CONTRATO DE ALQUILER
CONTRATO DE ALQUILER
Términos y condiciones, correspondientes al Contrato de Alquiler Nº AC-VEL -
Primero - Términos y Condiciones Generales de Deltauto S.R.L.
1- Partes contratantes
1.1.- La locadora es la persona jurídica de derecho privado (en adelante denominada La locadora o Deltauto S.R.L), debidamente identificada en el encabezado del “Anexo I”. La Locadora opera la marca comercialmente registrada: “Chess rent a car”.
1.2.- El locatario es la persona física, debidamente identificada en el del “Anexo I”, en adelante denominado Cliente, respondiendo por el integral cumplimiento y observación de este contrato.
1.3.- El Conductor Autorizado es la persona física, indicada por el cliente, que también podrá conducir el vehículo alquilado, siendo parte contratante pero no poseyendo los poderes para alterar cualquier condición o término del presente contrato.
1.4.- El Cliente y el Conductor Autorizado deberán tener más de 21 (veintiún) años, y poseer licencia de conducir vigente con más de 2 (dos) años, encontrándose plenamente aptos para conducir el vehículo alquilado, en conformidad con las exigencias de la legislación de tránsito de la República Argentina.
1.5.- El “Anexo I” es el documento que identifica en cada locación a los Contratantes, Conductores, al vehículo alquilado, al plazo de locación y a los precios acordados (tarifas y complementos de tarifa). Asimismo, especifica los valores y el alcance de protecciones adicionales, en caso de adhesión formal, anticipada y abonada la tasa correspondiente. El Anexo I es parte integrante de este Contrato.
Segundo - Objeto de este contrato
2.1.- Alquiler de vehículos de propiedad, posesión, uso o goce de la Locadora, por el Cliente, por plazo determinado, para la utilización exclusivamente en territorio de la República Argentina (salvo poder especial), observados los términos y límites de su utilización fijados a continuación y demás disposiciones del presente contrato.
2.2.-El Automotor no podrá ser utilizado:
2.2.1.- En forma diferente o a fines distintos de los estipulados en el presente contrato. 2.2.2.- En forma lucrativa. (Transporte onerosa de personas o bienes).
2.2.3.- Para arrastrar remolques y/o vehículos.
2.2.4.- Sobrecargado con relación a su resistencia o capacidad.
2.2.5.- Para ser conducido en brechas o caminos no pavimentados o playas.
2.2.6.- Para ser conducido bajo la influencia de cualquier tipo de medicación -recetada o no- alcohol o sustancia que pudieren afectar su capacidad de manejo del Auto.
2.2.7.- Para participar, directa o indirectamente, en carreras o pruebas de seguridad, resistencia o velocidad.
2.2.8.- Para instrucción de personas no habilitadas para conducir.
2.2.9.- Para transportar explosivos, combustibles, materiales químicos inflamables y/o cualquier sustancia o cosa prohibida por las normas legales de la República Argentina.
2.2.10.- Para cualquier uso ilegítimo o bien del que emergiere responsabilidad civil y/o penal como resultado de la conducta del Cliente y/o el conductor autorizado en la utilización del automotor objeto de este convenio.
Tercero – Término
3.1.-El plazo forzoso de este contrato de locación está señalado en el “Anexo I”. El automotor alquilado deberá ser reintegrado a Deltauto S.R.L. en la fecha y hora registrada en el casillero denominado “Vencimiento” situado del “Anexo I”.
3.2.-Cualquier pedido de prórroga deberá ser solicitado por el Cliente por escrito con una antelación de 12 (doce) horas, careciendo de validez cualquier comunicación telefónica al respecto.
3.2.1.-La locadora deberá autorizar el pedido por el mismo medio y de acuerdo a su disponibilidad.
3.2.2.- La falta de cumplimiento de lo anteriormente señalado otorgará el derecho a la locadora a promover las acciones penales pertinentes por apropiación indebida del rodado, sin necesidad de previa notificación. Configurada la apropiación indebida, el cliente quedará también sujeto a las sanciones penales y civiles que de ella deriven, cargando con todos los gastos judiciales o extrajudiciales que la Locadora realice para la búsqueda, aprehensión y efectivo reintegro del auto alquilado y de los demás daños y perjuicios ocasionados.
Cuarto – Precio
4.1- El valor total del alquiler será calculado al momento de la devolución definitiva del vehículo alquilado, o en el caso de cualquier hipótesis de rescisión de este contrato, comprendiendo la sumatoria de los valores de los siguientes ítems:
4.1.1.- Diarias: La diaria de alquiler del automotor es de 24 (veinticuatro) horas, a partir de la hora de entrega del vehículo señalada en el Anexo I, con hasta 1(una) hora de tolerancia para la devolución.
4.1.2.- Horas extras: Se cobrará a partir de la 24ª (vigésimo cuarta) hora, de la hora de entrega del automotor alquilado, cobrándose inclusive la hora de tolerancia. El valor de la Hora Extra es el indicado en el Anexo I. A partir de la 8ª (octava) hora posterior a la hora de devolución, se aplicará el valor de una diaria de locación de automotor, con base en la tarifa diaria contratada. 4.1.3.- Kilómetros Extras: Serán cobrados solamente cuando fueran contratadas tarifas donde hubiera limitación de kilómetros o tarifas sin kilometraje incluido. El valor de los kilómetros extras será cobrado de acuerdo con los valores especificados en el Anexo I.
4.1.4.- Protección para cobertura de riesgos: La adhesión es obligatoria, conforme a la cláusula correspondiente. La diaria de la protección es válida por 24 (veinticuatro) horas. A partir de la 24ª (vigésima cuarta) hora incidirá la cobranza de una nueva diaria de la protección, en su valor total.
4.1.5.- Protección para conductor adicional: El Cliente tiene la obligación de denunciar ante la Locadora a toda persona que fuera a conducir el vehículo durante la vigencia del contrato de locación y presentar la correspondiente documentación habilitante para conducir. Para esta ampliación del número de conductores del rodado se debe contratar un seguro por cada día de uso de acuerdo a los valores especificados en el Anexo I, casillero “Conductor Adicional”. Rige lo expresado en la cláusula anterior respecto de la duración de la protección.
4.1.6.- Protección para conductor menor de 25 años. El cliente deberá contratar la protección adicional para conductor menor de 25 años si, tanto él, como el conductor adicional tuvieran menos de 25 años de edad. Para esta ampliación de cobertura se debe contratar un seguro por cada día de uso de acuerdo a los valores especificados en el Anexo I, casillero “Conductor Menor de 25 años”. Rige lo expresado en la cláusula anterior respecto de la duración de la protección.
4.1.7.- Tasa de Delivery. Es debida cuando el Cliente solicitara la entrega o la devolución del Automotor en un lugar diferente al domicilio de la agencia, debidamente identificado en el encabezado del Anexo I. Este servicio debe haber sido solicitado con al menos 48 horas de anticipación, será prestado solamente en los días y horarios que la locadora así lo disponga y tendrá un valor que aparece identificado en al Anexo I, casillero “Tasa de Delivery”
4.1.8.- Tasa de Combustible: El cliente deberá reintegrar el vehículo con la misma cantidad de litros de combustible a la registrada en la planilla del Anexo I. En caso contrario, el combustible faltante será cobrado de acuerdo al costo del litro de combustible especificado en el Anexo I “, casillero “Tasa de Combustible”. Asimismo El Cliente deberá utilizar el combustible indicado por la Locadora.
4.1.9.- Tasa de retorno: Es debida cuando el Automotor no fuera devuelto en la agencia de origen de locación. Se tomará para el cálculo la distancia del lugar de entrega y el de devolución. Será cobrada una tasa de retorno conforme con los importes descriptos en el Anexo I, casillero “Tasa de Retorno”.
4.1.10.- Tasa xx Xxxxxx: el Automotor es entregado limpio. En caso de no ser restituido en las mismas condiciones, será cobrada una tasa xx xxxxxx conforme con los importes descritos en el Anexo I, casillero “Tasa xx xxxxxx”
4.1.11.- Tasa Fuera de Horario Comercial: Es debida cuando el Automotor es entregado o restituido fuera del horario de funcionamiento comercial de la agencia. Será cobrada la tasa conforme con el importe descrito en el Anexo I, casillero “Tasa Fuera de Hora”.
4.1.12. -Adicionales: Toda vez que, junto con el Automotor, el cliente solicite la provisión de adicionales tales como GPS, Sillita de bebé, DVD portátil, teléfono celular, o cualquier otro que pudiera ser requerido, se cobrará el costo de provisión del adicional al valor identificado en el Anexo I, casilleros “Adicional 1, 2 o 3”. La provisión de dicho adicional solamente se hará en caso de solicitud realizada con al menos 48 horas de anticipación, y sujeta a disponibilidad de la locadora. Asimismo, se detallará en al Anexo I, casillero “Franquicia Adicional” el valor del bien entregado, cuyo pago será exigido por la locadora al cliente en caso de extravío, robo, hurto o rotura.
4.1.13.-Pérdida de los documentos del Automotor: será cobrado el valor de 1(una) diaria de locación del vehículo utilizado, con base en la tarifa de mostrador- “Diaria con 200 Km libres”, aparte del reembolso de los gastos para la obtención de una nueva documentación del vehículo ante las autoridades de tránsito. El Cliente o el Conductor autorizado (según fuere el caso) deberán proceder a denunciar policialmente la pérdida de documentos del vehículo, en forma inmediata a la verificación de tal situación y simultáneamente remitir dicha denuncia policial a la Locadora.
4.1.14.-Pérdida de las llaves del vehículo: será cobrado el reembolso por los gastos para la confección de las llaves.
4.1.15.- No comparecencia del Cliente para el retiro del vehículo en la fecha y hora de la reserva. Para la reserva que no fuera cancelada con un anticipo mínimo de 6 (seis) horas del horario previsto para el retiro del vehículo, será cobrada 1 (una) diaria de locación del vehículo reservado, con base en la tarifa de mostrador “Diaria con 200 Km. libres”
4.1.16.- Infracciones de Tránsito: el Cliente deberá rembolsar a la Locadora el valor de la infracción incrementado en un 20 (veinte) % a título de procesamiento administrativo y gastos de gestoría.
4.1.17.- Remolque o Acarreo del vehículo: El Cliente deberá rembolsar a la Locadora el valor abonado, incrementado en un 10 (diez) % a título de gastos administrativos. Asimismo, en caso de proceder, deberá abonar todos los gastos de servicios profesionales de abogados para la liberación del vehículo alquilado, aparte de las tasas cobradas por los órganos competentes.
4.1.18.- Accesorios: será cobrado el valor integral de reposición del accesorio en casos de hurto, robo o daños. Los accesorios no se encuentran cubiertos por ningún tipo de seguro ni cobertura. Se considera accesorios a: equipo de audio, rueda de auxilio, cédula verde y documentación, matafuego, cricket y xxxxx xx xxxxx, antena, balizas, encendedor, alfombras, Airbag, traba-volante, botiquín de primeros auxilios, chaleco reflectivo, o cualquier otro que se indicare en el Anexo I.
4.1.19.- Costos Financieros por atraso en los pagos: El pago del contrato deberá estar íntegramente realizado al momento de la devolución del Automotor. La falta de pago en término de sus obligaciones y/o el desconocimiento de cargos efectuados en su tarjeta y que hubiere autorizado en el presente, permitirán a Deltauto S.R.L. reclamar lo adeudado con más un interés punitorio mensual adicional por xxxx, equivalente a dos veces la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento, como así también, la totalidad de los gastos y costas, judiciales o extrajudiciales que se hubieren devengado como consecuencia de su incumplimiento.
4.2. Aparte de los Ítems indicados precedentemente, forman parte para el cálculo del precio: Tasas y/o Impuestos Municipales, Provinciales o Nacionales, creados o a crearse, Indemnizaciones por Siniestros y/o Lucros Cesantes en casos de robo, hurto, incendio, accidente y/o apropiación indebida.
Quinto - Obligaciones de Deltauto S.R.L.
Deltauto S.R.L. se obliga a través de este contrato a:
5.1.- Entregar al cliente el vehículo limpio, abastecido de combustible, en perfectas condiciones de funcionamiento y seguridad y con todos los equipamientos y documentos exigidos por la ley.
5.2.- Garantizar la reserva por el plazo de hasta una hora después del horario previsto para el retiro del automotor.
5.3.-Garantizar la atención con el vehículo de la categoría reservada, o superior en caso de no poseer la categoría reservada al momento de la entrega. Las reservas no deben ser garantizadas por modelo del automóvil, sino por categoría.
5.4.- En horario de funcionamiento comercial, sustituir el vehículo sin ningún costo para el Cliente en caso xx xxxxx por desperfecto electro-mecánico originado por el uso normal del vehículo.
5.4.1.-El Cliente debe comunicarse inmediatamente con la Locadora, quien detallará el proceder de acuerdo a cada caso.
5.4.2.- En caso que el Cliente gestione el remolque por sus medios no será restituido el importe abonado.
5.4.3.- Deltauto S.R.L. se encuentra obligado a sustituir el vehículo por otro en buen estado cuando la causa del desperfecto no sea imputable al Cliente. La Locadora deberá reemplazar el vehículo, pudiendo sustituirlo por un vehículo igual, similar o de distintas características, de acuerdo a su disponibilidad y reservas.
5.4.4.-La locadora no está obligada a sustituir el vehículo en caso de hurto, robo, incendio, colisión, apropiación indebida, retención por las Autoridades competentes, pérdida de llaves, documentos, o fallas provocadas por el uso inadecuado del vehículo.
5.5.-Efectuar por sí o por quien designe el mantenimiento Y en horario comercial, la reparación mecánica que requiera el rodado.
5.6.-Contratar un seguro que cubra responsabilidad civil según las normas vigentes.
Sexto - Obligaciones del cliente:
El Cliente se obliga a través de este contrato a:
6.1.- No infringir por sí o por Conductor Autorizado, sea voluntaria o involuntariamente, cualquiera de las cláusulas y condiciones del presente contrato.
6.2.- Responsabilizarse por la guarda, por la custodia y por el correcto uso del vehículo alquilado y de sus accesorios durante el período de locación, en conformidad con las finalidades y límites definidos en el presente contrato, hasta su efectiva devolución.
6.3.- No permitir la utilización del vehículo a otro conductor que el debidamente individualizado como Conductor Autorizado en el Anexo I del presente contrato.
6.4.- Utilizar el vehículo solamente en territorio nacional, siendo expresamente prohibido (salvo poder especial) sobrepasar cualquier frontera con el vehículo alquilado.
6.5.- El automóvil alquilado no podrá ser utilizado para un fin distinto al especificado por el fabricante, ni podrá ser utilizado conforme el objeto y prohibiciones del contrato (Cláusula 2.1 y 2.2).
6.6.- Reconocer y asumir, con la locación y la efectiva recepción del vehículo, la posesión legítima y autónoma del vehículo para todos los fines de derecho, sin existir solidaridad legal o contractual con la Locadora, liberándola de toda responsabilidad por el uso y/o circulación del vehículo, accidentes y/o delitos de tránsito, en el período de locación, de acuerdo con el artículo 1113 y concordantes del Código Civil Argentino.
6.7.- No efectuar reparación alguna o autorizar cualquier servicio en el vehículo alquilado sin la expresa y previa autorización por escrito de Deltauto S.R.L. En caso contrario, la Locadora no reembolsará monto alguno.
6.8.-Revisar en forma periódica y razonable los niveles de aceite, agua o anticongelante y la presión de los neumáticos.
6.9.- Mantener cerrado y con llave el vehículo, siempre que permanezca fuera de él salvaguardando el vehículo en un lugar cerrado y vigilado cuando se deje estacionado.
6.10.- Devolver el vehículo alquilado en la fecha, hora y lugar previamente acordados y consignados en el Anexo I del presente contrato. Cualquier pedido de prórroga deberá ser solicitado por el Cliente por escrito con una antelación de 12 (doce) Xxxxx, el cual deberá ser autorizado por la Locadora, en la misma forma, de acuerdo a su disponibilidad.
6.10.1.- En la hipótesis que el vehículo alquilado, por cualquier motivo, sea removido por las autoridades competentes, estuviera involucrado en accidente o incendio, Deltauto S.R.L., solamente reconocerá la devolución del vehículo y cierre de la locación cuando estuviese con la efectiva posesión física del rodado.
6.10.2.- En la hipótesis que el vehículo alquilado estuviere involucrado en robo o hurto, Deltauto
S.R.L. solamente reconocerá el cierre de la locación en la efectiva recepción de la denuncia policial.
6.10.3.- El atraso de la devolución del vehículo configura automáticamente la Apropiación Indebida. Caracterizada la Apropiación Indebida, el Cliente quedará sujeto a las acciones penales y civiles que de ellas resulten, cargando también con todos los gastos judiciales o extrajudiciales que Deltauto S.R.L. realice en la búsqueda, recupero y efectivo reintegro de la posesión del vehículo alquilado.
6.11.- Aceptar el llamado a procesos de demanda en que Deltauto S.R.L. fuera accionada por terceros para asumir las responsabilidades que cupieran y/o para asegurar los derechos regresivos de la Locadora.
6.12.-Aceptar que la Locadora promueva por los medios jurídicos que disponga a su llamado a los hechos judiciales que sean promovidos por terceros objetivizando las indemnizaciones de cualquier naturaleza, cabiéndole asumir la legitimación pasiva en las demandas.
6.13.- Reconocer que las responsabilidades indemnizatorias de Deltatuto SRL se limitan a aquellas contractualmente definidas, cabiéndole al Cliente cargar con todos los costos que de ellas se produzcan, en juicio, o extrajudicialmente.
6.14.- En caso de ocurrir robo, hurto, colisión o incendio del vehículo alquilado, el Cliente deberá notificar fehacientemente lo ocurrido a Deltauto S.R.L., todo ello en un plazo de 10 (Diez) horas de producido el hecho o de tomado conocimiento del mismo.
6.14.1.- En el mismo plazo deberá formular la correspondiente denuncia ante la repartición policial competente requiriendo respectiva constancia certificada, la que deberá ser entregada a Deltauto S.R.L. El Cliente se responsabiliza en todo caso por el abandono del vehículo o por las consecuencias de no dar aviso en tiempo oportuno.
6.14.2.- En un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas a contar desde el evento o desde que se tomó conocimiento del mismo, el Cliente deberá efectuar la denuncia administrativa del siniestro ante la locadora.
6.14.3-Asimismo y a los efectos de completar la denuncia administrativa, deberá recabar los siguientes datos xxx xxxxxxx:
• Nombre y apellido completo, número de documento, domicilio y teléfono xxx xxxxxxx - conductor del vehículo.
• Número de registro, fecha de vencimiento del mismo.
• Datos de la cédula verde, nombre del propietario, marca y modelo del vehículo, número de patente y motor.
• Compañía aseguradora, número de póliza y fecha de vencimiento.
• Nombre y apellido completo, número de documento, domicilio y teléfono de testigos, para el caso de existir.
6.15- La contravención a cualquier xxxxx xx xxxxxxxx nacional, provincial o municipal, que origine perjuicios a terceros o al automóvil alquilado, hará perder al Cliente la Protección contratada, haciéndolo responsable civil y penalmente de lo que su conducta antijurídica provoque.
6.16- Reconocer que Deltauto S.R.L., luego de ser notificada de la existencia de infracción de tránsito originada durante el período locativo, gestionará el pago de la multa e inmediatamente cobrará del Cliente lo que haya pagado con mas un 20 (veinte) % de recargo en concepto de gestión administrativa, constituyéndose en deuda líquida y cierta, al igual que en los casos de contienda judicial.
6.16.1.-En caso de haber cometido una infracción considerada grave, el Cliente se compromete a concurrir y a responder conforme lo dispuesto por la normativa vigente.
6.17- Reconocer y efectuar el pago de los débitos derivados del alquiler conforme el Punto 4 ( Cuarto), quedando Deltauto S.R.L. autorizada a cobrar directamente, a través de bancos, o debitar automáticamente estos valores de su tarjeta de crédito, a través del sistema de firma en archivo.
6.18.- El Cliente autoriza expresamente a Deltauto S.R.L., a debitar de su tarjeta de crédito y/o cuenta corriente el monto reclamado por multas y/o sanciones emanadas de autoridad competente, los daños y faltantes (cualquiera sea su origen, ocultos o no), generados después de la fecha de cierre del presente contrato como así también los cargos generados por entrega fuera de horario.
6.19.- El Cliente es responsable por el pago de los debitos derivados del alquiler hasta le efectiva devolución del vehículo por el conductor autorizado.
6.20.- La falta de pago en término de sus obligaciones y/o el desconocimiento de cargos efectuados en su tarjeta y que hubiere autorizado en el presente, permitirán a Deltauto S.R.L. reclamar lo adeudado con más un interés punitorio mensual adicional por xxxx, equivalente a dos veces la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento, como así también, la totalidad de los gastos y costas, judiciales o extrajudiciales que se hubieren devengado como consecuencia de su incumplimiento.
Séptimo – Protecciones.
Protección General:
7.1.- Los vehículos de Deltatuto S.R.L. incluyen, sin costo adicional al abonado por la diaria contratada, el seguro obligatorio de responsabilidad civil hacia terceros, de acuerdo a lo establecido por la ley.
