CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO DE REVISIÓN OFICIAL Y CONFIDENCE PLAN DE EQUIPOS MITSUBISHI ELECTRIC
CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO DE REVISIÓN OFICIAL Y CONFIDENCE PLAN DE EQUIPOS MITSUBISHI ELECTRIC
1.- Condiciones Generales.
En las presentes Condiciones Generales ‘MITSUBISHI ELECTRIC’ significa MITSUBISHI ELECTRIC EUROPE
B.V., Sucursal en España. El ‘CLIENTE’ significa cualquier persona física o jurídica que haya aceptado la oferta o cuyo pedido de servicios para Equipos de MITSUBISHI ELECTRIC en cualquiera de las modalidades denominadas individualmente “Revisión Oficial” o “Confidence Plan” (en adelante, el “SERVICIO”) haya sido aceptado por MITSUBISHI ELECTRIC. MITSUBISHI ELECTRIC y el
CLIENTE podrán ser denominados conjuntamente como las “Partes”. La contratación del SERVICIO quedará sujeta a las presentes Condiciones Generales, que se considerarán conocidas y aceptadas por el CLIENTE al realizar el pedido. El presupuesto, oferta y/o cualquier documento distinto a estas Condiciones Generales emitido por MITSUBISHI ELECTRIC y dirigido al CLIENTE (en adelante, las “Condiciones Particulares”) junto con las presentes Condiciones Generales, constituyen el acuerdo completo entre las Partes (en adelante, el “Contrato”). En caso de contradicción entre alguna de las Condiciones Particulares y las presentes Condiciones Generales, será de aplicación lo dispuesto en las Condiciones Particulares. Asimismo, cualquier normativa imperativa que resulte aplicable será de plena y preferente aplicación respecto de las actuales Condiciones Generales.
2.- Contenido del Servicio.
Las presentes Condiciones Generales se aplicarán a cualquiera de las modalidades de Servicios de mantenimiento que, alternativamente, podrán contratarse y cuyo contenido se describe a continuación.
2.1. Inclusiones de la modalidad de Servicio de “Revisión Oficial”:
• El alcance será el que quede definido en las Condiciones Particulares si bien siempre incluirá necesariamente una (1) visita preventiva de revisión oficial del equipo especificado en el pedido dentro de territorio nacional por cada periodo inicial o prórroga de la duración del Contrato. Dicha revisión incluirá las especificidades referidas en la Ficha de descripción de los Servicios Oficiales de Mitsubishi Electric que se adjuntará a la Oferta.
• Análisis de la información recogida durante la visita y diagnóstico del funcionamiento del/los Equipo/s.
• Emisión y entrega del Informe con propuestas, en su caso, de mejora o correctoras.
• Una vez transcurridos 30 días desde la fecha de registro del pedido en los sistemas informáticos de MITSUBISHI ELECTRIC, la visita se realizará, en la fecha establecida en las Condiciones Particulares o, en caso de no especificarse, en la acordada entre las Partes previo envío del formulario de adquisición de datos de la instalación. Asimismo, en caso de no poder realizar el SERVICIO en las fechas pactadas por causas ajenas a MITSUBISHI ELECTRIC, el tiempo y el desplazamiento realizados en dicha visita serán facturados al CLIENTE de acuerdo
con la tarifa de precios vigente en cada momento, salvo que las Partes acuerden expresamente otra cosa.
2.2. Inclusiones de la modalidad de Servicio de “Confidence Plan”:
• El alcance será el que quede definido en las Condiciones Particulares si bien siempre incluirá necesariamente un mínimo de dos (2) visitas preventivas de revisión oficial del equipo especificado en el pedido dentro del territorio nacional por cada periodo inicial o prórroga de la duración del Contrato. Dicha revisión incluirá las especificidades referidas en la Ficha de descripción de los Servicios Oficiales de Mitsubishi Electric que se adjuntará a las Condiciones Particulares.
• Análisis de la información recogida durante la visita y diagnóstico del funcionamiento del/los Equipo/s.
• Emisión y entrega del Informe con propuestas, en su caso, de mejora o correctoras.
• una vez transcurridos 30 días desde la fecha de registro del pedido en los sistemas informáticos de MITSUBISHI ELECTRIC, las visitas se realizarán, en la fecha establecida en las Condiciones Particulares o, en caso de no especificarse, en las fechas pactadas entre las Partes previo envío del formulario de adquisición de datos de la instalación. Asimismo, en caso de no poder realizar el SERVICIO en las fechas pactadas por causas ajenas a MITSUBISHI ELECTRIC, el tiempo y el desplazamiento realizados en dicha visita serán facturados al CLIENTE de acuerdo con la tarifa de precios vigente en cada momento, salvo que las Partes acuerden expresamente otra cosa.
• Atención prioritaria en 48 horas laborables desde su solicitud de intervención técnica (dentro del periodo de actividad laboral de la empresa, siendo este de lunes a jueves de 08:30h a 18:00h y viernes de 08:00h a 14:00h excluidos fines de semana y festivos nacionales de la comunidad autónoma, o de la localidad donde se encuentre ubicada la instalación) para los equipos especificados en el Contrato. Dicha atención prioritaria no empezará a ser efectiva hasta que hayan transcurrido 30 días desde la fecha de registro del pedido en los sistemas informáticos de MITSUBISHI ELECTRIC.
• Servicio de diagnóstico gratuito para la detección de eventuales averías. El diagnóstico no incluye la reparación de la avería cuyo coste deberá ser presupuestado y aceptado por parte del CLIENTE de forma previa a la reparación. En caso de solicitar el servicio de diagnóstico de forma recurrente sobre averías que no son consecuencia directa de los equipos, por ejemplo, de forma enunciativa pero no limitativa, fallos en cuadros eléctricos, errores de configuración por parte de los usuarios, etc., la realización de los diagnósticos recurrentes se facturarán al CLIENTE, atendiendo a las tarifas y
honorarios de MITSUBISHI ELECTRIC vigentes en el momento de la realización del servicio de diagnóstico recurrente.
• Descuento en intervenciones con cargo en reparaciones y recambios.
En cualquier caso, los beneficios incluidos anteriormente, no aplicarán si el equipo objeto del Contrato muestra una avería previa a la firma del Contrato y no desplegarán efectos hasta que el CLIENTE haya atendido cualquier necesidad de reparación asegurando que el equipo esté en perfectas condiciones de funcionamiento de acuerdo con la cláusula 18.
3.- Servicios excluidos.
Salvo que las Partes acuerden expresamente otra cosa, los siguientes servicios no se encuentran incluidos en el objeto del presente Contrato:
a) La actuación normal de puesta en marcha y parada diarias, así como los ajustes de regulación diarios (modo/temperatura/velocidad de aire) en los mandos de control individuales o centralizados a nivel usuario.
b) Las intervenciones en elementos de control de la instalación, tuberías de agua o conductos de aire.
c) La limpieza química o mecánica de los circuitos frigoríficos, de intercambiadores, evaporadores y/o condensadores de agua o refrigerante que no estén específicamente indicados en las condiciones particulares.
d) La limpieza exterior y pintura de las máquinas.
e) Las actuaciones sobre equipos auxiliares no incluidos expresamente.
f) El coste de los materiales, mano de obra, consumibles de los equipos, los repuestos que por cualquier motivo deban de ser sustituidos y las pruebas específicas no incluidas en el Contrato derivadas o necesarias por o para la evaluación de determinados controles, quedan de igual manera excluidos del ámbito de aplicación del presente Contrato.
g) Las reparaciones o sustituciones de elementos que normalmente no precisan mantenimiento mecánico, incluyendo, a título enunciativo, pero no limitativo, los siguientes elementos:
a. Conductos.
b. Carcasas envolventes, armarios, soportes, rejillas, relleno xx xxxxxx, tuberías de agua, Vapor o drenaje, recipiente xx xxxxxxxx, etc.
c. Daños por actos u omisiones del CLIENTE o terceros como actos de vandalismo, causas de fuerza mayor y fenómenos atmosféricos o ambientales como, por ejemplo:
i. Corrosión.
ii. Erosión.
iii. Congelación.
iv. Impactos por granizadas u otros elementos.
h) La compra, reparación, sustitución, renovación o mantenimiento de los elementos electrónicos o informáticos, así como los costes de conexión y consumo que serán siempre a cargo del CLIENTE. Se deja expresa constancia de la exclusión de los gastos telefónicos o cualquier otro gasto derivado de la utilización de los
mencionados elementos electrónicos o informáticos.
i) Cualquier actuación o intervención que no esté expresamente incluida en el Contrato, incluidas aquellas que sean exigidas por normativas de los organismos competentes de la Administración.
j) Limpieza de los locales de máquinas.
k) El tratamiento que se deba realizar al agua, cualquiera que sea, en las máquinas.
l) Cualquier actuación o intervención cuyo origen tenga lugar en una actuación o uso de carácter negligente o doloso por parte del CLIENTE.
m) Cualquier actuación o intervención que no esté expresamente incluida en las Condiciones Particulares.
n) Asimismo, quedarán excluidos del ámbito de aplicación del Contrato cualquier actuación, instalación/equipo que no aparezcan identificados debidamente en el pedido del CLIENTE. Asimismo, el CLIENTE se obliga a comunicar a MITSUBISHI ELECTRIC cualquier modificación sustancial, total o parcial, de la instalación/equipos con el fin de adecuar el presente Contrato.
