CONTRATO DE EDICIÓN E IMPRESIÓN
CONTRATO DE EDICIÓN E IMPRESIÓN
QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD JUÁREZ DEL ESTADO DE DURANGO, REPRESENTADA POR EL C.P.C. Y M.I. XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX Y EL M.I. XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE RECTOR Y SECRETARIO GENERAL RESPECTIVAMENTE, A TRAVÉS DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA Y TERAPIA DE LA COMUNICACIÓN REPRESENTADA POR SU DIRECTORA, LA DRA. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX A QUIENES EN ADELANTE SE LES DENOMINARÁ “LA UNIVERSIDAD” Y POR LA OTRA, EDITORIAL TRILLAS, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL LIC. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “EL EDITOR”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I.- Declara “LA UNIVERSIDAD”:
I.1.- La Universidad Juárez del Estado de Durango es una Institución Pública, Autónoma y dotada de plena capacidad jurídica, para celebrar convenios con otras instituciones, encaminadas a su finalidad educativa y para tratar y convenir con toda clase de autoridades, cuanto fuere útil o necesario para el mejor logro de los fines de “LA UJED”, que básicamente consiste en impartir la educación, realizar investigación científica y fomentar y difundir la cultura, lo anterior con fundamento en los artículos 1 y 2 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica de la Universidad Juárez del Estado de Durango.
I.2.- Que tiene capacidad para celebrar convenios con otras instituciones nacionales o extranjeras, encaminadas a lograr su finalidad sustantiva y para tratar y convenir con toda clase de autoridades y personas cuanto fuere útil o necesario para el mejor logro de los fines de la institución de acuerdo al artículo 6 fracción V de la Ley Orgánica de la Universidad Juárez del Estado de Durango.
I.3.- Que la misma fue creada mediante decreto No. 101 de fecha 21 xx xxxxx de 1957 y reformada mediante decreto No. 361 de fecha 30 xx xxxxx de 1962 y decreto No.7, de fecha 7 de octubre de 2010 y se rige por la Ley Orgánica de la Universidad Juárez del Estado de Durango y Reglamento General que determinan su organización, sus obligaciones y derechos. Ley que fue reformada y publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango, el día 15 xx xxxxxx de 2013.
I.4.- Que el C. P.C. Y M.I. XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, mediante sesión del H. Consejo Universitario de fecha 14 de Diciembre de 2012, fue electo como Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxxxx, para el periodo 2012-2018, mediante acta protocolizada número 14,285, volumen 232, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Público Número 22, C. Lic. Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxx, asistido por el M.I. XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX, quien fue designado Secretario General, mediante
nombramiento de fecha 14 de Diciembre de 2012, expedido por el Rector, cuyas funciones las especifica el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Universidad Juárez del Estado de Durango.
I.5.- Que de conformidad con los artículos 31 y 33 fracción XII de la Ley Orgánica de la Universidad Juárez del Estado de Durango el Rector es el Representante Legal, manifestando bajo su más estricta responsabilidad que hasta la fecha no le ha sido revocado dicho nombramiento y que tiene facultad para suscribir el presente instrumento.
I.6.- Que señala como domicilio legal el ubicado en: XXXXXXXXXXXX #000 XXX, XXXX XXXXXX, X. X. 00000, XXXXXXX, XXXXXXX.
I.7.- Que su clave de inscripción en el R.F.C. ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria es UJE570321HB0.
I.8.- Que ostenta la titularidad de los derechos de la obra literaria denominada:
PERSPECTIVAS EN LA PSICOLOGÍA DEL DEPORTE, INVESTIGACIÓN Y
APLICACIONES, misma que en lo sucesivo se denominará “La Obra”.
I.9.- Que desea producir la Obra en forma de libro, para lo cual está de acuerdo en establecer el presente instrumento legal.
II. “El Editor” declara:
II.1.- Que es una persona moral legalmente constituida y que acredita su personalidad jurídica con la escritura pública número 1837, de fecha 29 xx xxxxx de 1982, protocolizada ante el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Notario Xxxxxxx, xxxxxx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, y debidamente inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo el número ETR 820329 K89, y que dentro del objeto social para el que está legalmente constituida se incluye la edición, distribución y comercialización de libros, fascículos y otros medios de comunicación.
II.2.- Que el Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx se encuentra legalmente facultado para contratar como se estipula en la escritura pública número 19376, de fecha 7 de julio de 1988, protocolizada ante el Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
II.3.- Que tiene como domicilio legal el ubicado en Av. Río Churubusco 385, colonia Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X.
Que su Registro Federal de Contribuyentes es: ETR820329K89.
III. “LAS PARTES” declaran:
Única: Que se reconocen la personalidad con que se ostentan cada una de ellas y acuerdan voluntariamente sujetarse a lo establecido en el presente contrato, con base en las siguientes:
C L Á U S U L A S
Primera. Objeto. | AMBAS PARTES acuerdan que el objeto del presente contrato es la edición, publicación y encuadernación de La Obra. |
Segunda. Vigencia. | Ambas partes acuerdan que el objeto anterior tendrá como vigencia a partir de la fecha de firma del presente instrumento legal y hasta el cabal cumplimiento del mismo, mismo que no excederá de lo previsto en la cláusula Décima. |
Tercera. Edición. | La universidad está de acuerdo en que El Editor queda facultado para corregir el texto de La Obra si lo requiere, previa aprobación de la Universidad. |
Cuarta. Primera opción. | La Universidad está de acuerdo en que El Editor tendrá la primera opción para reproducir La Obra si ésta tiene un adecuado comportamiento de venta. |
Quinta. Tiraje. | Ambas partes están de acuerdo en que el tiro (número de ejemplares) de la producción de La Obra será de 1000 (mil) ejemplares. Ambas partes acuerdan que: en el caso de ejemplares faltantes y no se complete el tiro, se descontarán a precio de costo unitario; y en el caso de sobrantes El Editor podrá usarlos para promoción o donación a bibliotecas de escasos recursos sin pago de regalías. |
Sexta. Características. | AMBAS PARTES acuerdan que La Obra se producirá de conformidad con las siguientes características: Formato: 23 x 30 cm Núm. pág.: 112 aproximadamente Papel interior: Bond 90 g Portada: cartulina sulfatada 230 g Tintas interior: 4/4 Impresión portada: 4/0 más barniz Encuadernación: espiral. |
Séptima. Precio. | AMBAS PARTES acuerdan que el precio de venta total de la producción de La Obra será de $334,020.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL VEINTE PESOS 00/100 M.N.). |
Octava. Forma de pago. Novena. Facturación. | AMBAS PARTES acuerdan que el pago por la producción de La Obra será de la siguiente manera: $83,505.00 a la firma del contrato. $83,505.00 a la entrega de dummys. $167,010.00 al imprimirse los ejemplares. LA UNIVERSIDAD podrá realizar los pagos arriba indicados, en las cuentas de EL EDITOR, en los siguientes bancos: BANAMEX: cuenta: 7956125, Xxxxx Xxxxxx, X.X., Xxx. 000, CLABE 002-180-09587956125-0 SANTANDER: cuenta: 51500365703, Xxxxx Xxxxxx, X.X., Xxx. 00, CLABE 014-180-051500365703-9. BANORTE: Cuenta: 00000,Xxxxx Xxxxxx, X.X. CLABE: 072-180-00002672383-7. BANCOPPEL: Cuenta: 7956125, Xxxxx Xxxxxx, X.X., Xxx. 0000, CLABE: 137180220000018254. Bancomer: Cuenta. 0443361152, Xxxxx Xxxxxx, X.X., Xxx. 0000, CLABE: 012-180-00443361152-7. El Editor entregará a La Universidad la factura correspondiente al objeto del presente contrato, al confirmar el pago final indicado en la cláusula anterior. |
Décima. Visto bueno de Impresión. | El Editor informa y La Universidad queda enterada que los ejemplares motivo del presente contrato quedarán impresos y listos para su venta dentro de los dos meses siguientes a partir de la aprobación de las últimas pruebas por parte de La Universidad. |
Undécima. Entrega de Ejemplares. Duodécima. Jurisdicción | EL EDITOR entregará los ejemplares en el domicilio de la Universidad o en el lugar que ésta le indique de manera oficial y por escrito. Las partes convienen expresamente en sujetarse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, así como a la Legislación Mexicana en Materia Mercantil, para todo lo relativo a interpretación y cumplimiento |
del presente instrumento, renunciando al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
Estando capacitadas las partes contratantes y declarando que en el presente instrumento no existe error, dolo, mala fe, lesión ni causa alguna que lo invalide, lo firman por cuadruplicado ante dos testigos, a los 12 días del mes de febrero del año 2016, quedando una copia del mismo en poder de cada una de las partes.
POR LA UNIVERSIDAD C.P.C. Y M.I. XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX RECTOR M.I. XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX SECRETARIO GENERAL DRA. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX DIRECTORA DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA Y TERAPIA DE LA COMUNICACIÓN | POR EL EDITOR LIC. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX DIRECTOR GENERAL LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXX TESTIGO LIC. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX |