Contract
PLIEGO DE CONDICIONES MÍNIMAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL CONTRATO MENOR DE SERVICIOS: “TRABAJOS CARTOGRÁFICOS PARA LA REDACCIÓN DEL PGO”
1. Objeto y calificación del contrato:
1.1.- Constituye el objeto de este contrato el servicio consistente en la elaboración de: “TRABAJOS CARTOGRÁFICOS PARA LA REDACCIÓN DEL PGO”, conforme a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se adjunta al presente como Anexo III.
2. Régimen Jurídico:
2.1.- La contratación a realizar se califica como contrato de servicios de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 19 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), quedando sometida a dicho Texto Refundido, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001 (Reglamento General de la LCAP), en tanto continúe vigente, o a las normas reglamentarias que le sustituyan, y a las cláusulas contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares. Su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este pliego, y para lo no previsto en el mismo, serán de aplicación el TRLCSP, quedando sometido a dicho Texto Refundido, así como al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009, o a las normas reglamentarias que les sustituyan, y a las cláusulas contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, así como en el de prescripciones técnicas que forma parte del expediente y tienen carácter contractual; Real Decreto 773/2015, que modifica Real Decreto 1098/2001; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y, en cuanto no se opongan, las restantes normas de Derecho Administrativo, y en su defecto, las normas de derecho privado.
2.2.- El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
2.3.- En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas.
3. Órgano de contratación
3.1.- El órgano de contratación, que actúa en nombre del Ayuntamiento xx Xxxxxx, es la Concejalía Delegada de Contratación Pública de la Corporación.
3.2.- El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
3.3.- Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
4. Acreditación de la Aptitud para contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica.
1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará:
1.1-. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
1.2-. De los empresarios que fueren persona físicas mediante fotocopia del Documento Nacional de Identidad y acreditación de estar dado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente.
1.3-. De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
1.4-. De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
2.1.- Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
2.2.- Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario: los licitadores deberán acreditar su solvencia económica financiera y técnica
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes.
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente].
3.2. En cuanto a la solvencia técnica o profesional, deberá de acreditarse por uno o varios de los siguientes
medios:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad.
e) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
f) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
g) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
Como quiera que estas condiciones mínimas se han habilitado a modo xx xxxxxx de condiciones económico administrativas específicas para los contratos menores, y con el fin de no desvirtuar con innecesarios requisitos este tipo de contratos y de conformidad con el art. 54 del RDL 3/2011 de 14 Nov. (Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público), que exige a las empresas adjudicatarias capacidad de obrar y contar con la habilitación profesional, se considera, sin perjuicio de los apartados precedentes, se cumple este requisito con la presentación de informe de entidad de crédito que así lo acredite o mediante certificación de cualquier administración pública de ejecución de servicios de igual o similar naturaleza, o con informe de órgano o servicio competente, de buena ejecución.
5. Plazo de ejecución:
La duración máxima de los trabajos y prestaciones objeto de servicio se fija en 2 meses a contar desde la adjudicación del contrato.
6. Contenido del Documento Técnico.
Se ajustará, en su contenido y forma, a lo dispuesto y especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se adjunta como Anexo III.
7. Presupuesto de licitación:
El presupuesto máximo de licitación asciende a 17. 950, 00Euros + IVA.
8. Criterios de adjudicación:
El criterio de adjudicación del contrato será único, el precio, siempre que las ofertas presentadas respondan a las características técnicas de este contrato. En caso contrario, la oferta no será admitida, previo informe del servicio técnico municipal.
La puntuación que resuelva este contrato se encontrará integrada por un máximo de 100 puntos: El reparto de la asignación de puntos obedecerá a la siguiente fórmula aritmética:
1 ) De 0 a 100 puntos,
Se asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula: P= (pm x mo)/O, donde “P” es la puntuación, “pm” es la puntuación máxima, “mo” es la mejor oferta y “O” es el valor cuantitativo de la oferta que se valora.
9. Plazo de Presentación
9.1.- Las ofertas se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento xx Xxxxxx (de lunes a viernes en horario de 9,00h. a 14,00h., C/ Xxxxxxx Xxxxxxx s/n – Llanes - o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 5 DÍAS HÁBILES contados desde el día siguiente a la fecha de invitación para contratar que podrá llevarse a cabo por cualquier medio admitido en derecho, email incluido, siempre que quede constancia de su recepción por el interesado, o, en su caso, de la publicación de promoción pública de ofertas.
Las ofertas para tomar parte en la negociación se presentarán en sendos sobres cerrados e independientes y nombrados respectivamente en su exterior: “SOBRE A” y “SOBRE B”; firmados respectivamente por el candidato, con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, conforme a las siguientes instrucciones:
1º. La documentación a incluir en cada sobre serán los documentos originales o copias autentificadas, conforme a la legislación en vigor.
2º. “SOBRE A”: se presentará con expresión de la siguiente leyenda en su exterior: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. CONTRATO MENOR DE SERVICIOS “TRABAJOS CARTOGRÁFICOS PARA LA REDACCIÓN DEL PGO” CON/15/2018”
Dentro del sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos (se optará por uno de los siguientes dos “supuestos”):
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
[SUPUESTO A) APORTACIÓN INICIAL DE DOCUMENTACIÓN MEDIANTE DECLARACIÓN RESPONSABLE]
a) Declaración Responsable del candidato indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. ANEXO II
[SUPUESTO B) APORTACIÓN INICIAL DE DOCUMENTACIÓN CONFORME AL ARTÍCULO 146.1 DEL
TRLCSP]
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
e) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones
g) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
3º. “SOBRE B”: se presentará con expresión de la siguiente leyenda en su exterior:”OFERTA ECONÓMICA. CONTRATO MENOR DE SERVICIOS “TRABAJOS CARTOGRÁFICOS PARA LA REDACCIÓN DEL PGO” CON/15/2018
-Oferta económica:
Se presentará conforme al ANEXO I.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax (nº 000000000) o telegrama, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario del Ayuntamiento. Sin la concurrencia de ambos requisitos (la justificación del envío y el anuncio al órgano de contratación, en las formas establecidas en el apartado anterior), no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos 10 días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, ésta no será admitida.
Los interesados podrán examinar el pliego y documentación complementaria en las oficinas señaladas en el anuncio de licitación del tablón de edictos.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
La presentación de la proposición se deberá realizar en una sola de las dependencias administrativas de entre las varias que existan para poder llevarla a cabo, rechazándose en caso contrario todas las presentadas por el licitador.
Los interesados habrán de presentar sus ofertas referidas a la totalidad del objeto del contrato.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. (Art. 145.3 TRLCSP)
Los interesados podrán examinar el pliego y documentación complementaria en las oficinas señaladas en el anuncio de licitación del tablón de edictos.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
La presentación de la proposición se deberá realizar en una sola de las dependencias administrativas de entre las varias que existan para poder llevarla a cabo, rechazándose en caso contrario todas las presentadas por el licitador.
Los interesados habrán de presentar sus ofertas referidas a la totalidad del objeto del contrato.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. (Art. 145.3 TRLCSP)
10. Adjudicación:
El órgano de contratación procederá a la apertura de los dos sobres presentados por los licitadores (“SOBRE A” y “SOBRE B”) en el mismo acto, por razones de economía procedimental y para asegurar la eficacia y mayor celeridad en el procedimiento de licitación, abriendo en primer término el “SOBRE A”: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA y una vez examinada la documentación obrante en los respectivos y comprobando que ésta se ajusta a los términos establecidos en la cláusula 9 de estas condiciones, procederá, acto seguido a la apertura del “ SOBRE B: OFERTA ECONÓMICA”, de los respectivos licitadores.
El órgano de contratación requerirá al licitador propuesto como adjudicatario para que, dentro del plazo de dos días hábiles desde el siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia, por analogía, el artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá dictarse en todo caso, siempre que alguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas, no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación.
