Contract
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EQUIPO DE COMPUTO, DERIVADO DE LA LICITACIÓN SIMPLIFICADA Nº LS-ECV-003-07, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL COLEGIO DE VERACRUZ, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. LIC. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL COLEGIO DE VERACRUZ” Y “LA EMPRESA “-“ALTA COMERCIALIZACIÓN EN OFICINAS S.A. DE C.V.” REPRESENTADA POR EL
C. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX A QUIEN SE LE DENOMINARÁ EN LO SUCESIVO COMO “EL PROVEEDOR”, SUJETÁNDOSE LAS PARTES AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAÚSULAS:
I. A N T E C E D E N T E S:
a) Que el Colegio de Veracruz tiene la necesidad de adquirir Equipos de Computo para sus oficinas.
b) Con fecha del 16 de noviembre de 2007, “EL COLEGIO DE VERACRUZ” envió oficios donde se les formuló una invitación a cinco empresas para participar en la Licitación Simplificada Nº XX-XXX- 000-00 relativa a la adquisición de Equipo de Computo para “EL COLEGIO DE VERACRUZ”, de acuerdo a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
c) Con fecha del 26 de noviembre de 2007, se celebró la Junta de Recepción y Apertura de propuestas Técnicas económicas respecto a la licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
d) Con fecha 28 de noviembre del 2007, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada Nº LS-ECV-003-07 relativa a la adquisición de Equipo de Computo para EL COLEGIO DE VERACRUZ, siendo favorecido “EL PROVEEDOR” en la partida de la licitación antes mencionada.
II DECLARACIONES:
a) Declara “EL COLEGIO DE VERACRUZ” que es un organismo público descentralizado de Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado por decreto del Ejecutivo Estatal de fecha quince de julio del año dos mil dos y publicado en la Gaceta Oficial del Estado número 145 de fecha veintidós de julio del año dos mil dos.
b) Declara el Director General que se encuentra facultado para celebrar el presente contrato de conformidad con lo dispuesto por los artículos 55 fracciones
X y XII; y el 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
Señala como domicilio para los efectos legales del presente contrato el ubicado en Xxxxxxxx Xxxxxx xxxxxx xxxxxx x xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx. Código Postal 91000, de esta ciudad de Xalapa, Veracruz, teléfonos 0000000, 8184055, 8184056.
b) Declara “EL PROVEEDOR” ser una persona moral, denominada “ALTA COMERCIALIZACIÓN EN OFICINAS, S.A. DE C.V. acreditando su legal existencia con la escritura pública No. 719, de fecha 30 de Noviembre de 2000 pasada ante la fe del Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Titular de la Notaria Xxxxxxx Xxxxxx 0, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx. Inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la ciudad de Xalapa, Ver., según el folio mercantil electrónico número 719 de fecha 14 de Diciembre de 2000.
Señala como domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en la calle 20 de Noviembre Ote., Número 374, Colonia centro en la ciudad de Xalapa, Veracruz Código Postal 91060; con teléfono 000-00-00 y Registro Federal de Contribuyentes número ACO961216RBA
Declara asimismo que cuenta con los recursos y la capacidad suficiente para efectuar el servicio materia del presente-----------------------------------------------------
III. PERSONALIDAD DE LAS PARTES
a) “EL COLEGIO DE VERACRUZ” acredita la personalidad del Licenciado Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Director General de El Colegio de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, mediante nombramiento de fecha 10 xx xxxxxx del año de 2006.
b) “El PROVEEDOR” acredita la personalidad de su Apoderado Legal el C. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, mediante el instrumento público once mil seiscientos veintisiete de fecha 30 de Noviembre del 2000, pasado ante la fe del Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Notario Público Número cuatro de la ciudad de Jalacingo, y credencial del Instituto Federal Electoral, clave de elector 196415494211, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la ciudad de Xalapa, Ver, según folio mercantil electrónico número 719.
IV.- DECLARAN LAS PARTES:
a) Que se reconocen mutuamente la personalidad con que comparecen a la celebración del presente Contrato y que se encuentran facultados para ello. --------
b) Que es su voluntad celebrar el presente contrato y obligarse en términos de las siguientes:
X X X X X X X X X
PRIMERA:Objeto. “EL PROVEEDOR” vende y se obliga a entregar a “XX XXXXXXX XX XXXXXXXX”, 00 equipos de computo derivados de la Licitación Simplificada Nº LS-ECV-003-07, y 5 equipos más debido a la disponibilidad presupuestal equivalente al 20%, para “EL COLEGIO DE VERACRUZ”, mismo que a continuación se detalla:-------------------------------------
No. De partid a | Cant idad | Unidad de medida | Descripción | PRECIO UNITARIO | UNIDAD DE MEDIDA |
1 | 30 | PIEZAS | COMPUTADORA PERSONAL XXXXX XXXXXXX XXXXXXX mod. DC7800 SFF monitor modelo I1706 ( px849aa) | $ 11,075.29 | $ 332,258.70 |
Gabinete metálico tipo small form factor, con sistema de apertura sin necesidad de utilizar herramienta alguna (tipo tool less) en los dispositivos disco duro, Unidad óptica, drive de 3.5", tarjetas de expansión. | |||||
Medidas máximas (3.95"h x 13.3w x 14.9"d) 10.03 cm alto x 33.78 cm ancho x 37.85 cm profundidad | |||||
Procesador intel core 2 duo e6550 processor (2.33-ghz, 4 mb I2 cache, 1333-mhz fsb) | |||||
Bus del sistema de 1333 Mhz, ChipSet intel 0965 express | |||||
BIOS propietario xx Xxxxxxx Packard y con derechos reservados para HP, almacenado en Flash rom, actualizable vía red, con manejo de plug and play en aquiellos dispositivos que lo permitan. | |||||
