• EN CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO PARA LAS LINEAS DE SUBVENCIONES EXCYL y EXCYL35 .
BASES DE LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL A JORNADA COMPLETA DE:
• DOS PEONES DE OBRAS Y SERVICIOS MÚLTIPLES
• EN CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO PARA LAS LINEAS DE SUBVENCIONES EXCYL y EXCYL35 .
Las Resoluciones de 10 xx xxxx , del Presidente del Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxxxxx y León, concede dos subvenciones directas a los Municipios de más de 5.000 habitantes de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León para la contratación de personas que reúnan las características que se describen a continuación, para la realización de obras y servicios de Interés General y Social
1.- SUBVENCION DENOMINADA EXCYL/19/SG/004
Subvenciona la contratación temporal de un desempleado inscrito como demandante de empleo, perceptor xx Xxxxx Garantizada de Ciudadanía
2.- SUBVENCION DENOMINADA EXCYL35/19/0004
Subvenciona la contratación temporal de dos desempleados inscrito como demandante de empleo perceptor xx xxxxx garantizada de ciudadanía y menor de 35 años
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.
La contratación laboral temporal en la modalidad de contrato de obra o servicio determinado de dos peones de obra y servicios múltiples, a jornada completa , con una duración de seis meses, sin posibilidad de prórroga.
SEGUNDA.- Período, modalidad de contratación y salario.
La modalidad de contratación será contrato temporal por obra o servicio determinado a tiempo completo, y el salario correspondiente según subvención y convenio del Ayuntamiento del Real Sitio de San Xxxxxxxxx .
TERCERA.- Sistema de provisión.
El sistema de provisión será un ejercicio de preguntas alternativas, y una entrevista personal de conformidad con lo señalado en las presentes bases, que se realizará entre
los candidatos presentados por el SPE xx Xxxxxxx, a quién se ha pedido Oferta de Empleo, de acuerdo con lo previsto el decreto de alcaldía nº 0407/2019 Y 0406/2019
CUARTA.- Selección de candidatos.
Se ha solicitado oferta de empleo al SPE xx Xxxxxxx, para la preselección de 4 candidatos por puesto ofertado , de entre los que se elegirá por el sistema previsto en la base tercera.
Se enviarán para su valoración por el Tribunal Calificador, todas las solicitudes de empleo, sólo serán admisible las que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser español; o nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea; o cónyuge de español o de nacional de algún estado miembro de la UE no separado de derecho; o descendiente de español o nacional de alguno de los estados miembros de la UE o de sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho; o persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la UE y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; así como extranjeros con residencia legal en España.
b) Ser perceptor xx Xxxxx Garantizada de ciudadanía, y/o menor de 35 años, según requisitos del proyecto respectivo.
c) Estar en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo en el SPE xx Xxxxxxx. (No se admitirán candidatos que se hallen en situación de mejora de empleo)
d) Xxxxx cumplidos 18 años de edad.
e) No padecer enfermedad o impedimento físico o psíquico que impida o resulte incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban. En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público ( según .
g) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad de acuerdo con la legislación vigente. Dicho requisito se entenderá que debe de ir referido a la fecha de formalización del contrato, en su caso.
h) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto.
Todos los requisitos numerados, así como los méritos que se aleguen para la valoración en el concurso, se entenderán referidos a la fecha de finalización del plazo de valoración de candidatos, manteniéndose a fecha de formalización del contrato.
Las personas con discapacidad serán admitidas en condiciones de igualdad con los demás aspirantes, salvo que la restricción padecida les hiciese incumplir el requisito
establecido en el apartado e). El Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de los organismos competentes.
QUINTA.- Documentación.
A los candidatos presentados por el SPE, se les convocará a las pruebas, y deberán asistir aportando la siguiente documentación:
1- Declaración jurada de no estar incurso/a en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad, ni padecer enfermedad o impedimento físico/psíquico, que impida el desempeño del puesto de trabajo. Así mismo, declaración de no estar separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de las administraciones públicas, ni inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas. (Anexo I). 2- Declaración jurada de ser perceptores de la Renta Garantizada de ciudadanía.
(Anexo I)
3- Autorización al Ayuntamiento, para solicitar documentación de las instituciones públicas competentes, acreditativa de que el candidato seleccionado sigue siendo perceptor de la Renta Garantizada de Ciudadanía, a fecha de formalización del contrato. y su situación de desempleado inscrito en el SPE ( Anexo I)
4- Fotocopia del D.N.I. 5 - Currículo vitae,
SEXTA.- Selección de los aspirantes.
La selección del personal, se efectuara de la siguiente forma:
1º.- Ejercicio escrito de no más de 10 preguntas teóricas relacionadas con el puesto de trabajo.
Cada respuesta acertada se valorará con un punto.
Superará el ejercicio quien obtenga una puntuación mínima de la mitad de respuestas acertadas.
2º.- Entrevista personal y valoración del C.V.
En la entrevista y valoración del CV y , se tendrán en cuenta la experiencia y la actitud para el puesto ofertado. Esta fase tendrá una puntuación máxima de 5 puntos.
Se sumarán ambas puntuaciones, siendo la puntuación final la suma de ambas. SÉPTIMO.- Tribunal calificador.
7.1. - El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidenta: La arquitecta Técnica Municipal.
Suplente: Técnico de medio ambiente del Ayuntamiento
Vocal: Encargado General de Obras.
Suplente: Operario Conductor del Ayuntamiento
Vocal: Operario de Obras
Suplente: Operario de Obras
Secretaria: Técnico de Gestión y Recursos Humanos
Suplente: Auxiliar de Recursos Humanos.
7.2.- Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, cuando en ellos concurra alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre . Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra en ellos alguna de estas circunstancias previstas en el artículo 24 de la citada Ley.
7.3.- El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, siendo siempre necesario la concurrencia de la presidenta y secretaria.
Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el presidente.
OCTAVO. - Sistema de selección.
1º.- Ejercicio escrito
2º.- Valoración de méritos
En la valoración de los meritos alegados en el Currículo se valorará lo siguiente:
1. EJERCICIO ESCRITO: (Máximo 10 puntos)
Examen escrito de 10 preguntas teóricas relacionadas con el puesto de trabajo. Cada respuesta acertada se valorará con un punto.
Superará el ejercicio quien obtenga una puntuación mínima de la mitad de respuestas acertadas.
2.VALORACIÓN DE ENTREVISTA PERSONAL Y CURRICULO: ( Máximo 5 puntos)
1.1. Experiencia profesional y formación: (Máximo 3puntos)
Se tendrá en cuenta la experiencia en puestos de igual o superior categoría y los cursos de formación acreditados.
En condiciones similares, se valorará el trabajo realizado para administraciones públicas.
Las decisiones de valoración, deberán motivarse.
1.2. Entrevista personal: (Máximo 2 puntos)
Se tendrá en cuenta la actitud para el trabajo, el conocimiento del municipio y la predisposición a cumplir con las tareas encomendadas.
Las decisiones de valoración , deberán motivarse
1.3 El candidato que no supere la 1º fase (ejercicio escrito), no podrá pasar a la siguiente: (Valoración de méritos)
Puntuación Final
La calificación definitiva se obtendrá sumando la puntuación obtenida en todas las fases, elevando la Comisión de valoración al presidente de la Corporación propuesta en orden de mayor a menor puntuación de aspirantes aprobados
NOVENA.- Propuesta de contratación.
9.1 Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y la página web, las personas seleccionadas por orden de puntuación obtenida, quedando como suplentes los que ocupen la posición inmediatamente posterior, los cuales serán llamados para los casos de baja, enfermedad, ausencia u otros supuestos de vacancia temporal o definitiva de la plaza por parte del titular. En caso de que los titulares o suplentes rechacen formalmente el puesto de trabajo, se continuará el orden de prelación establecido en la lista para los sucesivos llamamientos.
9.2 Se establece un periodo de alegaciones de dos días tras la publicación de las listas provisionales en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
DÉCIMA.- Formalización de contrato.
Justificada la documentación requerida, por Resolución de Alcaldía se acordará la contratación de las personas seleccionadas, formalizándose el correspondiente contrato laboral según requisitos y condiciones de las subvenciones que fundamenta este proceso de selección (EXCYL35/SG/19/0004 , Y EXCYL/19/SG/0004)
UNDÉCIMA.- Recursos.
Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del tribunal calificador, podrán ser impugnados por los interesados, en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público,.
En el Real Sitio de San Xxxxxxxxx a 1 de julio de 2019 El Alcalde
Fdo. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
BASES DE LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL A JORNADA COMPLETA DE TRES PEONES DE SERVICIOS MÚLTIPLES MEDIANTE CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO PARA LA LINEA DE SUBVENCIONES EXCYL /2019 Y EXCYL35/19.
ANEXO I
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D ……………………………………………………………….. con N.I.E/ D.N.I ,
y domicilio a efectos de notificaciones del Real Sitio de
San Xxxxxxxxx, a los efectos requeridos en las bases de Selección y contratación laboral temporal a jornada completa de un peón de servicios múltiples mediante contrato de obra o servicio determinado para la línea de subvenciones: EXCYL35/SG/19/0004 , Y EXCYL/19/SG/0004
, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO: No estar incurso en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad, ni padecer enfermedad o impedimento físico/psíquico, que impida el desempeño del puesto de trabajo al que opta.
No estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de las administraciones públicas, ni inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas.
SEGUNDO: Que SI
NO
Percibe la Renta
AUTORIZACIONES:
Garantizada de Ciudadanía
Así mismo, AUTORIAZA al Ayuntamiento del Real Sitio de San Xxxxxxxxx, para solicitar de las Administraciones e Instituciones Públicas competentes, la documentación acreditativa de que soy perceptor de la Renta Garantizada de Ciudadanía, a fecha de formalización del contrato, y a los SOLOS efectos del presente proceso de selección, para UNICAMENTE el caso de haber sido seleccionado. Igualmente autorizo al Ayuntamiento del Real Sitio de San Xxxxxxxxx para que obtenga del SPE, la justificación de mi situación de desempleado inscrito como demandante.
En El Real Sitio de San Xxxxxxxxx . a
FDO . …………………….