OBJETO:
1
114.00.50.0.0004.14
TÉRMINOS DE INVITACIÓN ABIERTA E INDETERMINADA
INVITACION No.114.00.28.01.0004.14
OBJETO:
INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y AMBIENTAL DEL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO LA “CONSTRUCCION DE UN (1) POZO PROFUNDO EN LA CALLE 30 CON CARRERA 23 SECTOR MANGA DE COLEO Y SUS ESTRUCTURAS COMPLEMENTARIAS PARA EL ABASTECIMIENTO ALTERNO DEL SISTEMA DE ACUEDUCTO DEL MUNICIPIO DE YOPAL”
MAYO DE 2014 YOPAL – CASANARE
TERMINOS DE INVITACION
1. GENERALIDADES
1.1 PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL
El procedimiento a seguir en los presentes Términos de Invitación por parte de la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE YOPAL EICE ESP, en adelante
EAAAY EICE ESP, constituye una selección del contratista mediante la modalidad de Invitación Abierta e Indeterminada, de conformidad con lo establecido en las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001, el Manual de Contratación de la EAAAY EICE ESP, y demás normas reglamentarias y concordantes.
Su estructuración se ha realizado de acuerdo con los estudios y documentos previos, en los cuales se establece la necesidad, conveniencia y oportunidad y demás información necesaria establecida por la EAAAY EICE ESP y de acuerdo con la Constitución Política, las leyes y sus decretos reglamentarios. El participante deberá examinar cuidadosamente estos Términos de Invitación, los cuales constituirán parte integral y base del contrato.
En este documento se describen los requisitos o condiciones jurídicas, financieras, técnicas, de experiencia y económicas que las personas deben tener en cuenta para elaborar y presentar las ofertas relacionadas con el objeto a contratar y que harán parte integral del contrato que resulte del presente proceso de selección.
Con la finalidad de obtener claridad y ofrecimientos que permitan una escogencia objetiva y eviten la declaratoria de desierta del proceso de selección, se solicita seguir la metodología de elaboración de la propuesta señalada en este documento.
1.2 ANTECEDENTES:
Actualmente se adelanta el proceso de contratación de la Construcción de un nuevo pozo profundo de agua ubicado en la calle 30 con carrera 23 en el Sector manga de Coleo. El presente proceso se sustenta en el contrato interadministrativo No. 1313.12 suscrito entre la EAAAY EICE ESP y la Gobernación de Casanare cuyo objeto es: “CONSTRUCCIÓN DE CUATRO (4) POZOS PROFUNDOS PARA EL ABASTECIMIENTO CON AGUA SUBTERRÁNEA PARA EL ACUEDUCTO DEL MUNICIPIO DE YOPAL” mediante el cual se
pretende mejorar y satisfacer a corto plazo la necesidad de agua potable padecida por la comunidad afectada, de tal forma que los habitantes de Yopal gocen de calidad, cantidad y continuidad en la prestación del servicio de agua potable, según el decreto 475 de 1998 y 1575 de 2007, además es una estrategia para lograr incrementos positivos en los indicadores de cobertura, según lo exigen las normas existentes, entre ellas el RAS 2000 y el decreto 1594 de 1984 y 3930 de 2010.
El año pasado se adelantó la construcción de un pozo exploratorio derivado del anterior contrato interadministrativo descrito, la construcción de este pozo exploratorio se realizó mediante el Contrato de Obra N° 114.12 y fue construido en el sector conocido como Xxxxx Xxxxx, comprobó la existencia de estratos acuíferos de gran producción de agua.
Descrito todo lo anterior se busca con la construcción de este nuevo pozo en el sector de Manga de coleo, obtener tanto el caudal teórico como la calidad de las obras construidas. Por tal motivo se desea seleccionar a una persona natural o Jurídica mediante un concurso, persona que realice las Actividades de Interventoría técnica, administrativa,
financiera y ambiental al contrato de obra de construcción xxx xxxx profundo en el Sector manga de coleo, dicha persona natural o Jurídica debe contar con las conocimientos técnicos necesarias así como la experiencia requerida para la interventoría de una obra de construcción de un pozo profundo de agua, una planta de tratamiento y demás obras complementarias.
1.3 OBJETO DE LA INVITACIÓN
De conformidad con el análisis de oportunidad y conveniencia, la EAAAY EICE ESP requiere contratar la ejecución del proyecto cuyo objeto es INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y AMBIENTAL DEL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO LA “CONSTRUCCION DE UN (1) POZO PROFUNDO EN LA CALLE 30 CON CARRERA 23 SECTOR MANGA DE COLEO Y SUS ESTRUCTURAS COMPLEMENTARIAS PARA EL ABASTECIMIENTO XXXXXXX XXX XXXXXXX XX
XXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXX”, xxxx contrato de Interventoría deberá velar por el adecuado cumplimiento del objeto contractual de la obra civil, velará por que las obras se ejecuten de acuerdo a los planos de obra, cantidades y presupuestos, especificaciones generales y particulares y demás condiciones establecidas en la invitación del proceso de contratación de obra civil.
Los oferentes deberán tener en cuenta los estudios y diseños existentes del proyecto de obra civil, el cual se encuentra debidamente inscrito en el Banco de proyectos de la EAAAY EICE ESP y viabilizado por la Dirección Técnica de la EAAAY EICE ESP.
El oferente deberá contar con la capacidad jurídica, técnica y económica para presentar oferta y desarrollar la actividad a contratar, y cumplir con las demás condiciones establecidas en la presente invitación.
Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en el país o sin sucursal establecida en Colombia, deben acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y representarla judicial y extrajudicialmente.
1.4 ALCANCE DEL OBJETO
La Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal EICE ESP, ha definido el alcance del proyecto así:
Ejercer la Interventoría técnica, administrativa, financiera y ambiental de la obra física para la construcción de un pozo profundo en la Calle 30 con carrera 23 Sector manga de Coleo.
Como requisito para el cumplimiento a cabalidad de la interventoría ejercida sobre la obra civil se deberá hacer entrega de los ensayos a la obra y calidad de los materiales, bitácoras de obra y actas de reuniones. Este interventor deberá estar en constante comunicación con la Supervisión designada por la Empresa EAAAY EICE ESP, que será ejercida por el Director Técnico o el profesional que este delegue.
El Interventor designado deberá velar porque luego de haberse realizado la perforación xxx xxxx profundo y una vez se haya establecido la profundidad real del mismo, verificará los ajustes necesarios al diseño para el correcto diseño definitivo xxx xxxx,.
El INTERVENTOR deberá velar por la correcta entrega, por la calidad y por la puesta en marcha de la obra, así como realizará, evaluará los análisis de agua realizados al acuífero durante su prueba de bombeo, y antes de la puesta en funcionamiento, de manera que garantice la calidad del agua entregada a la población.
1.5 PARTICIPANTES
Podrán participar en el presente proceso de selección las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas – individualmente, en consorcio o en unión temporal, que no se encuentren incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar consagradas en la Constitución o en la Ley, y/o que presenten conflicto de intereses con la EAAAY EICE ESP.
El oferente deberá contar con la capacidad jurídica, técnica, económica y financiera para presentar oferta y desarrollar la actividad a contratar, y cumplir con las demás condiciones establecidas en la presente invitación.
Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en el país o sin sucursal establecida en Colombia, deben acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y representarla judicial y extrajudicialmente.
El INTERVENTOR deberá contar con una oficina en el Municipio de Yopal y deberá contar con la disposición del personal mínimo requerido, en el momento de la oferta deberá presentar la dirección de la oficina en el municipio.
1.6 REGIMEN JURÍDICO – NORMATIVIDAD APLICABLE
Son aplicables los principios establecidos en la Constitución Política, la Ley 142 de 1994 Que establece el régimen contractual que se aplica a los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica, distribución de gas combustible, telefonía fija pública básica conmutada y la telefonía local móvil en el sector rural; a las actividades que realicen las personas prestadoras de servicios públicos, a las actividades complementarias y a los otros servicios previstos en normas especiales de la misma ley, Artículo 32 Ley 142 de 1994 Régimen de derecho privado para los actos de las empresas: “Salvo en cuanto la Constitución Política o esta Ley dispongan expresamente lo contrario, la constitución, y los actos de todas las empresas de servicios públicos, así como los requeridos para la administración y el ejercicio de los derechos de todas las personas que sean socias de ellas, en lo no dispuesto en esta Ley, se regirán exclusivamente por las reglas del derecho privado”, la Ley 689 de 2001, las normatividad vigente de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA, el decreto 1594 de 1984 (arts. 20-21), Decreto 3930 de 2010, RAS 2000, en cuanto sea aplicable y el Manual de Contratación de la EAAAY EICE ESP. Para lo que no esté regulado particularmente, se tendrán en cuenta las normas civiles y comerciales, las reglas previstas en estos Términos de Invitación, y los demás actos y documentos que se expidan durante el desarrollo del proceso de invitación. Así mismo, aquellas normas de carácter tributario, presupuestal, de seguridad social integral, de aportes parafiscales, ambientales, laborales, de organización administrativa, etc., que resulten aplicables y concordantes a este proceso. CONTROL SOCIAL EN CONTRATACION
En cumplimiento del artículo 209 constitucional, la EAAAY EICE ESP convocará a través de su cartelera y de la página web xxx.xxxxx.xxx.xx, a las Veedurías Ciudadanas
establecidas de conformidad con la Ley, para que realicen el control social al presente proceso de contratación, si así lo desean.
1.7 PRESUPUESTO ESTIMADO DE INVITACIÓN Y FINANCIACIÓN
El presupuesto estimado para la ejecución del objeto de la presente Invitación, es de
DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIILONES DOSIENTOS TRECE MIL TRESIENTOS
TREINTA DOS PESOS ($ 267.213.332.), el cual se respalda con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2014000365 de fecha 00 xx xxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxx Xx. 0000 de 21 xx Xxxxx de 2012.
Este valor no admitirá variación alguna por causa de una eventual ampliación del plazo contractual que requiera el contratista el cual se estipulo en el numeral 1.9 de la presente invitación, salvo reconocimiento expreso de la EAAAY.
Cuando la oferta presentada o corregida supere el valor total del presupuesto estimado, dicha oferta será rechazada por no cumplir con los requisitos de admisión de la oferta, sin perjuicio a lo establecido en el Manual de Contratación de la EAAAY EICE ESP. Así mismo, y con el fin de evitar ofertas artificialmente bajas, se rechazarán aquellas cuyo valor ofertado o corregido sea menor del 90% del Presupuesto estimado.
1.8 PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de ejecución de la Interventoría para velar por el adecuado cumplimiento de los trabajos a realizar a entera satisfacción de la EAAAY EICE ESP, será de CINCO (05) MESES y QUINCE (15) DIAS, contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de inicio. La duración o vigencia del contrato será la del plazo de ejecución y CUATRO (4) MESES más.
El plazo de ejecución se adelantará de manera independiente a los pagos establecidos en la presente Invitación.
1.9 TIPO Y MODALIDAD DEL CONTRATO
La ejecución del objeto de la presente Invitación se llevará a cabo mediante la modalidad de INVITACIÓN ABIERTA E INDETERMINADA, prescrita en el Artículo 29 del Manual de Contratación de la EAAAY EICE ESP la cual la precisa que esta modalidad de contrato se entenderá como licitación de derecho privado conforme al Artículo 860 del código de Comercio, y se cursara invitación publica cuando se trate de “contratos cuyas cuantías sean superiores a tres mil (3.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes”
…( ), se celebrara bajo la tipología de CONTRATO CONSULTORIA, regido por las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001, las normatividad vigente de la CRA en cuanto sea aplicable, y demás normas del derecho privado que resulten aplicables, siendo el régimen de contratación en materia de servicios públicos domiciliarios de derecho privado.
1.10 VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El valor del contrato será aquel propuesto y/o corregido de la oferta que sea elegida como la más favorable o conveniente para la EAAAY EICE ESP. Su forma de pago será la siguiente y para ella se tendrá como fundamento legal la Circular No 0057 del 07 de octubre de 2013 expedida por la EAAAY EICE ESP para efectos del Anticipo:
La Empresa entregará al Contratista, en calidad de anticipo el treinta por ciento (30%) del valor del contrato, anticipo que deberá ser amortizado en los pagos parciales en la misma proporción del porcentaje financiero de ejecución de la obra, previos a la liquidación del contrato. El valor del anticipo se entregará al CONTRATISTA dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación de la garantía de anticipo, suscripción del acta de inicio y demás requisitos necesarios para la formalización del contrato.
El valor total del contrato se pagará mediante actas parciales una vez se haya ejecutado como mínimo el 80% del dinero entregado en calidad de anticipo.
En cada acta a pagar el CONTRATISTA autoriza realizar el descuento de rete-garantía correspondiente al 10% del valor del acta presentada cuyo reintegro será aplicable en la liquidación del contrato.
Cuando a juicio de la EAAAY EICE ESP, se considere que los servicios y/o actividades no marchan satisfactoriamente y que efectivamente no se cumplirá el objeto del contrato, ésta podrán exigir a EL CONTRATISTA el reintegro total del anticipo no amortizado, haciendo la deducción de las cuentas que se encuentran pendientes por pagar o haciendo efectivo el amparo de correcta inversión y oportuno reintegro del anticipo de la garantía única de cumplimiento del contrato. Igualmente, se exigirá el reintegro del anticipo cuando se compruebe el mal manejo o uso indebido del mismo.
Los recursos deberán ser invertidos íntegramente por el CONTRATISTA conforme al plan o cronograma de inversión presentado a la iniciación del contrato o el modificado durante la ejecución del mismo, previamente aprobado por el SUPERVISOR del contrato.
Los pagos parciales deberán estar autorizados por el Secretario de Obras Públicas y Transporte de la Gobernación de Casanare, previa presentación de un informe detallado de ejecución parcial del contrato por parte del Supervisor de la EAAAY EICE ESP.
1.10.1 ANTICIPO (30%)
Los recursos entregados al CONTRATISTA a título de anticipo deberán manejarse en cuenta separada, y sus desembolsos obedecerán a un plan de inversión previamente aprobado por el SUPERVISOR del contrato.
Para ello, el CONTRATISTA deberá abrir una cuenta de ahorros a nombre del contrato que produzca rendimientos financieros en una entidad bancaria e informará al SUPERVISOR y a la Empresa EAAAY EICE ESP sobre el nombre de la entidad bancaria y número de cuenta.
Así mismo, EL CONTRATISTA se obliga a dar autorización a LA EMPRESA para inspeccionar y vigilar dicha cuenta y sus libros de contabilidad, si lo estiman necesario. Cada mes calendario EL CONTRATISTA presentará a EAAAY EICE ESP una relación detallada del estado de la inversión del anticipo indicando las sumas invertidas y comprometidas y sus correspondientes rubros.
Para efectos de desembolso del anticipo, con la apertura de la cuenta bancaria y una vez suscrita el acta de inicio, el CONTRATISTA deberá aportar a la EAAAY EICE ESP, una certificación expedida por el Gerente de la correspondiente entidad bancaria, sobre la existencia del contrato de cuenta bancaria y demás características mencionadas en el
anterior párrafo, con la expresa constancia de haber manifestado el CONTRATISTA que en dicha cuenta se manejará exclusivamente los recursos del contrato que se derive de esta Invitación. Así mismo, llevará el CONTRATISTA una contabilidad separada de los recursos entregados.
1.11 FORMA DE INTERACTUAR CON LA EAAAY EICE ESP
La comunicación entre los participantes y la EAAAY EICE ESP será mediante el correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx o documento escrito presentado ante la Dirección Técnica de la EAAAY EICE ESP, ubicada en la Xxx 00 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxx - Xxxxxxxx. Las comunicaciones se harán de manera personal o por vía electrónica.
Toda la correspondencia de los participantes con la EAAAY EICE ESP, relacionada con el presente proceso de invitación, deberá hacerse dentro de los plazos estipulados en esta Invitación, en original y una copia dirigida a:
SEÑORES
EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE YOPAL EICE ESP. DIRECCIÓN TÉCNICA
Xxx 00 Xx. 00 - 00
Xxxxx – Casanare
Invitación No.
Objeto:
La correspondencia de la EAAAY EICE ESP hacía los oferentes, se dirigirá a la dirección o correo electrónico suministrado por aquellos en la carta de presentación de la oferta.
1.12 APERTURA DE LA INVITACION
La Publicación del Aviso de apertura del proceso contractual en la modalidad de Invitación Abierta e Indeterminada se hará en la página web xxx.xxxxx.xxx.xx, en un lugar visible (cartelera) de la Oficina Jurídica de la EAAAY EICE ESP a la fecha y hora determinadas en el Anexo No. 1 “Cronograma del Proceso”, previa orden de apertura del proceso dada por el Representante Legal de la EAAAY EICE ESP.
1.13 CONSULTA DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA
Los presentes Términos de Referencia podrán consultarse en el dominio web xxx.xxxxx.xxx.xx y en las oficinas de la Dirección Técnica de la EAAAY EICE ESP, dentro de la fecha y hora determinadas en el Anexo No. 1 “Cronograma del Proceso”.
1.14 VISITA A LA ZONA DE OBRA
Se realizará una visita de carácter técnico y ambiental a la zona de las obras, la cual se efectuara en la fecha, hora y lugar establecidos en el Anexo No. 1 “Cronograma del Proceso”, la cual estará dirigida y coordinada por el Director Técnico de la EAAAY EICE ESP y/o el profesional universitario que este designe.
El profesional que represente al interesado en este proceso, deberá presentarse momentos antes de la hora señalada y ser inscrito para la visita al sitio de la obra. En el evento que la persona que vaya a realizar la visita, no sea el representante legal del Oferente, si se trata de una persona jurídica, o el mismo Oferente en caso de tratarse de
una persona natural, deberá presentar la correspondiente autorización firmada por el posible Oferente ó representante legal de la persona jurídica, en original.
La asistencia y participación en la visita de obra por parte del interesado en participar, deberá efectuarse con el acompañamiento o presencia de un Ingeniero Civil, debidamente matriculado, quien presentará su tarjeta profesional con certificado de vigencia y cedula en original y copia para el archivo, ante los funcionarios o profesionales de la EAAAY EICE ESP que dirijan la visita.
En el caso de los consorcios o de uniones temporales bastará con que uno de los integrantes de los mismos asista a la visita o autorice a algún profesional, precisando que no se requiere que a la fecha de la visita este constituido el consorcio o la unión temporal.
El propósito de la visita, es que los interesados obtengan una apreciación directa de los estudios técnicos, de las condiciones del lugar, circunstancias topográficas, climatológicas, de acceso, aspectos sociales, políticos y de orden público, medios de comunicación, facilidades de alojamiento y transporte, disposición de materiales, mano de obra y equipos, y demás circunstancias o alcances técnicos, ambientales y económicos, que puedan influir o afectar de alguna manera el trabajo, los costos, precios y plazo de las obras. De esta situación no es necesario dejar constancia pues se entiende con la Invitación cuál es la finalidad de la visita al sitio de obra.
El hecho de que los oferentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones bajo las cuales serán ejecutados los trabajos, no se considerará como argumento válido para posteriores reclamaciones.
1.15 ACLARACION Y PRECISION DEL ALCANCE Y CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE INVITACION
Las observaciones, aclaraciones, y precisión del alcance y contenido de los términos de invitación solo podrán presentarse en la audiencia PRESENCIAL dentro del término determinado en el Anexo No. 1 “Cronograma del Proceso” y será dirigida por el Director de la Dirección Técnica de la EAAAY EICE ESP.
Como resultado de lo anterior, la EAAAY EICE ESP, si lo considera conveniente o necesario, expedirá las respuestas y/o modificaciones pertinentes a los Términos de Invitación, de lo cual se dejará constancia en la página web xxx.xxxxx.xxx.xx y en la cartelera de la EAAAY EICE ESP.
Toda modificación para que tenga validez se hará mediante Adendas enumeradas, las cuales formarán parte de estos Términos de Invitación, y serán publicadas en la página web xxx.xxxxx.xxx.xx y en la cartelera de la Oficina Jurídica de la EAAAY EICE ESP, razón por la cual es responsabilidad del oferente, conocer las adendas y aclaraciones que surjan en desarrollo de la presente Invitación.
En caso de Consorcio o Unión Temporal, la información sobre preguntas y respuestas entregada a uno de los integrantes, se considerará como recibida por parte del oferente asociativo.
No se tendrán en cuenta las observaciones, aclaraciones, y precisiones que se realicen por escrito y que el oferente o su apoderado no estén presentes al momento de llevarse
a cabo la audiencia.
1.16 PLAZO DE ENTREGA DE LAS OFERTAS
La presentación de ofertas se realizará en la fecha y hora determinadas en el Anexo No. 1 “Cronograma del Proceso”.
Las ofertas se presentaran directamente por el oferente o mediante autorización escrita por parte de éste, en donde se deje expresa constancia de las facultades conferidas en la autorización; en la Dirección Técnica de la EAAAY EICE ESP y se depositarán en la urna de ofertas respectiva, cuyo manejo estará a cargo del Director de la Dirección Técnica de la EAAAY EICE ESP.
1.17 CIERRE DE LA INVITACION ABIERTA E INDETERMINADA
El cierre del plazo de la Invitación se realizará conforme la fecha y hora determinadas en el Anexo No. 1 “Cronograma del Proceso”, en la Dirección de Técnica de la EAAAY EICE ESP y se efectuará en Audiencia presencial con los oferentes que deseen asistir al acto de apertura de cada una de las ofertas presentadas, para lo cual se exhibirá el documento de identificación. En el evento en que el asistente lo haga en representación de alguno de los oferentes, éste deberá presentar la autorización original en donde se deje expresa constancia de las facultades conferidas en la delegación.
En este proceso se leerá el nombre del oferente, el valor de la oferta y el número de folios que la conforman, de lo cual se levantará un acta donde se dará constancia de lo anterior y de las observaciones que se hagan, y será firmada por los intervinientes. Copia de ésta acta será suministrada a los oferentes que así lo soliciten por escrito
Igualmente, se dará lectura a las solicitudes recibidas en cuanto al retiro de ofertas, si las hay, de lo cual también quedará constancia de su devolución.
Para efectos de cierre del plazo de la Invitación y la apertura de las ofertas, éste se hará por parte del Director de la Dirección Técnica de la EAAAY EICE ESP, y se tendrá como hora, la establecida en el reloj de la Pagina Web xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxx-xxxxx- colombiana, que en su defecto se entenderá, como la hora del funcionario encargado de recibir las ofertas.
Las ofertas que se presenten extemporáneamente serán rechazadas.
1.18 EVALUACION DE OFERTAS, INFORME, PUBLICACION, CONSULTA Y TRASLADO PARA OBSERVACIONES
Las ofertas se evaluarán y calificarán de acuerdo al método establecido en los presentes Términos de Invitación. El plazo de evaluación de las ofertas será la fecha y hora determinadas en el Anexo No. 1 “Cronograma del Proceso”, el cual podrá prorrogarse cuando la EAAAY EICE ESP lo considere necesario y conveniente; de ser así, tal decisión se comunicará oportunamente a los oferentes por escrito.
La dirección del proceso de evaluación de las ofertas estará en cabeza del Director Técnico de la EAAAY EICE ESP, y la responsabilidad de la verificación de los factores técnicos, jurídicos, financieros y económicos de las ofertas presentadas, estará a cargo
del Comité Evaluador de la EAAAY EICE ESP, de conformidad con el Manual de Contratación de la entidad.
La EAAAY EICE ESP podrá solicitar a los oferentes que dentro del plazo determinado para la evaluación de ofertas, presenten explicaciones o documentos tendientes a aclarar conceptos en caso de presentarse ambigüedades, discrepancias o incongruencias en las ofertas, siempre y cuando sean de las consideradas como subsanables. En todo caso, el oferente con su respuesta no podrá completar, adicionar, modificar o mejorar su oferta. La EAAAY EICE ESP hará la interpretación final en forma autónoma pero motivada, y rechazará la oferta, si persistieren las ambigüedades, discrepancias o incongruencias sobre aspectos sustanciales de la misma.
Los oferentes podrán consultar en la Dirección Técnica de la EAAAY EICE ESP, el informe de evaluación de las ofertas, una vez se publique éste en la página web xxx.xxxxx.xxx.xx, o mediante fijación en lista en la Cartelera de Oficina Jurídica de la EAAAY EICE ESP según la fecha y hora determinadas en el Anexo No. 1 “Cronograma del Proceso”, plazo dentro del cual los oferentes podrán presentar observaciones al informe de evaluación.
Vencido el anterior plazo y si no se presentan observaciones, la EAAAY EICE ESP entenderá la conformidad de los oferentes con el informe de evaluación y procederá a la aceptación de la oferta más favorable o conveniente.
1.19 ACEPTACION DE LA OFERTA, COMUNICACIÓN Y PUBLICACION
La aceptación de la oferta se efectuará una vez se haya realizado la evaluación de las ofertas presentadas y resulte elegida aquella que sea más favorable para la EAAAY EICE ESP, conforme las exigencias dadas en estos Términos; tal decisión se basará en el informe de evaluación de las ofertas que para tal fin elaborará el comité evaluador.
La publicación del acto que declara la aceptación, se realizará mediante fijación en lista en la Cartelera de la EAAAY EICE ESP y también se publicara en la página web xxx.xxxxx.xxx.xx, dentro del plazo establecido en el Anexo No. 1 “Cronograma del Proceso”, y sólo será comunicado al oferente que haya sido seleccionado.
1.20 FIRMA DEL CONTRATO
De conformidad con el modelo establecido se procederá a la suscripción del contrato, previa inclusión de aquella información necesaria que fuere conocida durante el desarrollo del proceso contractual y en la oferta elegida, el cual deberá suscribirse dentro del plazo establecido en el Anexo No. 1 “Cronograma del Proceso”.
1.21 LEGALIZACION Y EJECUCION DEL CONTRATO
El perfeccionamiento del contrato se deberá realizar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su firma, y comprenderá requisitos como: a) suscripción del contrato; b) registro presupuestal; c) aprobación por parte de la EAAAY EICE ESP de la garantía única de cumplimiento y demás seguros exigidos, aportados por EL CONTRATISTA. d) publicación del contrato en página web y cartelera de la oficina jurídica de la empresa.
Para la ejecución del contrato se requerirá, el pago de todos los impuestos de carácter nacional, departamental y municipal que corresponda, se enumeran los siguientes sin
que esto implique responsabilidad alguna de la EAAAY, pues el contratista deberá verificar por su cuenta y riesgo todos los impuestos que puedan gravar el contrato a suscribir: a) pago de impuestos municipales como lo son: estampilla Pro-cultura, Pro- Adulto mayor, Pro-Deporte Municipal (voluntario) y demás a que haya lugar; b) La presentación y aprobación del seguimiento al la programación de obra presentado por el CONTRATISTA y presentación y aprobación del seguimiento al flujo de inversiones semanales de obra presentado por el CONTRATISTA; c) la suscripción del acta de iniciación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento del contrato. Esta acta será suscrita entre el Contratante, Director técnico de la EAAAY EICE ESP, contratista y supervisor de la interventoría y con visto bueno del Asesor jurídico de la EAAAY EICE ESP.
1.22 FORMA DE PRESENTACION DE LA OFERTA
1.22.1 VIGENCIA
Las ofertas presentadas se entenderán que a partir de su recibido, tendrán una vigencia de noventa (90) días.
1.22.2 IDIOMA
La oferta se presentará en idioma español, que será también el idioma para el contrato, para la totalidad de la documentación referida en la presente invitación y para la correspondencia pertinente. Los documentos expedidos en el exterior en idioma diferente al castellano, deberán estar acompañados de traducción simple y sellos consulares.
1.22.3 FORMA DE PRESENTACIÓN
La oferta deberá estar en idioma español, elaborada en computador, conformada por documentos originales y/o fotocopias legibles.
No se aceptarán ofertas cuyos documentos presenten borrones, tachaduras, raspaduras o enmendaduras, a menos que tenga la aclaración correspondiente hecha por el oferente, con nota al margen o en documento aparte incluido en la oferta.
Cada oferta deberá presentarse en original y una (1) copia, debidamente foliadas, en carpetas de cuatro (4) solapas de color blanco, sin perforaciones en los folios, y entregadas en sobres separados, sellados y marcados de la siguiente manera:
Señores
EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE YOPAL EICE ESP
DIRECCIÓN TÉCNICA Xxx 00 Xx. 00 - 00 XXXXX – CASANARE
INVITACIÓN No. XXXXXXX “CONTIENE ORIGINAL ( o COPIA)”
SOBRE No. (1 o 2)
OBJETO:
OFERENTE:
DIRECCIÓN TECNICA
No se aceptarán las ofertas con otra presentación diferente a la descrita en este numeral. En caso de discrepancias entre el original y las copias, prevalece el contenido de la oferta original.
La documentación que conforma la oferta deberá estar foliada numéricamente en forma consecutiva, tanto el original como la copia; adicionalmente, deberán presentarse en el orden descrito en el Capítulo 2 “Contenido de la Oferta” de ésta Invitación.
Se deberá entregar copias en medio magnético de los cuadros que contengan la oferta. Estos deberán ser presentados en Excel, sin macros ni celdas ocultas y no sustituyen, para ningún efecto, los cuadros entregados mediante documento escrito.
El sobre identificado como Original deberá contener la oferta correspondiente y todos los originales de los documentos solicitados. En el evento de no poseer los originales, podrá adjuntar copias legibles; sin embargo, la EAAAY EICE ESP se reserva el derecho de verificar su autenticidad.
El sobre identificado como Copia, debe contener exactamente todas las copias de los mismos documentos del sobre identificado como Original, foliados en la misma forma.
No se aceptarán ofertas complementarias o modificaciones que fueren presentadas con posterioridad a la fecha y hora de cierre de la Invitación. Tampoco se aceptará ofertas enviadas por correo.
Una vez presentada la oferta no se aceptará a los oferentes, variación alguna en sus términos, ni la presentación de documentos o información adicional, lo cual no obsta para que la EAAAY EICE ESP pueda solicitar aclaraciones que considere necesarias.
1.22.4 MONEDA
La oferta económica debe presentarse en moneda nacional de curso legal.
1.22.5 MODIFICACIÓN
En caso de que el Oferente quiera adicionar documentos a su oferta una vez la haya entregado, podrá hacerlo antes del cierre de la Invitación, en original y una (1) copia, en sobres separados, marcados de igual forma y con la misma leyenda que los sobres de presentación de la oferta, adicionándole la leyenda “ANEXO A LA OFERTA PRINCIPAL”. Los sobres deben ser entregados en la fecha establecida y antes de la hora límite de cierre de la Invitación en la Dirección Técnica de la EAAAY EICE ESP, quien expedirá una constancia de esta circunstancia.
1.22.6 RETIRO
Antes de la fecha y hora previstas para el cierre de la Invitación, los oferentes podrán solicitar por escrito el retiro de sus ofertas, las cuales serán devueltas sin abrirlas en el acto de apertura de las mismas, al oferente o a la persona autorizada, de lo anterior se dejará constancia escrita.
1.22.7 OFERTAS PARCIALES Y ALTERNATIVA
No se aceptarán ofertas parciales. La oferta debe estar completa e íntegramente ajustada a los requisitos exigidos en la presente invitación para ser aceptada y evaluada.
Tampoco se aceptarán ofertas alternativas, como tampoco excepciones técnicas o comerciales, ni condiciones distintas a las establecidas en este documento, y su incorporación a la oferta podrá dar lugar al rechazo de la misma, que para efectos contractuales se tendrán por no escritas.
1.22.8 PREVALENCIA DE LOS DOCUMENTOS
En caso de presentarse contradicciones, ambigüedades o diferencias entre los documentos que la Dirección Técnica de la EAAAY EICE ESP suministra al oferente, prevalecerá como condiciones en la etapa Precontractual, lo expresado en esta Invitación o sus Adendas sobre los demás documentos. La presente Invitación, sus anexos técnicos, sus adendas y la oferta presentada por el oferente aceptado, son parte integrante del contrato que se suscriba. Todos los documentos precontractuales son un conjunto.
Así mismo, primará lo expresado en la presente Invitación y sus adendas, sobre cualquier concepto expresado en las ofertas.
1.22.9 PREPARACIÓN Y ELABORACIÓN DE LA OFERTA
Serán de cargo del oferente todos los costos asociados a la preparación y elaboración de su oferta, y la EAAAY EICE ESP en ningún caso será responsable de los mismos, cualquiera que sea la forma en que se realice el proceso de selección y su resultado.
2. CONTENIDO DE LA OFERTA
La presentación de la oferta constituye evidencia clara de que el oferente estudió completamente las especificaciones, requisitos, anexos, formatos y demás documentos que conforman esta Invitación.
La EAAAY EICE ESP considerará que la presentación de la oferta significa aceptación por parte del oferente de encontrarse ajustados a la Invitación de manera completa, precisa, íntegra y clara, y que es un documento justo y adecuado para identificar las actividades a contratar, y que el oferente está enterado a satisfacción del alcance del proyecto, habiendo tenido en cuenta para la elaboración de su oferta todos los aspectos necesarios para fijar el valor, precios y costos que la conforman.
La propuesta deberá estar integrada por todos los documentos que se relacionan a continuación, pero sólo se considerarán insubsanables aquellas omisiones que la presente Invitación establezca. Si en algunos casos el proponente no allega en su propuesta documentos que aunque no resultan necesarios para la comparación de las mismas, fueron solicitados en la presente invitación, la EMPRESA DE ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y ASEO DE YOPAL EICE ESP podrá solicitar que sean allegados dentro del plazo que sea indicado.
2.1 ORDEN DE LOS DOCUMENTOS
Con el fin de agilizar el proceso de evaluación y calificación las ofertas, estas deberán estar organizadas de conformidad con el Anexo No. 2 “Relación de documentos de la oferta”, el cual servirá como índice de la oferta y deberá ubicarse al principio de la misma.
Dicha lista es solo de ubicación y no exime al oferente de presentar los documentos requeridos en la presente invitación, que no estén contenidos en ella. En razón a lo anterior, el oferente podrá modificarla cuando requiera interponer o agregar otros documentos.
2.2 DOCUMENTOS JURIDICOS OBJETO DE VERIFICACIÓN
2.2.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Con la oferta deberá presentarse el Formato No. 1 “Carta de Presentación de la Oferta”, la cual deberá estar firmada por el oferente o representante legal, para el caso de personas jurídicas, consorcios y uniones temporales, y que contiene datos de identificación del oferente, número de teléfono, correo electrónico y dirección, plazo de ejecución, valor de la oferta, manifestación sobre el conocimiento de las condiciones establecidas en la presente Invitación y aceptación de su contenido, y manifestación de no encontrarse incurso en alguna inhabilidad o incompatibilidad establecida por la ley.
Cuando el Representante Legal de la persona jurídica no tenga Tarjeta Profesional en el área requerida en la presente invitación y en concordancia con la ley 842 de 2003, como el objeto de la presente invitación implica el desarrollo de las actividades catalogadas como ejercicio de la ingeniería, las ofertas que se formulen, deberán estar avaladas, en todo caso, cuando menos por un Ingeniero Civil , quien deberá diligenciar y firmar en original estrictamente el Formato No. 3 “Abono de la oferta” y anexar como soporte la fotocopia de la cédula de ciudadanía y de la matrícula profesional.
El profesional que avale deberá suscribir todo documento o formato que conlleve aspectos técnicos y económicos de la oferta, pues de lo contrario será rechazada. De igual forma, la no presentación del aval o abono de la oferta, dará lugar a su rechazo, siendo éste un requisito no subsanable.
El no allegar la carta de presentación de la Oferta, o no estar suscrita por el oferente o por el representante legal de la persona jurídica, unión temporal o consorcio, debidamente facultado en los términos xx xxx, o la omisión de avalarla, en caso de requerirse, conllevará a que la oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE JURÍDICAMENTE
En esta Carta el oferente deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que no se encuentra incurso en las inhabilidades o incompatibilidades establecidas en la Constitución Política, en la ley y demás normas, y que conoce las consecuencias jurídicas.
2.2.2 EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
2.2.2.1 Personas naturales
La persona natural que participe en el proceso de invitación, deberá aportar copia de su documento de identificación.
El no contar con la mayoría de edad o presentar alguna incapacidad legal o jurídica para contratar y/o para desarrollar el objeto del contrato a celebrar, o no se presente este documento dentro del término para subsanar, dará lugar a que la oferta se declare. NO ADMISIBLE JURÍDICAMENTE, tanto para la presentación de ofertas individualmente o mediante consorcios o uniones temporales, siendo en éstos últimos, la sumatoria para efectos de determinar el cumplimiento de requisitos.
2.2.2.2 Personas Jurídicas
Las personas jurídicas deben estar legalmente constituidas a la fecha de presentación de la oferta, y contar como mínimo con dos (2) años de existencia, para lo cual aportarán el certificado de Existencia y Representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio, en el cual conste: razón social, inscripción, matrícula, objeto social (el cual deberá ser acorde con el objeto de la presente Invitación), representante legal con sus facultades y limitaciones. En caso de que en el Certificado expedido por la Cámara de Comercio respectiva, no se indique las limitaciones del representante legal, deberá el oferente aportar copia de la escritura de constitución de la sociedad y estatutos, o de la última reforma vigente respecto al tema de atribuciones y limitaciones del representante legal.
La no presentación del certificado de existencia y representación legal dentro del término establecido, es un requisito NO SUBSANABLE.
El certificado no podrá tener una expedición superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la Invitación, y en el mismo se acreditará que la duración de la sociedad no será inferior al plazo del contrato y dos (2) años más.
En el evento en que el representante legal tenga alguna limitación para contratar, deberá anexar la autorización dada por el órgano competente (junta de socios, junta directiva, asamblea general), para comprometer a la sociedad en la presentación de Xxxxxxx y en la firma del contrato posible que se derive de esta Invitación, teniendo en cuenta la cuantía del presupuesto oficial estimado.
Igualmente, deberá aportarse copia del documento de identidad del representante legal que aparezca en el certificado expedido por la Cámara de Comercio al momento de presentarse la respectiva oferta, y en caso de que posteriormente sea nombrada otra persona en dicho cargo dentro del término del cierre de la oferta y la celebración del contrato, deberá aportarse la respectiva acta de junta de socios que consigne tal designación y aceptación, en caso de que no aparezca aún registrado en la Cámara de Comercio. Igualmente, si al momento de la presentación de la oferta el representante legal es una persona distinta a la que aparece en el certificado expedido por la Cámara de Comercio, deberá aportarse la respectiva acta de junta de socios donde conste tal nombramiento y aceptación del cargo, siendo en este caso, un requisito no subsanable.
La ausencia de las autorizaciones que de conformidad con los estatutos sociales se requieran para representar y comprometer válidamente a la persona jurídica, o la incapacidad legal de la misma para desarrollar el objeto del contrato a celebrar, o si la
vigencia de la persona jurídica es inferior a la exigida en la invitación, o no se presente alguno de los documentos requeridos dentro del término para subsanar, dará lugar a que la oferta se declare NO ADMISIBLE JURÍDICAMENTE, tanto para la presentación de ofertas individualmente o mediante consorcios o uniones temporales, siendo en éstos últimos, la sumatoria para efectos de determinar el cumplimiento de requisitos.
2.2.2.3 Consorcios y Uniones Temporales
Cuando la oferta sea presentada en consorcio o unión temporal, junto con la oferta debe presentarse el Formato No. 2 “Documento de Conformación de Consorcios o Uniones Temporales”, siendo este un requisito NO SUBSANABLE el cual tendrá las siguientes Condiciones:
1) Los oferentes deberán indicar si su participación es a título de consorcio o de unión temporal.
2) En caso de unión temporal, sus miembros deberán señalar los términos del alcance, contenido y extensión (actividades y porcentaje) de la participación de cada uno en la oferta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de la EAAAY EICE ESP, de tal forma que sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de la oferta y del contrato (en caso de ser aceptado), los efectos de los actos sancionatorios recaerán exclusivamente sobre la persona que incurrió en la falta o en el incumplimiento específico de que se trate.
3) Los integrantes del consorcio o unión temporal, deben señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad al interior del consorcio o unión temporal. Las relaciones que se dan frente a la EAAAY EICE ESP se rigen por el principio de solidaridad de sus miembros.
4) Se deberá designar una persona, que para todos los efectos (incluyendo la presentación de la oferta y el contrato en caso de ser aceptado), tendrá la representación legal del consorcio o de la unión temporal. Si al representante legal del Consorcio o Unión Temporal se le imponen limitaciones y éste las excede, la oferta será rechazada. Esta persona no podrá ser reemplazada sin la autorización expresa y escrita de cada uno de los integrantes que la conforman. En caso de que en el documento de conformación no se determinen limitaciones al representante legal, la EAAAY EICE ESP entenderá que cuenta con amplias facultades para comprometer al consorcio o a la unión temporal.
5) La duración del Consorcio o de la Unión Temporal deberá cubrir la duración y plazo del contrato y Dos (2) años más.
6) Ningún integrante del consorcio o de la unión temporal, podrá formar parte de otros oferentes que participen en la Invitación, ni formular oferta independiente.
7) Los integrantes del consorcio o unión temporal no podrán ceder su participación en los mismos a terceros sin previa autorización escrita de la EAAAY EICE ESP. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integren el consorcio o unión temporal.
Si algunos de los miembros que conformen el consorcio o la unión temporal es una persona jurídica, y su representante legal tiene restricciones estatutarias que le impidan comprometer a la sociedad mediante esta forma de participación para proponer y celebrar contratos por el valor ofertado, deberá contarse con la respectiva autorización dada por el órgano competente.
Con relación a las atribuciones y limitaciones del representante legal en caso de personas jurídicas miembros del consorcio o la unión temporal, téngase en cuenta lo establecido en el punto No. 2.2.2.2. De esta invitación.
La omisión de este documento o de las firmas de sus integrantes, la falta de designación de representante legal o extralimitación en sus facultades, la falta (en el caso de la Uniones Temporales) del señalamiento de los términos y extensión de la participación de los miembros que las integran, los miembros cuyo representante legal se haya extralimitado en sus funciones para la conformación, o el no cumplimiento de los requisitos antes mencionados, dará lugar para que la oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE JURÍDICAMENTE.
2.2.3 GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
La oferta estará acompañada de una garantía de seriedad, constituida a favor de empresas de servicios públicos domiciliarios como beneficiario la EAAAY EICE ESP de Yopal, que sea otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en el país.
La omisión en aportar LA GARANTIA DE SERIEDAD, será subsanable dentro del término establecido para tal fin, siempre y cuando su vigencia ampare a partir de la presentación de la oferta; de lo contrario dará lugar para que la Oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE JURÍDICAMENTE.
La garantía deberá ser por un valor equivalente al diez por ciento (10%), aproximado al peso por exceso o por defecto, del valor total del presupuesto oficial estimado, con una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir del cierre de la Invitación. En caso de prorrogarse el plazo de la Invitación, el oferente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su oferta y ampliar la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que se indique por la EAAAY EICE ESP.
Se deberá anexar recibo o constancia del pago de la prima correspondiente o constancia de que la póliza no expirará por la falta de pago o por revocatoria unilateral.
Cuando la garantía la presente un consorcio o Unión temporal, la garantía de seriedad debe ser tomada a nombre del consorcio o Unión temporal, indicando sus integrantes y los porcentajes de su participación.
La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos:
a. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
b. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
c. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
d. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
La no presentación de la garantía de seriedad de la Oferta, no contemplar los plazos, las coberturas y los amparos exigidos, o no subsanarla dentro del tiempo y con las condiciones indicadas, dará lugar a que la Oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE JURÍDICAMENTE.
2.2.4 BOLETIN DE RESPONSABLES FISCALES
Cuando el oferente sea una persona natural, deberá presentar una certificación de que no se encuentra reportado en el Boletín de Responsables Fiscales, expedida por la Contraloría General de la República, que sea vigente según lo estipulado en el mismo certificado, a la fecha de cierre de presentación de la oferta.
En el caso de personas jurídicas se deberá presentar el certificado del representante legal.
Para el caso de consorcios o uniones temporales se deberá presentar el certificado para cada integrante de los mismos de manera independiente.
Cuando un oferente se encuentre reportado en dicho Boletín al momento de suscribir el contrato, la Empresa se abstendrá de hacerlo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 610 de 2000, en cuyo caso procederá a celebrar el contrato con el oferente que haya quedado en segundo lugar de elegibilidad.
En todo caso de no presentarse este documento, la entidad contratante dentro del plazo del cierre de la invitación y hasta antes de la aceptación de la oferta, deberá consultarlo para verificar que el oferente no se encuentre reportado en el boletín de responsables fiscales.
En caso de que el oferente resulte reportado en el boletín de responsables fiscales como responsable fiscal, dará lugar a que la oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE JURIDICAMENTE.
2.2.5 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS
Cuando el oferente sea una persona natural, deberá presentar una certificación vigente de que no se encuentra reportado en el Boletín de responsables disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación. En el caso de personas jurídicas se deberá presentar este certificado para el representante legal.
El certificado deberá estar expedido con una fecha no superior a noventa (90) días calendario, anteriores a la fecha de cierre de presentación de ofertas ó estar vigente según lo estipulado en el mismo certificado con relación a la fecha del boletín y la fecha de cierre de la Invitación.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada integrante de los mismos que sea persona natural, deberá anexar este certificado, cumpliendo de manera independiente con los requisitos exigidos.
En todo caso de no presentarse este documento, la entidad contratante dentro del plazo del cierre de la invitación y hasta antes de la aceptación de la oferta, deberá consultarlo
para verificar que el oferente no se encuentre reportado en el boletín de la procuraduría con sanción disciplinaria que genere inhabilidad para contratar inhabilidad.
En caso de que el oferente resulte reportado en el boletín de la Procuraduría General de la Nación, con inhabilidad para contratar, dará lugar a que la oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE JURIDICAMENTE.
2.2.6 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES
Cuando el oferente sea una persona natural, deberá presentar el pasado judicial o una certificación vigente expedida por la Policía Nacional, de que no se encuentra reportado como responsable penal por los delitos que generan inhabilidad para contratar.
La vigencia del pasado judicial será aquella expedida dentro del año en que se ubique la fecha del cierre de la Invitación; y en caso de certificación, con una fecha no superior a noventa (90) días calendario, anteriores a esa misma fecha de cierre.
En el caso de personas jurídicas, deberá presentarse el certificado del representante legal.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada integrante de los mismos que sea persona natural, deberá anexar este certificado, cumpliendo de manera independiente con los requisitos exigidos.
La entidad contratante deberá consultarlo en la página xxx.xxxxxxx.xxx.xx y al aparecer el oferente con antecedentes penales, dará lugar a que la oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE JURIDICAMENTE.
2.2.7 SANCIONES ANTE LA CÁMARA DE COMERCIO Y/O LA ENTIDAD
En el evento de que el oferente o el miembro líder del consorcio o unión temporal, haya sido sancionado en los cinco (5) años anteriores al cierre de la Invitación por parte de la EAAAY EICE ESP o por parte de otra entidad pública o judicial, o aparezca una sanción que este registrada ante la Cámara de Comercio, será evaluada como NO ADMISIBLE JURIDICAMENTE.
2.2.8 CERTIFICADO XX XXX Y SALVO DE LA EAAAY EICE ESP
El Oferente deberá anexar original del certificado expedido por la Tesorería de la EAAAY EICE ESP, con vigencia no superior a sesenta (60) días calendario, anteriores al cierre de la invitación, donde conste que no presenta obligaciones pendientes de pago con la Empresa, y que se encuentren vencidas.
Para el caso de consorcio o unión temporal, deberá presentar cada uno de los miembros, una copia legible de la Certificación antes dicha.
2.3 DOCUMENTOS FINANCIEROS OBJETO DE VERIFICACIÓN
Toda la información y documentos financieros requeridos deberán cumplir en contenido y forma con los principios de las normas de contabilidad vigentes en Colombia.
Para el caso de los consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar los documentos financieros por separado de acuerdo con los requisitos exigidos.
2.3.1 CUPO DE CRÉDITO
El proponente deberá presentar adjunto a la propuesta, certificación de un cupo de crédito aprobado expedido por un establecimiento de crédito vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia, diferente a Cooperativa, o por una entidad financiera extranjera, con Empresa, subsidiaria o representación en el país, que cumpla, como mínimo, con las siguientes condiciones:
• Que acredite, al momento de la presentación de la propuesta, la existencia de un cupo de crédito aprobado, vigente y con una vigencia mínima de ocho (8) meses y expedido dentro de los 30 días anteriores a la fecha prevista para el cierre del término para presentar propuestas.
• Que establezca como destinación específica, el proyecto a ejecutar en la presente invitación.
• Que el cupo de crédito no se encuentre sometido a ninguna condición, salvo aquellas referidas al desembolso del crédito.
• Que su valor no sea inferior al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial de la presente invitación.
En caso de que el cupo de crédito sea expedido por una entidad financiera extranjera, deberá adjuntarse el certificado o el documento que, de conformidad con la regulación del país de origen, acredite la existencia de dicha entidad, el cual deberá ser expedido por la entidad que ejerza las funciones de ente de supervisión en el respectivo país.
Nota: Se aceptaran máximo dos (2) Certificaciones de Cupo de Crédito, las cuales sumadas su valor no sea inferior al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial de la presente invitación.
2.3.2 REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO
Registro Único Tributario – R.U.T., expedido por la DIAN de cada uno de los miembros del consorcio o de la Unión Temporal, que establezca como actividad principal las siguientes, de las cuales el oferente deberá estar inscrito en mínimo dos de ellas:
7110 Actividades de Arquitectura e Ingeniería y Otras Actividades conexas de Consultoría técnica
4220 Construcción y proyectos de servicios públicos 4290 construcción de Otras Obras de ingeniería Civil 4321 Instalaciones Eléctricas
Esto con el fin de determinar su identificación tributaria y el régimen, actividades y responsabilidades a que está obligado, para el caso son las relacionadas con el objeto de la presente invitación
La omisión en aportar este documento, de conformidad con la normatividad aplicable, será subsanable dentro del término establecido en la evaluación financiera, de lo contrario dará lugar para que la Oferta sea evaluada como INHABILITANTE FINANCIERAMENTE (Subsanable).
2.3.3 ESTADOS FINANCIEROS
Los estados financieros que el oferente deberá aportar son los Estados Financieros Básicos, los cuales son requisitos SUBSANABLES dentro del plazo establecido en el cronograma, así como el formato que en este punto se menciona.
Los estados financieros se consideran de objeto específico, por lo tanto, el oferente deberá presentar sus estados financieros con corte a partir del 31 de Diciembre de 2013, para lo cual utilizará el Formato No. 4 “Estados Financieros Básicos”.
2.3.3.1 Estados Financieros Básicos Certificados
El oferente debe de entregar los estados financieros básicos con corte al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxx xxxxxx para el caso son los contemplados en el artículo 22 del decreto 2649 de 1993. Los cuales son:
1) El balance general.
2) El estado de resultados.
3) El estado de cambios en el patrimonio.
4) El estado de cambios en la situación financiera, y
5) El estado de flujos de efectivo.
En todo caso, deben presentarse de conformidad con el artículo 37 de la Ley 222 de 1995, el cual establece “ARTICULO 37. ESTADOS FINANCIEROS CERTIFICADOS. El
representante legal y el contador público bajo cuya responsabilidad se hubiesen preparado los estados financieros deberán certificar aquellos que se pongan a disposición de los asociados o de terceros. La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros.”
Los estados financieros estarán acompañados de sus notas, con las cuales conforman un todo indivisible. Los estados financieros y sus notas se prepararán y presentarán conforme a los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia.
2.3.3.2 Dictamen de Estados Financieros
Los estados Financieros básicos solicitados en el punto anterior deben estar debidamente dictaminados por Revisor fiscal, de no tener la obligatoriedad, deberán de ser dictaminados por un contador independiente entendiéndose como estados financieros Dictaminados, aquellos estados financieros certificados que se acompañen de la opinión profesional del revisor fiscal o a falta de éste, del contador público independiente que los hubiere examinado de conformidad con las normas de auditoría generalmente aceptadas.
2.3.3.3 Estados Financieros básicos en caso de Consorcios y Uniones Temporales
En caso de Consorcios o Uniones Temporales se debe presentar los estados financieros básicos de cada uno de sus integrantes, cumpliendo con los requisitos exigidos para los oferentes individuales.
El incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, o el no anexar a la oferta los estados Financieros Básicos a corte del 31 de Diciembre de 2013, del oferente o el de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, serán SUBSANABLE dentro del término establecido para tal fin.
2.3.4 EVALUACION FINANCIERA
Se consideraran admisibles las propuestas, cuyos indicadores cumplan con los siguientes rangos:
INDICADORES FINANCIEROS | ESTADOS FINANCIER OS |
Capital real del proponente: Capital social efectivamente pagado + las reservas constituidas + las Utilidades retenidas + las utilidades del ejercicio. | Mayor o Igual al 15% del valor del presupuesto oficial |
Liquidez: ( ACTIVO CTE/PASIVO CTE) | Igual o Superior al 3 |
Nivel de Endeudamiento: (PASIVO TOTAL / ACTIVO TOTAL) | Igual o Inferior al 0.6 |
Capital de Trabajo: (ACTIVO CTE - PASIVO CTE) | Igual o superior al 20% del presupuesto oficial |
Indicador de Riesgo: (ACTIVOS FIJOS / PATRIMONIO NETO) | Menor o Igual a 15 |
Donde, Po es el valor del presupuesto oficial estimado.
Los indicadores financieros se calcularán como se indica a continuación:
2.3.4.1 Índice de Liquidez (≥ 3)
Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo corriente.
Para el caso de consorcios y uniones temporales, se calculará el índice de liquidez con base en el promedio ponderado del activo corriente y del pasivo corriente, de los integrantes, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno dentro del consorcio o de la unión temporal, aplicando la siguiente fórmula:
ILT = (ACI x %PI + AC2 x %P2 + AC3 x %P3 + + ACn x %Pn)
(PCI x %PI + PC2 x %P2 + PC3 x %P3 + + PCn x %Pn)
Dónde:
ILT : Índice de liquidez.
AC (1...n) : Activo corriente de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal.
PC (1...n) : Pasivo corriente de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal.
%P (...n) : Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal.
2.3.4.2 Índice de Endeudamiento (≤0.6)
Índice de Endeudamiento = (Pasivo Total/Activo Total).
Para el caso de consorcios o uniones temporales, se calculará el índice de endeudamiento con base en el promedio ponderado del Pasivo Total y del Activo Total de los estados financieros de los miembros del consorcio o de la unión temporal, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno dentro del consorcio o dentro de la unión temporal, aplicando la siguiente fórmula:
IET = (PTl x %P1 + PT2 x %P2 + PT3 x %P3 + ……… + PTn x %Pn) (ATl x %P1 + AT2 x %P2 + ATI x %P3 + ……… + ATn x %Pn)
Dónde:
IET
PT(1. ..
n) AT(1.
.. n)
%P(1. ..
n)
: Índice de endeudamiento.
: Pasivo Total de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal.
: Activo Total de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal.
: Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal.
2.3.4.3 Capital de Trabajo (≥ 20% del Po)
Capital de Trabajo = (Activo Corriente - Pasivo Corriente)
Para el caso de uniones temporales o consorcios, se tomara como capital de trabajo para calificación la suma de los capitales de trabajo de los integrantes del consorcio o de la unión temporal. Ninguno de los integrantes podrá presentar capital de trabajo negativo.
Nota: El cupo de crédito modificará el Nivel de Endeudamiento del proponente. Para efectos del cálculo del Nivel de Endeudamiento, el valor total del cupo de crédito, se sumará al Pasivo Total del Balance General a 31 de diciembre de 2013.
2.3.4.4 Capital Real del Proponente (≥15% del Po)
CR = CS+RC+UR+UE ≥ 15 % PO
Donde,
CR. = Capital Real del Proponente
CS = Capital Social efectivamente Pagado.
RC | = | Reservas Constituidas |
UR | = | Utilidades Retenidas |
UE | = | Utilidades del Ejercicio |
Si el proponente es un consorcio o una unión temporal, el Capital real se calculará como: CR = ∑ CRi ≥ …% PO
Donde,
CR. = Capital Real del Proponente
CRi = Capital Real de cada uno de los integrantes.
PO = Presupuesto Oficial estimado de la presente Selección Se verificará la Capacidad real del proponente así:
CR ≥ …% 15 del PO, la propuesta será declarada hábil CR < …% 15 del PO, la propuesta será rechazada.
2.3.4.5 Indicador de Riesgo (<15)
IR = ACF/PN ≤ a 15
Donde,
IR = Indicador de Riesgo ACF = Activos Fijos
PN = Patrimonio Neto
Si el proponente es un consorcio o una unión temporal, el Indicador de riesgo se calculará como:
IR = ∑ IREi ≤ a 15 Donde,
IR | = | Indicador de Riesgo |
IRi | = | Indicador de Riesgo de cada uno de los integrantes. |
Se verificará el Indicador de Xxxxxx del proponente así:
IR ≤ 15 la propuesta será declarada hábil IR > 15 la propuesta será rechazada.
2.3.5 DECLARACIÓN XX XXXXX AÑO GRAVABLE 2012
El oferente debe presentar copia legible de la declaración tributaria de impuesto sobre la renta y complementarios del año 2012, acompañada con los estados financieros que soporten la información y anexos a la declaración, para lo cual se mantendrá la reserva a la que se refiere el artículo 583 del Estatuto Tributario.
En caso de consorcios o uniones temporales, se debe presentar la declaración xx xxxxx de cada uno de los integrantes.
En caso de no aportarse la declaración xx xxxxx al momento de la presentación de la oferta, ésta podrá entregarse posteriormente, siempre y cuando su presentación ante la DIAN haya sido anterior a la fecha de cierre de la presente Invitación, pero no se podrá subsanar su contenido.
Cuando el oferente o alguno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal no hayan tenido que declarar renta con anterioridad, en reemplazo de este documento deberán anexar una certificación firmada por aquel o por su representante legal, indicando la causal de no declarante, avalada por xxxxxxxx para quien deberá anexarse tarjeta profesional y antecedentes expedida por la Junta Central de Contadores.
2.3.5.1 Conciliación Fiscal y Contable declaración xx xxxxx año 2012
De ser necesario, el balance verá estar acompañado de la conciliación fiscal y contable con la declaración xx xxxxx, en aplicación de las normas contables y tributarias vigentes y con el fin de ser explicadas las diferencia entre los siguientes rubros:
1) Entre el “Total Activo” del formato No. 4 y el “Total Patrimonio Bruto” de la Declaración xx xxxxx.
2) Entre el “Total Pasivo” del formato No. 4 y el “Total Pasivo” de la declaración xx Xxxxx.
3) Entre el “Total Patrimonio” del formato No. 4 y el “Total Patrimonio Líquido” Positivo o Negativo declaración de la Renta
Si la conciliación es necesaria y el oferente no la allega con la Oferta, deberá subsanarla antes del plazo de cierre de la Invitación dando explicaciones a las diferencias presentadas.
Si el oferente no subsana dentro del anterior plazo, o no cumple con los requisitos establecidos, la oferta será calificada INHABILITANTE FINANCIERAMENTE.
2.3.6 CERTIFICADO DE AFILIACIÓN y PAGO AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y DE APORTES PARAFISCALES
El oferente deberá anexar una certificación juramentada acerca del cumplimiento en la afiliación y pago al sistema de seguridad social integrada (salud, pensiones, cesantías y riesgos profesionales), y cuando hubiere lugar, del pago de los aportes parafiscales (ICBF, Cajas de Compensación Familiar, SENA), a la fecha de cierre de la Invitación. Este requisito se considera NO SUBSANABLE.
Dicha certificación será expedida por el revisor fiscal, y en caso que por ley éste no se requiera, será expedido por el oferente o su representante legal. Tratándose de personas naturales, deberá ser expedido bajo la gravedad del juramento por el oferente, el cual se entenderá prestado con su firma.
Cuando el oferente sea una persona natural, deberá presentar una declaración juramentada, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, ICBF y servicio nacional de aprendizaje, cuando a ello hubiere lugar.
En el evento de que el oferente o uno de sus miembros sea una persona jurídica, deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas antes mencionados mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal dentro de los seis (6) meses anteriores al cierre para presentación de Ofertas.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona natural, deberá aportar la declaración aquí exigida.
La no presentación de la certificación dentro del plazo de la invitación y/o el plazo concedido por el comité evaluador para allegarla o presentarla sin el mínimo de requisitos exigidos anteriormente, dará lugar a que la oferta sea evaluada como INHABILITANTE FINANCIERAMENTE.
Para acreditar este requisito, el proponente deberá diligenciar Los formatos los 4.1 y 4.2 según corresponda la naturaleza jurídica del oferente.
2.3.7 CERTIFICACION DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR
El oferente deberá anexar copia legible del certificado de vigencia de inscripción y de carencia absoluta de antecedentes disciplinarios del contador público y/o revisor fiscal que certifica, dictamina y firma los estados financieros del oferente, expedido por la Junta Central de Contadores, y vigente para la fecha de cierre de la Invitación. De igual manera, se deberá anexar la copia legible de la tarjeta profesional del mencionado contador y/o revisor fiscal.
Para el caso de consorcio o unión temporal, deberá presentar cada uno de los miembros, una copia legible de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente expedida por la Junta Central de Contadores, y de la Tarjeta Profesional del Contador Público y/o Revisor Fiscal, en caso de requerirse.
En caso de no presentarse la certificación en dicho plazo de esta invitación y/o en el plazo establecido por el comité evaluador para allegarla para subsanar o la no presentación de estos documentos con los requisitos exigidos, dará lugar a que la oferta sea evaluada como INHABILITANTE FINANCIERAMENTE.
2.4 DOCUMENTOS TECNICOS OBJETO DE VERIFICACIÓN
2.4.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE
El Oferente deberá consignar en el Formato No. 5 “Relación Experiencia del Oferente”, la relación de los contratos ejecutados dentro de los diez (10) años anteriores a la fecha de cierre de la presente Invitación, cuyo objeto específicamente corresponda a la Interventoría de obra cuyo objeto haya sido la Perforación y Construcción de por lo menos dos (2) Pozos Profundos de agua de mínimo uno (1) de 400 m y otro mínimo de 200 m de profundidad, Interventoría de obra cuyo objeto haya sido la Construcción de
mínimo una Planta de Tratamiento mínimo 40 lps, interventoría de obra cuyo objeto haya sido la construcción de una subestación eléctrica y que en conjunto su facturación sea como mínimo el presupuesto oficial de la presente invitación en términos de SMMLV, en máximo 3 contratos.
La profundidad xxx xxxx, la capacidad de la planta de tratamiento, y el presupuesto oficial, corresponderá a lo establecido en el acta de liquidación del contrato de obra de la cual se desempeñó como Interventor.
El oferente deberá adjuntar como soporte a la información consignada en el Formato No.
5 las certificaciones o acta de liquidación final. Estos documentos deberán contener, como mínimo, la siguiente información:
• Contratante.
• Nit
• Objeto del contrato claramente definido.
• Objeto del contrato al que se le realizó la interventoría
• Valor liquidado a favor del contratista.
• Fecha de Iniciación (debe indicar mínimo mes y año).
• Fecha de terminación (debe indicar mínimo mes y año).
• Fecha de liquidación del contrato
• Actividades y cantidades ejecutadas del contrato al que se le realizó la interventoría.
En el caso de certificaciones deberán estar expedidas por el funcionario responsable de la ejecución del contrato respectivo o por el ordenador del gasto de dicha entidad contratante.
La EAAAY EICE ESP se reserva el derecho de verificar la información suministrada por el Oferente y de solicitar las aclaraciones que considere convenientes.
Para Consorcios o uniones temporales la relación será válida, siempre y cuando se cumpla con los requisitos exigidos anteriormente, y de acuerdo con el porcentaje de participación en el contrato ejecutado, por lo cual deberá indicarse el porcentaje de su participación y algún documento que así lo acredite.
El valor de los contratos ejecutados se convertirá en salarios mínimos mensuales legales de cada vigencia, teniendo en cuenta la facturación presentada de los contratos certificados.
En caso de relacionar un contrato celebrado con anterioridad al 2010 con un particular, se anexará copia del pago de impuesto de timbre, si por su cuantía fuera legalmente obligatorio, para su validez, y siempre y cuando se genere el hecho impositivo del tributo.
En el Formato No. 5 “Relación Experiencia del Oferente”, se indicará el folio en el cual se presenta el documento de soporte. En caso de no anexarse la certificación o actas de liquidación final o parcial del contrato relacionado, este no será tenido en cuenta para efectos de evaluación.
En caso de alguna duda, si la EAAAY EICE ESP lo considera necesario solicitará al oferente la aclaración y documentos de soporte adecuados, dentro del plazo perentorio
que se le asigne; si en el término de este plazo no presenta las aclaraciones adecuadas la oferta será rechazada. Se entiende que la oferta no podrá ser complementada o adicionada en caso de aclaraciones.
Si la oferta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, todos sus miembros deberán diligenciar su experiencia en el mismo Formato No. 5 “Relación Experiencia del Oferente”, indicándose cuál miembro aporta la experiencia específica, con el fin de facilitar la verificación de la documentación. La experiencia específica de la oferta será la suma de los valores de los contratos presentados en conjunto por los integrantes del consorcio o unión temporal.
La presentación del formato que se menciona y los soportes de experiencia son requisitos no subsanables.
La no presentación del Formato No. 5 “Relación Experiencia del Oferente” será motivo para que la oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE TÉCNICAMENTE.
2.4.2 RELACIÓN DE CONTRATOS VIGENTES
En el Formato No. 6 “Relación de Contratos Vigentes”, el oferente deberá registrar los contratos de Interventoría suscritos con Entidades Públicas ó Privadas, que se encuentren actualmente en ejecución y/o aceptados pendientes de iniciación.
Deberá diligenciarlo colocando en la columna “VALOR EN SMMLV”, el valor inicial de cada contrato, calculado en SMMLV del año de suscripción o de aceptación, según sea el caso, con máximo dos decimales. También deberá registrar el valor en smmlv de la capacidad máxima de contratación como Consultor.
La capacidad residual de contratación (Krc) deberá ser igualo superior al presupuesto oficial estimado expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), y la fórmula para calcularla será la siguiente:
Krc = Ki - Vce En donde:
Krc = Capacidad Residual de Contratación
Ki = Capacidad de Contratación como Constructor inscrita en la cámara de Comercio Vce = Valor total en smmlv de los Contratos registrados en el Formato No. 6
En caso de que el oferente no tenga Contratos Vigentes, deberá presentar el Formato manifestando tal situación en el mismo.
En caso que el oferente sea un consorcio o unión temporal, la capacidad residual de contratación corresponderá a la sumatoria de las capacidades residuales de contratación de sus integrantes, por lo cual cada uno deberá diligenciar el Formato No. 6 “Relación de Contratos Vigentes”, en forma individual.
La presentación del formato que se menciona es un requisito NO SUBSANABLE.
La no presentación del formato o el no cumplimiento de los requisitos mencionados, dará lugar para que la oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE TÉCNICAMENTE.
2.4.3 PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO
El Oferente deberá presentar dentro de su oferta el siguiente personal profesional requerido:
PERSONAL REQUERIDO | MINIMO |
Director de Interventoría (Ingeniero civil o Ingeniero Geólogo - Especialista o Magister en Hidráulica o afín) | 1 |
Profesional (Especialista o Magister en Hidrogeología, aguas subterráneas o afín ) | 1 |
Residente de Interventoria (Ingeniero civil, ) | 1 |
Profesional especialista en HSEQ | 1 |
Ingeniero Electromecánico | 1 |
En cuanto al personal profesional, una vez este haya sido aprobado por el SUPERVISOR, no podrá ser cambiado por el contratista durante la ejecución del contrato, a menos que exista una justa causa o se presenten razones de fuerza mayor o caso fortuito, so pena de incumplimiento de contrato, las cuales deberán ser sustentadas ante la EAAAY EICE ESP para su evaluación y posterior autorización. En caso de aprobarse el cambio por parte de la EAAAY EICE ESP, el personal deberá reemplazarse por uno de igual o mejor categoría que el ofrecido en la oferta, y de manera inmediata.
El Contratista está obligado a emplear en la ejecución de los trabajos el personal profesional y de especialistas aprobados, quienes deberán suscribir con el número de su Tarjeta profesional todos los informes, estudios, diseños y planos de construcción detallados en sus respectivas áreas, los cuales deben ser avalados por el Director de la Obra o Proyecto.
El Contratista se compromete a ejecutar las obras en los plazos y tiempos descritos, en caso que el personal mínimo requerido no sea suficiente, este deberá aumentarlo de manera que se cumpla con los plazos contractuales definidos.
La EAAAY EICE ESP se reserva el derecho de exigir el reemplazo o retiro de cualquier empleado o trabajador vinculado a la ejecución del proyecto, cuando el accionar de este profesional atente contra la integridad de la obra.
Las certificaciones que se presenten para acreditar la experiencia de los profesionales, deberán venir suscritas por el representante legal contratante o funcionario competente para ello; en caso de prestación de servicios o relación laboral, la certificación se expedirá por la dependencia xx xxxxxxx humano o quien haga sus veces. Cuando en la certificación no se incluya alguno de los datos solicitados que sea necesario para la comparación objetiva de la oferta, habrá lugar a rechazo de la certificación.
El Contratista deberá mantener el Residente de obra y el Director, durante el 100% del tiempo de la duración del contrato; los demás profesionales deberán estar disponibles físicamente cada vez que la EAAAY EICE ESP y/o la Interventoría lo soliciten o requieran, so pena de hacerse acreedor a las sanciones contractuales establecidas.
Es obligación del contratista contar con el personal propuesto en disponibilidad de trabajo al momento de suscribirse el acta de iniciación, lo que será verificado por la Interventoría
y/o la EAAAY EICE ESP durante la ejecución de los trabajos, junto con los documentos correspondientes, exigidos en los siguientes numerales.
La experiencia profesional se refiere a la demostración de los conocimientos profesionales adquiridos a partir de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.
Se entiende por experiencia general, la realización directa de contratos, así como aquellas actividades o labores desempeñados cuyas funciones y responsabilidades conllevan el ejercicio de la profesión como Director de Interventoría, Residente de interventoría y demás profesiones exigidas (según sea el caso), en Interventoría de Obras Civiles.
Se entiende por experiencia específica, la realización directa de contratos, así como aquellas actividades o labores desempeñadas cuyas funciones y responsabilidades conllevan el ejercicio de la profesión como Director de Interventoría, Residente de interventoría y demás profesiones (según sea el caso), en Interventoría de Perforación y Interventoría de Construcción xx Xxxxx Profundos, Interventoría de Construcción de Plantas de Tratamiento, Interventoría de Estructuras Hidráulicas.
La Empresa aceptará las siguientes equivalencias en la experiencia soportada para los cargos de Director de Interventoría, Profesional especialista en hidrogeología y/o Residente de Interventoría:
Maestría en Hidrogeología o Aguas subterráneas= 3 años como Director de Interventoría Especialización en Hidrogeología o Aguas subterráneas= 2 años como Director de Interventoría
Maestría en Hidráulica = 3 años como Director de Interventoría Especialización en hidráulica = 2 años como Residente de Interventoría
Estas equivalencias se tendrán en cuenta a partir del título de postgrado adicional al exigido como requisito mínimo de estudio. En todo caso los títulos de estudios exigidos como requisitos habilitantes no podrán ser homologados por años de experiencia.
La experiencia como profesor de cátedra, Director de Proyectos de Tesis o Asesor de Proyectos de tesis, no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales.
Tanto los conocimientos como la experiencia de cada profesional, deberá ser soportada con copia de los diplomas respectivos, certificaciones, acta de liquidación final de contratos, y demás requisitos exigidos en los siguientes numerales, cuya información deberá ser relacionada en el Formato No. 7 “Relación de Experiencia de los Profesionales”, donde se determine la entidad contratante o patrono, nit, objeto del contrato o actividades o cargo, fecha de iniciación y terminación, tiempo y dedicación, entre otros, y en caso de no presentarse dicho formato, será considerada INHABILITANTE TECNICAMENTE.
En caso de encontrarse inexactitudes en la relación de la experiencia con relación a los soportes presentados en la oferta, éstos serán corregidos por la EAAAY EICE ESP al momento de evaluarse, y se tendrá en cuenta únicamente la verificación corregida. En el evento de no presentarse el soporte correspondiente a la experiencia o conocimiento relacionado, no se tendrá en cuenta para la evaluación dicha experiencia o conocimiento.
La no presentación de los soportes de experiencia son requisitos no subsanables.
2.4.3.1 Director de Interventoría
Se requiere la participación de un profesional en Ingeniería Civil o ingeniero Geólogo especialista y/o magister en Hidráulica o afín, quien actuará como Director de Interventoría que represente a la Interventoría en la obra ante sus empleados, ante Contratista de obra, proveedores y ante la EAAAY EICE ESP, en todo lo referente a los aspectos técnicos, económicos y administrativos, estando a su cargo la ejecución del proyecto conforme a las condiciones exigidas y los cronogramas e inversiones propuestos y aceptados, profesional en el cual la INTERVENTORÍA delegue la responsabilidad general de la interventoría de la obra civil, su dedicación de tiempo será del 100%; profesional que deberá contar con los siguientes requisitos:
Experiencia general:
Como profesional en Ingeniería Civil con una experiencia no menor a diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional y hasta el cierre de la invitación. Debe anexar certificación del COPNIA.
Experiencia específica:
1. Xxxxxse desempeñado como Director de Obra y/o de Interventoría o como Interventor como persona natural y/o jurídica, en un mínimo de dos (2) obras cuyo objeto haya sido la construcción xx xxxxx profundos de agua con una profundidad no menor a 200 m
2. Xxxxxse desempeñado como Director de Obra y/o de Interventoría o como Interventor como persona natural y/o jurídica, en un mínimo de una (1) obra cuyo objeto haya sido la construcción de una planta de tratamiento para agua potable mínimo de 20 lps.
Acreditación:
El proponente deberá adjuntar para cada uno de los profesionales la siguiente documentación:
• Hoja de vida firmada por el profesional.
• Copia de la tarjeta o matricula profesional con el respectivo certificado de vigencia sin inhabilidades por el COPNIA.
• Copia de título profesional.
• Certificado de vigencia de la matricula profesional, expedida dentro de los 30 días anteriores al cierre de la presente invitación.
• Carta de intención y disponibilidad debidamente suscrita en donde se especifique el cargo a desempeñar, su dedicación y su disponibilidad al proyecto durante el plazo del mismo.
• Certificaciones de experiencia. Debe contener: nombre de la entidad contratante, nit, el nombre del contratista de la obra, el objeto del proyecto, las fechas de inicio y finalización del proyecto, tiempo y de dedicación, el cargo desempeñado, el valor total del proyecto. Formato No. 7 “Relación de Experiencia de los Profesionales”. En caso de presentarse la inexistencia de la empresa certificante se podrá allegar copia legible 1. del contrato, 2. acta de inicio, 3. acta de terminación y/o acta de liquidación del contrato.
La no presentación de la relación de experiencia de los profesionales, o de la carta de compromiso con la respectiva dedicación o la suscripción de la misma, o la falta de cumplimiento de los requisitos mínimos antes exigidos para el
proyecto, dará lugar a que la oferta sea evaluada como INHABILITANTE TÉCNICAMENTE.
2.4.3.2 Profesional Especialista o Magister en Hidrogeología o aguas subterráneas o afín
Se requiere la participación de un Profesional Especialista o Magister en Hidrogeología o agua subterránea o afín que se encuentre permanentemente en la obra, supervisando las actividades de carácter técnico y afines. Este profesional estará a disposición de la obra cuando lo requiera la EAAAY EICE ESP y será quien supervise en detalle cada una de las actividades correspondientes al área hidrogeológica del proyecto, y deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Experiencia general:
Como profesional con una experiencia no menor a diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional y hasta el cierre de la invitación.
Experiencia específica:
Xxxxxse desempeñado como Director de interventoría o Residente de interventoría, en un mínimo de dos (2) obras cuyo objeto haya sido la construcción xx xxxxx profundos de agua con profundidad no menor a 200 m
Acreditación:
El proponente deberá adjuntar para cada uno de los profesionales la siguiente documentación:
• Hoja de vida firmada por el profesional
• Copia de la tarjeta o matricula profesional.
• Copia de título profesional.
• Copia del título de posgrado.
• Certificado de vigencia de la matricula profesional, expedida dentro de los 30 días anteriores al cierre de la presente licitación.
• Carta de intención y disponibilidad debidamente suscrita en donde se especifique el cargo a desempeñar, su dedicación y su disponibilidad al proyecto durante el plazo del mismo.
• Certificaciones de experiencia. Debe contener: nombre de la entidad contratante, nit, el nombre del contratista de la obra, el objeto del proyecto, las fechas de inicio y finalización del proyecto, tiempo y de dedicación, el cargo desempeñado, el valor total del proyecto. Formato No. 7 “Relación de Experiencia de los Profesionales”. En caso de presentarse la inexistencia de la empresa certificante se podrá allegar copia legible 1. del contrato, 2. acta de inicio, 3. acta de terminación y/o acta de liquidación del contrato.
La no presentación de la relación de experiencia de los profesionales, o de la carta de compromiso con la respectiva dedicación o la suscripción de la misma, o la falta de cumplimiento de los requisitos mínimos antes exigidos para el proyecto, dará lugar a que la oferta sea evaluada como INHABILITANTE TÉCNICAMENTE.
2.4.3.3 Residente de Interventoría
Se requiere la participación de un Residente de Interventoría con título en Ingeniería Civil, ingeniero geólogo o geólogo que se encuentrepermanentemente en la obra,
supervisando las actividades de carácter técnico y afines. Este profesional tendrá una dedicación de tiempo del 100%, será quien coordine en detalle cada una de las actividades propias de la obra y estará bajo la dirección y supervisión del Director de interventoría, y deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Se deja la posibilidad que el interventor disponga de tres profesionales que deberían ser: Geologo o ingeniero Geologo, ingeniero electromecánico e ingeniero civil esto en el caso que el solicitado no cuente con la experiencia requerida en todos los campos, para tal caso cada uno de ellos se despeñara en cada una de las etapas del proceso y para lo cual cada profesional deberá contar con la experiencia solicitada.
Experiencia general:
Como profesional en Ingeniería Civil ingeniero geólogo o Geologo con una experiencia no menor a cinco (5) años, contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional y hasta el cierre de la invitación. Debe anexar certificación del COPNIA.
Experiencia específica:
1. Haberse desempeñado como Residente de interventoría, en un mínimo de una (1) obra cuyo objeto haya sido la construcción de profundos de agua con profundidad no menor a 400 m.
2. Haberse desempeñado como Residente de interventoría, en un mínimo de una (1) obra cuyo objeto haya sido la construcción de una planta de tratamiento para agua potable.
Acreditación:
El proponente deberá adjuntar para cada uno de los profesionales la siguiente documentación:
• Hoja de vida firmada por el profesional.
• Copia de la tarjeta o matricula profesional con el respectivo certificado de vigencia sin inhabilidades por el COPNIA.
• Copia de título profesional.
• Certificado de vigencia de la matricula profesional, expedida dentro de los 30 días anteriores al cierre de la presente licitación.
• Carta de intención y disponibilidad debidamente suscrita en donde se especifique el cargo a desempeñar, su dedicación y su disponibilidad al proyecto durante el plazo del mismo. Certificaciones de experiencia. Debe contener: nombre de la entidad contratante, nit, el nombre del contratista de la obra, el objeto del proyecto, las fechas de inicio y finalización del proyecto, tiempo y de dedicación, el cargo desempeñado, el valor total del proyecto. Formato No. 7 “Relación de Experiencia de los Profesionales” En caso de presentarse la inexistencia de la empresa certificante se podrá allegar copia legible 1. del contrato, 2. acta de inicio, 3. acta de terminación y/o acta de liquidación del contrato.
La no presentación de la relación de experiencia de los profesionales, o de la carta de compromiso con la respectiva dedicación o la suscripción de la misma, o la falta de cumplimiento de los requisitos mínimos antes exigidos para el proyecto, dará lugar a que la oferta sea evaluada como INHABILITANTE TÉCNICAMENTE.
2.4.3.4 Profesional Especialista en HSEQ
Se requiere la participación de un Profesional Especialista en HSEQ con disponibilidad 100% en la obra, supervisando al personal de las obras y a la obra en sí en el desarrollo de las actividades diarias, hará parte de la interventoría y deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Experiencia específica:
Haberse desempeñado como profesional de HSEQ, en un mínimo de una (1) obra civil de por lo menos el 50% del presupuesto oficial de la presente invitación.
Acreditación:
El proponente deberá adjuntar para cada uno de los profesionales la siguiente documentación:
• Hoja de vida firmada por el profesional.
• Copia de la tarjeta o matricula profesional con el respectivo certificado de vigencia sin inhabilidades por el COPNIA.
• Copia de título profesional.
• Certificado de vigencia de la matricula profesional, expedida dentro de los 30 días anteriores al cierre de la presente licitación.
• Carta de intención y disponibilidad debidamente suscrita en donde se especifique el cargo a desempeñar, su dedicación y su disponibilidad al proyecto durante el plazo del mismo.
• Certificaciones de experiencia. Debe contener: nombre de la entidad contratante, nit, el nombre del contratista de la obra, el objeto del proyecto, las fechas de inicio y finalización del proyecto, tiempo y de dedicación, el cargo desempeñado, el valor total del proyecto. Formato No. 7 “Relación de Experiencia de los Profesionales”. En caso de presentarse la inexistencia de la empresa certificante se podrá allegar copia legible 1. del contrato, 2. acta de inicio, 3. acta de terminación y/o acta de liquidación del contrato.
La no presentación de la relación de experiencia de los profesionales, o de la carta de compromiso con la respectiva dedicación o la suscripción de la misma, o la falta de cumplimiento de los requisitos mínimos antes exigidos para el proyecto, dará lugar a que la oferta sea evaluada como INHABILITANTE TÉCNICAMENTE.
2.4.3.5 Ingeniero Electromecánico
Se requiere la participación de un Ingeniero Electromecánico estará a cargo de la supervisión del personal de las obras que se halle realizando las actividades de Electromecánica. Este profesional estará a disposición de la obra cuando lo requiera la EAAAY o la interventoría, y deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Experiencia general:
Como profesional en Ingeniería Electromecánica con una experiencia no menor a cinco
(5) años, contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional y hasta el cierre de la invitación.
Experiencia específica:
Haberse desempeñado como Ingeniero Electromecánica o Residente de obra y/o Interventoría en un mínimo una (1) obra cuyo objeto haya sido el montaje y puesta en marcha de una subestación eléctrica.
Acreditación:
El proponente deberá adjuntar para cada uno de los profesionales la siguiente documentación:
• Hoja de vida firmada por el profesional
• Copia de la tarjeta o matricula profesional con el respectivo certificado de vigencia sin inhabilidades por el COPNIA.
• Copia de título profesional.
• Certificado de vigencia de la matricula profesional, expedida dentro de los 30 días anteriores al cierre de la presente licitación.
• Carta de intención y disponibilidad debidamente suscrita en donde se especifique el cargo a desempeñar, su dedicación y su disponibilidad al proyecto durante el plazo del mismo.
• Certificaciones de experiencia. Debe contener: nombre de la entidad contratante, nit, el nombre del contratista de la obra, el objeto del proyecto, las fechas de inicio y finalización del proyecto, tiempo y de dedicación, el cargo desempeñado, el valor total del proyecto. Formato No. 7 “Relación de Experiencia de los Profesionales”. En caso de presentarse la inexistencia de la empresa certificante se podrá allegar copia legible 1. del contrato, 2. acta de inicio, 3. acta de terminación y/o acta de liquidación del contrato.
La no presentación de la relación de experiencia de los profesionales, o de la carta de compromiso con la respectiva dedicación o la suscripción de la misma, o la falta de cumplimiento de los requisitos mínimos antes exigidos para el proyecto, dará lugar a que la oferta sea evaluada como INHABILITANTE TÉCNICAMENTE.
2.4.3.6 Profesionales con título obtenido en el extranjero, domiciliados en el exterior
El oferente debe tener en cuenta que todo profesional de la Ingeniería y sus profesiones auxiliares, en las ramas que se rigen por la Ley 64 de 1978, titulado y domiciliado en el exterior, que en virtud del contrato que se suscriba como consecuencia de esta Invitación, pretenda ejercer por tiempo determinado su profesión en Colombia, deberá obtener un Permiso Temporal para tal efecto, otorgado por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y XXXXX, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos en el Decreto 239 de 2000 y el artículo 7 ibídem. Lo anterior se aplica tanto al personal profesional del Contratista como al Contratista persona natural que se encuentre en las condiciones enunciadas. El incumplimiento de lo dispuesto en las normas mencionadas, constituye ejercicio ilegal de la profesión, sujeto a las sanciones correspondientes. En los demás casos, el profesional deberá contar con su Tarjeta Profesional y el técnico con su certificado, de acuerdo con la misma Ley 64/78 y sus decretos reglamentarios.
En el caso de profesionales de la Ingeniería con título extranjero y domiciliado en el exterior, en las ramas reguladas por leyes especiales, deberán cumplir con los requisitos que dichas leyes especiales establecen para el ejercicio temporal de su profesión en Colombia; so pena de incurrir en ejercicio ilegal de la misma sujeto a las sanciones xx xxx.
Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de las demás condiciones generales para trabajar en Colombia, exigidas por otras normas legales, tales como visas, etc.
El Interventor del contrato deberá constatar el cumplimiento de las normas respectivas, antes de autorizar el ejercicio por parte del respectivo profesional.
2.5 DOCUMENTOS ECONOMICOS OBJETO DE VERIFICACIÓN
2.5.1 RELACION DE ITEMS, CANTIDADES Y PRECIOS. OFERTA ECONOMICA.
El oferente deberá diligenciar la totalidad del Formato No. 8 “Presupuesto Ofrecido”, so pena de ser rechazada la oferta, en el cual realizará las correspondientes operaciones matemáticas para obtener el Valor Parcial de cada Ítem aproximado al peso de la oferta.
El Oferente deberá tener en cuenta para el cálculo del valor de la oferta, el ítem, la descripción, la cantidad, sueldo mes, H/M, tiempo en meses, prima, valor básico, F.M. valor parcial, indicados en el Formato No. 8 “Presupuesto Ofrecido”, los cuales se considerarán para fines de evaluación.
Cualquier modificación al número del ítem, descripción del ítem, cantidad, tiempo, H/M, dará lugar al rechazo de la oferta.
Este documento es NO SUBSANABLE por los oferentes en ningún caso. La EAAAY EICE ESP corregirá los errores matemáticos contenidos en el Formato No. 8 “Presupuesto Ofrecido”.
El valor total de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la ejecución del contrato hasta la entrega total de los trabajos a realizar, a satisfacción de la EAAAY EICE ESP, entre ellos, las imposiciones tributarias (impuestos, tasas y contribuciones), los costos directos e indirectos como alzas normales en el precio de los materiales, transporte, régimen climático, localización de entrega del bien a suministrar, insumos, equipo, utilidades, imprevistos, gastos de administración, y en general todo factor económico que pueda afectar la fabricación del bien y su entrega, y que se requiera para cumplir a cabalidad el objeto de la presente Invitación.
2.5.2 VALOR Y FACTOR MULTIPLICADOR
El oferente presentará el cálculo detallado del factor multiplicador según el Formato No. 9 “Calculo del factor Multiplicador” de acuerdo con su percepción de las condiciones xxx xxxxxxx y propuesta de administración de la obra, teniendo en cuenta todos los costos y gastos de impuestos o tributos de cualquier nivel, retenciones, seguros, garantías, fletes, impuestos locales, imprevistos y todos los gastos de administración de la obra, de la presentación de la oferta, asesoría técnica por especialistas y acompañamiento, y utilidad, los cuales estarán a cargo del contratista. El oferente presentará su cálculo del factor multiplicador, aun cuando no será objeto de evaluación económica.
El presupuesto de interventoría presentado por el oferente cubre todos los todos los costos, directos e indirectos, entre ellos materiales, mano de obra, equipo, herramientas y maquinaria; acarreos de insumos o materiales, trabajos diurnos y nocturnos, prestaciones sociales, alquiler y adecuación de oficina, costos administrativos de la interventoría, impuestos y contribuciones legales de carácter nacional y local, y utilidades, todo de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxxx.
La no inclusión de cualquiera de los elementos mencionados anteriormente en la conformación del presupuesto de interventoría, no eximirá al oferente de la ejecución total de cualquier actividad contemplada en el Formato No. 8 “Presupuesto Ofrecido” y ajustada al cumplimiento a cabalidad de sus obligaciones contractuales.
El valor parcial del ítem, se entiende y acepta que incluye el cumplimiento de las actividades inherentes al cargo del profesional y por tanto no habrá lugar a reclamación alguna por costo adicional, diferentes a los reajustes pactados para mantener el equilibrio económico en los precios.
2.5.3 FLUJO DE INVERSIÓN DEL ANTICIPO
El proponente deberá presentar el flujo de inversión del anticipo, expresado en porcentajes.
La presentación del flujo de inversión del anticipo deberá realizarse mediante una hoja de cálculo de Excel u otra herramienta, por capitulo propuesto para la inversión del anticipo y contenidos en el formato de presupuesto propuesto, discriminados por mes. Para ilustración de los interesados se presenta el siguiente modelo:
INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y AMBIENTAL DEL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO LA "CONSTRUCCIÓN DE UN (1) POZO PROFUNDO EN LA CALLE 30 CON CARRERA 23 SECTOR MANGA DE COLEO Y SUS ESTRUCTURAS COMPLEMENTARIAS PARA EL ABASTECIMIENTO ALTERNO DEL SISTEMA DE ACUEDUCTO DEL MUNICIPIO DE YOPAL"
VALOR PROPUEST A: | |
VALOR ANTICIPO (30%): |
CONCEPTO | DESCRIPCIÓN | V A L O R | PORC ENTA JE |
GASTOS DE PERSONAL | SALARIO DIRECTOR | ||
SALARIO ESPECIALISTA HIDROGEOLOGO | |||
SALARIO RESIDENTE INTERVENTORIA | |||
SALARIO ESPECIALISTA HSQE | |||
SALARIO INGENIERO ELECTROMECÁN |
ICO | |||
SUBTOTAL | |||
ALQUILER DE | |||
OFICINA | |||
ENSAYOS DE | |||
LABORATORIO | |||
COSTOS DIRECTOS | |||
ALQUILER DE VEHICULO | |||
DOCUMENTACIÓ | |||
N Y | |||
CONSUMIBLES | |||
OFICINA | |||
SUBTOTAL |
TOTAL |
2.6 DOCUMENTOS ADICIONALES
De igual forma, el Oferente deberá anexar en su oferta los siguientes documentos: Análisis de Prestaciones sociales (Formato No. 11)
La no presentación del plan de inversión del anticipo, así como la no presentación del análisis de prestaciones sociales o la existencia de errores aritméticos en el cálculo de éste, dará motivo para que la oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE ECONOMICAMENTE.
3. EVALUACIÓN DE LA OFERTA Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
3.1 EVALUACIÓN DE LA OFERTA
3.1.1 CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las ofertas, y las recomendaciones para la aceptación o declaratoria de fallida del proceso de invitación, no podrá ser revelada a los oferentes ni a otra persona que no participe en dicho proceso, hasta que la EAAAY EICE ESP corra a los oferentes el traslado del informe de evaluación de las ofertas para observaciones, de conformidad con el plazo y fecha establecida en el Anexo No. 1 “Cronograma del Proceso”.
Todo intento de un oferente de enterarse indebidamente de las evaluaciones o de ejercer influencia en el proceso de evaluación de las ofertas o en la decisión sobre la aceptación o declaratoria de fallida por parte de la EAAAY EICE ESP, dará lugar a que se le rechace la oferta.
3.1.2 NUMERO DE OFERENTES HÁBILES
La EAAAY EICE ESP ha establecido en la presente Invitación, los criterios de selección necesarios para escoger la oferta más favorable, teniendo en cuenta factores jurídicos,
financieros, técnicos y económicos así como la calificación de estos últimos, y no procederá a la declaratoria de fallida de la Invitación, cuando sólo se presente una oferta hábil y ésta pueda ser considerada como la más ventajosa o conveniente para la EAAAY EICE ESP.
3.1.3 CAUSALES DE RECHAZO
Además de las consignadas en la Ley y en este documento, son causales de rechazo de la oferta las siguientes:
1) Cuando el valor total de la oferta presentada inicialmente o corregida aritméticamente, exceda el presupuesto oficial estimado, cuando sea inferior al 90% de éste, o cuando no excediendo el presupuesto estimado y efectuada la verificación aritmética se presente por exceso o por defecto una diferencia igual o superior al uno por ciento (1%) con respecto al valor original de la oferta presentada, sin perjuicio a lo establecido en el Manual de Contratación de la EAAAY EICE ESP.
2) Cuando la oferta incumpla con la presentación de los documentos esenciales indicados en la Invitación.
3) Cuando la oferta no cumplan con los requisitos y documentos mínimos exigidos en esta Invitación.
4) Cuando no coincida o no exista correlación entre la información diligenciada en los formularios y la de los documentos-soporte solicitados en la oferta o durante el período de evaluación, siempre y cuando tales documentos sean necesarios para la comparación objetiva de las ofertas.
5) Cuando el Oferente omita alguno de los datos necesarios para la comparación de ofertas, previstos en los formularios suministrados.
6) Cuando existan varias ofertas presentadas por el mismo oferente o uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, bajo el mismo nombre o nombres diferentes.
7) Cuando se establezca alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar.
8) Cuando un oferente o alguno de los miembros del consorcio o de la unión temporal tenga intereses patrimoniales en alguna persona jurídica que presente oferta, es decir, cuando se trate de ofertas que correspondan a sociedades en que los oferentes o miembros del consorcio o unión temporal tengan socios comunes, excepto cuando se trate de sociedades anónimas abiertas.
9) Cuando se presenten una oferta alternativa o parcial, o excepciones técnicas y/o comerciales, o condiciones distintas a las establecidas en el Términos de Invitación.
10) Cuando no se presente la Carta de Presentación de la Oferta, o habiéndose presentado, no estar suscrita por el oferente o su representante legal o apoderado.
11) Cuando el oferente no tenga capacidad jurídica para presentar la oferta o para conformar consorcios, o uniones temporales y proponer o celebrar el contrato respectivo.
12) Cuando no se presenten las autorizaciones previas requeridas para representar, proponer y contratar.
13) Cuando tratándose de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales, estas tengan una vigencia inferior a la requerida en la invitación. Cuando no se presente el documento de conformación del consorcio o de la unión temporal, o se incumpla con los requisitos establecidos para su conformación.
14) Cuando tratándose de uniones temporales, no se señale el término y la extensión de la participación de cada uno de sus integrantes en la oferta y en la ejecución del contrato.
15) Cuando no se presente el balance en los términos establecidos.
16) Cuando ocurra alguno de los hechos expresamente determinados como causal de inadmisibilidad o rechazo de la oferta en la presente Invitación.
17) Cuando el oferente o, uno o más de los integrantes de un consorcio o unión temporal se encuentren en concordato o en proceso de reestructuración de pasivos ante la Superintendencia de Sociedades.
18) Cuando la oferta sea presentada por fuera de los plazos establecidos.
19) Cuando se compruebe que un oferente ha interferido, influenciado o presionado a la EAAAY EICE ESP o a sus funcionarios para generar conceptos o decisiones a su favor.
20) Cuando se compruebe confabulación entre los oferentes tendiente a alterar la aplicación de los principios que rigen la presente Invitación.
21) Las demás causales establecidas en estos Términos.
3.1.4 CRITERIOS DE VERIFICACIÓN Y EVALUACION
En las ofertas se evaluarán los aspectos jurídicos, financieros y técnicos, según sea el caso, los cuales determinarán si estas cumplen o no, con los requisitos exigidos en la presente Invitación.
Los aspectos jurídicos y financieros no darán lugar a puntaje pero determinarán la admisibilidad de las ofertas y habilitan para que la evaluación técnica sea calificada.
Una vez verificados los factores de cumplimiento y rechazadas las ofertas que no cumplan, se hará la evaluación de las ofertas restantes, iniciando con la corrección aritmética del cuadro de costos. En caso de presentarse algún error, se corregirá y se llevará al costo real. Se aceptarán errores acumulados en la oferta hasta en un uno por ciento (1%) del valor de la misma.
Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener el precio total de la oferta, y definido si las formalidades técnicas y jurídicas no cumplidas hacen aceptables o no las ofertas recibidas, se seguirá con el proceso de evaluación.
La evaluación se hará mediante el análisis comparativo de las ofertas entre sí, con base en la Invitación, y en las condiciones y precios xxx xxxxxxx, siendo escogido el oferente cuya oferta se considere más favorable técnicamente, para la EAAAY EICE ESP.
La EAAAY EICE ESP se reserva el derecho de verificar durante la evaluación hasta la aceptación, la información suministrada solicitando los soportes documentales que considere necesarios.
3.1.5 EVALUACION DE LAS OFERTAS Y ESTUDIO COMPARATIVO
La EAAAY EICE ESP realizará la evaluación de las propuestas mediante el comité evaluador establecido en el Manual de Contratación de la EAAAY, y se efectuará en dos
(2) etapas, así:
3.1.5.1 PRIMERA ETAPA: Verificación Documental
Los siguientes factores no serán ponderables pero su evaluación arrojará como resultado el concepto de “Cumple” o de “No Cumple” según se cumplan con todos los requisitos y/o se presenten los documentos exigidos en cada numeral. Cualquier omisión o alteración en dicha información dará lugar al concepto de “INHABILITA”.
ITEM | FACTOR A VERIFICAR | VERIFICACION | RESULTADOS |
1 | Requisito de carácter Jurídico | Cumple o No cumple | Habilita/Inhabilita |
2 | Requisito de carácter Financiero | Cumple o No cumple | Habilita/Inhabilita |
3 | Requisito de carácter Técnicos | Cumple o No cumple | Habilita/Inhabilita |
En ella se examinarán cada una de las ofertas para determinar:
a) Si han sido debidamente firmadas y presentadas.
b) Que en caso de que el oferente sea una persona jurídica, que ésta se encuentre debidamente inscrita en la Cámara de Comercio; que su objeto social esté acorde con el objeto de los trabajos del concurso; que la vigencia social se ajuste a lo solicitado y que se presente autorización del representante legal de la sociedad para contratar en caso de estar limitadas sus facultades.
c) Si la oferta cumple con el plazo máximo estipulado para ejecutar los trabajos objeto del concurso.
d) Si la oferta es presentada por un consorcio o unión temporal debe venir acompañada del documento de constitución debidamente elaborado y demás requisitos exigidos.
Demás requisitos de cumplimiento exigidos en la Invitación.
3.1.5.2 SEGUNDA ETAPA: Criterios de Calificación
A las ofertas que cumplan con todos y cada uno de los anteriores requisitos se les efectuará la evaluación y calificación respectiva.
El comité evaluador solo procederá a evaluar las propuestas que sean habilitadas al momento de verificar los requisitos habilitantes.
Los criterios de evaluación son los siguientes:
FACTORES | PUNTAJE |
ASPECTO TECNICO: | 1000 |
• EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL OFERENTE | 400 |
• EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL DIRECTOR DE INTERVENTORIA | 300 |
• EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL RESIDENTE DE INTERVENTORIA | 100 |
• EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROFESIONAL HIDROGEOLOGO | 100 |
• EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL HSEQ | 50 |
• EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL ELECTROMECÁNICO | 50 |
TOTAL CALIFICACIÓN | 1000 |
3.1.5.2.1 EVALUACIÓN TECNICA (1000 puntos)
3.1.5.2.1.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE (400 puntos)
La EAAAY EICE ESP calificará la experiencia específica del oferente basándose en la información suministrada en el Formato N°. 5 “Relación de Experiencia del Oferente”
Cualquier inexactitud con respecto a la certificación y la información contenida en dicho formulario, que impida la comparación objetiva, dará lugar a no tener en cuenta el respectivo contrato.
EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL OFERENTE | PUNTAJE |
El Oferente deberá consignar en el Formato No. 5 “Relación Experiencia del Oferente”, la relación de los contratos ejecutados dentro de los diez (10) años anteriores a la fecha de cierre de la presente Invitación, cuyo objeto específicamente corresponda a la Interventoría de obra cuyo objeto haya sido la Perforación y Construcción de por lo menos dos (2) Pozos Profundos de agua de mínimo uno (1) de 400 m y otro mínimo de 200 m de profundidad, Interventoría de obra cuyo objeto haya sido la Construcción de mínimo una Planta de Tratamiento mínimo 40 lps, y que en conjunto su facturación sea como mínimo el presupuesto oficial de la presente invitación en términos de SMMLV, en máximo 3 contratos. | 400 |
Por cada obra adicional en donde se haya desempeñado como Interventor como persona natural y/o jurídica, cuyo objeto haya sido la construcción xx xxxxx profundos de agua con profundidad igual o mayor a 400 m. | 100 |
Por cada obra adicional en donde se haya desempeñado como Interventor como persona natural y/o jurídica, cuyo objeto haya sido la Construcción de una Planta de Tratamiento mínimo 40 lps | 100 |
3.1.5.2.1.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL DIRECTOR DE INTERVENTORIA ESPECIALISTA Y/O MAGISTER EN HIDRÁULICA O AFÍN (300 puntos)
La EAAAY EICE ESP calificará la experiencia específica del Director de Interventoría propuesto por el oferente, basándose en la información que suministre en el Formato No. 7 “Relación de Experiencia de los Profesionales”, conforme a las condiciones establecidas en estos términos.
Cualquier inexactitud que impida la comparación objetiva, dará lugar a no tener en cuenta el respectivo contrato.
Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener la experiencia específica, o corregidos éstos, se dará una asignación máxima de trescientos (300) puntos, de la siguiente manera:
EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL DIRECTOR DE INTERVENTORIA | PUNTAJE |
Haberse desempeñado como Director de Obra y/o de Interventoría o como Interventor como persona natural y/o jurídica, en un mínimo de dos (2) obras cuyo objeto haya sido la construcción xx xxxxx profundos de agua con una profundidad no menor a 200 m Y Haberse desempeñado como Director de Obra y/o de Interventoría o como Interventor como persona natural y/o jurídica, en un mínimo de una (1) obra cuyo objeto haya sido la construcción de una planta de tratamiento para agua potable mínimo de 20 lps. | 300 |
Por cada obra adicional en donde se haya desempeñado como Director de Obra y/o de Interventoría o como Interventor como persona natural y/o jurídica, cuyo objeto haya sido la construcción xx xxxxx profundos de agua con profundidad igual o mayor a 000 x. | 00 |
Por cada obra adicional en donde se haya desempeñado como Director de Obra y/o de Interventoría o como Interventor como persona natural y/o jurídica, cuyo objeto haya sido la construcción de una planta de tratamiento para agua potable mayor o igual a 20 lps. | 50 |
3.1.5.2.1.3 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROFESIONAL ESPECIALISTA O MAGISTER EN HIDROGEOLOGÍA O AGUAS SUBTERRÁNEAS (100 puntos)
La EAAAY EICE ESP calificará la experiencia específica del profesional especialista o magister en hidrogeología o aguas subterráneas propuesto por el oferente, basándose en la información que suministre en el Formato No. 7 “Relación de Experiencia de los Profesionales”, conforme a las condiciones establecidas en estos Términos.
Cualquier inexactitud que impida la comparación objetiva, dará lugar a no tener en cuenta el respectivo contrato.
Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener la experiencia específica, o corregidos éstos, se dará una asignación de cien (100) puntos, de la siguiente manera:
EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROFESIONAL ESPECIALISTA O MAGISTER EN HIDROGEOLOGÍA O AGUAS SUBTERRÁNEAS O AFIN | PUNTAJE |
Xxxxxxx desempeñado como Director de interventoría o Residente de interventoría, en un | 100 |
mínimo de dos (2) obras cuyo objeto haya sido la construcción xx xxxxx profundos de agua con profundidad no menor a 200 m. | |
Por cada obra adicional a la mínima requerida en donde se ha desempeñado como Director de interventoría o Residente de interventoría, en una obra cuyo objeto haya sido la construcción xx xxxxx profundos de agua con profundidad mayor o igual a 200 m. | 25 |
3.1.5.2.1.4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL RESIDENTE DE OBRA (100 puntos)
La EAAAY EICE ESP calificará la experiencia específica del Residente de Obra propuesto por el oferente, basándose en la información que suministre en el Formato No. 7 “Relación de Experiencia de los Profesionales”, conforme a las condiciones establecidas en estos Términos.
Cualquier inexactitud que impida la comparación objetiva, dará lugar a no tener en cuenta el respectivo contrato.
Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener la experiencia específica, o corregidos éstos, se dará una asignación de cien (100) puntos, de la siguiente manera:
EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL RESIDENTE DE OBRA | PUNTAJE |
Xxxxxxx desempeñado como Residente de interventoría, en un mínimo de una (1) obra cuyo objeto haya sido la construcción de profundos de agua con profundidad no menor a 400 m. Y Haberse desempeñado como Residente de interventoría, en un mínimo de una (1) obra cuyo objeto haya sido la construcción de una planta de tratamiento para agua potable. | 100 |
Por Haberse desempeñado como Residente de interventoría, en una (1) obra adicional a la mínima requerida cuyo objeto haya sido la construcción de profundos de agua con profundidad no menor a 400 m. | 25 |
Por Haberse desempeñado como Residente de interventoría, en una (1) obra adicional a la mínima requerida cuyo objeto haya sido la construcción de una planta de tratamiento para agua potable. | 25 |
3.1.5.2.1.5 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROFESIONAL ESPECIALISTA EN
HSEQ (50 puntos)
La EAAAY EICE ESP calificará la experiencia específica del Ingeniero de HSEQ propuesto por el oferente, basándose en la información que suministre en el Formato No. 7 “Relación de Experiencia de los Profesionales”, conforme a las condiciones establecidas en estos Términos.
Cualquier inexactitud que impida la comparación objetiva, dará lugar a no tener en cuenta el respectivo contrato.
Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener la experiencia específica, o corregidos éstos, se dará una asignación de cincuenta (50) puntos, de la siguiente manera:
EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROFESIONAL ESPECIALISTA EN HSEQ | PUNTAJE |
Xxxxxxx desempeñado como profesional de HSEQ, en un mínimo de una (1) obra civil de por lo menos el 50% del presupuesto oficial de la presente invitación. | 50 |
Por Haberse desempeñado como profesional de HSEQ, en una obra adicional a la mínima de por lo menos el 50% del presupuesto oficial de la presente invitación. | 10 |
3.1.5.2.1.6 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO ELECTROMECÁNICO (50
puntos)
La EAAAY EICE ESP calificará la experiencia específica del Ingeniero Electromecánico propuesto por el oferente, basándose en la información que suministre en el Formato No. 7 “Relación de Experiencia de los Profesionales”, conforme a las condiciones establecidas en estos Términos.
Cualquier inexactitud que impida la comparación objetiva, dará lugar a no tener en cuenta el respectivo contrato.
Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener la experiencia específica, o corregidos éstos, se dará una asignación de cincuenta (50) puntos, de la siguiente manera:
EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL INGENIERO ELECTROMECANICO | PUNTAJE |
Xxxxxxx desempeñado como Ingeniero Electromecánica o Residente de obra y/o Interventoría en un mínimo una (1) obra cuyo objeto haya sido el montaje y puesta en marcha de una subestación eléctrica. | 50 |
Por Haberse desempeñado como Ingeniero Electromecánica o Residente de obra y/o Interventoría en una obra adicional a la mínima requerida cuyo objeto haya sido el montaje y puesta en marcha de una subestación eléctrica. | 10 |
3.1.5.2.2 CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de presentarse empate en la ponderación definitiva, se aplicarán los siguientes criterios para dirimirlo, en el orden enunciado a continuación:
- Se seleccionará la propuesta de menor valor en el presupuesto ofrecido.
- Si aún así persistiere el empate, la selección se realizará por sorteo.
3.1.5.2.3 COMPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS
A las ofertas que cumplan con todos y cada uno de los anteriores requisitos se les efectuará la evaluación y calificación respectiva.
El comité evaluador solo procederá a evaluar las propuestas que sean habilitadas al momento de verificar los requisitos habilitantes.
3.2 SELECCIÓN
3.2.1 DECLARATORIA DE FALLIDA
La presente Invitación podrá declararse fallida cuando a juicio de la EAAAY EICE ESP se presenten motivos o causas que impidan escoger la oferta más favorable o conveniente a los intereses de la Empresa de conformidad con el Manual de Contratación de la EAAAY EICE ESP, o cuando las ofertas no se ajusten a las condiciones y términos de la invitación, o porque al no presentarse pluralidad de ofertas, aquella no llegase a ser la más favorable para la Empresa, y en general, cuando no haya voluntad de participación, o cuando no se presente ningún participante. En todos los casos la declaratoria de fallida deberá comunicarse a los participantes.
3.2.2 DESISTIMIENTO UNILATERAL POR PARTE DE LA EAAAY EICE ESP
La EAAAY EICE ESP podrá por razones de conveniencia, abstenerse de aceptar ofrecimientos, aún cuando se hubiere agotado la etapa de evaluación. En todo caso, cualquier decisión que se tome al respecto, se comunicará mediante escrito a los interesados, sin que esta comunicación se constituya en acto administrativo, puesto que se trata de una actuación de naturaleza privada, conforme lo dispone el régimen de servicios públicos domiciliarios.
En este evento de desistimiento unilateral por parte de la Empresa, se deberá abrir nuevamente el proceso contractual conforme a la modalidad previamente iniciada, sin que sea posible modificar sustancialmente las condiciones y términos de la invitación, y siendo posible la presentación de ofertas nuevamente por quienes con anterioridad hayan participado.
3.2.3 ACEPTACION DE LA OFERTA MÁS FAVORABLE O CONVENIENTE
La EAAAY EICE ESP aceptará aquella oferta que resulte ser la más favorable para sus intereses, de acuerdo con los parámetros de evaluación definidos en la invitación.
En caso de ser aceptada una oferta que presente precios que no obedezcan a las condiciones xxx xxxxxxx y que tal situación no logre ser detectada durante el proceso de la Invitación, el contratista deberá asumir toda la responsabilidad y riesgos que se deriven de tal hecho, y la EAAAY EICE ESP no aceptará ningún reclamo en relación a ello.
Si el oferente favorecido no cumple con lo dispuesto para el perfeccionamiento del contrato, por causas imputables a él, ello constituirá causa suficiente para dejar sin efecto la aceptación y hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en cuyo caso, la EAAAY EICE ESP si lo encuentra conveniente, podrá adjudicar el contrato al oferente que
se ubique en el segundo lugar de acuerdo con el orden de elegibilidad, y cuya oferta sea igualmente favorable para sus intereses y que cumpla con los parámetros de evaluación definidos en el presente documento.
La EAAAY EICE ESP no realizará adjudicaciones parciales.
3.3 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
3.3.1 PLAZO PARA SUSCRIBIRLO
El contrato deberá firmarse dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de notificación de la aceptación, al oferente elegido.
3.3.2 CONDICIONES PARA SU SUSCRIPCION
El contrato será firmado por el representante legal del oferente seleccionado, o su apoderado con poder debidamente otorgado.
Las personas jurídicas extranjeras, para la celebración del contrato, deberán establecer una sucursal en territorio colombiano, y nombrar un representante legal, facultado para la firma del contrato y para representar a la sociedad, judicial y extrajudicialmente.
Para personas jurídicas extranjeras, la firma del contrato se hará por parte del representante legal de la sucursal constituida en Colombia, cuya responsabilidad, en cuanto a obligaciones que adquiera en desarrollo del contrato, deberá estar respaldada por la casa principal o matriz.
En el caso de presentación conjunta de la oferta con uno o más extranjeros, el contrato deber ser firmado por el representante legal en Colombia de cada integrante extranjero del consorcio o el representante o mandatario común del consorcio o unión temporal. Para tal efecto deberán ser presentados los documentos que demuestren la representación y las respectivas autorizaciones de las juntas directivas u organismos competentes, si de acuerdo con los estatutos de la sociedad, el representante legal necesitase de esa autorización.
3.3.3 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato quedará perfeccionado con los siguientes requisitos:
a) Suscripción del contrato y su registro presupuestal.
El contratista deberá aportar los documentos a su cargo para acreditar el cumplimiento de los requisitos legales de perfeccionamiento, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato.
3.3.4 EJECUCION DEL CONTRATO
El contrato podrá ser ejecutado a partir del cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Pago de la estampilla Pro-cultura, Pro-Adulto Mayor, Pro-Deporte Municipal (voluntaria) y demás impuestos de orden nacional, departamental y municipal que se requieran.
b) Aprobación, por parte de la EAAAY EICE ESP, de la garantía única de cumplimiento y demás seguros exigidos, aportados por EL CONTRATISTA.
c) La presentación y aprobación del Plan de control de calidad de la obra
d) Acta de iniciación del contrato.
El contratista deberá aportar los documentos a su cargo para acreditar el cumplimiento de los requisitos legales de ejecución, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la legalización del contrato.
4. CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN
4.1 CONDICIONES TECNICAS
4.1.1 ALCANCE DE OBRAS
Los trabajos a realizar comprenden las actividades contempladas en el Formato No. 8 “Presupuesto Ofrecido”, en las unidades allí descritas, que están relacionadas con el objeto de los presentes términos, y que en general se concretan en primera medida en la INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y AMBIENTAL DEL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO LA “CONSTRUCCION DE UN (1) POZO PROFUNDO EN LA CALLE 30 CON CARRERA 23 SECTOR MANGA DE COLEO Y SUS ESTRUCTURAS COMPLEMENTARIAS PARA EL ABASTECIMIENTO ALTERNO DEL
SISTEMA DE ACUEDUCTO DEL MUNICIPIO DE YOPAL”, con el fin de mejorar y satisfacer a corto plazo la necesidad de agua potable padecida por la comunidad afectada, de tal forma que los habitantes de Yopal gocen de calidad, cantidad y continuidad en la prestación del servicio de agua potable, mediante la construcción de un pozo profundo con su respectiva planta de tratamiento de agua potable y una fuente de energía alterna para el sistema de bombeo.
La interventoría velará por la correcta terminación y entrega a satisfacción de las obras a ejecutar por parte del contratista a la EAAAY EICE ESP.
Los honorarios del personal a ejercer la interventoría incluidas en el Formato No. 8 “Presupuesto Ofrecido”, representan el trabajo por ejecutar y su objetivo es hacer comparables las ofertas, por lo cual las cantidades y actividades allí contenidas no podrán posteriormente cambiarse durante el proceso de selección; de ser así, la oferta no podrá compararse en igualdad de condiciones y será rechazada.
4.1.2 LOCALIZACION DE LA OBRA
Las obras a realizar se encuentran localizadas en el sector conocido como XXXXX XX XXXXX (xxxxxxxxxxx X 0x00’55.83” y E 72º23’19.14”) específicamente en la Xxxxx 00 xxx Xxxxxxx 00 xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx.
4.1.3 PLANOS Y DISEÑOS PARA LA CONSTRUCCION
El Interventor velará por que el constructor atienda las recomendaciones y aclaraciones que haga en cada caso la Supervisión del contrato de obra o de la Gerencia del Proyecto, en desarrollo de su labor.
Durante la ejecución del Contrato de interventoría, la EAAAY EICE ESP no modificará los diseños, normas, especificaciones y proyectos, a menos que razones técnicas o de fuerza mayor así lo determinen. El Consultor del Estudio y Diseño responsable del proyecto hará las aclaraciones que sean necesarias y solicitadas, previo solicitud formal por parte de la Interventoría.
En caso de reforma al proyecto original, el Interventor deberá suministrar al constructor los planos que necesite para la construcción, de acuerdo con el plan de trabajo vigente. Además de los planos, le suministrará las referencias del terreno que se requieran para la correcta construcción de todas las obras. Cuando el proyecto muestre diseños típicos en lugar de diseños específicos, el Interventor determinará cual se ha de usar en cada caso.
Si el constructor encuentra discrepancias o errores en los planos o datos que haya suministrado el Interventor, o duda respecto a la localización de obras, su diseño o las condiciones locales que puedan afectarla, debe obtener aclaraciones satisfactorias de éste, antes de iniciar la respectiva construcción.
Toda obra que se construya sin haber obtenido visto bueno de la EAAAY EICE ESP a través de la Supervisión del contrato de obra o de la Gerencia del Proyecto, como su representante; será de entera responsabilidad tanto del contratista como del interventor, de acuerdo con las respectivas obligaciones contractuales, y si fuere el caso, se podrá solicitar por conducto de la Supervisión o Gerencia de Proyecto, la remoción de las obras x xxxxx del contratista y del interventor, si a ello hubiere lugar.
El Constructor podrá sugerir variaciones a las estipulaciones técnicas originales y alternativas a los procesos constructivos, las cuales solo podrá realizar con autorización escrita de la EAAAY EICE ESP y previo concepto escrito del Interventor sobre la necesidad, utilidad o conveniencia de la modificación y la procedencia o no del reconocimiento de los costos en que pueda incurrir. Para ello el Interventor deberá realizar la especificación solicitada y el Constructor suministrar los planos, procedimientos y A.P.U necesarios.
4.1.4 CALIDAD DE LOS MATERIALES A SUMINISTRAR
El interventor velará porque todos los materiales utilizados en la obra, serán de la mejor calidad y en lo posible homologados por normas de calidad. Es responsabilidad del Contratista exigir la garantía de los materiales a sus proveedores y/o a los fabricantes de los productos; en todo caso, estarán sujetos a la aprobación de la Interventoría. Las garantías otorgadas deberán ser entregadas por el contratista a la EAAAY EICE ESP.
4.1.5 EQUIPO Y HERRAMIENTAS MÍNIMO REQUERIDO
El Interventor deberá garantizar los equipos requeridos para el cumplimiento de sus actividades y obligaciones contractuales.
La EAAAY EICE ESP considera que la disponibilidad oportuna e inmediata de los equipos requeridos, así como la calidad y su correcto estado de funcionamiento y mantenimiento, son de vital importancia para el correcto control en la ejecución de la obra.
4.1.6 OBLIGACIONES DE LA INTERVENTORÍA
Además de las obligaciones contenidas en los respectivos contratos, el interventor tendrá las siguientes:
• Elaborar su propio programa de trabajo, el cual, será aprobado por la EAAAY, y deberá ser verificado antes de iniciar los trabajos teniendo en cuenta que la interventoría debe estar coordinado con el programa de actividades del contrato de obra.
• Vigilar que el manejo transparente de la adecuada inversión de los recursos presupuestales asignados al proyecto, con el fin de que se inviertan en la forma y condiciones pactadas según Contrato Interadministrativo No.1313.12, suscrito con la Gobernación de Casanare.
• Verificar que la inversión de los recursos estén debidamente soportado y que la pruebas documentales de la misma presentada por el contratista cumpla con los requisitos exigidos por la ley.
• El interventor deberá hacer entrega al finalizar el plazo de ejecución del contrato y antes de la terminación del plazo de vigencia del mismo, un archivo compuesto por la actas de compromiso, los informes emitidos en el marco de la interventoría, acta o constancias de visitas relacionadas con el seguimiento, control y verificación, los conceptos para los desembolsos, los conceptos emitidos en ejecución del contrato, y el informe final de interventoría.
• Emitir concepto previo a los desembolsos y aprobación que se deban realizar, con sujeción al cronograma y al presupuesto de inversión previamente definido.
• Ejercer control y vigilancia de los ensayos requeridos durante la ejecución de la obra y que son realizados por el contratista de la obra, verificando que cumplan con las especificaciones técnicas establecidas y su veracidad. Igualmente se obliga a requerir las certificaciones de calidad y calibración de los equipos utilizados para los ensayos de laboratorio.
• Vigilar y certificar que la ejecución de los trabajos cumplen con las especificaciones técnicas estipuladas en el contrato de obra y en el estudio previo.
• Informar oportunamente y por escrito a la EAAAY, sobre cualquier irregularidad que evidencia durante la ejecución contractual, bien sea porque los productos entregados no cumplen con los estándares de calidad exigidos o cualquier otra por parte del personal que se ocupe de la misma.
• Informar oportunamente a la EAAAY sobre los incumplimientos del ejecutor, con el propósito de se adopten las medidas del caso.
• Informe semanal. Realizar en forma semanal y conjuntamente con el Contratista, la revisión de las cantidades de obra ejecutadas contra las contempladas en el programa de obra, haciendo un balance general del proyecto y consignándolas en un informe semanal. En caso de no estar cumpliendo dicho programa, deberá iniciar las acciones que conlleven al cumplimiento de estas obligaciones mediante requerimiento escrito con copia a la Supervisión de la EAAAY EICE ESP; en caso de reincidencia, procederá a iniciar los procesos sancionatorios pertinentes, cumpliendo con la normatividad aplicable para el caso.
• Presentar a la EAAAY, un informe semanal ejecutivo y un informe completo cuando esta lo requiera, donde se relacione de manera detalla las actividades desarrolladas en concordancia con la programación de la obra presentada por el contratista de la obra.
• Elaborar y presentar a la EAAAY un informe mensual, dentro de los cinco
(5) primeros días de cada mes de ejecución y un informe final de interventoría de recopilación de la actividades y resultados producto del seguimiento y control
efectuado a la obra, donde se evidencie los trabajos realizados por el Contratista de Obra y por la Interventoría en el desarrolla de la obra, cuyo documento debe contener como mínimo los siguientes capítulos:
INTRODUCCIÓN
RESUMEN EJECUTIVO DEL CONTRATO:
o GENERALIDADES
o AVANCE FÍSICO
o AVANCE EN TIEMPO
o AVANCE FINANCIERO INFORME CONTRATO DE OBRA:
o DESCRIPCIÓN Y LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO.
o ÁSPECTOS TECNICOS:
▪ Descripción de actividades ejecutadas.
▪ Inconvenientes y determinaciones
▪ Control de programación y avance de obra
▪ Cantidades de obra detalladas mostrando procedimiento de cálculo
▪ Análisis de resultados de laboratorio
▪ Resumen del estado del tiempo
▪ Gráfico de % programado Vs ejecutado
▪ Especificaciones de diseño
o ÁREA ADMINISTRATIVA Y LEGALES:
▪ Estado del contrato
▪ Resumen de las actas de comités de obra
▪ Informe de equipo y personal
▪ Control de pólizas y reservas presupuestales
▪ Pago de nóminas del equipo de trabajo
▪ Sistema de seguridad social y parafiscal.
o ÁREA FINANCIERA:
▪ Control de inversión
▪ Control manejo anticipo
▪ Gráfico de control de inversión
▪ Flujo de caja
o ÁREA AMBIENTAL:
▪ Mitigación del impacto
▪ Seguimiento del plan de gestión social del contratista
▪ Control del plan de manejo ambiental de la obra.
▪ Presentar certificación de gestor autorizado de los residuos comunes y especiales generados en la obra, al igual que la trazabilidad de los mismos
INFORME ADMINISTRATIVO BÁSICO DE INTERVENTORÍA:
o GENERALIDADES DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA
o ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR LA INTERVENTORÍA:
▪ Actividades básicas
▪ Control técnico de la interventoría
▪ Control administrativo y financiero
▪ Control contractual y legal interventor
▪ Plazo del contrato
▪ Facturación interventoría. REGISTRO FOTOGRÁFICO
RESUMEN Y CONCLUSIONES ANEXOS
COPIA BITÁCORAS
• Responder dentro de los 5 días hábiles siguientes a las solicitudes que por escrito presente la EAAAY.
• Responder ante las autoridades de los actos u omisiones en el ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del contrato, cuando con ellos cause perjuicio a la EAAAY o a terceros.
• Realizar reuniones de interventoría con el contratista y levantar las Actas de Reunión necesarias para documentar los procesos.
• El Interventor no podrá abandonar sus funciones de Interventoría en forma parcial o definitiva hasta tanto se le haya asignado o contratado su remplazo y se haya suscrito la correspondiente acta de interventoría, salvo caso de fuerza mayor o caso fortuito.
• Garantizar la oportuna y suficiente disposición de recursos administrativos, financieros, físicos y logísticos para la ejecución.
• Colaborar con la EAAAY EICE ESP en todo lo necesario para que el objeto del contrato se cumpla y para que el producto y el trabajo entregado sea de la mejor calidad.
• Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le imparta por la EAAAY EICE ESP.
• Cumplir con sus funciones frente a seguridad social integral y parafiscales de acuerdo al decreto 50 de la 762 del 2002 Artículo primero de la Ley 828 de 2003 y la Ley 1607 de 2012.
• Responder ante las autoridades de los actos u omisiones en el ejercicio de las actividades que ejerce en virtud del contrato, cuando con ellos cause perjuicios a la EAAAY EICE ESP o a terceros.
• Cumplir con las demás leyes que le corresponden
Las actividades de la interventoría se enmarcan en los siguientes aspectos:
FUNCIONES TÉCNICAS
Como funciones generales que desarrolla la interventoría dentro de los aspectos técnicos, se pueden enumerar las que se consideran las más representativas, sin olvidar que existan otras de índole particular para cada tipo de obra.
• Revisión de los pliegos de condiciones de la selección, al igual que la propuesta del constructor y del contrato.
• Estudios, Diseños y Planos. Si se requiere: Verificar que los estudios, diseños y planos suministrados por la entidad contratante cumplan con las condiciones actuales requeridas para la correcta ejecución del proyecto, las normas y especificaciones vigentes. De ser el caso, revisar, dar visto bueno y aprobar las modificaciones, estudios, diseños y planos, requeridos en la vigencia de la ejecución de la obra.
• Necesidades prediales del proyecto: Verificar que los predios en donde se realizarán las obras sean de propiedad o estén a cargo del Municipio de Yopal o de la EAAAY EICE ESP y que la titulación y planos correspondientes se encuentren debidamente aprobados y legalizados conforme a las normas y reglamentaciones vigentes, de lo contrario informará la necesidad de legalizar los predios que a través del diseño sean requeridos para la ejecución del proyecto, quien se encargará del trámite pertinente para su adquisición.
• Documentos para la Revisión, Seguimiento y Control de la Obra: Revisar y aprobar la documentación correspondiente a: Hojas de vida del personal; Relación de equipo ofrecido; Análisis de precios unitarios (en medio físico magnético); Programa de obra (en medio físico y magnético); Programa de Inversiones (en medio físico y magnético); Flujo de caja; Instalaciones provisionales y otros exigidos en los contratos
• Iniciación de los trabajos: Exigir al constructor, una vez se tenga la orden de inicio expedida por la EAAAY EICE ESP la iniciación de los trabajos; dentro de los términos y condiciones establecidos en el respectivo contrato y en cumplimiento de la programación contractual vigente.
• Reunión técnica y visita al proyecto máximo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la orden de iniciación del proyecto: el interventor coordinará una reunión técnica con la asistencia de: Supervisor, los Directores de Obra e Interventoría, el Ingeniero Residente del contratista e Interventoría. Se deberá analizar con el constructor los planos y especificaciones del proyecto, el programa de inversiones, el programa de trabajo, el equipo disponible, las fuentes de materiales, requerimientos de mano de obra y ambientales, sitios de disposición de materiales, manejo del tránsito, la seguridad de los trabajadores y la comunidad y en general todo aquello que permita el desarrollo normal de las obras, los convocados deberán asistir al sitio de la obra ubicado en la calle 30 con carrera 23 en el sector Manga de Coleo.
• Aprobará antes de iniciar la ejecución de los trabajos, los procedimientos constructivos, las fórmulas de trabajo para realizar las diferentes actividades propias del contrato a ejecutar.
• Hacer entrega de los puntos topográficos necesarios, con sus coordenadas y cotas, que le permitan al constructor localizar adecuadamente el proyecto sobre el terreno y ejecutar las obras correspondientes.
• Replanteo. Verificar y avalar el replanteo que el constructor realice con base en las referencias entregadas y ordenar la corrección cuando se encuentren diferencias.
• Referencias topográficas. Revisar durante la construcción la permanencia de las referencias topográficas y exigir al constructor su protección, traslado o reposición cuando sea necesario.
• Inversión del anticipo. Aprobar el Plan de Inversión del Anticipo al Contratista, Controlar la correcta inversión del anticipo concedido al contratista de la obra, vigilando los desembolsos que correspondan a gastos del contrato efectuados y que estén de acuerdo con el programa de inversiones aprobado por EAAAY EICE ESP, previo a cada pago.
• Recursos necesarios. Disponer, administrar y mantener, en sitios cercanos a la obra, durante el tiempo de ejecución del contrato, personal profesional, técnico y administrativo, instalaciones, equipos de medición en campo y control y una organización logística adecuada para el ejercicio de las obligaciones de Interventoría.
• Diario de Obra (Bitácora). Llevar junto con el constructor un diario de la obra que deberá permanecer disponible en la oficina de campo de la Interventoría, en el cual se consignarán todas las instrucciones, observaciones, ejecuciones y determinaciones relacionadas con el desarrollo de la obra. Éste deberá iniciarse el día en que se realice la reunión técnica inicial. La Bitácora de Obra será de exclusiva responsabilidad y custodia de la Interventoría
• Actualización del archivo. Llevar, mantener actualizado y tener disponible el archivo de la Interventoría con la correspondencia, informes técnicos, resultados de laboratorio, planos y demás documentos requeridos para el control
de la ejecución de las obras, en donde se detallen las condiciones geológicas, topográficas y meteorológicas, equipos utilizados, métodos constructivos y en general todo aquello que permita determinar completamente las características de la obra ejecutada, este archivo deberá ser entregado a la EAAAY EICE ESP como requisito para el recibo de la Interventoría.
• Exigir, la calidad de los bienes y servicios adquiridos por la empresa, o en su defecto, los exigidos por las normas técnicas obligatorias.
• Estado, calidad y cantidad del equipo disponible. Durante todo el desarrollo del proyecto verificará que el equipo ofrecido por el Contratista en su propuesta se encuentre completo y en perfecto estado de funcionamiento. El Interventor exigirá el cambio o adición del equipo necesario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su requerimiento; de no darse cumplimiento a lo anterior, deberá iniciar las acciones que conlleven al cumplimiento de estas obligaciones, mediante requerimiento escrito con copia al Supervisor del contrato, en caso de reincidencia procederá a iniciar los procesos sancionatorios pertinentes cumpliendo con la normatividad aplicable para el caso.
• Personal y equipo del constructor. Durante todo el desarrollo del proyecto deberá mantener actualizada una relación diaria de los profesionales, trabajadores y equipo del constructor empleados en la ejecución de las obras y en las oficinas. El Interventor podrá exigir el cambio o adición del personal necesario; de no darse cumplimiento a lo solicitado, deberá iniciar las acciones que conlleven al cumplimiento de estas obligaciones, mediante requerimiento escrito con copia al Supervisor del contrato, en caso de reincidencia procederá a iniciar los procesos sancionatorios pertinentes cumpliendo con la normatividad aplicable para el caso.
• Seguimiento del avance del contrato. Realizar el seguimiento al avance físico–financiero del contrato de obra de acuerdo con los programas de obra e inversión, de tal manera que si se detectan atrasos e incumplimientos parciales o totales, se requiera oportunamente al Contratista y se adopte un plan de contingencia adecuado y de continuar con los mismos atrasos, de ser procedente, se inicien los procesos sancionatorios establecidos en la reglamentación aplicable.
• Dejar constancia escrita de todas las actuaciones en especial las observaciones que impartan que son de su competencia conforme a las obligaciones pactadas en el contrato en concordancia con la ley.
• Programa de utilización del equipo. Verificar que el programa de utilización del equipo esté de acuerdo con el programa de obra. En caso de no estar cumpliendo dicho programa, deberá iniciar las acciones que conlleven al cumplimiento de estas acciones, mediante requerimiento escrito con copia al Supervisor del contrato correspondiente; en caso de reincidencia, procederá a iniciar los procesos sancionatorios pertinentes, cumpliendo con la normatividad aplicable para el caso.
• Estar presente en cada uno de los ensayos y toma de muestras de control realizados por parte del contratista así como durante la toma de registros eléctricos, Caliper, radiografías, pruebas de cilindros, etc. Firmar inmediatamente los resultados de los registros tomados con hora de inicio y hora de terminación del evento. Tomar registro fotográfico de su participación y de los resultados obtenidos.
• Aplicación de la reglamentación sobre señalización. Velar por que el Contratista de estricto cumplimiento a la reglamentación vigente sobre señalización temporal durante la etapa de construcción y sobre señalización definitiva, en el caso de estar incluida en el contrato de obra. En caso de no estar cumpliendo dicho programa, deberá iniciar las acciones que conlleven al
cumplimiento de estas obligaciones mediante requerimiento escrito con copia al Supervisor de la EAAAY EICE ESP; en caso de reincidencia, procederá a iniciar los procesos sancionatorios pertinentes, cumpliendo con la normatividad aplicable para el caso.
• Concepto sobre modificaciones. Emitir oportunamente conceptos, soportados, documentados, con la debida justificación técnico – económica y jurídica, en los casos y términos que el Supervisor de la EAAAY EICE ESP lo solicite, relacionados con:
• Cambios o modificaciones en el diseño y/o especificaciones iniciales del proyecto.
• Afectación de predios no indemnizados.
• Cambios o modificaciones en cantidades de obra.
• Análisis, comparación y fijación de precios no previstos.
• Cambios o modificaciones en métodos constructivos.
• Reprogramaciones.
• Fijación de costos y/o tarifas de maquinaria de construcción.
• Solicitudes de Adición y Prórroga.
• Sugerencias, reclamaciones y consultas del Contratista. Estudiar las sugerencias, reclamaciones y consultas del Contratista, resolviéndolas oportunamente y emitir concepto técnico, financiero y legal según el caso, con los correspondientes soportes, documentos y justificaciones remitiéndolas al Supervisor de la EAAAY EICE ESP, para su trámite.
• El Interventor deberá cumplir con el Código de Ética Profesional en el ejercicio de todas las actuaciones inherentes al desarrollo del contrato.
• Los Ingenieros Directores de Interventoría y de obra, están obligados a visitar el sitio de las obras objeto del contrato de obra, cumpliendo con la dedicación de tiempo requerida en los términos de invitación.
• Medición y revisión de cantidades de obra que será la base de las actas.
• Conceptuara a cerca de la procedencia o no de declarar una fuerza mayor o caso fortuito que pueda afectar el plazo de ejecución del contrato de obra previa argumentación escrita por el contratista.
• Impartir órdenes escrita al contratista de obra sobre los trabajos de campo u oficina que a criterio de la interventoría deben ser ejecutados o modificados para la correcta y eficiente revisión y complementación de la obra, y rechazar los trabajos que el contratista de obra haya adelantado en forma incorrecta ordenando que se elaboren nuevamente.
• Estudiar y conceptuar a cerca de los contratos por suscribir por el contratista de obra ciñéndose a lo especificado en la propuesta técnica y económica u ordenar su cancelación en caso de resultar inconvenientes.
• Requerir al contratista de obra por escrito cuando los trabajos contratados no se realicen de acuerdo con el programa de trabajo de inversiones, los avances de las metas sean inferiores a lo programado con las entregas acordadas no se cumplan en su oportunidad e informar a la EAAAY EICE ESP sobre incumplimientos.
FUNCIONES JURIDICAS DE LA INTERVENTORIA
• Realizar la evaluación inicial de cada uno de los contratos vigilados a fin de verificar que el contratista de obra haya cumplido en su totalidad los requisitos de perfeccionamiento y legalización de los mismos.
• Presentar de manera oportuna y por escrito al contratista de obra las observaciones y recomendaciones que el interventor considere necesarias para el adecuado cumplimiento de los servicios a prestar.
• Informar al Supervisor la omisión que por parte del Contratista se dé a lo estipulado en el numeral 4.4.3. correspondiente al acápite de multas, de los términos de invitación N° 114.00.28.01.0001.14 que tiene por objeto la CONSTRUCCION DE UN (1) POZO PROFUNDO EN LA CALLE 30 CON CARRERA 23, SECTOR MANGA DE COLEO Y SUS ESTRUCTURAS COMPLEMENTARIAS PARA EL ABASTECIMIENTO ALTERNO DEL SISTEMA DE ACUEDUCTO DEL MUNICIPIO DE YOPAL.
• Emitir los conceptos jurídicos que le sean solicitados sobre el contrato vigilado para efectos de autorización de prórrogas, suspensiones, adiciones o modificaciones del contrato original así como de los incumplimientos contractuales.
• Garantizar el control y seguimiento de los aspectos legales y normativos del contrato vigilado, así como el perfeccionamiento, los plazos, las garantías , las suspensiones, como las adiciones o modificaciones y demás actuaciones que afecten su desarrollo.
• Dar cumplimiento al Manual de Interventoría de la EAAAY Resolución No 0585 del 2009
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS
Estas también son funciones de especial importancia para el control del contrato.
• El personal de la Interventoría deberá portar un documento que lo acredite, ya que este podrá ser requerido por los servidores públicos o comisionados por parte de EAAAY EICE ESP, en las visitas de seguimiento de las obras, Oficina de Control Interno y los Organismos de Control.
• Estudio y aplicación del contrato, pliegos de condiciones de la selección y anexos, programas de obra, flujos de fondos de inversión del anticipo.
• Seguimiento y control de las pólizas y garantías derivadas del proceso contractual.
• Seguimiento, aprobación y control de anticipos.
• Revisión y aprobación de las actas de obra.
• Revisión de las actas de obras adicionales, complementarias y sustitutivas con cantidades de obra.
• Emitir conceptos técnicos para autorización de prórrogas, suspensiones o modificaciones de los acuerdos de financiamiento.
• Emitir el concepto sobre los análisis de precios elaborados por el contratista de obra.
• Coordinación y colaboración a la interventoría de las empresas de servicios públicos, durante la construcción, para el recibo y aprobación de las obras realizadas por el contratista de obra.
• Exigir al contratista de la obra la prórroga de las pólizas otorgadas, por el término de suspensión, antes de suscribir el acta pendiente de reiniciación.
• Llevar control de las inversiones con el objeto de no sobrepasar el valor del contrato.
• Elaborar y suscribir el acta de terminación de obra, por vencimiento del plazo estipulado y/o por cumplimiento del objeto contractual.
• Elaborar y suscribir con el contratista de obra las actas para el recibo final de los trabajos, de conformidad con lo establecido en el contrato principal y en las disposiciones legales vigentes.
• Emitir los conceptos financieros que le sean solicitados a la interventoría sobre el contrato vigilado para efectos de autorización de pagos, prorrogas, suspensiones, adiciones u modificaciones del contrato original.
• Suministrar la información técnica, administrativa, financiera y legal que le sea requerida por el DNP o por las entidades Públicas o privadas contratadas por este, con la periodicidad y calidad determinada por dicho departamento. El contenido de los informes de los interventores técnico se debe ajustar a la naturaleza y complejidad del contrato objeto de interventoría.
• FUNCIONES AMBIENTALES
• Verificar que se cuente con los permisos de exploración pertinentes, y posterior a los resultados obtenidos en la prueba de bombeo velar por el otorgamiento de la concesión de agua subterránea
• Para el inicio de aquellas actividades que requieran permisos y/o autorizaciones ambientales, se deberá contar con ellos previamente. Hacer toda la gestión pertinente para la consecución pronta y efectiva de los mismos.
• Velar porque el contratista cumpla los requerimientos de las medidas ambientales generales para cualquier proyecto de obra civil, de acuerdo al plan de manejo ambiental de obra y su respectiva aprobación.
• Realizar control y seguimiento ambiental a las actividades de construcción con el fin de evitar impactos no previstos y evitar daños a terceros.
• Solicitar al contratista el cumplimiento de todas las normas sobre seguridad industrial y salud ocupacional del personal a su cargo.
• Verificar el alcance de los permisos ambientales, su vigencia y las necesidades de la ampliación o modificación de este.
• Realizar acciones adelantadas por parte del contratista para minimizar y mitigar impactos.
• Hacer cumplir la normatividad ambiental vigente y actos administrativos de Corporinoquia a través del cual se toman y promulgan las decisiones ambientales.
• LIQUIDACIÓN DE LA OBRA Y DEL CONTRATO.
Dentro de las actividades de gran importancia en los procesos del trámite administrativo, es el recibo de la obra y liquidación, cuya obligación radica en la interventoría, el ente ejecutor y la supervisión designada por la EAAAY EICE ESP, para lo cual el ente ejecutor deberá aportar:
• Presentar informe final del contrato de obra e interventoría
• Presentar el acta de terminación
• Presentar acta de recibo final de obra y acta de entrega a la EAAAY EICE ESP.
• Presentar acta liquidación final de obra.
• Presentar Certificación bancaria de los rendimientos financieros.
• Presentar los informe en donde xxxxxxx la relación de pagos, certificación con los debidos soportes del pago de parafiscales hasta el mes final de ejecución de obra e Interventoría, certificación Bancaria de cierre de cuenta de anticipo, Paz y Salvo de proveedores, comunidad y trabajadores, pólizas y garantías
actualizadas y aprobadas, cierre ambiental el cual debe incluir la (s) certificación (es) expedida por la autoridad ambiental competente en la que se indique que el proyecto no registra procesos en curso y otros), y demás documentación requerida que ha solicitud de la EAAAY se demanden par el control y seguimiento del contrato.
• Presentar los planos record de las obras construidas los cuales deben incluir todas las modificaciones realizadas durante la ejecución del proyecto y debidamente firmados por contratista e interventoría, memoria de cantidades de obra para cada uno de los ítems construidos, carteras topográficas debidamente firmadas por los topógrafos con sus respectivas matriculas, planos topográficos, ensayos de laboratorio, registro fotográfico de cada actividad cronológica, bitácora de obra debidamente firmada, fotocopia de los actos administrativos y demás información requerida por la interventoría.
PRESENTACIÓN DOCUMENTO FINAL
El Informe Final de la INTERVENTORIA, constará de los capítulos descritos dentro del ítem obligaciones generales del presente estudio previo y contendrá de manera detallada el alcance de cada uno de los aspectos enunciados, las metodologías utilizadas, los resultados obtenidos y las conclusiones y recomendaciones formuladas, así como los planos, gráficos y cuadros que faciliten la comprensión del documento.
La presentación del Documento debe ceñirse los lineamientos de Gestión Documental de la EAAAY, para lo cual se deberá tener en cuenta entre otros los siguientes parámetros:
• Los documentos no deben presentar errores técnicos, ortográficos, gramaticales ni de puntuación.
• La presentación debe ser impecable; sin borrones, sin repisados y las hojas del documento en su totalidad no deben presentar arrugas ni manchones.
• El tamaño de la letra debe facilitar la lectura del texto (se tomará en adelante el tipo de letra denominado verdana, tamaño 11 o 12).
• El medio de impresión utilizado debe garantizar y mantener la nitidez del documento.
• El papel debe tener el gramaje adecuado, de acuerdo con la tecnología que se utilice. Para Impresora láser el gramaje de las copias debe ser igual al del original (75g).
• La firma en los documentos debe hacerse con esfero de tinta negra (tipo kilométrico) para garantizar la conservación. No se recomiendan las plumas o bolígrafos de tinta fluida porque con el tiempo se corre y mancha.
• Los documentos se elaborarán en el formato propuesto y aprobado en la Guía para la Descentralización y Tecnificación de Gestión Documental, no deberán existir formatos diferentes.
• La transmisión del documento vía fax es un adelanto de información y exige el envío inmediato del original, único respaldo con valor probatorio.
• Para garantizar la permanencia de la información contenida en el papel térmico se debe fotocopiar.
• El uso de resaltador, notas al margen, rayas y subrayados afectan la preservación y conservación de los documentos: por lo tanto nunca deben afectarse los documentos con este procedimiento. Se debe optar
por emplear el formato de trámite de documentos y las anotaciones realizarlas en adhesivos temporales.
• El uso de grapas. Clips y otros elementos metálicos aceleran el deterioro del documento. En el evento que sea necesario utilizarlos, debemos evitar el contacto directo empleando una tirilla de papel entre el documento y el gancho. Además en el mercado ya encontramos ganchos clip y legajadores plásticos, aunque lo ideal es obviar estos últimos para no perforar el documento.
• Los informes parciales y finales, los documentos o deben ser grapados ni perforados, deberán presentarse en carpetas cuatro solapas.
Entrega del Documento:
El Interventor entregará a la EAAAY, dentro del plazo previsto para la ejecución del Contrato de Interventoría, el documento consolidado final, elaborado bajo las normas técnicas ICONTEC y los lineamientos de Gestión Documental de la E.A.A.A.Y., para la presentación de trabajos escritos, en original y dos (2) copias y en medio magnético, teniendo en cuenta lo siguiente:
Documentación Escrita.
Tamaño: carta.
Papel: Bond base 20 o de 75 gramos, blanco.
Carpeta Cuatro Solapas: El documento no debe estar perforado, ni grapado, ni legajado
Planos.
Tamaño: Pliego - 70 centímetros por 100 centímetros.
Papel: Bond para plotter.
Presentación: Medio Físico: Cada plano deberá ser entregado dentro de su porta plano, Medio Magnético: Dos (2) copias en CD o DVD de los documentos del Proyecto (Planos y Memoria escrita).
Manejo de la información. La Interventoría deberá elaborar y mantener un archivo en el que se conserven los resultados obtenidos sobre el desarrollo del contrato de Interventoría, de forma que cuando se requieran por la entidad contratante o entidades competentes, se encuentren disponibles. Copia de este archivo deberá ser entregado a la finalización del contrato por parte del Interventor del contrato de obra a la EAAAY.
4.1.7 ENTREGAS PARCIALES
En el desarrollo del contrato no habrá lugar a efectuar entregas parciales de obra, los pagos parciales no implican recibo o aprobación parcial ni definitiva por parte de la EAAAY EICE ESP de las actividades ejecutadas, y por consiguiente, no eximen al contratista de su responsabilidad en cuanto a la calidad de las obras o de cualquier otra obligación contractual o de responsabilidad civil que se genere.
4.1.8 DIRECCIÓN DE LA INTERVENTORIA
De conformidad con la oferta presentada, dirigirá personalmente la obra un profesional propuesto de acuerdo con las condiciones establecidas en la presente Invitación, designado por el interventor.
4.1.9 SEGURIDAD INDUSTRIAL
Será responsabilidad de la Interventoria, velar por el cumplimiento del programa de Higiene y Seguridad Industrial implementado por el Contratista durante la ejecución de la obra.
La Interventoria será responsable por la seguridad del personal a su cargo, personal del Contratista de obra, la obra y de los transeúntes. El Interventor podrá recomendar y modificar el programa completo de servicio de seguridad.
El Interventor revisar mensualmente los informes de todos los accidentes de trabajo que hayan ocurrido en la obra, las causas de los mismos y las medidas correctivas para evitar que se repitan. El Interventor podrá ordenar en cualquier momento que se suspenda la construcción de un sector de la obra o las obras en general, si por parte del Constructor existe un incumplimiento sistemático de los requisitos generales de seguridad, o de las instrucciones del Interventor a este respecto, sin que el Constructor tenga derecho a reclamación alguna o a la ampliación de los plazos de construcción.
4.1.10 CONTROL DE LAS NORMAS TÉCNICAS
La INTERVENTORIÍA velará por el perfecto cumplimiento de los procedimientos y métodos de construcción, para llevar a cabo la ejecución de la obra por parte del Contratista, los cuales serán de acuerdo a las normas técnicas actuales vigentes.
La ejecución de la obra, lo mismo que el suministro de bienes y equipos por parte del constructor a la construcción, deberán cumplir con los requisitos de la normatividad ICONTEC que exista al respecto, y con las especificaciones particulares que se exigen en estos términos, y con las especificaciones técnicas generales o recomendaciones dadas por Instituciones nacionales o internacionales, usualmente aplicables, entre ellas, el RAS 2000, el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) y con las especificaciones particulares que se exigen en los presentes Términos, y con las especificaciones técnicas general, IEEE y NEC.
Se aceptará la aplicación de normas equivalentes, debidamente reconocidas y que a juicio de la EAAAY EICE ESP, garanticen una calidad igualo mejor para la respectiva actividad.
En caso de presentarse discrepancias entre una cualquiera de las normas anteriores y las especificaciones incluidas en este documento, prevalecerán estas últimas, en especiales, las normas Icontec y el RAS 2000.
4.2 CONDICIONES ECONÓMICAS
4.2.1 FORMA DE PAGO.
La EAAAY EICE ESP entregará al Contratista, en calidad de anticipo el treinta por ciento (30%) del valor del contrato, anticipo que deberá ser amortizado en los pagos parciales en la misma proporción del porcentaje financiero de ejecución de la obra, previos a la liquidación del contrato. El valor del anticipo se entregará al CONTRATISTA dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación de la garantía de anticipo, suscripción del acta de inicio y demás requisitos necesarios para la formalización del contrato. Previo tramite del contratista.
El valor total del contrato se pagará mediante actas parciales una vez se haya ejecutado como mínimo el 80% del dinero entregado en calidad de anticipo.
En cada acta a pagar el CONTRATISTA autoriza realizar el descuento de rete-garantía correspondiente al 10% del valor del acta presentada cuyo reintegro será aplicable en la liquidación del contrato.
Los impuestos y retenciones que surjan del presente contrato, corren por cuenta del CONTRATISTA, para cuyos efectos la EAAAY EICE ESP hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la Ley.
Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el supervisor designado por la EAAAY EICE ESP, y así mismo, EL CONTRATISTA pondrá a disposición de éstos, todos aquellos documentos o libros que reflejen la inversión de los recursos entregados y que sean requeridos.
En caso de efectuarse pagos parciales, estos no implican recibo o aprobación definitiva por parte de la EAAAY EICE ESP de los bienes a suministrados o productos entregados, y por consiguiente, no eximen al CONTRATISTA de su responsabilidad en cuanto a la calidad de los mismos o de cualquier otra obligación contractual o de responsabilidad civil que se genere.
4.3 CONDICIONES JURIDICAS
4.3.1 GARANTÍA ÚNICA DEL CONTRATO
El CONTRATISTA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción de este contrato, deberá constituir por su cuenta, en una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia vigilada por la Superintendencia Financiera, y entregar a la EAAAY EICE ESP, una Garantía única a favor de empresas de servicios públicos domiciliarios, otorgada como beneficiario a la EAAAY EICE ESP, que indique en forma expresa que la misma no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral, y que contenga los siguientes amparos:
a) De buen manejo y correcta inversión del anticipo, por el ciento por ciento (100%) del valor del mismo, con una vigencia igual al término de duración del contrato y cuatro (4) meses más.
b) Cumplimiento de todas las obligaciones emanadas del contrato. Por un valor asegurado, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del presente contrato, con una vigencia igual al término dé duración del contrato y cuatro (4) meses más. Este amparo debe garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, el pago de multas y de la cláusula penal, y demás sanciones. El monto de esta garantía se repondrá por el CONTRATISTA cada vez que en razón de la imposición de multas, el valor asegurado, resulte disminuido o agotado.
c) De pago xx xxxxxxx, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales al personal vinculado para la ejecución del contrato, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al término de duración del contrato y tres (3) años más.
d) De calidad del bien y/o servicio, por un valor equivalente al veinte por ciento 20% del valor de contrato, con una vigencia igual al termino de duración del contrato, y dos (2) años más.
Disposiciones comunes a las garantías y seguros:
a) La Garantía única deberá se expedida a favor de empresas de servicios públicos domiciliarios, otorgada como beneficiario a la EAAAY EICE ESP, en ningún caso se recibirá Pólizas a favor de entidades estatales.
b) Las pólizas deben contener una estipulación expresa en la que se manifieste que toda solicitud de cancelación, modificación o renovación a los términos consignados en las mismas debe contar con el visto bueno por escrito de la EAAAY EICE ESP.
c) El CONTRATISTA deberá reponer las garantías o seguros cuando el valor de las mismas se vea afectado por razón de siniestros.
d) En el evento en que se aumente el valor del contrato o se prorrogue su vigencia, el CONTRATISTA deberá ampliar o prorrogar las correspondientes garantías y seguros.
e) Dentro de los términos estipulados en este contrato, ninguno de los amparos otorgados, podrán ser cancelados sin la autorización de la EAAAY EICE ESP. El CONTRATISTA deberá mantener vigente la garantía a que se refiere esta cláusula y será de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de las sanciones que se impongan. O se adicione o prorrogue o suspenda el contrato.
f) Si el CONTRATISTA se demora en modificar las garantías, éstas podrán ser modificadas por la aseguradora a petición de la EAAAY EICE ESP, a cuenta del CONTRATISTA, quien por la firma del presente contrato autoriza expresamente a la EAAAY EICE ESP para retener y descontar los valores respectivos de los saldos que hubiere a su favor.
g) El CONTRATISTA deberá solicitar la constancia expresa de la compañía aseguradora de adherirse al pacto arbitral, teniendo en cuenta la cláusula compromisoria.
4.3.2 CESIÓN Y SUBCONTRATOS.
El contratista no podrá ceder el Contrato, sin el consentimiento previo, expreso y escrito de la EAAAY EICE ESP y en los casos expresamente señalados en la Ley. La EAAAY EICE ESP podrá reservarse las razones que tenga para negar tal autorización. En ningún caso se aceptará la cesión entre integrantes de un mismo consorcio o unión temporal. En el texto de los subcontratos, si a ello hubiere lugar, se dejará constancia de que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de este Contrato y bajo la responsabilidad del contratista. La EAAAY EICE ESP podrá exigir al contratista la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, exigiendo el cumplimiento inmediato y directo de las obligaciones.
Frente a la Cesión de derechos económicos, cuando se trate de Uniones Temporales o Consorcios el representante legal deberá estar plenamente facultado para ello, de lo contrario se tendrá en cuenta lo estipulado en documento de conformación de la Unión Temporal y/o Consorcio.
4.3.3 MULTAS.
La aplicación de multas se entiende sin perjuicio declarar y hacer efectivas la cláusula penal pecuniaria. Las multas se harán efectivas mediante Acto motivado.
Serán causales para imponer multas:
1. Por retardo en la entrega de los documentos para la formalización del contrato. EL CONTRATISTA deberá entregar los documentos necesarios para la formalización del contrato dentro de los cinco (5) días hábiles, siguientes a la fecha de recibo de la comunicación en la cual se le informa que ha sido aceptada a su oferta, o a partir de la fecha de recibo del texto del contrato para la firma, respectivamente; una vez vencido dicho término, la EAAAY EICE ESP podrá aplicar a EL CONTRATISTA una multa diaria del uno por diez mil (0,01%) del valor del contrato por cada día que retarde la entrega. Esta multa tendrá un límite máximo del tres por mil (0,30%) del valor del contrato, en cuyo caso, se entenderá que EL CONTRATISTA no allegará los documentos exigidos para la suscripción y perfeccionamiento del contrato, si es el caso, y podrá procederse de conformidad con lo establecido en el numeral 3.2.3 “ACEPTACION DE LA OFERTA…”
2. Por no tener un Ingeniero Residente de Interventoria que cumpla con los requisitos exigidos en el numeral 3.1.5.2.1.4 Experiencia del personal de estos términos. Cuando EL CONTRATISTA no tenga un ingeniero residente de interventoria, de conformidad con lo establecido en el acápite de Experiencia del personal de la presente invitación la EAAAY EICE ESP podrá aplicar una multa del cuatro por diez mil (0,04%), del valor del contrato, por cada día que demore el cumplimiento de este requisito. Además se suspenderán los trabajos cuando en el frente de trabajo no se cuente con el ingeniero residente con las características establecidas en la presente invitación. Las suspensiones ordenadas por este motivo no dan lugar a la modificación del plazo inicialmente pactado.
3. Por no pagar los salarios y prestaciones sociales del personal empleado en la ejecución del contrato, según los valores cotizados en la propuesta, dentro de las fechas establecidas por la ley, se podrá aplicar una multa equivalente a cien mil pesos mcte ($100,000.oo) por el no pago dentro de los términos y en los porcentajes establecidos por la ley; por cada día calendario de retraso en el pago se podrá hacer el cobro de la multa correspondiente, hasta tanto se dé cumplimiento.
4. Por incumplimiento o retardo en la entrega de la dotación de uniformes y equipos de seguridad al personal. Se podrá aplicar una multa equivalente a un salario mínimo mensual legal vigente (1 SMMLV) al momento de su comunicación, por cada día calendario que pase sin que todo el personal utilizado en los trabajos cuente con la dotación de uniforme y equipos de seguridad personal.
5. Por retraso en la entrega de los documentos para la liquidación del contrato. Si pasados treinta (30) días calendario EL CONTRATISTA no hiciere entrega de los documentos para la liquidación del contrato, contados a partir del recibo de las obras, a satisfacción de la EAAAY EICE ESP, podrá hacer una deducción económica equivalente a cincuenta mil pesos ($50.000.00) por cada día de retraso.
6. Por no tener el personal para la ejecución y administración del contrato en la cantidad y con los requisitos indicados en la presente invitación (Nota: no se
incluye en este numeral lo relacionado con el ingeniero residente; Cuando EL CONTRATISTA no tenga en la obra el personal clave solicitado de conformidad con lo establecido en el acápite de personal requerido, la EAAAY EICE ESP podrán aplicar una multa de dos (2) SMMLV por cada día calendario que demore el cumplimiento de este requisito. Además se suspenderán los trabajos cuando en los frentes de trabajo no se cuente con el personal que cumpla con los requisitos establecidos en la invitación y los costos en que incurra el CONTRATISTA con ocasión de ésta serán de su absoluta responsabilidad, sin que para el efecto pueda exigir compensación alguna a LAS EMPRESAS. Las suspensiones ordenadas por este motivo no dan lugar a la modificación del plazo inicialmente pactado.
El valor de los incumplimientos será deducido por la EAAAY EICE ESP de cualquiera de las sumas que se adeuden a EL CONTRATISTA, a manera de compensación, x xxx xxxxxx de cumplimiento, si fuere necesario, y en ningún caso EL CONTRATISTA podrá descontar total o parcialmente estas sumas de los salarios de sus trabajadores. PARÁGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA autoriza a la EAAAY EICE ESP con la suscripción del contrato para descontar y tomar el valor de las multas de que tratan esta cláusula de cualquier suma que le adeude a la EAAAY EICE ESP, sin perjuicio de hacerlas efectivas de conformidad con la Ley. PARÁGRAFO SEGUNDO: Estas multas no podrán exceder del 20% del valor del contrato. El pago o deducción de las multas, no exonera al CONTRATISTA, de terminar la ejecución, ni demás obligaciones derivadas del presente contrato.
El procedimiento administrativo de imposición de multas de la EAAAY EICE ESP se realizara de la siguiente forma:
Los responsables del control y vigilancia tienen obligación de informar el incumplimiento, en este caso la interventoría o supervisión desde el mismo momento que tenga conocimiento de este, elaborará un informe y lo presentará ante la empresa con las causas y soportes técnicos o fácticos que dieron lugar a la infracción.
Si el incumplimiento es conocido por el supervisor de la interventoría, este deberá poner en conocimiento del interventor, solicitando su concepto y demandando los motivos por los cuales no ha informado la situación.
Pasados cinco (5) días hábiles siguientes el interventor rinde su concepto ante el Director que tenga a cargo el proceso contractual, quien requerirá por escrito al contratista y al garante para rendir descargos y solicitar pruebas.
Dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles siguientes, el contratista y el garante podrán rendir sus descargos y solicitar las pruebas que requieran y de ser necesaria la práctica de pruebas.
De lo anterior, la Dirección de área dará traslado a la Gerencia, quien mediante acto administrativo de trámite decretará y practicará las pruebas en un término razonable.
El interventor y/o supervisor según el caso, contará con un término de cinco (5) días hábiles para emitir su concepto técnico.
Posteriormente y si se conceptúa sanción la oficina jurídica proyectará la Resolución para la firma del Gerente de la EAAAY E.I.C.E.ESP, la cual será notificada al Contratista y al
Garante, remitiendo copias a la Dirección Administrativa y Financiera, Cámara de Comercio y Procuraduría.
4.3.4 CONDICION RESOLUTORIA.
En la presente invitación se dará aplicación al Artículo 1546 código civil colombiano condición resolutoria tácita: en los contratos bilaterales va envuelta la condición resolutoria en caso de no cumplirse por uno de los contratantes lo pactado.
4.3.5 CLAUSULA COMPROMISORIA
En aplicación del artículo 38 del manual de contratación La EAAAY EICE ESP y el CONTRATISTA, se comprometen a que toda controversia o diferencia que pudiere surgir con ocasión de la celebración, ejecución o liquidación del presente contrato que no pueda ser resuelto mediante el proceso de negociación directa entre las partes, deberá ser dirimida mediante arbitraje ante la Cámara de Comercio de Casanare. El Tribunal de arbitramento estará encargado de adelantar en una primera instancia la solución del conflicto.
En la constitución de la póliza de seguros a favor de la Empresa El CONTRATISTA deberá solicitar la constancia expresa de la compañía aseguradora de adherirse al pacto arbitral.
4.3.6 CLAUSULA PENAL
El CONTRATISTA se obliga para con EAAAY EICE ESP a pagar una suma equivalente al 10% del valor del contrato, como estimación anticipada y parcial de los perjuicios que se causen a la EMPRESA por el incumplimiento total o parcial del contrato, para cuyo, cobro prestará mérito ejecutivo el presente contrato, acompañado de cualquier medio idóneo de prueba del incumplimiento de El Contratista, valor que se hará efectivo sin perjuicio de la imposición de multas del Contrato. La EAAAY EICE ESP, podrá tomar directamente el valor de la cláusula penal, de los saldos que adeude al CONTRATISTA, por razón del contrato o de la garantía constituida. De no ser posible, se cobrará acudiendo a la jurisdicción competente. No obstante, la EAAAY EICE ESP podrá solicitar al CONTRATISTA la totalidad del valor de los perjuicios causados que excedan el valor de la cláusula penal pecuniaria, de acuerdo con la facultad que otorgan sobre el particular los artículos 1594 y 1600 del Código Civil y en tal sentido se establece contractualmente, que el pago de las penas previstas no extingue la obligación principal contratada y que el acreedor de las obligaciones podrá a su arbitrio pedir el pago de la pena y la indemnización de los perjuicios causados.
4.3.7 ACTA DE TERMINACION
Una vez expirado el plazo estipulado para la ejecución del contrato o cumplido el objeto contractual antes del plazo pactado se suscribirá el acta de terminación del contrato por las partes.
4.3.8 ACTA DE RECIBO FINAL.
En lo concerniente a esta acta se aplicara lo estipulado en el Numeral 9.3.3 del manual de interventoría EAAAY EICE ESP, Resolución No. 0585 del 31 de julio de 2009.
Acta de recibo final y liquidación: “El interventor debe elaborar el acta de recibo final y el supervisor del proyecto debe elaborar la liquidación del contrato, máximo durante los 4 meses siguientes a su finalización de tal forma, que se logre dejar constancia del estado definitivo en que estas actividades se recibieron.
Por otro lado, el acta de recibo y liquidación del contrato, debe contener la extensión o ampliación, si es el caso, de la garantía del contrato de estabilidad de la obra, de la calidad del bien o servicio suministrado y las demás requeridas de conformidad a lo establecido en el Manual de contratación de la EAAY.”
“9.3.3.1- Acta de recibo final de obra y/o consultoría. El interventor debe elaborar el Acta de Recibo Final de obra a más tardar un (1) mes después de la fecha de terminación de la misma, dicha acta debe suscribirse previa revisión y aceptación de la EAAAY. Antes de la liquidación del contrato y/o a más tardar a los dos (2) meses de la terminación del mismo se debe remitir a la Dirección Competente la correspondiente documentación básica del informe final de interventoría, en documento remisorio del informe final se debe hacer la salvedad de aquellos documentos que no se pueden enviar debido a su trámite, como por ejemplo la gestión ante entidades externas o dependencias internas que participan, y cuyas actas o documentos de recibo están en periodo de suscripción y perfeccionamiento.
Con un segundo envío y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, el interventor debe completar la totalidad de la documentación solicitada en el informe final de interventoría.
Mediante la suscripción del Acta de Recibo Final de Obra se asume plena responsabilidad por la veracidad de la información en ella contenida y además debe ser firmada por el contratista de obra e interventor de tal forma que se logre dejar constancia del estado definitivo del desarrollo del contrato. Para ello, el acta de recibo final de obra debe contener una descripción detallada de todos los trabajos realizados durante la ejecución del contrato, con su localización exacta y a su vez debe especificar la cantidad de unidades construidas, el valor unitario y el valor total de cada ítem, para así lograr definir el valor total definitivo de la obra ejecutada”.
4.3.9 ACTA DE LIQUIDACION
De acuerdo al artículo 43 del manual de contratación de la EAAAY EICE ESP Por regla general todo contrato se liquidará de común acuerdo entre las partes contratantes, para lo cual se revisarán las condiciones financieras, económicas, técnicas y jurídicas del contrato. La liquidación deberá efectuarse dentro de los cuatro (4) meses siguientes al vencimiento del plazo.
Si existe acuerdo, la Empresa y el contratista suscribirán un acta en la que se consignarán entre otros, los ajustes y reconocimientos económicos a que haya lugar. Se verificará la existencia de las garantías que debieron constituirse, el balance financiero y de gestión, los incumplimientos contractuales o cantidades de obra no ejecutadas; los acuerdos a que llegaren, para poner fin a las divergencias presentadas y se dejará constancia expresa de que las partes se declaran x xxx y salvo por todo concepto.
En caso de no existir acuerdo, el interventor o supervisor elaborará y suscribirá un informe, al Director de Área respectivo sobre las razones del contratista, dejando constancia del desacuerdo y negativa del contratista para liquidar bilateralmente el contrato. En este informe incluirá los antecedentes y datos más relevantes del contrato, entre otros la evaluación de las garantías constituidas, balance financiero y económico, sanciones y obligaciones pendientes. La Empresa procederá dentro del término de treinta
(30) días hábiles siguientes, prorrogables por una sola vez, al estudio del caso y revisión del acta presentada.
Si agotado el plazo no se suscribiere el Acta por las partes involucradas, en la ejecución del contrato, procederá la Interventoría y/o Supervisión a dejar las constancias del caso, y la empresa procederá de conformidad con lo establecido en la Ley.
4.3.10 RECLAMACIONES
EL CONTRATISTA solventará a su xxxxx las reclamaciones que en su caso le resulten por daños o perjuicios a propiedades o terceras personas, derivadas de la ejecución del contrato, por acciones u omisiones imputables a EL CONTRATISTA, sus dependientes, subordinados o subcontratistas.
4.3.11 DOMICILIO
Para todos los efectos legales y fiscales atinentes al contrato, el domicilio será el Municipio de Yopal, Casanare.
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Director Administrativo y Financiero Director Técnico
ORIGINAL FIRMADO XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX
Agente Especial (e)
XxXx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx/ Asesora Jurídica EAAAY VoBo Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx/ Asesora SSPD
VoBo Xxxxxxxxx Xxxxxx / Ing. Civil – Apoyo Externo VoBo Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx/ Apoyo Jurídico Externo
ANEXO 1: CRONOGRAMA DEL PROCESO
ACTIVIDAD | DESD E | HAST A | LUGAR/DESIGNAD O |
Apertura del proceso y convocatoria de veedurías | 21-05-14 | En la página Web xxx.xxxxx.xxx.xx, y en la cartelera de contratación ubicada en la oficina jurídica | |
Aviso de invitación | 21-05-14 | En la página Web xxx.xxxxx.xxx.xx y en la cartelera de contratación ubicada en la oficina jurídica | |
Consulta de los Términos de invitación | 22-05- 14 08:00 AM | 26-05- 14 04:00 PM | En la página web xxx.xxxxx.xxx.xx y en la Dirección Técnica |
Visita de obra | 27-05- 14 08:30 AM | 27-05- 14 10:00 AM | Dirección Técnica EAAAAY |
Audiencia para precisar alcance y contenido de los Términos | 27-05- 14 02:00 PM | 27-05- 14 04:00 PM | Dirección Técnica EAAAAY |
Presentación de Oferta | 30- 05-14 8:00 AM | 30-05- 14 4:00 PM | Dirección Técnica EAAAY |
Cierre de convocatoria | 30-05- 14 4:01 PM | 30-05- 14 4:01 PM | Dirección Técnica EAAAY |
Evaluación de ofertas | 03-06- 14 8:00 AM | 04-06- 14 5:00 PM | Comité evaluador EAAAY EICE ESP |
Publicación y observacione s al informe de evaluación | 05-06- 14 08:00 AM | 05-06- 14 04:00 PM | En la página web xxx.xxxxx.xxx.xx y en la cartelera de contratación ubicada en la oficina jurídica de la EAAAY. |
Respuestas a las observacione s | 09-06- 14 08:00 AM | 09-06- 14 04:00 PM |
Dentro de los dos (2) | ||
días hábiles siguientes | ||
al vencimiento del | ||
traslado y/o estudio | ||
Publicación de informe definitivo y aceptación de oferta | 11-06-14 | del informe de evaluación y calificación de ofertas y será publicado en la página web xxx.xxxxx.xxx.xx y |
en la cartelera de | ||
contratación ubicada | ||
en la oficina jurídica | ||
de la EAAAY. | ||
Suscripción del contrato | Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de Aceptación de la Oferta. | OFICINA JURÍDICA / GERENCIA EAAAY EICE XXX |
XXXXX 0: RELACIÓN DOCUMENTOS DE LA OFERTA
DESCRIPCIÓN | FOLIO |
DOCUMENTOS JURÍDICOS | |
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA – FORMATO No. 1 | |
CEDULA DE OFERENTE | |
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DEL OFERENTE EXPEDIDO POR LA CÁMARA DE COMERCIO | |
AUTORIZACIÓN AL REPRESENTANTE LEGAL PARA CONTRATAR | |
ABONO DE LA OFERTA – FORMATO No. 3 | |
DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES – FORMATO No. 2 | |
CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN EN EL | |
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES EXPEDIDO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA | |
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS EXPEDIDO POR LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN | |
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES EXPEDIDO POR LE DAS | |
XXX Y SALVO EAAY | |
DOCUMENTOS FINANCIEROS | |
REGISTRO UNICO TRIBUTARIO – RUT – | |
ESTADOS FINANCIEROS BÁSICOS – FORMATO No. 4 | |
DECLARACIÓN XX XXXXX | |
CERTIFICADO DEL CUMPLIMIENTO EN LA AFILIACIÓN Y PAGO AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y DE APORTES PARAFISCALES | |
CERTIFICADO DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y |
ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR | |
FOTOCOPIA DE LA TARJETA PROFESIONAL DEL CONTADOR | |
DOCUMENTOS TECNICOS | |
RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL OFERENTE - FORMATO No. 5 | |
RELACIÓN DE CONTRATOS VIGENTES - FORMATO No. 6 | |
DOCUMENTOS DE SOPORTE DE LA EXPERIENCIA DEL OFERENTE | |
RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL RESIDENTE – FORMATO No. 7 | |
CARTA DE COMPROMISO DEL RESIDENTE | |
DOCUMENTOS DE SOPORTE DE LA EXPERIENCIA DEL RESIDENTE | |
DOCUMENTOS ECONÓMICOS | |
PRESUPUESTO OFRECIDO – FORMATO No. 8 | |
CALCULO DEL FACTOR DE MAYORACION | |
ANALISIS DE PRESTACIONES SOCIALES RELACIÓN DE EQUIPO OFRECIDO | |
PLAN DE INVERSIÓN DEL ANTICIPO | |
OTROS DOCUMENTOS |
Los siguientes anexos se podrán consultar en la página web: xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxx-xxxx/xxxxxxxx-xx-xxxxx- menu
• FORMATO No. 1: CARTA DE PRESENTACIÓN DE OFERTA
• FORMATO No. 2: DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS Y UNION TEMPORAL
• FORMATO No. 3: XXXXX XX XX XXXXXX
• XXXXXXX Xx. 0: ESTADOS FINANCIEROS BASICOS
• FORMATO No. 4.1 CERTIFICACIÓN DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARA FISCALES (PERSONA NATURAL)
• FORMATO No. 4.2 CERTIFICACIÓN DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARA FISCALES (PERSONA JURIDICA)
• FORMATO No. 5: RELACION EXPERIENCIA OFERENTE
• FORMATO No. 6: RELACION CONTRATOS VIGENTES
• FORMATO No. 7: RELACION DE EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES
• FORMATO No. 8: PRESUPUESTO OFRECIDO
• FORMATO No. 9: ANÁLISIS DEL FACTOR MULTIPLICADOR
• FORMATO No. 10: RELACIÓN DE EQUIPO OFRECIDO
• FORMATO No. 11: FORMATO DE PRESTACIONES SOCIALES