2 GB DDR2 synch dram PC2-5300 (667- mhz) non ecc (2 dimms x 1 gb), Dual channel, expandible a 8 gb. | |||||
Disco duro sata de 250 gb a 7200 rpm a 3gbis. | |||||
Unidad óptica combo cd-rw/dvd-fom serial ata | |||||
Puertos: 8 usb 2.0 (2 al frente y 6 en la parte posterior, controladora integrada al motherboard) puerto de entrada de audio, puerto de salida de audio, Puerto para micrófono, 1 rj45, 1 vga, 1 paralelo, 1 serial, | |||||
Sistema de audio integrado de alta fidelidad |
3 bahías de expansión: 1 utilizada por la unidad óptica | |||||
Ranuras de expansión: 2 pci de perfil bajo, 1 pcie x1 de perfil bajo y 1 pcie x 16 de perfil bajo | |||||
Tarjeta de video integrada graphics media acelerator 3000 con hasta 256 mb de memoria compartida. | |||||
Interfase de red ethernet integrada intel 82566dm 10110011000. Giganbit ethernet nic | |||||
Tarjeta madre propietaria y diseñada por hewlett packard, sin puentes, parches ni enmendaduras. | |||||
Mouse y teclado en español usb, ambos de la misma marca del cpu. | |||||
Con monitor lcd de 17" | |||||
Fuente de poder a 110-220 vac, interna de 240 watts. | |||||
El equipo cumple con norma oficial mexicana e ISO9001 | |||||
Sistema operativo preinstalado: microsoft windows vista business original 32 bits en español | |||||
3 años de garantía en sitio, en partes y mano de obra por parte xx Xxxxxxx Packard para todos los componentes y accesorios, incluyendo el monitor | |||||
SUBTOTAL | $ 332,258.70 | ||||
IVA | 49,838.80 | ||||
TOTAL | $ 382,097.50 |
SEGUNDA: Forma de Pago- “EL COLEGIO DE VERACRUZ” se compromete a pagar a precio fijo a “EL PROVEEDOR” la cantidad de $ 382,097.50 (Trescientos ochenta y dos mil noventa y siete pesos 50/100 M.N.) incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, cantidad que será pagada dentro de los 15 (quince) días siguientes a la entrega de la factura debidamente requisitada, en el entendido de la previa recepción del equipo a entera conformidad de “EL COLEGIO DE VERACRUZ”.
TERCERA: Tiempo y Lugar de Entrega de los bienes. dentro de los 10 días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, realizándose la entrega en el domicilio de “EL COLEGIO DE VERACRUZ” ubicado en la calle Xxxxxx Xxxxxxxx
Puerto No. 26, Zona Centro, en esta ciudad de Xalapa, Veracruz, en días hábiles de lunes a viernes en horario de 9:00 a 15 horas y de 18 a 20 horas.
CUARTA: Garantía de los bienes: “El PROVEEDOR” se obliga a garantizar los bienes por un término de tres años en sitio, en partes y mano de obra para todos los componentes y accesorios, incluyendo el monitor, contando a partir de la recepción total de los bienes.
QUINTA: Garantía de Cumplimiento de Contrato: .- Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se celebre y de lo ofertado en la licitación, “EL PROVEEDOR” deberá entregar original de póliza de fianza expedida por institución de Fianzas legalmente autorizada para ello, cuando menos por el importe del 10% (diez por ciento) sobre la obligación total del contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA.), el cual corresponde a la cantidad de $ 33,225.87 (Treinta y tres mil doscientos veinticinco 87/100 M.N.), conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
SEXTA: Vigencia de la Fianza. “EL PROVEEDOR” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la Cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.
SÉPTIMA: Incremento. “XX XXXXXXX XX XXXXXXXX” xxxx su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
OCTAVA: Pena convencional. “EL PROVEEDOR” se compromete a pagar a “EL COLEGIO DE VERACRUZ” como pena convencional de TRES AL MILLAR POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO, respecto de lo No prestado de manera oportuna y sobre lo cual se incurra en incumplimiento, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (IVA.); tomando en cuenta para el efecto a partir del día natural siguiente señalado para cumplir de acuerdo a lo pactado. Dicha pena no excederá del monto de la fianza del cumplimiento respectivo. El monto de la sanción deberá ser pagada a “EL COLEGIO DE VERACRUZ”.
NOVENA: Rescisión de Contrato- “EL COLEGIO DE VERACRUZ” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las
obligaciones contraídas por “EL PROVEEDOR”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79,80 y 81 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. Asimismo, ambas partes convienen la rescisión de este contrato sin responsabilidad administrativa para “EL COLEGIO DE VERACRUZ” y sin necesidad de declaración judicial, en caso de insuficiencia o cancelación de la disponibilidad presupuestal correspondiente.
DÉCIMA: Derechos y obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad a favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “EL COLEGIO DE VERACRUZ”. Queda entendido y aceptado expresamente por “EL COLEGIO DE VERACRUZ” y “EL PROVEEDOR” que el pago por resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto total del valor del presente contrato.
DÉCIMA PRIMERA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo o mala fe ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones especificadas
DÉCIMA SEGUNDA: Jurisdicción. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales del fuero común de la ciudad de Xalapa Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, renunciando al fuero que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal del presente instrumento lo firman en la ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz, el día 04 de Diciembre de 2007.
POR “EL COLEGIO DE VERACRUZ” | POR “EL PROVEEDOR” |
LIC. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX Director de El Colegio de Veracruz | C. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX Representante legal de Alta Comercialización en Oficinas, S.A. de C.V. |