESO, la siguiente información por escrito y en medio magnético de cada sistema que se espera sea reconocido en Actas de Avance de Obra:
INFORME GENERAL |
Nombre del beneficiario. |
P á g i n a 36 | 85
Copia de la Cédula de Ciudadanía del beneficiario el cual debe estar incluido en el ACTO ADMINISTRATIVO DE SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS. |
Registro fotográfico del sistema instalado y coordenadas: La fotografía debe ser referida en el sitio o con un habitante de la vivienda. |
Describir si la descarga del efluente se realizó al suelo o a un cuerpo de agua indicando nombre de la fuente. |
Acta de entrega de la obra, del manual de mantenimiento y compromiso del beneficiario con el mismo. |
Geo referenciar en coordenadas cada vivienda beneficiaria, con el respectivo sistema de tratamiento, las cuales deberán ser plasmadas en planos. |
Ubicación – Dirección - Vereda |
FICHA TÉCNICA |
Ficha técnica: Nombre del municipio, vereda, beneficiario con cédula, personas que habitan la vivienda, compromiso de realizar la operación y el mantenimiento, coordenadas y registro fotográfico, antes y después |
• • El Contratista seleccionado deberá marcar cada sistema de tratamiento de aguas residuales con un material imborrable, donde se anote el número del contrato, del Convenio Xxxxx xxxxxxxx entre el municipio de Rionegro y la EDESO, el contrato que se derive del presente proceso de selección y el año.
• • El contratista se obliga a mitigar el impacto ambiental que se derive de la ejecución de las actividades del contrato, propendiendo por la prevención de la contaminación y acatando los lineamientos para el manejo ambiental de proyectos de inversión.
• • El contratista seleccionado se obliga a suscribir acta de entrega y de compromiso de mantenimiento con cada uno de los beneficiarios.
• • Reportar la información relacionada con la ejecución del contrato o que tenga incidencia en ella de acuerdo con las reglas del contrato y las normas que lo regulan, cuando sea requerida por el contratante, adicionalmente a los informes que regularmente deba presentar.
• • Realizar máximo dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato, las gestiones necesarias para el cumplimiento de los requisitos de ejecución que le correspondan y asumir los costos de éstas, lo que incluye adquirir las pólizas que le son exigibles.
• • Aportar oportunamente la documentación requerida en el plazo establecido, tanto para la legalización del contrato, como la firma del acta de inicio como las demás actas que se generen durante la ejecución del contrato.
• • El contratista será responsable por las interpretaciones que efectúe de los datos, información y
requerimientos de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente - XXXXX- al ejecutar la prestación del servicio o suministro y por lo realizado con base en información o en datos no contenidos en los documentos que soportan la propuesta.
• • Serán de su cuenta el cubrimiento de todos los gastos e impuestos derivados del presente contrato.
• • El Oferente deberá portar en lugar visible, los elementos como Logotipos y vallas que disponga la XXXXX conforme al Manual de Estilo de la Entidad.
• • Las demás obligaciones derivadas del contrato, de las especificaciones Técnicas y de la propuesta presentada.
P á g i n a 37 | 85
PARÁGRAFO: Cabe recordar que los estudios previos, la minuta del contrato, y documentos anexos o cualquier otro documento o modalidad contractual concordante, harán parte esencial del proceso de contratación, son la fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, puesto que contienen la voluntad de la XXXXX a la que se someten los proponentes durante el proceso de selección y el oferente favorecido durante el mismo lapso y, más allá, de conformidad con las garantías que se exigen en el presente Estudio Previo.
6.4 Derechos e impuestos:
Será por cuenta del contratista el pago de todos los derechos e impuestos que se causen con ocasión de esta contratación y de los contratos que de ella puedan derivarse, que se encuentren vigentes al momento del cierre de la contratación y apertura de ofertas.
ORIGINAL FIRMADO
XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX
Gerente General
Proyectó: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx – Abogada Contratista Revisó: Xxxxx Xxxxxxxx Valencia Xxxxxx - Secretaria General
P á g i n a 38 | 85
ANEXO 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Rionegro, [fecha]. Señores
EMPRESA DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ORIENTE XXXXX
Rionegro
REF. Contratación [modelo y número del proceso]. Respetados señores:
Atentamente me permito presentar a consideración de la XXXXX nuestra propuesta en la invitación privada para la contratación [modelo y número del proceso], cuyo objeto es “[objeto]” Sobre el particular, nos permitimos manifestarle lo siguiente:
1. Que somos los únicos interesados con la presente propuesta, y que ninguna otra persona o entidad tiene interés en ella o en el contrato que se celebre, fuera de los aquí nombrados.
2. Que no tenemos conexión alguna con otra persona o entidad que sea proponente para la misma actividad.
3. Que estamos enterados de la naturaleza del contrato, de la calidad y cantidad de personal, material y equipo necesario para la ejecución del trabajo, de las condiciones locales y generales y demás factores que puedan en cualquier forma afectar el trabajo, su ejecución o costo.
4. Que se estudiaron las especificaciones técnicas, y demás condiciones del proyecto, y que no se tiene ninguna duda en su interpretación.
5. Que aceptamos las cantidades a proveer e instalar que se indican, entendiendo que son aproximadas y que podrán aumentar o disminuir en el desarrollo del contrato y en cualquier proporción.
6. Que conocemos y aceptamos todas las especificaciones requeridas para la ejecución del contrato.
7. Que hemos examinado todas las partes componentes, comprometiéndonos a ejecutar el trabajo en estricto acuerdo con los términos del contrato, de los pliegos de condiciones y especificaciones.
8. Que conocemos el Manual interno de contratación, el estatuto General de contratación, la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015 y las normas especiales para las EICE (Empresas Industriales y Comerciales del Estado) y las aceptamos.
Atentamente,
Nombre
C. C. de
N.I.T. (anexar copia) Dirección
Telefax Ciudad e-mail FIRMA
P á g i n a 39 | 85
ANEXO 2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, CONDICIONES PARTICULARES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y PERSONAL MINIMO REQUERIDO EN LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
El sistema prefabricado deberá haber sido dimensionado conforme los lineamientos del REGLAMENTO DE AGUA Y SANEAMIENTO (RAS) y en su proceso de fabricación dar cumplimiento a la NORMA TÉCNICA NTC COLOMBIANA 5770, 2010-06-16, para sistemas de saneamiento básico prefabricados con materiales plásticos que se aplica a tanques sépticos prefabricados construidos en fábrica con policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U), polietileno (PE), o poliéster reforzado con fibra xx xxxxxx (PRFV) y/o a las demás Normas Técnicas Colombianas - NTC - que hacen referencia a la fabricación de tanques para aguas residuales con otros materiales.
El ordenamiento xx xxxxxxx se concibe actualmente como un “proceso de planificación sistemático, previsivo, continuo e integral” que busca establecer y mantener un equilibrio adecuado entre el aprovechamiento económico de los recursos naturales y su conservación, para mejorar las condiciones de vida de la población. Según los principios orientadores, se trata de un proceso permanente de participación, concertación, planeación, ejecución, seguimiento y ajuste con todos los actores que componen la cuenca.
Tanque cilíndrico horizontal con cabezales semiesféricos, diseñado para recibir la descarga de aguas negras del alcantarillado interno. Está compuesto por DOS compartimentos internos, el primero conforma el tanque séptico y el segundo el filtro anaerobio de flujo ascendente, FAFA. El tanque séptico tiene como objeto retener dichas aguas por un período mayor a veinticuatro horas, con el fin de separar los sólidos de los líquidos, digerir la materia orgánica y almacenar los sólidos digeridos durante el período de retención y permitir a los líquidos clarificados ser descargados para su eliminación final. Se ha complementado el tratamiento del afluente mediante un filtro anaerobio de flujo ascendente que corresponde al segundo compartimento.
Este sistema compacto, permite, durabilidad, agilidad en el proceso de instalación, economía en el consumo de tubería y reducción de la mano de obra. Incluye un manhole superior con tapa reforzada para soportar enterramiento, para tráfico peatonal por cada compartimento. Tabiques divisorios fabricados totalmente en PRFV y accesorios en PVC, para la interconexión entre los tabiques, conexión de la tubería de entrada y salida del tanque y dos uniones PVC presión de drenaje para la purga de lodos.
PARTICULARES
Plan de ordenamiento territorial de Rionegro - Antioquia Plan de Desarrollo 2016 -2019 “Rionegro Tarea de Todos” Plan de Acción Institucional CORNARE 2016-2019
GENERALES:
NORMAS TÉCNICAS COLOMBIANAS -NTC- (vigentes)
Reglamento Técnico de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS – 2000) o las normas que lo modifiquen o sustituyan y las disposiciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio MVCT, Viceministerio de Agua y Saneamiento, Dirección de Inversiones Estratégicas – DIE, y/o vigentes a la fecha de ejecución de la repotenciación de la PTAR.
P á g i n a 40 | 85
NORMATIVIDAD AMBIENTAL – UPME
La instalación y puesta en funcionamiento del sistema de tratamiento de las aguas residuales domésticas para una vivienda rural, estará conformado por un tanque séptico, prefabricado en poliéster reforzado con Fibra xx Xxxxxx, más el Filtro Anaerobio de Flujo Ascendente (F.A.F.A.), dispuestos de manera integrada, es decir en una sola unidad, con los accesorios internos necesarios para los empalmes de entrada y salida, y sistema de ventilación y manejo de gases, con tapas superiores de fácil remoción que permitan realizar las labores de operación y mantenimiento. A este sistema se deberá conducir la totalidad de las aguas residuales generadas en la vivienda.
El sistema debe tener tanque séptico en dos compartimentos con un volumen útil mínimo de 1500 Litros * y un volumen mínimo del medio filtrante ** que se disponga en el F.A.F.A. de 0.30 m3 y un volumen nominal o total del sistema integrado séptico más F.A.F.A. de mínimo 2000 LITROS.
*Volumen nominal. Es el volumen total del depósito, incluye el volumen útil más el volumen vacío para gases. Volumen útil. Es el volumen destinado para el tratamiento o capacidad real del proceso que garantiza se cumpla el tiempo de retención hidráulico, se dispongan los lodos en el periodo de limpieza y se acumulen los gases.
**Volumen del medio filtrante: El que ocupa el elemento determinado para la práctica de la filtración, (rosetas plásticas, fibras naturales, entre otras).
Las características de calidad del producto en su parte mecánica, dimensional, funcional y estructural DEBERÁN estar conforme la NORMA TÉCNICA NTC COLOMBIANA N° 5770 de 2010-06-16, SISTEMAS DE SANEAMIENTO BÁSICO - TANQUES SÉPTICOS PREFABRICADOS CON MATERIALES PLÁSTICOS.
Los materiales utilizados deben satisfacer los requisitos establecidos en el Anexo B de la NTC 5770. Deben tener estabilizador ultravioleta en cantidad adecuada para dar protección al tanque, de tal forma que les garantice una vida útil no menor a VEINTE (20) años. Este estabilizador debe estar en la mezcla del material. El sistema deberá haber sido dimensionado conforme los lineamientos del REGLAMENTO DE AGUA Y SANEAMIENTO (RAS - RESOLUCIÓN 330 DE 2017).
El diámetro interior mínimo de las tuberías de entrada y de salida debe ser 100 mm (4 pulgadas).
El diseño hidráulico del equipo, de las tuberías y conexiones internas debe garantizar que durante el funcionamiento normal, no se producirán reflujos, atascos o sobrecargas.
Cada compartimiento debe tener una tapa de acceso que permita el mantenimiento rutinario, la toma de muestras, la eliminación de Iodos y su limpieza. Estas tapas deben tener una dimensión mínima de 420 mm para las de sección cuadrada o un diámetro mínimo de 420 mm para las de sección circular; No obstante, el sistema podrá tener una única tapa que permita el mantenimiento rutinario, la toma de muestras, la eliminación de Iodos, la limpieza y el mantenimiento de todas las unidades que conforman el sistema.
El medio filtrante debe ser un medio plástico manufacturado o estructuras de fibra natural especialmente elaboradas para tal fin. Debe ser durable, resistente al resquebrajamiento, insoluble, no debe aportar sustancias indeseables al agua tratada ni debe flotarse, en caso de requerir medio de soporte deberá
P á g i n a 41 | 85
proveerse. Debe ocupar como mínimo el volumen indicado. El proveedor deberá indicar la especificación, el volumen por unidad y el número de unidades de material filtrante que suministra por sistema.
Los tanques sépticos deben resistir las cargas y los esfuerzos resultantes de la manipulación, instalación y utilización, incluyendo la eliminación de Iodos y el mantenimiento, durante toda su vida útil sin perder sus características funcionales y sin que colapse. Se deben considerar las siguientes cargas para el sistema completamente equipado:
a) Cargas debidas al relleno;
b) Cargas hidrostáticas y,
c) Cargas debidas a peatones.
El comportamiento estructural del tanque séptico prefabricado se debe demostrar mediante el ensayo de resistencia al aplastamiento y a la deformación a carga máxima que se realiza de acuerdo con el ANEXO C de la NTC 5770.
El tanque séptico debe ser estanco al agua hasta la parte superior del depósito lo cual se debe demostrar con la prueba de estanqueidad por uno de los métodos que establece el Anexo A de la NTC 5770.
El sistema instalado debe estar marcado con un material duradero y con letra legible con la siguiente información como mínimo:
1. Identificación del fabricante y del producto.
2. Tipo de material.
3. Capacidad nominal.
4. Fecha de fabricación.
5. Numero de convenio de CORNARE – GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA – MUNICIPIO DE RIONEGRO.
6. Contrato del municipio.
7. Contrato con la XXXXX
En el caso de que por fuerza mayor la tubería de conexión de la vivienda al tanque séptico deba quedar expuesta, esta deberá estar recubierta con pintura que la proteja de los rayos ultravioleta, con cargo a los costos del contratista.
Todos los sistemas deben estar libre de las siguientes imperfecciones visibles o defectos:
• Arrugamiento.
• Cuarteado.
• Agrietamiento.
• Mala impregnación de la fibra y de adherencia de la resina en los sistemas de P.R.F.V.
• Picaduras o pequeñas cavidades en la superficie ocasionadas por burbujas de aire.
P á g i n a 42 | 85
Ilustración 1. imagen de referencia del sistema
LINEAMIENTOS PARA LA LOCALIZACIÓN DEL SISTEMA SÉPTICO
Se tendrán presentes los lineamientos contenidos en el capítulo E del RAS 2000, la Política de agua potable y saneamiento básico para la zona rural de Colombia y específicamente lo que establece el Plan de Ordenamiento Territorial de Rionegro, en el artículo 300, numerales 2, 6 y 7 y el artículo 324, parágrafo 3, que a continuación se citan:
“Artículo 300. Manejo de Aguas Residuales en la Zona Rural. Para asegurar el óptimo manejo de las aguas residuales en la zona rural, en las parcelaciones, condominios, corredores suburbanos, suelos suburbanos y centros poblados rurales, se establecen las siguientes disposiciones:
2. No se permitirá el vertimiento de aguas residuales o servidas no tratadas de ningún tipo, aún en forma temporal, a los diferentes cuerpos de agua, o suelos de drenaje.