La adjudicación deberá notificarse a los licitadores, y, simultáneamente, publicarse en el perfil del contratante.
11.- Obligaciones del contratista:
11.1.- Las inherentes al objeto, características y oferta presentada,
11.2.- Será obligación ineludible del adjudicatario mantener, durante el plazo de vigencia del contrato, asegurados a los trabajadores que participen en la ejecución del mismo.
12. Documentación acreditativa de estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
a) El licitador propuesto como adjudicatario deberá acreditar, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
b) La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del Reglamento General de la LCAP:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente del Ayuntamiento xx Xxxxxx, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.
c) El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del Reglamento General de la LCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
d) El licitador podrá, a su elección, sustituir la aportación de los citados certificados por un documento en el que autorice expresamente al Ayuntamiento xx Xxxxxx para obtener de los órganos certificantes dichos certificados. (ver apartado X del Anexo II).
e) La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
f) Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
13. Jurisdicción:
1.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación y resolución del contrato, y sus efectos, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos podrán fin la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dicto, o ser impugnados directamente mediante recurso contenciosos administrativo conforme dispone el artículo 21 del Texto Refundido 3/2011.
En Llanes a 02 xx Xxxxx de 2018 La Secretaria Accidental
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/ , n.º , con DNI n.º _, por sí o en representación de la Entidad , con CIF n.o , según escritura no otorgada en fecha , ante el Notario xxx xxx Xxxxxxx Colegio Notarial de y bastanteada por el en fecha
en relación al expediente para la contratación del servicio denominado " ”, como contrato menor, Oferta económicamente más ventajosa, único criterio de adjudicación, está interesado en participar en la citada licitación y
DECLARA:
1. Que conoce las condiciones mínimas de contratación que sirven de base al contrato y las acepta íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato en los mismos, en la cantidad de:
Objeto Principal
En número:
IMPORTE | IVA | IMPORTE TOTAL |
En letra:
IMPORTE TOTAL:
2. Para la elaboración de la presente oferta se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección de empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente
En , a de de 2018.
Firma del licitador, Fdo.: »
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con D.N.I.
Nº. , en nombre propio o como representante de la
Empresa. ,
con CIF y domicilio a efectos de notificaciones
en ……………………………………………………………………………………………………………
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
I.- Que ha quedado enterado/a de la licitación publicada, en relación al contrato administrativo de servicios denominado
“
”
II.- Que igualmente conozco las condiciones mínimas de licitación y demás documentación que debe regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, sin salvedad alguna.
III.- Que ni la empresa a la que represento ni sus administradores ni representantes están incursos en las prohibiciones para contratar previstas en el art. 60.1 y 2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por RDL 3/2011, de 14 de noviembre.
IV.- Que la empresa a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, incluido las relativas al alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento xx Xxxxxx, impuestas por las disposiciones vigentes.
V.- Que la empresa a la que represento, cumple todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
VI.- (en su caso) Que la empresa a la que represento declara expresamente su voluntad de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
VII.- (en su caso) Que las circunstancias reflejadas en el certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado aportado no han experimentado variación desde la fecha de su expedición.
VIII.- Que AUTORIZO al Ayuntamiento xx Xxxxxx a remitirme las notificaciones y/o comunicaciones que procedan con respecto del presente contrato por medio de fax, cuyo número detallo a continuación y/o correo electrónico cuya dirección es y quedando obligado a confirmar por el mismo medio la recepción.
IX.- Que el licitador no se presenta en más de una proposición a la presente licitación y tampoco se suscribe a ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal.
X.- (indicar SI o NO. En caso de no señalar nada, se entenderá que NO) Que AUTORIZO al Ayuntamiento xx Xxxxxx a obtener de las Administraciones certificantes (Agencia Tributaria y Ayuntamiento xx Xxxxxx) la información que acredite encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
XI.- (Indicar SI o NO. En caso de no señalar nada, se entenderá que NO) Que se acoge a la opción señalada en la cláusula d) del punto 12 de este pliego y, de conformidad con lo dispuesto en el art. 146.4 del TRLCSP, mediante la presente se declara que la empresa licitadora cumple con todos los requisitos previos exigidos por el art. 146.1 del TRLCSP para ser adjudicatario del contrato de servicios al que se presenta oferta, y que, en caso de resultar ser el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación se compromete a acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
En a de de 2018
Fdo.
ANEXO III
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Los trabajos a contratar obedecen a la siguiente descripción:
Cartografías de los núcleos –urbano-rurales- (1:1:000-1:2.000)
Creación de la cartografía existente - núcleos, rurales y urbanos, a escalas 1:1.000 y 1:2.000- y partiendo de la documentación disponible, se plantean dos posibles alternativas para su elaboración, con sus pros y contras particulares.
Utilizar el soporte del catastral incorporando la información sobre condiciones formales y materiales del espacio libre, particularmente los espacios públicos, parques, plazas y calles e incluyendo condiciones de urbanización, vallados, arbolado y vegetación relevante, mobiliario e instalaciones urbanas de entidad.
Sobre la base fotogramétrico utilizada en el PGO 2011-15, completar en extensión para los diversos ámbitos con asentamientos urbanos de entidad –los de la franja costera referidos, por su mayor complejidad y tensiones de borde, con áreas susceptibles de ordenar con suelos urbanizables-. A esta base se integraría la información catastral, al menos en sus desagregados volumétricos de la edificación –alturas, parcelas y subparcelas-.
Ambos casos requerirán un esfuerzo de homogeneización en la información global y tareas de restitución, con auxilio de trabajos de campo –verificación de aleros en la edificación, toponimia, urbanización…-.
Deben garantizar además la adecuada integración entre las áreas de escala 1/1000 y las de 1/2000.
CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LA CARTOGRAFÍA 1/1.000 XX XXXXXX
- Sistema de referencia:
o ETRS89 – UTM – HUSO 30
- Cortes de las hojas:
o Según corte de hojas oficial resultante de la división de las hojas del MTN-50.
- Formatos de entrega
o DWG (Se codificarán en capas, se describirá la información que contiene cada una de ellas).
- Información complementaria:
o Ayuntamiento:
Nº de portal
Redes de saneamiento, electricidad y abastecimiento
Callejero oficial si las calles no están bien rotuladas.
DIVISIONES ADMINISTRATIVAS.
- Se incluirán los límites de Término Municipal facilitados por el Principado xx Xxxxxxxx o cualquier otra información que sea facilitada, si el Ayuntamiento hubiera realizado algún tipo de modificación en el deslinde de su Término.
ALTIMETRÍA.
- Curvas de nivel. Tendrán una equidistancia de 1 metro con curvas maestras cada 5 metros. En zonas muy llanas se podrían incluir curvas intermedias cada 0.5 metros.
Se incluirán en xxxx xx xxxxx urbano (viales y espacios despejados), interrumpiéndose al intersectar con las edificaciones. Se rotulará la cota de las curvas maestras.
- Puntos acotados. Se incluirán cotas del terreno en los puntos habituales (intersección xx xxxxxx, cambios de rasante, explanadas, picos, collados, etc.). No se abusará de la densidad de puntos ya que existirán curvas de nivel.
- Se dará cota a los edificios. El criterio es tomar dicha cota en la altura máxima de la fachada, a no ser que la cubierta esté habitada, en cuyo caso se tomará la cota máxima de la cubierta.
- Taludes. Se representarán cambios bruscos de pendiente mediante cabezas y pies de talud (o solamente cabeza si el pie coincide con otro elemento planimétrico). No se harán polígonos de los mismos.
HIDROGRAFÍA:
- Masas de agua. Se representarán los bordes de cursos fluviales, lagunas, charcas, etc. No se dará continuidad como bordes ocultos cuando se vean interrumpidos por puentes, pasarelas, etc. Tampoco se incluirán ejes en los cursos fluviales superficiales.
Se realizarán polígonos de los xxxx y arroyos
- Cursos lineales. Se representarán cursos fluviales lineales, vaguadas y canales/acequias. No se dará continuidad como líneas ocultas cuando se vean interrumpidos por puentes, pasarelas, tajeas, etc.
- Se incluirán los elementos puntuales de hidrografía que se detecten en restitución y revisión de campo: pozos, manantiales, fuentes.
USOS DEL SUELO:
- Se representará el parcelario aparente de los usos del suelo de la periferia xxx xxxxx urbano y en ocasiones en el interior (Huertas, eriales, etc), y se incluirá la abreviatura del uso correspondiente.
CONSTRUCCIONES:
- Edificaciones, elementos lineales: Se generarán elementos lineales de las mismas según los siguientes criterios:
o Contorno de edificación (delimita la zona construida de una manzana)
o Separación de edificios (divide el anterior según distintas parcelas-propietario)
o División de alturas (divide el anterior según las distintas subparcelas-volúmenes de edificación)
- Edificaciones, elementos superficiales: Se distinguirán los siguientes recintos, además de los volúmenes de edificación:
o Edificio genérico
o Edificio público
o Edificio singular
o Nave
o Edificio en construcción
o Edificio en ruinas
o Porches, galerías, soportales
Cada volumen de edificación llevará un punto xx xxxx y el número de plantas según la nomenclatura habitual.
Se realizará una rectificación de los aleros y cuerpos volados de forma que queden en una capa diferente de la capa que señale el límite de la edificación (es decir, el contacto del plano de la fachada con la acera).
- Viales urbanos: Se generarán ejes de las calles. No se harán polígonos. Se identificarán aceras, calzadas, aparcamientos.
- Manzana, patio, solar: Se realizarán recintos de manzana con criterios de catastro (separación público-privado) con polilineas cerradas. También se harán de los patios interiores.
- Espacios dotacionales y otros espacios. Se generarán polígonos de todos estos espacios.
- Edificaciones ligeras. Incluyen cobertizos, naves abiertas e invernaderos.
- Zonas de extracción o vertido. Incluyen minas-canteras, vertederos, escombreras y zonas de obras.
- Recintos de agua. Incluyen estanque, abrevadero, piscina y fuente ornamental.
- Otros elementos: pasarela, muelle, muralla, chimenea industrial, escalera, rampa, grada, andén, monumento o estatua.
VIAS DE COMUNICACIÓN:
- Ejes de vial. Al igual que con las calles, se representará el eje de todos los viales
- Ocultos. No se representarán los tramos de márgenes ocultos por construcciones (puentes, pasarelas, etc). Sí se dará continuidad a los ejes en estos casos.
- Recintos. No se realizarán polígonos de los viales. MOBILIARIO URBANO Y CONDUCCIONES:
- Puntuales urbanos. Clasificaremos dichos elementos en 3 grupos:
o Elementos no representados. No se incluirán en la cartografía. Ejemplo: banco o panel informativo.
o Elementos representados no importantes. Se incluirán en la cartografía si se identifican en restitución pero no es obligatoria su inclusión e identificación. Ejemplo: Registro de gas o boca xx xxxxx.
o Elementos representados importantes: Se incluirán en la cartografía con especial cuidado. Ejemplo: Registros de saneamiento, electricidad y abastecimiento.
- Lineales urbanos. Son aquellos elementos que por sus dimensiones se pueden representar por líneas en lugar de símbolos.
- Conducciones: Se incluirán aquellas conducciones que existan en la zona de trabajo.
- Tendidos eléctricos
TEXTOS:
- Se incluirán todos los textos habituales en la cartografía:
o Denominación administrativa (núcleo, parroquia, barrio, etc)
o Nombres calles y vías de comunicación (autovías, carreteras, etc)
o Número de portal
o Número de plantas de las edificaciones
o Edificaciones y ámbitos singulares (ayuntamiento, centros escolares, parques, etc)
o Elementos naturales (xxxx, playas, etc)
La Arquitecto Municipal Xxxxx X. Xxxx Xxxxxx