4.- Servicios adicionales.
La prestación a requerimiento del CLIENTE de cualquier otro servicio fuera del alcance de los servicios del Contrato será objeto de facturación atendiendo a las tarifas y honorarios de MITSUBISHI ELECTRIC vigentes en el momento de la prestación del servicio. Dichos servicios adicionales se prestarán de conformidad con lo establecido en cada una de las propuestas de servicios/ofertas puntuales que MITSUBISHI ELECTRIC remita al CLIENTE y éste acepte por escrito.
Las visitas realizadas a petición del CLIENTE que excedan de los servicios contratados en virtud del Contrato serán facturadas en su totalidad.
5.- Materiales.
Los materiales necesarios para llevar a cabo el SERVICIO de acuerdo con el alcance indicado están incluidos a excepción de los trabajos de reparación anteriores al inicio, instalación, albañilería, adecuación o similar que pudieran ser necesarios para la ejecución del SERVICIO contratado.
Los materiales empleados en la ejecución de los servicios adicionales (repuestos, refrigerantes y demás consumibles) y averías si fueran necesarios, serán facturados al cliente de conformidad con la tarifa oficial de precios de MITSUBISHI ELECTRIC vigente en cada momento.
6.- Averías.
Cualquier aviso de avería, incluido el servicio de diagnóstico de la modalidad de Servicio de “Confidence Plan”, deberá ser comunicada por el CLIENTE en días laborables de lunes a jueves de 8:30-18h y viernes de 8- 14h a través del correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
En caso de urgencia, podrá dar aviso de la avería a través del teléfono gratuito general 900 266 745 (opción 1: Servicios Contratados) en el mismo horario antes indicado, salvo que se indique lo contrario en las condiciones particulares respecto de servicios adicionales en cuyo caso podrá asignarse un teléfono personalizado vinculado a su contrato que constará en la Oferta y/o Condiciones Particulares
La visita de diagnóstico a efectuar para atender el aviso de avería debidamente comunicado se realizará en días laborables, de lunes a viernes de 8:00h a 18:00h y la tarifa será la vigente aplicable en cada momento. Sólo en aquellos casos en los que se haya acordado previamente en las Condiciones Particulares, las visitas de diagnóstico podrán realizase fuera del horariolaboral indicado anteriormente o en fines de semana o festivos, aplicándosele el recargo adicional sobre la tarifa vigente que corresponda.
Si durante la visita de diagnóstico que se lleve a cabo tras el aviso de avería puede darse solución al problema mediante reparación cuyo importe no exceda de 250 € (IVA no incluido), MITSUBISHI ELECTRIC procederá a su reparación, incluyendo la eventual sustitución de piezas defectuosas, sin que sea necesaria la autorización previa por parte del CLIENTE. Para el resto de los casos será necesaria la aceptación previa por parte del CLIENTE del presupuesto emitido por MITSUBISHI ELECTRIC.
Las intervenciones efectuadas por MITSUBISHI ELECTRIC quedarán reflejadas en documento escrito con las firmas tanto del técnico interventor como del CLIENTE receptor.
7.- Tarifa de precios vigente.
Puede consultar la tarifa de precios vigente en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx_xxx/Xxxxxxxx ientos/tarifa.pdf
8.- Aceptación del pedido.
La aceptación de cualquier pedido del SERVICIO estará sujeta al pago, en su caso, de cualquier cantidad debida, al cumplimiento de los baremos financieros atribuidos al CLIENTE según su situación financiera en cada momento, a los estándares de cumplimiento que MITSUBISHI ELECTRIC establezca en cada momento y a la verificación de cumplimiento por parte del CLIENTE de lo establecido en las cláusulas 17 y 18.
Como norma general, no se aceptarán anulaciones de pedidos previamente aceptados por parte de MITSUBISHI ELECTRIC, salvo que ésta lo autorice expresamente.
9.- Duración del SERVICIO.
Salvo que se indique lo contrario en las Condiciones Particulares,
la duración del SERVICIO será de un (1) año a partir de la fecha de registro del pedido en los sistemas informáticos de MITSUBISHI ELECTRIC (se informará al CLIENTE por escrito, mediante correo electrónico, de dicha fecha de registro), prorrogándose tácitamente por sucesivos períodos anuales, salvo denuncia expresa de cualquiera de las Partes, mediante comunicación escrita con treinta (30) días de antelación a la finalización del Servicio o de cualquiera de sus prórrogas.
Todas las visitas preventivas deberán realizarse dentro del periodo de un (1) año desde la introducción del pedido en los sistemas informáticos de MITSUBISHI ELECTRIC.
10.- Garantía del Servicio.
Salvo que la garantía sobre el equipo se mantenga vigente o la normativa que sea de aplicación en el momento de la contratación del SERVICIO establezca otra cosa, MITSUBISHI ELECTRIC otorga al CLIENTE un período de garantía del servicio de tres (3) meses en todas las
intervenciones efectuadas por MITSUBISHI ELECTRIC con relación al SERVICIO.
En el caso de que, tras la prestación del SERVICIO, cualquier persona ajena a MITSUBISHI ELECTRIC manipule el equipo, la presente garantía quedará excluida.
Asimismo, quedarán fuera de la presente garantía, los fallos e incidencias preexistentes en las instalaciones, equipos o elementos principales o accesorios que formen parte de estos, o aquellos fallos derivados de un uso incorrecto por parte del CLIENTE o terceros ajenos a MITSUBISHI ELECTRIC, o como resultado del normal desgaste de los equipos e instalaciones con motivo de su antigüedad.
También está excluida de la garantía cualquier fallo o error de funcionamiento por daños que sea derivado de fuerza mayor o de condiciones atmosféricas y ambientales de temperatura y humedad como la corrosión, congelación o erosión funcionamiento, así como cualquier otro equipo que no esté expresamente incluido en el Contrato.
11.- Precio.
El precio del SERVICIO será el determinado en las Condiciones Particulares y será válido durante el período indicado en las mismas y, si no se indica nada específico, durante 30 días.
En todo caso, las intervenciones en garantía que, en su caso, sean requeridas en los productos se regirán por lo previsto en las Condiciones Generales de Venta MITSUBISHI ELECTRIC y las manipulaciones adicionales o especiales de los equipos objeto del Contrato no están incluidos en el precio, por tanto, los gastos derivados por dichos conceptos, si los hubiera, serán siempre por cuenta del CLIENTE.
MITSUBISHI ELECTRIC se reserva el derecho de variar, en cualquier momento, los precios del SERVICIO en caso de cualquier factor no atribuible o fuera del control de MITSUBISHI ELECTRIC como, por ejemplo, de forma enunciativa pero no limitativa, el aumento de los costes en mano de obra, en materiales o en transporte o debido a devaluaciones de la divisa cuando el pago se efectúe en una moneda fuera de la Unión Económica y Monetaria Europea.
Cuando sea necesario, serán por cuenta del CLIENTE los gastos de realización y legalización del proyecto de la instalación ofertada.
12.- Facturación y forma de pago.
En la modalidad de Servicio de “Revisión Oficial” la facturación del precio total del SERVICIO que será prestado por MITSUBISHI ELECTRIC será realizada tras la firma del contrato y un mes antes de la fecha acordada con el CLIENTE conforme a lo establecido en la cláusula 2 para la realización de la visita preventiva. El pago de la factura será por anticipado debiendo abonarse de forma inmediata tras la recepción de la factura correspondiente y necesariamente antes de que el técnico acuda a realizar la visita de revisión oficial, salvo que se conceda crédito al CLIENTE, en cuyo caso lo hará efectivo en la forma, los plazos y los términos previstos en la factura o que se estipulen en las Condiciones Particulares.
En la modalidad de Servicio de “Confidence Plan” la facturación del precio total del SERVICIO que será prestado por MITSUBISHI ELECTRIC será facturado en el momento
de su contratación. El pago de la factura será por anticipado debiendo abonarse de forma inmediata tras la recepción de la factura correspondiente, salvo que se conceda crédito al CLIENTE, en cuyo caso lo hará efectivo en la forma, los plazos y los términos previstos en la factura o que se estipulen en las Condiciones Particulares.
Para las peticiones adicionales no incluidas en los SERVICIOS, como por ejemplo cuando se solicite un diagnóstico no incluido en el SERVICO o se proceda con una reparación, el coste de desplazamiento, la previsión de mano de obra, así como el coste de cualquier elemento excluido de acuerdo con las cláusulas precedentes tales como repuestos, sustitución de piezas u otros materiales necesarios, estimación del gas a emplear u otros consumibles, etc. se presupuestará con carácter previo a la visita del técnico y dicho presupuesto deberá ser aceptado por el CLIENTE antes de la intervención. De dicho presupuesto, la parte correspondiente a las piezas de recambio que se prevean utilizar, en su caso, serán facturadas tras la aceptación del pedido, mientras que el resto de conceptos presupuestados se facturarán una vez concluida la visita del técnico. El pago de las facturas será a a vista, salvo que se conceda crédito al CLIENTE, en cuyo caso lo hará efectivo en la forma, los plazos y los términos previstos en la factura o en las Condiciones Particulares.
Como excepción a lo indicado en el párrafo anterior, aquellos casos que se circunscriban a lo definido en la cláusula 6, párrafo cuarto, no requerirán de presupuesto previo ni aceptación del CLIENTE, facturándose tras finalizar la intervención y el pago de la factura será a la vista, salvo que se conceda crédito al CLIENTE, en cuyo caso lo hará efectivo en la forma, los plazos y los términos previstos en la factura o en las Condiciones Particulares.
En cualquiera de los casos anteriores, MITSUBISHI ELECTRIC se reserva el derecho de modificar las condiciones de pago acordadas con el CLIENTE en el supuesto de que las circunstancias financieras de éste varíen.
13.- Actualización del Precio.
Transcurrido el periodo inicial, el precio del SERVICIO será actualizado anualmente en función de las variaciones que haya experimentado el Índice General de Precios al Consumo (IPC) del año anterior, publicado a 31 de diciembre por el Instituto Nacional de Estadística o, en su caso, por el organismo que lo sustituya, durante los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización. La actualización se aplicará a partir del inicio de cada nuevo periodo de vigencia del Contrato prorrogado, a fecha 1 xx xxxxx de cada año, siempre que haya sido publicado el IPC correspondiente, o con posterioridad a dicha fecha si la publicación se retrasase y, en cualquier caso, sin necesidad de comunicación alguna entre las Partes. El precio actualizado del SERVICIO se repercutirá desde la primera factura que se emita a cargo del CLIENTE, correspondiente al nuevo periodo de vigencia del SERVICIO prorrogado.
14.- Impuestos.
Todos los gastos, impuestos y tasas que graven la formalización y ejecución de cualquier servicio prestado por MITSUBISHI ELECTRIC, serán por cuenta y cargo del CLIENTE, salvo indicación expresa en contrario, sin que en ningún momento pueda repercutir cantidad alguna a MITSUBISHI ELECTRIC por tales conceptos.
15.- Obligaciones de MITSUBISHI ELECTRIC.
MITSUBISHI ELECTRIC se compromete a:
a) Prestar al CLIENTE el SERVICIO, de conformidad con los términos y condiciones del Contrato;
b) Realizar los informes técnicos que procedan sobre los trabajos ejecutados en virtud del contrato y sobre las modificaciones o reparaciones que pudieran ser necesarias conforme a lo establecido en la cláusula 2 anterior;
c) Colaborar con la dirección técnica para obtener el máximo rendimiento posible de la instalación y optimizar su consumo energético;
d) Instruir al personal que el CLIENTE designe en la correcta manipulación de los Equipos;
e) Realizar asesoramiento técnico sobre los problemas que puedan afectar el buen funcionamiento de la instalación y proponer las posibles mejoras o modificaciones;
f) Colaborar con el CLIENTE en la obtención de las correspondientes relaciones de repuestos recomendados;
g) Realizar las operaciones de mantenimiento en la fecha que las partes acuerden o cualquier otro trabajo contratado conforme a la programación que se establezca dentro del periodo de actividad laboral de la empresa indicado en la cláusula 2.
h) A tener cubierto el riesgo de responsabilidad civil empresarial, responsabilizándose de los daños y desperfectos que puedan ser ocasionados por el personal a su servicio en el transcurso de la prestación del SERVICIO. En cualquier caso, la responsabilidad de MITSUBISHI ELECTRIC quedará limitada a los daños directos y MITSUBISHI ELECTRIC, en ningún caso, será responsable de daños emergentes o perjuicios que puedan ser clasificados como lucro cesante, pérdida de negocio o reputación comercial, reclamaciones a terceros u otros daños similares.
i) A estar al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social, quedando bajo la responsabilidad de MITSUBISHI ELECTRIC cualquier posible daño producido a su personal en el desarrollo de las prestaciones contratadas, a excepción de aquellos daños y perjuicios, cuya responsabilidad personal y/o directa sea exigible a cualquier otra persona física o jurídica, así como los que se deriven del incumplimiento contractual por parte del CLIENTE, o tengan su origen en un acción u omisión imputable a un tercero ajeno a MITSUBISHI ELECTRIC.
16.- Obligaciones del CLIENTE.
Por su parte, el CLIENTE se compromete a:
a) Pagar el precio convenido en el Contrato, conforme a los términos y condiciones establecidos en el mismo;
b) Notificar a MITSUBISHI ELECTRIC cualquier aviso de avería urgente, según el proceso detallado en la cláusula 6, indicando de forma resumida las características de la anomalía detectada y el equipo al que afecta, siempre que sea posible.
c) Proporcionar los medios necesarios para el acceso a los equipos y proveer los espacios libres necesarios para realizar el SERVICIO de forma óptima (por ejemplo, el desmontaje y separación de muebles, estructuras e instalaciones que rodean al equipo para acceder a los mismos, etc.). Si estas operaciones produjeran cualquier tipo de coste, estos, previamente presupuestados y aceptados, serán asumidos por el CLIENTE.
d) Mantener los equipos y las instalaciones objeto del Contrato en condiciones normales de funcionamiento en el momento de iniciarse el SERVICIO..
e) Facilitar a MITSUBISHI ELECTRIC, con carácter previo y para poder desarrollar las actividades contratadas, la información relativa a las características y complejidad de las instalaciones.
f) Designar a un interlocutor que reciba las correspondientes instrucciones por parte de MITSUBISHI ELECTRIC con el objetivo de capacitarlo suficientemente para el correcto manejo de los equipos.
g) Comunicar a MITSUBISHI ELECTRIC sus distintas normas de régimen interno vigentes con carácter previo a la realización del SERVICIO.
h) Manipular los equipos, de acuerdo con las instrucciones facilitadas por MITSUBISHI ELECTRIC, comunicando a ésta, a la mayor brevedad posible, las eventuales incidencias de funcionamiento que se produzcan.
i) Mantener en buen estado de conservación y en condiciones de higiene óptimas los espacios ocupados por los equipos.
j) No modificar o permitir la reparación de los equipos objeto del Contrato por ninguna persona ajena o no designada por MITSUBISHI ELECTRIC para la realización de dichas tareas, salvo autorización expresa por parte de MITSUBISHI ELECTRIC.
k) Realizar las tareas de limpieza de filtros de unidades interiores, Rooftop y/o climatizadores con la frecuencia necesaria, en el caso de que el CLIENTE no haya contratado la limpieza de filtros.
l) Remitir cualquier otra información no contemplada en los supuestos anteriores, que pueda considerarse relevante y necesaria para el correcto desarrollo del SERVICIO.
17.- Obligaciones del CLIENTE en materia de coordinación en la Prevención de Riesgos Laborales. El CLIENTE se compromete a cumplir con sus obligaciones en materia de coordinación para la prevención de riesgos laborales establecidas en el art. 24 de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales modificado por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, y en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla en el citado artículo y resto de normativa vigente que desarrolle, complemente o en cada momento las sustituya. A tales efectos, el CLIENTE informará a MITSUBISHI ELECTRIC por escrito y como mínimo 30 días antes de cualquier tipo de vista o intervención de alguno los técnicos designados por MITSUBISHI ELECTRIC acerca de:
a) Los riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades desarrolladas por MITSUBISHI ELECTRIC (especialmente sobre los riesgos que puedan verse agravados o modificados por la presencia de los trabajadores de MITSUBISHI ELECTRIC);
b) las medidas referidas a la prevención de tales riesgos y;
c) las medidas de emergencia que se deban aplicar (planes de evacuación, incendios, etc.), así como cualquier otra instrucción necesaria para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo del CLIENTE que pudieran afectar a los trabajadores de MITSUBISHI ELECTRIC.
En el supuesto de que se produzca un cambio en los riesgos propios del centro de trabajo del CLIENTE que afecte a la prevención de riesgos laborales, éste deberá
proporcionar a MITSUBISHI ELECTRIC la correspondiente información actualizada a la mayor brevedad posible. Adicionalmente, el CLIENTE deberá comunicar de inmediato a MITSUBISHI ELECTRIC cualquier situación de emergencia susceptible de afectar a la salud o seguridad de los trabajadores de MITSUBISHI ELECTRIC.
18.- Responsabilidad.
Los equipos incluidos en el Contrato deberán encontrarse en perfectas condiciones de funcionamiento en la fecha de entrada en vigor del mismo y haber superado las verificaciones requeridas durante la puesta en marcha de los equipos si fuera requerido en las Condiciones Particulares.
MITSUBISHI ELECTRIC se reserva el derecho de inspeccionar los equipos con carácter posterior a la firma del Contrato, quedando por cuenta del CLIENTE cualquier reparación que se considere necesaria para la correcta realización del SERVICIO.
Asimismo, en el supuesto de que MITSUBISHI ELECTRIC recomendase al CLIENTE, mediante comunicación escrita, la necesidad de sustitución o reparación parcial o total de los equipos y el CLIENTE no atendiese dichas recomendaciones, MITSUBISHI ELECTRIC se reserva el derecho de suspender la prestación del SERVICIO.
En ningún caso MITSUBICHI ELECTRIC será responsable de demora o incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del Contrato que resulten de actos u omisiones atribuibles al CLIENTE o consecuencias derivadas de la falta de cooperación por su parte (incluidas, sin carácter restrictivo, las personas físicas y jurídicas que estén bajo su control, o cualquiera de sus respectivos directivos, administradores o empleados).
la de sus subcontratistas, en su caso, a transmitir y hacer llegar dicha información y documentación a sus respectivos clientes para asegurar que toda la cadena de suministro es debidamente conocedora de la misma, eximiendo a Mitsubishi Electric de cualquier responsabilidad ante terceros; y (v) declara ser consciente de las responsabilidades que derivan en caso de incumplimiento de estas obligaciones.
19.- Extinción y resolución.
La prestación del SERVICIO se extinguirá de acuerdo con las causas generales de extinción de las obligaciones. No obstante, las Partes pactan expresamente que las obligaciones del CLIENTE contenidas en las cláusulas 17, 18, 23 y 24 así como la obligación del pago del Precio asumida por el CLIENTE en virtud de lo dispuesto en la Cláusula 16, son parte esencial del presente contrato, facultando a MITSUBISHI ELECTRIC su mero incumplimiento a dar por resuelto de pleno derecho la prestación del SERVICIO sin derecho a devolución del precio abonado por el CLIENTE.
20.- Fuerza Mayor.
Xxxxxxx parte será responsable de ninguna demora o incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del Contrato que resulten de circunstancias o causas fuera de su control razonable, incluidos, sin carácter restrictivo, incendios u otros accidentes, catástrofes naturales, epidemias, huelgas o conflictos laborales, guerras o actos violentos de terrorismo.
Ambas Partes contribuirán con todos sus medios para evitar en lo posible la fuerza mayor, reducir sus efectos y eliminar sus causas con la máxima rapidez.
21.- Protección de Datos.
A los efectos previstos en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 (en adelante, “RGPD”) así como la normativa de privacidad de aplicación, MITSUBISHI ELECTRIC informa que los datos personales incluidos en el Contrato se tratarán por MITSUBISHI ELECTRIC con la finalidad de permitir el desarrollo, cumplimiento y control de la relación concertada, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de la relación contractual establecidas en el Contrato y conservándose los datos durante todo el tiempo en que esta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella.
Asimismo, a efectos de lo establecido en la normativa de protección de datos, el CLIENTE se da por informado de lo siguiente:
a) Los respectivos responsables del tratamiento de datos de carácter personal, son cada una de las empresas a las cuales se les facilita los datos de los intervinientes.
b) Los datos de contacto del delegado de protección de datos de MITSUBISHI ELECTRIC son los siguientes: xxxx@xx.xxx.xxx / correo postal: Xxxx. xx Xxxx, 00- 00, 00000, Xxxx Xxxxx xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx-Xxxxxx).
c) Los datos personales de los intervinientes del Contrato no serán cedidos a terceras entidades fuera del grupo MITSUBISHI ELECTRIC, tampoco serán objeto de decisiones automatizadas.
d) En el caso de que las Partes precisaran contratar los servicios de proveedores ubicados en países que no disponen de normativa equivalente a la europea (“Terceros Países”) para el tratamiento de sus datos, dicha contratación se realizaría previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa de protección de datos, y aplicando las garantías y
salvaguardas necesarias para preservar su privacidad. En este contexto, MITSUBISHI ELECTRIC informa al CLIENTE que tiene contratados servicios con proveedores tecnológicos ubicados en Terceros Países y que la contratación de dichos servicios cumple con todos los requisitos establecidos por las regulaciones de protección de datos, aplicando a la transferencia de los datos las garantías necesarias y salvaguardas para preservar la privacidad del CLIENTE. Asimismo, MITSUBISHI ELECTRIC también informa al CLIENTE que necesita realizar transferencias internacionales a su empresa matriz ubicada en Japón (país con el que la Comisión Europea ha adoptado una decisión de adecuación que permite que los datos personales fluyan libremente entre las dos economías en base a garantías sólidas de protección) y cuyo objetivo es unificar la gestión, el mantenimiento y el soporte técnico de las bases de datos de los clientes y proveedores de MITSUBISHI ELECTRIC. Para más información sobre garantías con relación a transferencias internacionales de datos el CLIENTE puede contactar con el Delegado de Protección de Datos de MITSUBISHI ELECTRIC, a través de las direcciones postal y electrónica anteriormente indicadas.
e) Tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos, solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, solicitar la oposición o limitación del tratamiento de los mismos o solicitar su portabilidad.
En caso de que el CLIENTE quiera ejercitar dichos derechos puede enviar un mensaje al Delegado de Protección de Datos de MITSUBISHI ELECTRIC, en la dirección postal o dirección de correo electrónico indicadas anteriormente.
f) Si las Partes consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa pueden presentar una reclamación al Delegado de Protección de Datos anteriormente referenciado o ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos de su país de residencia.
22.- Confidencialidad y Derechos de Propiedad Intelectual.
Se entenderá por Información Confidencial todos los datos, documentación e información de cualquier tipo a los que tengan acceso las Partes en virtud de la prestación del SERVICIO. Toda la Información Confidencial que sea comunicada entre las Partes con motivo de la prestación del SERVICIO, sólo podrá ser utilizada para este fin única y exclusivamente. Las Partes informarán a su personal y colaboradores de las obligaciones establecidas en el presente Contrato sobre confidencialidad y realizará cuantas acciones sean necesarias con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones.
Nada contenido en el Contrato se entenderá que supone, en ningún caso, un derecho o privilegio de uso de la marca y el logo “MITSUBISHI”, “MITSUBISHI ELECTRIC” o
“MEU”, del logo de Mitsubishi Electric conocido como “tres diamantes”, así como de ningún otro tipo de logo o marca titularidad de, usada por, perteneciente a, o registrada por, cualquier empresa del Grupo Mitsubishi Electric.
Las obligaciones establecidas en la presente cláusula seguirán vigentes tras la terminación del presente Contrato hasta que acaezca la primera de las siguientes circunstancias: (i) el transcurso de cinco (5) años; (ii) la prescripción o caducidad de cualquier derecho dispositivo
sobre dichas cláusulas (en todo o en parte) conforme a las leyes aplicables o (iii) que las mismas devengan de dominio público.
23.- Cumplimiento Normativo.
Las Partes se comprometen a desarrollar sus obligaciones contractuales de modo íntegro y honesto, y de conformidad con lo dispuesto por las leyes y convenios aplicables tanto a nivel nacional como europeo e internacional, y en particular con:
- La normativa sobre defensa de la competencia;
- La normativa anticorrupción en lo que respecta al SERVICIO incluyendo, entre otras prácticas, cualquier tipo de soborno o pago facilitador a cualquier autoridad privada o pública de cualquier rango y en cualquier país;
- La normativa internacional y española referente a la seguridad en las importaciones y/o exportaciones, a la comercialización y suministro de productos y tecnologías xx xxxxx uso y a la no proliferación xx xxxxx y armamentos de destrucción masiva (armamento nuclear, químico y biológico).
24.- Derecho Humanos y Medio Ambiente.
El CLIENTE, al igual que MITSUBISHI ELECTRIC, se compromete a asegurar el respeto hacia los Derechos Humanos y las libertades públicas en el desempeño de sus actividades, ya sean estas realizadas por personal propio o por subcontratistas, y a impulsar acciones que permitan el desarrollo sostenible de su actividad, impulsando, en general, acciones para la protección del medio ambiente y, en particular, para la prevención de la contaminación y la reducción de la huella de carbono.
25.- Cesión y Subcontratación.
MITSUBISHI ELECTRIC podrá ceder, total o parcialmente, sus derechos y obligaciones, así como subcontratar a terceros a fin de prestar el SERVICIO.
26.- Renuncia.
La falta de solicitud, o requerimiento, de MITSUBISHI ELECTRIC al CLIENTE para el cumplimiento de los términos previstos en estas Condiciones Generales no supondrá, en ningún caso, la aceptación tácita o expresa respecto a la falta de cumplimiento incurrida por el CLIENTE, ni la renuncia por parte de MITSUBISHI ELECTRIC a solicitar, con posterioridad, el cumplimiento de los términos previstos en las presentes condiciones.
27.- Ley y jurisdicción aplicables.
El presente Contrato, incluidos sus anexos, se regulará e interpretará de acuerdo con la legislación española y cualquier controversia o reclamación derivada de, o relacionada con, el presente Contrato será resuelta ante los tribunales competentes de Madrid, renunciando las Partes a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder.