Contrato de arrendamiento de solar para actividad industrial
Contrato de arrendamiento de solar para actividad industrial
En ___________________, a ___________________ de ___________________ de ___________________
REUNIDOS
De una parte, D.___________________
Y de otra, D.___________________
Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho (en su caso, indicar la representación legal), reconociéndose, como así lo verifican en este acto, la mutua capacidad legal necesaria para la formalización del presente documento, y, con su expreso consentimiento,
EXPONEN
I.— Que D.___________________ es propietario del SOLAR:
SOLAR destinado a ___________________, situado en el n.º ___________________ de la calle ___________________, de esta ciudad. Delimitado por ___________________, plano ___________________, cercado por medio de ___________________.
Tiene una superficie de ___________________ metros cuadrados.
Fue adquirido por compraventa en escritura autorizada por el Notario de ___________________, D.___________________, en fecha ___________________.
Figura inscrito en el Registro de la Propiedad núm. ___________________ de ___________________, Tomo ___________________, Libro ___________________, Folio ___________________, Finca ___________________.
Su referencia catastral es: ___________________
El arrendador declara bajo su personal responsabilidad que la finca objeto de arriendo se encuentra libre de cargas, gravámenes y arrendamientos.
II.— Que Interesando a D.___________________ el ARRENDAMIENTO DE SOLAR descrito para el uso que más adelante se explicita, ambas parte acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SOLAR con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Régimen aplicable
El presente contrato se otorga conforme a lo establecido por las partes y supletoriamente en el Código Civil. Queda excluido del ámbito de aplicación de la normativa especial sobre arrendamientos urbanos.
SEGUNDA.- Duración del contrato
El plazo de duración del contrato será de ___________________ años a partir de la fecha reseñada en el encabezamiento del presente documento, finalizando por lo tanto el día ___________________.
Llegada la fecha de vencimiento del contrato, el arrendamiento se prorrogará de forma automática por plazos anuales si ninguna de las partes manifestare lo contrario con dos meses de antelación a la fecha del vencimiento de cada prórroga anual.
TERCERA.- Objeto
El solar objeto de este contrato se destinará única y exclusivamente a ___________________
Será causa de resolución contractual la variación de dicho destino sin autorización escrita del arrendador, aunque se trate de actividad afín a la descrita.
CUARTA.- Licencias
El arrendatario declara conocer plenamente la situación urbanística y de planeamiento del SOLAR arrendado, así como los usos administrativamente permitidos en el mismo.
Serán de cuenta y riesgo del arrendatario la obtención de los permisos y licencias que resulten necesarios para la apertura y el desarrollo de su actividad, siendo a su cargo todos los impuestos, arbitrios y demás contribuciones que se impongan, correspondientes al negocio o por razón del mismo.
La validez del presente contrato de arrendamiento no se verá afectada si el arrendatario no obtiene alguna de las licencias necesarias, incluida la de apertura, o si cualquiera de ellas es revocada en el futuro, excepto en el caso de que dichas licencias no se concedan o se revoquen por causas imputables al arrendador según lo dispuesto en el presente contrato.
QUINTA.- Estado actual del solar
La parte arrendataria declara conocer las características y estado de conservación del solar y aceptarlas expresamente.
Igualmente declara recibir el solar en perfectas condiciones en cuanto a su estado de conservación y al correcto funcionamiento de todas y cada una de sus instalaciones, comprometiéndose a entregarlos como los recibe o, en su defecto, a satisfacer en metálico el importe de los desperfectos que existan a la finalización del contrato y que no sean consecuencia del uso normal del solar.
Las modificaciones que se autoricen por la propiedad serán de cuenta y cargo de la parte arrendataria quien deberá presentar el informe y proyecto de la obra a realizar con el informe de las compañías suministradoras si ello fuere preciso.
No obstante lo anterior, a la finalización del contrato, la parte arrendataria deberá volver a dejar el solar en el mismo estado en que se entrega en el día xx xxx.
SEXTA.- Renta
El precio del arrendamiento se fija en ___________________ euros (en letra y en número) (mensuales/anuales), pagaderos (de forma anticipada entre los días uno y cinco de cada mes/o en el mes de___________________/mediante domiciliación bancaria de los recibos en la cuenta que designe la Propiedad).
