CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA PROMOTOR EDUCATIVO QUE RECIBE APOYO ECONÓMICO MENSUAL DEL CONAFE
CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA PROMOTOR EDUCATIVO QUE RECIBE APOYO ECONÓMICO MENSUAL DEL CONAFE
ESCENARIO A2
CONVENIO DE CONCERTACIÓN VOLUNTARIA QUE PARA LA PROMOCIÓN Y EJECUCIÓN DEL PROGRAMA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL Y BÁSICA BAJO EL MODELO DE EDUCACIÓN COMUNITARIA, CELEBRAN POR UNA PARTE EL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CONAFE”, REPRESENTADO POR SU DELEGADO (A) EN EL ESTADO DE , EL (LA) C.
, Y POR LA OTRA EL (LA) C. A QUIEN SE LE DENOMINARÁ EN LO SUBSECUENTE “EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)”, DE CONFORMIDAD CON LAS ANTECEDENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
1. DE “EL CONAFE”:
1.1. Que es un Organismo Descentralizado creado por el Ejecutivo Federal, que tiene por objeto el fomento educativo a través de la prestación de servicios de educación inicial y básica con Equidad Educativa e Inclusión Social a la población a tres años once meses y niñas, niños y adolescentes hasta los 16 años de edad, que habitan en localidades preferentemente rurales e indígenas que registran altos y muy altos niveles de marginación y/o rezago social, bajo el modelo de Educación Comunitaria, de conformidad con el Decreto que lo rige publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 xx xxxxx de 2016.
1.2. Que es representado en este acto por su Delegado(a) Estatal quien cuenta con facultades para la celebración de este instrumento en términos del artículo 25 fracción I, del Estatuto Orgánico de “EL CONAFE” aprobado por su Junta Directiva de fecha 19 de septiembre de 2016 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre del mismo año.
1.3. Que en cumplimiento de su objeto, tiene entre otras funciones en términos del artículo 4 fracciones I y II del Decreto invocado en el numeral 1.1, investigar, diseñar, establecer, programar, ejecutar y dar seguimiento a los modelos de educación comunitaria que contribuyan a mejorar y ampliar la cobertura de la educación inicial y básica y el nivel cultural de la Población Potencial, de conformidad con las disposiciones que la efecto emita la SEP.
1.4. Que en cumplimiento al artículo 34 de la Ley General de Educación lleva a cabo Programas Compensatorios cuya finalidad es asegurar que la población en edad escolar tenga la posibilidad de ejercer plenamente su derecho a la educación, bajo condiciones de equidad e igualdad de oportunidades, que permitan no sólo su acceso sino también la permanencia y terminación de su Educación Básica, y coadyuvar así a abatir las causas del rezago mejorando las oportunidades de acceso, permanencia y éxito de las niñas y los niños que cursan la Educación Básica cuya población escolar presenta situación de mayor riesgo y/o marginación, así como la promoción de la Educación Inicial.
1.5. Que para la promoción de la Educación Inicial, se requiere el apoyo y asistencia voluntaria de los integrantes de las comunidades rurales e indígenas, que se quieran comprometer concertadamente con el servicio comunitario voluntario en la comunidad que radican, para realizar actividades de promoción educativa las cuales serán reguladas de conformidad con lo señalado en los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria y demás instrumentos normativos que regulan la administración, operación y ejecución de la Educación Inicial.
1.6. Que para los efectos de este Convenio señala como domicilio legal el ubicado en:
.
DE “EL (LA) PROMOTOR(A) EDUCATIVO (A)”.
1.7. Que es su voluntad participar concertadamente, en términos de lo establecido en los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria, realizando las tareas de PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A) y que cuenta con los conocimientos y la capacidad para cumplir con las obligaciones estipuladas en el presente instrumento.
1.8. Que conoce Lineamientos Operativos del Programa Prestación de servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria, y demás instrumentos normativos que regulan la administración, operación y ejecución de la Educación Inicial.
1.9. Que señala como su domicilio legal para recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en esta localidad
(de acuerdo a su comprobante de domicilio, se pone su dirección completa).
Con base en lo anterior, las partes manifiestan que es su voluntad celebrar el presente convenio de concertación, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El objeto del presente Convenio de concertación es la participación por parte de “EL (LA) PROMOTOR
(A) EDUCATIVO (A)” en la ejecución de las acciones de Educación Inicial de los Programas Compensatorios para Abatir el Rezago Educativo en Educación Inicial y Básica, en esta localidad, las cuales se señalan a continuación:
a) Integrar el grupo de padres, cuidadores y personas interesadas en la crianza de niñas y niños;
b) Planear, organizar y conducir las sesiones establecidas en el Programa. Cada sesión tiene una duración aproximada de dos horas.
c) Participar con el (la) Supervisor (a) de Xxxxxx en la elaboración del Plan de Trabajo Anual.
d) Asistir a las actividades de formación a las que sea convocado.
e) Organizar sesiones grupales y actividades para que los padres favorezcan el desarrollo integral de los niños xx xxxx a tres años once meses de edad.
f) Seleccionar los recursos didácticos que se requieren para la realización de las sesiones grupales.
g) Elaborar materiales y juguetes con materiales de la comunidad y orientar a los padres en su uso.
h) Coordinar y desarrollar acciones de difusión y sensibilización en la comunidad; de manera conjunta con el supervisor de módulo y coordinador de zona, aprovechando los medios de comunicación con que cuente la localidad.
i) Impulsar y participar en las acciones que promuevan la participación comunitaria en favor de la infancia.
j) Actualizar de manera permanente el listado de padres de familia y cuidadores, informando al (la) supervisor(a) de módulo de las altas y bajas ocurridas durante el ciclo operativo;
k) Capacitar y orientar (según sea el caso) a los Comités de Participación Comunitaria (CPC) a favor de la primera infancia sobre las acciones de la Contraloría Social, y
l) Participar en los diferentes procesos de evaluación de las acciones del programa.
SEGUNDA.- El programa de Educación Inicial tienen como propósito “Propiciar a través de “EL (LA) PROMOTOR(A) EDUCATIVO (A)”, procesos reflexivos en torno a la crianza de niñas y niños, con las familias y personas que habitan en comunidades rurales e indígenas con alta marginación o con mayor rezago educativo y social; a fin de incidir de manera significativa en la vida de niñas y niños menores de 4 años”.
TERCERA.- A fin de que “EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)” esté en posibilidad de realizar las actividades que le sean encomendadas, “EL CONAFE” le proporcionará un apoyo económico mensual de $844.00 (OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.) para desarrollar acciones de asesoría y acompañamiento a padres de familia y personas que participan en la crianza de niñas y niños xx xxxx a tres años once meses.
De igual manera, le proporcionará los apoyos para su formación, de acuerdo con lo que establecen los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria y demás instrumentos normativos que regulan la administración, operación y ejecución de la Educación Inicial, vigentes a la fecha de la firma de este Convenio. Las acciones formativas en las que participa “EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)” se señalan a continuación:
• Taller Regional de formación. Inicio del ciclo operativo.
• Taller Regional de formación. Intermedio de desarrollo profesional.
• Reuniones de asesoría (Noviembre y Mayo).
• Reunión final de evaluación del trabajo con padres de familia. Nivel zona.
• Las extraordinarias que por necesidades del servicio se requieran y puedan realizarse a partir de la disposición presupuestal de la entidad.
El apoyo económico que le proporcionará “EL CONAFE” a “EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)” para las acciones de formación será para cubrir los gastos de alimentación, hospedaje y traslado, de acuerdo con lo anunciado por la Dirección de Administración y Finanzas de “EL CONAFE”.
CUARTA.- “El CONAFE” Proporcionará a "EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)” un apoyo económico para atención médico-quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, en caso de accidente, enfermedad o incapacidad hasta por la cantidad que determine “EL CONAFE”, de acuerdo con lo que se estipula en los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria o en el instrumento normativo vigente a la fecha de la firma de este convenio y previa satisfacción de los requisitos administrativos establecidos por la Junta Directiva del Consejo.
QUINTA.- “EL CONAFE” se compromete a otorgar en caso de muerte de "EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)” a su(s) beneficiario(s) designado(s) un apoyo económico para gastos de funeral por la cantidad de $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M. N.). Para efectos de lo anterior "EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)” designa como su(s) beneficiario(s) a , quien(es) (son) mayor(es) de edad, mismo(s) que será(n) reconocido(s) con ese carácter por “EL CONAFE” hasta en tanto aquél/aquélla no realice nueva designación.
SEXTA.- Por su parte, “EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)” realizará las acciones de Educación Inicial que se señalan en la cláusula primera de este Convenio, mismas que ejecutará atendiendo puntualmente las observaciones que reciba por parte de las figuras educativas que le apoyan o personas encargadas de coordinar la Educación Inicial en la entidad.
SÉPTIMA.- “EL CONAFE” supervisará desarrollo, avances y resultados de las actividades que realice avances y resultados de las actividades que realice “EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)”.
OCTAVA.- Las partes convienen que toda la información que “EL CONAFE” proporcione a “EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)”, será utilizada exclusivamente para cumplir con el objeto del presente Convenio y a no divulgarla o reproducirla en provecho propio o de terceros.
NOVENA.- En el supuesto de que “EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)” no cumpla con los compromisos contraídos en el presente Convenio, “EL CONAFE” a efecto de evitar daños y perjuicios que pudieran ocasionarse al servicio por causa de incumplimiento, dará por rescindido el Convenio sin responsabilidad alguna para “EL CONAFE”, previa compilación de evidencias que sustenten dicho incumplimiento.
DECIMA.- Las partes convienen en que el presente Convenio tendrá una vigencia del 01 de octubre de 201 al 31 de diciembre de 201 ; pudiendo establecer un nuevo Convenio de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria de “EL CONAFE”, considerando el siguiente periodo: 1° de enero de 201 al 30 xx xxxxx de 201 . Lo anterior, de conformidad con lo que establecen en los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria o en el instrumento normativo vigente a la fecha de la firma de este convenio. De no cumplir los Convenios con las fechas especificadas líneas anteriores por cada periodo, se dará por invalidado dicho Convenio.
DÉCIMA PRIMERA.- “EL CONAFE” dará por terminado el presente Xxxxxxxx, sin responsabilidad para las partes, por causas de interés social, necesidades del servicio o en el momento en que se determine la conclusión de los Programas Compensatorios para Abatir el Rezago Educativo en Educación Inicial y Básica, informándole por escrito a “EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)” con quince días de anticipación.
DÉCIMA SEGUNDA.- “EL CONAFE” a fin de asegurar el interés general y garantizar la ejecución del programa, darán por terminado en forma anticipada el presente convenio, sin necesidad de declaración judicial, cuando “EL (LA) PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A) incurra en los siguiente supuestos que se detallan de manera enunciativa, más no limitativa en razón de lo siguiente:
a) Incumpla los compromisos derivados del presente Convenio, o
b) Utilice el programa con fines de lucro o proselitistas.
DÉCIMA TERCERA.- Las partes convienen que las obligaciones derivadas del presente Convenio no constituyen relación laboral alguna entre ellas, en virtud de que el presente acuerdo de voluntades constituye una participación concertada en términos de lo establecido en los artículos 37 y 38 de la Ley de Planeación, para llevar a cabo una estrategia académica y para el cumplimiento de los objetivos de los Programas Compensatorios para Abatir el Rezago Educativo en Educación Inicial y Básica en la entidad federativa, por lo que de presentarse cualquier controversia, se resolverá en amigable composición.
DÉCIMA CUARTA.- Las partes convienen que para cualquier interpretación de hechos que no estén acordados en el presente instrumento, se aplicará lo dispuesto en Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria o en el instrumento normativo vigente a la fecha de la firma de este convenio.
Leído que fue por las partes el presente convenio y enteradas de su contenido y alcance, lo firman en tres ejemplares originales, en la localidad de Municipio de , Estado de el día del mes de del dos mil .
POR “EL CONAFE” POR EL (LA) PROMOTOR(A) EDUCATIVO(A) EL (LA) DELEGADO(A) EN EL ESTADO
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.