6. En el área mínima requerida para la construcción de sistemas individuales de tratamiento para la disposición final de las aguas residuales, se podrán construir tanques sépticos como tratamiento primario y para el manejo del efluente de los tanques, se podrán utilizar campos de infiltración, cuando las condiciones del suelo, tales como permeabilidad, cohesión, tipología de suelo, lo permitan; de lo contrario, se construirá un filtro anaerobio de flujo ascendente, como tratamiento secundario, y la disposición final se hará por medio xx xxxxx de absorción.
7. Cuando por condiciones de área o tipo de suelo, las soluciones individuales no sean factibles, se podrán construir sistemas múltiples de tratamiento de aguas residuales, compuestos por tanques sépticos, filtros anaerobios de flujo ascendente y sedimentadores, en soluciones dispuestas en paralelo.
P á g i n a 43 | 85
Parágrafo 3º. No se permite la ubicación de caballerizas, porcícolas, avícolas, pozos sépticos o cualquier otro elemento contaminante a menos de 15.00 m del lindero”.
Lo anterior, se traduce en que al momento de la localización del sistema séptico, deberán respetarse los siguientes retiros:
• El sistema séptico deberá ubicarse mínimo a 30 metros xx xxxxxxx de agua (cuando se trate de quebradas) y a 50 metros a la redonda cuando se trata de nacimientos o afloramientos. Es competencia de la Dirección Operativa de Medio Ambiente la corrección de retiros x xxxxxxx hídricas, previo fundamento técnico de los mismos.
• El sistema séptico deberá ubicarse mínimo a 15 metros del colindante o los colindantes y cuando la distancia a linderos del tanque séptico sea inferior a 15 metros, el beneficiario deberá llevar a la Dirección Operativa de Servicios Públicos certificado u autorización donde el colindante firme y exprese su consentimiento de ubicación inferior al retiro requerido.
• El sistema séptico deberá ubicarse mínimo a 3,5 metros de la vivienda (según Plan de Ordenamiento Territorial-POT) y en caso de limitación de espacio la distancia mínima del sistema de tratamiento a la vivienda es 1,5 metros (según RAS2000, Título E).
• Se recomienda una distancia de mínimo 5 metros de la servidumbre.
• Cuando se colinde con una vía terciaria, el sistema séptico se deberá ubicar a 15metros del eje de la vía.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del mismo, al proyecto que le sirve de base y a las instrucciones que imparta la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” o la Interventoría para el cabal desarrollo de las obras.
Durante la ejecución de los trabajos y hasta que tenga lugar el recibo definitivo, el Contratista será responsable de las fallas que se adviertan, sin perjuicio de la responsabilidad a que se refiere el artículo 2060 del Código Civil.
INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS
El contratista deberá iniciar los trabajos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha acordada en el acta de iniciación suscrita conjuntamente con el Interventor, la cual se elaborará una vez aprobada la garantía única de cumplimiento por parte de la Secretaría General
En todo caso, la iniciación de los trabajos o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no se hallan supeditados a la entrega del anticipo.
PROGRAMA DE TRABAJO E INVERSIÓN
Es la representación gráfica (diagrama xx xxxxxx) de la forma en que el Contratista ejecutará las obras objeto de la presente invitación, teniendo en cuenta las condiciones climáticas y topográficas del sitio y la evaluación de las condiciones de producción, suministro y adquisición de los materiales, de tal manera que el avance físico de las obras tenga un desarrollo armónico y dinámico, en concordancia con los procesos constructivos y el plazo establecido en la invitación.
P á g i n a 44 | 85
En dicho programa se indicará claramente el orden de los trabajos y el valor de las inversiones periódicas dentro de la unidad de tiempo seleccionada, y se identificarán todas las actividades (ítems) que integran el proyecto, y la interdependencia que existe entre ellas. Adicionalmente, deberá incluir el reconocimiento de aquellos procesos de adquisición, traslado, montaje o fabricación de materiales o equipos que sean críticos para el desarrollo de los trabajos, así como también el período de construcción de las obras provisionales.
La obtención de permisos, autorizaciones, licencias, servidumbres y concesiones por el uso y aprovechamiento de recursos naturales, así como los sitios de disposición de sobrantes, estarán bajo la responsabilidad del Contratista y son requisito indispensable para que pueda iniciar las obras. El tiempo que su obtención requiera deberá considerarse dentro de la programación. Las demoras en la obtención de estos permisos no serán causa válida para justificar atrasos o incumplimientos.
El programa de trabajo deberá incluir como mínimo, la siguiente información:
- Nombre de las partidas o ítems de pago.
- Inversión mensual para cada partida o ítem de pago.
- Inversión mensual acumulada para todos los ítems.
- Porcentaje que representa cada partida o ítem de pago con respecto al valor total.
- Duración programada para partida o ítem de pago.
- Precedencias y secuencias.
CANTIDADES DE OBRA
Las cantidades de obra por ejecutar, indicadas en el Formulario No. 3, son estimadas y están calculadas con base en los diseños del proyecto; por lo tanto, podrán aumentar, disminuir o suprimirse durante la ejecución de los trabajos, pero tales variaciones no viciarán ni invalidarán el contrato que se derive de esta invitación. El Contratista está obligado a ejecutar las mayores cantidades de obra que resulten, a los mismos precios de la oferta, hasta la cuantía contemplada en la Ley 80 de 1993, salvo que se presenten circunstancias imprevisibles que afecten el equilibrio económico del contrato.
ACTAS DE OBRA
El Contratista y el Interventor dejarán sentadas las cantidades de obra realmente ejecutadas en cada mes con sus respectivas memorias, y sus valores correspondientes.
El Contratista y la Interventoría deberán elaborar el acta mensual dentro de los diez (10) días calendario del mes siguiente al de ejecución de las obras. El valor del acta será la suma de los productos que resulten de multiplicar las cantidades de obra realmente ejecutadas y aprobadas por el Interventor, por los precios unitarios estipulados en el Formulario No. 3 de la propuesta, o si es del caso, por los precios unitarios acordados para nuevos ítems (obra extra) que resulten durante el desarrollo del contrato.
Las actas de obra tendrán carácter provisional en lo que se refiere a las cantidades y calidad de la obra. El Interventor podrá, en actas posteriores, hacer correcciones o modificaciones a cualquiera de las actas anteriores aprobadas por él, y deberá indicar el valor correspondiente a la parte o partes de los trabajos que no se hayan ejecutado a su entera satisfacción, a efectos de que la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” se abstenga de pagarlos al Contratista o realice los descuentos correspondientes,
P á g i n a 45 | 85
hasta que les dé el visto bueno. Ninguna constancia de parte del Interventor que no sea la de recibo definitivo de la totalidad o de parte de las obras, podrá considerarse como constitutiva de aprobación de algún trabajo u obra.
TRABAJOS ADICIONALES Y EXTRAS
Se entiende por trabajo extra aquel que, además de no estar incluido en los planos de la invitación, ni en las especificaciones, ni en los formularios de cantidades de obra de la propuesta, no puede clasificarse, por su naturaleza, entre los previstos en dichos documentos; el que sí pueda serlo, aunque no esté determinado en forma expresa en tales documentos, será trabajo adicional.
La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” podrá ordenar trabajos extras o adicionales, y el Contratista estará obligado a ejecutarlos y a suministrar los materiales necesarios, siempre que los mismos hagan parte inseparable de la obra contratada o sean necesarios para ejecutarla o para protegerla, para lo cual se suscribirá un contrato adicional.
La obra adicional se pagará a los correspondientes precios unitarios establecidos en el contrato.
Las obras extras se liquidarán a los precios unitarios que se convengan entre el la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” y el Contratista, para lo cual se tendrán en cuenta los precios xxxxxx xxx xxxxxxx para materiales, transporte, equipos y mano de obra. Si no se llegare a un acuerdo entre las partes acerca de los precios unitarios para las obras extras, la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” está facultado para contratar con un tercero la ejecución del trabajo, y tomará como base el costo directo más el porcentaje de Administración de la propuesta. También podrá pactarse, para las obras extras, un AU inferior al contractual, si a ello hubiere lugar.
CAMBIO DE OBRA
Se podrán ordenar cambios de obra durante la ejecución del contrato en las siguientes circunstancias:
- Para compensar ítems deficitados por ítems en superávit.
- Para ejecutar alguna actividad necesaria y omitida, por ítems en superávit.
- Para mejorar alguna especificación.
- En otros eventos en que, a juicio de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, se requieran
para mejorar la calidad del trabajo.
Los cambios de obra se harán mediante actas suscritas por el Interventor y el Contratista, siempre y cuando no impliquen modificación del objeto, el valor y el plazo del contrato.
CAMBIOS EN LAS ESPECIFICACIONES
La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” entregará al Contratista, por conducto de la Subgerencia Técnica, las especificaciones del proyecto, las cuales forman parte del contrato y a él se agregan como anexo.
El Interventor podrá ordenar, durante la ejecución del contrato, los cambios necesarios en las especificaciones, previa consulta con los proyectistas. Si por estos cambios se afectan el plazo o el precio, o ambos, la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” acordará con el Contratista los mayores costos.
El Interventor podrá ordenar los cambios necesarios, tanto en los planos como en las especificaciones, previa consulta con el diseñador.
P á g i n a 46 | 85
Si el Contratista considera conveniente variar los planos o las especificaciones, deberá someter las variaciones a consideración de la Interventoría, con la debida justificación; si éstas no se aprueban, deberá sujetarse a los planos y especificaciones acordados originalmente, por lo tanto, cualquier trabajo que el Contratista ejecute antes de conocer la decisión del Interventor, será de su total responsabilidad, quedando a su xxxxx todas las reparaciones y modificaciones a que haya lugar.
SUBCONTRATOS
El Contratista no podrá subcontratar la totalidad del contrato, y aquellos subcontratos que tuviere que celebrar para la correcta ejecución de las obras deberán tener la previa aprobación de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, en cuyo caso, el Contratista será el único responsable de la celebración de los mismos, todo lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” adquiera responsabilidad alguna por dichos actos.
LIBRO DIARIO DE LA OBRA (BITÁCORA)
El día en que se inicien los trabajos se abrirá un libro foliado en el cual se anotarán diariamente los hechos y sucesos relacionados con el desarrollo de la obra, así como las observaciones o sugerencias que haga la Interventoría, la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” o terceros; en él se dejará constancia de todos los pormenores que puedan suceder en el frente de trabajo, tales como: estado del tiempo, personal laborando, estado y relación del equipo, visitas a la obra, cambios en los diseños o especificaciones, avance de la obra, avance de las medidas de manejo ambiental, acciones sociales, suministro de materiales, accidentes de trabajo, etc.
Cada anotación diaria deberá llevar la fecha y la firma de los ingenieros residentes del Contratista y del Interventor.
El responsable de mantener al día este diario será el Residente de Interventoría, quien está en la obligación de presentarlo a los representantes de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” que visiten la obra. El libro diario de la obra deberá entregarse a la Subgerencia Técnica una vez finalizados los trabajos.
Ese mismo día, el Interventor y el Contratista suscribirán con los vecinos un acta de vecindad, haciendo constar el estado en que se encuentra el sitio de la obra y las construcciones y amoblamiento aledaños a éste. Cada una de las actas deberá estar acompañada de al menos tres (3) fotografías del estado actual de la edificación, y fotografías de los detalles que se consideren pertinentes.
COORDINACIÓN CON OTROS CONTRATISTAS
La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” se reserva el derecho de ejecutar otros trabajos dentro de los límites o zonas adyacentes a las obras objeto de la presente invitación. En consecuencia, el Contratista deberá permitir a éste o a otro contratista, depositar equipos o materiales, instalar personal, etc., además del desarrollo normal e independiente de sus labores.
Cualquier conflicto que pueda surgir entre los diversos contratistas, en relación con su trabajo, será solucionado o decidido por la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, y para ello podrá ordenar al Contratista la suspensión de cualquier parte de las obras especificadas, o el cambio de su método de trabajo; sin embargo, si dicha medida afecta en forma real el tiempo de ejecución de las obras, de común acuerdo entre la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” y el Contratista se convendrá la ampliación del plazo.
P á g i n a 47 | 85
Cuando alguna actividad del Contratista dependa del trabajo que esté ejecutando otro, aquél deberá inspeccionar dichas obras e informar a la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” sobre cualquier defecto o demora que pueda afectar su propio trabajo. El incumplimiento de lo anterior implicará la aceptación por parte del Contratista, de las obras que estén ejecutando terceros, así como la reparación de cualquier daño posterior o defectos que resultaren en las mismas, previsibles en el momento de ejecutar el trabajo.
INTERVENTORÍA DE LA OBRA
La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” ejercerá el control y vigilancia de la ejecución de los trabajos objeto del contrato a través de un Interventor, quien tendrá como función verificar el cumplimiento general de las obligaciones adquiridas por el Contratista.
El Interventor ejercerá un control integral sobre el desarrollo del proyecto, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al Contratista la adopción de medidas para mantener, durante la ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo.
El Interventor vigilará que el Contratista inicie las obras sólo cuando disponga de los respectivos permisos, autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Igualmente, velará porque se cumplan las disposiciones ambientales vigentes.
Así mismo, el Interventor está autorizado para ordenar al Contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que pudieren presentarse y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato.
El Contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la Interventoría; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas, deberá manifestarlo por escrito, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el Interventor, si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”.
La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” podrá en cualquier momento, ordenar la suspensión de la obra, si por parte del Contratista existe un incumplimiento sistemático de las instrucciones impartidas por el Interventor, sin que el Contratista tenga derecho a reclamos o ampliación del plazo.
Las principales funciones y atribuciones del Interventor son:
a. Colaborar con el Contratista para el éxito de los trabajos.
b. Exigir el cumplimiento de las especificaciones y del contrato en todas sus partes.
c. Estudiar y recomendar los cambios que se consideren convenientes o necesarios en las especificaciones, y someterlos a consideración de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente
“XXXXX”.
d. Verificar los cómputos de cantidades de obra y aprobar las actas de pago que prepara el Contratista.
P á g i n a 48 | 85
e. Exigir al Contratista el empleo de personal técnico capacitado y debidamente matriculado, de acuerdo con la ley, y solicitar el retiro del que, a su juicio, sea descuidado, incompetente, insubordinado
o cuyo trabajo sea perjudicial para los intereses de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente
“XXXXX”.
f. Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad.
g. Vigilar que el Contratista cumpla las disposiciones que sean necesarias y, en general, todas las atribuciones que se consideren como potestativas del Interventor, y las demás que le asigne la
Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”.
h. Tramitar y diligenciar la imposición de multas al Contratista, cuando a ello haya lugar.
i. Informar a la Compañía de Seguros sobre las llamadas de atención e incumplimientos del contratista.
j. Cumplir los requisitos exigidos en el pliego de condiciones y en la Ley 80 de 1993.
k. Revisar y aprobar el programa de trabajo e inversión del Contratista.
l. Velar por que se cumpla lo dispuesto en toda la normatividad aplicable y exigible para la ejecución de las obras, y a la cual se hace mención en diferentes apartes de esta invitación.
El Contratista deberá realizar los trabajos de acuerdo con las instrucciones y órdenes impartidas por la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” o la interventoría, sin embargo, ello no aminora en ningún grado la responsabilidad del Contratista, ni su autoridad en la dirección de la obra.
Además de las funciones generales antes mencionadas, y con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución de las obras, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará a la Empresa de Desarrollo
Sostenible del Oriente “XXXXX” en todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico, socio-ambiental y jurídico que se susciten durante la ejecución del contrato.
El Contratista suministrará las facilidades que requiere el Interventor para desempeñar su labor, dotándolo de los implementos requeridos para tal fin, así como aquellos para su seguridad durante el desempeño de sus labores, sin que esto ocasione sobrecostos para la Empresa de Desarrollo
Sostenible del Oriente “XXXXX”.
EQUIPO
El Contratista deberá mantener disponible en el sitio de las obras, y en buen estado, el equipo mínimo exigido en esta invitación y aprobado por el interventor, con el objeto de evitar demoras o interrupciones debidas a daños. La deficiencia en el mantenimiento de los equipos o los daños que ellos puedan sufrir, no será causal que exima el cumplimiento de las obligaciones del Contratista.
La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” o el Interventor podrán hacer retirar del sitio de la obra cualquier equipo o herramienta que, a su juicio, esté defectuoso o no recomendable para ser utilizado. El contratista deberá reponer con la mayor brevedad el equipo que haya sido retirado por causa de daños o mantenimiento, con el fin de que no haya ningún retraso en las obras.
P á g i n a 49 | 85
La operación del equipo utilizado por el contratista, así como el bodegaje, depreciación y mantenimiento, correrán por su cuenta.
AUTOCONTROL DE CALIDAD
El Contratista es responsable de la calidad de la obra, por lo tanto, el Proponente preverá en sus costos que durante la ejecución del contrato debe disponer de un equipo de laboratorio para realizar los ensayos y las mediciones que según las especificaciones técnicas de construcción y las normas legales vigentes de protección ambiental, aseguren la calidad de los trabajos y la conservación de los recursos naturales. Para ello, realizará las pruebas de campo y los ensayos de laboratorio necesarios, incluidos los requeridos para el manejo ambiental del proyecto, y entregará a la Interventoría los resultados de los mismos dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de su obtención, para que ésta verifique si se ajustan a las especificaciones y a los requerimientos de la normatividad vigente. La verificación de la Interventoría no exonerará de responsabilidad al Contratista por la calidad de la obra.
Una vez terminadas las partes de la obra que deban quedar ocultas, y antes de iniciar el trabajo subsiguiente, el Contratista informará a la Interventoría para que proceda a medir la obra construida. Si así no procediere, la Interventoría podrá ordenarle por escrito el descubrimiento de las partes ocultas, para que ésta pueda ejercer sus funciones de control. El Contratista efectuará este trabajo y el de reacondicionamiento posterior, sin que ello le dé derecho al reconocimiento de costos adicionales ni a prórrogas en el plazo de ejecución.
La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” podrá rechazar la obra ejecutada, o parte de ella, por deficiencias en los materiales o elementos empleados, aunque las muestras y prototipos correspondientes hubieren sido verificados previamente, sin perjuicio de lo establecido en las especificaciones sobre la aceptación de suministros defectuosos.
Toda obra rechazada por defectos en los materiales, en los elementos empleados, en la mano de obra, o por deficiencia de los equipos, maquinarias y herramientas de construcción, o por defectos en ella misma, deberá ser demolida, reconstruida o reparada por cuenta del Contratista, quedando obligado a retirar del sitio los materiales o elementos defectuosos. La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” también podrá retirar los materiales o elementos y reemplazarlos por otros, repararlos o reconstruir la parte de la obra rechazada, todo con cargo al Contratista.
Los equipos, maquinaria y herramientas que el Contratista suministre para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, deberán ser los adecuados y suficientes para atender las exigencias de las especificaciones técnicas. La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, directamente o por intermedio de la Interventoría, se reserva el derecho de rechazar y exigir el reemplazo o reparación por cuenta del Contratista, de aquellos equipos, maquinaria y herramientas que, a su juicio, sean inadecuados o insuficientes, o que por sus características, constituyen peligro para el personal, u obstáculo para el buen desarrollo de las obras. Se exigirá siempre el suministro y mantenimiento en buen estado de funcionamiento, del equipo requerido para la construcción de las obras.
MATERIALES
El Contratista se compromete a suministrar oportunamente todos los materiales que se requieran para la construcción de las obras, y evitar su escasez manteniendo permanentemente una cantidad suficiente que garantice el avance normal de las mismas. La responsabilidad por el suministro oportuno de los materiales es del Contratista y por consiguiente éste no puede solicitar ampliación del plazo, ni justificar o alegar demoras en la fecha de entrega de la obra por causa del suministro deficiente o inoportuno de los materiales.
P á g i n a 50 | 85
Los materiales y demás elementos que el Contratista emplee en la ejecución de las obras que se le encomienden, deberán ser de primera calidad en su género y para el fin al que se destinen, y deben tener un sitio adecuado para su almacenamiento, con el fin de evitar su contaminación.
En general, todos los materiales deben cumplir con las Normas Técnicas Colombianas establecidas por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas (ICONTEC). La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” podrá rechazar los materiales o elementos si no los encuentra conformes a lo establecido en las normas. El material rechazado se retirará del lugar, reemplazándolo con material aprobado, y la ejecución de la obra defectuosa se corregirá satisfactoriamente, todo esto sin que haya lugar a pago extra. Toda obra rechazada por deficiencia en el material empleado o por defectos de construcción, deberá ser reparada por el Contratista a su costo.
En caso de que la Interventoría requiera la verificación de las especificaciones técnicas de los materiales, de acuerdo con las normas, el Contratista está obligado a realizar a su costo los ensayos necesarios, y ello no representará ningún costo adicional para la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”.
El Contratista será responsable por los materiales incluidos en el contrato hasta que sean entregados en el sitio acordado. Además, el Contratista tendrá a su cargo todos los riesgos de materiales rechazados después de recibir el anuncio del rechazo.
Todos los materiales estarán sujetos a inspección y pruebas por parte de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, en cualquier lugar durante el período de fabricación, embalaje, montaje y en cualquier momento anterior a la aceptación final. La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” podrá hacer la inspección en los talleres del Contratista, en los del fabricante o en los depósitos de sus proveedores. Para ello, el Contratista, sin cargo adicional, proveerá a los inspectores designados por La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” de todas las facilidades de asistencia necesarias para el cumplimiento de sus deberes con seguridad y comodidad.
La aceptación o el rechazo de materiales será hecho tan pronto como sea posible después de la inspección, pero la inspección y aceptación del material no exonerará al Contratista de su responsabilidad por materiales que no cumplieren con los requisitos de estos documentos, o en cuanto a defectos u otras fallas que pudieran ser descubiertas posteriormente, ni se impondrá a la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” responsabilidad alguna en este sentido.
El Contratista deberá ejecutar, sobre los materiales, las pruebas de fábrica que sean exigidas en estos documentos, notificando previamente a la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, al menos con quince (15) días de anticipación, sobre su intención de ejecutar cualquier prueba de fábrica, el tipo y propósito de la misma, de tal manera que La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” pueda enviar a sus inspectores o representantes a presenciarlas, o bien, renunciar a la presencia del inspector. Los costos del Inspector serán cubiertos por la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”.
En caso de que cualquier material resultare defectuoso por mala calidad de la materia prima o mano de obra, o no se cumpliere con los requisitos de estos documentos, la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” tendrá derecho a rechazarlo o a exigir su corrección.
Los materiales rechazados deberán ser retirados o corregidos inmediatamente por cuenta del Contratista, a la notificación por parte del Interventor, y no podrán ser presentados nuevamente para recibo, a menos que se haya subsanado el motivo del rechazo o ejecutado su corrección. Si el Contratista no removiere tal material
P á g i n a 51 | 85
cuando lo solicitare la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, o no procediere dentro del período señalado, a su reemplazo o corrección, la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” podrá reemplazarlo o corregirlo como lo estime conveniente y cargará al Contratista los costos ocasionados con tal motivo.
DISCREPANCIAS
En caso de que se encuentren discrepancias entre los datos suministrados, planos o especificaciones, éstas deberán someterse a consideración del interventor, cuya decisión será definitiva. Cualquier trabajo que el contratista ejecute desde el descubrimiento del error, omisión o discrepancia y hasta que reciba la decisión del Interventor, será de su total responsabilidad, siendo por su cuenta y riesgo todas las reparaciones y modificaciones que se requieran para arreglar la obra o para sustituirla hasta corregir el error.
En caso de discrepancias entre las escalas y las dimensiones indicadas en los planos, prevalecerán estas últimas. No se permitirá tomar medidas a escala de los planos, salvo en los casos específicamente autorizados por el Interventor.
DISTINTIVO DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA
El contratista deberá dotar al personal que labora en la obra, de algún distintivo o uniforme que lo identifique ante La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” y la ciudadanía, previo acuerdo con la Interventoría antes del inicio de la obra.
PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Durante la ejecución del contrato, el Contratista en todo momento proveerá los recursos que sean necesarios para garantizar la higiene, salubridad y seguridad de todas las instalaciones de la obra, la de sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores, y la de los empleados y bienes de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, el Interventor y de terceras personas.
El Contratista impondrá a sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y en general a todas aquellas personas relacionadas con la ejecución del contrato, el cumplimiento de todas las condiciones relativas a higiene, salubridad, prevención de accidentes y medidas de seguridad, y los forzará a cumplirlas.
El Contratista será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir no sólo sus empleados, trabajadores y subcontratistas, sino también el personal o bienes de la Empresa de Desarrollo
Sostenible del Oriente “XXXXX”, el Interventor o terceras personas, resultantes de negligencia o descuido del Contratista, sus empleados, trabajadores o subcontratistas, y de tomar las precauciones o medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del Contratista.
Durante la ejecución del contrato, el Contratista observará todas y cada una de las regulaciones de las autoridades bajo cuya jurisdicción se ejecute el contrato, relativas a seguridad, prevención de accidentes y enfermedad profesional, higiene y salubridad, y en general, las normas que al respecto tenga las entidades oficiales. Igualmente, leerá, aprenderá y cumplirá con lo establecido en las siguientes normas:
• Reglamento de higiene y seguridad para la industria de la construcción.
• Resolución No. 02413 de 1979, emanada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Colombia.
• Resolución No. 001937 xx xxxxx 30 de 1994, emanada del Ministerio de Obras Públicas y Transporte.
P á g i n a 52 | 85
• Normas y Especificaciones Generales de Construcción de las Empresas Públicas de Medellín, última versión.
Antes de iniciar el contrato, el Contratista deberá preparar un programa completo con las medidas de seguridad que se tomarán durante la ejecución de los trabajos, y lo someterá a la aprobación del Interventor, quien podrá además ordenar cualquier otra medida adicional que considere necesaria. Este programa incluye los desvíos de tránsito requeridos para la ejecución de los trabajos, los cuales serán acordados por el Contratista con las dependencias o autoridades competentes.
Durante la ejecución del contrato, el Interventor podrá ordenar al Contratista cualquier medida adicional que considere conveniente o necesaria para garantizar la prevención de accidentes, y éste deberá proceder de conformidad. Si por parte del contratista existe un incumplimiento sistemático y reiterado de los requisitos de seguridad o higiene, o de las instrucciones del interventor al respecto, éste podrá ordenar en cualquier momento que se suspenda la ejecución de las obras, o de cualquier parte de ellas, sin que el Contratista tenga derecho a ampliación de plazo, y sin perjuicio de las multas a que hubiere lugar por este concepto.
En caso de peligro inminente a las personas, obras o bienes, el Interventor podrá obviar la notificación escrita y ordenar que se ejecuten inmediatamente las acciones correctivas que considere necesarias. El Contratista en estos casos no tendrá derecho a reconocimiento o indemnización alguna.
Los gastos en que incurra el Contratista por el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene y prevención de accidentes serán por su cuenta, y no tendrá derecho a pago por separado ya que éstos deben estar incluidos como costos indirectos dentro de cada uno de los precios unitarios del contrato.
INFORME DE ACCIDENTES
El Contratista deberá informar al Interventor, dentro del plazo y en la forma establecida a continuación, acerca de cualquier accidente que ocurra por la ejecución del contrato y que ocasione muerte o perjuicio a cualquier persona, o daño a propiedad, y en todos los casos de enfermedad profesional que ocurran con relación a la ejecución del contrato. El Contratista tendrá un plazo de veinticuatro (24) horas para suministrar al Interventor el informe con los datos que requiere la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”.
El informe incluirá, al menos, la siguiente información:
- Lugar, fecha y hora del accidente.
- Nombre completo, estado civil y edad del accidentado.
- Oficio que desempeña, experiencia y actividad que desempeñaba en el momento del accidente.
- Información sobre si hubo o no lesión, y clase de la misma.
- Posibles causas del accidente.
- Tratamiento recibido y concepto médico.
- Medidas correctivas a tomar para minimizar el riesgo de ocurrencia de un evento similar.
Durante el desarrollo del contrato, el contratista exhibirá un tablero para denotar las estadísticas de accidentalidad, en el cual constarán en número total de accidentes y la fecha de ocurrencia del último suceso.
LIMPIEZA DEL SITIO O ZONA DE LOS TRABAJOS
Durante el desarrollo de los trabajos, el Contratista deberá mantener en perfecto estado de limpieza la zona de las obras y sus alrededores, para lo cual deberá retirar en forma adecuada, diariamente o con mayor frecuencia,
P á g i n a 53 | 85
si así lo ordena el Interventor, escombros, basuras, desperdicios y sobrantes de materiales, de manera que no aparezca en ningún momento una acumulación desagradable o peligrosa de éstos.
Al finalizar cualquier parte de los trabajos, el Contratista deberá retirar de inmediato todo el equipo, construcciones provisionales y sobrantes de materiales que no hayan de ser usados más tarde en el mismo sitio o cerca de él, para la ejecución de otras partes de las obras, y deberá disponer satisfactoriamente, el mismo día, todos los sobrantes, escombros y basuras que resulten de las obras en los botaderos de escombros oficialmente autorizados por la autoridad competente.
La limpieza y aseo de todas las partes de la obra no tendrá ítem de pago, por lo tanto, el Contratista deberá considerar su costo dentro de los costos indirectos de cada precio unitario pactado para el contrato.
SEÑALIZACIÓN
Cuando los trabajos objeto del contrato deban realizarse en una vía pública y, en general, cuando para realizar cualquier otro tipo de trabajo se alteren las condiciones normales del tránsito vehicular y peatonal, el Contratista estará en la obligación de tomar todas las medidas necesarias para evitar la ocurrencia de accidentes, para lo cual deberá acatar las siguientes normas:
- Manual de Señalización “Dispositivos para la Regulación del Tránsito en Calles, Carreteras y Ciclorrutas de
Colombia, Capítulo 4”, emanado del Ministerio del Transporte, última versión.
- Normas y Especificaciones Generales de Construcción de las Empresas Públicas de Medellín,
Capítulo 17 “Señalización de seguridad y protección en las zonas de trabajo”, y esquemas 44 a 84.
El Contratista deberá colocar las señales y avisos de prevención de accidentes, tanto en horas diurnas como nocturnas, en la cantidad, tipo, tamaño, forma, clase, color y a las distancias requeridas, de acuerdo con lo dispuesto en las normas anteriores y las instrucciones del Interventor. Será responsabilidad del Contratista cualquier accidente ocasionado por la carencia de avisos, defensas, barreras, guardianes o señales.
El Interventor podrá, en cualquier momento, ordenar que se suspenda la construcción de los trabajos o parte de ellos si existe un incumplimiento por parte del contratista en los requisitos de señalización o las instrucciones del interventor al respecto
Cuando los trabajos deban realizarse sin iluminación natural suficiente, el Contratista suministrará la iluminación eléctrica adecuada, dependiendo del tipo de actividad por ejecutar. Si dicha iluminación es deficiente, el interventor podrá ordenar la suspensión de los trabajos, sin que El Contratista tenga derecho a reclamos de ninguna clase.
No se permitirán extensiones arrastradas, colgadas en forma peligrosa o cuyos cables estén mal empalmados o mal aislados. A una distancia prudente del sitio de trabajo deberán colocarse avisos de peligro con pintura reflectiva, según lo estipulado en las normas anteriores.
Los gastos en que incurra el Contratista por la colocación o reposición de señales y avisos, y a adopción de todas las medidas necesarias para la prevención de accidentes, serán por su cuenta, y su costo debe quedar incluido dentro de los costos indirectos de cada precio unitario pactado en el contrato.
P á g i n a 54 | 85
Señalización Nocturna
Los trabajos nocturnos, o aquellos trabajos inconclusos que durante la noche puedan ofrecer peligro o riesgo de accidente a vehículos o peatones, deben señalizarse, teniendo en cuenta el flujo vehicular, el área ocupada por el trabajo y el impacto comunitario. Se puede prevenir el riesgo existente, ofreciendo suficiente visibilidad y oportunidad en la prevención. Todas las señales preventivas utilizadas en la noche deben tener acabados en material reflectivo, como vinilos y cintas adhesivas.
Gargantillas
Son elementos que pueden usarse como complemento a otros elementos de control de tráfico, delineando un camino seguro a los viajeros a través del área de trabajo.
Señalización con luces intermitentes
Se deben utilizar en trabajos transitorios nocturnos, mientras el personal labore en el sitio. Se colocarán sobre cualquiera de las señales de la zona de trabajo, indicadas anteriormente, o en pedestales con material reflectivo, preferiblemente plástico. Estas luces intermitentes ofrecen gran visibilidad y sirven como señal de advertencia a los conductores de los vehículos y peatones. La señalización de la zona de los lugares de trabajo sin presencia de trabajadores durante horas nocturnas deberá estar dotada de material reflectivo que garantice la visualización por parte de conductores y peatones.
RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS
El Contratista asumirá toda la responsabilidad por los daños y perjuicios que se causaren a la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” o a terceros, y que afecten de cualquier modo personas o propiedades durante la ejecución de la obra, por causa u omisión suya, por defectos o vicios de la obra o de los materiales empleados en ella, o de los trabajadores empleados en las obras o por la maquinaria o equipo a su servicio, en los términos de las normas legales que fijan esa responsabilidad.
Por consiguiente, son de exclusiva cuenta del Contratista todos los costos provenientes de la debida reparación de cualquiera de los daños ocasionados en las obras o en los equipos a él encomendados,y de los perjuicios que se ocasionen. El Contratista está obligado a cubrir oportunamente la totalidad de estos costos.
EJECUCIÓN DE OBRAS AMPARADAS POR LA PÓLIZA DE ESTABILIDAD
En el evento en que el Contratista ejecute algún trabajo originado por fallas de estabilidad de las obras objeto de la presente invitación, exigibles con cargo a la garantía de estabilidad otorgada, deberá informar por escrito a la Interventoría e indicar en sitio visible que tales obras no ocasionan costos adicionales para la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, lo cual hará mediante aviso que contendrá las especificaciones indicadas por el Interventor, y cuyo costo será asumido por el contratista.
SITIOS DE DISPOSICIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS
Los escombros se depositarán en los sitios previamente autorizados por la autoridad ambiental competente y por la Interventoría. Por el incumplimiento de esta disposición, el contratista se hará acreedor a la aplicación de las multas contempladas en este pliego de condiciones.
MÉTODOS DE CONSTRUCCIÓN
Los métodos para la ejecución de las obras quedarán sujetos a la iniciativa del Contratista, sujetándose al proceso constructivo indicado en este pliego, en quien recaerá la responsabilidad por tales métodos, los cuales estarán encaminados a obtener los mejores resultados en la obra; sin embargo, la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” tendrá en cualquier momento el derecho a ordenar cambios en los métodos,
P á g i n a 55 | 85
con miras a la seguridad y al avance de la obra, o a su coordinación con las obras de otros Contratistas, o para obligar al Contratista a ajustarse al contrato.
Si la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” así lo requiere, antes de iniciar cualquier parte de la obra, o en cualquier momento durante la ejecución de la misma, el Contratista deberá suministrar, con suficiente anticipación, toda la información referente a los programas, métodos y procedimientos que utilizará en la ejecución de los trabajos.
La aprobación por parte de La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” de algún procedimiento o método utilizado por el Contratista, así como la aceptación y uso por el Contratista de algún procedimiento o método sugerido por la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, no significará que este último asume algún riesgo o responsabilidad, y el Contratista no tendrá derecho a reclamo en caso xx xxxxx total o parcial o ineficiencia en alguno de los procedimientos anotados.
ENTREGA Y RECIBO DE LA OBRA
El Contratista informará al menos con cuatro (4) días de anticipación, la fecha en que se propone hacer entrega total de la obra, y la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” designará una comisión que dará la aprobación o hará las observaciones necesarias para que el Contratista las termine a satisfacción. Así mismo, el Contratista se obliga a ejecutar las pruebas finales que sean necesarias según el tipo de obra.
A más tardar el último día del plazo, el contratista deberá tener debidamente terminadas y aprobadas las obras para entregarlas a la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” por conducto de los funcionarios que se comisionen para tal fin; si no las tuviere terminadas, el recibo sólo se hará cuando se hayan ejecutado todas las modificaciones y reparaciones exigidas de acuerdo con este artículo. Las entregas parciales no implican el recibo definitivo de esta parte ni mucho menos de toda la obra. Es requisito para el recibo de la obra a satisfacción, tener el sitio totalmente limpio de basuras y escombros.
Al momento de entregar las obras, las partes suscribirán un acta de finiquito o de exoneración de responsabilidades, relevándose mutuamente de todas las reclamaciones y demandas que puedan resultar, excluyéndose las reclamaciones a que tiene derecho la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, por vicios de construcción, de acuerdo con los numerales 3o. y 4o. del Artículo 2060 del Código Civil Colombiano y sus normas concordantes.
USO DE OBRAS EJECUTADAS ANTES DE SU ACEPTACIÓN
Siempre que la obra, o parte de ella, esté en condiciones de ser utilizada, y sus intereses lo requieran, la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” tomará posesión y hará uso de ella. Dicho uso no eximirá al Contratista de ninguna de sus obligaciones, ni implicará la renuncia a la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” a ninguno de sus derechos.
La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” se reserva el derecho de usar las obras que se
consideren defectuosas, sin que por ello se eliminen las obligaciones contraídas por el
Contratista, ni la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” renuncie a cualquiera de sus derechos
contemplados en el pliego.
VIGILANCIA Y CUIDADO DE LAS OBRAS
El Contratista proveerá, por su cuenta, el personal de vigilancia necesario para proteger las personas, las obras, sus propiedades y las propiedades de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” y de terceros, hasta la entrega total de las obras. Para ello, deberá informarse sobre las normas legales existentes y obtener
P á g i n a 56 | 85
todos los permisos y licencias necesarias y someterlos a la aprobación de La Empresa de Desarrollo Sostenible
del Oriente “XXXXX”.
SITUACIONES IMPREVISTAS Y CASOS DE EMERGENCIA
Si durante el curso de los trabajos, la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” o el Contratista descubrieren en el lugar o sitio donde se construye la obra, condiciones especiales substancialmente distintas a las indicadas en los planos o previstas en las especificaciones, circunstancias desconocidas de naturaleza especial, que difieran substancialmente de aquellas inherentes a las obras del carácter de las que proveen los planos y las especificaciones, el Contratista se abstendrá de alterar tales condiciones o circunstancias sin que antes la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” tome la decisión correspondiente. Si éste resuelve que aquellas son esencialmente diferentes a las previstas, se procederá a ordenar los cambios en los planos o en las especificaciones, previo convenio de los ajustes, tanto de costo como de plazo o de uno de éstos.
Si se presenta un caso de emergencia no previsto, el cual pueda poner en peligro la seguridad de la obra, de las personas o de las propiedades vecinas, el Contratista deberá tomar todas las medidas que el caso requiera, sin solicitar autorización previa de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, pero deberá notificar por escrito a éste dentro de un plazo no mayor de setenta y dos (72) horas después de la ocurrencia del hecho, suministrando un estimativo de los pagos adicionales o de ampliación en el plazo de ejecución de las obras.
Si el Contratista reclama compensación por el trabajo de emergencia, la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, con la información suministrada por él, estudiará la causa de la emergencia, para autorizar, si fuere del caso, la extensión del plazo y el pago a que hubiere lugar.
Para la comprobación de los gastos en que pueda incurrir por la atención de un caso de emergencia, el Contratista deberá llevar la relación detallada y comprobada de los costos de jornales, materiales, etc., ocasionados por tal motivo. Esta relación deberá ser enviada a la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” dentro de los ocho (8) días calendario siguiente a su ocurrencia.
NORMAS Y ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN
Los ítems que aparecen en el formulario de cantidades de obra se describen en forma concisa y no en detalle, por lo tanto, para la determinación de los precios unitarios y la ejecución de los trabajos deben consultarse las "NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN" de las Empresas Públicas de
Medellín, versión vigente.
NORMAS TÉCNICAS COLOMBIANAS (NTC) PARA MATERIALES
Todos los materiales utilizados en la ejecución de la obra deberán cumplir con las Normas Técnicas Colombianas NTC, o en su defecto, con las normas ASTM (American Society for Testing and Materials).
MANEJO AMBIENTAL DEL PROYECTO
Durante la ejecución de las obras, el Contratista deberá organizar los trabajos de tal forma que los procedimientos aplicados sean compatibles no sólo con los requerimientos técnicos establecidos, sino con las disposiciones contenidas en la Ley 99 de 1993 y sus decretos reglamentarios, así como las normas especiales para el trámite y obtención de autorizaciones y permisos específicos requeridos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, y será responsable ante la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” por el pago de sanciones decretadas por violación a las leyes y disposiciones ambientales.
P á g i n a 57 | 85
El Contratista dará cumplimiento a los términos, requisitos y condiciones establecidos en los actos administrativos expedidos por las diferentes autoridades ambientales y regionales.
En desarrollo de los trabajos no se permitirá, por ninguna circunstancia, depositar cualquier tipo de material en el lecho de corrientes superficiales o cualquier cuerpo de agua. Si esto sucede, el Contratista, a su xxxxx, deberá retirar el material y conformar el sitio hasta devolverlo a su estado original.
Las volquetas deberán estar provistas de una carpa o lona que cubra completamente el material transportado.
EVALUACIÓN DEL AVANCE DE LA OBRA
Durante la ejecución de la obra, la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” efectuará un seguimiento al programa de trabajo, como uno de los mecanismos de verificación del cumplimiento del contrato. Por tal motivo, el Contratista deberá mantener el programa actualizado, de manera que en todo momento represente la historia real de lo ejecutado en cada actividad, así como la proyección para la terminación de los trabajos dentro del plazo contractual.
El Contratista y el Interventor evaluarán periódicamente la ejecución del contrato, revisando el programa de obra actualizado para establecer en qué condiciones avanzan los trabajos, dejando constancia del estado real de los trabajos; en caso de presentarse algún atraso, deberán señalarse los motivos del mismo, indicando los correctivos que se tomarán para subsanar dicho atraso, los cuales se plasmarán en una modificación al programa de obra que no podrá contemplar la disminución de las cantidades programadas para cada mes ni prórroga del plazo inicialmente establecido.
Cuando fuere necesario suscribir actas de modificación de cantidades obra o modificar el valor o el plazo del contrato, el Contratista deberá ajustar el programa de obra a dicha modificación, para lo cual deberá someter a aprobación de La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX”, con el visto bueno de la Interventoría, el nuevo programa de obra, previo a la suscripción del documento mediante el cual las partes acuerden dicha modificación.
ESTABILIDAD DE LA OBRA Y PERÍODO DE GARANTÍA
El Contratista será responsable por la reparación de todos los defectos que puedan comprobarse con posterioridad a la liquidación del contrato, o si la obra amenaza ruina en todo o en parte, por causas derivadas de fabricaciones, replanteos, localizaciones y montajes efectuados por él, o el empleo de materiales, equipo de construcción o mano de obra deficientes utilizados en la construcción.
El Contratista se obliga a llevar a cabo a su xxxxx todas las reparaciones y reemplazos que se ocasionen por estos conceptos. Esta responsabilidad y las obligaciones inherentes a ella se considerarán vigentes por un período de garantía de cinco (5) años contados a partir de la fecha consignada en el Acta de Recibo de las obras. El Contratista procederá a reparar los defectos dentro de los términos que la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” le señale. Si las reparaciones no se efectúan en dichos términos, la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” podrá efectuarlas por cuenta del Contratista y hacerle efectiva la garantía de estabilidad estipulada en el contrato.
Así mismo, durante el período de garantía, el Contratista será responsable por los daños que se causen a terceros como consecuencia de las obras defectuosas.
Si las reparaciones que se efectúen afectan, o si a juicio de la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente
“XXXXX”, existe duda razonable de que puedan llegar a afectar el buen funcionamiento o la eficiencia de las
P á g i n a 58 | 85
obras o parte de ellas, La Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente “XXXXX” podrá exigir la ejecución de
nuevas pruebas, por cuenta del Contratista, mediante notificación escrita que le enviará dentro de los treinta
(30) días hábiles siguientes a la entrega o terminación de las reparaciones.
MANEJO SOCIO – AMBIENTAL DE LA OBRA
En general, deberá seguir las disposiciones establecidas en la “normatividad asociada vigente”. Los costos en que incurra el contratista por el manejo socio ambiental del proyecto deberán incluirse en los costos indirectos de administración del contrato. El hecho de que el contratista no estipule en el A.U., el valor de algún trámite o elemento para la gestión ambiental del proyecto, no lo exime del cumplimiento de la legislación ambiental que le sea aplicable al momento de la ejecución de las obras y será de absoluta responsabilidad de este.
NORMATIVIDAD ASOCIADA A LA GESTIÓN SOCIAL Y AMBIENTAL
Las normas citadas a continuación, asociadas a la gestión social y ambiental, forman parte integral del contrato.
Política Ambiental de Colombia y Recursos Naturales
Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental –SINA– y se dictan otras disposiciones.
Decreto Ley 2811 de 1974, por el cual se adopta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.
Toda la normatividad relacionada con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire, agua, residuos sólidos, flora, tránsito y transporte, salud ocupacional y seguridad industrial, participación ciudadana, veedurías ciudadanas, y las demás que apliquen al momento de ejecución de la obra.
DOCUMENTACIÓN LEGAL EXIGIBLE POR EL INTERVENTOR EN LAS OBRAS
La interventoría podrá exigir a los profesionales sociales y ambientales, en cualquier momento, la siguiente información, la cual debe reposar en la obra:
Permisos exigidos por la normatividad ambiental (concesión de aguas, ocupación de cauces, vertimientos, aprovechamiento forestal, emisiones atmosféricas, ruido nocturno, incineración y/o disposición de residuos peligrosos).
Permisos ambientales y mineros de las fuentes de materiales pétreos utilizados para la obra y de utilización de explosivos si a ello hubiere lugar.
- Plan de manejo socio - ambiental de obra aprobado por la interventoría.
- Plan de Manejo de Tránsito aprobado (si a ello hay lugar).
- Plan de Manejo Silvicultural y Paisajístico aprobado (si a ello hay lugar).
- Permiso de ocupación del espacio público aprobado (si a ello hay lugar).
- Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.
- Registro de reunión de inicio de obra.
P á g i n a 59 | 85
- Contrato de prestación de servicio público de aseo, suscito con una empresa de servicio público de aseo legalmente constituida y regulada por la Superintendencia de Servicios Públicos domiciliarios. (Si a ello hubiere lugar).
- Registros de control de disposición de materiales estériles.
- Registros de atención de quejas y reclamos.
- Registros de capacitación en Salud, Seguridad y Medio Ambiente.
- Actas de vecindad.
- Evidencia de afiliación del personal a seguridad social, ARP y parafiscales.
- Reportes de accidentalidad en la obra.
- Fichas técnicas de materiales y equipos.
- Fichas de seguridad de sustancias peligrosas.
- Certificado de revisión técnico-mecánica y de gases de los vehículos, según la Ley 769 de 2002 y la Resolución 3500 de 2005.
PERSONAL SOCIO - AMBIENTAL DE LA OBRA
Teniendo en cuenta la magnitud de las obras a acometer y los impactos generales identificados, el contratista está obligado a tener en la obra el personal social y ambiental citado en el formulario del AU (Administración y utilidades).
El personal socio - ambiental tendrá como funciones básicas, el manejo del impacto físico que cause la obra en la comunidad directa e indirectamente afectada por la misma; será también quien le haga seguimiento y control del cumplimiento de las Normas de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional en la obra. Este personal deberá permanecer en la obra durante el tiempo que se estipula en el componente de la administración y visitar periódicamente cada frente de trabajo.
El personal socio - ambiental deberá estar dotado de un teléfono móvil o cualquier medio de comunicación similar, que le permita establecer contacto directo con el residente de obra o de interventoría durante la jornada laboral, en caso de requerirse la solución de problemas que afecten a la comunidad, informar accidentes o controlar los impactos al entorno y a la comunidad.
El costo del personal socio - ambiental establecido, está incluido en el cálculo del A.U.
CONTROL DEL IMPACTO SOCIOAMBIENTAL - NORMAS GENERALES
El contratista será responsable durante la ejecución de la obra de la protección, la conservación y el mejoramiento del entorno biótico, físico y humano de las áreas que involucra. Para lograrlo deberá conocer los tipos de impactos ambientales asociados a la ejecución de las obras con el fin de ejercer el control que le permita conservar el medio ambiente en aspectos relacionados con la población y los sistemas abióticos y bióticos y paisajísticos del área de influencia del proyecto.
MANEJO AMBIENTAL DE LAS OBRAS
Es responsabilidad del contratista conocer las políticas y normas del Ministerio del Medio Ambiente (Ley 99 de 1993 y decretos reglamentarios), así como la Constitución Política de Colombia de 1991, el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente (Ley 23 de 1973, Decreto 2811 de 1974 y sus decretos reglamentarios), el Código Sanitario (Ley 9 de 1979, decretos reglamentarios), el Código Minero
P á g i n a 60 | 85
Ley 685 de 2002, Ley 1382 de 2010 y sus decretos reglamentarios, y demás disposiciones ambientales gubernamentales vigentes al momento de la ejecución de las obras.
Las normas que se presentan a continuación están basadas en dichas disposiciones gubernamentales y son complementarias en algunos aspectos. Mediante su aplicación se busca producir el menor impacto en los suelos, cursos de agua, calidad del aire, organismos, paisaje y evitar los conflictos con los pobladores del área de influencia de las obras.
Normas Generales
El contratista será responsable de efectuar, a su costo, la acción correctiva apropiada determinada por la entidad encargada de la supervisión ambiental y minera por contravenciones a las presentes normas.
El contratista se responsabilizará ante el dueño del proyecto por el pago de sanciones decretadas por entidades gubernamentales por violación de las leyes y disposiciones ambientales y mineras durante el período de construcción de las obras.
Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas normas son responsabilidad del contratista, quien deberá remediarlos a su costo.
Se prohíbe estrictamente el porte y uso de armas de fuego en el área de trabajo, excepto por el personal de vigilancia expresamente autorizado para ello.
El equipo móvil, incluyendo maquinaria pesada, deberá operarse de tal manera que cause el mínimo deterioro a los suelos, vegetación, cursos de agua y paisaje. Este control se hará de acuerdo con las recomendaciones del Interventor.
El contratista debe mantener en buen estado de funcionamiento toda su maquinaria a fin de evitar escapes de lubricantes o combustibles que puedan afectar los suelos, cursos de agua, aire y organismos.
El contratista debe establecer controles que permitan la verificación del buen estado de funcionamiento de su maquinaria y equipos por parte de la entidad encargada de la supervisión ambiental.
Normas para la protección del Aire
No se deben quemar basuras, desechos, recipientes ni contenedores de material artificial o sintético (caucho, plásticos, poliuretano, cartón, etc.)
Los molinos, zarandas y mezcladoras de materiales de construcción deberán estar proveídas de filtros de polvo o algún sistema que permita evitar su formación.
Para el almacenamiento de materiales finos deben construirse cubiertas superiores y laterales para evitar que el viento disperse el polvo hacia los terrenos vecinos.
Las carreteras destapadas que pasan cerca de sitios habitados y que vayan a ser utilizadas por el proyecto, deben ser regadas continuamente con agua con el fin de evitar el levantamiento excesivo de material particulado. Igualmente y con el mismo fin, los vehículos utilizados para el transporte de dichos materiales deben contar con cubiertas de lona que cubran completamente el material transportado.
P á g i n a 61 | 85
Hacer control permanente del material particulado y de emisiones atmosféricas en la obra, de acuerdo con la normatividad vigente para tal fin.
Normas para la protección de las Aguas
No se permite el uso, tránsito o estacionamiento de equipo móvil en los lechos de quebradas ni en sitios distintos del frente de obra, a menos que sea estrictamente necesario y con autorización de la entidad encargada de la supervisión ambiental.
El aprovisionamiento de combustibles y lubricantes y el mantenimiento, incluyendo el lavado y purga de maquinaria, deberá realizarse en tal forma que los desechos de estas actividades no contaminen los suelos o las aguas. En caso de ser necesario, puede utilizarse una trampa de grasas para tal fin.
La ubicación de los patios para aprovisionamiento de combustible y mantenimiento, incluyendo el lavado y purga de maquinaria deberá ser aislada de cursos de agua. Deberán alejarse por lo menos 30 metros de la corriente de agua y 100 metros de cualquier nacimiento.
En los frentes de trabajo el contratista deberá proveer letrinas o tanques y pozos sépticos para evitar que los desechos lleguen directamente a los cursos de agua.
El contratista debe instruir a todo su personal sobre el uso adecuado de las letrinas o baños portátiles. Estos no deben utilizarse para disposición de basuras, desinfectantes, líquidos ni objetos extraños. Los papeles higiénicos deben arrojarse dentro de la letrina o baño portátil y su tapa debe permanecer cerrada.
Las basuras y los residuos de tala y Rocería no deben llegar directamente a los cursos de agua, estos deben acarrearse y disponerse adecuadamente en un sitio seleccionado para tal fin.
Los accesos provisionales de construcción deben disponer de cunetas.
Las cunetas que confluyan a un curso de agua, deberán estar provistos de obras que permitan la decantación de sedimentos y si es del caso, se debe efectuar un tratamiento previo antes de conducirlos al curso de agua. Los drenajes deben conducirse adecuadamente siguiendo curvas de nivel hacia canales naturales. En caso de no ser posible, se deben construir obras de protección para el vertimiento de las aguas.
Cuando sea necesario desviar un curso natural de agua o se hayan construido cruces que no se van a necesitar en el futuro, estos deberán ser restaurados por el contratista, bajo la dirección específica de la entidad encargada de la supervisión ambiental.
Si se requiere cruzar riachuelos con maquinaria pesada se procurará utilizar pontones, piedras grandes u otra técnica para impedir que se altere el cauce y la velocidad de la corriente.
Las gravas no deben ser removidas de los lechos de los ríos, o quebradas excepto en las zonas específicamente aprobadas como fuentes de materiales por la entidad gubernamental competente y en tal caso se debe planear su explotación para causar el mínimo deterioro.
Al terminar la explotación de préstamos de material aluvial se deben ejecutar obras y ejecutar el plan de abandono para la recuperación del área.
P á g i n a 62 | 85
Los pisos de los patios de almacenamiento de materiales de construcción en las zonas de préstamo y en los frentes de obra deberán tener buen drenaje que lleve las aguas primero a un sistema de retención de sólidos y luego a las fuentes naturales.
Los vehículos de transporte de concreto, mezcla asfáltica, emulsiones y aceites en caso de que se requieran, deben estar en buen estado para evitar derrames en lugares entre la planta y la obra.
Normas para la protección de los suelos
Los patios de almacenamiento de materiales clasificados para construcción deben tener una base de concreto y buena compactación.
La disposición de los desechos de construcción, tierra o roca, que no se utilicen en otras actividades como terraplenes, Sub-base, filtros, etc. se llevarán a las zonas de depósito y se dispondrán de acuerdo con los procedimientos exigidos en las especificaciones particulares
Los campamentos y frentes de obra deberán estar provistos de recipientes apropiados para la disposición de basuras (canecas plásticas con tapa. Estas deben ser vaciadas diariamente en cajas estacionarias con tapas herméticas y llevadas al relleno sanitario con periodicidad.
En las operaciones de aperturas ampliaciones y explanaciones, el contratista deberá tomar medidas de control sobre los desechos de materiales con el fin de no causar derrumbes o deslizamientos en el área circundante. Para accesos y otras construcciones temporales debe realizarse una compactación mínima que permita la fácil recuperación del terreno una vez terminado el uso del acceso. Es aconsejable readecuar los accesos y patios abandonados y facilitar la colonización vegetal espontánea.
Para la construcción de los accesos temporales se deben tener en cuenta la misma normatividad ambiental considerada para la construcción de una vía principal.
Las zonas de préstamo y los depósitos, deberán tener un tratamiento paisajístico final o plan de abandono, como se indica en las especificaciones (Revegetalización), movimientos de tierra correctivos, terrazas, drenajes, filtros, rondas perimetrales, etc.).
El contratista, al finalizar la obra, deberá desmantelar los campamentos, patios de almacenamiento, talleres y demás construcciones temporales, disponer los escombros y los materiales de desecho y restaurar el paisaje de acuerdo con estas normas.
El material superficial o de descapote empleado para la obra y removido de una zona de préstamo debe ser apilado y cubierto con plástico por el contratista para ser utilizado en obras de restauración.
Normas para la prevención de accidentes y el control de enfermedades
El contratista, según lo especifique la entidad encargada de la supervisión ambiental, deberá llevar a cabo la demarcación y aislamiento del área de trabajo, y colocará señales para evitar que personal ajeno a las obras entre en las zonas de trabajo.
En las excavaciones superficiales, el contratista deberá tomar medidas que garanticen la seguridad del personal de la obra, de la comunidad, de las construcciones existentes y de la obra misma.
P á g i n a 63 | 85
El Contratista debe verificar periódicamente el estado de salud de los obreros y empleados.
Normas para la protección de la infraestructura y el patrimonio cultural.
Las carreteras utilizadas para acceder a las obras y para el acarreo de materiales, deben estar sometidas a continuo mantenimiento y deben ser entregadas al finalizar las obras en un estado por lo menos igual al del inicio de los trabajos.
Cuando en las excavaciones se encuentren yacimientos arqueológicos, restos fósiles u otro vestigio de interés histórico o cultural, se debe suspender de inmediato la actividad e informar a la entidad encargada de la supervisión ambiental quien decidirá sobre la mejor forma de realizar el rescate del yacimiento.
OBRAS Y TRABAJOS A EJECUTAR
Manejo de desechos en campamentos y talleres. En los procesos de instalación, operación y desmantelamiento de campamentos y talleres, se generan gran cantidad de residuos tanto líquidos como sólidos que deben ser manejados convenientemente, de forma que el daño sobre el medio ambiente sea el menor posible.
Durante la fase de instalación, los desechos - principalmente sólidos - corresponden en su mayor parte a residuos de vegetación, capa orgánica, cortes de explanación y sobrantes de construcción, cuya disposición final debe hacerse en las zonas de depósito de acuerdo a las normas de manejo estipuladas para éstos.
Durante la fase de operación se generan residuos líquidos y sólidos para cuyo manejo se deben ejecutar las siguientes obras:
Residuos líquidos domésticos. Se generan básicamente en los campamentos, oficinas y viviendas como resultado de las actividades de aseo personal y preparación de alimentos.
Trampa de grasas: tiene por objeto interceptar las grasas y jabones presentes en las aguas negras, que de no eliminarse continuarían hacia el campo de infiltración, impermeabilizándolo y disminuyendo por lo tanto su eficiencia. La trampa debe localizarse a la salida del alcantarillado, antes del tanque séptico, y en un sitio sombreado de forma que la temperatura en su interior sea baja evitando la dispersión de las grasas en forma de aerosoles. Debe estar dotado de una tapa removible, que permita la extracción periódica de las grasas, las cuales deben enterrarse.
Tanque séptico: tiene por objeto recibir las aguas provenientes de la trampa de grasas y provocar la sedimentación de los sólidos presentes en éstas, los cuales son descompuestos en un proceso anaeróbico. El efluente resultante es, por lo tanto, menos denso y se debe conducir a un campo de infiltración.
Para la localización del tanque deben tenerse en cuenta las siguientes recomendaciones:
Se localizará donde no contamine pozos, manantiales u otra fuente de abastecimiento de aguas. No se ubicará en zonas pantanosas o sujetas a inundaciones.
Se ubicará en una zona amplia y con algo de pendiente de forma que pueda construirse con facilidad el campo de infiltración.
Se localizará a más de 5 m. de viviendas o dependencias.
P á g i n a 64 | 85
Los sólidos producidos en el tanque séptico deben retirarse periódicamente cada que se complete la capacidad disponible para ellos. Para su disposición final deben enterrase en zanjas de 60 cm de profundidad, en sitios no habitados, ni cultivados.
Campo de infiltración: su objetivo es acabar de purificar el efluente del tanque séptico, mediante un proceso de digestión aeróbica que se genera en zanjones de grava por donde se hace circular Del efluente, que entra en contacto con el aire presente en los poros de la grava.
El efluente del campo de infiltración puede arrojarse directamente a las corrientes de agua más cercanas.
Residuos líquidos industriales. Se producen básicamente en los talleres, canteras y sitios donde se procesa material. Como consecuencia de la principal actividad de los talleres, el agua utilizada en ellos puede presentar residuos de grasas, aceites y combustibles con presencia de partículas de suelo
Para evitar que los residuos antes mencionados se infiltren, contaminando suelos y aguas subterráneas, los pisos de todas las instalaciones del taller deben ser en concreto o asfalto, y debe tener una pendiente tal que permita su recolección en un tanque diseñado para este propósito.
Los talleres deben diseñarse de forma que el drenaje de las diferentes áreas sea aislado, logrando un fácil control y manejo de los residuos líquidos. Así el drenaje del área destinada al lavado de maquinaria y equipo, que produce efluentes compuestos básicamente por agua y sedimentos de suelo, debe hacerse a un depósito que permita la sedimentación del suelo, antes de arrojar el agua al receptor natural; así mismo el área de engrase y lubricación contará con cajas de recepción que permitan la sedimentación de los materiales sólidos presentes en la mezcla agua - aceite, la cual debe separarse posteriormente mediante la utilización de un sistema de separación agua - aceite, cuyas características dependen de las dimensiones de las instalaciones.
Los aceites y lubricantes usados, los residuos de limpieza y mantenimiento, y de desmantelamiento de talleres y otros residuos químicos deberán ser retenidos en recipientes herméticos y la evacuación final deberá hacerse conforme a instrucciones de la entidad encargada de la supervisión ambiental. Los recipientes de dichos residuos no deberán reaccionar con los líquidos que contienen y solo podrán enterrarse en suelos que no los degraden.
Las zonas destinadas al almacenamiento y aprovisionamiento de combustibles deben contar con diques y pozos de contención que permitan controlar derrames accidentales, evitando que éstos alcancen las corrientes de agua cercanas al lugar. Las instalaciones deberán contar además con un adecuado sistema para el control de incendios y ruido. El manejo de combustibles debe hacerse de acuerdo con la reglamentación vigente, revisando constantemente que los equipos se encuentren en buena condición de operación.
Residuos sólidos. Durante la fase de operación pueden presentarse dos tipos: desechos sólidos de construcción y desechos sólidos domiciliarios. Dentro de los primeros se incluyen aquellos producidos en los talleres, que incluyen entre otros: llantas, repuestos inservibles, recipientes de lubricantes, restos de maquinaria, baterías, mangueras; los cuales deben ser clasificados según el tipo de material para luego ser depositados en recipientes herméticos que serán retirados periódicamente de la obra para su disposición final en reciclaje o en rellenos sanitarios de acuerdo con las instrucciones de la entidad encargada de la Interventoría
P á g i n a 65 | 85
ambiental. En ningún caso estos elementos podrán ser enterrados directamente, ni quemados, ni mucho menos tener como receptor final los cursos de agua.
Durante la operación de un taller, pueden presentarse residuos sólidos con características especiales, cuyo manejo debe hacerse de manera particular para cada caso. Estos residuos especiales pueden definirse de la siguiente forma:
Patógenos, los que son vehículos de infección.
- Tóxico, causa daño a seres vivientes o contamina el ambiente.
- Combustible, arde en presencia de oxígeno, por chispa.
- Inflamable, arde espontáneamente en condiciones normales.
- Explosivo, descomposición instantánea, causa grandes presiones.
- Radioactivo, radiaciones peligrosas.
- Volatizable, se evapora a temperatura ambiente.
Cada situación que pueda originar uno de estos residuos debe ser tratada en forma particular de acuerdo con las recomendaciones del Interventor, estableciendo campañas de entrenamiento y señalización para el manejo y disposición de residuos de cada uno de estos materiales.
Los residuos sólidos domiciliarios son aquellos que por su naturaleza, composición, cantidad y volumen se generan en actividades realizadas en viviendas o en cualquier establecimiento asimilable a estas, como campamentos y oficinas.
Estos desechos deben clasificarse por tipo de material y naturaleza, según sea reciclable o no. Deben almacenarse en un contenedor hermético, de forma que las basuras no entren en contacto con agua, con roedores o insectos que puedan causar enfermedades. Los depósitos de basura deben localizarse a una distancia conveniente de las viviendas u oficinas, de manera que no haya problemas con olores desagradables. Deben retirarse periódicamente del sitio de las obras. Los materiales reciclables se llevarán a los centros urbanos más cercanos donde serán vendidos, los residuos orgánicos se dispondrán en el relleno sanitario siguiendo las instrucciones de la entidad encargada de la supervisión ambiental.
Señalización. El contratista de obra deberá suministrar la señalización preventiva, informativa y reglamentaria detallada en el manual de Señalización del Invias, que advierta a la población de los riesgos para transitar por la vía como del tránsito de volquetas, igualmente, para disminuir el peligro de accidentes se construirán resaltos y se colocarán señales que adviertan a los conductores de la circulación peatonal por la vía en sitios de alta concentración de población y en sitios cercanos a escuelas entre otras. Los elementos adicionales que se requieran y que no estén detallados en el formulario de inversión ambiental deberán ser suministrados por el contratista de obra y no serán objeto de pago por parte de la EDESO.
El interventor verificará en la obra que el contratista realice todas las labores tendientes a atenuar los efectos producidos por la ejecución de los trabajos.
No habrá pago separado por concepto de los costos en que incurra el contratista para realizar en la obra las actividades contempladas en esta sección de las especificaciones, así como tampoco por las posibles
P á g i n a 66 | 85
interferencias que le puedan ocasionar dichas actividades a las labores del contratista. Este incluirá dichos valores y los que se deriven de posibles reparaciones, dentro de los costos indirectos contemplados para cada uno de los precios unitarios cotizados en su propuesta.
OBLIGACIONES SOCIO - AMBIENTALES DEL CONTRATISTA ANTE LA ENTIDAD
Con el propósito de dar cumplimiento a la legislación ambiental vigente ya descrita, en especial, el Código Nacional de los Recursos Naturales Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, Decreto 2820 de 2010 y las normas que apliquen al momento de la ejecución del proyecto, se requiere en primera instancia que el contratista constructor de la obra informe a la autoridad ambiental competente la adjudicación de la obra y su objeto y solicite ante CORNARE, una visita inicial, con el fin de definir los requerimientos ambientales del proyecto.
El valor de dicha visita deberá ser cancelado por el contratista constructor en la respectiva Corporación con anterioridad a su realización (Ley 633 de 2000).
El contratista constructor deberá tramitar y pagar ante las autoridades ambientales los permisos de utilización de recursos naturales a que haya lugar de acuerdo con los solicitados por la autoridad ambiental, para la ejecución de las obras tales como: Permiso de Ocupación de Cauce, Aprovechamiento Forestal, Concesión de Aguas, Emisiones Atmosféricas, Vertimientos, y pagar las demás visitas de control y seguimiento que la autoridad ambiental considere pertinentes durante la ejecución del proyecto.
En cuanto al manejo de las zonas de depósito para el proyecto, estas deberán ser seleccionadas conjuntamente con la interventoría y aprobadas por la autoridad ambiental, antes de ser utilizadas por el contratista. Igualmente, el contratista deberá obtener del dueño del predio la autorización escrita para la utilización de su predio como depósito de materiales, para lo cual deberá diligenciar el formato adjunto que la Secretaría de Infraestructura Física tiene para tal fin. Así mismo, el contratista de obra deberá elaborar el Plan de Acción Socio Ambiental (PASAO) general para el proyecto, un PMA para cada una de las zonas de depósito y un PMA para la planta de trituración y asfalto si la hubiere.
Esta documentación deberá ser presentada a la Corporación Ambiental y a la interventoría en el momento de iniciar las obras. Además, se deberá obtener de la oficina de Planeación del municipio en el cual se realizan las obras, el certificado de uso del suelo, en el que se determine que de acuerdo al P.O.T, el predio es apto para utilizarse como sitio de disposición temporal de materiales provenientes de explanación, excavación y derrumbes de la obra.
De igual manera para dar cumplimiento a la legislación minera vigente, Ley 685 de 2001 y Ley 1382 de 2010, en caso de que en la zona del proyecto no existan fuentes de materiales legalizadas, el contratista deberá tramitar ante la Secretaría de Minas del Departamento una Autorización Temporal Intransferible para la explotación de las fuentes de materiales seleccionadas para el proyecto y obtener ante la autoridad ambiental correspondiente, la Licencia Ambiental para dichas fuentes mediante la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental. Los requerimientos para el trámite correspondiente deberán ser consultados en la Secretaría de Minas.
Si el contratista explota una fuente de materiales mediante una autorización temporal a su nombre, deberá realizar trimestralmente el pago de regalías en la tesorería del municipio de la jurisdicción donde se ejecuta la obra. Para ello la interventoría deberá certificar trimestralmente la cantidad de material explotado para que el contratista de obra proceda al pago respectivo.
P á g i n a 67 | 85
Para la liquidación de la obra el contratista deberá obtener una certificación, en la que conste que este se encuentra a paz y salvo por concepto de pago de regalías por la explotación de materiales del proyecto; así como la solicitud del cierre del expediente.
Es importante tener en cuenta que sin el permiso de la Secretaría de Minas y sin la Licencia Ambiental de la fuente, no es posible iniciar la explotación de materiales para la ejecución del proyecto.
Cuando los materiales de construcción sean adquiridos a través de terceros, estos deberán demostrar que el material está debidamente legalizado y suministrará al contratista de obra los permisos vigentes. La interventoría deberá obtener la documentación correspondiente y remitirla a la Secretaría de Infraestructura Física previa revisión de su parte.
En cuanto a la presentación de los informes socio - ambientales, se requiere que la interventoría a través de su profesional ambiental, con base en la información que suministra el contratista de obra, presente un informe mensual de las obras, actividades y trámites ambientales que se desarrollan durante la ejecución del proyecto, especificando el monto de la inversión en cada una de las obras de mitigación ambiental detalladas en el formulario de presupuesto de obra, su localización y respectivo registro fotográfico, en un tomo aparte del informe técnico de avance mensual presentado al supervisor del proyecto.
Se solicita que las actividades socio - ambientales de control y seguimiento y la elaboración de los informes socio - ambientales, sean realizadas por el profesional del área ambiental que la interventoría asigne para el proyecto. Dicho profesional podrá ser un ingeniero Forestal, Geólogo, Biólogo o ingeniero Ambiental, los cuales deberán tener una experiencia mínima de tres (3) años en interventoría ambiental de proyectos viales rurales lo cual deberá estar debidamente certificado.
El contratista constructor deberá garantizar en todo momento la señalización preventiva, informativa y de seguridad vial, en cada uno de los frentes de trabajo, y en general en el corredor de la vía a intervenir, de acuerdo con la normatividad vigente, para lo cual la interventoría verificará que esta sea adecuada oportuna y suficiente, que cumpla con las normas INVÍAS (Manual de señalización vial) y que se encuentre en buen estado. Igualmente, el contratista deberá cumplir con todo lo relacionado a la Seguridad Industrial y Salud Ocupacional
– SISO y el manejo de residuos sólidos al interior de la obra, según la normatividad vigente, para lo cual contará en todo momento con la supervisión y apoyo de la interventoría ambiental de la obra.
En cuanto a la socialización del proyecto las interventorías con el acompañamiento del contratista de obra deberán adelantar las reuniones con la comunidad asentada en el área del proyecto y diseñar las estrategias de divulgación y socialización, de lo cual deberá dejar constancia escrita mediante actas de asistencia a reuniones y registros fotográficos, en el informe mensual socio - ambiental. Se deberán realizar como mínimo 3 reuniones de socialización con la comunidad, una al inicio de las obras, otra durante la ejecución y otra al finalizar los trabajos.
Para el recibo final y a satisfacción de las obras, se requiere que el contratista obtenga por escrito el recibo a satisfacción de los propietarios de los predios intervenidos (depósitos, patios de maquinaria, fuentes de materiales, entre otros) y una certificación referente al cumplimiento de las actividades ambientales del proyecto, por parte de la autoridad ambiental correspondiente, al igual que la solicitud del cierre del expediente relacionado con los trámites ambientales de la obra. Igualmente, el contratista de obra deberá obtener el permiso de uso del suelo y el recibo a satisfacción por parte de la Oficina de Planeación Municipal de las zonas de depósito que requiera el proyecto, con el fin de constatar que no se cambiaron los usos del suelo establecidos en el P.O.T, y el contratista deberá realizar el cierre de todas las actas de vecindad elaboradas en la zona de influencia del proyecto y de las quejas recibidas durante el desarrollo del mismo, verificando el cumplimiento de los compromisos adquiridos en cada una de ellas.
P á g i n a 68 | 85
En caso de presentarse alguna afectación, esta deberá ser corregida inmediatamente por el contratista, a su costo, con el fin de evitar pasivos ambientales y futuros requerimientos al Municipio, por causa de la ejecución del proyecto.
Es importante aclarar que adicional a lo descrito anteriormente, se deberá tener en cuenta cada una de las recomendaciones realizadas por la interventoría y por la respectiva Corporación Ambiental durante las visitas de control y seguimiento a la obra. Igualmente, se deberá dar cumplimiento a las observaciones durante las visitas de seguimiento al área del proyecto.
Los incumplimientos de requerimientos socio - ambientales y mineros en la obra por parte del contratista, le dará origen a procesos sancionatorios e imposición de multas de acuerdo con lo establecido en la Ley 1333 de 2009, Decreto Reglamentario 3678 de 2010 y Resolución 2086 de 2010.
Los trámites y permisos ambientales y mineros requeridos para el proyecto deberán obtenerse por el contratista, una vez el contrato de obra sea adjudicado.
PLAN DE ACCIÓN SOCIO - AMBIENTAL EN OBRA
El Plan de Acción Socio - ambiental deberá contener los siguientes capítulos:
CAPÍTULO I: Sistema de Gestión Ambiental
Actividades a desarrollar en la obra.
Identificación y valoración de impactos ambientales. Definición del equipo ambiental.
Definición de responsabilidades
CAPÍTULO II: Plan de implementación de las medidas socio - ambientales
Plano de localización general del proyecto.
Ubicación de las fuentes de materiales y sus permisos de funcionamiento.
Permisos ambientales y mineros de los proveedores de materiales de agregados pétreos y asfalto.
Cronograma de actividades de la obra, que incluya los programas que serán ejecutados para mitigar los impactos generados por cada una.
Relación de equipos y maquinaria por utilizar. Programa de capacitación del personal en obra. CAPÍTULO III: Plan de gestión social en obra
Programación de reuniones informativas (inicial, de avance del proyecto, de finalización del proyecto).
P á g i n a 69 | 85
Estrategias de comunicación y divulgación de la obra.
Estrategias para atención a la comunidad.
CAPÍTULO IV: Plan de Manejo Ambiental
Programa para el manejo de los residuos sólidos (escombros, comunes, peligrosos) y limpieza de obra (Decreto 1713 de 2002 Min. Ambiente, Resolución 541 de 1994 Min. Ambiente.
Programa para el manejo de residuos líquidos, combustibles y aceites.
Programa para el control del ruido (Resolución 627 de 2006 Min. Ambiente, y Resolución 8321 de 1983 Min. Salud), y emisiones atmosféricas (Resolución 541 de 1994 Min. Ambiente).
Programa de uso y almacenamiento adecuado de materiales de construcciones – comunes y especiales– (verificación de certificaciones de compra) y manejo de obras de concreto.
Programa para protección del suelo.
Programa para el manejo de maquinaria y equipos en la obra (Ley 769 de 2002 – Código Nacional de Tránsito).
Programa de prevención de la contaminación en cuerpos de agua y redes de servicios públicos (Decreto 1541 de 1978 Min. Agricultura).
Programa para el manejo adecuado de la vegetación y el paisaje.
Programa de señalización y desvíos (Resolución 1050 de 2004 –Manual de Señalización Vial–; Decretos 173 y 174 de 2001, sobre transporte de carga y pasajeros; Ley 336 de 1996 sobre transporte privado, y Ley 105 de 1993 sobre transporte público).
Programa para la seguridad industrial y salud ocupacional de los empleados de la obra (Resolución 2400 de 1979 –Estatuto de Seguridad Industrial–; Resolución 2413 de 1979 –Reglamento de Higiene para el sector de la construcción–; y Resolución 1016 de 1989 –Programa de Salud Ocupacional–).
Manejo de campamentos y centros de acopio.
CAPÍTULO V: Plan de Manejo de Tránsito
Cuando a ello haya lugar; en caso contrario, documentar el programa de señalización y desvíos.
CAPÍTULO VI: Plan de Manejo Selvicultura y Paisajístico
Este plan se presentará cuando a ello haya lugar. En todo caso, se debe contar con todos los permisos de la autoridad ambiental para poda, trasplante o tala de árboles.
CAPÍTULO VII: Plan de Contingencias
Identificación de riesgos Estrategias de prevención
P á g i n a 70 | 85
Estrategias de control
GESTIÓN SOCIAL
El Contratista deberá establecer un acercamiento directo con la comunidad que se va a beneficiar del proyecto, con él animo de lograr su comprensión, aceptación y colaboración con la obra, y poner en marcha un programa de gestión social, liderado por el personal socio - ambiental.
Actas de Vecindad
Previamente a la iniciación de los trabajos, los residentes de obra, de interventoría y el profesional del área social, suscribirán un Acta de Vecindad con cada uno de los propietarios colindantes, en la cual deberá quedar registrado el estado actual en el que se encuentran las estructuras existentes a lo largo del proyecto lineal, o las colindantes en caso de obras puntuales, acompañadas del respectivo registro fotográfico o de video que se estimen pertinentes. Una vez finalicen las obras se deberá dar cierre a las actas de vecindad levantadas.
Actas de Entorno
Previamente a la iniciación de los trabajos, el residente de obra, el profesional del área social, la interventoría y un representante de la Secretaría de Infraestructura, suscribirán un Acta de Entorno, del lugar donde se realizarán las obras y sus estructuras adyacentes, vías, andenes, zonas verdes y demás estructuras del lugar, acompañadas del respectivo registro fotográfico o de video que se estimen pertinentes. Una vez finalicen las obras se deberá dar cierre a las actas de entorno levantadas.
Reuniones con la Comunidad
El contratista deberá realizar como mínimo una reunión con la comunidad beneficiaria del proyecto, una antes del inicio de la obra, para socializar los trabajos, durante y una al finalizar las obras.
Dichas reuniones deberán ser registradas en forma de acta por el personal del área social y se presentarán a la Interventoría dentro del programa de gestión social. El acta contendrá los temas tratados en la reunión, el responsable, la duración, fecha y listado de los asistentes, con su nombre y teléfono.
Información y Divulgación
El contratista deberá diseñar y ejecutar las estrategias para informar a la comunidad frente al desarrollo de las obras y atender las sugerencias, quejas y reclamos de manera oportuna, brindando la información certera a la comunidad que lo requiera, con los respectivos soportes.
GESTIÓN AMBIENTAL
Manejo de Residuos Sólidos (Escombros, Comunes y Peligrosos)
El contratista se abstendrá de quemar basuras, recipientes o contenedores de material artificial o sintético (caucho, plástico, poliuretano, cartón, papel, etc.); los residuos no podrán llegar directamente a los cursos de agua bajo ninguna circunstancia, y se deberán proveer en los campamentos y frentes de obra, recipientes adecuados para la disposición de basuras (canecas plásticas con tapa, con capacidad de 55 galones).
P á g i n a 71 | 85
Escombros
Los materiales sobrantes provenientes de derrumbes, explanaciones y excavaciones se depositarán en las zonas de depósito oficialmente autorizadas por las autoridades competentes, previamente aprobadas por la interventoría. Los materiales sobrantes no podrán permanecer más de 24 horas en el frente de obra.
Por el incumplimiento de esta disposición, el contratista se hará acreedor a la aplicación de las multas contempladas en el contrato, bien sea que la actividad la desarrolle directamente él o a través de un tercero.
Residuos Comunes y Peligrosos
Deben señalarse acopios para el almacenamiento temporal de residuos sólidos, tanto en el campamento como cada 500 metros lineales del área de construcción, los cuales dispondrán de tres recipientes plásticos con tapa, debidamente marcados con el tipo de material que contienen (ordinario, reciclable y peligroso).
Para la disposición de residuos comunes, el contratista deberá suscribir en lo posible, contrato con la empresa prestadora del servicio de aseo, el cual puede ser exigido por la interventoría en cualquier momento.
Para la disposición de residuos peligrosos se deberá contratar un servicio especial re recolección y entregar copia del contrato suscrito y certificación mensual del volumen de recolección firmada por el prestador del servicio y el usuario que contrata.
Limpieza del frente o zona de los trabajos
Durante el desarrollo de los trabajos, el Contratista deberá mantener en perfecto estado de limpieza la zona de las obras y sus alrededores, para lo cual deberá retirar en forma adecuada, con una frecuencia diaria, escombros, basuras, desperdicios y sobrantes de materiales, de manera que no aparezca en ningún momento una acumulación desagradable y peligrosa de éstos.
Al finalizar cualquier parte de los trabajos, el Contratista deberá retirar de inmediato todo el equipo, construcciones provisionales y sobrantes de materiales que no hayan de ser usados más tarde en el mismo sitio o cerca de él, para la ejecución de otras partes de las obras, y deberá disponer satisfactoriamente, el mismo día, todos los sobrantes y escombros que resulten de las obras.
El contratista deberá contar con la mano de obra y los implementos necesarios para realizar las labores de aseo y limpieza permanente de las vías y áreas, dentro y fuera de la zona demarcada, que se vean afectadas por la ejecución de los trabajos.
El contratista deberá limpiar permanentemente las vías por donde circulan las volquetas para evitar que el material de la obra adherido a las llantas, provoque accidentes en estos sectores, y acondicionar lava llantas en los accesos provisionales para permitir la decantación de sedimentos que provienen del lavado de las volquetas.
Los vehículos que utilice el contratista para transporte de materiales, escombros y material proveniente de las excavaciones, explanaciones y derrumbes deberán tener involucrados en su carrocería, los contenedores o platones apropiados, a fin de que la carga depositada en ellos quede contenida en su totalidad, en forma tal que se evite el derrame, pérdida o escurrimiento de material durante el transporte, y deberá cubrir la carga transportada con el fin de evitar dispersión de la misma o emisiones fugitivas.
P á g i n a 72 | 85
La limpieza y aseo de todas las partes de la obra no tendrá ítem de pago por separado, por lo tanto, el Contratista deberá considerar su costo dentro de los costos indirectos de cada precio unitario pactado en el contrato.
Almacenamiento de Materiales de Construcción (comunes y especiales)
El contratista almacenará y manejará los materiales de acuerdo con la Resolución 541 de 1994, las demás exigencias legales y las recomendaciones del fabricante, teniendo especial cuidado con las sustancias contaminantes del medio ambiente, tóxicas, radioactivas, inflamables o explosivas, manejándolas en la forma más segura de acuerdo con las dimensiones, peso y contenido.
Los materiales de construcción deben ser almacenados de acuerdo con su tipo y las condiciones del fabricante. Los materiales de playa (agregados pétreos y arenas) deben estar separados por tabiques, para lo cual el contratista deberá tener en cuenta la adquisición de teleras, señalizarlos, cubrirlos con plástico calibre mínimo 4, para evitar la dispersión de material partículado.
Manejo del Recurso Hídrico
El contratista deberá proteger los desagües a la red de alcantarillado, del arrastre de materiales que generen colmatación; para tal fin, dispondrá de canastillas plásticas con tapa que se instalarán en los sumideros que se vean afectados por la obra y se deberá realizar una limpieza de éstos cada vez que se requiera.
Las aguas provenientes del lavado de herramientas de trabajo, equipo y maquinaria, limpieza de llantas y partes exteriores de vehículos de transporte de obra, lavado de tanques o recipientes de almacenamiento, los sobrantes de agua utilizados en la elaboración de mezclas de concreto y las aguas lluvias procedentes de patios y zonas libres dentro de la construcción, por su alto contenido de material sedimentable, deberán conducirse a un sedimentador antes de ser descargadas a las fuentes de agua.
Control de los Vehículos y Maquinaria
Cada uno de los vehículos utilizados en la obra deberá tener certificado de emisión de gases y revisión técnico- mecánica, expedido por una empresa autorizada por la Secretaría de Transportes y Tránsito, el cual deberá estar vigente durante la ejecución del contrato. Cada vez que se cambie un vehículo o ingrese uno nuevo, se deberá reportar a la interventoría, con los documentos correspondientes para su aprobación.
La operación y mantenimiento de la maquinaria, y el manejo de combustible y lubricantes se harán en forma tal que se evite el vertimiento de grasas o aceites al suelo o fuentes de agua.
La operación de la maquinaria se deberá hacer en un todo de acuerdo con las recomendaciones del fabricante, y se deberá cumplir con los estándares para ruido, emisión de partículas y gases.
Manejo de la Vegetación y el Paisaje
En caso de que se requiera un programa de arborización para el proyecto se pagará como un ítem de obra, pero el contratista deberá tener en cuenta que todos los tratamientos serviculturales necesarios para el desarrollo de la obra (tala, poda, bloqueo y traslado) deben contar con la autorización de la autoridad ambiental, en forma previa a la realización de los mismos. Este programa deberá realizarse de acuerdo con las especificaciones particulares para la siembra de árboles.
P á g i n a 73 | 85
SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL
Durante la ejecución del contrato, el Contratista proveerá, en todo momento, los recursos que sean necesarios para garantizar la higiene, salubridad y seguridad de todos sus trabajadores, subcontratistas, proveedores y terceras personas, en todas las instalaciones y zonas adyacentes a la obra, y preservará la integridad de todos los bienes del Municipio.
El Contratista impondrá a sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y, en general, a todas aquellas personas relacionadas con la ejecución del contrato, el cumplimiento de todas las condiciones relativas a higiene, salubridad, prevención de accidentes y medidas de seguridad, y los forzará a cumplirlas.
El Contratista será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir no sólo sus empleados, trabajadores y subcontratistas, sino también el personal o bienes del Municipio, el Interventor o terceras personas, resultantes de negligencia o descuido del Contratista, sus empleados, trabajadores o subcontratistas, y de tomar las precauciones o medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del Contratista.
Durante la ejecución del contrato, el Contratista observará todas y cada una de las regulaciones de las autoridades bajo cuya jurisdicción se ejecute el contrato, relativas a seguridad, prevención de accidentes y enfermedad profesional, higiene y salubridad, y en general la normativa en materia de salud y seguridad vigente.
Antes de iniciar el contrato, el Contratista deberá preparar un programa completo con las medidas de seguridad que se tomarán durante la ejecución de los trabajos, y lo someterá a la aprobación del Interventor, quien podrá además ordenar cualquier otra medida adicional que considere necesaria. Este programa debe incluir la elaboración del panorama de riesgos, la definición de las acciones de prevención de los riesgos, el cronograma de actividades en materia de salud ocupacional, la conformación de brigadas de seguridad y primeros auxilios, y la divulgación del reglamento de higiene y seguridad industrial.
Durante la ejecución del contrato, el Interventor podrá ordenar al Contratista cualquier medida adicional que considere conveniente o necesaria para garantizar la prevención de accidentes, y éste deberá proceder de conformidad. Si por parte del contratista existe un incumplimiento sistemático y reiterado de los requisitos de seguridad o higiene, o de las instrucciones del Interventor al respecto, éste podrá ordenar en cualquier momento que se suspenda la ejecución de las obras o de cualquier parte de ellas, sin que el Contratista tenga derecho a ampliación de plazo, y sin perjuicio de la aplicación de las multas a que hubiere lugar por este concepto.
En caso de peligro inminente a las personas, obras o bienes, el Interventor podrá obviar la notificación escrita y ordenar que se ejecuten inmediatamente las acciones correctivas que considere necesarias. En estos casos, el Contratista no tendrá derecho a reconocimiento o indemnización alguna.
Los gastos en que incurra el Contratista por el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene y prevención de accidentes serán por su cuenta, y no tendrá derecho a pago por separado ya que éstos deben incluirse como costos indirectos dentro de cada uno de los precios unitarios del contrato.
Frentes de Trabajo
El contratista deberá garantizar como mínimo OCHO (8) frentes de trabajo con la cuadrilla requerida para garantizar la ejecución de un (1) pozo por cada frente, es decir OCHO (8) pozos diarios.
P á g i n a 74 | 85
Adicionalmente, deberá certificar en el proceso de adjudicación que cuenta con la suficiente capacidad para atender estos frentes y suministrar los materiales que se requieran incluyendo los ocho (8) pozos diarios.
Los frentes de trabajo deben estar dotados con los implementos necesarios para atender emergencias (botiquín básico de primeros auxilios, sin medicamentos).
Demarcación del área de los trabajos
El contratista deberá delimitar el área de trabajo, totalmente y en forma perimetral, para evitar la circulación de personas y vehículos dentro de ella. Cuando se ejecuten trabajos en altura, la demarcación deberá incluir la proyección del área de trabajo sobre el piso.
Los frentes de obra se demarcan mediante cerramiento con malla tipo polisombra, de color naranja, con una altura mínima de 1,50 m., sujeta a balizas o estacones de madera, según el tipo de labores a acometer; cuando se requiera el uso de cinta para demarcaciones pequeñas, ésta será de calibre 5, reflectiva y de color naranja. En obras viales, las balizas deben ser ubicadas cada 5 metros, según lo indica el Manual de Señalización Vial.
Cuando se demarque el área de trabajo y los vehículos sean parte integral del trabajo que se está ejecutando, éstos deberán ubicarse dentro de la demarcación del proyecto.
La demarcación permanecerá todo el tiempo en la obra o en el sitio de su utilización y no se podrá retirar hasta que termine la actividad por la cual se demarcó.
Estas medidas regirán durante la ejecución del contrato, y los daños causados a personas o vehículos por el incumplimiento de las mismas, serán por cuenta y riesgo del contratista.
Capacitación y Entrenamiento del Personal
Antes del inicio de las actividades, el contratista deberá capacitar a todo el personal de la obra, en relación con: los riesgos asociados a cada oficio, prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, uso de elementos de protección personal –EPP–, según el riesgo al que se verá sometido el trabajador y medidas para la protección del medio ambiente. Si la obra tiene un plazo de ejecución superior un (1) mes, la capacitación se debe repetir por lo menos cada 15 días, con una duración mínima de 20 minutos. Esta capacitación se podrá realizar en cada frente de trabajo.
Transporte de Personal, Materiales y Equipos
Los vehículos deben estar en perfecto estado, ofrecer seguridad y ser apropiados para el transporte de personas, materiales y equipos. Este transporte se hará de acuerdo con lo estipulado en los decretos que reglamentan los diferentes servicios de transporte terrestre automotor, acorde con el numeral del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, las leyes 105 de 1993, 336 de 1996, ley 769 de 2002, el Código de Comercio y las reglamentaciones de las autoridades de transporte local, nacional.
Cuando el servicio de transporte sea prestado con vehículos propios del contratista, se considerará que se trata de un transporte privado, por cuanto estará destinado a satisfacer las necesidades de movilización de personas y/o cosas, dentro del ámbito de las actividades exclusivas del contratista; en este caso, deberá acondicionar los vehículos para tal menester y nunca se emplearán máquinas y volquetas, sin acondicionarlas adecuadamente, para el transporte de personal.
P á g i n a 75 | 85
No se permitirán volquetas y camionetas transportando al mismo tiempo materiales y personas en los volcos.
En caso de que el contratista no tenga suficientes vehículos propios para adelantar las actividades objeto del contrato y, por tanto, requiera contratarlos, tanto para el transporte de personas transporte de materiales, estos deberán ser suministrados, previo contrato, por empresas de transporte de servicio público habilitadas por el Ministerio de Transporte según los decretos 173 y 174 de 2001.
Ubicación y Dotación de Campamentos
El contratista, previa aprobación de la interventoría, definirá cuando se requiera, los sitios con sus direcciones, donde van a quedar los campamentos o casetas temporales; éstos se deberán ubicar en sitios despejados de obstáculos, bien drenados, que no ofrezcan peligro de contaminación, como aguas servidas, gases tóxicos o desechos. El campamento deberá contar con botiquín, camilla rígida, extintor y puertas de escape con la adecuada y suficiente señalización, además de tener los recipientes plásticos con tapa para la disposición de residuos sólidos.
Los campamentos deberán tener suficiente aireación y contar con servicio sanitario que cumpla con la Resolución 2400 de 1979, el cual estará debidamente conectado mediante tuberías impermeables, anilladas y selladas en todas sus uniones, a las redes residuales secundarias existentes o a pozos sépticos correctamente diseñados y construidos. El contratista deberá asumir el pago mensual de los servicios públicos que se deriven del funcionamiento del campamento.
Elementos de Protección Personal –EPP–
Todo el personal del contratista deberá estar dotado con elementos de protección personal y colectiva durante el trabajo, de acuerdo con los riesgos a que esté sometido. Los elementos de protección personal deberán ser de materiales de buena calidad, que resistan su uso normal, y deberán ser revisados periódicamente; si se encontrase un daño evidente o desgaste excesivo, deberá ser retirado del servicio.
Los EPP básicos en obra serán cascos, tapabocas, protectores auditivos, gafas protectoras y guantes de carnaza.
En proyectos viales, toda persona que esté en el sitio de las obras, incluidos los visitantes, deberá usar siempre casco de seguridad y chaleco reflectivo.
Para trabajos en altura mayor de 1,50 m, y para excavaciones cuya profundidad sea superior a 1,50 m, los trabajadores deben ser dotados con arnés pélvico completo que vaya a un punto fijo por medio de una línea de vida.
Para trabajos eléctricos se deberán entregar guantes y calzado dieléctrico.
Dotación del Personal de la Obra
Cada trabajador deberá recibir un uniforme que lo identifique como de la obra, botas de caucho o zapatos y capa plástica para protegerse cuando los trabajos se realicen en condiciones leves de lluvia.
Para trabajos en vías, todos los trabajadores deberán recibir chaleco reflectivo, el cual deberá ser usado todo el tiempo mientras el trabajador permanezca en el sitio de los trabajos.
P á g i n a 76 | 85
Todo el personal de la obra, sin excepción, deberá ser carnetizado.
P á g i n a 77 | 85
4. PERSONAL MINIMO REQUERIDO EN LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS OBJETO DE ESTA INVITACIÓN
CARGO | EXPERIENCIA | PROFESIÓN | % DEDICACIÓN |
DIRECTOR DE OBRA | General: Mínimo diez (10) años de graduado como ingeniero sanitario. dicho termino se contara desde la expedición de la tarjeta profesional. Especifica: Mínimo DOS (02) certificados en dirección, de proyectos de saneamiento básico. | UN (01) profesional Ingeniero Ingeniero Sanitario | 100% |
AUXILIAR RESIDENTE | GENERAL: Mínimo UN (01) año de experiencia general en la residencia, supervisión o coordinación de proyectos de Ingeniería y Construcción. dicho termino se contara desde la expedición de la tarjeta profesional. ESPECÍFICA: Mínimo DOS (02) contratos en calidad de residente o residente auxiliar de proyectos de ingeniería y construcción. | DOS (02) tecnólogos en construcciones civiles y /o afines. | 100% |
GESTOR SOCIO- AMBIENTAL | GENERAL: Mínimo TRES (03) años de experiencia general a partir de la expedición del acta de grado. ESPECIFICA: Mínimo TRES (03) certificados en construcción de obras civiles. | UN (01) tecnólogo en ingeniería ambiental y/o saneamiento ambiental | 100% |
ALMACENISTA | GENERAL: Mínimo TRES (03) años de experiencia general. | UN (01) Bachiller, técnico, tecnólogo | 100% |
MAESTRO DE OBRA | GENERAL: Mínimo TRES (03) años de experiencia general. | UN (01) Bachiller, técnico, tecnólogo | 100% |
El proponente deberá presentar las hojas de vida de los profesionales que serán evaluados dentro de los criterios de evaluación de la presente invitación y las hojas de vida de los demás integrantes del equipo de trabajo se le solicitará al proponente que resulte favorecido con la adjudicación.
El Contratista se obliga a mantener al frente de los trabajos, durante el tiempo de ejecución del contrato, al personal profesional establecido, cuyas hojas de vida deberá aportar con la propuesta, será requisito habilitante y someter a la aprobación de la Supervisor designado en forma previa a la iniciación de las obras.
La experiencia general y específica del personal deberá acreditarse mediante certificaciones expedidas por el respectivo contratante, las cuales contendrán, como mínimo, la siguiente información: nombre y descripción del proyecto, cargo ejercido por el profesional, período durante el cual se desempeñó y dedicación (%) en el proyecto.
P á g i n a 78 | 85
ANEXO 3. OFERTA ECONÓMICA
"CONTRATO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCION Y PUESTA EN MARCHA DE SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LA ZONRA RURAL DEL MUNICIPIO DE
RIONEGRO.”
ITE M | DESCRIPCIÓN | UNID AD | CANTIDAD | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL |
1 | Suministro transporte, instalación y puesta en funcionamiento de sistema de tratamiento de aguas residuales prefabricado conformado por las unidades de tanque séptico más filtro anaerobio de flujo ascendente (FAFA) dispuestos de manera integrada, es decir en una sola unidad, con descarga del efluente al suelo o al agua. El item incluye el S.T.I de 12m de tubería PVC S de 4" para conducción del afluente y la disposición del efluente de sistema en el suelo o en el agua. | und | 300,0 | $ | $ |
TOTAL COSTO DIRECTO | $ |
ADMINISTRACION | ||
UTILIDAD | ||
TOTAL A.U. | ||
COSTO TOTAL |
NOTA: El proponente deberá aportar el presupuesto discriminando su A.U
[Firma de representante legal del proponente o del proponente persona Natural] Nombre: [Insertar Información]
Documento de Identidad: [Insertar Información]
P á g i n a 79 | 85
ANEXO 4. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
[Lugar y fecha] Señores:
EMPRESA DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ORIENTE EDESO
Rionegro
Proceso de Contratación [Insertar información]
[Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de] [nombre del Proponente], manifiesto que:
1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y de LA EDESO para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del proceso de contratación [Insertar información].
3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación [Insertar información].
5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación [Insertar información] nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción. En constancia de lo anterior firmo este documento a los [Insertar información] días del mes de [Insertar información] de [Insertar información].
[Firma representante legal del Proponente o del Proponente persona natural] Nombre: [Insertar información]
P á g i n a 80 | 85
ANEXO 5
CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
El suscrito declara que:
Por medio de la presente certifico que ni el suscrito ni “[NOMBRE DE LA ENTIDAD PROPONENTE]”, entidad que represento, se hallan incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993, en el decreto 128 de 1976 y la ley 1474 de 2011 y demás normas sobre la materia, para contratar con la Empresa De Desarrollo Sostenible Del Oriente –EDESO-.
Declaro bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no me encuentro incurso en ninguna de ellas, ni mis socios, ni tampoco la sociedad que represento.
De igual forma declaro bajo gravedad de juramento, que la firma que represento no ha sido objeto de multas y/o sanciones a consecuencia de incumplimientos cualquiera sea su denominación, durante los últimos dos
(2) años
Dado en el Municipio de [Insertar Información], a los días del mes de de 2018.
[Firma de representante legal del proponente o del proponente persona Natural] Nombre: [Insertar información]
P á g i n a 81 | 85
Señores
ANEXO 6
OFICIO DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Invitación Privada
EMPRESA DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ORIENTE EDESO
ASUNTO: Invitación privada N° :::::::: Objeto (Insertar información )
-
Nombre de Proponente: NIT/ C.C:
Dirección: Teléfono:
Correo:
La propuesta se presenta en Sobre (s) sellado (s), en original ( ) y copia ( ) (según corresponda)
P á g i n a 82 | 85
ANEXO 7
MATRIZ DE RIESGOS
Los siguientes son los riesgos asociados a este proceso que la Entidad estima tener en cuenta y se colocan a disposición de los interesados
No | CLASE | FUENTE | ETAPA | TIPO | DESCRIPCIÓN | CONSECUENCIA DE SU OCURRENCIA | PROBABILIDAD | IMPACTO | VALORACION | CATEGORIA | ¿A quién se le asigna? | Tratamiento/ controles | Impacto después de tratamiento | ¿Afecta ejecución del contrato? | |||
Probabilidad | impacto | valoración | Categoría | ||||||||||||||
1 | General | externo | contratación/ejecución | financiero | Los efectos económicos derivados de un análisis insuficiente de los precios para la construcción de las viviendas realizados por el contratista, en cuanto a equipos, transporte, materiales y mano de obra y costos indirectos, contenidos en la oferta económica | suspensione s de obra, terminación sin el cumplimient o | Baja | alto | 2 | improbable | contratista | revisión de precios del mercado | Baja | medio | 1 | raro | si |
2 | General | externo | Contratación | financiero | Efectos económicos derivados por la demora en los trámites para legalización, perfeccionamiento e iniciación de los trabajos. | retrasos en inicio de ejecución | medio | bajo | 2 | improbable | Contratista | fecha de legalización y perfecciona miento incluidos en el cronograma del proceso | Baja | bajo | 1 | raro | no |
3 | General | externo | Ejecución | operacional | Demoras asociadas al ajuste del diseño urbanístico y elaboración de estudios y diseños. Diseños deficientes e incompletos | retraso en la ejecución de las obras, suspensione s y terminación sin cumplimient o | baja | medio | 2 | improbable | Contratista | revisión de los estudios y diseños por parte del contratista de acuerdo con el cronograma planteado | Baja | medio | 1 | raro | si |
P á g i n a 83 | 85
No | CLASE | FUENTE | ETAPA | TIPO | DESCRIPCIÓN | CONSECUENCIA DE SU OCURRENCIA | PROBABILIDAD | IMPACTO | VALORACION | CATEGORIA | A quién se le asigna? | Tratamiento/ controles | Impacto después de tratamiento | Afecta ejecución del contrato? | |||
4 | General | externo | Ejecución | De la naturaleza | Mayor permanencia en la obra, producto de situaciones previsibles como son: Existencia de condiciones climáticas, ambientales o geográficas previsibles que generen retraso, disponibilidad parcial de las edificaciones, dificultades constructivas de cimentación. | retraso en la ejecución de las obras | alta | medio | 3 | posible | Contratista | programació n de obra de acuerdo a información meteorológic a | Medio | medio | 2 | improbable | si |
5 | General | interna | Planeación | operacional | Efecto económico por demora en la radicación y aprobación de las licencias | retraso en la ejecución de las obras | baja | alto | 1 | raro | Contratista | exigencia por parte del contratista con el cronograma planteado | Baja | medio | 1 | raro | si |
6 | General | interno | todas | regulatorio | Imposición de nuevos trámites o permisos, impuestos, cambios en la legislación aplicable | desequilibrio económico | medio | medio | 3 | posible | EDESO Contratista | seguimiento a la dinámica del mercado, estudios de sector | Medio | bajo | 2 | improbable | si |
7 | General | externo | ejecución | De la | Efecto económico derivado de la presencia de zonas inestables, previstas en los estudios y diseños. | retraso en la ejecución de las obras | baja | alto | 1 | raro | Contratista | ajustes a los diseños | Baja | bajo | 1 | raro | si |
8 | General | externo | ejecución | operacional | Limitaciones de medios de acceso y/o transporte de personas, materiales y equipos y/o Deterioro de las condiciones de seguridad y orden público que impidan la ejecución del contrato | retraso en la ejecución de las obras | media | medio | 3 | posible | Contratista | seguimiento a las condiciones sociales, naturales, y de seguridad | Baja | Medio | 2 | improbable | si |
9 | General | externo | ejecución | económico | Reducción de la oferta de mano de obra o incremento de los precios de materiales y/o equipos requeridos para la ejecución del contrato | retraso en la ejecución de las obras | Baja | medio | 1 | raro | contratista | seguimiento a la dinámica del mercado, estudios de sector | Baja | medio | 1 | raro | si |
P á g i n a 84 | 85
10 | General | externo | ejecución | operacional | Incremento en las cantidades de mano de obra y/o materiales por causas imputables al contratista | mayores cantidades de obra | media | bajo | 2 | improbable | contratista | revisión de cantidades y dosificacione s y rendimientos | Baja | bajo | 2 | improbable | no |
11 | General | externo | ejecución | De la | Suspensión o reducción del suministro de energía o agua | retraso en la ejecución de las obras | alta | alto | 4 | probable | contratista | elementos de contingencia | Baja | alto | 2 | improbable | si |
12 | General | externo | ejecución | económico | Variaciones o fluctuaciones en tasas de interés, tasas de cambio o condiciones del mercado que afecten los flujos futuros del contratista | desequilibrio económico | Baja | medio | 2 | improbable | contratista | seguimiento a la dinámica del mercado, estudios de sector | Baja | bajo | 1 | raro | no |
13 | General | interno | ejecución | operacional | Modificación en las condiciones mínimas exigidas de calidad o cambios en las condiciones técnicas | Certificado de no cumplimient o de los requisitos señalados | Baja | medio | 2 | improbable | contratista | cumplimiento de las condiciones mínimas exigidas | Baja | bajo | 1 | raro | no |
14 | General | externo | planeación | administrativo | Inicio de obra sin las licencias, permisos o autorizaciones requeridas para la ejecución | Certificado de no cumplimient o de los requisitos señalados | Baja | medio | 2 | improbable | contratista | Verificar la necesidad de permisos y licencias, evaluando el costo, tiempo y normatividad | Baja | bajo | 1 | raro | no |
Nombre de Proponente: NIT/ C.C:
Dirección: Teléfono:
Correo:
P á g i n a 85 | 85