Dicho precio se acomodará cada año a las variaciones que en más o en menos experimente el Índice de precios al consumo. A dicha cantidad se le añadirá el I.V.A. que corresponda en cada momento.
SÉPTIMA.- Gastos asumidos por la arrendataria
Serán de cuenta del arrendatario:
a) Los gastos derivados del presente contrato, y en su caso, los de su elevación a escritura pública e inscripción en el Registro de la Propiedad.
b) El pago del aumento de prima en el Seguro de Incendios o Multirriesgos del Inmueble, si ésta fuera debida a la instalación o índole del solar arrendado.
Independientemente de la renta pactada, el arrendatario deberá abonar los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, así como sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al solar arrendado.
Dichos gastos, se actualizarán anualmente repercutiendo al arrendatario las variaciones que se produzcan y se señalarán en concepto aparte de la renta pero integrados en el recibo.
OCTAVA.- Interés de demora
La renta, cantidades asimiladas y demás conceptos incluidos en los recibos del arrendamiento, devengarán un interés de demora de ___________________ puntos porcentuales por encima del que, en cada momento, sea el interés legal del dinero.
El interés de demora se devengará desde el día en que fuese exigible el recibo.
NOVENA.- Fianza y garantía
El arrendatario entrega al arrendador, en concepto de fianza, la cantidad de ___________________ euros, como garantía del pago de las rentas que se devenguen y hasta donde alcance por los perjuicios que el incumplimiento del presente contrato pudiera causar.
El arrendatario asume todas las responsabilidades derivadas de la modificación del terreno y su reacondicionamiento, frente al Ayuntamiento de ___________________
Al efecto, se compromete a depositar en la tesorería del Ayuntamiento de ___________________ un aval bancario por importe de ___________________ euros, en un plazo de ___________________ días a contar de la fecha de formalización del presente contrato, para el movimiento de tierras y reacondicionamiento del terreno al estado de ___________________ actual en el supuesto de resolución o terminación.
El citado aval hará expresa mención de la facultad de ___________________ para instar su ejecución y estará redactado según modelo que garantice las cláusulas del presente contrato.
Si por cualquier circunstancia, la garantía prestada o su ejecución resultaran insuficientes para responder del citado reacondicionamiento del terreno, ___________________ asume toda la responsabilidad frente al Consistorio de ___________________, exonerando de forma expresa a la Propiedad, quien podrá repetir contra ___________________ todos los perjuicios que sufra por tal concepto.
DÉCIMA.- Servicios y suministros
El solar se arrienda en el estado actual, que el arrendatario manifiesta conocer y aceptar, de las acometidas generales y ramales o líneas existentes correspondientes al mismo, para los suministros de los que está dotado el inmueble.
El arrendatario podrá concertar con las respectivas compañías suministradoras todos o alguno de los suministros de los que está dotado el inmueble, con total indemnidad del arrendador.
Los gastos por servicios individuales, mediante aparatos contadores, tales como luz, agua, teléfono o gas, serán de cuenta exclusiva del arrendatario, así como la adquisición, conservación y reparación o sustitución de los contadores.
El arrendador queda exento de toda responsabilidad derivada de cualquier suministro del solar.
Si hubiera que realizar alguna modificación, tanto en las instalaciones generales de la finca como en las particulares del solar arrendada, su coste será íntegramente a cargo del arrendatario, caso de que le interese y desee continuar con el suministro de que se trate. Previamente, deberá contar con la autorización de la propiedad, a la que habrá de presentar un informe y el proyecto de reformas que en cada caso deban realizarse.
El arrendatario se hace directa y exclusivamente responsable, y exime de toda responsabilidad a la propiedad, por los daños que puedan ocasionarse a personas o cosas y sean derivadas de instalaciones para servicios y suministros del solar arrendado.
UNDÉCIMA.- Obras y gastos de conservación
El arrendatario vendrá obligado a mantener en buen estado de uso y conservación el solar.
DUODÉCIMA.- Obras del arrendatario
El arrendatario no podrá practicar obras de clase alguna en el solar, sin previo permiso por escrito de la propiedad.
En todo caso, las obras así autorizadas serán de cargo y cuenta del arrendatario, y quedarán en beneficio de la finca, sin derecho a indemnización o reclamación en momento alguno.
El permiso municipal, será también, de cuenta y cargo del arrendatario, así como la dirección técnica o facultativa en su caso.
La realización de obras sin la autorización escrita del arrendatario, dará lugar a la resolución del contrato.
DECIMOTERCERA.- Obras del arrendador
Los contratantes convienen que, para el caso de que el arrendador deseara efectuar obras de mejora en el solar, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al arrendatario, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes desde dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante, sin que proceda ninguna indemnización a cargo del arrendador por tal motivo.
Asimismo, el arrendatario renuncia a toda reducción xx xxxxx por razón de la parte del solar de la que sea privado a causa de aquellas y a percibir indemnización por los gastos que las obras le obliguen a efectuar.
DECIMOCUARTA.- Daños
La parte arrendataria se hace directa y exclusivamente responsable de cuantos daños puedan ocasionarse a terceras personas o cosas, y sean consecuencia directa o indirecta del solar, del mal uso del mismo, y de la actuación de sus empleados, eximiendo de toda responsabilidad a la propiedad por dichas causas.
Asimismo, el arrendatario se compromete a contratar y mantener en vigencia, a su xxxxx y durante el plazo de vigencia del contrato, una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra el riesgo de daños y prejuicios que pudieran ocasionarse a personas o cosas, o al propio inmueble, como consecuencia del uso del solar, sea por actos u omisiones del arrendatario o del personal dependiente.
DECIMOQUINTA.- Obligaciones de la parte arrendataria
La arrendataria viene obligada:
a) A no instalar transmisiones, motores, máquinas, etc., que produzcan vibraciones o ruidos molestos para los demás ocupantes del inmueble o de los colindantes de la propiedad, o que puedan afectar a la consistencia, solidez o conservación del inmueble.
b) A no almacenar o manipular en el solar materias explosivas, inflamables, incómodas o insalubres, y observar en todo momento las disposiciones vigentes.
c) A permitir el acceso en el solar, al propietario, al Administrador y a los operarios o mandados por cualquiera de ambos, para la realización, inspección y comprobación de cualquier clase de obras o reparaciones que afecten al inmueble.
DECIMOSEXTA.- Resolución
El presente contrato de arrendamiento se resolverá por:
a) La falta de pago por el arrendatario de alguna de las rentas de vencimiento mensual, entendiéndose por tal el retraso en el pago de una ___________________ (mensualidad/anualidad) en más de ___________________ días o de la mencionada garantía descrita en la Cláusula ___________________ en más de ___________________ días de la firma de este documento.
b) La falta de permiso municipal vigente.
c) La constatación de que la arrendataria ha destinado la finca objeto del contrato a un fin diferente del pactado y descrito en la Cláusula ___________________.
d) La cesión del contrato o la subcontratación a favor de un tercero, sin el consentimiento expreso y escrito de la arrendadora.
e) Concurso de acreedores de la arrendataria, incluso en fase de solicitud.
f) La expropiación forzosa del terreno objeto de este contrato en cuyo supuesto, por entenderse resuelto el contrato, no tendrá derecho a indemnización alguna.
g) Denuncia por falta grave o muy grave urbanística o ambiental, impuesta por el Ayuntamiento de ___________________ u otra entidad competente.
DECIMOSÉPTIMA.- Extinción del arrendamiento
A la expiración del contrato o su resolución judicial firme, la arrendataria está obligada a desalojar el inmueble dejándolo libre, vacío y a disposición de la propiedad, debiendo hacer entrega de las llaves en el domicilio de la parte arrendadora.
DECIMOCTAVA.- Inscripción del contrato
A instancia de cualquiera de las dos partes y en cualquier momento de vigencia del arrendamiento, el documento presente podrá ser elevado a escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad.
Los gastos y derechos derivados de esta operación correrán a cargo de las dos partes, distribuyéndose a partes iguales entre las mismas.
DECIMONOVENA.- Jurisdicción
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y Tribunales del lugar donde radica la finca.
VIGÉSIMA.- Notificaciones
Arrendador y arrendatario fijan como domicilio el que figura respectivamente en el encabezamiento del contrato, todo ello a los efectos de recibir cualquier notificación derivada del conjunto de derechos y obligaciones derivados de este contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden, extienden por duplicado el presente documento, compuesto de ___________________ folios, escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firma del Arrendador:
Firma del Arrendatario: