Contract
EXPEDIENTE 2021/0511-1
MEMORIA JUSTIFICATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DEL CONTRATO DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE NUEVAS LUMINARIAS PARA LA MEJORA DEL ALUMBRADO EXTERIOR PERIMETRAL DE ESTADIO “EXPEDIENTE 2021/0511-1” VINCULADO AL “CONTRATO DE SEDE PARA ALBERGAR PARTIDOS EN SEVILLA, APÉNDICE B” PARA LA CELEBRACIÓN EN EL ESTADIO DE LA CARTUJA XX XXXXXXX DE CUATRO PARTIDOS DE LA FASE FINAL DEL CAMPEONATO DE EUROPA DE FÚTBOL DE LA UEFA 2020, SUBVENCIONADOS MEDIANTE LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA DE 5 XX XXXX DE 2021
Estadio La Cartuja xx Xxxxxxx, S.A. Domicilio Social: Puerta E – 4ª Planta. Isla de la Cartuja - Sector Norte - 41092 Sevilla
Tel: 000 000 000 - Fax: 000 000 000. Inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxxx. Tomo: 3741. Folio: 225. Hoja: SE-27.369. Inscripción 66 ª. C.I.F.: A-41770207
1. ANTECEDENTES. SOBRE LAS CIRCUNSTANCIAS CONCURRENTES EN ESTE CONTRATO INCLUIDO EN LAS ACTUACIONES NECESARIAS RELACIONADAS EN EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE LA UEFA Y ECSSA A EFECTOS DE LA CELEBRACIÓN DE LA UEFA EURO 2020 EN EL ESTADIO DE LA CARTUJA XX XXXXXXX.
La Unión de Federaciones Europeas de Fútbol (UEFA), es el órgano rector del fútbol europeo. Es una asociación de federaciones que cuenta con una organización global que incluye a 55 federaciones nacionales.
Sus objetivos son, entre otros, hacer frente a todas las cuestiones relativas al fútbol europeo; promover el fútbol en un espíritu de unidad, solidaridad, paz, comprensión y juego limpio sin ningún tipo de discriminación política, de raza, religión, género o cualquier otra; salvaguardar los valores del fútbol europeo; promover y proteger los estándares éticos y el buen gobierno del fútbol europeo; mantener relaciones con todas las partes implicadas en el fútbol europeo; y apoyar y salvaguardar a sus federaciones miembro por el bienestar general del fútbol europeo.
La UEFA es una sociedad inscrita en el registro mercantil dentro del marco del código civil suizo. Su sede está ubicada en Nyon (Suiza). Es una confederación continental reconocida por el máximo organismo del fútbol mundial, la FIFA, cuya sede se encuentra en Zúrich (Suiza).
En el desarrollo de sus funciones y competencias organiza cada cuatro años la competición de máximo nivel de fútbol europeo de selecciones nacionales, bajo la denominación UEFA EURO, también conocida popularmente como EUROCOPA.
La UEFA EURO 2020 será la decimosexta edición del torneo europeo de selecciones nacionales. Originalmente se iba a disputar en 2020, sin embargo, el torneo fue pospuesto hasta 2021 debido a la pandemia por COVID-19 que enfrenta la salud pública a nivel mundial desde el primer semestre del año 2020.
Por primera vez, la fase final de la Eurocopa tendrá como sedes a ciudades de 12 federaciones nacionales diferentes del continente, según decisión adoptada en enero de 2013 por el Comité Ejecutivo de la UEFA, para celebrar el 60.º aniversario de esta competición. El organismo continental elaboró unos informes que fueron presentados ante su Comité Ejecutivo, que determinó el 19 de septiembre de 2014, en Ginebra (Suiza), las 12 ciudades que albergarán el torneo, y entre ellas figuraba Bilbao como sede de la fase clasificatoria en la que participa la selección española.
El pasado 21 xx xxxxx, y a pesar del periodo plazo de tiempo que resta para la celebración del torneo, la UEFA rescindió el contrato que suponía la celebración de los encuentros en el Estadio de San Mamés, xx Xxxxxx, de los cuatro partidos de la UEFA EURO 2020. En este sentido, como consecuencia de la decisión de la UEFA de considerar que no se cumplirían los requerimientos precisos para celebrarse en dicha ciudad la competición con normalidad, dada la extraordinaria situación de excepcionalidad ocasionada por la pandemia,
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se abrió la posibilidad de una reubicación en una ciudad española en donde sí pudiera ser posible la celebración de esos cuatro partidos que iban a jugarse en Bilbao, ( los tres de la fase de grupos de la selección española dentro del grupo E y uno de octavos de final).
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En este sentido no fue hasta el 16 xx xxxxx de 2021 cuando se firma una declaración de intenciones entre el Consejo Superior de Deportes, en representación del Gobierno de España, por la Junta de Andalucía, el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) así como por Estadio de la Cartuja xx Xxxxxxx, Sociedad Anónima, (ECSSA1), teniendo por objeto comprometerse a contribuir en el marco de las competencias y fines sociales de cada una, respectivamente, a que se pudieran reubicar los partidos en Sevilla, si bien de forma condicionada a la suscripción de determinados compromisos con la UEFA por cada una de estas Administraciones y entidades.
De este modo, se daba el primer paso para que la ciudad xx Xxxxxxx aspirase a albergar cuatro partidos de la Eurocopa de Naciones, y en concreto se proponía por las Administraciones Públicas firmantes de dicho acuerdo, las cuales algunas ostentan representación en el Consejo de Administración de esta sociedad, y que estos partidos se celebrasen en concreto en el estadio de la Cartuja cuya gestión, explotación y mantenimiento corresponde a esta entidad.
Posteriormente, el Comité Ejecutivo de UEFA reunido el pasado día 23 xx xxxxx de 2021 en Nyon (Suiza) ha decidido que sea Sevilla, concretamente el Estadio de La Cartuja, en lugar xx Xxxxxx, la sede española para la próxima UEFA EURO 2020 de selecciones nacionales de fútbol, que se celebrará del 11 xx xxxxx al 11 de julio de 2021, para lo cual ha sido necesaria la suscripción de una serie de compromisos entre distintas Administraciones y entidades expuestas como se ha expuesto.
En lo que se refiere a ECSSA, como operador y propietario del Estadio, le correspondía la suscripción de un documento denominado como “Sección B documento 7 contrato del estadio”.
De dicho documento surgen las necesidades de contratación a satisfacer en el presente procedimiento cuyo inicio se propone. En concreto se propone la apertura del procedimiento a efectos de proceder a la contratación de SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE NUEVAS LUMINARIAS PARA LA MEJORA DEL ALUMBRADO EXTERIOR PERIMETRAL DE ESTADIO,
dado que ésta es una de las actuaciones relacionadas en el punto 8, Ámbito INFRAESTRUTURAS TÉCNICAS y Asunto ILUMINACIÓN, del apéndice B del documento mencionado al que se remite el apartado 4.1 del CONTRATO DE SEDE.
Es decir, la presente contratación, satisfará la necesidad de acometer una de los suministros necesarios relacionados en el contrato de sede para el estadio, a fin de poder albergar esos partidos de primer nivel. Ello unido a la obsolescencia normal de la instalación, la cual ha cumplido más de 20 años, justifican aún más inversiones. Cumple mencionar además que la sociedad ha carecido tradicionalmente de los recursos para ello en el pasado, siendo esta una oportunidad además añadida para que el estadio sea devuelto al estado de excelencia que tuvo en el momento de su inauguración.
A estos efectos, se llevó a cabo una sesión del Consejo de Administración el día 27 xx xxxxx de 2021 por el cual se consideró, por mayoría del Consejo de Administración, que no podrían acordarse la suscripción del documento denominado como “Sección B documento 7 contrato del estadio” con la UEFA hasta disponer de los fondos necesarios para afrontar los gastos, y por ello se acordó la solicitud de una subvención excepcional a la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, en donde se detallaban los importes específicos de cada una de las actuaciones necesarias, una vez que la UEFA determinó los requisitos necesarios para llevar a cabo la celebración de los partidos.
1 Previa deliberación de su Consejo de Administración.
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Dicha solicitud, aprobada previamente por el Consejo de Administración, se recogían pormenorizadamente todas las actuaciones requeridas por importe de 5.446.000 euros. En este sentido, dada la inexistencia de bases reguladoras específicas, y de conformidad, con lo dispuesto en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, pues se acreditaban razones de interés público, social, económico justificado el día 5 xx xxxx de 2021, mediante Orden del Excmo. Señor Consejero de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía se otorga la subvención excepcional de 4.956.000,00 euros, para la financiación de obras de adecuación y adaptación del Estadio de la Cartuja xx Xxxxxxx y costes operacionales como sede para la celebración de diferentes partidos de la UEFA EURO 2020, estableciéndose una relación detallada de los conceptos subvencionados.
Una vez otorgada la subvención, y dada la premura para acometer en el menor plazo de tiempo todas las actuaciones, ese mismo día se lleva a cabo un nuevo Consejo de Administración de ECSSA que tiene como orden del día entre otros puntos con relación a la contratación necesaria informar de la necesidad de la suscripción de un Convenio con la RFEF, en su carácter de representante de la UEFA, en materia de asistencia técnica a efectos de asesoramiento en la contratación en expedientes vinculados al documento “Sección B documento 7 contrato del estadio” únicamente para aquéllos caso en que sea necesario. Por otro lado, se informa al Consejo de Administración a efectos de que por parte de éste se acuerde las actuaciones a efectos de dar desde el primer momento la máxima publicidad a la contratación que ha de ser llevada a cabo. Asimismo se eleva informe justificativo de utilización del Procedimiento Mínimo a los que se refiere el apartado 10.3 de las Instrucciones de Contratación aprobadas por el Consejo el 21 xx xxxxx de 2018, bien por razón de urgencia dado que existen actuaciones que si se realizaren conforme a los plazos del procedimiento ordinario no podrían ejecutarse antes de la celebración de los partidos si bien no obstante garantizando, en la medida de lo posible, los principios de publicidad, concurrencia e igualdad. O bien utilizar este procedimiento por razones de exclusividad o por razones técnicas, sólo en aquellos casos que no sea no siendo posible la concurrencia, siempre que quede justificado debidamente en el expediente.
El 5 xx xxxx de 2021 se aprueba por el Consejo de Administración llevar cabo las obras con cargo al presupuesto aprobado por la subvención excepcional otorgada ese mismo día.
El día 6 xx xxxx finalmente se ha suscrito el documento “Sección B documento 7 contrato del estadio”.
2. OBJETO DEL CONTRATO. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LAS NECESIDADES DE LA CONTRATACIÓN CON RELACIÓN AL DOCUMENTO “SECCIÓN B DOCUMENTO 7, CONTRATO DEL ESTADIO [CONTRATO DE SEDE]”.
El objeto del presente contrato es la contratación de SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE NUEVAS LUMINARIAS PARA LA MEJORA DEL ALUMBRADO EXTERIOR PERIMETRAL DE
ESTADIO, recogido en el punto 10, Ámbito INFRAESTRUTURAS TÉCNICAS y Asunto ILUMINACIÓN, de la “Sección B documento 7 contrato del estadio” [CONTRATO DE SEDE], y relacionado en la partida 15 de INVERSIONES de la Orden de 5 xx xxxx de 2021 de concesión de la subvención excepcional de la Consejería de Educación y Deporte.
La actuación consiste en los suministros e instalación recogidos en la Memoria Descriptiva y Técnica de los requerimientos del contrato, que se adjunta como Pliego de Prescripciones Técnicas, que forma parte integrante de la presente memoria.
3. INSUFICIENCIA DE MEDIOS.
Conforme a lo expuesto en el apartado 1 anterior, la sociedad ECSSA no cuenta con los medios humanos ni técnicos para llevar a cabo las funciones descritas en el punto anterior, objeto
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del contrato, por lo que es necesario el concurso de empresas del sector que lleven a cabo estas actuaciones con garantías.
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4. SEGUIMIENTO Y CONTROL.
Se propone designar a D. Xxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxxx como responsable del seguimiento y control de las actuaciones que constituyen el objeto del contrato, y aquellas que se deduzcan de las estipulaciones del mismo, con objeto de garantizar su adecuada ejecución y la notificación que corresponda a la empresa adjudicataria del contrato.
5. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
El procedimiento elegido para la presente contratación es el del apartado 10.3 b) de las Instrucciones por razón de la urgencia.
Se estima adecuada la utilización del presente procedimiento dado que se cumplen los requisitos determinados en dichas Instrucciones aprobadas por el Consejo el 21 xx xxxx de 2018. Así se estima de imposible ejecución si se tramitare por los procedimientos ordinarios, la urgencia y extraordinariedad de las circunstancias se acreditan dada las fechas en las que el propio Consejo ha aprobado las actuaciones a realizar el 5 xx xxxx de 2021, y teniendo en cuenta el plazo de ejecución previsto en el apartado nº 6 de esta memoria, su ejecución resultaría imposible si no acudiéramos a este procedimiento. No obstante, y de acuerdo los principios que inspiran la contratación de los poderes no adjudicadores que no tienen la condición de Administración Pública recogidos en los arts. 321 y ss. de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público se ajustarán a efectos de garantizar la debida publicidad, concurrencia e igualdad de trato a los licitadores.
Desde publicación del acuerdo de inicio se abre fase de presentación de ofertas pudiéndose remitir ofertas remitir al correo electrónico xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xx
De las ofertas recibidas se realizará por el órgano de contratación, de acuerdo con los requerimientos señalados en el apartado 2 de esta memoria un informe propuesta, de tal modo que se justifique que conforme al presupuesto de la presente licitación cuál es la oferta que en mayor medida cumple con el artículo 145.4 de la LCSP, teniendo en cuenta como criterios de adjudicación aquellos que permitan obtener los suministros de equipamientos y servicios de instalación de gran calidad siempre que respondan lo mejor posible a las necesidades de contratación. Para ello se modulará el criterio precio, si bien hasta el límite en las ofertas económicas de manera que no se desvirtúe la calidad de la propuesta ofertada.
Acto seguido se realizará la adjudicación de contrato por el órgano competente y se procederá a la notificación por correo electrónico bastando ello para su formalización.
6. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución se iniciará al día siguiente de la formalización del contrato, con fecha final de ejecución anterior al 5 xx XXXXX.
Lugar de ejecución: Estadio La Cartuja xx Xxxxxxx.
7. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
En el cálculo de los costes se ha atendido a los criterios establecido en el art. 100 LCSP. El precio máximo de licitación será de OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (85.000,00 €), excluido el 21 % de I.V.A. y demás impuestos legales.
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8. CERTIFICACIÓN DE EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
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Existe crédito tras la concesión de la subvención a la que hacíamos referencia. De este modo, los gastos generados por el presente contrato se imputarán a la partida correspondiente, sin que pueda sobrepasar el importe máximo.
En Sevilla, a 11 xx xxxx de 2021.
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
MEMORIA Y PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL SUMINISTRO E INSTALACIÓN SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE NUEVAS LUMINARIAS PARA LA MEJORA DEL ALUMBRADO EXTERIOR PERIMETRAL DE ESTADIO EN EL ESTADIO DE LA CARTUJA XX XXXXXXX
1. ANTECEDENTES.
La iluminación exterior del Estadio La Cartuja Sevilla, es una iluminación realizada en el año 1999, año de inauguración del Estadio. Las luminarias instaladas son del modelo Traffic-Vision xx Xxxxxxx, con equipo electromagnético y lámpara de SON (Sodio Alta Presión) de 250 w. Con un consumo por punto de Luz de casi 290 w.
El total de puntos de luz son 178, distribuidos en:
‐ Viales, con 3 tipos de secciones diferentes.
‐ Accesos al estadio.
‐ Puerta acceso Vehículo.
‐ Parking.
‐ Zonas Verdes.
2. ACTUACIÓN.
La actuación en la instalación, está motivada por un lado por el deterioro de la misma debido a los 22 años de antigüedad, por el ahorro y la eficiencia energética, y por necesidades lógicas de seguridad para los asistentes, ya que la actual instalación no alcanza los mínimos requeridos para los accesos de este tipo de instalaciones. Esta necesidad ha sido requerida tanto por la Federación y la UEFA, como por la Policía, al consideran no seguros el perímetro exterior, por la deficiente iluminación
Por ello iremos a una instalación con tecnología LED’s y control y gestión inteligente del alumbrado por la necesidad de iluminar el perímetro del estadio y mejorar con ellos la eficiencia energética. Se diseña por tanto, una instalación con tecnología LED’s y control y gestión inteligente del alumbrado.
3. INVENTARIO ACTUAL
De acuerdo a los datos proporcionados la instalación de alumbrado exterior del Estadio La Cartuja Sevilla, cuenta en la actualidad con 178 luminarias, recogidas en un único cuadro de mando y control.
Inventario de los puntos de luz alumbrado e iluminación exterior (PL) | |||||
Nº LUMINARIAS | Tipo de luminaria | Tipo de lámpara | Potencia lámpara (W) | Potencia equipo auxiliar (W) | Potencia total (kW) |
178 | TRAFFIC‐VISION | VSAP | 250 | 37,50 | 51,175 |
4. CONSUMO ENERGÉTICO ACTUAL
Para determinar el consumo energético actual se consideran 4.300 horas de funcionamiento anual y se tiene en cuenta el consumo de los equipos auxiliares de las lámparas:
Nº LUMINARIAS | 178 |
POTENCIA INSTALADA (kW) | 51,18 |
CONSUMO ACTUAL (kWh) | 220.052,5 |
5. CONSUMO ECONÓMICO ACTUAL
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Para calcular el consumo económico actual podemos considerar un precio del kWh de 0,16 € IVA incluido que se ajusta al consumo de un alumbrado público con tarifa 2.1. DHA y potencia contratada ajustada a la instalada:
CONSUMO ECONÓMICO ANUAL: 220.052,5 kWh/año x 0,16 €/kWh = 35.208,40 €/año
6. ACTUACIONES PROPUESTAS
Se propone la sustitución de las luminarias viales, por luminarias LED con potencia total del conjunto de la luminaria en torno a los 75 kW
Todas las luminarias ofertadas contarán con driver programable y estarán diseñados específicamente para aplicaciones de exterior donde es necesario equipos de larga duración, elevada flexibilidad y control de alumbrado. Estos equipos deben permitir maximizar el ahorro energético, minimizar el mantenimiento y regular el flujo de las luminarias mediante una regulación flexible adecuada a cada aplicación con el fin de mantener unos niveles de iluminación mínimos sin comprometer la seguridad.
Para el control de la iluminación, usaremos el sistema de gestión de la iluminación, el cual deberá integrarse en el actual sistema de control de instalaciones xxx xxxxxxx, actualmente con sistema Xxxxxxx Control. Adicionalmente el sistema deberá cumplir:
Puesta en marcha automática
Las luminarias deben contactarse automáticamente al sistema de control y a su software una vez instaladas, no requiriéndose ninguna acción por parte del operario.
Ubicación automática
Las luminarias se ubican automáticamente mediante la solución GPS integrada o sistema análogo, con los datos de todos los activos.
Carga de datos automática
Todos los datos de las luminarias se actualizan directamente en el sistema.
7. POTENCIA INSTALADA Y CONSUMO ENERGÉTICO PROPUESTO
ACTUAL | PROPUESTA | AHORRO | % | |
POTENCIA INSTALADA (kW) | 51,175 | 13,528 | 37,647 | 73,57% |
CONSUMO TEÓRICO (kWh) | 220.052,50 | 40.719,28 | 179333,22 | 81,50% |
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8. INVENTARIO DE LA ACTUACIÓN
CAMBIO DE 178 LUMINARIAS LOCALIZADAS EN LOS PUNTOS ACTUALES E INSTALACIÓN DE SISTEMA DE CONTROL
9. CARACTERÍSTICAS GENÉRICAS DE LA LUMINARIA
• Materiales: Carcasa de aluminio inyectado a alta presión; Cierre xx xxxxxx plano templado. Color: Gris 900
• Cierre: Vidrio plano
• Sistema de montaje: Spigot universal reversible Post-top 32-48, 48-60 y 76mm. Entrada lateral 48-60, para entrada lateral.
• Inclinación Post top en pasos de 2,5º de 0-10º. Inclinación entrada lateral en pasos de 2,5º de -10°-0º
• Fuente de luz: Módulo LED integrando PCB y ópticas, LED OSLOM de Osram o equivalente.
• Flujo: 11160 lm
• Consumo: 86 W
• Eficacia: 130 lm/W
• Vida útil: a Ta 25ºC mínimo 100000 horas
• Temperatura de color: 4000 K.
• Índice reproducción cromática Superior a 70 u 80.
• Ópticas: DM50.
• Tensión de alimentación al driver 220-240V
• Frecuencia de alimentación al driver 50/60Hz
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EXPEDIENTE 2021/0511-1
• Posibilidad de regulación: Si
• Configuraciones de control: Posibilidad de seleccionar cualquier de las siguientes opciones de control, para satisfacer las necesidades xxx xxxxxxx:
− protocolo XXXX
− regulación autónoma al menos 5 pasos
− comandable por hilo de mando y/o regulación en cabecera
− regulación y control desde el cuadro
− telegestión por comunicación GRPS
− flujo de luz constante (CLO), o flujo de luz ajustable (ALO)
• Protección contra sobretensiones Protección contra sobretensiones 10kV, montado en serie
• Clase eléctrica Clase I y clase II
• Temperatura de funcionamiento -40ºC a +50ºC.
• Sistema de control de temperatura Incorporado al driver
• Grado de protección IP 66.
• Grado de protección IK 10.
• Peso aproximado 9,5 Kg
• Superficie de resistencia al viento (Scx) 0,017 m2 (entrada lateral) 0,021 (post top)
• Marcado CE Si
• Marcado ENEC Si
10. CÁLCULOS
La empresa licitadora deberá entregar un cálculo lumínico y fotométrico completo de la simulación de la luminaria seleccionada según la distribución de la misma en el perímetro y la superficie a cubrir, garantizando la homogeneidad del flujo y el mínimo de luxes exigibles.