7.2.-Protecciones especiales:
No se contrata un seguro. Son coberturas opcionales, a las cuales el Cliente debe adherirse anticipada y formalmente, abonando la tasa correspondiente detallada en el Anexo I, casillero “Ampliaciones de Cobertura”. Se encuentran excluidos los accesorios, cristales y los neumáticos. Estas protecciones, en ningún caso, reducen ni eximen de abonar la participación obligatoria (Franquicia) por vuelco, indicado en el Anexo I, casillero “Franquicia C”.
7.2.1.- Reducción parcial de responsabilidad por daños al vehículo (Ampliación de Cobertura “A”): reduce parcialmente la participación obligatoria (Franquicia) del Cliente por colisión, robo, incendio y/o hurto en el vehículo alquilado. El Cliente solamente abonará hasta el límite establecido en el anexo I, casillero “Franquicia A”. La locadora cubrirá el valor superior.
7.2.2- Reducción total de responsabilidad por daños al vehículo (Ampliación de Cobertura “B”): exime totalmente al cliente de la responsabilidad económica por colisión, robo, incendio y/o hurto en el vehículo alquilado.
7.3.- Ocurrirá pérdida de las protecciones contratadas cuando:
7.3.1- El Cliente no presente la Denuncia Policial conforme los plazos y condiciones establecidas en la cláusula 6.14
7.3.2.-El Cliente no complete el comprobante de siniestro de la Locadora, en el plazo estipulado en la cláusula 6.14.2
7.3.3.- Ocurriera préstamo o transferencia del vehículo alquilado a terceros sin previa autorización de Deltauto S.R.L.
7.3.4.- Fuera probada la culpa grave, caracterizada por las infracciones gravísimas explícitas en el código de xxxxxxxx xxxxxxxxx, ya sea por descripción en la Denuncia Policial, o por sentencia judicial.
7.3.5.-Uso Inadecuado del vehículo.
7.3.6.-Circulare con el automotor por terrenos no aptos de acuerdo a las especificaciones del fabricante.
7.3.7.-Se transitare con el automotor fuera del territorio de la República Argentina.
7.3.8.- El Cliente procediera con manifiesta negligencia en la custodia y/o uso del vehículo alquilado, o procediera con dolo en caso de accidente de tránsito o cualquier otro evento que pudiera involucrarlo.
7.4.- En caso de pérdida de protección, el Cliente cargará directamente con todos los costos derivados de cualquier situación y sus consecuencias, inclusive con terceros perjudicados, sea judicial o extrajudicialmente, además de lucros cesantes, sin perjuicio de resarcimiento a la Locadora. cualquier indemnización que ésta tenga que soportar derivado de la conducta del Cliente o del Conductor.
7.5- No existe cobertura para dolo y/o uso inadecuado del vehículo; hurto, cuando no fueran devueltas las llaves y los documentos del vehículo; pérdida de llaves y/o documentos del vehículo alquilado; gastos de remolque o acarreo; daños xxxxxxx; servicios profesionales de abogados y/o gestores.
Octavo – Rescisión:
8.1.- El presente contrato será considerado automáticamente rescindido por Deltauto S.R.L., sin que esto otorgue al Cliente cualquier derecho de retención o acción de naturaleza indemnizatoria, reparatoria, y/o compensatoria, cuando:
8.1.1.- El vehículo no fuera devuelto en la fecha, hora y lugar previamente coordinadas en el Anexo I.
8.1.2.-Se repare el vehículo sin previa autorización de la Locadora. 8.1.3.-El cliente no cancele sus deudas en sus respectivos vencimientos.
8.1.4.-Ocurriere cualquier siniestro independientemente de la cobertura contratada.
8.2.-El contrato también se considerará rescindido en los casos de incumplimiento, de la Locadora, el Cliente, o conductor autorizado, de las obligaciones contractuales establecidas en este instrumento.
Noveno - Cláusulas Adicionales
9.1.-El Cliente acepta y autoriza a la Locadora, como condición para la celebración de la locación, reservar una garantía en su tarjeta de crédito, como mínimo igual a los gastos estimados previstos para la locación.
9.2.-La Locadora no se responsabiliza por cualquier objeto o valores dejados u olvidados en el vehículo alquilado, como así también en sus dependencias.
Décimo - Domicilio y Jurisdicción.
10.1.-Las partes constituyen domicilio en los indicados en el Anexo I, y se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Capital Federal, con renuncia expresa de cualquier otro.
He leído el frente y el reverso de este contrato y el Anexo I. Acepto todas las condiciones que en los mismos se indican.
Fecha / /
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Cliente Aclaración:
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Conductor Autorizado Aclaración: