Estimado proveedor:
Estimado proveedor:
Patrimonio Natural Fondo para la Biodiversidad y Áreas Protegidas a través del PROYECTO CONSERVACIÓN DE BOSQUES Y SOSTENIBILIDAD EN EL CORAZÓN DE LA AMAZONIA, lo invita a
presentar su cotización para la “Adquisición de Drones como instrumentos de registro, control y seguimiento de los recursos Naturales de la RFP y áreas protegidas regionales y nacionales del área del Proyecto”. Las cotizaciones deben ser presentadas de acuerdo a la siguiente tabla técnica:
SOLICITUD DE COTIZACIÓN – PRACTICAS COMERCIALES
Señores Invitados a Cotizar | FECHA: 12 xx xxxxx d e2019 | |
OBJETO: Adquisición de Drones como instrumentos de registro, control y seguimiento de los recursos Naturales de la RFP y áreas protegidas regionales y nacionales del área del Proyecto. |
CARACTERÍSTICAS | CANTIDAD | |
Drone Phantom 4 Pro Memoria Extreme MicroSD 64GB – 100MB/s Kingston sensor de 20 megapíxeles, ofrece un rendimiento excepcional en condiciones de baja luminosidad Graba vídeo en cámara lenta con una resolución 4K y 60 FPS Con un sensor de imagen de 1 pulgada, pudiendo filmar videos 4K a 60 cuadros por segundo. Compresión H.265 Debe proporcionar imágenes en 3D Vuelo y su velocidad punta que puede llegar a los 72 Km/h. Distancia de 7 Km en rango de vuelo. La batería tiene una autonomía de vuelo de unos 30 minutos Debe incluir dos (2) juegos de baterías adicionales a las que trae el equipo. | 1 |
Nota: Estos servicios deben ser cotizados sin IVA, toda vez que el proyecto se encuentra exento de IVA de conformidad al decreto 540 de 2004.
Por favor tener en cuenta la siguiente información: | |
Información cotización | Su cotización deberá indicar: Descripción Ítem cotizado Precio unitario por ítem |
Periodo de validez de la cotización (30 días) | |
Cotizaciones parciales | El proveedor deberá cotizar la totalidad de los ítems. |
Criterios de evaluación y adjudicación | Cumplimiento de los servicios solicitados y Precio más bajo. |
Tipo de contrato a suscribir | Contrato/ Orden de compra o servicio. |
Forma de pago | 100% del valor de la orden de servicio 30 días posteriores a la radicación en nuestras oficinas de la factura, con recibo a satisfacción emitido por el supervisor de la orden de servicio. |
Plazo de ejecución | Veinte (20) días contados a partir de la suscripción del Contrato. |
Lugar de ejecución y entrega | Florencia (Caquetá) |
Agradecemos enviar su cotización vía correo electrónico a: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx antes del 22 xx xxxxx de 2019. |
FRAUDE Y CORRUPCIÓN:
1. Es política del Banco exigir que los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de los préstamos concedidos por la institución), así como los licitantes, los proveedores, los contratistas y sus agentes (hayan sido declarados o no), el personal, los subcontratistas, proveedores de servicios o proveedores de insumos que participen en contratos financiados por el Banco, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de contrataciones y la ejecución de dichos contratos.18 A efectos del cumplimiento de esta política, el Banco
(a) define de la siguiente manera, las expresiones que se indican a continuación:
“práctica corrupta”1 significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente, de cualquier cosa de valor con el fin de influir impropiamente en la actuación de otra persona.
(ii) “práctica fraudulenta”2 significa cualquiera actuación u omisión, incluyendo una tergiversación de los hechos que, astuta o descuidadamente, desorienta o intenta desorientar a otra persona con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evitar una obligación;
1 “persona” se refiere a un funcionario público que actúa con relación al proceso de contratación o la ejecución del contrato. En este contexto, “funcionario público” incluye a personal del Banco Mundial y a empleados de otras organizaciones que toman o revisan decisiones relativas a los contratos.
2 “persona” significa un funcionario público; los términos “beneficio” y “obligación” se refieren al proceso de contratación o a la ejecución del contrato; y el término “actuación u omisión” debe estar dirigida a influenciar el proceso de contratación o la ejecución de un contrato.
(iii) “prácticas de colusión” 3 significa un arreglo de dos o más personas diseñado para lograr un propósito impropio, incluyendo influenciar impropiamente las acciones de otra persona;
(iv) “práctica coercitiva”4 significa el daño o amenazas para dañar, directa o indirectamente, a cualquiera persona, o las propiedades de una persona, para influenciar impropiamente sus actuaciones.
(v) “práctica de obstrucción” significa:
(aa) la destrucción, falsificación, alteración o escondimiento deliberados de evidencia material relativa a una investigación o brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigación por parte del Banco, de alegaciones de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o de colusión; y/o la amenaza, persecución o intimidación de cualquier persona para evitar que pueda revelar lo que conoce sobre asuntos relevantes a la investigación o lleve a cabo la investigación, o
(bb) las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio de los derechos del Banco a inspeccionar y auditar de conformidad con el literal (e) del párrafo mencionado más abajo.
(b) rechazará toda oferta de adjudicación si determina que el oferente seleccionado para dicha adjudicación ha participado, directa o a través de un agente, en prácticas corruptas, fraudulentas, de colusión, coercitivas o de obstrucción para competir por la Orden de Compra/el contrato de que se trate;
(c) declarará la adquisición viciada y anulará la porción xxx xxxxxxxx asignada a una Orden de Compra/contrato si en cualquier momento determina que los representantes del Prestatario o de un beneficiario xxx xxxxxxxx han participado en prácticas corruptas, fraudulentas, de colusión, coercitivas o de obstrucción durante el proceso de contrataciones o la ejecución de dicha contrato, sin que el Prestatario haya adoptado medidas oportunas y apropiadas que el Banco considere satisfactorias para corregir la situación, dirigidas a dichas prácticas cuando éstas ocurran; incluyendo no haber informado al Banco oportunamente al haberse conocido de dichas prácticas;
(d) sancionará a una firma o persona, en cualquier momento, de conformidad con el régimen de sanciones del Banco incluyendo declarar dicha firma o persona inelegible públicamente, en forma indefinida o durante un período determinado para: i) que se le adjudique una Orden de Compra/ contrato financiado por el Banco a y ii) que se le nomine b subproveedor de servicios , consultor, fabricante o proveedor de productos o servicios de una
3 “personas” se refiere a los participantes en el proceso de contratación (incluyendo a funcionarios públicos) que intentan establecer precios de oferta a niveles artificiales y no competitivos.
4 “persona” se refiere a un participante en el proceso de contratación o en la ejecución de un contrato.
a Una firma o persona podrá ser declarada inelegible para que se le adjudique un contrato financiado por el Banco al término de un procedimiento de sanciones en contra del mismo, de conformidad con el régimen de sanciones del Banco. Las posibles sanciones incluirán: (i) suspensión temporal o suspensión temporal temprana en relación con un procedimiento de sanción en proceso; (ii) inhabilitación conjunta de acuerdo a lo acordado con otras Instituciones Financieras Internacionales incluyendo los Bancos Multilaterales de Desarrollo; y (iii) las sanciones corporativas del Grupo Banco Mundial para casos de fraude y corrupción en la administración de adquisiciones.
b Un subproveedor de servicios, consultor, fabricante y/o un proveedor de productos o servicios (se usan diferentes nombres según el documento de licitación utilizado) nominado es aquel que ha sido: (i) incluido por el oferente en su aplicación u oferta de precalificación por cuanto aporta la experiencia clave y específica y el conocimiento que permite al oferente cumplir con los criterios de calificación para una licitación en particular; o (ii) nominado por el prestatario.
firma que de lo contrario sería elegible para que se le adjudicara una Orden de Compra/ contrato financiado por el Banco.
(e) tendrá el derecho a exigir que, en los contratos financiados con un préstamo del Banco, se incluya una disposición que exija que los proveedores y proveedor de servicios s deben permitir al Banco revisar las cuentas y archivos relacionados con el cumplimiento de la Orden de Compra/ contrato y someterlos a una verificación por auditores designados por el Banco.
2. De conformidad con lo previsto en el literal e) anterior, los Oferentes permitirán al Banco y/o cualquier persona designada por el Banco revisar las cuentas y archivos relacionados con el proceso y someterlos a una verificación por auditores designados por el Banco.
3. Los oferentes deberán proporcionar información sobre comisiones y bonificaciones, si las hubiere, pagadas o pagaderas a agentes en relación con esta oferta y durante el cumplimiento de las actividades del contrato en el caso de que éste le fuera adjudicado.